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2012
Presupuesto
Profesora: Gusmary Díaz



    Presupuesto
    Prof.: Gusmary Díaz




                             PRESUPUESTO PÚBLICO
                             Blog – Glosario




                                               Actividad Financiera del Estado
                                 PRESUPUESTO
                                 PÚBLICO




                                                         Celina Ruiz Morales, C.I.Nº 8.319.017
                                                        Yuly María Rojas Torres C.I:20.348.912
                                                            Maritza Porras, C.I. Nº 3.3558.787

                                                    18/02/2012
Actividad financiera del estado




   Las finanzas públicas estudian la actividad financiera del estado para satisfacer las
necesidades públicas, para lo cual requiere recursos que puede obtener por dos
procedimientos:

  1. Directo: Se apropia directamente de bienes económicos o factores productivos. Ej.
     Servicio militar obligatorio.
  2. Indirecto: Es el más utilizado y consiste en obtener medidas financieras para gastos y
     obtener medios reales, humanos y materiales, para desarrollar su actividad.

   La actividad financiera del estado está constituida por aquel proceso de obtención de
ingresos y realización de gastos cuyo objetivo es cumplir con los fines del mismo. Se
encuentra realizada por el estado, que opera sobre la base de un poder especial llamado
"fiscal" o " financiero" que le permite obtener en forma coactiva los ingresos necesarios para
financiar sus gastos, los que realizará de conformidad al presupuesto legalmente aprobado.

Política Fiscal:

       Los programas del gobierno con respecto a la compra de bienes y servicios, el gasto
de transferencia y la cantidad y tipo de impuestos, integran la política fiscal. Entonces
podemos decir que "las decisiones del gobierno referente al gasto público y a los impuestos
constituyen la política fiscal”.

Un enfoque clásico de la política fiscal, distingue tres tipos de fines:

  1. Fiscales: Se encuentran relacionados con la obtención de recursos para la realización
     de gastos destinados a las prestación de servicios públicos
  2. Extrafiscales: Son aquellos seguidos por la actividad financiera cuando intentan
     modificar alguna conducta de los operadores económicos. Ej.: Gravámenes sobre
     cigarrillos y bebidas alcohólicas. Se busca un fin distinto al fiscal (recaudar para
     financiar gastos).
  3. Mixtos: Surgen de la comunicación de los fiscales y extrafiscales. El gravamen sobre
     consumo de cigarrillos puede desalentar dicho consumo y financiar a su vez los gatos
     públicos.
Para los clásicos los fines extrafiscales deben ser absolutamente mínimos por que pueden
entrar en colisión con el principio de no intervención.
Un enfoque moderno de la política fiscal analiza sus objetivos que constituyen las tres ramas
de las finanzas públicas:

   1. Rama de los servicios o de la asignación: Se encuentra constituido por el objeto de
      satisfacer las necesidades sociales, lo que se logra con bienes y servicios públicos
      (justicia, seguridad y defensa) y con el objeto de corregir la asignación de los recursos
      resultantes de las fuerzas de mercado. Es el caso de los monopolios o debilidad
      económica que opera en el tramo decreciente de sus costos medios.
   2. Rama de redistribución: Se encuentra constituida por el objetivo de redistribuir los
      ingresos, tomando recursos de los sectores con mayor capacidad adquisitiva y
      destinado a aquellos de menores recursos, a través de subsidios o de servicios
      públicos gratuitos, y por el objetivo de lograr el equilibrio regional fomentando la
      actividad económica regional.
   3. Rama de la estabilidad macroeconómica: Se encuentra constituida por la estabilización
      de la economía, logrando llevar a la actividad económica al pleno empleo de los
      factores productivos con estabilidad de precios y por el desarrollo económico. Apunta a
      que el estado contribuya a acelerar la tasa de crecimiento de la actividad económica y
      hacerla sostenida en el tiempo.
   4.
   Para alcanzar los objetivos mencionados de la política fiscal se requieren instrumentos, es
decir, medios a los que recurre el estado, a los fines, de su consecución. Se considera
instrumento de la política fiscal a lo siguiente:

  1. Erogaciones o gastos públicos: Pueden ser considerados por su magnitud total y su
     composición, ya que cada tipo de gasto puede tener un diferente impacto (gastos en
     bienes y servicios o transferencias)
  2. Ingresos o recursos públicos: Se componen principalmente por los tributos. Como cada
     tributo puede implicar un impacto diferente en la economía; corresponde considerarlo
     por su composición y su magnitud total.
  3. Resultado Presupuestario: Resume la política fiscal. El equilibrio, al déficit y el
     superávit tienen distintos significados, al igual que su magnitud. Un instrumento
     complementario del resultado es la forma en que se lo financia si es déficit, y cuál es su
     destino si es superávit.
La deuda pública:

     La consecuencia del déficit es aumentar la deuda pública. El superávit permite bajarla.
También aquí interesa la magnitud y composición de la deuda.




Recursos Públicos:

   Con los recursos públicos se presenta una diferencia doctrinaria entre los enfoques
clásicos y modernos.

  1. Los clásicos ponen énfasis en que los ingresos públicos están destinados a financiar
     los gastos públicos. Ellos afirman que el Estado es un ente necesario por las funciones
     que debe cumplir y los gastos que debe realizar con su consecuencia inmediata. De
     este modo, el Estado puede y debe obtener recursos de los particulares para atender
     el financiamiento del gasto. La concepción clásica establece una relación muy estrecha
     entre los recursos y los gastos públicos que financia.

  2. Los enfoques modernos admiten que, además de la utilización de los recursos para
     financiar el gasto público, hay otros aspectos vinculados con el impacto de los mismos
     en la actividad económica. En realidad, esta concepción no es tan moderna, ya que,
     los mercantilistas utilizaban los recursos públicos como instrumentos de la política
     económica a través de gravámenes sobre el comercio exterior.

   Se considera a los recursos públicos como toda aquella riqueza que, teniendo origen en el
sector privado, se transfiere al sector público; se devenga a favor del estado y se acredita
financieramente a través del ingreso de fondos en la tesorería. Estos ingresos tienen como
propósito atender al gasto público y producir ciertos efectos sobre la economía, o sea,
contribuir a los fines del estado. Esta conceptualización moderna es lo suficientemente
amplia como para abarcar recursos de distintos tipos como impuestos, tasas, recursos
patrimoniales, endeudamientos y aún operaciones de tesorería.
Los recursos pueden ser clasificados con arreglo a distintos criterios:

I. Recursos ordinarios y extraordinarios: (hecha por los clásicos)

  1. Recursos ordinarios: Son aquellos que habitualmente (anualmente) recibe el estado
     (impuestos, tasas, contribuciones)
  2. Recursos extraordinarios: Son aquellos a los que el estado recurre en situaciones
     excepcionales, como crisis económicas, conflictos bélicos o catástrofes naturales.
     Consisten en impuestos de emergencias o empréstitos obligatorios.
Acertadamente el profesor Lallo, Gangemi advierte que esta distinción va perdiendo
importancia en la finanzas públicas del estado contemporáneo ya que el estado de nuestro
tiempo, en mayor o menor grado, acude al crédito público y a la emisión de papel moneda
como medio normal de proveerse de recursos para afrontar los crecientes gastos públicos.

II. Recursos originarios y derivados: (clasificación jurídica económica)

   1. Recursos originarios: Son aquellos que provienen del patrimonio del estado, o de
      actividades productivas realizadas por el.
          a. Existen 3 tipos de recursos originarios:
                 - Rentas que provienen de la exportación de bienes del patrimonio del
                   estado o de ventas de dicho patrimonio.
                 - Precios o tarifas cobradas por servicios públicos. No se incluye en este
                   rubro a las empresas públicas. Ej.: instituto geográfico militar que vende
                   mapas.
   2. Recursos originados en empresas públicas. Vienen dados por la participación del
      estado en las ganancias de las mismas o por contribuciones que dichas empresas se
      ven obligadas a realizar al estado, a quien pertenece su capital.
   3. Recursos Derivados: Son aquellos que el estado obtiene de la economía de los
      particulares mediante la potestad de imposición.

Existen 3 tipos de recursos derivados

   1. Tributarios: Constituye el conjunto más importante de los recursos públicos. Se
      caracterizan por que implican un traspaso de riqueza del sector privado al público, que
      se hace mediante dinero y es exigido en forma coactiva con el Estado. Su
      característica propia es la coactividad (el estado obliga), que es determinada
      legalmente. Los recursos tributarios se dividen en: impuestos tasas y contribuciones
      especiales.
   2. Crédito o empréstito: Es un recurso que el estado obtienen a medias a largo plazo,
      solicitando préstamos internos o internacionales, a particulares o instituciones
      financieras. El estado se compromete a devolver (amortizar) el préstamos recibido en
      períodos que pueden variar entre 2 y 4 años(a mediano plazo) o entre 5 y 10 años( a
      largo plazo)

      A su vez el estado reconoce a la utilización de estos medios financieros un interés que
      es el costo de uso del capital prestado. Es la forma más habitual de financiar el déficit
      presupuestario (sin incluir las operaciones de tesorería).

   3. Operación de Tesorería: Son aquellas operaciones en la que el estado se endeuda
      para financiar sus desequilibrios estacionales o transitorios. En un financiamiento de
      características particulares por cuanto se percibe y se devuelve en un mismo ejercicio
      o en un periodo inferior a un año. Se distinguen dentro de estas operaciones dos
      grupos:

      1. Originados en Títulos: Son títulos públicos de corto plazo que el estado coloca
         fundamentalmente en el sector privado interno o externo y se compromete a
         devolverlos en un plazo menor a un año, reconociendo un interés por su utilización.
2. Financiamiento monetario: Se originan cuando el banco central ordena emitir
         dinero para financiar una deficiencia estacional.

       Estos financiamientos que nacieron como operaciones de tesorería a corto plazo, se
convirtieron en la fuente principal del financiamiento del déficit del presupuesto público.
Desde el punto de vista económico su utilización no es aconsejable, por que es causa
determinante de procesos inflacionarios.




 Impuestos:

      Conforman una categoría de los recursos tributarios. Constituyen una prestación
 pecuniaria obtenida por el Estado en forma coactiva (forzosa) y pagada por los particulares
 con carácter definitivo (sin devolución), sin una contrapartida determinada y destinada a la
 atención de los gastos públicos y a la intervención del Estado en la economía.

      La concepción clásica con respecto al impuesto se asienta en dos criterios básicos:
 rendimiento e igualdad. El rendimiento se refiere a que los impuestos deben dar origen a la
 cantidad de recursos necesarios para que funcione el Estado. El rendimiento debe ser
 máximo y el costo debe ser el menor posible. Este rendimiento debe lograrse sobre una
 base de universalidad (todos pagan) e ineludivilidad (que no se evada).

