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REPECO tuvo su origen 
para el ejercicio fiscal 
de 1998. 
Objetivo: incorporar a 
la mayoría de los 
vendedores que 
operaban en menor 
escala, en el sector 
informal de la 
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iniciativa de 
cambio al 
ISR 
Cámara de 
Diputados 
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artículo 71, 
fracción I, 
Inicia con la 
nueva LISR 
Constitución 
Política de 
los Estados 
Unidos 
Mexicanos
} La nueva LISR, que va a eliminar un número 
considerable de artículos que la integran. 
} Una reducción del 40% y la eliminación 
del impuesto empresarial a tasa única (IETU) y 
el impuesto a los depósitos (IDE).
} Actualmente los ingresos tributarios en México 
representan aproximadamente el 18% del Producto 
Interno Bruto (PIB), mientras que los países de 
América Latina y los que son miembros de la 
Organización para la Cooperación (OCDE), cuentan 
con ingresos tributarios promedio del 19% y 25%, en 
relación con su PIB.
} El SAT informa que si eres REPECO (Régimen 
de Pequeños Contribuyentes) ahora estas 
inscrito en el Régimen de Incorporación Fiscal 
automáticamente y podrás gozar de grandes 
beneficios al pertenecer a este Régimen.
} Servicios de salud: podrán su familia y usted 
de tener servicios de salud como el IMSS, y 
dejar de pagar médicos particulares y 
medicinas para sus padecimientos. 
} Pensión: con el paso de los años podría 
retirarse de su actividad y recibir una 
pensión, que le permitirá garantizar su 
seguridad en la vejez. 
} Crédito para vivienda: podrá participar para 
obtener un crédito oficial y comprar tu casa. 
} Oportunidad de financiamiento: los bancos 
podrán ofrecerle financiamiento para que 
invierta en su negocio o proyectos de vida
CONTRIBUYENTES 
personas físicas, que realicen únicamente actividades empresariales, enajenen 
bienes y presten servicios por los que no se requiera para su realización título 
profesional, actividades empresariales mediante copropiedad. 
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REPECOS RIF 
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QUE 
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} Acudir a una oficina del SAT con la 
siguiente documentación para 
solicitar la inscripción: 
◦ Acta de nacimiento original y copia 
◦ CURP 
◦ Comprobante de domicilio actual 
◦ Identificación oficial vigente
Ø Le proporcionaran el RFC completo y 
la contraseña para poder acceder a los 
servicios de la página del SAT. 
Ø En la página del Régimen de 
Incorporación Fiscal, se conseguirá 
subir ingresos y gastos del mes en el 
apartado de “Mi Contabilidad”, el cual 
nos proporcionará automáticamente 
impuestos a pagar de manera 
bimestral.
} En el menú de la izquierda dar clic en ingresos, donde se debe 
introducir el RFC y la contraseña, dando clic en enviar. Así 
procederemos al llenado y debemos elegir el tipo de ingreso y 
de impuesto que aplica, por ejemplo IVA al 16%, con lo que 
automáticamente el sistema desglosara el importe 
efectivamente cobrado. Posteriormente procederemos a dar clic 
en “Registro” y el sistema automáticamente guardará los datos 
capturados. 
} Aplica el mismo procedimiento para los egresos.
} Solicitar su inscripción en el Registro Federal de 
Contribuyentes. 
} Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales 
conforme a los plazos previstos en el Código Fiscal de la 
Federación. 
} Llevar contabilidad registrando en los medios o sistemas 
electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones 
del ejercicio correspondiente, para estos efectos. 
} Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. 
} Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e 
inversiones cuyo importe sea superior a $2,000.00, mediante 
cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
} Presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato 
posterior a aquél al que corresponda el pago de 
declaraciones bimestrales en las que se determinará y 
pagará el impuesto. 
