SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 26
Realiza una composición sobre
La transición política y la
Constitución de 1978
a partir del análisis de las fuentes
siguientes:
TEXTO
Los dos primeros artículos del título preliminar de la Constitución de 1978

        TÍTULO PRELIMINAR.

Artículo 1.
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que
propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la
justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los
poderes del Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2.
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española,
patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el
derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la
solidaridad entre todas ellas.
DOCUMENTO GRÁFICO




  Adolfo Suárez, Torcuato Fernández Miranda y Manuel Gutiérrez
  Mellado, tres de los principales artífices de la transición democrática.
El 20 de Noviembre de 1975, tras una larga y cruel enfermedad y una agonía
artificialmente prolongada, moría Franco, con lo que se cerraban cuarenta años de
gobierno autoritario y se iniciaba el proceso de transición hacia la democracia.
En los últimos años del franquismo, la sociedad española
había experimentado profundos cambios y el régimen se
encontraba muy en crisis por diversos factores tanto internos
como externos. Las opciones políticas que se presentaban en ese
momentos pueden sintetizarse en la continuidad, defendida por
un escaso grupo de dirigentes políticos del régimen, franquista;
la ruptura total, defendida por la parte más radical de la
oposición política, que pretendía iniciar un proceso de
democratización acompañado de profundas reformas sociales; la
ruptura pactada, que pretendía un proceso de democratización
pero negociando con los principales grupos de apoyo al régimen
anterior, especialmente con los militares; y la         reforma,
consistente en un proceso gradual de transformación de las
instituciones franquistas en un sistema democrático, pero
manteniendo las estructuras socioeconómicas existentes y sin
romper la legalidad vigente. Ésta última era la tendencia
encabezada por el rey y sus más cercanos colaboradores,
(protagonistas del documento gráfico) y el proceso que
finalmente se llevó a la práctica y que conocemos como transición
democrática.
Se denomina      Transición Democrática al
proceso de cambios institucionales que se
desarrollan en España entre la muerte de
Franco en 1975 y la aprobación de la
Constitución de 1978 (algunos analistas opinan
que hasta 1982) y que consistió en la
sustitución del régimen autoritario y totalitario
franquista por una monarquía parlamentaria y
democrática, y de un Estado centralista por
otro descentralizado. Dicho de otro manera, el
paso de la “democracia orgánica” franquista a
la democracia real.
Fue una     compleja y difícil operación de
ingeniería política que tenía como objetivo dotar a
España de un sistema democrático sin provocar a las
fuerzas involucionistas, en especial al ejército, y
sin realizar grandes cambios revolucionarios en el
sentido económico social como, al menos en un
principio, reclamaba una buena parte de la oposición
al régimen de la Dictadura. El proceso culminó
felizmente por tanto por el        agotamiento de la
fórmula autoritaria, como por el papel de la Corona
y de las fuerzas reformistas del régimen, que
diseñaron la “voladura controlada”, dentro de la más
estricta legalidad de las instituciones y leyes del
franquismo, y la actitud de buena parte de la
oposición democrática que apoyó la transición
dándole credibilidad y legitimidad.
Veamos un esquema del desarrollo de ese proceso:

