Este documento trata sobre las relaciones laborales y los conflictos laborales según la Ley Federal del Trabajo de México. Brevemente describe que un conflicto laboral puede ocurrir entre trabajadores, entre trabajadores y patrones, o entre sindicatos y el Estado. Explica que la Constitución mexicana establece que los conflictos entre capital y trabajo se deben resolver mediante una Junta de Conciliación y Arbitraje. Finalmente, resume los diferentes mecanismos legales para resolver conflictos laborales descritos en la ley, incluyendo la negociación
1. DERECHO LABORAL
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
CONFLICTOS LABORALES
PPPP
Relaciones Laborales
EXPOSITORES: Aguilar Carla
Cruz Víctor
García Marcela
Guillen Omar
Montoya Teresa
01
Diciembre 04, 2013
2. INTRODUCCIÓN
Relaciones Laborales
• CONFLICTO
• Art.123° fracción XX
• Así pueden darse conflictos entre los trabajadores,
entre los trabajadores y los patrones,
entre sindicatos y trabajadores y más entre el
sindicato y el Estado.
3. INTRODUCCIÓN
Relaciones Laborales
• CONFLICTO DE RELACIONES LABORALES
• El conflicto laboral se define como las fricciones
que pueden producirse en las relaciones de
trabajo
• La constitución mexicana establece en el año de
1917 que los conflictos entre el capital y el trabajo
se sujetaran a la decisión de una Junta de
Conciliación y Arbitraje.
4. MARCO LEGAL
• SON REGULADOS EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
• CAPITULO XVIII
• Las disposiciones de este Capítulo rigen la tramitación
de los conflictos que se susciten
• con motivo de la aplicación de los artículos 5o. fracción
III; 28, fracción III; 151; 153, fracción X; 158; 162;
• 204, fracción IX; 209, fracción V; 210; 236, fracciones II y
III; 389; 418; 425, fracción IV; 427 fracciones I,
• II y VI; 434, fracciones I, III y V; 439; 503 y 505 de esta Ley
y los conflictos que tengan por objeto el cobro
• de prestaciones que no excedan del importe de tres
meses de salarios.
5. DESARROLLO
Relaciones Laborales
• Los conflictos de trabajo se pueden clasificar en:
• Personas Involucradas (Grupal e Individual)
• Características de los intereses (Normativo y
Económico)
• Medidas de presión utilizadas (Pacífico y Violento)
• Resultado generado (Positivo o Negativo)
6. DESARROLLO
• Mecanismos de solución
• Confrontación: Siempre genera un ganador y un
perdedor. Huelga y cierre patronal
• Negociación: Proceso de dialogo que conduce a un
acuerdo mutuamente aceptado. Convenio colectivo o
contrato de trabajo.
• Conciliación: Pretende un acuerdo entre las
partes, invita a las partes a una solución, pero no
resuelve ni propone
• Mediación: Presenta informaciones y propuestas de
solución
• Arbitraje: El árbitro decide, el acuerdo es de obligado
complimiento
• Justicia: a través de los tribunales
7. CONCLUSIONES
RELACIONES LABORALES
• ETAPAS DE DESARROLLO DE LOS CONFLICTOS
• Identificación y asimilación: Es importante asumir
que hay un problema por que así surge la intención
de corregirlo
• Análisis: Se analizan intereses, personas,
consecuencias y la complejidad del problema
• Búsqueda de soluciones: Se definen las posibles
soluciones y las consecuencias de cada una.
• Elección de la mejor solución: Se tomara la que
mejor acerque las posturas enfrentadas.
8. ANTECEDENTES
Principio de libertad sindical
La huelga es una institución a favor de la clase
obrera, para poder lograr un equilibrio entre capital y
trabajo, para ejercitar dichos derechos, los obreros
deben unirse ya sea en una coalición o en un
sindicato
9. INTRODUCCIÓN
Es un derecho y como tal este deberá ejercitarse
con justicia para ambos sectores económicos y no
convertirlo en un instrumento de terrorismo
empresarial, evitando los intereses lucrativos del
patrón a su beneficio personal.
10. MARCO LEGAL
• LEY FEDERAL DEL TRABAJO
• TITULO OCTAVO Huelgas Art 440 al 471
• CAPITULO I -Disposiciones generales
Art 440 Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a
cabo por una coalición de trabajadores.
Art. 441“los sindicatos de trabajadores son coaliciones
permanentes”
Art. 442 La huelga puede abarcar a una empresa o a uno o
varios de sus establecimientos
Art. 443. Debe limitarse al mero acto de la suspensión de
trabajo
11. MARCO LEGAL
Tipos de huelga
1.
2.
3.
Huelga existente art. 444
Huelga inexistente art. 452 fracción ll
Art. 123 fracción XVll será licita cuando tenga por objeto conseguir el
equilibrio entre los diversos factores de producción, armonizando los
derechos del trabajador con los del capital
4.
Art. 445. La huelga es ilícita
l. Actos violentos
ll. Actos de Guerra
5.- Art. 446.- Huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables
al patrón.
