El documento describe la vulnerabilidad hídrica de la ciudad de Santa Fe y las razones que llevaron a mantener y profundizar este problema. Se permitió la construcción espontánea y desordenada de barrios en áreas inestables e inundables, sin aplicar las normativas existentes. También hubo ausencia de planificación y control estatal, falta de criterios técnicos y prevención a pesar de aumentar la población en zonas de riesgo. Esto llevó a una ciudad cada vez más vulnerable a inundaciones.
3. ¿Por qué se dejó construir estos barrios y se permitió esa presión demográfica en un área no susceptible a tal hecho? Fuente: Instituto Geográfico Militar. Levantamientos efectuados en 1924, 25 y 26. Escala 1:100 000 Fuente: M.O.P. Dirección General de Navegación y Puertos – División Paraná Medio – Escala 1:10.000. Abril de 1943. Nº 9190 – F 28. Paraná. aquellas que por sus peculiares características físicas, topográficas e hidrográficas, no hacen factible implementaciones urbanas .
4. Ley Provincial Orgánica de Municipalidades [i ] Nº 2756 del 27/6/1939, enuncia: todo Municipio deberá tener en cuenta la necesidad de ejercer el poder de Policía de Construcción, aplicando su Reglamento de Edificación contenido en su Plan de Desarrollo Urbano, en función a las atribuciones y competencias establecidas… [i] La Constitución de la Provincia de Santa Fe, sección séptima, Capítulo Único. Decreto Nº 7317/67 “se velará por la seguridad, estética y saneamiento de las viviendas y cualquier otro tipo de edificación que se realice” Evolución de las normativas referidas al ordenamiento territorial
5. Ordenanza N° 7642/79 se reglamenta “ los aspectos referidos a la provisión de infraestructuras….con el objeto de encauzar adecuadamente el desarrollo urbano e imponer las mínimas condiciones de habitabilidad a los futuros emplazamientos urbanos”. En sus artículos 2.13.0 y 5.2.2 establece el nivel mínimo del suelo para urbanizaciones y subdivisiones de carácter urbano la cota 15 I.G.M 2.13.0 DEL NIVEL MÍNIMO DEL SUELO: 2.13.1 Establécese como nivel mínimo del suelo para el emplazamiento de urbanizaciones... la cota 15 IGM, que regirá toda la jurisdicción de este municipio.
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7. Plano de cotas de la ciudad de Santa Fe Fuente: http://www.ellitoral.com/especiales/seccion.asp?id=705&especial=240