2. Tal como se avizoraba, el problema de los
avalúos catastrales y los consecuentes
impuestos prediales son ahora un problema
que trasciende a toda la ciudad, …
3. Durante las presentaciones realizadas a finales del año 2012
con miras a consolidar la reforma al estatuto tributario de la
ciudad, las exposiciones realizadas por parte de la secretaria
de hacienda y la subsecretaria de catastro mostraban un
panorama muy distinto al que se contempla el día de hoy
Plantón que se realiza cada semana en
el parque del poblado
4. El cobro implementado a partir de este año se
fundamenta según la administración municipal
en cuatro normas principales;
La resolución 70 de 2011 del IGAC
La ley 1450 o plan de desarrollo nacional
La ley 14 de 1983
La ley 44 del 90
5. Ante tanto tecnicismo y argumentaciones sofistas, por
parte de la subsecretaria de catastro, aparecen una
serie de inquietudes tales como:
“Se indico la necesidad de implementar la nueva
estructura tarifaria con fundamento en que la ciudad se
encontraba en mora de un proceso de actualización
catastral,”¿será cierto?- porque cuantas actualizaciones
se han hecho durante los últimos 10 años?
“El impacto en la ciudad no será tan grave teniendo en
cuenta que la ley 1450 permite que los avalúos no
pueden ser inferiores al 60%, ni superiores al 100% del
avalúo comercial”
6. A pesar del fundamento normativo en el que se soporta el gravamen,
la norma no fue observada en su integralidad, solo se tomo lo que le
convenía a la administración. Se tomo como referencia el Art. 23 de la
ley 1450, pero olvidaron este aparte;
“A partir del año en el cual entren en aplicación las modificaciones de
las tarifas, el cobro total del impuesto predial unificado resultante con
base en ellas, no podrá exceder del 25% del monto liquidado por
el mismo concepto en el año inmediatamente anterior, excepto
en los casos que corresponda a cambios de los elementos físicos o
económicos que se identifique en los procesos de actualización del
catastro”
7. Lo que se observa en la ciudad es todo lo contrario; impuesto que
excede en mas de 100% el monto cobrado en el mismo periodo del año
anterior…
¿Qué esta pasando?
¿Nos encontramos ante un cobro fundamentado en
cálculos ilegales?
8. ¿se realizaron las respectivas visitas, con el fin de
verificar los cambios físicos en los inmuebles que
fueron afectados?
No se puede olvidar que un avalúo catastral desbordado
produce como consecuencia un impuesto predial desbordado!
9. EXTRAÑAMENTE EL ALCALDE PREFIERE
ESCUCHAR A SUS ASESORES QUE A LA
CIUDADANIA QUE LO ELIGIO…, HA
PERDIDO LA MEMORIA!
11. No es cierto que no se hubieran realizado actualizaciones
catastrales y que fuera necesario hacerlas ahora, prueba de
ello son las resoluciones 004 de diciembre 30 de 2010; la
resolución 004 de diciembre 26 de 2011 y la 004 de
diciembre 26 de 2012, a través de las cuales se ordena la
inscripción catastral de inmuebles en todas las comunas de
la ciudad.
12. Mentiras como…
“el incremento en el impuesto no se hará mas allá del
19%”,(Iván Darío cardona querubín, nov. 2012)
“El incremento se hace en cumplimiento de la ley 1450
de 2011”(David Rodríguez sec. de hacienda, tomando
solo apartes de la ley)
“En Medellín hay un rezago en cuanto a los avalúos , de
varios años”, (falso, prueba las resoluciones de la
secretaria de hacienda subsecretaria de catastro)
“los avalúos de inmuebles de estrato uno serán
congelados”
Entre otras…
13. Así se incremento el impuesto predial basado en el nuevo sistema
catastral
Mas del 60% 59.474 un
11%
Menos del 0 %
101.075, un 18%
Entre el 41% y el 60%
81.151 un 15% Entre el 1% y el
10%, 60.571, un
11%
Entre el 31% y el 40%
57.985 un 11%
Entre el 11% y el 20%
81.746, un 15%
Entre el 26% y el 30%
60.973, un 11% Entre el 21% y el 25%
41.956, un 8%
Al 52% de la población le aumento en
Fuente periódico ADN marzo 13 de 2013 25% (y hasta mas) el impuesto predial y el
secretaria de hacienda, subsecretaria de catastro consecuente avalúo catastral
14. • Con el nuevo sistema los millajes han disminuido
de acuerdo al estrato pero por el contrario los
avalúos se han incrementado en ocasiones de
manera grosera; se ha preguntado al dr.
