2. El comercio es la actividad socioeconómica que consiste en la compra y venta de bienes y servicios, ya sea para su uso, para su venta o para su transformación. Se trata de la transacción de algo a cambio de otra cosa de igual valor (que puede ser dinero). Obtenido de: http://definicion.de/comercio/
3. “ El Comercio Electrónico es toda forma de transacción comercial realizada por medios electrónicos , la cual incluye los entornos cerrados (como el EDI) y otros medios electrónicos de comunicación, como el télex, teléfono, fax o el uso de la TV Digital.” (RICO CARRILLO, Mariliana: Comercio Electrónico Internet y Derecho , Legis, Venezuela, 2005, p. 12) Comercio Electrónico, conocido también en su palabra inglesa como E-COMMERCE (electronic commerce). “ Es el conjunto de transacciones comerciales y financieras realizadas por medios electrónicos. Esto es, el procesamiento y la transmisión electrónica de datos, incluyendo texto, sonido e imagen.”
4. DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (Art. 30) “ A los fines de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, se entenderá como comercio electrónico, cualquier forma de negocio, transacción comercial o intercambio de información con fines comerciales, bancarios, seguros o cualquier otra relacionada, que sea ejecutada a través del uso de tecnologías de información y comunicación de cualquier naturaleza. Los alcances del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, son aplicables al comercio electrónico entre la proveedora o proveedor y las personas, sin prejuicio de las leyes especiales.”
5. Hoy en día el medio electrónico más utilizado para la realización de actividades comerciales, es la Internet, sin embargo, es importante resaltar que el concepto de Comercio Electrónico no se limita al Internet, ya que incluye otros medios de comunicación electrónica. Igualmente se considera parte del Comercio Electrónico, las fases anteriores (ofertas, publicidad) y posteriores (atención al cliente) a la venta electrónica.
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7. Comercio Electrónico Tradicional: Empleado entre Empresas a través de redes o sistemas cerrados de comunicación (Intranets, Extranet, VPN). Comercio Electrónico en Internet: La actividades comerciales se desarrollan en un sistema de comunicación abierto (ejemplo: Internet) no se limita a las relaciones comerciales entre empresas, cualquier persona puede acceder a ella.
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9. Comercio Electrónico Indirecto: Tiene por objeto la comercialización de bienes y servicios materiales , donde el pedido y el pago se realiza electrónicamente o on-line, pero la entrega del producto se realiza de manera personal o física a través de los medios tradicionales de transporte, en virtud de la naturaleza tangible del bien jurídico. www.tienda.com
10. Comercio Electrónico Inseguro: También llamado simple, se caracteriza por las carencias de mecanismos de seguridad electrónica que protejan las transacciones comerciales, haciéndola vulnerable a los diferentes delitos informáticos., ejemplo: Estafas. (Deremate.com, Ebay.com, etc.) Existen mayores probabilidades de que terceras personas intercepten, accedan o manipulen la transacción electrónica.
11. Comercio Electrónico Seguro: En contraposición al inseguro , éste presenta mecanismos de seguridad electrónica, orientada a garantizar la fiabilidad de las transacciones comerciales (Criptografía, Firma Electrónica, Certificados Digitales, SSL – Security Socket Layer., etc.) Banca Electrónica Comercio Electrónico
12. B2B ( Bussines to Bussines) Empresa a Empresa: Es el tipo de relación comercial que existe entre empresas, por ejemplo, la relación que puede haber entre un fabricante y el distribuidor del producto, o también la relación entre el distribuidor y el mayorista.
13. B2C ( Bussines to Consumer) Empresa a Consumidor: (Art. 30 Ley INDEPABIS) Las relaciones comerciales se desarrollan entre una empresa mercantil que ofrece productos o servicios, y el consumidor final. El B2C también se aplica a instituciones financieras y cualquier otro tipo de empresa que establezca relaciones comerciales directas con sus clientes a través de Internet.
14. C2C ( Consumer to Consumer) Consumidor a Consumidor: Se refiere a las relaciones comerciales que existen entre usuarios o consumidores finales. Generalmente en este tipo de relación comercial participa un tercero, que fungiría como enlace entre los usuarios.