} Pagar el impuesto sobre la renta y cumplir además 
con los requisitos establecidos en esta ley, así como 
presentar en forma bimestral ante el Servicio de 
Administración Tributaria en la declaración bimestral 
los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones 
realizadas, incluyendo las inversiones, así como la 
información de las operaciones con sus proveedores 
en el bimestre inmediato anterior.
} Las personas físicas y las personas morales 
que realicen actos o actividades gravados por 
la Ley del IVA y/o que tengan registrada la 
clave de obligación fiscal correspondiente al 
IVA.
} Utilidad bimestral: 
} restando de la totalidad de los ingresos efectivamente 
cobrados en dicho bimestre, las deducciones autorizadas que 
sean estrictamente indispensables efectivamente erogadas, 
así como las realizadas para la adquisición de activos fijos, 
gastos o cargos diferidos y la participación de los 
trabajadores en las utilidades de las empresas.
} El Impuesto al Valor Agregado (IVA) será 
acreditable contra el impuesto al valor 
agregado que deban pagar por las citadas 
actividades. 
} El requisito es no trasladar al adquirente de 
los bienes, al receptor de los servicios 
independientes o a quien se otorgue el uso 
o goce temporal de bienes muebles, 
cantidad alguna por concepto del impuesto 
al valor agregado y que no realicen 
acreditamiento alguno del impuesto al 
valor agregado que les haya sido 
trasladado y del propio impuesto que 
hubiesen pagado con motivo de la 
importación de bienes o servicios.
Con forme a la LISR en la 
Sección II, artículo 112, fracción 
VIII, párrafo 6, dice: “Los 
contribuyentes que tributen 
en los términos de esta 
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operaciones a través de 
Internet
} La economí a i nforma l ha 
constituido para nuestro país un 
fenómeno complejo originado 
p o r un a l t o c r e c i m i e n t o 
poblacional y por la falta de 
satisfacción de las necesidades 
básicas de la población. 
} Dicha informalidad ha incidido en 
la baja de recaudación tributaria 
de nuestro país conjuntamente 
con la falta de una cultura 
contributiva y la dificultad técnica 
del marco legal que no hacen 
fácil el pago de impuestos.
} Arguello, F. (2014). Nuevo Régimen de Incorporación Fiscal: IMCP, 
México, IFAC 
} Medrano, A. (2014). Resumen de las disposiciones fiscales 
aplicables al RIF: INDETEC, México. 
} Romero, L. (2012). Impuesto al Valor Agregado. En principios de 
contabiliad (372). México. Mc Graw Hill.
} “Diario oficial de la federación” (2014). informe. 2014, de SEGOB Sitio web: 
https://www.google.com.mx/search?q=Cu%C3%A1ndo+aplica+el+IEPS&oq=Cu%C3%A1ndo 
+aplica+el+IEPS&aqs=chrome..69i57.940j0j8&sourceid=chrome&es_sm=93&ie=UTF-8# 
} 
} “Reforma de la Hacienda Pública” (2014). Recuperado: 
http://reformas.gob.mx/wpcontent/uploads/2014/06/ 
EXPLICACION_AMPLIADA_DE_LA_REFORMA_HACENDARIA.pdf 
} 
} “Guía del Régimen de Incorporación para oficios. Crezcamos Juntos” (2014). Recuperado: 
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} 
} “Régimen de Incorporación Fiscal” (2104). Recuperado: 
http://www.sat.gob.mx/RegimenDeIncorporacionFiscal/dctos/preguntasfrecuentes.pdf 
} 
} “Régimen de Incorporación Fiscal” (2014). Recuperado: 
http://www.sat.gob.mx/RegimenDeIncorporacionFiscal/default.htm 
} 
} “Transcripción Ley del Impuesto Sobre Renta”. (2014). Recuperado: 
https://www.dropbox.com/s/ybisr51kmmy8d35/Transcripción%20Ley%20del%20Impuesto 
%20Sobre%20la%20Renta%202014%20-%20LISR.pdf. 
