2. TEMA
PUBLICIDAD EN
INTERNET
TITULO
LA PUBLICIDAD
ENGAÑOSA EN
INTERNET EN NUESTRO
SISTEMA JURIDICO
PERUANO
3. JUSTIFICACIÓN:
El problema que se investiga preocupa a
un porcentaje de la población, la gran
mayoría no sé da cuenta de que a través
de la publicidad controlan mejor
nuestros gustos y nos hacen ser
consumidores dóciles.
La publicidad engañosa puede darse
desde la omisión de los aspectos
negativos del producto hasta el
engaño, más o menos sutil, en cuanto a
sus beneficios y
características, pasando por los
diversos “trucos” empleados para
presentar más atractivamente unos
precios que realmente son más elevados
(por ejemplo, anunciar los precios sin
IGV, en el caso de bienes de consumo).
4. OBJETIVO GENERAL
Analizar la regulación de la publicidad
engañosa en internet en nuestro sistema
juridico
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Analizar la publicidad engañosa
desde un punto de vista penal
• Analizar la publicidad engañosa
administrativamente.
¿La publicidad engañosa es punible o
solo es tratado administrativamente?
HIPOTESIS GENERAL
La publicidad engañosa en internet
acarrea sanciones administrativas lo
cual nos refiere que no es efectiva la
punibilidad.
5. MARCO TEORICO
I. Concepto de engaño
La palabra engañar se deriva del latín
ingannare que se traduce como
burlar.Se trata de dar a la mentira
apariencia de verdad. Segun la Real
Academia Española se trata de una
''Falta de verdad en lo que se dice,
hace, cree o discurre. ``, ``Inducir a
alguien a tener por cierto lo que no lo
es, valiéndose de palabras o de obras
aparentes y fingidas''.
Lo engañoso será entonces todo
aquello que engaña o puede producir
el engaño
6. II. Concepto de Publicidad Engañosa.
“JAEKCEL KOVACS dice que la publicidad
engañosa es aquella que realiza un
anunciante para promover su propio
producto, sin hacer referencia expresa a
su competidor y sin dar las indicaciones
que podrían llevar al consumidor a
establecer una comparación con otro
similar”.
Se trata entonces de todo tipo de
publicidad que de cualquier forma, induce
o puede inducir en error a quien se dirige
afectando su comportamiento económico y
la que exagere indebidamente las
cualidades de un producto, omita datos
fundamentales sobre el mismo, cuando
dicha omisión induzca a los destinatarios y
genere o pueda provocar su error, o le
atribuya cualidades distintas a la que tiene.