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ÍNDICE
CARÁTULA………………………………………………………………………………………………………….…………I
AGRADECIMIENTO………………………………………………………………………………………………….…….II
ÍNDICE………………………………………………………………………………………………………………………….III
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………………………………………IV
Contenido
1

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER .............................................................................. 5
1.1

DEFINICIÓN:..................................................................................................................... 5

1.2

CAUSAS: ........................................................................................................................... 5

1.3

CONSECUENCIAS: ......................................................................................................... 6

1.3.1
1.3.2
2

CONSECUENCIAS FÍSICAS: ................................................................................ 6
CONSECUENCIAS PSICOLÓGICAS: .................................................................. 7

FEMINICIDIO ............................................................................................................. 8
2.1

DEFINICIÓN:..................................................................................................................... 8

2.2

CAUSAS ............................................................................................................................ 9

2.3

TIPOS ................................................................................................................................. 9

2.3.1

EL FEMINICIDIO ÍNTIMO: ...................................................................................... 9

2.3.2

EL FEMINICIDIO NO ÍNTIMO: ............................................................................... 9

2.4
3

CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO: .................................................................... 10

FEMINICIDIO EN EL PERU...................................................................................... 10
3.1
3.2

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 10

3.3

TIPIFICACIÓN DEL FEMINICIDIO .............................................................................. 12

3.4
4

ANTECEDENTES DEL FEMINICIDIO EN EL PERÚ ............................................... 10

NUEVA LEY DE FEMINICIDIO .................................................................................... 13

EL FEMINICIDIO EN AMÉRICA LATINA .................................................................. 14
CONCLUSIONES ................................................................................................... 176
REFERENCIAS ...................................................................................................... 177
INTRODUCCIÓN
En la presente monografía expondremos sobre el feminicidio que es el genocidio
contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas
sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la
vida de las mujeres.

En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados
por conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y
grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de algunas
de las víctimas.

No todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los hay
seriales e individuales, algunos son cometidos por conocidos: parejas, parientes,
novios, esposos, acompañantes, familiares, visitas, colegas y compañeros de
trabajo; también son perpetrados por desconocidos y anónimos, y por grupos
mafiosos de delincuentes ligados a modos de vida violentos y criminales.
Además, trataremos el feminicidio en el Perú y su legislación.

4
EL FEMINICIDIO

1

1.1

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

DEFINICIÓN:
La violencia contra las mujeres es la mayor atrocidad cometida contra los

derechos humanos, las mujeres se enfrentan a la discriminación y la violencia del
Estado, la comunidad y la familia. Cada año, millones de niños (as) y mujeres
sufren violaciones y abusos sexuales a manos de familiares o hombres ajenos a la
familia, esto se traduce en una problemática de salud pública y un obstáculo para
alcanzar la equidad, la igualdad y la democracia; es la expresión de las
desigualdades históricas en las relaciones de poder entre mujeres y hombres,
donde se manifiesta la supremacía de lo masculino sobre lo femenino.
Podemos conceptualizarla como "el acto violento basado en la pertenencia al
sexo femenino, no solo a mujeres sino también se incluye a los niños (as) que
tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o
psicológico; así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada".
La violencia hacia las mujeres es un fenómeno social que está altamente
extendida y es de naturaleza multicausal, lo que permite que muchas veces no se
tome en cuenta el impacto que tiene. Entender la violencia hacia las mujeres
implica evaluar cómo se estructuran las relaciones entre mujeres y hombres, y
cuál es la valoración social de las mujeres como sujetos de derecho en nuestra
sociedad. Es necesario entonces analizar las causas, consecuencias, etc.

1.2

CAUSAS:
Las principales causas de violencia ejercida contra la mujer son la inequidad de

género y la discriminación. Estas son influenciadas por desequilibrios históricos y
5
estructurales de poder entre mujeres y hombres existentes en variados grados a lo
largo de todas las comunidades en el mundo, además la violencia contra la mujer
está relacionada tanto a su falta de poder y control como a las normas sociales
que prescriben los roles de hombres y mujeres en la sociedad y consienten el
abuso. Las iniquidades entre los hombres y las mujeres trascienden las esferas
públicas y privadas de la vida; trascienden los derechos sociales, económicos,
culturales y políticos; y se manifiestan en restricciones y limitaciones de libertades,
opciones y oportunidades de las mujeres, además pueden aumentar los riesgos
de que mujeres sufran abuso, relaciones violentas y explotación, debido a la
dependencia económica, limitadas formas de sobrevivencia y opciones de obtener
ingresos, o por la discriminación ante la ley en cuanto se relacione a temas de
matrimonio, divorcio y derechos de custodia de menores.
Prueba de ello es que las múltiples violaciones a los derechos de las mujeres
se desarrollan en tiempos de paz como en tiempos de conflicto armado;
respondiendo a diferentes contextos pero a imaginarios culturales similares que
atentan contra la libertad femenina y el desarrollo de sus capacidades. Con ello se
evidencia que las mujeres se enfrentan a la discriminación del Estado, de sus
familias y de la comunidad en general.

1.3

CONSECUENCIAS:
La violencia contra la mujer trae dos tipos de consecuencias: Físicas y

Psicológicas.

1.3.1 CONSECUENCIAS FÍSICAS:
Homicidio:
Estudios informan que la mayoría de las mujeres que mueren de homicidio
son asesinadas por su compañero actual o anterior y muchos incidentes de
agresión debido al maltrato físico y sexual dando lugar a las lesiones que pueden
ser desde equimosis (golpes y moretones), fracturas o hasta llegar a
6
discapacidades crónicas. Un alto porcentaje de las lesiones requiere tratamiento
médico. También podemos incluir las lesiones a los niños puesto que con
frecuencia son los niños que se lastiman mientras tratan de defender a sus
madres, la violencia también puede producir embarazos no deseados (violación).