       A la muerte de Franco, el Príncipe Juan Carlos es
proclamado Rey de España, con una absurda formula que le
hacía compartir poder con el Consejo del Reino, de tradición
franquista. El rey tenía claro desde el principio que si quería
consolidar la monarquía tenía que ser mediante una legitimación
democrática.
El primer paso fue la elección para presidir
el Consejo del Reino y las Cortes franquistas a D.
Torcuato FERNÁNDEZ MIRANDA (en el centro de la
fotografía), que dirigió el proceso de reforma de las
instituciones; lo que él llamó el “camino a la
legalidad desde la legalidad”.
El segundo fue la elección para la presidencia del gobierno,
en julio de 1976, de Adolfo SUÁREZ (a la izquierda de nuestro
documento gráfico) en sustitución de Carlos Arias Navarro, último
presidente del gobierno franquista. Con Adolfo Suárez se inició el
proceso de reformas que empezó con una amnistía, que liberó a
400 presos políticos (todos ellos con delitos que no implicaran
derramamiento de sangre) y reintegró a sus cátedras a los
profesores represaliados en 1965, y con el nombramiento como
Vicepresidente del Gobierno para la Defensa del general Manuel
GUTIÉRREZ MELLADO (la persona que aparece a la derecha de la
fotografía), militar de prestigio pero de talante democrático que
se convirtió en otros de los personajes clave de la transición, al ser
el encargado de mantener bajo el gobierno a los mandos
militares, de los que se presumía una actitud hostil hacia la
reforma.
El siguiente paso fue la sorprendente aprobación de la Ley
de Reforma Política, que fue el primer hecho realmente
trascendente desde el punto de vista institucional en el proceso de
transición. Se trataba de organizar un nuevo sistema legal, que
sirviera de apoyo a la monarquía parlamentaria y que habría de
introducir importantes novedades y principios que se contraponían
claramente al régimen anterior, pero sin romper la legalidad. Lo
más importante es que creaba una sistema parlamentario integrado
por dos Cámaras, un Congreso y un Senado, que estarían llamadas
a elaborar una nueva Constitución. Aunque esta Ley suponía la
práctica desaparición de las estructuras franquistas y de las mismas
Cortes (se le ha llamado el “harakiri”), éstas la aprobaron por 429
votos a favor, 59 en contra y 13 abstenciones. Se aprobó en
referéndum el 15 de Diciembre de 1976,          una participación del
77% y un 94,2% de votos a favor.
Seguidamente, era preciso legalizar los partidos políticos, lo
que se hizo por Decreto Ley de 10 de Febrero de 1977 (el Partido
Comunista, en 9 de Abril). A su vez quedó disuelto el Movimiento y
sus funcionarios incorporados a la Administración.
Las elecciones se convocaron para el 15 de Junio de 1977. Las
coaliciones y partidos más importantes que se presentaron fueron: UCD
(Unión de Centro Democrático), dirigido por Adolfo SUÁREZ, que
representaba la linea reformista que había iniciado el proceso; A.P.
(Alianza Popular), encabezada por Manuel FRAGA, suponía la continuidad
conservadora y acogía a los franquistas partidarios de leves reformas;
C.D.C (Coalición Demócrata Cristiana), representaba a personalidades
independientes de ese signo (Ruiz Jiménez, Gil Robles); P.S.O.E. liderado
por Felipe GONZÁLEZ, representaba a la izquierda reformista moderada,
partidaria entonces de profundos cambios sociales pero dentro de una
actitud flexible y negociadora; P.C. (Partido Comunista), encabezado por
Santiago CARRILLO, tenía grandes apoyos en el mundo laboral y
universitario. Los grupos nacionalistas fueron también importantes.
Los resultados dieron el triunfo (34% de los votos, 166 diputados) a
la Unión de Centro Democrático. El Partido Socialista Obrero
Español quedó en segundo puesto con un 28 % (118 diputados).
También obtuvieron representación parlamentaria significativa el
Partido Comunista, que alcanzó el 9 % de los sufragios (20
diputados);    Alianza Popular(16 diputados);       y los partidos
nacionalistas.
La principal tarea de las Cortes recién elegidas fue la redacción de
una Constitución. El anteproyecto fue redactado por una ponencia
de siete miembros de los más importantes partidos con
representación parlamentaria y el criterio que dominó en su
elaboración fue el del consenso, es decir el acuerdo, con el objetivo
de conseguir un texto constitucional que fuera apoyado por todos.
En Octubre de 1978 se celebró una reunión conjunta del Congreso
de los Diputados y el Senado en la que se aprobó la Constitución y
el 6 de Diciembre se sometió a referéndum, que tuvo una baja
participación (69%) como consecuencia de que una parte de la
izquierda pidió la abstención, siendo aprobada por una amplia
mayoría.
La Constitución de 1978, cuyos dos primeros artículos
integran nuestro texto, consta de una declaración de principios y
está dividida en once títulos que recogen 169 artículos, a los que
hay que añadir una serie de disposiciones adicionales, transitorias
y derogatorias.
Como vemos, los tres apartados del artículo primero
establecen claramente las bases de esta constitución que se
asienta sobre la definición de España como un “Estado social y
democrático de Derecho, (Apartado 1) , basado en la soberanía
popular (explícitamente expresada en el apartado 2) “que propugna
como valores      fundamentales de su ordenamiento jurídico, la
libertad, la justicia, la igualdad       y el pluralismo político”,
(apartado1 ); que se organiza políticamente, como queda
claramente expresado en el apartado 3, mediante un sistema de
monarquía parlamentaria; y que, como se expresa en el artículo
2º,    dentro de la indisoluble unidad de la Nación Española,
reconoce el derecho a la autonomía de algunas de sus regiones,
aunque sometido éste al principio de solidaridad.
 TÍTULO PRELIMINAR.
 Artículo 1.
 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
 jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

 Artículo 2.
 La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y
 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Como corresponde a un Estado democrático las libertades
ciudadanas deben ser respetadas y amparadas por el Estado que,
al estar sometido al Derecho, o sea, a las leyes emanadas del
pueblo, tiene la obligación de hacerlas efectivas y establecer los
medios de justicia para que esas libertades lleguen a todos por
igual. El artículo 9º del Título Preliminar (Respeto a la Ley y
garantías jurídicas)  supone una auténtica descripción de lo que
es un Estado social y democrático de derecho: sujeción de los
individuos y del Estado a la ley y obligación del Estado de
promover el goce real de los derechos y libertades por todos los
ciudadanos, así como las medidas tendentes a la igualdad de los
ciudadanos.
En el Título uno se recogen una larga lista de derechos y
libertades:

Derechos Individuales: derecho a la vida, declarándose abolida la
pena de muerte; derecho a la integridad física, con prohibición
expresa de la tortura y de las penas degradantes; derecho a la
libertad y seguridad; derecho al honor y a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen; derecho a la libertad de pensamiento
y de culto (aunque se acepta que la católica es la religión
mayoritaria); derecho de ciudadanía, de libre residencia, etc.