Cardona querubín ¿Cuál ha sido la metodología
utilizada para determinar estos avalúos?
No se ha obtenido repuesta seria, hasta el
momento
16. • Es curioso ver como la municipalidad no reconoce el
derecho a la propiedad cuando se trata de comprar
inmuebles, y cuando se trata de cobrar impuestos y
determinar avalúos. Caso de inmuebles ubicados en
naranjal y arrabal al igual que en Aranjuez, lugares en
donde se adelantan grandes proyectos de ciudad.; se
reconoce al propietario un avalúo menor cuando se le
propone compra, pero se triplica el valor si se trata de
determinar avalúos catastrales y cobrar impuestos
prediales; injusticias en el hogar para la vida!
17. Ultimo trimestre de 2012
Caso de un inmueble localizado en
estrato uno barrio la iguana, hay
incremento no congelación; + del 30%
En cuanto al avalúo el incremento es
Primer trimestre de 2013 mas de lo indicado por la ley!
18. Año 2010; avalúo 56
millones
Un ejemplo de que en
Medellín sí ha habido
actualización catastral
durante los últimos años;
obsérvese aquí el
exagerado incremento en
los avalúos año tras año
19. Año 2011, avalúo 138
millones
Del 2010 al 2011 se
incremento en mas de
100%
20. Año 2012; avalúo
143 millones
En menos de dos años el
incremento ha sido de
mas de 150 millones en
el avalúo, que excede
ampliamente el 100%
21. Año 2013; con el nuevo
sistema avalúo 214
millones,(incremento
de mas de 150%en dos
años y no hay
actualización?)
A este paso cuanto será el
avalúo de este inmueble en
los próximos dos años?
Si esto no es muestra de una
actualización entonces que
es?
22. Los anteriores son solo una pequeñísima
muestra del cúmulo de irregularidades que han
dado origen a mas de 30 mil derechos de
petición y reclamaciones en solo dos meses.
23. Contrario a lo que dice la administración
municipal, este incremento desmedido y nada
progresivo traerá consigo muchos problemas
como:
• Desaceleración de la industria de la construcción
• Disminución de las transacciones inmobiliarias,
(peligro de creación de una burbuja)
• Aumento desproporcionado de un rubro en la
canasta familiar
• Entre muchos otros.
24. Ningún sector de la ciudad se salva del cobro, y a
pesar de que no es la mayoría la afectada, el
numero de ciudadanos inconformes crece cada día
mas…
A este paso que le espera a nuestra ciudad?
25. Para David Rodríguez Restrepo, secretario de Hacienda de
Medellín, la eficiencia en la inversión de los impuestos en
Medellín justifica los incrementos con los que se
recaudarán 449 mil millones de pesos, 52 mil millones más
que en 2012; acaso esos dineros no se pueden obtener de
otra manera sin ahorcar a la ciudadanía?
“La Administración se empeñó en rechazar las
alternativas frente al impuesto predial que no fueran las
consagradas en el ejercicio y análisis hecho por sus
representantes”
EL ALCALDE DEBE ESCUCHAR A LA CIUDAD!!!!
26. Por respeto a la tradición buena paga de los
medellinenses, dicho por el propio alcalde , el
sistema debe ser replanteado y construido de
manera mas considerada frente a la situación socio-
económica de la ciudad.
27. ¿En donde quedará el derecho a la propiedad
si los avalúos catastrales y los impuestos
prediales continúan elevándose de esta
manera?
¿será que podremos decir con orgullo que
Medellín es un verdadero hogar para la vida?
28. El Gobierno Nacional autorizó los Concejos, ente
máximo en asuntos de Prediales, mediante el
artículo 10° de la ley 44 de 1990, para solicitarle,
por oficio, dado a que las actualizaciones
catastrales y los derrames de incrementos
catastrales sean suspendidos por un año, cuando
existe en la zona una disparidad, una inequidad.