1.3.2 CONSECUENCIAS PSICOLÓGICAS:
En el caso de las mujeres golpeadas o agredidas sexualmente, el
agotamiento emocional y físico puede conducir al suicidio o también puede
ocasionarse problemas de salud mental ya que las mujeres maltratadas
experimentan el sufrimiento psicológico. Muchas están deprimidas o ansiosas,
mientras otras muestran síntomas del trastorno de estrés postraumático. Es
posible que estén fatigadas en forma crónica, pero no pueden conciliar el sueño;
pueden tener pesadillas o trastornos de los hábitos alimentarios; recurrir al alcohol
y las drogas para disfrazar su dolor; o aislarse y retraerse, sin darse cuenta,
parece, que se están metiendo en otro problemas, aunque menos graves, pero
dañino igualmente.
La violación y el maltrato sexual del niño pueden causar daños psicológicos
similares. Un episodio de agresión sexual puede ser suficiente para crear efectos
negativos duraderos, especialmente si la víctima no recibe posteriormente apoyo
adecuado. Al igual que la violencia contra la mujer en el seno familiar, el maltrato
del menor suele durar muchos años y sus efectos debilitantes pueden hacerse
sentir en la vida adulta. Por ejemplo, la pérdida de autoestima de la mujer que ha
sido maltratada en la niñez puede traducirse en un mínimo de esfuerzo para evitar
situaciones en que su salud o seguridad estén en peligro.
Ser víctima de violación o abuso sexual es una experiencia muy traumática
y sus consecuencias pueden prolongarse para toda la vida. Víctimas (mujeres,
niñas y niños) que han sufrido ataques sexuales describen los siguientes
sentimientos:

7
Temor,

culpa,

desvalorización,

odio,

vergüenza,

depresión,

asco,

desconfianza, aislamiento, marginalidad, ansiedad y se sienten diferentes a los
demás.
Es un mito que la violencia sexual la ejercen solamente extraños, muchas
violaciones y abusos son cometidos por hombres que la víctima conoce,
incluyendo parejas y amigos íntimos, pues existe la errónea creencia que es la
víctima quien lo provoca.

2

2.1

FEMINICIDIO

DEFINICIÓN:
De acuerdo a la definición establecida por la ONU el femicidio es: “El asesinato

de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que ocurre tanto en
el ámbito privado como en el espacio público”.
La declaración agrega que éste “comprende aquellas muertes de mujeres a
manos de sus parejas, ex parejas o familiares, asesinadas por acosadores,
agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la
muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción del femicida”.
El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones
históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad,
la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el feminicidio concurren en
tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por conocidos y desconocidos,
por violentos, violadores y asesinos individuales y grupales, ocasionales o
profesionales, que conducen a la muerte cruel de algunas de las víctimas. No
todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los hay
seriales e individuales, algunos son cometidos por conocidos: parejas, parientes,
novios, esposos, acompañantes, familiares, visitas, colegas y compañeros de
trabajo; también son perpetrados por desconocidos y anónimos, y por grupos
mafiosos de delincuentes ligados a modos de vida violentos y criminales. Sin
8
embargo, todos tienen en común que las mujeres son usables, prescindibles,
maltratables y desechables. Y, desde luego, todos coinciden en su infinita
crueldad y son, de hecho, crímenes de odio contra las mujeres.

2.2

CAUSAS
Celos 33.3%
Violación sexual previa al homicidio 14.6%
Resistirse a continuar o a regresar
Con la pareja o ex pareja 8.2%
Supuesta infidelidad de la víctima 6.3%
Negarse a tener relaciones sexuales con el presunto victimario 4.2%

2.3

TIPOS

2.3.1 EL FEMINICIDIO ÍNTIMO:
Se presenta en aquellos casos en los que la víctima tenía (o había tenido)
una relación de pareja con el homicida, que no se limita a las relaciones en las que
existía un vínculo matrimonial sino que se extiende a los convivientes, novios,
enamorados y parejas sentimentales. En el feminicidio íntimo también se incluyen
los casos de muerte de mujeres a manos de un miembro de la familia, como el
padre, el padrastro, el hermano o el primo.

2.3.2 EL FEMINICIDIO NO ÍNTIMO:
Ocurre cuando el homicida no tenía una relación de pareja o familiar con la
víctima. En esta categoría se incluye la muerte perpetrada por clientes (tratándose
de las trabajadoras sexuales), por amigos o vecinos, por desconocidos cuando se
ataca sexualmente a la víctima antes de matarla así como la muerte de mujeres
ocurrida en el contexto de la trata de personas.

9
2.4

CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO:
Muerte de mujeres en edad productiva, traumas en las familias, cientos de

niños y niñas huérfanos, quedando afectados de por vida en sus emociones,
afectividad y en su forma de pensar, cultura de violencia aprendida, depresión,
estrés post-traumático, pobre expectativa de vida en pareja y familia como
proyecto social.

3

3.1

FEMINICIDIO EN EL PERU

ANTECEDENTES DEL FEMINICIDIO EN EL PERÚ
Los primeros dos países en contemplar el delito de femicidio fueron Suecia

en1998 y España en 2004. También incorporaron en su legislación Costa Rica,
México, Guatemala, Colombia, Chile y otros. Mientras que otros han elaborados
proyectos en ese sentido. En el Perú hasta antes de promulgación de la Ley
29819 – Ley que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorpora el
feminicidio, se ha creado el Portal de Feminicidio, a cargo del Ministerio Publico,
máximo avance en el tema, que sin duda permite establecer la data de las
muertes violentas de mujeres en nuestro país.