Derechos sociales: derecho a una justa distribución de la riqueza,
como consecuencia de ser un Estado social; derecho a un trabajo
digno, a una formación adecuada y a una pensión suficiente en caso
de incapacidad o vejez; derecho a la educación y a la libertad de
enseñanza ( la básica, obligatoria y gratuita).
Derechos políticos: derecho a participar libremente en la vida
política, ya sea individualmente o a través de            políticos y
asociaciones; derecho a elegir a los representantes políticos a
través de elecciones libres y democráticas; libertades de
expresión, pensamiento, reunión y manifestación; derecho a
garantizar la libertad y la igualdad, derecho al pluralismo político,
lo que supone la garantía de las libertades de pensamiento y de
expresión, libertad sindical y derecho de sindicación, etc.
Libertades económicas: todo español tiene derecho a la propiedad,
a la creación de una empresa y a concurrir libremente en los
mercados y a la libre circulación de sus mercancías por todo el
territorio nacional. Suponen la adopción del modelo de economía de
mercado, aunque se prevé la actuación del Estado por motivos de
interés colectivo.
        Por su parte, el ciudadano está obligado a cumplir las leyes,
a ser solidario, a pagar los impuestos, a respetar a sus
conciudadanos, a ser tolerante, etc.
Las principales instituciones y organismos por medio de los cuales
se organiza el gobierno del país, dentro del esquema de división
de poderes son:

La Corona, que no aparece como poder, sino como órgano del
Estado, siendo definida como       parlamentaria, moderadora y
arbitral. El Rey, como jefe del Estado, vitalicio y hereditario, es
símbolo de la unidad de España y arbitra y modera el
funcionamiento normal de las instituciones. Sus funciones son
sancionar las leyes aprobadas por las Cortes, ostentar el mando
supremo del Ejército y representar al Estado en las relaciones
internacionales. Responde a lo establecido en el apartado tres del
artículo primero, tal y como podemos apreciar en el texto de
apoyo.
Las Cortes Generales.        Son bicamerales, integradas por el
Congreso de Diputados y el Senado.           Ejercen la potestad
legislativa y el control del Gobierno. Aprueban el presupuesto y
los tratados internacionales.     Ambas son representativas -el
Congreso representación proporcional y el Senado territorial- y
sus miembros se eligen por sufragio universal directo y
secreto, pudiendo ser diputado o senador, cualquier ciudadano
español mayor de edad.       La posición dominante la detenta el
Congreso de los Diputados que tiene la última palabra en la
aprobación de las leyes y elige al presidente del gobierno. Es lo
que se denomina bicameralismo atenuado. Se da cumplimiento de
esta manera a la calificación de “parlamentaria”          de   la
monarquía, tal y como acabamos de ver en el texto.
El Gobierno, compuesto por el presidente y los ministros, ejerce
el poder ejecutivo y dirige la política interior y exterior, la
administración civil y la militar. El presidente del gobierno es
nombrado por el Congreso de los Diputados y para derribarlo es
necesaria una moción de censura constructiva ( la oposición debe
presentar un candidato que obtenga mayoría para sustituirlo).
       El poder judicial es ejercido, de forma independiente, por
los jueces y magistrados cuya función es administrar la justicia -
que emana del pueblo- en nombre del Rey. Los órganos rectores
son el Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial.

       El     Tribunal   Constitucional,    decide      sobre     la
constitucionalidad o no de la leyes, resuelve los posibles conflictos
entre el Estado y las Comunidades autónomas y entiende sobre los
“recursos de amparo” por supuesta violación de derechos
constitucionales.

      El Defensor del pueblo tiene como misión recoger las
reclamaciones de los ciudadanos frente a los posibles abusos de
poder de la Administración, especialmente en lo que se refiere a la
vulneración de las libertades y derechos.
Desde el punto de vista de la organización territorial, la
Constitución de 1978 organiza, en su artículo segundo como
apreciamos en el texto, el llamado Estado de las autonomías. en
el que el territorio se dividirá, finalmente, en 17 “autonomías”
y dos ciudades autónomas que alcanzan diversos grados de
competencias. El organigrama de administración territorial se
completa con las provincias y los municipios
En Conclusión, la Constitución de 1978 tiene una gran
relevancia como hecho político ya que culminó la
transición española hacia la democracia y se convirtió en
la primera Constitución en la Historia de España que
puede considerarse verdaderamente pactada y no
impuesta por un grupo social o político. Con su
aprobación, puede darse por terminado el proceso de
transición democrática, al que no faltaron obstáculos
(crisis económica de 1973, hostilidad de la extrema
derecha, terrorismo de ETA y otros grupos, etc), pero
que finalmente dotó a España de un sistema político
homologable con el resto de las democracias europeas.

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1
Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1
Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1YarelyFigueroa
 
Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)
Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)
Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)Alan Monzon
 
Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...
Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...
Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...Florencio Ortiz Alejos
 
Derecho administrativo 2016 corty
Derecho administrativo 2016 cortyDerecho administrativo 2016 corty
Derecho administrativo 2016 cortyConcepcion Parra
 
El contenido de una constitución
El contenido de una constituciónEl contenido de una constitución
El contenido de una constituciónElena Tapias
 
Presentación ciencias políticas
Presentación ciencias políticasPresentación ciencias políticas
Presentación ciencias políticaslokigodofpranks
 
El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.
El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.
El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.Carito Torres
 
5 privado administrativo 1
5 privado administrativo 15 privado administrativo 1
5 privado administrativo 1Yuhry Gándara
 
Derecho constitucional tributario
Derecho constitucional tributarioDerecho constitucional tributario
Derecho constitucional tributariocesar marquez
 
La ConstitucióN De 1978
La ConstitucióN De 1978La ConstitucióN De 1978
La ConstitucióN De 1978carrevilla
 

Mais procurados (18)

Rugb
RugbRugb
Rugb
 
Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1
Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1
Ifsp conceptosjuridicosfundamentales 1
 
Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)
Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)
Dialnet el ordenamientodelsistemajuridicoperuano-5084611 (2)
 
Qwe
QweQwe
Qwe
 
Franquismo resumen
Franquismo resumenFranquismo resumen
Franquismo resumen
 
Legitimidad del legis apa
Legitimidad del legis apaLegitimidad del legis apa
Legitimidad del legis apa
 
Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...
Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...
Bloque 12: Describe el papel desempeñado por el rey durante la transición y l...
 
