La carta resume los principales puntos de acuerdo de la primera convención colectiva de trabajo firmada entre tres sindicatos que representan a más de 700 empleados del Banco AV Villas. Los acuerdos incluyen varios auxilios no salariales como educación, óptica y nacimiento; incrementos salariales anuales superiores a la inflación; mejoras en prestaciones como vacaciones, incapacidades y créditos hipotecarios; y garantías sindicales como permisos y protecciones contra represalias. La convención colectiva marca un hito históric
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Primera Convención colectiva Avvillas
1. República de Colombia. Julio 14 de 2015.
Asunto: ACUERDO HISTORICO DE NUESTRA PRIMERA CONVENCION
COLECTIVA DE TRABAJO.
Cordial saludo compañeros del banco AV Villas
Nuestras organizaciones sindicales, UNION SINDICAL BANCARIA (USB), ASOCIACION SINDICAL
BANCARIA (ASB), Y LA UNION SINDICAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR FINANCIERO
COLOMBIANO (USTRAFINC) con más de 700 afiliados a la fecha se complacen en informar a los empleados
del banco AV Villas la firma de la primera convención colectiva de trabajo. Hecho histórico y anhelado en este
banco por más de 4 décadas de ausencia de una fuerza sindical que velará por la restauración de unas óptimas
condiciones laborales, proceso que en tan solo 6 meses ha arrojado resultados con la materialización de beneficios
los cuales buscan reducir la brecha de desigualdad en las condiciones laborales de los trabajadores del banco que
ha permanecido durante tantos años.
El proceso como tal ha sido bastante complejo y lamentamos el quebrantamiento del tejido social por campañas
de “amor y odio” entre los trabajadores del banco que nunca fueron incentivadas por las organizaciones sindicales.
En este sentido entendemos que el proceso tuvo dificultades de acoplamiento por parte de algunos trabajadores
debido a esa ausencia de cultura sindical en el banco precisamente por la carencia de un sindicato líder y clasista
como “USB” que saliera a la lucha por la defensa y reivindicación de los derechos de los trabajadores.
Ahora bien, que ya el proceso termina con el fin del conflicto laboral acordando una serie de beneficios colectivos
que buscan mejorar la calidad de vida de aproximadamente 4100 familias, entiéndase que esta es la primera de
muchas negociaciones colectivas de trabajo y esta convención debe ser el punto de partido para lograr a corto y
mediano plazo muchos más beneficios de los logrados hasta ahora, es el inicio de un gran camino por construir
con el trabajo y compromiso de todos los trabajadores del banco, la unión sindical bancaria USB es de y para el
servicio de todos los trabajadores. Recordemos que el 31 de diciembre de 2014 NO teníamos nada y ahora hay
algo que es muy valioso y es nuestro punto de partida y lo más importante unas bases fuertes y firmes que tienen
claro que esto se construye con tiempo, compromiso y dedicación.
No queremos dejar pasar la oportunidad sin agradecer a todos los que participaron de este gran proyecto, el
resultado de ello ha sido gracias al apoyo y confianza de nuestros afiliados, a los NO afiliados que nos apoyaron
en el convocatoria de votación, gracias por esa valiente decisión, gracias a todos los líderes nacionales que se han
destacado por una participación activa en el proceso. Cada uno de ustedes ha aportado algo importante y la
participación de todos ha sido fundamental en este proceso de reivindicación en los derechos de los trabajadores
de AV Villas.
A continuación enumeramos uno a uno los acuerdos, beneficios económicos y normativos que cobijan nuestra
primera convención colectiva de trabajo
AUXILIO EDUCATIVO NO SALARIAL PARA HIJOS DEL TRABAJADOR. El Banco reconocerá por año
escolar y a un máximo de dos (2) hijos por trabajador, menores de 25 años y que dependen económicamente del
trabajador, un auxilio educativo no salarial cuyos montos serán los siguientes:
a. Preescolar: $100.000
b. Primaria: $120.000
c. Bachillerato: $150.000
d. Universidad: $200.000
2. Este auxilio se pagará anualmente al inicio del año escolar (Preescolar, Primaria, Bachillerato) de cada hijo, en
los meses de enero y julio conforme al calendario académico de la matrícula. En los casos de universidad, el
auxilio únicamente se pagará al inicio de un semestre académico durante el año calendario, que escoja el
trabajador.
AUXILIO NO SALARIAL DE DEFUNCIÓN - DECESO DE FAMILIARES: AV VILLAS reconocerá al
trabajador beneficiario que estando vinculado acredite el fallecimiento por cualquier causa de uno de los
familiares que se enuncian en este documento, un auxilio no salarial por la suma única de trescientos setenta y
cinco mil pesos ($375.000).
AUXILIO NO SALARIAL POR NACIMIENTO DE HIJOS POR 270.000. Ello aplica para padres y madres
empleados del banco AV Villas.
AUXILIO NO SALARIAL ÓPTICO POR 200.000 por cada año de vigencia de la convención.
AUXILIO NO SALARIAL EDUCATIVO PARA BENEFICIARIOS con un máximo de 850.000 de auxilio
semestral para trabajadores de jornada diurna y 680.000 y para los de jornada adicional. Con un fondo de 400
millones anuales solo para los empleados sindicalizados, esto nos garantiza el cubrimiento de la totalidad de la
demanda. IMPORTANTE Este auxilio no depende de la calificación anula del banco.