3.2

INTRODUCCIÓN
El Feminicidio, caracterizado por ser un crimen de género, es realizado por

agresores cuya intención es dominar, ejercer control y negar la autoafirmación de
las mujeres como sujetas de derechos, a través del uso de la violencia. En el Perú,
los estudios sobre el tema fueron iniciados por las organizaciones feministas, las
conclusiones y datos de los mismos, fueron presentados de forma periódica a las
autoridades contribuyendo con ello a poner el tema en la agenda pública. Es en el

10
año 2009, que se empiezan a adoptar las primeras políticas públicas para
evidenciar y prevenir el feminicidio en el Perú.
Actualmente en el país se cuenta con estadísticas oficiales, que evidencian la
magnitud del problema. Según el Ministerio Público, entre el 2009 y 2010, se
registraron 283 Feminicidios; y entre enero y julio del 2011, se perpetraron 48.
Cerca del 70% de estos crímenes corresponden a feminicidio íntimo. Así mismo, el
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), informa de forma
periódica los casos que se presentan y los resultados pueden observarse en el
siguiente cuadro:
AÑO

2009

2010

2011

OCT. 2012

Total de víctimas de feminicidio

139

121

93

63

Víctimas de feminicidio íntimo

95

92

68

54

Víctimas de feminicidio no íntimo 44

29

25

9

Tentativa de feminicidios

47

66

76

64

54% entre 57% entre 59% entre 54% entre
Edad de las victimas

18

y

35 18

y

35 18

y

35 18

y

años

Relación
victimario

con

el

presunto

años

años

años

58.9%

58.9%

58.9%

35

58.9%

pareja o ex pareja o ex pareja o ex pareja o ex
pareja

pareja

pareja

pareja

Fuente: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP)

Estos datos evidencian la prevalencia del crimen, sobre todo en adolescentes y
mujeres adultas jóvenes. Aunque el cuadro deja notar una disminución de casos
entre el 2009 y 2011, esto dependerá a su vez de la cantidad de tentativas de
feminicidios registradas. El feminicidio, al no ser un hecho aislado sino

11
consecuencia del continuum de violencia en el que cotidianamente viven las
mujeres, se presenta como un constante riesgo.

3.3

TIPIFICACIÓN DEL FEMINICIDIO
La tipificación del feminicidio como delito autónomo, generó un debate con

opiniones a favor y en contra. Desde la lectura de las principales organizaciones
de mujeres, se consideró que la incorporación de este crimen en la normativa
penal, tiene y tuvo varias ventajas. En primer lugar, permitió posicionar el tema en
su especificidad y poner en evidencia factores y contextos que tradicionalmente no
se toman en cuenta cuando se investigan y juzgan los homicidios. De otro lado,
abrió la oportunidad de colocar a la mujer como sujeta de protección y a la sanción
de la violencia de género como un propósito en sí. En tercer lugar, brindó
herramientas para la incidencia con autoridades, y permite actualmente movilizar
acciones para exigir la debida diligencia. Aunque durante el 2009 y 2010, se
presentaron proyectos legislativos, es durante el 2011, que la agenda pendiente
de modificación del Código Penal, abrió la posibilidad de colocar en la escena
política el debate para la tipificación de este crimen. No obstante; las resistencias
para crear normativas que coloquen a las mujeres como sujetas de derecho,
permanecieron, así como las tendencias a proteger los entornos familiares por
encima del derecho individual de las mujeres a vivir sin violencia. En ese sentido,
no sorprendieron las argumentaciones de legisladores y autoridades que se
opusieron a la tipificación, las mismas que señalaron que:
La tipificación de este delito es un acto de discriminación.
No se pueden hacer distinciones entre varones y mujeres al momento de
aplicar la ley.
Los hombres sufren más asesinatos que las mujeres.
Ya existe una figura penal para sancionar el homicidio.
Ante esta situación, las organizaciones de mujeres continuaron afianzando
el debate por la tipificación del feminicidio, y es el Ministerio de la Mujer quien
12
presenta un proyecto de Ley, el cual propuso modificar el artículo 107 del Código
Penal, sobre parricidio. Esta propuesta fue aprobada el 01 de diciembre del 2011,
por el Congreso de la República con 90 votos a favor, 2 en contra y 14
abstenciones, y finalmente, promulgada el 27 de diciembre del mismo año.
Artículo Único. Modificación del artículo 107 del Código Penal: Modificase el
artículo 107 del Código Penal, en los términos siguientes: “Artículo 107.
Parricidio/Feminicidio:
El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o
adoptivo, o a quién es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quién esté
sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de quince años.
La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando
concurran cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en los numerales
1, 2, 3 y 4 del artículo 108.
Si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del
autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre de
feminicidio.”

3.4

NUEVA LEY DE FEMINICIDIO
21 de junio de 2013.- Con 80 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, se

aprobó en el Pleno del Congreso de la República, la ley de feminicidio (propuesta
por el Poder Ejecutivo a iniciativa del MIMP, a través de la Dirección General
contra la Violencia de Género y el Programa Nacional contra la Violencia Familiar
y Sexual), la cual plantea incorporar el artículo 108-A al Código Penal, para
castigar dicho delito con penas de hasta cadena perpetua.
La diferencia con la anterior ley en que sólo se sancionaba el feminicidio si la
víctima había sido la cónyuge, conviviente o si estuvo ligada al autor por una
relación análoga.

13
Con esta modificación se podría sancionar hasta con cadena perpetua al autor
del delito, si es que además concurrieran dos o más agravantes.
Entre las agravantes se consideran la minoría de edad, el estado de gestación
o cuando la víctima se encontrase bajo el cuidado o responsabilidad del
feminicida; o si fue sometida previamente a violación sexual, a un acto de
mutilación, o padecía de cualquier tipo de discapacidad o se encontraba en
situación de vulnerabilidad.
Asimismo, se acordó en el Pleno del Congreso que la reincidencia sea
considerada agravante, en cuyo caso el juez aumentaría la pena en no menos de
dos tercios por encima del máximo legal fijado para el tipo penal hasta la cadena
perpetua.