} “RIF zonas sin servicio de Internet” (2014). Recuperado de: 
http://asesoresmaldonado.com/rif-en-zonas-sin-servicios-de-internet/ 
} 
} “Buscador de localidades sin servicio de Internet” (2014). Link: 
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REPECOS AHORA DEL RIF.

  • 1.
  • 2. REPECO tuvo su origen para el ejercicio fiscal de 1998. Objetivo: incorporar a la mayoría de los vendedores que operaban en menor escala, en el sector informal de la economía.
  • 3.
  • 4. iniciativa de cambio al ISR Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión artículo 71, fracción I, Inicia con la nueva LISR Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • 5. } La nueva LISR, que va a eliminar un número considerable de artículos que la integran. } Una reducción del 40% y la eliminación del impuesto empresarial a tasa única (IETU) y el impuesto a los depósitos (IDE).
  • 6. } Actualmente los ingresos tributarios en México representan aproximadamente el 18% del Producto Interno Bruto (PIB), mientras que los países de América Latina y los que son miembros de la Organización para la Cooperación (OCDE), cuentan con ingresos tributarios promedio del 19% y 25%, en relación con su PIB.
  • 7. } El SAT informa que si eres REPECO (Régimen de Pequeños Contribuyentes) ahora estas inscrito en el Régimen de Incorporación Fiscal automáticamente y podrás gozar de grandes beneficios al pertenecer a este Régimen.
  • 8. } Servicios de salud: podrán su familia y usted de tener servicios de salud como el IMSS, y dejar de pagar médicos particulares y medicinas para sus padecimientos. } Pensión: con el paso de los años podría retirarse de su actividad y recibir una pensión, que le permitirá garantizar su seguridad en la vejez. } Crédito para vivienda: podrá participar para obtener un crédito oficial y comprar tu casa. } Oportunidad de financiamiento: los bancos podrán ofrecerle financiamiento para que invierta en su negocio o proyectos de vida
  • 9. CONTRIBUYENTES personas físicas, que realicen únicamente actividades empresariales, enajenen bienes y presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, actividades empresariales mediante copropiedad. OBTUVIERON MENOS DE 2 MILLONES DE INGRESOS REPECOS RIF NO EXCEDER LOS 2 MILLONES EN INGRESOS
  • 10. PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES PERSONAS FISICAS QUE OBTUVIERON MAS DE 2 MILLONES DE PESOS DE INGRESOS EN 2013 CON TITULO PROFESIONAL LOS SOCIOS, ACCIONISTAS O INTEGRANTES DE PERSONAS MRALES
  • 11. } Acudir a una oficina del SAT con la siguiente documentación para solicitar la inscripción: ◦ Acta de nacimiento original y copia ◦ CURP ◦ Comprobante de domicilio actual ◦ Identificación oficial vigente
  • 12. Ø Le proporcionaran el RFC completo y la contraseña para poder acceder a los servicios de la página del SAT. Ø En la página del Régimen de Incorporación Fiscal, se conseguirá subir ingresos y gastos del mes en el apartado de “Mi Contabilidad”, el cual nos proporcionará automáticamente impuestos a pagar de manera bimestral.
  • 13. } En el menú de la izquierda dar clic en ingresos, donde se debe introducir el RFC y la contraseña, dando clic en enviar. Así procederemos al llenado y debemos elegir el tipo de ingreso y de impuesto que aplica, por ejemplo IVA al 16%, con lo que automáticamente el sistema desglosara el importe efectivamente cobrado. Posteriormente procederemos a dar clic en “Registro” y el sistema automáticamente guardará los datos capturados. } Aplica el mismo procedimiento para los egresos.
  • 14. } Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. } Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales conforme a los plazos previstos en el Código Fiscal de la Federación. } Llevar contabilidad registrando en los medios o sistemas electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente, para estos efectos. } Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. } Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e inversiones cuyo importe sea superior a $2,000.00, mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
  • 15. } Presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago de declaraciones bimestrales en las que se determinará y pagará el impuesto. } Pagar el impuesto sobre la renta y cumplir además con los requisitos establecidos en esta ley, así como presentar en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria en la declaración bimestral los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.
