Responsabilidad médica: factores y deberes legales
1.
2. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
Y CIENCIAS FORENSES DEL PERU
TEMA: RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL
DR. HUGO PAVEL RODRIGUEZ GOMEZ.
MEDICO LEGISTA – DML III LAMBAYEQUE.
EMAIL : rodgomed@hotmail.com
3. REFLEXION # 1.
Durante el ejercicio de la medicina, hay momentos en
donde el médico debe tomar decisiones
trascendentales, en especial en las situaciones de vida
o muerte de un paciente; en estas circunstancias el
médico no se detiene a preguntarse si lo que se
propone realizar pueda entrañar consecuencias
legales, puesto que al hacerlo podría convertirse en un
letal freno, que en última circunstancia solo
perjudicaria al paciente.
4. REFLEXION # 2.
“ El especialista es aquel que sabe cada
vez mas y mas...................................
De menos y menos............ Hasta que
llega a saber todo de nada....”
7. QUE ES EL
ACTO MEDICO ?
Es toda clase de tratamiento, intervención o examen, con fines
diagnósticos, profilácticos, terapéuticos o de rehabilitación
llevadas acabo por un profesional medico o bajo su responsabilidad.
Es un negocio jurídico, Como tal se caracteriza por ser :
* Bilateral.
* Consensual.
* Oneroso.
* Conmutativo.
* Personal.
* Continuado.
* Informal.
* Contrato de Medios : “ No es un contrato de resultados.”
8. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO
LEGAL DE LA MEDICINA
LEGALES ADMINISTRATIVOS
Titulo de Medico Cirujano. Cumplimiento de las
Colegiatura. obligaciones fiscales.
Titulo de Especialidad.
Habilitado.
9. FORMAS DE EJERCICIO
MEDICO
MEDICINA INDIVIDUAL. MEDICINA COLECTIVA
• Administrativa.
• Institucional.
• Empresarial.
• Fundacional.
• Asociativa
10. CODIGO DE PRINCIPIOS ETICOMORALES
DE LA PROFESION MEDICA
El Juramento Hipocrático.
Códigos internacionales de Ética en la
Investigación :
* Código de Nuremberg ( 1947).
* Declaración de Helsinski ( 1968 ).
Declaración de Ginebra.
Código de Ética Internacional.
Códigos de Ética Nacionales.
11. DEBERES DE LOS
MEDICOS
En General :
Debe Mantener un alto nivel de
Conducta Profesional.
No Debe Mezclar su ganancia
económica con el ejercicio
medico.
Debe dar un servicio medico
competente y con respeto a la
dignidad Humana.
Debe tratar con honestidad al
paciente y al colega.
Debe respetar los derechos del
paciente.
Debe certificar solo lo que el ha
verificado.
12. DEBERES DE LOS
MEDICOS
Hacia los Enfermos :
Debe recordar siempre la
preservación de la Vida
Humana.
Debe no sobrepasar sus
conocimientos técnicos y
científicos.
Debe guardar absoluto secreto
de lo confiado por su paciente,
siempre y cuando no afecte a
terceros.
Debe prestar atención de
urgencia como deber
humanitario.
Debe de informar sobre lo
realizado en el paciente.
13. DEBER DE SECRETO
PROFESIONAL
Respetar la intimidad del paciente.
Reserva de información sobre el acto
médico.
Excepciones:
Autorización escrita del paciente.
Requerimiento de autoridad judicial competente.
Enfermedades que afectan la salud pública.
14. DEBER DE INFORMACIÓN DEL
ACTO MÉDICO
Información veraz, oportuna, completa y
directa.
Información relevante para adoptar la
decisión de someterse al tratamiento
médico.
Información sobre riesgos de medicación
15. CONSENTIMIENTO INFORMADO -
Características -
1) Objetivos del procedimiento.
( para que sirve ).
2) Forma en la que se realiza.
( en que consiste ).
3) Beneficios esperados.
4) Molestias, Riesgos y efectos secundarios
posibles, incluidos los derivados de no
hacer el procedimiento.
5) Alternativas posibles, incluida la de no
hacer la tecnica, con sus problemas, y
explicacion breve del motivo que induce al sanitario
a escoger este procedimiento y no el o los alternativos.
6) Disponibilidad a ampliar toda la informacion si el paciente lo desea.
7) Libertad total del paciente para retirar el Consentimiento cuando lo
desee y sin tener que dar explicacion alguna.
16. Consentimiento Sustituto.
a) Menores de edad.
b) Adultos Mentalmente Incapacitados.
c) Estados de Perdida de Conciencia.
d) Casos de Urgencia y Gravedad.
e) Pacientes Gravemente Angustiados.
f) Casos de Problemas de Tipo Religioso.