4

EL FEMINICIDIO EN AMÉRICA LATINA
En la mayoría de las legislaciones, el feminicidio ha sido reconocido e

incorporado en leyes especiales (que no integran el Código Penal). Costa Rica, lo
efectúa con la dación de la Ley para la Penalización de la Violencia contra las
Mujeres, ley que penaliza y sanciona diversas formas de violencia contra las
mujeres, como practicas de discriminación por razón de género específicamente
en una relación de matrimonio, en unión de hecho declarado o no; habiéndose
establecido en su artículo 21 de la referida ley.
“Se le impondrá pena de prisión de veinte a treinta y cinco años a quien dé
muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de
hecho declarada o no”
En esta misma orientación, Guatemala al emitir la Ley Contra el Feminicidio y
otras formas de Violencia Contra la Mujer, (ley especial) en su artículo 6 estableció

14
“comete el delito de femicidio quien, en el marco de las relaciones desiguales de
poder entre hombres y mujeres, diere muerte a una mujer, por su condición de
mujer, valiéndose de cualquiera de las siguientes circunstancias:
Haber pretendido infructuosamente establecer o restablecer una relación de
pareja o de intimidad con la víctima.
Mantener en la época en que se perpetre el hecho, o haber mantenido con
la víctima, relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o
noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral.
Como resultado de la reiterada manifestación de violencia en contra de la
víctima.
Como resultado de ritos grupales usando o no armas de cualquier tipo.
En menosprecio del cuerpo de la víctima para satisfacción de instintos
sexuales, o cometiendo actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de
mutilación.
Por misoginia.
Cuando el hecho se cometa en presencia de hijas o hijos de la víctima.
Concurriendo cualquiera de las circunstancias de calificación contempladas
en el Art. 132 del Código Penal.”
Por otro lado, Chile incorpora el feminicidio al Código Penal, a través de la Ley
20480, publicado el 18 de diciembre del 2010, Ley que modifica el Código Penal y
la Ley Nº 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, estableciendo el "femicidio", y
aumentando las penas aplicables a este delito y reforma las normas sobre
parricidio, incorporando al artículo 390 del Código Penal, el siguiente texto: "Si la
víctima del delito descrito en el inciso precedente es o ha sido la cónyuge o la
conviviente de su autor, el delito tendrá el nombre de femicidio."
México también incorporo en su Código Penal el feminicidio.

15
CONCLUSIONES

El está presente en la familia como centro de la socialización primaria y
transmisora de la cultura, de normas, y formas de comportamiento, es el lugar
donde se toman los primeros modelos de masculinidad y femineidad que serán
determinantes en la constitución de las personas, están también involucradas las
instituciones de la Iglesia, la Escuela, y los grupos que cumplen esa misma
función en la socialización secundaria.
Los casos tratados de algunas mujeres, a diferencia de los hombres, presentan
trabajos más estables e incluso mejor remunerados. Esta independencia
económica permitiría a las mujeres en ocasiones rebelarse contra sus parejas,
generando que muchos hombres luchen por mantener el poder y control. Este
desajuste estructural ocasiona conflictos entre ambas partes, que pueden
materializarse en insultos, golpes, violaciones y feminicidios.
Las mujeres que sufren violencia doméstica se encuentran generalmente dentro
de las que no pueden salir de una relación, ya que no tienen apoyo económico, ni
psicológico, ni redes sociales de apoyo que las ayuden para escapar. Terminan
entonces sobreviviendo y manteniéndose en estas relaciones violentas por falta de
oportunidades y temor, que pueden entremezclarse con sentimientos de
compasión, vergüenza, culpa e incluso por algún tipo de atadura.
Estos crímenes esconden su real magnitud bajo las faltas de denuncias por parte
de las mujeres ya sea por temor, vergüenza o culpa. También se esconden bajo
formas de juzgar y nombrar del Poder Judicial, los operadores de justicia, los
medios de comunicación y la sociedad en general; que encubren y exculpan al
asesino. Pasan así por parricidios, homicidios simples, homicidios por emoción
violenta, crímenes pasionales, lesiones graves o leves, etc. Es importante nombrar
el feminicidio como tal. Hacer uso de su nombre resalta las implicancias y ayuda a
interiorizar en las personas las graves consecuencias de este fenómeno, ya que
solamente conociéndolo, podemos tener una postura crítica en contra de él.

16
REFERENCIAS

REFERENCIAS ELECTRONICAS
1. Observatorio de criminalidad del Ministerio Publico Fiscalía de la Nación
(2009)

Estadísticas

de

feminicidio

en

el

Perú

Recuperado

de:

http://www.mpfn.gob.pe/descargas/observatorio/estadisticas_/20120227165
439133037967942059440.pdf

2. Flora Tristán (2005) Reporte de feminicidio en el Perú Recuperado de:
http://www.flora.org.pe/investigaciones/feminicidio.pdf

3. Observatorio de criminalidad del Ministerio Publico Fiscalía de la Nación
(2011) Boletín semanal

de feminicidio en el Perú Recuperado de:

http://www.unfpa.org.pe/WebEspeciales/2012/Noviembre2012/NoViolencia/
Documentos/ultimo%20boletin%20feminicidio%20MP.pdf