  • 16. } Las personas físicas y las personas morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.
  • 17. } Utilidad bimestral: } restando de la totalidad de los ingresos efectivamente cobrados en dicho bimestre, las deducciones autorizadas que sean estrictamente indispensables efectivamente erogadas, así como las realizadas para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.
  • 18. } El Impuesto al Valor Agregado (IVA) será acreditable contra el impuesto al valor agregado que deban pagar por las citadas actividades. } El requisito es no trasladar al adquirente de los bienes, al receptor de los servicios independientes o a quien se otorgue el uso o goce temporal de bienes muebles, cantidad alguna por concepto del impuesto al valor agregado y que no realicen acreditamiento alguno del impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado y del propio impuesto que hubiesen pagado con motivo de la importación de bienes o servicios.
  • 19.
  • 20. Con forme a la LISR en la Sección II, artículo 112, fracción VIII, párrafo 6, dice: “Los contribuyentes que tributen en los términos de esta Sección, y que tengan su domicilio fiscal en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios de Internet liberados de cumplir con la obligación de presentar declaraciones, y realizar el r e g i s t r o d e s u s operaciones a través de Internet
  • 21. } La economí a i nforma l ha constituido para nuestro país un fenómeno complejo originado p o r un a l t o c r e c i m i e n t o poblacional y por la falta de satisfacción de las necesidades básicas de la población. } Dicha informalidad ha incidido en la baja de recaudación tributaria de nuestro país conjuntamente con la falta de una cultura contributiva y la dificultad técnica del marco legal que no hacen fácil el pago de impuestos.
  • 22. } Arguello, F. (2014). Nuevo Régimen de Incorporación Fiscal: IMCP, México, IFAC } Medrano, A. (2014). Resumen de las disposiciones fiscales aplicables al RIF: INDETEC, México. } Romero, L. (2012). Impuesto al Valor Agregado. En principios de contabiliad (372). México. Mc Graw Hill.
  • 23. } “Diario oficial de la federación” (2014). informe. 2014, de SEGOB Sitio web: https://www.google.com.mx/search?q=Cu%C3%A1ndo+aplica+el+IEPS&oq=Cu%C3%A1ndo +aplica+el+IEPS&aqs=chrome..69i57.940j0j8&sourceid=chrome&es_sm=93&ie=UTF-8# } } “Reforma de la Hacienda Pública” (2014). Recuperado: http://reformas.gob.mx/wpcontent/uploads/2014/06/ EXPLICACION_AMPLIADA_DE_LA_REFORMA_HACENDARIA.pdf } } “Guía del Régimen de Incorporación para oficios. Crezcamos Juntos” (2014). Recuperado: http://www.slideshare.net/satmx/crezcamos-juntos-oficios?related=2 } } “Régimen de Incorporación Fiscal” (2104). Recuperado: http://www.sat.gob.mx/RegimenDeIncorporacionFiscal/dctos/preguntasfrecuentes.pdf } } “Régimen de Incorporación Fiscal” (2014). Recuperado: http://www.sat.gob.mx/RegimenDeIncorporacionFiscal/default.htm } } “Transcripción Ley del Impuesto Sobre Renta”. (2014). Recuperado: https://www.dropbox.com/s/ybisr51kmmy8d35/Transcripción%20Ley%20del%20Impuesto %20Sobre%20la%20Renta%202014%20-%20LISR.pdf. } “RIF zonas sin servicio de Internet” (2014). Recuperado de: http://asesoresmaldonado.com/rif-en-zonas-sin-servicios-de-internet/ } } “Buscador de localidades sin servicio de Internet” (2014). Link: http://consultaescuelas.sat.gob.mx/LocalidadesSinAccesoInternet.Presentacion/ LocalidadesSinAccesoInternet.aspx. }