17. DEBERES DE LOS MEDICOS
ENTRE SI
Comportarse hacia sus colegas como el
desearía que ellos se comportasen con el.
No debe atraer a los pacientes de sus
colegas.
Debe observar los principios de la
“ Declaración de Ginebra ”, aprobada por
la Asociación Medica Mundial.
18. DECLARACION DE
GINEBRA
PROMETO SOLEMNEMENTE :
Consagrar mi Vida al servicio de la humanidad.
Otorgar a mis maestros el respeto y gratitud que merecen.
Ejercer mi profesión a conciencia y dignamente.
Velar ante todo por la salud de mi paciente.
Guardar y respetar los secretos confiados a mi.
Mantener incólume el honor y las nobles tradiciones de la
profesión medica.
Considerar como hermanos y hermanas a mis colegas.
No permitiré que consideraciones de afiliación política, clase
social, credo, edad, enfermedad o incapacidad, nacionalidad,
origen étnico, raza, sexo, o tendencia sexual, se interponga entre
mis deberes y mi paciente.
Velar con el máximo respeto por la vida humana desde su
comienzo, incluso bajo amenaza y no emplear mis conocimientos
médicos para contravenir las leyes humanas.
19. EJERCICIO MEDICO
SALUD RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA
BIEN JURIDICO TUTELADO Declaraciones de la Asociacion Medica Mundial.
Inalienable, Imprescriptible.
ESTADO DERECHO
Cod. De Neuremberg.
MINSA MP - FN PJ PENAL CIVIL
Declar. De Helsinski.
Declar. De Ginebra.
IML
Cod. Int. De Etica Medica.
Declar. De Lisboa.
Cod. Etica y Deont. C.M.P.
Declar. Neglig. Medica.
Declar. De Huacachina.
20. RESPONSABILIDAD
MEDICA
CONCEPTUALIZACION : Responder a nuestros actos médicos
desde el punto de vista civil o penal.
Obligación de reparar las faltas, extendiéndose a todas las personas de
las que dependan los autores materiales y a aquellos que integran el
equipo profesional.
Es la OBLIGACION de los medicos de dar cuenta ante la sociedad por los
actos realizados en la practica profesional, cuya naturaleza y resultados
sean CONTRARIOS A SUS DEBERES, por incumplimiento de los medios y
cuidados, adecuados en la asistencia de un paciente.
SINONIMOS : Malpraxis, Mal Practice, Mala Practica, Faute
Medicale, Tratamiento contra la Legis Artis.
21. HISTORIA DE LA
RESPONSABILIDAD
MEDICA
Plutarco ............ Crucificado por Alejandro Magno.
Código de Humarabi : Daño al paciente……………..
Le cortaban las Manos.
En Egipto .......... Existían un conjunto de reglas para
el medico.
En Roma ........,,,,,,,... Aplicación de la Lex Aquilia.
En la actualidad ........ Aplicación del NCPP.
22. BASE LEGAL
Constitución Política
Código Penal y procesal penal.
Ley General de Salud – Ley Nº 26842
Ley de Protección al Consumidor
T.U.O. D.S. Nº 039 – 2000-ITINCI
Ley de Trabajo Médico – D. Leg. Nº 559
Reglamento de la Ley de Trabajo Médico
D.S. Nº 024-2001-SA
Código de Ética y Deontología del Colegio Médico
del Perú.
23. NIVELES DE
RESPONSABILIDAD
1er. Nivel :
Responsabilidad Politico-Administrativa.
2do. Nivel :
Responsabilidad Institucional.
3er. Nivel :
Responsabilidad del Medico.
24. FACTORES DE RIESGO
NO ASISTENCIALES : ASISTENCIALES :
1. Desgaste de la Relacion
1. Sistema de Salud.
Medico-Paciente.
2. Falta de Compromiso del 2. La Falta de Condicion de
Medico. Trabajo.
3. La no participacion de la 3. El Abuso del Poder.
Sociedad. 4. La Falsa Garantia de
Resultados.
4. La no Revision del Aparato 5. La Falta del
Formador. Consentimiento
5. Falta de Enseñanza esclarecido.
Continuada. 6. El llenado Inadecuado de
las Historias.
6. La Precaria Fiscalizacion 7. La Precaria
del Ejercicio Profesional. Documentacion de los
Procedimientos.
8. El Abandono del Paciente.
25. MÉDICO
CONDUCTA
REPROCHABLE
NORMAS Y SANCIONES NORMAS Y SANCIONES
REPRESIVAS INDEMNIZATORIAS O
REPARADORAS
PRISIÓN REPARACIÓN
CUERPO O PSIQUI DEL
PACIENTE
MULTA
VIOLACIÓN DE SECRETO
PROFESIONAL
DEBER DE RESERVA EN
INHABILITACIÓN CUANTO A LA VIDA DEL
PACIENTE Y FAMILIARES
ILÍCITO PENAL SEDE CIVIL
26. TIPOS DE
RESPONSABILIDAD
Responsabilidad
Penal....... ( Sancion )
Responsabilidad
Civil.......( Indemnizacion)
Responsabilidad
Etica........ ( C.M.P.)