4. Flora Tristán (2012) El Feminicidio en el Perú, caminos recorridos y retos
para
su
prevención
y
sanción
Recuperado
de:
http://www.flora.org.pe/web2/index.php?option=com_content&view=article&i
d=564:el-feminicidio-en-el-peru-caminos-recorridos-y-retos-para-suprevencion-y-sancion&catid=70:desde-flora-tristan&Itemid=100
5. Jimena Sánchez Barrenechea (2011) “Si me dejas, te mato” El Feminicidio
Uxoricida
En
Lima
recuperado
de:
http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/123456789/1402/Si%2
0me%20dejas,%20te%20mato.%20El%20feminicidio%20uxoricida%20en%
20Lima.%20Tesis%20de%20licenciatura%20en%20Sociolog%C3%ADa%2
0de%20Jimena%20S%C3%A1nchez%20Barrenechea.pdf?sequence=1

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  • 1. ÍNDICE CARÁTULA………………………………………………………………………………………………………….…………I AGRADECIMIENTO………………………………………………………………………………………………….…….II ÍNDICE………………………………………………………………………………………………………………………….III INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………………………………………IV Contenido 1 VIOLENCIA CONTRA LA MUJER .............................................................................. 5 1.1 DEFINICIÓN:..................................................................................................................... 5 1.2 CAUSAS: ........................................................................................................................... 5 1.3 CONSECUENCIAS: ......................................................................................................... 6 1.3.1 1.3.2 2 CONSECUENCIAS FÍSICAS: ................................................................................ 6 CONSECUENCIAS PSICOLÓGICAS: .................................................................. 7 FEMINICIDIO ............................................................................................................. 8 2.1 DEFINICIÓN:..................................................................................................................... 8 2.2 CAUSAS ............................................................................................................................ 9 2.3 TIPOS ................................................................................................................................. 9 2.3.1 EL FEMINICIDIO ÍNTIMO: ...................................................................................... 9 2.3.2 EL FEMINICIDIO NO ÍNTIMO: ............................................................................... 9 2.4 3 CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO: .................................................................... 10 FEMINICIDIO EN EL PERU...................................................................................... 10 3.1 3.2 INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 10 3.3 TIPIFICACIÓN DEL FEMINICIDIO .............................................................................. 12 3.4 4 ANTECEDENTES DEL FEMINICIDIO EN EL PERÚ ............................................... 10 NUEVA LEY DE FEMINICIDIO .................................................................................... 13 EL FEMINICIDIO EN AMÉRICA LATINA .................................................................. 14 CONCLUSIONES ................................................................................................... 176 REFERENCIAS ...................................................................................................... 177
  • 2. INTRODUCCIÓN En la presente monografía expondremos sobre el feminicidio que es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de algunas de las víctimas. No todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los hay seriales e individuales, algunos son cometidos por conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares, visitas, colegas y compañeros de trabajo; también son perpetrados por desconocidos y anónimos, y por grupos mafiosos de delincuentes ligados a modos de vida violentos y criminales. Además, trataremos el feminicidio en el Perú y su legislación. 4
  • 3. EL FEMINICIDIO 1 1.1 VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEFINICIÓN: La violencia contra las mujeres es la mayor atrocidad cometida contra los derechos humanos, las mujeres se enfrentan a la discriminación y la violencia del Estado, la comunidad y la familia. Cada año, millones de niños (as) y mujeres sufren violaciones y abusos sexuales a manos de familiares o hombres ajenos a la familia, esto se traduce en una problemática de salud pública y un obstáculo para alcanzar la equidad, la igualdad y la democracia; es la expresión de las desigualdades históricas en las relaciones de poder entre mujeres y hombres, donde se manifiesta la supremacía de lo masculino sobre lo femenino. Podemos conceptualizarla como "el acto violento basado en la pertenencia al sexo femenino, no solo a mujeres sino también se incluye a los niños (as) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico; así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada". La violencia hacia las mujeres es un fenómeno social que está altamente extendida y es de naturaleza multicausal, lo que permite que muchas veces no se tome en cuenta el impacto que tiene. Entender la violencia hacia las mujeres implica evaluar cómo se estructuran las relaciones entre mujeres y hombres, y cuál es la valoración social de las mujeres como sujetos de derecho en nuestra sociedad. Es necesario entonces analizar las causas, consecuencias, etc. 1.2 CAUSAS: Las principales causas de violencia ejercida contra la mujer son la inequidad de género y la discriminación. Estas son influenciadas por desequilibrios históricos y 5