      La igualdad en la distribución de las cargas públicas debe ser tal que quienes aportan
 lo hagan en función de sus posibilidades económicas. Lo que se busca es obtener una
 igualdad personal que tome en cuenta la situación del que paga.

       La concepción moderna respecto al impuesto no contradice a los clásicos, sino que
 incorpora nuevos elementos, modificando los conceptos. Aquellos sostenían la neutralidad,
 entendiendo por ello que el impuesto no debe buscar ejercer presión sobre los
 contribuyentes para que realicen determinada acción. Los modernos incorporan la idea de
 intervencionismo.

      El impuesto se convierte en un instrumento por el cual el Estado interviene en la vida
 social y económica e influye en la conducta tanto del conjunto de los individuos como de
 cada uno de ellos en particular.


                                                                             Maritza Porras
                                                                              C.I 3.558.787
Presupuesto Público
      Es una herramienta de política y gestión pública, mediante el cual se asignan recursos
y se determinan gastos, que permita cumplir las funciones del Estado y cubrir los objetivos
trazados en los planes de política económica y social, de mediano y largo plazo.

       Presupuesto público, presupuestos del Estado o presupuestos generales de los
poderes públicos es el documento financiero del estado u otro poder del la administración
pública, que balancea ingresos públicos y gasto público en el año fiscal. El presupuesto
constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones (gastos) que, como
máximo, pueden reconocer y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el
correspondiente ejercicio (anual).

        La aprobación de los presupuestos constituye una de las atribuciones básicas del
congreso o parlamento de un país, mediante la correspondiente Ley de presupuestos; que es
una norma legal, contemplada en diversos ordenamientos jurídicos dictada por este órgano a
finales de año (generalmente los últimos días de diciembre) que regula todo lo concerniente
a los presupuestos para el año siguiente. Esta ley incluye la relación de gastos que puede
ejercer el Estado y los ingresos que éste debe alcanzar en el próximo año. Además, es una
ley de naturaleza mixta puesto que su función es legislativa pero también de control. Por sus
especiales características, la ley de presupuestos puede tener una tramitación especial o
distinta de las otras leyes.

       Se entienden por gastos al conjunto de erogaciones, generalmente dinerarias que
realiza el Estado para cumplir con sus fines, es decir, satisfacer las necesidades de la
sociedad. Por el contrario, los recursos son el grupo de ingresos que tiene el Estado,
preferentemente dinero para la atención de las erogaciones determinadas por las exigencias
administrativas o de índole económico-social.

      Para obtener estos recursos el Estado establece leyes tributarias que deben estar
acordes lo que garantiza la Constitución del país.

Sistema Nacional de Presupuesto Público.

      Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso
presupuestario de todas las entidades del Sector Público en todas sus fases; está integrado
por la Dirección General del Presupuesto Público, dependiente del Viceministerio de
Hacienda, y por las Unidades Ejecutoras a través de las oficinas o dependencias en las
cuales se conducen los procesos relacionados con el Sistema, a nivel de todas las entidades
y organismos del Sector Público que administran fondos públicos.

Elementos fundamentales del presupuesto público

      Carácter jurídico: El presupuesto es una institución jurídica fundamental del Derecho
      Público, que sanciona la competencia del poder legislativo para controlar la actividad
      financiera del Estado, como manifestación del carácter representativo de la soberanía
      popular que supone el parlamento.
      Carácter político
Documento de elaboración periódica, este carácter se deriva de su naturaleza política
       y de instrumento de control, que ha de ser renovado periódicamente.
       El presupuesto adopta una forma contable. Desde este punto de vista el presupuesto
       aparece formalmente equilibrado, lo cual no implica que desde el punto de vista
       económico esté equilibrado.
       El presupuesto supone una autorización de gastos y una previsión de ingresos
       Representa la concreción del plan económico del la Hacienda Pública.

Marcos de Mediano Plazo

        Son herramientas institucionales que permiten trascender al presupuesto. Se basa en
las proyecciones macroeconómicas para establecer límites de gasto teniendo en cuenta el
endeudamiento y los recursos futuros. Los objetivos perseguidos son la estabilidad y
disciplina macro fiscal, la eficiencia en la distribución, y la eficiencia en el uso de los
recursos.[1] (ver también Eficiencia distributiva)

Marco presupuestario a mediano plazo

        Se basa en usar las proyecciones para poder estimar los gastos de las agencias
gubernamentales para dar cierta predictibilidad a las agencias. Generalmente, el gasto se
clasifica por función, sector o ministerio. De esta manera, se coloca recursos para las
prioridades de la nación a la vez que se cuida la disciplina fiscal. Es el tipo de Marco de
Mediano Plazo mas usado.

Marco de gasto a mediano plazo

       Anaden al Marco presupuesto a mediano plazo elementos sobre programas y
resultados a la vez que intenta reforzar la disciplina fiscal y la priorización de recursos. [2] Este
marco puede adoptar diferentes grados de detalles en las proyecciones de gasto y replica
todo el clasificaciones del presupuesto anual.[1] el presupuesto publico es una gado de
puntualidad.

El proceso presupuestario

       La vida de un presupuesto público se prolonga temporalmente por unos treinta y seis
meses en circunstancias normales y dejando un amplio margen para las peculiaridades de
los distintos países. En todo este tiempo se pueden diferenciar para un presupuesto cuatro
fases que se solapan cronológicamente.

Elaboración

      Se desarrolla en el poder ejecutivo y supone un sistema de negociaciones múltiples
entre los distintos responsables de la confección del presupuesto y los diversos
departamentos ministeriales y órganos del Estado.

      Es obligación del estado de hacer el presupuesto, al ser este un instrumento de
preparación y control.
En el proceso de elaboración del presupuesto actúan: el gobierno central, constituido
por los operadores constitucionales; gobiernos regionales; gobiernos locales, municipalidad
provincial y distrital; organismos descentralizados; instituciones públicas descentralizadas, la
sociedad de beneficencia pública; empresas públicas, privadas o mixtas.

      La institución encargada de elaborar el presupuesto busca el equilibrio financiero, o
presupuestario, de ingresos y gastos.

Aprobación

      Una vez terminada la elaboración del presupuesto por el gobierno debe pasar a las al
parlamento respectivo - Cortes Generales en España -, donde se discute y, en su caso,
podrá aprobarse. Además de que estas son regidas por el parlamento antes mencionado.

Ejecución

      La ejecución presupuestaria no es más que la actividad de la Administración dirigida a
la realización de los ingresos y gastos previstos en el presupuesto para un período
determinado, por lo general anual.

Control

      El control se realiza durante el procedimiento mediante los interventores y después del
procedimiento comprueba el correcto gasto del dinero.

Principios presupuestarios

Principio de competencia popular

      Corresponde al pueblo, titular de la soberanía nacional, la fijación de todo cobro y
pago del Estado. Esto se desarrolla en base a que al Poder legislativo le corresponde la
aprobación y promulga

Principio de universalidad

       Los presupuestos deben recoger la totalidad de los ingresos y gastos derivados de la
actividad financiera del Estado, para que de esta forma sea adecuadamente controlable por
el Parlamento.

Principio de especialidad cualitativa, cuantitativa y temporal

      Los recursos deben asignarse exactamente para los objetivos fijados en el documento
presupuestario. Este principio queda atenuado a través de las transferencias presupuestarias
que autorizan el trasvase entre distintitos conceptos del presupuesto siguiendo los
procedimientos establecidos. La autorización que supone el gasto público tiene como ámbito
temporal el que fija el presupuesto.
Principio de publicidad

       La publicidad surge como una consecuencia inevitable al ser el presupuesto una
cuestión que afecta a todos los ciudadanos que han determinado su contenido a través del
parlamento.

Crédito Presupuestario

       Dotación de recursos consignada en los Presupuestos del Sector Público, con el
objeto de que las entidades públicas puedan ejecutar gasto público. Es de carácter limitativo
y constituye la autorización máxima de gasto que toda entidad pública puede ejecutar,
conforme a las asignaciones individualizadas de gasto, que figuran en los presupuestos, para
el cumplimiento de sus objetivos aprobados.Gastos Públicos

       Son el conjunto de erogaciones que por concepto de gastos corrientes, gastos de
capital y servicio de deuda, realizan las Entidades con cargo a los créditos presupuestarios
respectivos, para ser orientados a la atención de la prestación de los servicios públicos y
acciones desarrolladas de conformidad con las funciones y objetivos institucionales.


                                 Glosario de Términos
                                 Presupuesto Público
Actividad

      Categoría presupuestaria básica que reúne acciones que concurren en la operatividad
      y mantenimiento de los servicios públicos o administrativos existentes. Representa la
      producción de los bienes y servicios que la entidad pública lleva a cabo de acuerdo
      con sus competencias, dentro de los procesos y tecnologías vigentes. Es permanente
      y continua en el tiempo. Responde a objetivos que pueden ser medidos cualitativa o
      cuantitativamente, a través de sus Componentes y Metas.

Año Fiscal

      Período en que se ejecuta el Presupuesto del Sector Público y que coincide con el año
      calendario, es decir, se inicia el primero de enero y finaliza el treinta y uno de
      diciembre.

Anulación presupuestaria

      Supresión total o parcial de los créditos presupuestarios de Actividades o Proyectos.



Aprobación del presupuesto

      Acto por el cual se fija legalmente el total del crédito presupuestario, que comprende el
      límite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal. En el caso de los Pliegos del
Gobierno Nacional, los créditos presupuestarios se establecen en la Ley Anual de
      Presupuesto del Sector Público, los mismos que para su ejecución requieren de su
      formalización a través de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura. En
      el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, los créditos presupuestarios son
      establecidos en sus respectivos Presupuestos Institucionales de Apertura
      considerando los montos que les aprueba la Ley Anual de Presupuesto del Sector
      Público. En el caso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los
      Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos presupuestarios son
      establecidos mediante Decreto Supremo.

Avance financiero

      Estado que permite conocer la evolución de la ejecución presupuestal de los ingresos
      y gastos a un período determinado.

Avance físico

      Estado que permite conocer el grado de cumplimiento de las Metas Presupuestarias
      aprobadas en los Presupuestos Institucionales de las entidades, a un período
      determinado.

Cadena de gasto

      Conjunto de elementos expresados en una secuencia numérica que refleja las
      distintas categorías de la estructura funcional programática y las partidas de gasto de
      los Clasificadores Presupuestarios del egreso.

Cadena de ingreso

      Conjunto de elementos expresados en una secuencia numérica que refleja las
      distintas categorías del Clasificador Presupuestario del Ingreso.

Calendario de compromisos institucional

      Acto de administración de programación mensual para hacer efectivo la ejecución de
      las obligaciones comprometidas y devengadas, con sujeción a la percepción de los
      ingresos que constituye su financiamiento.