AUXILIO MONETARIO POR INCAPACIDAD. A partir de la vigencia de la presente Convención cuando un
trabajador sea incapacitado por la Empresa Promotora de Salud E.P.S a la cual se encuentre afiliado el trabajador,
o por la A.R.L respectiva, el Banco le pagará desde el primer día y hasta el día ciento ochenta (180) días continuos,
el valor de la incapacidad en el porcentaje que determine la ley o el sistema de seguridad social. En todo caso si
el pago de la incapacidad resulta inferior al 100% del salario básico devengado en el mes inmediatamente anterior
y al promedio de salario variable de los doce (12) meses anteriores, el BANCO reconocerá a título de incapacidad
el faltante.
PRIMA NO SALARIAL DE VACACIONES. AV VILLAS reconocerá a partir del 1 de junio de 2015 a sus
trabajadores con más de un año de vinculación directa con el Banco, una prima no salarial de vacaciones
equivalente a diez (10) días de su salario básico mensual, con un tope máximo a reconocer de ochocientos mil
pesos ($800.000), por cada periodo de vacaciones cuyo derecho se adquiera con posterioridad al 1 de junio de
2015, de forma tal que por año de antigüedad del trabajador se disfrutará una (1) única prima de vacaciones, la
cual solo se pagará en el momento y en razón al disfrute de las vacaciones.
PENSIONADOS POR VEJEZ O INVALIDEZ. A partir de la firma de la presente Convención, AV VILLAS
reconocerá al trabajador beneficiario que se retire en razón al reconocimiento de pensión de vejez o invalidez a
cargo del sistema de seguridad social, un auxilio no salarial equivalente a la suma de tres millones de pesos
($3.000.000) junto a su liquidación final de prestaciones sociales.
INCREMENTO SALARIAL: Los salarios básicos de los trabajadores se incrementarán así:
2015 equivalente a un aumento del 6.5%. PAGO DE RETROSPECTIVIDAD DESDE EL O1 DE ENERO DE
2015
2016 equivalente a un aumento al IPC más 2.3%
2017 equivalente a un aumento al IPC más 2.2%
Teniendo en cuenta un pronóstico del IPC cercano al 4%, estamos hablando de un aumento acumulado salarial
en los próximos dos años de casi el 20%. Con ellos estamos cada vez más cerca de una nivelación salarial en
nuestro banco.
IMPORTANTE Este aumento salarial es fijo y no depende de la escala de calificación anual del banco. Estamos
logrando un aumento anual aproximado del 6.4 en los próximos dos años muy por encima del promedio de
aumento salarial del banco de los últimos anos que oscila entre el 3.5% y el 4%.
3. CRÉDITO HIPOTECARIO PARA BENEFICIARIOS DE CONVENCION TASA CONVENCIONAL DE 4.99
EFECTIVO ANUAL, PLAZO HASTA 15 ANOS
Hasta por 57 millones solo se tendrá en cuenta capacidad de pago del desprendible de nómina, no se tiene en
cuenta calificación de endeudamiento según centrales de riesgo ni calificación 360 del banco.
Hasta por 67 millones teniendo en cuenta ingresos familiares. Incluye compra de cartera hipotecaria y créditos
hipotecarios actuales de los trabajadores que los cobijaría la nueva tasa.
PERMISO POR CALAMIDAD DOMÉSTICA 3 DIAS REMUNERADO
PERMISO y/o LICENCIA POR MATRIMONIO 2 DIAS REMUNERADO
SEGURO DE VIDA POR MUERTE E INCAPACIDAD HASTA POR 25 MILLONES POR MUERTE
NATURAL Y 50 MILLONES POR MUERTE ACCIDENTAL
JORNADA LABORAL: El Banco pagará horas extras a los trabajadores que laboren en exceso de cuarenta y dos
punto cinco (42,5) horas a la semana, previa solicitud y autorización de su Jefe. Es decir la HORA DEL
GUARDIN DESAPARECE FUERA DEL HORARIO LABORAL O DEBEN PAGAR EL TIEMPO COMO
HORAS EXTRAS
IMPORTANTISIMO LOS BENEFICIOS ACORDADOS TODOS ESTAN EXENTOS DE LA
CALIFICACION ANUAL DEL BANCO
GARANTIAS SINDICALES permisos de 1200 días anules por la vigencia de la convención para distribuir a
nivel nacional, esto con el fin de fortalecer el sindicato, las bases y las nuevas generaciones de empleados del
banco.
Se lograron acuerdos muy importantes en temas normativos, de acompañamiento y defensa del sindicato ante
posibles faltas de los trabajadores, garantías sindicales sobre el libre derecho de afiliación y NO REPRESARIAS.
Es de resaltar un avance muy importante en el debido proceso laboral dado que se acaban los descargos en
cuestionarios y todos serán con defensa al trabajador por parte de dos representantes del sindicato.
Compañeros una vez más la invitación es a la UNIDAD nacional y a seguir con la gran consigna de seguir
creciendo, para que así sigamos conquistando nuestros derechos.
COMISION NEGOCIADORA NACIONAL USB ASB USTRAFINC.
JUNTA DIRECTIVA NACION