  • 4. estructurales de poder entre mujeres y hombres existentes en variados grados a lo largo de todas las comunidades en el mundo, además la violencia contra la mujer está relacionada tanto a su falta de poder y control como a las normas sociales que prescriben los roles de hombres y mujeres en la sociedad y consienten el abuso. Las iniquidades entre los hombres y las mujeres trascienden las esferas públicas y privadas de la vida; trascienden los derechos sociales, económicos, culturales y políticos; y se manifiestan en restricciones y limitaciones de libertades, opciones y oportunidades de las mujeres, además pueden aumentar los riesgos de que mujeres sufran abuso, relaciones violentas y explotación, debido a la dependencia económica, limitadas formas de sobrevivencia y opciones de obtener ingresos, o por la discriminación ante la ley en cuanto se relacione a temas de matrimonio, divorcio y derechos de custodia de menores. Prueba de ello es que las múltiples violaciones a los derechos de las mujeres se desarrollan en tiempos de paz como en tiempos de conflicto armado; respondiendo a diferentes contextos pero a imaginarios culturales similares que atentan contra la libertad femenina y el desarrollo de sus capacidades. Con ello se evidencia que las mujeres se enfrentan a la discriminación del Estado, de sus familias y de la comunidad en general. 1.3 CONSECUENCIAS: La violencia contra la mujer trae dos tipos de consecuencias: Físicas y Psicológicas. 1.3.1 CONSECUENCIAS FÍSICAS: Homicidio: Estudios informan que la mayoría de las mujeres que mueren de homicidio son asesinadas por su compañero actual o anterior y muchos incidentes de agresión debido al maltrato físico y sexual dando lugar a las lesiones que pueden ser desde equimosis (golpes y moretones), fracturas o hasta llegar a 6
  • 5. discapacidades crónicas. Un alto porcentaje de las lesiones requiere tratamiento médico. También podemos incluir las lesiones a los niños puesto que con frecuencia son los niños que se lastiman mientras tratan de defender a sus madres, la violencia también puede producir embarazos no deseados (violación). 1.3.2 CONSECUENCIAS PSICOLÓGICAS: En el caso de las mujeres golpeadas o agredidas sexualmente, el agotamiento emocional y físico puede conducir al suicidio o también puede ocasionarse problemas de salud mental ya que las mujeres maltratadas experimentan el sufrimiento psicológico. Muchas están deprimidas o ansiosas, mientras otras muestran síntomas del trastorno de estrés postraumático. Es posible que estén fatigadas en forma crónica, pero no pueden conciliar el sueño; pueden tener pesadillas o trastornos de los hábitos alimentarios; recurrir al alcohol y las drogas para disfrazar su dolor; o aislarse y retraerse, sin darse cuenta, parece, que se están metiendo en otro problemas, aunque menos graves, pero dañino igualmente. La violación y el maltrato sexual del niño pueden causar daños psicológicos similares. Un episodio de agresión sexual puede ser suficiente para crear efectos negativos duraderos, especialmente si la víctima no recibe posteriormente apoyo adecuado. Al igual que la violencia contra la mujer en el seno familiar, el maltrato del menor suele durar muchos años y sus efectos debilitantes pueden hacerse sentir en la vida adulta. Por ejemplo, la pérdida de autoestima de la mujer que ha sido maltratada en la niñez puede traducirse en un mínimo de esfuerzo para evitar situaciones en que su salud o seguridad estén en peligro. Ser víctima de violación o abuso sexual es una experiencia muy traumática y sus consecuencias pueden prolongarse para toda la vida. Víctimas (mujeres, niñas y niños) que han sufrido ataques sexuales describen los siguientes sentimientos: 7
  • 6. Temor, culpa, desvalorización, odio, vergüenza, depresión, asco, desconfianza, aislamiento, marginalidad, ansiedad y se sienten diferentes a los demás. Es un mito que la violencia sexual la ejercen solamente extraños, muchas violaciones y abusos son cometidos por hombres que la víctima conoce, incluyendo parejas y amigos íntimos, pues existe la errónea creencia que es la víctima quien lo provoca. 2 2.1 FEMINICIDIO DEFINICIÓN: De acuerdo a la definición establecida por la ONU el femicidio es: “El asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que ocurre tanto en el ámbito privado como en el espacio público”. La declaración agrega que éste “comprende aquellas muertes de mujeres a manos de sus parejas, ex parejas o familiares, asesinadas por acosadores, agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción del femicida”. El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de algunas de las víctimas. No todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los hay seriales e individuales, algunos son cometidos por conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares, visitas, colegas y compañeros de trabajo; también son perpetrados por desconocidos y anónimos, y por grupos mafiosos de delincuentes ligados a modos de vida violentos y criminales. Sin 8
  • 7. embargo, todos tienen en común que las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables. Y, desde luego, todos coinciden en su infinita crueldad y son, de hecho, crímenes de odio contra las mujeres. 2.2 CAUSAS Celos 33.3% Violación sexual previa al homicidio 14.6% Resistirse a continuar o a regresar Con la pareja o ex pareja 8.2% Supuesta infidelidad de la víctima 6.3% Negarse a tener relaciones sexuales con el presunto victimario 4.2% 2.3 TIPOS 2.3.1 EL FEMINICIDIO ÍNTIMO: Se presenta en aquellos casos en los que la víctima tenía (o había tenido) una relación de pareja con el homicida, que no se limita a las relaciones en las que existía un vínculo matrimonial sino que se extiende a los convivientes, novios, enamorados y parejas sentimentales. En el feminicidio íntimo también se incluyen los casos de muerte de mujeres a manos de un miembro de la familia, como el padre, el padrastro, el hermano o el primo. 2.3.2 EL FEMINICIDIO NO ÍNTIMO: Ocurre cuando el homicida no tenía una relación de pareja o familiar con la víctima. En esta categoría se incluye la muerte perpetrada por clientes (tratándose de las trabajadoras sexuales), por amigos o vecinos, por desconocidos cuando se ataca sexualmente a la víctima antes de matarla así como la muerte de mujeres ocurrida en el contexto de la trata de personas. 9
