El documento resume los cambios realizados en la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Sociedades Anónimas en Chile con respecto a la definición y regulación de entidades relacionadas. Se amplía la definición de entidades relacionadas e introduce un nuevo Título XVI en la LSA para regular específicamente las operaciones con partes relacionadas en sociedades anónimas abiertas. Además, se establecen nuevos requisitos de información, aprobación y evaluación para dichas operaciones.
2. Que veremos Ley del Mercado de Valores Ley de Sociedades Anónimas Modifica y hace referencia a actuales articulas referidos a la definición de entidades Establece nuevo Titulo (XVI) para las operaciones con Partes relacionadas en caso de SAA
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6. SVS, NCG, Gestion, Conflictos Matriz, coligante, filial o coligada Entidades del Grupo Definidas en la LMV Designe un miembro de la Adm o10% o mas del K Directores, Gerentes, Adm, Liq, y sus conyugues.. Articulo 100 Entidades Relacionadas
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10. Entidades relacionadas EJECUTIVOS PRINCIPALES Se reemplaza la actual definición vigente que se centra en tener: Facultades relevantes de representación o decisión en la sociedad en materias propias del giro, independientemente de la denominación que se les otorgue” por una definición nueva (68LMV): La capacidad de determinar los objetivos, planificar, dirigir o controlar la conducción superior de los negocios o la política estratégica de la entidad, ya sea por si solo o junto con otros. En el desempeño de las actividades precedentemente señaladas no se atenderá a la calidad, forma o modalidad laboral o contractual bajo la cual el ejecutivo principal este relacionado a la entidad, ni al titulo o denominación de su cargo o trabajo. SVS llevara un registro publico de los presidentes, directores, gerentes, ejecutivos principales….. nombramiento…… Entidades dentro del plazo del tercer día hábil de ocurrido el hecho deberán comunicar todo nombramiento, vacancia, o reemplazo….. (68LMV) SVS llevara un registro publico de los presidentes, directores, gerentes, ejecutivos principales….., nombramiento… … Será responsabilidad del Directorio que las entidades entreguen a la Superintendencia el listado de personas que integraran el registro publico y dar aviso de cualquier modificación que le afecte dentro del plazo de tercero día hábil de ocurrido el hecho (68LMV),
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22. Entidades relacionadas SOCIEDADES ANONIMAS CERRADAS SOCIEDADES ANONIMAS ABIERTAS ARTICULOS 44 Y 89 GENERALES SOCIEDADES ANONIMAS CERRADAS ARTICULOS 44 Y 89 EXPRESOS SOCIEDADES ANONIMAS ABIERTAS NUEVO TITULO XVI