Derecho administrativo 2016 corty
Derecho administrativo 2016 cortyDerecho administrativo 2016 corty
Derecho administrativo 2016 corty
 
El contenido de una constitución
El contenido de una constituciónEl contenido de una constitución
El contenido de una constitución
 
13
1313
13
 
Presentación ciencias políticas
Presentación ciencias políticasPresentación ciencias políticas
Presentación ciencias políticas
 
El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.
El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.
El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el Siglo XIX.
 
5 privado administrativo 1
5 privado administrativo 15 privado administrativo 1
5 privado administrativo 1
 
Mat adic const1
Mat adic const1Mat adic const1
Mat adic const1
 
Origen derecho admon
Origen derecho admonOrigen derecho admon
Origen derecho admon
 
Derecho civil i
Derecho civil iDerecho civil i
Derecho civil i
 
Derecho constitucional tributario
Derecho constitucional tributarioDerecho constitucional tributario
Derecho constitucional tributario
 
La ConstitucióN De 1978
La ConstitucióN De 1978La ConstitucióN De 1978
La ConstitucióN De 1978
 

Destaque

Transición y democracia
Transición y democraciaTransición y democracia
Transición y democraciaccaleza
 
19. la transición política
19. la transición política19. la transición política
19. la transición políticafrayjulian
 
T. 9 transición y constitución 1978
T. 9 transición y constitución 1978T. 9 transición y constitución 1978
T. 9 transición y constitución 1978CSD2010
 
Tema 15. El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978
Tema  15.  El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978Tema  15.  El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978
Tema 15. El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978socialestolosa
 
2 bach tema8_presentacion
2 bach tema8_presentacion2 bach tema8_presentacion
2 bach tema8_presentacioncopybird
 
19 españa democratica
19 españa democratica19 españa democratica
19 españa democraticaGinio
 
Tema 18 la españa democrática
Tema 18   la españa democráticaTema 18   la españa democrática
Tema 18 la españa democráticalegio septima
 
Tema 11 la transición española y la constitución
Tema 11 la transición española y la constituciónTema 11 la transición española y la constitución
Tema 11 la transición española y la constituciónMarta López
 
La Constitución española de 1978. Proceso de elaboración
La Constitución española de 1978. Proceso de elaboraciónLa Constitución española de 1978. Proceso de elaboración
La Constitución española de 1978. Proceso de elaboraciónDaniel Gómez Valle
 
Tema 4 - La España democrática
Tema 4 - La España democráticaTema 4 - La España democrática
Tema 4 - La España democráticacherepaja
 

Destaque (13)

Transición y democracia
Transición y democraciaTransición y democracia
Transición y democracia
 
La españa democratica
La españa democraticaLa españa democratica
La españa democratica
 
19. la transición política
19. la transición política19. la transición política
19. la transición política
 
T. 9 transición y constitución 1978
T. 9 transición y constitución 1978T. 9 transición y constitución 1978
T. 9 transición y constitución 1978
 
Tema 15. El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978
Tema  15.  El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978Tema  15.  El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978
Tema 15. El proceso de transformación democrática. La constitución de 1978
 
2 bach tema8_presentacion
2 bach tema8_presentacion2 bach tema8_presentacion
2 bach tema8_presentacion
 
19 españa democratica
19 españa democratica19 españa democratica
19 españa democratica
 
Tema 18 la españa democrática
Tema 18   la españa democráticaTema 18   la españa democrática
Tema 18 la españa democrática
 
Tema 11 la transición española y la constitución
Tema 11 la transición española y la constituciónTema 11 la transición española y la constitución
Tema 11 la transición española y la constitución
 
La España democrática
La España democráticaLa España democrática
La España democrática
 
La Constitución española de 1978. Proceso de elaboración
La Constitución española de 1978. Proceso de elaboraciónLa Constitución española de 1978. Proceso de elaboración
La Constitución española de 1978. Proceso de elaboración
 
El franquismo
El franquismoEl franquismo
El franquismo
 
Tema 4 - La España democrática
Tema 4 - La España democráticaTema 4 - La España democrática
Tema 4 - La España democrática
 

Semelhante a ComposicióN TransicióN

Transición1
Transición1Transición1
Transición1chinoduro
 
Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...
Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...
Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...Miguel Romero Jurado
 
Tema 18. la españa actual
Tema 18. la españa actualTema 18. la españa actual
Tema 18. la españa actualJGL79
 
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)DepartamentoGH
 
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)DepartamentoGH
 
La España actual (1975-2004)
La España actual (1975-2004)La España actual (1975-2004)
La España actual (1975-2004)Madelman68
 
Bloque16. 1-2-3 La España Actual
Bloque16. 1-2-3 La España ActualBloque16. 1-2-3 La España Actual
Bloque16. 1-2-3 La España Actualartesonado
 
ComposicióN Gobiernos Democracia
ComposicióN Gobiernos DemocraciaComposicióN Gobiernos Democracia
ComposicióN Gobiernos Democraciachinoduro
 
Tema 18. La España democrática
Tema 18. La España democráticaTema 18. La España democrática
Tema 18. La España democráticaantoniocm1969
 
Tema 12 la transición estándares
Tema 12 la transición estándaresTema 12 la transición estándares
Tema 12 la transición estándaresRicardo Chao Prieto
 