  • 8. 2.4 CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO: Muerte de mujeres en edad productiva, traumas en las familias, cientos de niños y niñas huérfanos, quedando afectados de por vida en sus emociones, afectividad y en su forma de pensar, cultura de violencia aprendida, depresión, estrés post-traumático, pobre expectativa de vida en pareja y familia como proyecto social. 3 3.1 FEMINICIDIO EN EL PERU ANTECEDENTES DEL FEMINICIDIO EN EL PERÚ Los primeros dos países en contemplar el delito de femicidio fueron Suecia en1998 y España en 2004. También incorporaron en su legislación Costa Rica, México, Guatemala, Colombia, Chile y otros. Mientras que otros han elaborados proyectos en ese sentido. En el Perú hasta antes de promulgación de la Ley 29819 – Ley que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorpora el feminicidio, se ha creado el Portal de Feminicidio, a cargo del Ministerio Publico, máximo avance en el tema, que sin duda permite establecer la data de las muertes violentas de mujeres en nuestro país. 3.2 INTRODUCCIÓN El Feminicidio, caracterizado por ser un crimen de género, es realizado por agresores cuya intención es dominar, ejercer control y negar la autoafirmación de las mujeres como sujetas de derechos, a través del uso de la violencia. En el Perú, los estudios sobre el tema fueron iniciados por las organizaciones feministas, las conclusiones y datos de los mismos, fueron presentados de forma periódica a las autoridades contribuyendo con ello a poner el tema en la agenda pública. Es en el 10
  • 9. año 2009, que se empiezan a adoptar las primeras políticas públicas para evidenciar y prevenir el feminicidio en el Perú. Actualmente en el país se cuenta con estadísticas oficiales, que evidencian la magnitud del problema. Según el Ministerio Público, entre el 2009 y 2010, se registraron 283 Feminicidios; y entre enero y julio del 2011, se perpetraron 48. Cerca del 70% de estos crímenes corresponden a feminicidio íntimo. Así mismo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), informa de forma periódica los casos que se presentan y los resultados pueden observarse en el siguiente cuadro: AÑO 2009 2010 2011 OCT. 2012 Total de víctimas de feminicidio 139 121 93 63 Víctimas de feminicidio íntimo 95 92 68 54 Víctimas de feminicidio no íntimo 44 29 25 9 Tentativa de feminicidios 47 66 76 64 54% entre 57% entre 59% entre 54% entre Edad de las victimas 18 y 35 18 y 35 18 y 35 18 y años Relación victimario con el presunto años años años 58.9% 58.9% 58.9% 35 58.9% pareja o ex pareja o ex pareja o ex pareja o ex pareja pareja pareja pareja Fuente: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) Estos datos evidencian la prevalencia del crimen, sobre todo en adolescentes y mujeres adultas jóvenes. Aunque el cuadro deja notar una disminución de casos entre el 2009 y 2011, esto dependerá a su vez de la cantidad de tentativas de feminicidios registradas. El feminicidio, al no ser un hecho aislado sino 11
  • 10. consecuencia del continuum de violencia en el que cotidianamente viven las mujeres, se presenta como un constante riesgo. 3.3 TIPIFICACIÓN DEL FEMINICIDIO La tipificación del feminicidio como delito autónomo, generó un debate con opiniones a favor y en contra. Desde la lectura de las principales organizaciones de mujeres, se consideró que la incorporación de este crimen en la normativa penal, tiene y tuvo varias ventajas. En primer lugar, permitió posicionar el tema en su especificidad y poner en evidencia factores y contextos que tradicionalmente no se toman en cuenta cuando se investigan y juzgan los homicidios. De otro lado, abrió la oportunidad de colocar a la mujer como sujeta de protección y a la sanción de la violencia de género como un propósito en sí. En tercer lugar, brindó herramientas para la incidencia con autoridades, y permite actualmente movilizar acciones para exigir la debida diligencia. Aunque durante el 2009 y 2010, se presentaron proyectos legislativos, es durante el 2011, que la agenda pendiente de modificación del Código Penal, abrió la posibilidad de colocar en la escena política el debate para la tipificación de este crimen. No obstante; las resistencias para crear normativas que coloquen a las mujeres como sujetas de derecho, permanecieron, así como las tendencias a proteger los entornos familiares por encima del derecho individual de las mujeres a vivir sin violencia. En ese sentido, no sorprendieron las argumentaciones de legisladores y autoridades que se opusieron a la tipificación, las mismas que señalaron que: La tipificación de este delito es un acto de discriminación. No se pueden hacer distinciones entre varones y mujeres al momento de aplicar la ley. Los hombres sufren más asesinatos que las mujeres. Ya existe una figura penal para sancionar el homicidio. Ante esta situación, las organizaciones de mujeres continuaron afianzando el debate por la tipificación del feminicidio, y es el Ministerio de la Mujer quien 12
  • 11. presenta un proyecto de Ley, el cual propuso modificar el artículo 107 del Código Penal, sobre parricidio. Esta propuesta fue aprobada el 01 de diciembre del 2011, por el Congreso de la República con 90 votos a favor, 2 en contra y 14 abstenciones, y finalmente, promulgada el 27 de diciembre del mismo año. Artículo Único. Modificación del artículo 107 del Código Penal: Modificase el artículo 107 del Código Penal, en los términos siguientes: “Artículo 107. Parricidio/Feminicidio: El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quién es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quién esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años. La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando concurran cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 108. Si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre de feminicidio.” 3.4 NUEVA LEY DE FEMINICIDIO 21 de junio de 2013.- Con 80 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, se aprobó en el Pleno del Congreso de la República, la ley de feminicidio (propuesta por el Poder Ejecutivo a iniciativa del MIMP, a través de la Dirección General contra la Violencia de Género y el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual), la cual plantea incorporar el artículo 108-A al Código Penal, para castigar dicho delito con penas de hasta cadena perpetua. La diferencia con la anterior ley en que sólo se sancionaba el feminicidio si la víctima había sido la cónyuge, conviviente o si estuvo ligada al autor por una relación análoga. 13