Categoría del gasto

      Elemento de la cadena de gasto que comprende los créditos presupuestarios
      agrupados en gastos corrientes, gastos de capital y el servicio de la deuda.


Categoría presupuestaria

      Comprende los elementos relacionados a la metodología del presupuesto por
      programas denominados Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto.
Certificación Presupuestal

      Acto de administración, cuya finalidad es garantizar que se cuenta con el crédito
      presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo
      al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo, previo
      cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del
      compromiso. Dicha certificación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el
      perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro
      presupuestario.

Clasificador Funcional del Sector Público

      Constituye una clasificación detallada de las funciones a cargo del Estado y tiene por
      objeto facilitar el seguimiento, exposición y análisis de las tendencias del gasto público
      respecto a las principales funciones del Estado, siendo la Función el nivel máximo de
      agregación de las acciones que ejerce el Estado, el Programa Funcional un nivel
      detallado de la Función y el Sub-Programa Funcional un nivel detallado del Programa
      Funcional.

Clasificador Programático del Sector Público

      Está compuesto por Programas Estratégicos que comprenden un conjunto de
      acciones (actividades y/o proyectos) que expresan una política, con objetivos e
      indicadores bien definidos, vinculados a un responsable del programa, sujetos a
      seguimiento y evaluación, en línea con el presupuesto por resultados.

Clasificadores Presupuestarios de Ingresos y Gastos

      Instrumentos técnicos que permiten el registro ordenado y uniforme de las
      operaciones del Sector Público durante el proceso presupuestario.

Componente

      División de una Actividad o Proyecto que permite identificar un conjunto de acciones
      presupuestarias concretas. Cada Componente a su vez comprende necesariamente
      una o más Metas Presupuestarias orientadas a cumplir los Objetivos Específicos de
      las Actividades o Proyectos previstos por ejecutarse durante el año fiscal.

Compromiso

      Acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente
      establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe
      determinado o determinable, que afectan total o parcialmente los créditos
      presupuestarios, en el marco de los presupuestos aprobados y las modificaciones
      presupuestarias realizadas. El compromiso se efectúa con posterioridad a la
      generación de la obligación nacida de acuerdo a Ley, Contrato o Convenio. El
      compromiso debe afectarse preventivamente a la correspondiente cadena de gasto,
      reduciendo su importe del saldo disponible del crédito presupuestario, a través del
      respectivo documento oficial.
Contrapartida

      Parte del costo de un proyecto o programa de inversión pública, o actividad, que es
      financiada con recursos distintos de aquellos derivados de una operación de
      endeudamiento público o donaciones.

Control presupuestario

      Seguimiento realizado por la Dirección General del Presupuesto Público de los niveles
      de ejecución de egresos respecto a los créditos presupuestarios autorizados por la
      Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y sus modificatorias.

Convenios de administración por resultados

      Es un acuerdo de carácter técnico suscrito entre las entidades públicas o sus
      dependencias y la Dirección Nacional del Presupuesto Público. En este acuerdo, la
      entidad pública se compromete al cumplimiento de un conjunto de Indicadores
      cuantificables así como al cumplimiento de compromisos orientados a mejorar la
      cantidad, calidad y cobertura de los bienes que proveen y los servicios que presta.

Cooperación financiera

      Cooperación que, mediante la transferencia monetaria real de fondos al receptor,
      permite desarrollar proyectos o actividades que beneficien a una institución o país.
      Puede ser de fondos reembolsables o no reembolsables, dependiendo de si la
      transferencia debe ser devuelta al país emisor o si la transferencia ha sido efectuada a
      fondo perdido (donación).

Cooperación técnica Internacional

      Medio por el cual se recibe, transfiere y/o intercambia recursos humanos, bienes,
      servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas; cuyo objetivo es
      complementar y contribuir con los esfuerzos nacionales para el apoyo de programas y
      proyectos prioritarios, en armonía con las políticas y planes nacionales, sectoriales,
      regionales y locales de desarrollo. En el Perú es regulada por el Decreto Legislativo N°
      719 y sus modificatorias, Ley de Cooperación Técnica Internacional.

Crédito suplementario

      Modificación presupuestaria que incrementa el crédito presupuestario autorizado a la
      entidad pública, proveniente de mayores recursos respecto a los montos aprobados
      en el Presupuesto Institucional.

Créditos presupuestarios

      Dotación de recursos consignada en los Presupuestos del Sector Público, con el
      objeto de que las entidades públicas puedan ejecutar gasto público. Es de carácter
      limitativo y constituye la autorización máxima de gasto que toda entidad pública puede
ejecutar, conforme a las asignaciones individualizadas de gasto, que figuran en los
      presupuestos, para el cumplimiento de sus objetivos aprobados.

Determinación del ingreso

      Acto por el que se establece o identifica con precisión el concepto, el monto, la
      oportunidad y la persona natural o jurídica, que debe efectuar un pago o desembolso
      de fondos a favor de una entidad.

Ejecución financiera del ingreso y del gasto

      Proceso de determinación y percepción o recaudación de fondos públicos y, en su
      caso, la formalización y registro del gasto devengado así como su correspondiente
      cancelación o pago.

Ejecución presupuestaria

      Etapa del proceso presupuestario en la que se perciben los ingresos y se atienden las
      obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en
      los presupuestos.

Ejecución presupuestaria directa

      Ejecución presupuestal y financiera de las Actividades y Proyectos así como de sus
      respectivos Componentes a cargo de la entidad pública con su personal e
      infraestructura.

Ejecución presupuestaria indirecta

      Ejecución física o financiera de las Actividades y Proyectos, así como de sus
      respectivos Componentes, realizada por una entidad distinta a la de origen; sea por
      efecto de un contrato o convenio celebrado con una entidad privada, o con una
      entidad pública, sea a título oneroso o gratuito.

Ejercicio presupuestario

      Comprende el año fiscal y el periodo de regularización.

Empresa privada

      Empresa cuya propiedad del capital, la gestión, la toma de decisiones y el control son
      ejercidos por agentes económicos privados; en estas empresas, el Estado no tiene
      ninguna injerencia.
Empresa pública

      Empresa cuya propiedad del capital, gestión y toma de decisiones están bajo el
      control gubernamental. De acuerdo con el giro de la actividad, las empresas públicas
      pueden ser financieras o no financieras.

Encargo

      Modalidad de la ejecución presupuestaria indirecta, se produce entre entidades del
      Sector Público cuando por la naturaleza o condiciones en que deba desarrollarse la
      ejecución física y financiera de las Actividades y/o Proyectos considerados en el
      Presupuesto Institucional de una Unidad Ejecutora, requiere ser realizado por
      alguna(s) de sus dependencias desconcentradas o por otra Unidad Ejecutora de un
      Pliego Presupuestario distinto. Conlleva la suscripción de un convenio entre las
      entidades intervinientes.

Entidad pública

      Constituye entidad pública para efectos de la Administración Financiera del Sector
      Público, todo organismo con personería jurídica comprendido en los niveles de
      Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, incluidos sus respectivos
      Organismos Públicos Descentralizados y empresas, creados o por crearse; las
      Sociedades de Beneficencia Pública; los fondos, sean de derecho público o privado
      cuando este último reciba transferencias de fondos públicos; las empresas en las que
      el Estado ejerza el control accionario; y los Organismos Constitucionalmente
      Autónomos.

Específica del gasto

      Responde al desagregado del objeto del gasto y se determina según el Clasificador de
      los Gastos Públicos.

Estimación del ingreso

      Cálculo o proyección de los ingresos que por todo concepto se espera alcanzar
      durante el año fiscal, considerando la normatividad aplicable a cada concepto de
      ingreso, así como los factores estacionales que incidan en su percepción.

Estructura funcional programática

      Muestra las líneas de acción que la entidad pública desarrollará durante el año fiscal
      para lograr los Objetivos Institucionales propuestos, a través del cumplimiento de las
      Metas contempladas en el Presupuesto Institucional. Se compone de las categorías
      presupuestarias seleccionadas técnicamente, de manera que permitan visualizar los
      propósitos por lograr durante el año. Comprende las siguientes categorías:

            Función: Corresponde al nivel máximo de agregación de las acciones del
            Estado, para el cumplimiento de los deberes primordiales constitucionalmente
establecidos. La selección de las Funciones a las que sirve el accionar de una
           entidad pública se fundamenta en su Misión y Propósitos Institucionales.
           Programa Funcional: Desagregado de la Función que sistematiza la actuación
           estatal. A través del Programa se expresan las políticas institucionales sobre
           las que se determinan las líneas de acción que la entidad pública desarrolla
           durante el año fiscal. Comprende acciones interdependientes con la finalidad de
           alcanzar Objetivos Generales de acuerdo con los propósitos de la entidad
           pública. Los Programas recogen los lineamientos de carácter sectorial e
           institucional, los que se establecen en función a los objetivos de política general
           del Gobierno. Los Programas deben servir de enlace entre el planeamiento
           estratégico y los respectivos presupuestos, debiendo mostrar la dimensión
           presupuestaria de los Objetivos Generales por alcanzar por la entidad pública
           para el año fiscal.
           Subprograma Funcional: Categoría Presupuestaria que refleja acciones
           orientadas a alcanzar Objetivos Parciales. Es el desagregado del Programa. Su
           selección obedece a la especialización que requiera la consecución de los
           Objetivos Generales a que responde cada Programa determinado. El
           Subprograma muestra la gestión presupuestaria del Pliego a nivel de Objetivos
           Parciales.

Evaluación presupuestaria

     Fase del proceso presupuestario en la que se realiza la medición de los resultados
     obtenidos y el análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, con relación
     a lo aprobado en los Presupuestos del Sector Público.

Evaluaciones Independientes

     Producen información sobre el diseño, puesta en práctica y/o resultados de un
     conjunto de intervenciones públicas evaluadas (IPE). Estas IPE pueden ser
     programas, actividades, instituciones o líneas de gasto clasificadas dentro del
     presupuesto del Sector Público. Existen 2 tipos de evaluación: (i) Evaluación de
     Diseño y Ejecución de Intervenciones Públicas – EDEP; y (ii) Evaluación de Impacto –
     EI.

Fondos públicos

     Todos los recursos financieros de carácter tributario y no tributario que se generan,
     obtienen u originan en la producción o prestación de bienes y servicios que las
     Unidades Ejecutoras o entidades públicas realizan, con arreglo a Ley. Se orientan a la
     atención de los gastos del presupuesto público.

Formulación presupuestaria

     Fase del proceso presupuestario en la cual las entidades públicas definen la
     Estructura Funcional Programática de su Presupuesto Institucional consistente con los
     Objetivos Institucionales; seleccionan las Metas Presupuestarias propuestas durante
     la fase de programación; y consignan las cadenas de gasto, los montos para
comprometer gastos (créditos presupuestarios) y las respectivas fuentes de
      financiamiento.