6 Transición a la democracia (PAU)
6 Transición  a la democracia (PAU)6 Transición  a la democracia (PAU)
6 Transición a la democracia (PAU)Laura Gutiérrez
 
la transición.pdf
la transición.pdfla transición.pdf
la transición.pdfluisar
 
La transición política
La transición políticaLa transición política
La transición políticaantonio
 
La Nueva Democracia EspañOla
La Nueva Democracia EspañOlaLa Nueva Democracia EspañOla
La Nueva Democracia EspañOlachinoduro
 
Juan josé puyana 6 b
Juan josé puyana 6 bJuan josé puyana 6 b
Juan josé puyana 6 baulademedio
 
Derecho Constitucional
Derecho Constitucional Derecho Constitucional
Derecho Constitucional Alvaro Tinoco
 
La constitución española de 1978
La constitución española de 1978La constitución española de 1978
La constitución española de 1978MARÍA JOSÉ
 
Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01
Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01
Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01mguadalufb
 
12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco
12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco
12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de FrancoMiguel Salinas Romo
 

Semelhante a ComposicióN TransicióN (20)

Transición1
Transición1Transición1
Transición1
 
Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...
Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...
Tema 12. Transición, Constitución de 1978, y Gobiernos democráticos hasta el ...
 
Tema 18. la españa actual
Tema 18. la españa actualTema 18. la españa actual
Tema 18. la españa actual
 
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
 
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
Tema 14.normalización democrática de españa e integración en europa (desde 1975)
 
La España actual (1975-2004)
La España actual (1975-2004)La España actual (1975-2004)
La España actual (1975-2004)
 
Bloque16. 1-2-3 La España Actual
Bloque16. 1-2-3 La España ActualBloque16. 1-2-3 La España Actual
Bloque16. 1-2-3 La España Actual
 
ComposicióN Gobiernos Democracia
ComposicióN Gobiernos DemocraciaComposicióN Gobiernos Democracia
ComposicióN Gobiernos Democracia
 
Tema 18. La España democrática
Tema 18. La España democráticaTema 18. La España democrática
Tema 18. La España democrática
 
Tema 12 la transición estándares
Tema 12 la transición estándaresTema 12 la transición estándares
Tema 12 la transición estándares
 
Tema 12 La Transición.
Tema 12 La Transición.Tema 12 La Transición.
Tema 12 La Transición.
 
6 Transición a la democracia (PAU)
6 Transición  a la democracia (PAU)6 Transición  a la democracia (PAU)
6 Transición a la democracia (PAU)
 
la transición.pdf
la transición.pdfla transición.pdf
la transición.pdf
 
La transición política
La transición políticaLa transición política
La transición política
 
La Nueva Democracia EspañOla
La Nueva Democracia EspañOlaLa Nueva Democracia EspañOla
La Nueva Democracia EspañOla
 
Juan josé puyana 6 b
Juan josé puyana 6 bJuan josé puyana 6 b
Juan josé puyana 6 b
 
Derecho Constitucional
Derecho Constitucional Derecho Constitucional
Derecho Constitucional
 
La constitución española de 1978
La constitución española de 1978La constitución española de 1978
La constitución española de 1978
 
Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01
Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01
Laespaademocrtica 111207034308-phpapp01
 
12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco
12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco
12.1 La Transición. Alternativas políticas tras la muerte de Franco
 

Mais de chinoduro

Los desastres del la guerra (goya)
Los desastres del la guerra (goya)Los desastres del la guerra (goya)
Los desastres del la guerra (goya)chinoduro
 
Los desastres de la guerra
Los desastres de la guerraLos desastres de la guerra
Los desastres de la guerrachinoduro
 
Fusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijosFusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijoschinoduro
 
Pi la rendición de bailén
Pi la rendición de bailénPi la rendición de bailén
Pi la rendición de bailénchinoduro
 
Isabel ii y narváez
Isabel ii y narváezIsabel ii y narváez
Isabel ii y narváezchinoduro
 
Fusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijosFusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijoschinoduro
 
La redicíon de bailén
La redicíon de bailénLa redicíon de bailén
La redicíon de bailénchinoduro
 
Fusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijosFusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijoschinoduro
 
El concreso de los diputados
El concreso de los diputadosEl concreso de los diputados
El concreso de los diputadoschinoduro
 
Amadeo i ante el féretro de prim
Amadeo i ante el féretro de primAmadeo i ante el féretro de prim
Amadeo i ante el féretro de primchinoduro
 
Amadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de primAmadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de primchinoduro
 
Los desastres de la guerra
Los desastres de la guerraLos desastres de la guerra
Los desastres de la guerrachinoduro
 
Edificio de las cortes
Edificio de las cortesEdificio de las cortes
Edificio de las corteschinoduro
 
Isabel ii y narváez
Isabel ii y narváezIsabel ii y narváez
Isabel ii y narváezchinoduro
 
2 3 mayo 1808
2 3 mayo 18082 3 mayo 1808
2 3 mayo 1808chinoduro
 
El congreso de los diputados definitivo
El congreso de los diputados definitivoEl congreso de los diputados definitivo
El congreso de los diputados definitivochinoduro
 
La familia de carlos iv (3)
La familia de carlos iv (3)La familia de carlos iv (3)
La familia de carlos iv (3)chinoduro
 
Proyecto integrado -historia--!!
Proyecto integrado -historia--!!Proyecto integrado -historia--!!
Proyecto integrado -historia--!!chinoduro
 
Amadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de primAmadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de primchinoduro
 

Mais de chinoduro (20)

Los desastres del la guerra (goya)
Los desastres del la guerra (goya)Los desastres del la guerra (goya)
Los desastres del la guerra (goya)
 
Los desastres de la guerra
Los desastres de la guerraLos desastres de la guerra
Los desastres de la guerra
 
Fusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijosFusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijos
 
Pi la rendición de bailén
Pi la rendición de bailénPi la rendición de bailén
Pi la rendición de bailén
 
Isabel ii y narváez
Isabel ii y narváezIsabel ii y narváez
Isabel ii y narváez
 
Fusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijosFusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijos
 
La redicíon de bailén
La redicíon de bailénLa redicíon de bailén
La redicíon de bailén
 
Fusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijosFusilamiento de torrijos
Fusilamiento de torrijos
 
El concreso de los diputados
El concreso de los diputadosEl concreso de los diputados
El concreso de los diputados
 
Amadeo i ante el féretro de prim
Amadeo i ante el féretro de primAmadeo i ante el féretro de prim
Amadeo i ante el féretro de prim
 
Amadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de primAmadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de prim
 
Los desastres de la guerra
Los desastres de la guerraLos desastres de la guerra
Los desastres de la guerra
 
Edificio de las cortes
Edificio de las cortesEdificio de las cortes
Edificio de las cortes
 
Isabel ii y narváez
Isabel ii y narváezIsabel ii y narváez
Isabel ii y narváez
 
2 3 mayo 1808
2 3 mayo 18082 3 mayo 1808
2 3 mayo 1808
 
El congreso de los diputados definitivo
El congreso de los diputados definitivoEl congreso de los diputados definitivo
El congreso de los diputados definitivo
 
La familia de carlos iv (3)
La familia de carlos iv (3)La familia de carlos iv (3)
La familia de carlos iv (3)
 
Proyecto integrado -historia--!!
Proyecto integrado -historia--!!Proyecto integrado -historia--!!
Proyecto integrado -historia--!!
 
Amadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de primAmadeo ante el cadáver de prim
Amadeo ante el cadáver de prim
 
P.i.
P.i.P.i.
P.i.
 