• Artículo 447.- La huelga es causa legal de suspensión de los efectos de
las relaciones de trabajo por todo el tiempo que
• dure.
• Artículo 449.- La Junta de Conciliación y Arbitraje y las autoridades civiles
correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando
a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que
soliciten para suspender el trabajo.
12. MARCO LEGAL
• Artículo 466.- Los trabajadores huelguistas deberán
continuar prestando los siguientes servicios:
• I. Los buques, aeronaves, trenes, autobuses y
vehículos de transporte que se encuentren en ruta,
• II. En los hospitales, sanatorios, clínicas y demás
establecimientos análogos,
13. DESARROLLO
• TITULO OCTAVO Huelgas
•
CAPITULO ll –Objetivos y procedimientos de huelga
Es legalmente existente la huelga que satisfaga los requisitos y persigue los
objetivos establecidos en el Art. 450 LFT
¿Cuál es el objeto de una huelga?
I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción,
armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
ll. Contrato colectivo de trabajo
lll. Contrato-Ley
lV. Cumplimiento del contrato colectivo o contrato ley
v. La participación de utilidades
Vl. Apoyar a una huelga
Vll. Revision de Salarios
14. DESARROLLO
• Artículo 451.- Para suspender los trabajos se
requiere:
• Que la huelga tenga por objeto alguno o algunos
de los que señala el artículo anterior;
• Que sean la mayoría
15. DESARROLLO
• Artículo 469.- La huelga terminará:
• I. Por acuerdo entre los trabajadores huelguistas y
los patrones;
• ll. El patrón se allana, a las peticiones, cubre los
salarios de los trabajadores;
• lll. Por laudo de la persona o comisión elegida
• lV. Por laudo de la Junta de Conciliación y
Arbitraje.
16. DESARROLLO
• CAPITULO XX
• Procedimiento de huelga art. 920 al 938
• Artículo 920.- El procedimiento de huelga se iniciará
mediante la presentación del pliego de peticiones,
• I. Se dirigirá por escrito al patrón
• II. Se presentará por duplicado a la Junta de Conciliación y
Arbitraje.
• III. El aviso para la suspensión será con seis días de
anticipación a la fecha señalada para suspender el trabajo y
con diez días de anticipación cuando se trate de servicios
públicos
17. DESARROLLO
• CAPITULO XX
• Procedimiento de huelga
Art. 923 certificación
Art. 921 Junta
Art. 922 Patrón
48 hrs
Art. 926. audiencia de conciliación
Art. 924 aseguración de bienes
Artículo 930.- declaración de inexistencia de la huelga
Art. 932. declara la inexistencia legal del estado de huelga:
I. Fijará a los trabajadores un término de veinticuatro horas para que regresen a su trabajo
19. INTRODUCCIÓN
El sindicato es una persona moral de Derecho
Social, sin intervenir en asuntos religiosos, ejercer la
profesión de comerciantes con ánimo de lucro,
podrán adquirir bienes inmuebles destinados a la
Institución.
Es la asociación de trabajadores o patrones,
constituida para estudiar, conocer, mejorar y
proteger los derechos de cada uno.
20. MARCO LEGAL
• Son regulados por La ley Federal
del Trabajo.
• TITULO SEPTIMO
• RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO.
• Capítulo II-SINDICATOS, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES
• Artículos del 356 al 385
21. ESTRUCTURA
• SINDICATO ( artículos 356-80)
OBREROS (Gremiales, de Empresa, Industriales, Nacionales de
Industria, De Oficios Varios )
PATRONES (De una o varias ramas de actividades, y de distintas
Entidades Federativas)
GRUPOS DE SINDICATOS
CONFORMAN
FEDERACIONES(380- 385)
GRUPO DE FEDERACIONES
CONFORMAN
CONFEDERACIONES
22. DESARROLLO
Órganos que lo integran :
La Directiva,(administra) El Secretario General ( representa y
es elegido por la directiva)y la Asamblea( esta formada por los miembros )
Hay dos tipos:
Trabajadores y Patrones.
Como se integran y registran:
•
20 Trabajadores 3 Patrones ( como mínimo)
• En la Secretaria del trabajo, Competencia
Federal y en las Juntas de Conciliación y arbitraje
si son locales
23. DESARROLLO
Forman parte:
Trabajadores mayores de 14 años
No forman parte de los
Trabajadores de confianza
Requisitos: (copias autorizadas por el secretario )
Asamblea constitutiva
Lista con el número, nombre, domicilios de los
miembros y patrones, así como de las empresas o
establecimientos donde se prestan los servicios
24. DESARROLLO
Registro ( STYPS y JCA)
Número de registro.
Nombre del Sindicato.
Nombre de los integrantes del Comité Ejecutivo.
Fecha de vigencia.
Número de socios.
Central obrera a la que pertenecen.
25. DESARROLLO
• ¿Los sindicatos pueden cancelarse por cualquier
causa?
• No, únicamente por dos razones:
En caso de disolución.
Por dejar de tener los requisitos legales.
• La Junta de Conciliación y Arbitraje resolverá las
solicitudes de cancelación de registro.
Los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o
cancelación de su registro por vía administrativa.