Fuentes de Financiamiento

      Clasificación presupuestaria de los recursos públicos, orientada a agrupar los fondos
      de acuerdo con los elementos comunes a cada tipo de recurso. Su nomenclatura y
      definición están definidas en el Clasificador de Fuentes de Financiamiento para cada
      año fiscal.

Gasto corriente

      Comprende las erogaciones destinadas a las operaciones de producción de bienes y
      prestación de servicios, tales como gastos de consumo y gestión operativa, servicios
      básicos, prestaciones de la seguridad social, gastos financieros y otros. Están
      destinados a la gestión operativa de la entidad pública durante la vigencia del año
      fiscal y se consumen en dicho período.

Gasto de capital

      Erogaciones destinadas a la adquisición o producción de activos tangibles e
      intangibles y a inversiones financieras en la entidad pública, que incrementan el activo
      del Sector Público y sirven como instrumentos para la producción de bienes y
      servicios.

Gasto devengado

      Reconocimiento de una obligación de pago derivado del gasto comprometido
      previamente registrado. Se formaliza a través de la conformidad del área
      correspondiente en la entidad pública o Unidad Ejecutora que corresponda respecto
      de la recepción satisfactoria de los bienes y la prestación de los servicios solicitados y
      se registra sobre la base de la respectiva documentación sustentatoria.

Gasto girado

      Proceso que consiste en el registro del giro efectuado sea mediante la emisión del
      cheque, la carta orden o la transferencia electrónica con cargo a la correspondiente
      cuenta bancaria para el pago parcial o total de un gasto devengado debidamente
      formalizado y registrado.

Gasto pagado

      Proceso que consiste en la efectivización del cheque emitido, la carta orden y la
      transferencia electrónica; se sustenta con el cargo en la correspondiente cuenta
      bancaria.
Gasto público

      Conjunto de erogaciones que se realizan en el ámbito del Sector Público.

Gasto social

      Parte del gasto público destinado a financiar servicios sociales básicos para los
      individuos. Según la clasificación propuesta por las Naciones Unidas, son los gastos
      de educación, sanidad, seguridad social, vivienda y otros de similares características.

Gastos tributarios

      Constituye el monto cuantificado de las exenciones de la base tributaria, deducciones
      autorizadas de la renta bruta, créditos fiscales deducidos de los impuestos por pagar,
      reducciones de las tasas impositivas e impuestos diferidos; tienen un impacto en los
      fondos públicos que financian los presupuestos.

Genérica de gasto

      Nivel mayor de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado de
      los de los gastos en recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así
      como los bienes, servicios y obras públicas que las entidades públicas contratan,
      adquieren o realizan para la consecución de sus objetivos institucionales.

Genérica de Ingreso

      Nivel mayor de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado de
      los recursos que se recaudan captan y obtienen.

Gestión presupuestaria

      Capacidad de las entidades públicas para lograr sus Objetivos Institucionales,
      mediante el cumplimiento de las Metas Presupuestarias establecidas para un
      determinado año fiscal, aplicando los criterios de eficiencia, eficacia y desempeño.

Habilitación presupuestaria

      Incremento de los créditos presupuestarios de Actividades y Proyectos con cargo a
      anulaciones de la misma Actividad o Proyecto, o de otras Actividades y Proyectos.
Ingresos corrientes

      Ingresos que se obtienen de modo regular o periódico y que no alteran de manera
      inmediata la situación patrimonial del Estado. Agrupan los recursos provenientes de
      tributos, venta de bienes, prestación de servicios, rentas de la propiedad, multas,
      sanciones y otros ingresos corrientes.

Ingresos de capital

      Recursos financieros que se obtienen de modo eventual y que alteran la situación
      patrimonial del Estado. Agrupan los recursos provenientes de la venta de activos
      (inmuebles, terrenos, maquinarias, entre otros), las amortizaciones por los préstamos
      concedidos (reembolsos), la venta de acciones del Estado en empresas, y otros
      ingresos de capital.

Ingresos financieros

      Ingresos obtenidos por una entidad, provenientes de las inversiones financieras o de
      depósitos efectuados en moneda nacional o extranjera, y de la prestación de servicios
      de crédito.

Ingresos públicos

      Expresión monetaria de los valores recibidos, causados o producidos por concepto de
      ingresos corrientes, venta de bienes y servicios, transferencias y otros, en el desarrollo
      de la actividad financiera, económica y social de la entidad pública.

Inversión pública

      Toda erogación de recursos de origen público destinada a crear, incrementar, mejorar
      o reponer las existencias de capital físico de dominio público, con el objeto de ampliar
      la capacidad del país para la prestación de servicios y producción de bienes.

Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento

      Contiene el detalle de las partidas que las entidades públicas deben tomar en cuenta
      para efectuar el registro ordenado de los ingresos por las distintas fuentes de
      financiamiento.

Meta Presupuestaria o Meta

      Expresión concreta y cuantificable que caracteriza el producto o productos finales de
      las Actividades y Proyectos establecidos para el año fiscal. Se compone de cuatro
      elementos:

      (i) Finalidad (objeto preciso de la Meta).

      (ii) Unidad de medida (magnitud que se utiliza para su medición).
(iii) Cantidad (número de unidades de medida que se espera alcanzar).

      (iv) Ubicación geográfica (ámbito distrital donde se ha previsto la Meta).

      La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de análisis- puede mostrar las
      siguientes variantes:

      a) Meta Presupuestaria de Apertura: Meta Presupuestaria considerada en el
      Presupuesto Institucional de Apertura.

      b) Meta Presupuestaria Modificada: Meta Presupuestaria cuya determinación es
      considerada durante un año fiscal. Se incluye en este concepto a las Metas
      Presupuestarias de Apertura y las nuevas Metas que se agreguen durante el año
      fiscal.

      c) Meta Presupuestaria Obtenida: Estado situacional de la Meta Presupuestaria en un
      momento dado.

Modificaciones presupuestarias

      Constituyen cambios en los créditos presupuestarios, tanto en su cuantía como en el
      nivel Institucional (créditos suplementarios y transferencias de partidas) y, en su caso,
      a nivel funcional programático (habilitaciones y anulaciones). Las modificaciones
      presupuestarias pueden afectar la estructura funcional-programática a consecuencia
      de la supresión o incorporación de nuevas metas presupuestarias.

Pago anual por mantenimiento y operación (PAMO)

      Pago anual por concepto de mantenimiento y operación de un bien público que el
      Estado efectuará al concesionario durante todo el período de la concesión, de acuerdo
      con los términos indicados en el respectivo contrato de concesión.

Pago anual por obras (PAO)

      Pago anual por obras de construcción que el Estado pagará al concesionario una vez
      que haya recibido la obra concluida en los términos indicados en el respectivo contrato
      de concesión.

Percepción del ingreso

      Momento en el cual se produce la recaudación, captación u obtención efectiva del
      ingreso.

Período de regularización

      Período en el que se complementa el registro de la información de ingresos y gastos
      de las entidades públicas sin excepción. No puede exceder el 31 de marzo de cada
      año.
Pliego Presupuestario

      Toda entidad pública que recibe un crédito presupuestario en la Ley Anual de
      Presupuesto del Sector Público.

Presupuesto Institucional de Apertura (PIA)

      Presupuesto inicial de la entidad pública aprobado por su respectivo Titular con cargo
      a los créditos presupuestarios establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector
      Público para el año fiscal respectivo. En el caso de las Empresas y Organismos
      Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los
      créditos presupuestarios son establecidos mediante Decreto Supremo.

Presupuesto Institucional Modificado (PIM)

      Presupuesto actualizado de la entidad pública a consecuencia de las modificaciones
      presupuestarias, tanto a nivel institucional como a nivel funcional programático,
      efectuadas durante el año fiscal, a partir del PIA.

Presupuesto Multianual de la Inversión Pública

      Constituye un marco referencial, Instrumento del proceso presupuestario, que
      contiene la distribución de los recursos del Estado por un periodo más allá del año
      fiscal, enmarcado en el plan estratégico del gobierno y el Marco Macroeconómico
      Multianual.

Presupuesto Participativo

      Instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades regionales y
      locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas,
      definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, los cuales están
      directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

Presupuesto por Resultados

      Es una manera diferente de realizar el proceso de asignación, aprobación, ejecución,
      seguimiento y evaluación del Presupuesto Público. Implica superar la tradicional
      manera de realizar dicho proceso, centrado en instituciones (pliegos, unidades
      ejecutoras, etc), programas y/o proyectos y en líneas de gasto o insumos; a otro en el
      que eje es el Ciudadano y los Resultados que éstos requieren y valoran.

Presupuestos del Sector Público

      Constituidos por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público aprobada por el
      Congreso de la República; los presupuestos de los Gobiernos Regionales y los
      Gobiernos Locales aprobados en el marco de su autonomía constitucional; el
      presupuesto consolidado de las empresas sujetas al Fondo Nacional de
      Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); y el presupuesto de
la seguridad social de salud (ESSALUD). Asimismo, comprende el presupuesto
     consolidado de las empresas municipales y los organismos públicos descentralizados
     de los Gobiernos Regionales y Locales.



 Programación del ingreso y del gasto

     Proceso técnico que tiene por finalidad determinar el comportamiento probable de los
     niveles de ejecución (mensual y trimestral) de los ingresos y gastos de un determinado
     año fiscal.

Programación presupuestaria en las entidades

     Fase del proceso presupuestario en la cual las entidades públicas determinan la
     escala de prioridades de los Objetivos Institucionales del año fiscal; determinan la
     demanda global de gasto y las Metas Presupuestarias compatibles con sus Objetivos
     Institucionales y funciones; desarrollan los procesos para la estimación de los fondos
     públicos con el objeto de determinar el monto de la asignación presupuestaria; y
     definen la estructura del financiamiento de la demanda global de gasto en función de
     la estimación de los fondos públicos.

Programación Presupuestaria Estratégica

     Proceso en el que se relacionan los resultados con los productos, acciones y medios
     necesarios para su ejecución, los cuales se basan en información y experiencia
     existente (evidencias). Este proceso se realiza con la finalidad de solucionar un
     problema crítico que afecta a una determinada población (condición de interés).

     Se aplica en las fases de programación y formulación presupuestal y comprende el
     diseño de estrategias e intervenciones articuladas del Estado para la generación de
     cambios específicos en alguna condición de bienestar del ciudadano. Estos cambios
     son los resultados.

     El producto concreto de la aplicación de la PPE es el Programa Estratégico (PE), que
     bajo la óptica de mejorar el bienestar ciudadano, provee un conjunto de insumos,
     productos y resultados articulados causalmente. La particularidad del PE es que se
     diseña, en sus etapas iniciales, independientemente de los que las instituciones ya
     vienen haciendo, y con el objeto de definir una hoja de ruta que, bajo el enfoque del
     uso de evidencias, permite proveer bienes y servicios públicos para lograr el resultado
     deseado.