  • 12. Con esta modificación se podría sancionar hasta con cadena perpetua al autor del delito, si es que además concurrieran dos o más agravantes. Entre las agravantes se consideran la minoría de edad, el estado de gestación o cuando la víctima se encontrase bajo el cuidado o responsabilidad del feminicida; o si fue sometida previamente a violación sexual, a un acto de mutilación, o padecía de cualquier tipo de discapacidad o se encontraba en situación de vulnerabilidad. Asimismo, se acordó en el Pleno del Congreso que la reincidencia sea considerada agravante, en cuyo caso el juez aumentaría la pena en no menos de dos tercios por encima del máximo legal fijado para el tipo penal hasta la cadena perpetua. 4 EL FEMINICIDIO EN AMÉRICA LATINA En la mayoría de las legislaciones, el feminicidio ha sido reconocido e incorporado en leyes especiales (que no integran el Código Penal). Costa Rica, lo efectúa con la dación de la Ley para la Penalización de la Violencia contra las Mujeres, ley que penaliza y sanciona diversas formas de violencia contra las mujeres, como practicas de discriminación por razón de género específicamente en una relación de matrimonio, en unión de hecho declarado o no; habiéndose establecido en su artículo 21 de la referida ley. “Se le impondrá pena de prisión de veinte a treinta y cinco años a quien dé muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no” En esta misma orientación, Guatemala al emitir la Ley Contra el Feminicidio y otras formas de Violencia Contra la Mujer, (ley especial) en su artículo 6 estableció 14
  • 13. “comete el delito de femicidio quien, en el marco de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, diere muerte a una mujer, por su condición de mujer, valiéndose de cualquiera de las siguientes circunstancias: Haber pretendido infructuosamente establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima. Mantener en la época en que se perpetre el hecho, o haber mantenido con la víctima, relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral. Como resultado de la reiterada manifestación de violencia en contra de la víctima. Como resultado de ritos grupales usando o no armas de cualquier tipo. En menosprecio del cuerpo de la víctima para satisfacción de instintos sexuales, o cometiendo actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de mutilación. Por misoginia. Cuando el hecho se cometa en presencia de hijas o hijos de la víctima. Concurriendo cualquiera de las circunstancias de calificación contempladas en el Art. 132 del Código Penal.” Por otro lado, Chile incorpora el feminicidio al Código Penal, a través de la Ley 20480, publicado el 18 de diciembre del 2010, Ley que modifica el Código Penal y la Ley Nº 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, estableciendo el "femicidio", y aumentando las penas aplicables a este delito y reforma las normas sobre parricidio, incorporando al artículo 390 del Código Penal, el siguiente texto: "Si la víctima del delito descrito en el inciso precedente es o ha sido la cónyuge o la conviviente de su autor, el delito tendrá el nombre de femicidio." México también incorporo en su Código Penal el feminicidio. 15
  • 14. CONCLUSIONES El está presente en la familia como centro de la socialización primaria y transmisora de la cultura, de normas, y formas de comportamiento, es el lugar donde se toman los primeros modelos de masculinidad y femineidad que serán determinantes en la constitución de las personas, están también involucradas las instituciones de la Iglesia, la Escuela, y los grupos que cumplen esa misma función en la socialización secundaria. Los casos tratados de algunas mujeres, a diferencia de los hombres, presentan trabajos más estables e incluso mejor remunerados. Esta independencia económica permitiría a las mujeres en ocasiones rebelarse contra sus parejas, generando que muchos hombres luchen por mantener el poder y control. Este desajuste estructural ocasiona conflictos entre ambas partes, que pueden materializarse en insultos, golpes, violaciones y feminicidios. Las mujeres que sufren violencia doméstica se encuentran generalmente dentro de las que no pueden salir de una relación, ya que no tienen apoyo económico, ni psicológico, ni redes sociales de apoyo que las ayuden para escapar. Terminan entonces sobreviviendo y manteniéndose en estas relaciones violentas por falta de oportunidades y temor, que pueden entremezclarse con sentimientos de compasión, vergüenza, culpa e incluso por algún tipo de atadura. Estos crímenes esconden su real magnitud bajo las faltas de denuncias por parte de las mujeres ya sea por temor, vergüenza o culpa. También se esconden bajo formas de juzgar y nombrar del Poder Judicial, los operadores de justicia, los medios de comunicación y la sociedad en general; que encubren y exculpan al asesino. Pasan así por parricidios, homicidios simples, homicidios por emoción violenta, crímenes pasionales, lesiones graves o leves, etc. Es importante nombrar el feminicidio como tal. Hacer uso de su nombre resalta las implicancias y ayuda a interiorizar en las personas las graves consecuencias de este fenómeno, ya que solamente conociéndolo, podemos tener una postura crítica en contra de él. 16
  • 15. REFERENCIAS REFERENCIAS ELECTRONICAS 1. Observatorio de criminalidad del Ministerio Publico Fiscalía de la Nación (2009) Estadísticas de feminicidio en el Perú Recuperado de: http://www.mpfn.gob.pe/descargas/observatorio/estadisticas_/20120227165 439133037967942059440.pdf 2. Flora Tristán (2005) Reporte de feminicidio en el Perú Recuperado de: http://www.flora.org.pe/investigaciones/feminicidio.pdf 3. Observatorio de criminalidad del Ministerio Publico Fiscalía de la Nación (2011) Boletín semanal de feminicidio en el Perú Recuperado de: http://www.unfpa.org.pe/WebEspeciales/2012/Noviembre2012/NoViolencia/ Documentos/ultimo%20boletin%20feminicidio%20MP.pdf 4. Flora Tristán (2012) El Feminicidio en el Perú, caminos recorridos y retos para su prevención y sanción Recuperado de: http://www.flora.org.pe/web2/index.php?option=com_content&view=article&i d=564:el-feminicidio-en-el-peru-caminos-recorridos-y-retos-para-suprevencion-y-sancion&catid=70:desde-flora-tristan&Itemid=100 5. Jimena Sánchez Barrenechea (2011) “Si me dejas, te mato” El Feminicidio Uxoricida En Lima recuperado de: http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/123456789/1402/Si%2 0me%20dejas,%20te%20mato.%20El%20feminicidio%20uxoricida%20en% 20Lima.%20Tesis%20de%20licenciatura%20en%20Sociolog%C3%ADa%2 0de%20Jimena%20S%C3%A1nchez%20Barrenechea.pdf?sequence=1 17