Responsabilidad
Administrativa..............
.....................( Laboral )
Responsabilidad
Moral.........( Conciencia )
SANCION SOCIAL : “ MALA FAMA ”
27. CLASIFICACION JURIDICA DE LA
RESPONSABILIDAD MEDICA
DE ACUERDO AL FUERO : DE ACUERDO A LA TECNICA
JURIDICA :
1. RESPONSABILIDAD CIVIL. 1. RESP. OBJETIVA : Es la que
2. RESPONSABILIDAD PENAL. surge del resultado dañoso no
esperado, que el accionar del
medico puede provocar,
independientemente de la culpa
que le cabe.
2. RESP. SUBJETIVA : Es la que
surge de la subjetividad del
medico, puesta al servicio de una
determinada accion penada por
ley, por ejemplo : Abortos,
Certficados falsos, violacion del
secreto profesional.
3. RESP. CONTRACTUAL.
4. RESP. EXTRACONTRACTUAL.
28. CULPA MEDICA
DEFINICION : DELIMITACION :
Es una infraccion a una - Dolo : Intencion
obligacion preexistente deliberada.
fijada por ley o por el
- Culpa : Falta de la
contrato.
intencion de dañar.
- Caso Fortuito :
Consecuencia
extraordinaria o
excepcional.
“ El no haber previsto la consecuencia dañina separa a la culpa del dolo,
El no haberla podido prever separa el caso fortuito de la culpa ”.
29. RESPONSABILIDAD PENAL
MEDICA
FORMAS DE CULPA MEDICA
Impericia.
Negligencia.
Imprudencia.
Inobservancia de Reglamentos.
“ LOS OJOS NO VEN, LO QUE LA MENTE NO SABE ”
30. IMPERICIA
“ NO SABER ”
Falta total o parcial de pericia, sabiduría,
conocimientos técnicos, experiencia y
habilidad en el ejercicio de la medicina.
TIPOS :
1. Impericia de Origen : “ Nunca lo Conocio ”
2. Impericia de Olvido : “ Aprendió, aplicó y se
Olvido ”
3. Impericia de Practica : “ Sabe la Teoria ”
31. IMPERICIA
“ NO SABER ”
EJEMPLOS :
a) Impericia y terapéuticas peligrosas : El riesgo que se
pueda producir debe ser menor que el daño que debe reparar.
b) Impericia y Cirugía : Elementos de valoración :
- El riesgo operatorio y la oportunidad de realización.
- El Diagnostico Operatorio.
- La técnica Usada.
- Los recaudos previos a la operación.
- Los cuidados post operatorios.
c) Impericia y Anestesiología.
d) Impericia y Error : Diagnostico y Tratamiento.
33. IMPRUDENCIA MÉDICA
Falta de historia clínica.
Mal uso de la historia clínica.
Falta de cumplimiento de protocolos.
Falta de cumplimiento de estándares mínimos.
Información insuficiente al paciente.
Escasa utilización de medios auxiliares.
Excesiva utilización de medios auxiliares.
Asistencia despersonalizada.
Falta de medios diagnósticos.
Falta de medios terapéuticos complementarios.
Medicación y métodos complementarios de diagnóstico
agresivo.
Omisión de socorro.
34. NEGLIGENCIA
Es el descuido
Omisión
O falta de aplicación o diligencia, en la ejecución de un
acto médico.
... Puede configurar un defecto o una omisión o un hacer
menos, dejar de hacer o hacer lo que no se debe.
… Es no guardar la precaución necesaria o tener
indiferencia por el acto que se realiza.
... Es la forma pasiva de la imprudencia y comprenden el
olvido de las precauciones impuestas por la prudencia, cuya
observación hubiera prevenido el daño.
LA IMPRUDENCIA Y LA NEGLIGENCIA SON LAS
CARAS DE UNA MISMA MONEDA
35. NEGLIGENCIA
( DESCUIDO U OMISION )
a) Negligencia y Cirugía, Obstetricia y
Neonatología.
b) Negligencia y Alergias Medicamentosas.
c) Negligencia e Historia Clínica.
d) Negligencia y Abandono.
36. Ejemplos :
No sujetar al paciente a la mesa de operaciones o camilla.
Examen médico insuficiente, en ingesta de sustancias tóxicas.
Falta de protección en la aplicación de radioterapia.
No controlar al paciente en el post-operatorio.