Proyecto

     Conjunto de intervenciones limitadas en el tiempo, de las cuales resulta un producto
     final (Metas Presupuestarias), que concurre a la expansión de la acción del Gobierno.
     Representa la creación, ampliación, mejora, modernización y/o recuperación de la
     capacidad de producción de bienes y servicios, implicando la variación sustancial o el
cambio de procesos y/o tecnología utilizada por la entidad pública. Luego de su
        culminación, generalmente se integra o da origen a una Actividad.

Recursos Públicos

        Recursos del Estado inherentes a su acción y atributos que sirven para financiar los
        gastos de los presupuestos anuales y se clasifican a nivel de fuentes de
        financiamiento.

Reserva de contingencia

        Crédito presupuestario global dentro del Presupuesto del Pliego Ministerio de
        Economía y Finanzas, destinado a financiar los gastos que por su naturaleza y
        coyuntura no han sido previstos en los Presupuestos de los Pliegos.

Rubro

        Título con el cual se designa un grupo de partidas o de cuentas contables.

Servicio de deuda

        Monto de obligaciones por concepto del capital o principal de un préstamo que se
        encuentra pendiente de pago, así como de los intereses, comisiones y otros derivados
        de la utilización del préstamo, que se debe cancelar periódicamente según lo
        acordado en el respectivo Contrato de Préstamo.

Transferencia de partidas

        Modificación presupuestaria que puede efectuarse en el Nivel Institucional, es decir,
        constituye traslados de créditos presupuestarios entre Pliegos.

Transferencias financieras entre Pliegos Presupuestarios

        Traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de Actividades y
        Proyectos de los Presupuestos Institucionales respectivos de los Pliegos de destino.

Unidad ejecutora

        Constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades públicas. Una Unidad
        Ejecutora cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que: Determina y
        recauda ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo
        a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y
        operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y
        ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o
        colocar obligaciones de deuda.

