1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y HACIENDA PÚBLICA
PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA
ENAHP-EGOBAP
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL
SECTOR PÚBLICO
CONTROL INTERNO – AUDITORÍA
INTERNA
CHIQUITO EDUARDO
COLOMBO MARÍA
HERRERA ADERSON
SALAZAR KARINA
MARACAY, AGOSTO DE 2012
3. CONTROL INTERNO
CONTROL PREVIO AL COMPROMISO
Art.38 LOCGRSNCF
1. Que el gasto esté correctamente imputado a la correspondiente partida del
presupuesto o, en su caso, a créditos adicionales.
1. Que exista disponibilidad presupuestaria.
1. Que se hayan previsto las garantías necesarias y suficientes para responder por las
obligaciones que ha de asumir el contratista.
1. Que los precios sean justos y razonables, salvo las excepciones establecidas en otra
leyes.
1. Que se hubiere cumplido con los términos de la Ley de Licitaciones, en los casos que
sea necesario, y demás Leyes aplicables.
4. CONTROL INTERNO
CONTROL PREVIO AL PAGO
Art.38 LOCGRSNCF
1. Que se haya dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables.
1. Que estés debidamente imputados a créditos del presupuesto o a créditos adicionales
legalmente acordados.
1. Que exista disponibilidad presupuestaria.
1. Que se realicen para cumplir compromisos ciertos y debidamente comprobados, salvo
que correspondan a pago de anticipos a contratistas o avances ordenados a
funcionarios conforme a las Leyes.
2. Que correspondan a créditos efectivos de sus titulares. .
5. AUDITORÍA INTERNA
Es un servicio de examen posterior, objetivo, sistemático y
profesional de las actividades administrativas y financieras de
cada ente u órgano, con el fin de evaluarlas, verificarlas y elaborar
el informe contentivo de las observaciones, conclusiones,
recomendaciones y el correspondiente dictamen. Se prestará por
una unidad especializada de auditoria interna de cada ente u
órgano, cuyo personal, funciones y actividades deben estar
desvinculadas de las operaciones sujetas a su control.
DCRVFLOAFSP Art. 135
Corresponde a las unidades de auditoría interna, evaluar el
sistema de control interno, incluyendo el grado de operatividad y
eficacia de los sistemas de administración y de información
gerencial, así como el examen de los registros y estados
financieros, para determinar su pertinencia y confiabilidad, y la
evaluación de la eficiencia, eficacia y economía en el marco de las
operaciones realizadas. LOCGRSNCF Art. 40
6. FINALIDAD DE LA AUDITORÍA INTERNA
Establecer si se han Promover el
cumplido las fortalecimiento del
disposiciones legales y sistema de control
reglamentarias en el interno
manejo del Patrimonio del organismo o
Público dependencia auditada
Determinar el grado en Conocer el grado
que se han alcanzado los de eficiencia,
objetivos previstos con efectividad y
relación a las metas economía de la
programadas gestión pública
Determinar la razonabilidad y exactitud de la
información financiera, la aplicación
consistente de las Normas Generales de
Contabilidad del Sector Público dictadas
por la CGR, y de los Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados
7. PLAN DE
FASES DE LA AUDITORÍA AUDITORÍAS
POA RECOLECCIÓN
DE INFORMACIÓN
Planificación Operativa
RECOLECCIÓN
FASE 1 DE INFORMACIÓN
P 2
FASE DE PLANIFICACIÓN Y
ESTUDIO PRELIMINAR
VISIÓN
PRELIMINAR
1 CONTROL I
0
PLAN Y
2
1 PROGRAMA
0
FASE 2 APLICACIÓN
FASE DE EJECUCIÓN DE PRUEBAS
T 1
2
HALLAZGOS
0
EVIDENCIAS
FASE 3 PEPELES DE
TRABAJO
FASE DE INFORME
2
1
0
INFORME
INFORME 2
PRELIMINAR
1
0
INFORME
DEFINITIVO
FASE 4
2
SEGUIMIENTO
1
0
8. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA
SUNAI
SUNAI
Atribuciones Art. 139 DCRVFLOAFSP
Visión sistémica del control
9. VISIÓN SISTÉMICA DEL CONTROL
CONTROL FISCAL EXTERNO UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
ORGANIZACIÓN
CONTROL
CONTROL
DE
INTERNO
GESTIÓN
10. VISIÓN SISTÉMICA DEL CONTROL
ADMINISTRACIÓN SUNAI
FINANCIERA
CENTRAL
MPPPF
Sistema de Sistema de
Sistema Sistema de Sistema de Sistema
Contabilidad Administración
Presupuestario Crédito Público Tesorería Tributario
Pública de Bienes
11. “ (… Será un f in cumplido cuando todos nos hayamos acostumbrado
)
a considerar el control como un procedimiento simple y sencillo, de
regularidad administrativa y nunca como una of ensa al
administrador de una renta pública(… )” Gumersindo Torres,
Primer Contralor General de la Nación.