ComposicióN TransicióN

  • 1. Realiza una composición sobre La transición política y la Constitución de 1978 a partir del análisis de las fuentes siguientes:
  • 2. TEXTO Los dos primeros artículos del título preliminar de la Constitución de 1978 TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
  • 3. DOCUMENTO GRÁFICO Adolfo Suárez, Torcuato Fernández Miranda y Manuel Gutiérrez Mellado, tres de los principales artífices de la transición democrática.
  • 4. El 20 de Noviembre de 1975, tras una larga y cruel enfermedad y una agonía artificialmente prolongada, moría Franco, con lo que se cerraban cuarenta años de gobierno autoritario y se iniciaba el proceso de transición hacia la democracia.
  • 5. En los últimos años del franquismo, la sociedad española había experimentado profundos cambios y el régimen se encontraba muy en crisis por diversos factores tanto internos como externos. Las opciones políticas que se presentaban en ese momentos pueden sintetizarse en la continuidad, defendida por un escaso grupo de dirigentes políticos del régimen, franquista; la ruptura total, defendida por la parte más radical de la oposición política, que pretendía iniciar un proceso de democratización acompañado de profundas reformas sociales; la ruptura pactada, que pretendía un proceso de democratización pero negociando con los principales grupos de apoyo al régimen anterior, especialmente con los militares; y la reforma, consistente en un proceso gradual de transformación de las instituciones franquistas en un sistema democrático, pero manteniendo las estructuras socioeconómicas existentes y sin romper la legalidad vigente. Ésta última era la tendencia encabezada por el rey y sus más cercanos colaboradores, (protagonistas del documento gráfico) y el proceso que finalmente se llevó a la práctica y que conocemos como transición democrática.
  • 6. Se denomina Transición Democrática al proceso de cambios institucionales que se desarrollan en España entre la muerte de Franco en 1975 y la aprobación de la Constitución de 1978 (algunos analistas opinan que hasta 1982) y que consistió en la sustitución del régimen autoritario y totalitario franquista por una monarquía parlamentaria y democrática, y de un Estado centralista por otro descentralizado. Dicho de otro manera, el paso de la “democracia orgánica” franquista a la democracia real.
  • 7. Fue una compleja y difícil operación de ingeniería política que tenía como objetivo dotar a España de un sistema democrático sin provocar a las fuerzas involucionistas, en especial al ejército, y sin realizar grandes cambios revolucionarios en el sentido económico social como, al menos en un principio, reclamaba una buena parte de la oposición al régimen de la Dictadura. El proceso culminó felizmente por tanto por el agotamiento de la fórmula autoritaria, como por el papel de la Corona y de las fuerzas reformistas del régimen, que diseñaron la “voladura controlada”, dentro de la más estricta legalidad de las instituciones y leyes del franquismo, y la actitud de buena parte de la oposición democrática que apoyó la transición dándole credibilidad y legitimidad.
  • 8. Veamos un esquema del desarrollo de ese proceso: A la muerte de Franco, el Príncipe Juan Carlos es proclamado Rey de España, con una absurda formula que le hacía compartir poder con el Consejo del Reino, de tradición franquista. El rey tenía claro desde el principio que si quería consolidar la monarquía tenía que ser mediante una legitimación democrática.
  • 9. El primer paso fue la elección para presidir el Consejo del Reino y las Cortes franquistas a D. Torcuato FERNÁNDEZ MIRANDA (en el centro de la fotografía), que dirigió el proceso de reforma de las instituciones; lo que él llamó el “camino a la legalidad desde la legalidad”.
  • 10. El segundo fue la elección para la presidencia del gobierno, en julio de 1976, de Adolfo SUÁREZ (a la izquierda de nuestro documento gráfico) en sustitución de Carlos Arias Navarro, último presidente del gobierno franquista. Con Adolfo Suárez se inició el proceso de reformas que empezó con una amnistía, que liberó a 400 presos políticos (todos ellos con delitos que no implicaran derramamiento de sangre) y reintegró a sus cátedras a los profesores represaliados en 1965, y con el nombramiento como Vicepresidente del Gobierno para la Defensa del general Manuel GUTIÉRREZ MELLADO (la persona que aparece a la derecha de la fotografía), militar de prestigio pero de talante democrático que se convirtió en otros de los personajes clave de la transición, al ser el encargado de mantener bajo el gobierno a los mandos militares, de los que se presumía una actitud hostil hacia la reforma.
  • 11. El siguiente paso fue la sorprendente aprobación de la Ley de Reforma Política, que fue el primer hecho realmente trascendente desde el punto de vista institucional en el proceso de transición. Se trataba de organizar un nuevo sistema legal, que sirviera de apoyo a la monarquía parlamentaria y que habría de introducir importantes novedades y principios que se contraponían claramente al régimen anterior, pero sin romper la legalidad. Lo más importante es que creaba una sistema parlamentario integrado por dos Cámaras, un Congreso y un Senado, que estarían llamadas a elaborar una nueva Constitución. Aunque esta Ley suponía la práctica desaparición de las estructuras franquistas y de las mismas Cortes (se le ha llamado el “harakiri”), éstas la aprobaron por 429 votos a favor, 59 en contra y 13 abstenciones. Se aprobó en referéndum el 15 de Diciembre de 1976, una participación del 77% y un 94,2% de votos a favor.
  • 12. Seguidamente, era preciso legalizar los partidos políticos, lo que se hizo por Decreto Ley de 10 de Febrero de 1977 (el Partido Comunista, en 9 de Abril). A su vez quedó disuelto el Movimiento y sus funcionarios incorporados a la Administración.
  • 13. Las elecciones se convocaron para el 15 de Junio de 1977. Las coaliciones y partidos más importantes que se presentaron fueron: UCD (Unión de Centro Democrático), dirigido por Adolfo SUÁREZ, que representaba la linea reformista que había iniciado el proceso; A.P. (Alianza Popular), encabezada por Manuel FRAGA, suponía la continuidad conservadora y acogía a los franquistas partidarios de leves reformas; C.D.C (Coalición Demócrata Cristiana), representaba a personalidades independientes de ese signo (Ruiz Jiménez, Gil Robles); P.S.O.E. liderado por Felipe GONZÁLEZ, representaba a la izquierda reformista moderada, partidaria entonces de profundos cambios sociales pero dentro de una actitud flexible y negociadora; P.C. (Partido Comunista), encabezado por Santiago CARRILLO, tenía grandes apoyos en el mundo laboral y universitario. Los grupos nacionalistas fueron también importantes.
  • 14. Los resultados dieron el triunfo (34% de los votos, 166 diputados) a la Unión de Centro Democrático. El Partido Socialista Obrero Español quedó en segundo puesto con un 28 % (118 diputados). También obtuvieron representación parlamentaria significativa el Partido Comunista, que alcanzó el 9 % de los sufragios (20 diputados); Alianza Popular(16 diputados); y los partidos nacionalistas.
  • 15. La principal tarea de las Cortes recién elegidas fue la redacción de una Constitución. El anteproyecto fue redactado por una ponencia de siete miembros de los más importantes partidos con representación parlamentaria y el criterio que dominó en su elaboración fue el del consenso, es decir el acuerdo, con el objetivo de conseguir un texto constitucional que fuera apoyado por todos. En Octubre de 1978 se celebró una reunión conjunta del Congreso de los Diputados y el Senado en la que se aprobó la Constitución y el 6 de Diciembre se sometió a referéndum, que tuvo una baja participación (69%) como consecuencia de que una parte de la izquierda pidió la abstención, siendo aprobada por una amplia mayoría.