                                                                      CELINA RUIZ MORALES
                                                                             C.I. Nº 8.319.017

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  • 1. 2012 Presupuesto Profesora: Gusmary Díaz Presupuesto Prof.: Gusmary Díaz PRESUPUESTO PÚBLICO Blog – Glosario Actividad Financiera del Estado PRESUPUESTO PÚBLICO Celina Ruiz Morales, C.I.Nº 8.319.017 Yuly María Rojas Torres C.I:20.348.912 Maritza Porras, C.I. Nº 3.3558.787 18/02/2012
  • 2. Actividad financiera del estado Las finanzas públicas estudian la actividad financiera del estado para satisfacer las necesidades públicas, para lo cual requiere recursos que puede obtener por dos procedimientos: 1. Directo: Se apropia directamente de bienes económicos o factores productivos. Ej. Servicio militar obligatorio. 2. Indirecto: Es el más utilizado y consiste en obtener medidas financieras para gastos y obtener medios reales, humanos y materiales, para desarrollar su actividad. La actividad financiera del estado está constituida por aquel proceso de obtención de ingresos y realización de gastos cuyo objetivo es cumplir con los fines del mismo. Se encuentra realizada por el estado, que opera sobre la base de un poder especial llamado "fiscal" o " financiero" que le permite obtener en forma coactiva los ingresos necesarios para financiar sus gastos, los que realizará de conformidad al presupuesto legalmente aprobado. Política Fiscal: Los programas del gobierno con respecto a la compra de bienes y servicios, el gasto de transferencia y la cantidad y tipo de impuestos, integran la política fiscal. Entonces podemos decir que "las decisiones del gobierno referente al gasto público y a los impuestos constituyen la política fiscal”. Un enfoque clásico de la política fiscal, distingue tres tipos de fines: 1. Fiscales: Se encuentran relacionados con la obtención de recursos para la realización de gastos destinados a las prestación de servicios públicos 2. Extrafiscales: Son aquellos seguidos por la actividad financiera cuando intentan modificar alguna conducta de los operadores económicos. Ej.: Gravámenes sobre cigarrillos y bebidas alcohólicas. Se busca un fin distinto al fiscal (recaudar para financiar gastos). 3. Mixtos: Surgen de la comunicación de los fiscales y extrafiscales. El gravamen sobre consumo de cigarrillos puede desalentar dicho consumo y financiar a su vez los gatos públicos.
  • 3. Para los clásicos los fines extrafiscales deben ser absolutamente mínimos por que pueden entrar en colisión con el principio de no intervención. Un enfoque moderno de la política fiscal analiza sus objetivos que constituyen las tres ramas de las finanzas públicas: 1. Rama de los servicios o de la asignación: Se encuentra constituido por el objeto de satisfacer las necesidades sociales, lo que se logra con bienes y servicios públicos (justicia, seguridad y defensa) y con el objeto de corregir la asignación de los recursos resultantes de las fuerzas de mercado. Es el caso de los monopolios o debilidad económica que opera en el tramo decreciente de sus costos medios. 2. Rama de redistribución: Se encuentra constituida por el objetivo de redistribuir los ingresos, tomando recursos de los sectores con mayor capacidad adquisitiva y destinado a aquellos de menores recursos, a través de subsidios o de servicios públicos gratuitos, y por el objetivo de lograr el equilibrio regional fomentando la actividad económica regional. 3. Rama de la estabilidad macroeconómica: Se encuentra constituida por la estabilización de la economía, logrando llevar a la actividad económica al pleno empleo de los factores productivos con estabilidad de precios y por el desarrollo económico. Apunta a que el estado contribuya a acelerar la tasa de crecimiento de la actividad económica y hacerla sostenida en el tiempo. 4. Para alcanzar los objetivos mencionados de la política fiscal se requieren instrumentos, es decir, medios a los que recurre el estado, a los fines, de su consecución. Se considera instrumento de la política fiscal a lo siguiente: 1. Erogaciones o gastos públicos: Pueden ser considerados por su magnitud total y su composición, ya que cada tipo de gasto puede tener un diferente impacto (gastos en bienes y servicios o transferencias) 2. Ingresos o recursos públicos: Se componen principalmente por los tributos. Como cada tributo puede implicar un impacto diferente en la economía; corresponde considerarlo por su composición y su magnitud total. 3. Resultado Presupuestario: Resume la política fiscal. El equilibrio, al déficit y el superávit tienen distintos significados, al igual que su magnitud. Un instrumento complementario del resultado es la forma en que se lo financia si es déficit, y cuál es su destino si es superávit.
  • 4. La deuda pública: La consecuencia del déficit es aumentar la deuda pública. El superávit permite bajarla. También aquí interesa la magnitud y composición de la deuda. Recursos Públicos: Con los recursos públicos se presenta una diferencia doctrinaria entre los enfoques clásicos y modernos. 1. Los clásicos ponen énfasis en que los ingresos públicos están destinados a financiar los gastos públicos. Ellos afirman que el Estado es un ente necesario por las funciones que debe cumplir y los gastos que debe realizar con su consecuencia inmediata. De este modo, el Estado puede y debe obtener recursos de los particulares para atender el financiamiento del gasto. La concepción clásica establece una relación muy estrecha entre los recursos y los gastos públicos que financia. 2. Los enfoques modernos admiten que, además de la utilización de los recursos para financiar el gasto público, hay otros aspectos vinculados con el impacto de los mismos en la actividad económica. En realidad, esta concepción no es tan moderna, ya que, los mercantilistas utilizaban los recursos públicos como instrumentos de la política económica a través de gravámenes sobre el comercio exterior. Se considera a los recursos públicos como toda aquella riqueza que, teniendo origen en el sector privado, se transfiere al sector público; se devenga a favor del estado y se acredita financieramente a través del ingreso de fondos en la tesorería. Estos ingresos tienen como propósito atender al gasto público y producir ciertos efectos sobre la economía, o sea, contribuir a los fines del estado. Esta conceptualización moderna es lo suficientemente amplia como para abarcar recursos de distintos tipos como impuestos, tasas, recursos patrimoniales, endeudamientos y aún operaciones de tesorería. Los recursos pueden ser clasificados con arreglo a distintos criterios: I. Recursos ordinarios y extraordinarios: (hecha por los clásicos) 1. Recursos ordinarios: Son aquellos que habitualmente (anualmente) recibe el estado (impuestos, tasas, contribuciones) 2. Recursos extraordinarios: Son aquellos a los que el estado recurre en situaciones excepcionales, como crisis económicas, conflictos bélicos o catástrofes naturales. Consisten en impuestos de emergencias o empréstitos obligatorios.
  • 5. Acertadamente el profesor Lallo, Gangemi advierte que esta distinción va perdiendo importancia en la finanzas públicas del estado contemporáneo ya que el estado de nuestro tiempo, en mayor o menor grado, acude al crédito público y a la emisión de papel moneda como medio normal de proveerse de recursos para afrontar los crecientes gastos públicos. II. Recursos originarios y derivados: (clasificación jurídica económica) 1. Recursos originarios: Son aquellos que provienen del patrimonio del estado, o de actividades productivas realizadas por el. a. Existen 3 tipos de recursos originarios: - Rentas que provienen de la exportación de bienes del patrimonio del estado o de ventas de dicho patrimonio. - Precios o tarifas cobradas por servicios públicos. No se incluye en este rubro a las empresas públicas. Ej.: instituto geográfico militar que vende mapas. 2. Recursos originados en empresas públicas. Vienen dados por la participación del estado en las ganancias de las mismas o por contribuciones que dichas empresas se ven obligadas a realizar al estado, a quien pertenece su capital. 3. Recursos Derivados: Son aquellos que el estado obtiene de la economía de los particulares mediante la potestad de imposición. Existen 3 tipos de recursos derivados 1. Tributarios: Constituye el conjunto más importante de los recursos públicos. Se caracterizan por que implican un traspaso de riqueza del sector privado al público, que se hace mediante dinero y es exigido en forma coactiva con el Estado. Su característica propia es la coactividad (el estado obliga), que es determinada legalmente. Los recursos tributarios se dividen en: impuestos tasas y contribuciones especiales. 2. Crédito o empréstito: Es un recurso que el estado obtienen a medias a largo plazo, solicitando préstamos internos o internacionales, a particulares o instituciones financieras. El estado se compromete a devolver (amortizar) el préstamos recibido en períodos que pueden variar entre 2 y 4 años(a mediano plazo) o entre 5 y 10 años( a largo plazo) A su vez el estado reconoce a la utilización de estos medios financieros un interés que es el costo de uso del capital prestado. Es la forma más habitual de financiar el déficit presupuestario (sin incluir las operaciones de tesorería). 3. Operación de Tesorería: Son aquellas operaciones en la que el estado se endeuda para financiar sus desequilibrios estacionales o transitorios. En un financiamiento de características particulares por cuanto se percibe y se devuelve en un mismo ejercicio o en un periodo inferior a un año. Se distinguen dentro de estas operaciones dos grupos: 1. Originados en Títulos: Son títulos públicos de corto plazo que el estado coloca fundamentalmente en el sector privado interno o externo y se compromete a devolverlos en un plazo menor a un año, reconociendo un interés por su utilización.
  • 6. 2. Financiamiento monetario: Se originan cuando el banco central ordena emitir dinero para financiar una deficiencia estacional. Estos financiamientos que nacieron como operaciones de tesorería a corto plazo, se convirtieron en la fuente principal del financiamiento del déficit del presupuesto público. Desde el punto de vista económico su utilización no es aconsejable, por que es causa determinante de procesos inflacionarios. Impuestos: Conforman una categoría de los recursos tributarios. Constituyen una prestación pecuniaria obtenida por el Estado en forma coactiva (forzosa) y pagada por los particulares con carácter definitivo (sin devolución), sin una contrapartida determinada y destinada a la atención de los gastos públicos y a la intervención del Estado en la economía. La concepción clásica con respecto al impuesto se asienta en dos criterios básicos: rendimiento e igualdad. El rendimiento se refiere a que los impuestos deben dar origen a la cantidad de recursos necesarios para que funcione el Estado. El rendimiento debe ser máximo y el costo debe ser el menor posible. Este rendimiento debe lograrse sobre una base de universalidad (todos pagan) e ineludivilidad (que no se evada). La igualdad en la distribución de las cargas públicas debe ser tal que quienes aportan lo hagan en función de sus posibilidades económicas. Lo que se busca es obtener una igualdad personal que tome en cuenta la situación del que paga. La concepción moderna respecto al impuesto no contradice a los clásicos, sino que incorpora nuevos elementos, modificando los conceptos. Aquellos sostenían la neutralidad, entendiendo por ello que el impuesto no debe buscar ejercer presión sobre los contribuyentes para que realicen determinada acción. Los modernos incorporan la idea de intervencionismo. El impuesto se convierte en un instrumento por el cual el Estado interviene en la vida social y económica e influye en la conducta tanto del conjunto de los individuos como de cada uno de ellos en particular. Maritza Porras C.I 3.558.787
  • 7. Presupuesto Público Es una herramienta de política y gestión pública, mediante el cual se asignan recursos y se determinan gastos, que permita cumplir las funciones del Estado y cubrir los objetivos trazados en los planes de política económica y social, de mediano y largo plazo. Presupuesto público, presupuestos del Estado o presupuestos generales de los poderes públicos es el documento financiero del estado u otro poder del la administración pública, que balancea ingresos públicos y gasto público en el año fiscal. El presupuesto constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones (gastos) que, como máximo, pueden reconocer y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio (anual). La aprobación de los presupuestos constituye una de las atribuciones básicas del congreso o parlamento de un país, mediante la correspondiente Ley de presupuestos; que es una norma legal, contemplada en diversos ordenamientos jurídicos dictada por este órgano a finales de año (generalmente los últimos días de diciembre) que regula todo lo concerniente a los presupuestos para el año siguiente. Esta ley incluye la relación de gastos que puede ejercer el Estado y los ingresos que éste debe alcanzar en el próximo año. Además, es una ley de naturaleza mixta puesto que su función es legislativa pero también de control. Por sus especiales características, la ley de presupuestos puede tener una tramitación especial o distinta de las otras leyes. Se entienden por gastos al conjunto de erogaciones, generalmente dinerarias que realiza el Estado para cumplir con sus fines, es decir, satisfacer las necesidades de la sociedad. Por el contrario, los recursos son el grupo de ingresos que tiene el Estado, preferentemente dinero para la atención de las erogaciones determinadas por las exigencias administrativas o de índole económico-social. Para obtener estos recursos el Estado establece leyes tributarias que deben estar acordes lo que garantiza la Constitución del país. Sistema Nacional de Presupuesto Público. Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades del Sector Público en todas sus fases; está integrado por la Dirección General del Presupuesto Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda, y por las Unidades Ejecutoras a través de las oficinas o dependencias en las cuales se conducen los procesos relacionados con el Sistema, a nivel de todas las entidades y organismos del Sector Público que administran fondos públicos. Elementos fundamentales del presupuesto público Carácter jurídico: El presupuesto es una institución jurídica fundamental del Derecho Público, que sanciona la competencia del poder legislativo para controlar la actividad financiera del Estado, como manifestación del carácter representativo de la soberanía popular que supone el parlamento. Carácter político