No advertir efectos colaterales de un determinado tratamiento.
No informar al paciente o familiares sobre su enfermedad o pronóstico.
Abandonar al enfermo (guardia, emergencia o huelga).
No controlar con regularidad y a cortos intervalos, la tº de la incubadora, resp artific
Dar de alta a un paciente con fractura, sin ordenar una radiografía de control.
No ordenar la biopsia ante una sospecha de cáncer.
Negarse a atender a un paciente en caso de emergencia.
Atender un parto sin control del estado del feto.
Olvidar el retiro de gasas o instrumental en intervenciones quirúrgicas.
No indicar las pruebas de sensibilidad.
Omisiones, defectos y falta de evoluciones cronológicas completas.
No dejar constancia escrita sobre autorizaciones, alergias, interconsultas, exámenes
No atender al paciente (huelga).
No concurrir a un llamado.
No esperar en casos graves, el relevo por otro médico.
Falta de aplicación de sueros o vacunas, ulteriores a heridas contaminadas
37. INOBSERVANCIA DE LOS
REGLAMENTOS Y DE LOS
DEBERES DEL CARGO
Es el incumpliento de una exigencia u orden
verbal o escrita dispuesta por un superior con
la finalidad de prever un dano en el paciente.
Menosprecio de la Norma.
Se circunscribe a la esfera administrativa,
sino se ocasiona daño al paciente.
38. Inobservancia de reglamentos :
Ejemplos.
Omision o defectos en la confeccion de la
historia clinica.
Realizar el Interno o Residente actos no
autorizados o sin la debida supervision.
Recetar productos milagrosos.
Abandonar el puesto de trabajo y centro laboral
sin autorizacion.
Abandono de guardia.
Abandonar sin dejar sustituto : Incubadoras,
respiradores, etc.
No fiscalizar las tareas del personal auxiliar que
debe cumplir con las indicaciones medicas.
39. RESPONSABILIDAD
DEL MEDICO
1) Accion Fundada en Negligencia.
2) Accion Fundada en Agresividad.
3) Accion Fundada en Temeridad.
4) Error Grosero.
5) Por no Tener el Consentimiento Informado del
Paciente.
6) Por no Mantenerse Dentro del Riesgo Permitido.
7) Por Asumir el Riesgo.
8) Por no Asumir el Riesgo.
9) Por no Cumplir con el Deber de Cuidar.
10) Por la Aceleracion de la Causalidad.
11) Por Falta de Preparacion y Actualizacion.
40. HOMICIDIO
EUTANASIA :
A. Eutanasia Activa :
* Eutanasia Activa Directa.
* Eutanasia Activa Indirecta.
B. Eutanasia Pasiva.
Art. 112* : El que por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de
manera expresa y conciente para poner fin a sus intolerables dolores,
sera reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de tres anos.
ABORTO SENTIMENTAL Y EUGENESICO.
Art. 120* : El aborto sera reprimido con pena privativa de la libertad no mayor
de tres meses :
1) Cuando el embarazo sea consecuencia de violacion sexual fuera del
matrimonio o inseminacion artificial no consentida y ocurrida fuera del
matrimonio, siempre que los hechos hubieren sido denunciados e
investigados cuando menos policialmente.
2) Cuando es probable que el ser en formacion conlleve al nacimiento
graves taras fisicas o psiquicas, siempre que exista diagnostico medico.
41. DIEZ MANDAMIENTOS PARA EVITAR LA
MAL PRAXIS MEDICA
1. EL ENFERMO NUNCA ES UN OBJETO..… “ES SUJETO”.
2. NO MENTIR.
3. SER PRUDENTE.
4. ADQUIRIR PERICIA.
5. SER DILIGENTE.
6. DEJAR CONSTANCIA : Para la justicia lo que no esta
escrito…………………… NO EXISTE.
7. RECONOCER SUS LIMITES.
8. INFORMAR POR OBJETIVOS.
9. HACER SENTIR A LOS FAMILIARES COLABORADORES.
10. COBRAR LO JUSTO.
42. RESPONSABILIDAD MEDICA
RECOMENDACIONES
1º.- Examinar a las mujeres en presencia de otra mujer.
2º.- No suspender el " Acto Médico "
3º.- En Caso de " juicios " , buscar Asesoría Legal.
4º.- Nunca concurrir a una Delegación P.N.P., Fiscalía o
Juzgado sin asesoría de su abogado.
5º.- Aprender sus Deberes y Derechos.
6º.- Respetar las Normas Legales y Eticas.
7º.- Realizar " Reuniones de Auditoría " en los Servicios.
8º.- Actualizarce en aspectos Médico Legales.
9º.- Protocolizar sus atenciones.
10º.- Obtener un Seguro contra acciones legales por
Responsabilidad Profesional.