  • 16. La Constitución de 1978, cuyos dos primeros artículos integran nuestro texto, consta de una declaración de principios y está dividida en once títulos que recogen 169 artículos, a los que hay que añadir una serie de disposiciones adicionales, transitorias y derogatorias.
  • 17. Como vemos, los tres apartados del artículo primero establecen claramente las bases de esta constitución que se asienta sobre la definición de España como un “Estado social y democrático de Derecho, (Apartado 1) , basado en la soberanía popular (explícitamente expresada en el apartado 2) “que propugna como valores fundamentales de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”, (apartado1 ); que se organiza políticamente, como queda claramente expresado en el apartado 3, mediante un sistema de monarquía parlamentaria; y que, como se expresa en el artículo 2º, dentro de la indisoluble unidad de la Nación Española, reconoce el derecho a la autonomía de algunas de sus regiones, aunque sometido éste al principio de solidaridad. TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
  • 18. Como corresponde a un Estado democrático las libertades ciudadanas deben ser respetadas y amparadas por el Estado que, al estar sometido al Derecho, o sea, a las leyes emanadas del pueblo, tiene la obligación de hacerlas efectivas y establecer los medios de justicia para que esas libertades lleguen a todos por igual. El artículo 9º del Título Preliminar (Respeto a la Ley y garantías jurídicas) supone una auténtica descripción de lo que es un Estado social y democrático de derecho: sujeción de los individuos y del Estado a la ley y obligación del Estado de promover el goce real de los derechos y libertades por todos los ciudadanos, así como las medidas tendentes a la igualdad de los ciudadanos.
  • 19. En el Título uno se recogen una larga lista de derechos y libertades: Derechos Individuales: derecho a la vida, declarándose abolida la pena de muerte; derecho a la integridad física, con prohibición expresa de la tortura y de las penas degradantes; derecho a la libertad y seguridad; derecho al honor y a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen; derecho a la libertad de pensamiento y de culto (aunque se acepta que la católica es la religión mayoritaria); derecho de ciudadanía, de libre residencia, etc. Derechos sociales: derecho a una justa distribución de la riqueza, como consecuencia de ser un Estado social; derecho a un trabajo digno, a una formación adecuada y a una pensión suficiente en caso de incapacidad o vejez; derecho a la educación y a la libertad de enseñanza ( la básica, obligatoria y gratuita).
  • 20. Derechos políticos: derecho a participar libremente en la vida política, ya sea individualmente o a través de políticos y asociaciones; derecho a elegir a los representantes políticos a través de elecciones libres y democráticas; libertades de expresión, pensamiento, reunión y manifestación; derecho a garantizar la libertad y la igualdad, derecho al pluralismo político, lo que supone la garantía de las libertades de pensamiento y de expresión, libertad sindical y derecho de sindicación, etc. Libertades económicas: todo español tiene derecho a la propiedad, a la creación de una empresa y a concurrir libremente en los mercados y a la libre circulación de sus mercancías por todo el territorio nacional. Suponen la adopción del modelo de economía de mercado, aunque se prevé la actuación del Estado por motivos de interés colectivo. Por su parte, el ciudadano está obligado a cumplir las leyes, a ser solidario, a pagar los impuestos, a respetar a sus conciudadanos, a ser tolerante, etc.
  • 21. Las principales instituciones y organismos por medio de los cuales se organiza el gobierno del país, dentro del esquema de división de poderes son: La Corona, que no aparece como poder, sino como órgano del Estado, siendo definida como parlamentaria, moderadora y arbitral. El Rey, como jefe del Estado, vitalicio y hereditario, es símbolo de la unidad de España y arbitra y modera el funcionamiento normal de las instituciones. Sus funciones son sancionar las leyes aprobadas por las Cortes, ostentar el mando supremo del Ejército y representar al Estado en las relaciones internacionales. Responde a lo establecido en el apartado tres del artículo primero, tal y como podemos apreciar en el texto de apoyo.
  • 22. Las Cortes Generales. Son bicamerales, integradas por el Congreso de Diputados y el Senado. Ejercen la potestad legislativa y el control del Gobierno. Aprueban el presupuesto y los tratados internacionales. Ambas son representativas -el Congreso representación proporcional y el Senado territorial- y sus miembros se eligen por sufragio universal directo y secreto, pudiendo ser diputado o senador, cualquier ciudadano español mayor de edad. La posición dominante la detenta el Congreso de los Diputados que tiene la última palabra en la aprobación de las leyes y elige al presidente del gobierno. Es lo que se denomina bicameralismo atenuado. Se da cumplimiento de esta manera a la calificación de “parlamentaria” de la monarquía, tal y como acabamos de ver en el texto.
  • 23. El Gobierno, compuesto por el presidente y los ministros, ejerce el poder ejecutivo y dirige la política interior y exterior, la administración civil y la militar. El presidente del gobierno es nombrado por el Congreso de los Diputados y para derribarlo es necesaria una moción de censura constructiva ( la oposición debe presentar un candidato que obtenga mayoría para sustituirlo).
  • 24. El poder judicial es ejercido, de forma independiente, por los jueces y magistrados cuya función es administrar la justicia - que emana del pueblo- en nombre del Rey. Los órganos rectores son el Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial.  El Tribunal Constitucional, decide sobre la constitucionalidad o no de la leyes, resuelve los posibles conflictos entre el Estado y las Comunidades autónomas y entiende sobre los “recursos de amparo” por supuesta violación de derechos constitucionales.  El Defensor del pueblo tiene como misión recoger las reclamaciones de los ciudadanos frente a los posibles abusos de poder de la Administración, especialmente en lo que se refiere a la vulneración de las libertades y derechos.
  • 25. Desde el punto de vista de la organización territorial, la Constitución de 1978 organiza, en su artículo segundo como apreciamos en el texto, el llamado Estado de las autonomías. en el que el territorio se dividirá, finalmente, en 17 “autonomías” y dos ciudades autónomas que alcanzan diversos grados de competencias. El organigrama de administración territorial se completa con las provincias y los municipios
  • 26. En Conclusión, la Constitución de 1978 tiene una gran relevancia como hecho político ya que culminó la transición española hacia la democracia y se convirtió en la primera Constitución en la Historia de España que puede considerarse verdaderamente pactada y no impuesta por un grupo social o político. Con su aprobación, puede darse por terminado el proceso de transición democrática, al que no faltaron obstáculos (crisis económica de 1973, hostilidad de la extrema derecha, terrorismo de ETA y otros grupos, etc), pero que finalmente dotó a España de un sistema político homologable con el resto de las democracias europeas.