  • 8. Documento de elaboración periódica, este carácter se deriva de su naturaleza política y de instrumento de control, que ha de ser renovado periódicamente. El presupuesto adopta una forma contable. Desde este punto de vista el presupuesto aparece formalmente equilibrado, lo cual no implica que desde el punto de vista económico esté equilibrado. El presupuesto supone una autorización de gastos y una previsión de ingresos Representa la concreción del plan económico del la Hacienda Pública. Marcos de Mediano Plazo Son herramientas institucionales que permiten trascender al presupuesto. Se basa en las proyecciones macroeconómicas para establecer límites de gasto teniendo en cuenta el endeudamiento y los recursos futuros. Los objetivos perseguidos son la estabilidad y disciplina macro fiscal, la eficiencia en la distribución, y la eficiencia en el uso de los recursos.[1] (ver también Eficiencia distributiva) Marco presupuestario a mediano plazo Se basa en usar las proyecciones para poder estimar los gastos de las agencias gubernamentales para dar cierta predictibilidad a las agencias. Generalmente, el gasto se clasifica por función, sector o ministerio. De esta manera, se coloca recursos para las prioridades de la nación a la vez que se cuida la disciplina fiscal. Es el tipo de Marco de Mediano Plazo mas usado. Marco de gasto a mediano plazo Anaden al Marco presupuesto a mediano plazo elementos sobre programas y resultados a la vez que intenta reforzar la disciplina fiscal y la priorización de recursos. [2] Este marco puede adoptar diferentes grados de detalles en las proyecciones de gasto y replica todo el clasificaciones del presupuesto anual.[1] el presupuesto publico es una gado de puntualidad. El proceso presupuestario La vida de un presupuesto público se prolonga temporalmente por unos treinta y seis meses en circunstancias normales y dejando un amplio margen para las peculiaridades de los distintos países. En todo este tiempo se pueden diferenciar para un presupuesto cuatro fases que se solapan cronológicamente. Elaboración Se desarrolla en el poder ejecutivo y supone un sistema de negociaciones múltiples entre los distintos responsables de la confección del presupuesto y los diversos departamentos ministeriales y órganos del Estado. Es obligación del estado de hacer el presupuesto, al ser este un instrumento de preparación y control.
  • 9. En el proceso de elaboración del presupuesto actúan: el gobierno central, constituido por los operadores constitucionales; gobiernos regionales; gobiernos locales, municipalidad provincial y distrital; organismos descentralizados; instituciones públicas descentralizadas, la sociedad de beneficencia pública; empresas públicas, privadas o mixtas. La institución encargada de elaborar el presupuesto busca el equilibrio financiero, o presupuestario, de ingresos y gastos. Aprobación Una vez terminada la elaboración del presupuesto por el gobierno debe pasar a las al parlamento respectivo - Cortes Generales en España -, donde se discute y, en su caso, podrá aprobarse. Además de que estas son regidas por el parlamento antes mencionado. Ejecución La ejecución presupuestaria no es más que la actividad de la Administración dirigida a la realización de los ingresos y gastos previstos en el presupuesto para un período determinado, por lo general anual. Control El control se realiza durante el procedimiento mediante los interventores y después del procedimiento comprueba el correcto gasto del dinero. Principios presupuestarios Principio de competencia popular Corresponde al pueblo, titular de la soberanía nacional, la fijación de todo cobro y pago del Estado. Esto se desarrolla en base a que al Poder legislativo le corresponde la aprobación y promulga Principio de universalidad Los presupuestos deben recoger la totalidad de los ingresos y gastos derivados de la actividad financiera del Estado, para que de esta forma sea adecuadamente controlable por el Parlamento. Principio de especialidad cualitativa, cuantitativa y temporal Los recursos deben asignarse exactamente para los objetivos fijados en el documento presupuestario. Este principio queda atenuado a través de las transferencias presupuestarias que autorizan el trasvase entre distintitos conceptos del presupuesto siguiendo los procedimientos establecidos. La autorización que supone el gasto público tiene como ámbito temporal el que fija el presupuesto.
  • 10. Principio de publicidad La publicidad surge como una consecuencia inevitable al ser el presupuesto una cuestión que afecta a todos los ciudadanos que han determinado su contenido a través del parlamento. Crédito Presupuestario Dotación de recursos consignada en los Presupuestos del Sector Público, con el objeto de que las entidades públicas puedan ejecutar gasto público. Es de carácter limitativo y constituye la autorización máxima de gasto que toda entidad pública puede ejecutar, conforme a las asignaciones individualizadas de gasto, que figuran en los presupuestos, para el cumplimiento de sus objetivos aprobados.Gastos Públicos Son el conjunto de erogaciones que por concepto de gastos corrientes, gastos de capital y servicio de deuda, realizan las Entidades con cargo a los créditos presupuestarios respectivos, para ser orientados a la atención de la prestación de los servicios públicos y acciones desarrolladas de conformidad con las funciones y objetivos institucionales. Glosario de Términos Presupuesto Público Actividad Categoría presupuestaria básica que reúne acciones que concurren en la operatividad y mantenimiento de los servicios públicos o administrativos existentes. Representa la producción de los bienes y servicios que la entidad pública lleva a cabo de acuerdo con sus competencias, dentro de los procesos y tecnologías vigentes. Es permanente y continua en el tiempo. Responde a objetivos que pueden ser medidos cualitativa o cuantitativamente, a través de sus Componentes y Metas. Año Fiscal Período en que se ejecuta el Presupuesto del Sector Público y que coincide con el año calendario, es decir, se inicia el primero de enero y finaliza el treinta y uno de diciembre. Anulación presupuestaria Supresión total o parcial de los créditos presupuestarios de Actividades o Proyectos. Aprobación del presupuesto Acto por el cual se fija legalmente el total del crédito presupuestario, que comprende el límite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal. En el caso de los Pliegos del
  • 11. Gobierno Nacional, los créditos presupuestarios se establecen en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público, los mismos que para su ejecución requieren de su formalización a través de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, los créditos presupuestarios son establecidos en sus respectivos Presupuestos Institucionales de Apertura considerando los montos que les aprueba la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. En el caso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos presupuestarios son establecidos mediante Decreto Supremo. Avance financiero Estado que permite conocer la evolución de la ejecución presupuestal de los ingresos y gastos a un período determinado. Avance físico Estado que permite conocer el grado de cumplimiento de las Metas Presupuestarias aprobadas en los Presupuestos Institucionales de las entidades, a un período determinado. Cadena de gasto Conjunto de elementos expresados en una secuencia numérica que refleja las distintas categorías de la estructura funcional programática y las partidas de gasto de los Clasificadores Presupuestarios del egreso. Cadena de ingreso Conjunto de elementos expresados en una secuencia numérica que refleja las distintas categorías del Clasificador Presupuestario del Ingreso. Calendario de compromisos institucional Acto de administración de programación mensual para hacer efectivo la ejecución de las obligaciones comprometidas y devengadas, con sujeción a la percepción de los ingresos que constituye su financiamiento. Categoría del gasto Elemento de la cadena de gasto que comprende los créditos presupuestarios agrupados en gastos corrientes, gastos de capital y el servicio de la deuda. Categoría presupuestaria Comprende los elementos relacionados a la metodología del presupuesto por programas denominados Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto.
  • 12. Certificación Presupuestal Acto de administración, cuya finalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso. Dicha certificación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario. Clasificador Funcional del Sector Público Constituye una clasificación detallada de las funciones a cargo del Estado y tiene por objeto facilitar el seguimiento, exposición y análisis de las tendencias del gasto público respecto a las principales funciones del Estado, siendo la Función el nivel máximo de agregación de las acciones que ejerce el Estado, el Programa Funcional un nivel detallado de la Función y el Sub-Programa Funcional un nivel detallado del Programa Funcional. Clasificador Programático del Sector Público Está compuesto por Programas Estratégicos que comprenden un conjunto de acciones (actividades y/o proyectos) que expresan una política, con objetivos e indicadores bien definidos, vinculados a un responsable del programa, sujetos a seguimiento y evaluación, en línea con el presupuesto por resultados. Clasificadores Presupuestarios de Ingresos y Gastos Instrumentos técnicos que permiten el registro ordenado y uniforme de las operaciones del Sector Público durante el proceso presupuestario. Componente División de una Actividad o Proyecto que permite identificar un conjunto de acciones presupuestarias concretas. Cada Componente a su vez comprende necesariamente una o más Metas Presupuestarias orientadas a cumplir los Objetivos Específicos de las Actividades o Proyectos previstos por ejecutarse durante el año fiscal. Compromiso Acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, que afectan total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas. El compromiso se efectúa con posterioridad a la generación de la obligación nacida de acuerdo a Ley, Contrato o Convenio. El compromiso debe afectarse preventivamente a la correspondiente cadena de gasto, reduciendo su importe del saldo disponible del crédito presupuestario, a través del respectivo documento oficial.
  • 13. Contrapartida Parte del costo de un proyecto o programa de inversión pública, o actividad, que es financiada con recursos distintos de aquellos derivados de una operación de endeudamiento público o donaciones. Control presupuestario Seguimiento realizado por la Dirección General del Presupuesto Público de los niveles de ejecución de egresos respecto a los créditos presupuestarios autorizados por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y sus modificatorias. Convenios de administración por resultados Es un acuerdo de carácter técnico suscrito entre las entidades públicas o sus dependencias y la Dirección Nacional del Presupuesto Público. En este acuerdo, la entidad pública se compromete al cumplimiento de un conjunto de Indicadores cuantificables así como al cumplimiento de compromisos orientados a mejorar la cantidad, calidad y cobertura de los bienes que proveen y los servicios que presta. Cooperación financiera Cooperación que, mediante la transferencia monetaria real de fondos al receptor, permite desarrollar proyectos o actividades que beneficien a una institución o país. Puede ser de fondos reembolsables o no reembolsables, dependiendo de si la transferencia debe ser devuelta al país emisor o si la transferencia ha sido efectuada a fondo perdido (donación). Cooperación técnica Internacional Medio por el cual se recibe, transfiere y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas; cuyo objetivo es complementar y contribuir con los esfuerzos nacionales para el apoyo de programas y proyectos prioritarios, en armonía con las políticas y planes nacionales, sectoriales, regionales y locales de desarrollo. En el Perú es regulada por el Decreto Legislativo N° 719 y sus modificatorias, Ley de Cooperación Técnica Internacional. Crédito suplementario Modificación presupuestaria que incrementa el crédito presupuestario autorizado a la entidad pública, proveniente de mayores recursos respecto a los montos aprobados en el Presupuesto Institucional. Créditos presupuestarios Dotación de recursos consignada en los Presupuestos del Sector Público, con el objeto de que las entidades públicas puedan ejecutar gasto público. Es de carácter limitativo y constituye la autorización máxima de gasto que toda entidad pública puede
  • 14. ejecutar, conforme a las asignaciones individualizadas de gasto, que figuran en los presupuestos, para el cumplimiento de sus objetivos aprobados. Determinación del ingreso Acto por el que se establece o identifica con precisión el concepto, el monto, la oportunidad y la persona natural o jurídica, que debe efectuar un pago o desembolso de fondos a favor de una entidad. Ejecución financiera del ingreso y del gasto Proceso de determinación y percepción o recaudación de fondos públicos y, en su caso, la formalización y registro del gasto devengado así como su correspondiente cancelación o pago. Ejecución presupuestaria Etapa del proceso presupuestario en la que se perciben los ingresos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en los presupuestos. Ejecución presupuestaria directa Ejecución presupuestal y financiera de las Actividades y Proyectos así como de sus respectivos Componentes a cargo de la entidad pública con su personal e infraestructura. Ejecución presupuestaria indirecta Ejecución física o financiera de las Actividades y Proyectos, así como de sus respectivos Componentes, realizada por una entidad distinta a la de origen; sea por efecto de un contrato o convenio celebrado con una entidad privada, o con una entidad pública, sea a título oneroso o gratuito. Ejercicio presupuestario Comprende el año fiscal y el periodo de regularización. Empresa privada Empresa cuya propiedad del capital, la gestión, la toma de decisiones y el control son ejercidos por agentes económicos privados; en estas empresas, el Estado no tiene ninguna injerencia.
  • 15. Empresa pública Empresa cuya propiedad del capital, gestión y toma de decisiones están bajo el control gubernamental. De acuerdo con el giro de la actividad, las empresas públicas pueden ser financieras o no financieras. Encargo Modalidad de la ejecución presupuestaria indirecta, se produce entre entidades del Sector Público cuando por la naturaleza o condiciones en que deba desarrollarse la ejecución física y financiera de las Actividades y/o Proyectos considerados en el Presupuesto Institucional de una Unidad Ejecutora, requiere ser realizado por alguna(s) de sus dependencias desconcentradas o por otra Unidad Ejecutora de un Pliego Presupuestario distinto. Conlleva la suscripción de un convenio entre las entidades intervinientes. Entidad pública Constituye entidad pública para efectos de la Administración Financiera del Sector Público, todo organismo con personería jurídica comprendido en los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, incluidos sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados y empresas, creados o por crearse; las Sociedades de Beneficencia Pública; los fondos, sean de derecho público o privado cuando este último reciba transferencias de fondos públicos; las empresas en las que el Estado ejerza el control accionario; y los Organismos Constitucionalmente Autónomos. Específica del gasto Responde al desagregado del objeto del gasto y se determina según el Clasificador de los Gastos Públicos. Estimación del ingreso Cálculo o proyección de los ingresos que por todo concepto se espera alcanzar durante el año fiscal, considerando la normatividad aplicable a cada concepto de ingreso, así como los factores estacionales que incidan en su percepción. Estructura funcional programática Muestra las líneas de acción que la entidad pública desarrollará durante el año fiscal para lograr los Objetivos Institucionales propuestos, a través del cumplimiento de las Metas contempladas en el Presupuesto Institucional. Se compone de las categorías presupuestarias seleccionadas técnicamente, de manera que permitan visualizar los propósitos por lograr durante el año. Comprende las siguientes categorías: Función: Corresponde al nivel máximo de agregación de las acciones del Estado, para el cumplimiento de los deberes primordiales constitucionalmente
  • 16. establecidos. La selección de las Funciones a las que sirve el accionar de una entidad pública se fundamenta en su Misión y Propósitos Institucionales. Programa Funcional: Desagregado de la Función que sistematiza la actuación estatal. A través del Programa se expresan las políticas institucionales sobre las que se determinan las líneas de acción que la entidad pública desarrolla durante el año fiscal. Comprende acciones interdependientes con la finalidad de alcanzar Objetivos Generales de acuerdo con los propósitos de la entidad pública. Los Programas recogen los lineamientos de carácter sectorial e institucional, los que se establecen en función a los objetivos de política general del Gobierno. Los Programas deben servir de enlace entre el planeamiento estratégico y los respectivos presupuestos, debiendo mostrar la dimensión presupuestaria de los Objetivos Generales por alcanzar por la entidad pública para el año fiscal. Subprograma Funcional: Categoría Presupuestaria que refleja acciones orientadas a alcanzar Objetivos Parciales. Es el desagregado del Programa. Su selección obedece a la especialización que requiera la consecución de los Objetivos Generales a que responde cada Programa determinado. El Subprograma muestra la gestión presupuestaria del Pliego a nivel de Objetivos Parciales. Evaluación presupuestaria Fase del proceso presupuestario en la que se realiza la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, con relación a lo aprobado en los Presupuestos del Sector Público. Evaluaciones Independientes Producen información sobre el diseño, puesta en práctica y/o resultados de un conjunto de intervenciones públicas evaluadas (IPE). Estas IPE pueden ser programas, actividades, instituciones o líneas de gasto clasificadas dentro del presupuesto del Sector Público. Existen 2 tipos de evaluación: (i) Evaluación de Diseño y Ejecución de Intervenciones Públicas – EDEP; y (ii) Evaluación de Impacto – EI. Fondos públicos Todos los recursos financieros de carácter tributario y no tributario que se generan, obtienen u originan en la producción o prestación de bienes y servicios que las Unidades Ejecutoras o entidades públicas realizan, con arreglo a Ley. Se orientan a la atención de los gastos del presupuesto público. Formulación presupuestaria Fase del proceso presupuestario en la cual las entidades públicas definen la Estructura Funcional Programática de su Presupuesto Institucional consistente con los Objetivos Institucionales; seleccionan las Metas Presupuestarias propuestas durante la fase de programación; y consignan las cadenas de gasto, los montos para
  • 17. comprometer gastos (créditos presupuestarios) y las respectivas fuentes de financiamiento. Fuentes de Financiamiento Clasificación presupuestaria de los recursos públicos, orientada a agrupar los fondos de acuerdo con los elementos comunes a cada tipo de recurso. Su nomenclatura y definición están definidas en el Clasificador de Fuentes de Financiamiento para cada año fiscal. Gasto corriente Comprende las erogaciones destinadas a las operaciones de producción de bienes y prestación de servicios, tales como gastos de consumo y gestión operativa, servicios básicos, prestaciones de la seguridad social, gastos financieros y otros. Están destinados a la gestión operativa de la entidad pública durante la vigencia del año fiscal y se consumen en dicho período. Gasto de capital Erogaciones destinadas a la adquisición o producción de activos tangibles e intangibles y a inversiones financieras en la entidad pública, que incrementan el activo del Sector Público y sirven como instrumentos para la producción de bienes y servicios. Gasto devengado Reconocimiento de una obligación de pago derivado del gasto comprometido previamente registrado. Se formaliza a través de la conformidad del área correspondiente en la entidad pública o Unidad Ejecutora que corresponda respecto de la recepción satisfactoria de los bienes y la prestación de los servicios solicitados y se registra sobre la base de la respectiva documentación sustentatoria. Gasto girado Proceso que consiste en el registro del giro efectuado sea mediante la emisión del cheque, la carta orden o la transferencia electrónica con cargo a la correspondiente cuenta bancaria para el pago parcial o total de un gasto devengado debidamente formalizado y registrado. Gasto pagado Proceso que consiste en la efectivización del cheque emitido, la carta orden y la transferencia electrónica; se sustenta con el cargo en la correspondiente cuenta bancaria.
  • 18. Gasto público Conjunto de erogaciones que se realizan en el ámbito del Sector Público. Gasto social Parte del gasto público destinado a financiar servicios sociales básicos para los individuos. Según la clasificación propuesta por las Naciones Unidas, son los gastos de educación, sanidad, seguridad social, vivienda y otros de similares características. Gastos tributarios Constituye el monto cuantificado de las exenciones de la base tributaria, deducciones autorizadas de la renta bruta, créditos fiscales deducidos de los impuestos por pagar, reducciones de las tasas impositivas e impuestos diferidos; tienen un impacto en los fondos públicos que financian los presupuestos. Genérica de gasto Nivel mayor de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado de los de los gastos en recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así como los bienes, servicios y obras públicas que las entidades públicas contratan, adquieren o realizan para la consecución de sus objetivos institucionales. Genérica de Ingreso Nivel mayor de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado de los recursos que se recaudan captan y obtienen. Gestión presupuestaria Capacidad de las entidades públicas para lograr sus Objetivos Institucionales, mediante el cumplimiento de las Metas Presupuestarias establecidas para un determinado año fiscal, aplicando los criterios de eficiencia, eficacia y desempeño. Habilitación presupuestaria Incremento de los créditos presupuestarios de Actividades y Proyectos con cargo a anulaciones de la misma Actividad o Proyecto, o de otras Actividades y Proyectos.
  • 19. Ingresos corrientes Ingresos que se obtienen de modo regular o periódico y que no alteran de manera inmediata la situación patrimonial del Estado. Agrupan los recursos provenientes de tributos, venta de bienes, prestación de servicios, rentas de la propiedad, multas, sanciones y otros ingresos corrientes. Ingresos de capital Recursos financieros que se obtienen de modo eventual y que alteran la situación patrimonial del Estado. Agrupan los recursos provenientes de la venta de activos (inmuebles, terrenos, maquinarias, entre otros), las amortizaciones por los préstamos concedidos (reembolsos), la venta de acciones del Estado en empresas, y otros ingresos de capital. Ingresos financieros Ingresos obtenidos por una entidad, provenientes de las inversiones financieras o de depósitos efectuados en moneda nacional o extranjera, y de la prestación de servicios de crédito. Ingresos públicos Expresión monetaria de los valores recibidos, causados o producidos por concepto de ingresos corrientes, venta de bienes y servicios, transferencias y otros, en el desarrollo de la actividad financiera, económica y social de la entidad pública. Inversión pública Toda erogación de recursos de origen público destinada a crear, incrementar, mejorar o reponer las existencias de capital físico de dominio público, con el objeto de ampliar la capacidad del país para la prestación de servicios y producción de bienes. Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento Contiene el detalle de las partidas que las entidades públicas deben tomar en cuenta para efectuar el registro ordenado de los ingresos por las distintas fuentes de financiamiento. Meta Presupuestaria o Meta Expresión concreta y cuantificable que caracteriza el producto o productos finales de las Actividades y Proyectos establecidos para el año fiscal. Se compone de cuatro elementos: (i) Finalidad (objeto preciso de la Meta). (ii) Unidad de medida (magnitud que se utiliza para su medición).
  • 20. (iii) Cantidad (número de unidades de medida que se espera alcanzar). (iv) Ubicación geográfica (ámbito distrital donde se ha previsto la Meta). La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de análisis- puede mostrar las siguientes variantes: a) Meta Presupuestaria de Apertura: Meta Presupuestaria considerada en el Presupuesto Institucional de Apertura. b) Meta Presupuestaria Modificada: Meta Presupuestaria cuya determinación es considerada durante un año fiscal. Se incluye en este concepto a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas Metas que se agreguen durante el año fiscal. c) Meta Presupuestaria Obtenida: Estado situacional de la Meta Presupuestaria en un momento dado. Modificaciones presupuestarias Constituyen cambios en los créditos presupuestarios, tanto en su cuantía como en el nivel Institucional (créditos suplementarios y transferencias de partidas) y, en su caso, a nivel funcional programático (habilitaciones y anulaciones). Las modificaciones presupuestarias pueden afectar la estructura funcional-programática a consecuencia de la supresión o incorporación de nuevas metas presupuestarias. Pago anual por mantenimiento y operación (PAMO) Pago anual por concepto de mantenimiento y operación de un bien público que el Estado efectuará al concesionario durante todo el período de la concesión, de acuerdo con los términos indicados en el respectivo contrato de concesión. Pago anual por obras (PAO) Pago anual por obras de construcción que el Estado pagará al concesionario una vez que haya recibido la obra concluida en los términos indicados en el respectivo contrato de concesión. Percepción del ingreso Momento en el cual se produce la recaudación, captación u obtención efectiva del ingreso. Período de regularización Período en el que se complementa el registro de la información de ingresos y gastos de las entidades públicas sin excepción. No puede exceder el 31 de marzo de cada año.
  • 21. Pliego Presupuestario Toda entidad pública que recibe un crédito presupuestario en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Presupuesto inicial de la entidad pública aprobado por su respectivo Titular con cargo a los créditos presupuestarios establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo. En el caso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos presupuestarios son establecidos mediante Decreto Supremo. Presupuesto Institucional Modificado (PIM) Presupuesto actualizado de la entidad pública a consecuencia de las modificaciones presupuestarias, tanto a nivel institucional como a nivel funcional programático, efectuadas durante el año fiscal, a partir del PIA. Presupuesto Multianual de la Inversión Pública Constituye un marco referencial, Instrumento del proceso presupuestario, que contiene la distribución de los recursos del Estado por un periodo más allá del año fiscal, enmarcado en el plan estratégico del gobierno y el Marco Macroeconómico Multianual. Presupuesto Participativo Instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Presupuesto por Resultados Es una manera diferente de realizar el proceso de asignación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del Presupuesto Público. Implica superar la tradicional manera de realizar dicho proceso, centrado en instituciones (pliegos, unidades ejecutoras, etc), programas y/o proyectos y en líneas de gasto o insumos; a otro en el que eje es el Ciudadano y los Resultados que éstos requieren y valoran. Presupuestos del Sector Público Constituidos por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público aprobada por el Congreso de la República; los presupuestos de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales aprobados en el marco de su autonomía constitucional; el presupuesto consolidado de las empresas sujetas al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); y el presupuesto de
  • 22. la seguridad social de salud (ESSALUD). Asimismo, comprende el presupuesto consolidado de las empresas municipales y los organismos públicos descentralizados de los Gobiernos Regionales y Locales. Programación del ingreso y del gasto Proceso técnico que tiene por finalidad determinar el comportamiento probable de los niveles de ejecución (mensual y trimestral) de los ingresos y gastos de un determinado año fiscal. Programación presupuestaria en las entidades Fase del proceso presupuestario en la cual las entidades públicas determinan la escala de prioridades de los Objetivos Institucionales del año fiscal; determinan la demanda global de gasto y las Metas Presupuestarias compatibles con sus Objetivos Institucionales y funciones; desarrollan los procesos para la estimación de los fondos públicos con el objeto de determinar el monto de la asignación presupuestaria; y definen la estructura del financiamiento de la demanda global de gasto en función de la estimación de los fondos públicos. Programación Presupuestaria Estratégica Proceso en el que se relacionan los resultados con los productos, acciones y medios necesarios para su ejecución, los cuales se basan en información y experiencia existente (evidencias). Este proceso se realiza con la finalidad de solucionar un problema crítico que afecta a una determinada población (condición de interés). Se aplica en las fases de programación y formulación presupuestal y comprende el diseño de estrategias e intervenciones articuladas del Estado para la generación de cambios específicos en alguna condición de bienestar del ciudadano. Estos cambios son los resultados. El producto concreto de la aplicación de la PPE es el Programa Estratégico (PE), que bajo la óptica de mejorar el bienestar ciudadano, provee un conjunto de insumos, productos y resultados articulados causalmente. La particularidad del PE es que se diseña, en sus etapas iniciales, independientemente de los que las instituciones ya vienen haciendo, y con el objeto de definir una hoja de ruta que, bajo el enfoque del uso de evidencias, permite proveer bienes y servicios públicos para lograr el resultado deseado. Proyecto Conjunto de intervenciones limitadas en el tiempo, de las cuales resulta un producto final (Metas Presupuestarias), que concurre a la expansión de la acción del Gobierno. Representa la creación, ampliación, mejora, modernización y/o recuperación de la capacidad de producción de bienes y servicios, implicando la variación sustancial o el
  • 23. cambio de procesos y/o tecnología utilizada por la entidad pública. Luego de su culminación, generalmente se integra o da origen a una Actividad. Recursos Públicos Recursos del Estado inherentes a su acción y atributos que sirven para financiar los gastos de los presupuestos anuales y se clasifican a nivel de fuentes de financiamiento. Reserva de contingencia Crédito presupuestario global dentro del Presupuesto del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en los Presupuestos de los Pliegos. Rubro Título con el cual se designa un grupo de partidas o de cuentas contables. Servicio de deuda Monto de obligaciones por concepto del capital o principal de un préstamo que se encuentra pendiente de pago, así como de los intereses, comisiones y otros derivados de la utilización del préstamo, que se debe cancelar periódicamente según lo acordado en el respectivo Contrato de Préstamo. Transferencia de partidas Modificación presupuestaria que puede efectuarse en el Nivel Institucional, es decir, constituye traslados de créditos presupuestarios entre Pliegos. Transferencias financieras entre Pliegos Presupuestarios Traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de Actividades y Proyectos de los Presupuestos Institucionales respectivos de los Pliegos de destino. Unidad ejecutora Constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades públicas. Una Unidad Ejecutora cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que: Determina y recauda ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda. CELINA RUIZ MORALES C.I. Nº 8.319.017