REINGENIERA, GESTION DE ADMINISTRACION CONTEMPORANEA
Webinar Reforma Fiscal 2014
1.
2.
3. Dividendos y CUFIN
• Incorporación de una tasa del 10% adicional
• Retención a accionistas personas físicas y residentes en el extranjero
• No importa si dividendo provienen de CUFIN
•Disposición Transitoria:
•Registro de CUFIN hasta 2013
•Otro registro de CUFIN a partir del 1-01-2014
•Posible tasa efectiva de personas físicas de un 42%
•Pago definitivo. Posibilidad de amparo y controversia
•Estrategias pago de dividendos en 2013
4. Beneficios a los trabajadores
• Pagos que a su vez sean ingresos exentos para trabajadores solo hasta por
un 47%
•Horas Extras
•Aguinaldo
•Previsión Social
•Seguros de gastos médicos y vida
• Aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones
• El porcentaje de deducción será del 53% cuando las prestaciones otorgadas a
los trabajadores no se disminuyan respecto a al año anterior
• PTU. Posibilidad de efectuar la deducción al 100% de ingresos exentos
• Tesis SCJN. Deducciones estructurales y no estructurales. Posibilidad de
amparo y controversia.
5. Deducciones
•No Deducibles
•Cuotas obreras del IMSS pagados por el patrón
•Requisitos adicionales en Vales de despensa
•Que sean entregados a través de monederos electrónicos
autorizados por el SAT
•Donativos a Entidades Federativas y Municipios sin exceder del 4%
•El tope anual global continúa en 7%
•Deducciones de consumos en restaurantes: 8.5%
•Inversión en automóviles: $130,000.00
6. Deducciones
•Renta de automóviles: Límite diario de $200.00
•Estímulos Fiscales:
•Contratación de adultos mayores equivalente al 25%
de su salario pagado
•Fomento al primer empleo. Sujeto al cumplimiento de
ciertos requisitos
•Deducción lineal para erogaciones en períodos preoperativos, tratándose de la explotación de yacimientos
de minerales
7. Otros:
Se eliminan algunas opciones para calcular el ISR corporativo y
ciertos estímulos fiscales:
• Enajenaciones a plazo – ya no se pueden diferir el ingreso.
Acumulación conforme a devengado
• Permanece la opción tratándose de arrendamiento financiero
• Nuevos requisitos en enajenación de parcelas y ejidos
• Obligación de hacerlas ante fedatarios públicos
• Acreditar la calidad del ejidatario original demostrar la primera
venta
8. Otros:
• Deducción Inmediata – se elimina
• Inversiones de 2013. ¿Se pueden deducir en 2014?
• Se mantiene para el caso de inversiones en equipo
para para generación de energía de fuentes
renovables o de sistemas de cogeneración de
electricidad eficiente
• 100% para adaptaciones que impliquen mejoras o
adiciones al activo fijo, para facilitar el acceso y uso a
personas con discapacidad
9. Otros:
•
Desarrolladores: si optan por deducir el terreno se acumulará en 3 años si no lo
enajenan
•
•
Permanece opción para deducir gastos conforme a estimaciones
SIBRAS: se elimina la opción para diferir el ISR
•
Deberá acumular la ganancia diferida cuando se den los supuestos previstos o
a más tardar el 31 de diciembre de 2016
•
FIBRAS
•
Contratos de arrendamiento sobre montos variables no excedan del 5% de los
ingresos
•
•
Obligaciones de registros
Fondos de Pensiones del extranjero:
•
No estarán exenta la enajenación de terrenos e inmuebles que se realice con
motivo de actividades empresariales
•
Inmuebles deberán mantenerse por lo menos 4 años para poder gozar de
exención.
10. Sector Financiero
• Reporte anual de depósitos en efectivo por monto mensual >
$15,000.00
• Como resultado de abrogación de Ley de IDE
• Cumplimiento de información general de clientes (RFC, fecha de
nacimientos, etc.)
• Verificar inscripción en RFC
• Se elimina la retención del 5% sobre la venta de acciones en Bolsa
• Se mantiene retención sobre capital: 0.60% anual
• Iniciativa se proponía con base en devengado
11. Personas Físicas
•Incremento en tasas
•Gradual
•De $392,841.97 a $750,000.00 – 30%
•De $750,000.01 a $1,000,000.00 – 32%
•De $1,000,000.01 a $3,000,000.00 – 34%
•De $3,000,000.01 en adelante – 35%
•Se puede llegar a una tasa efectiva del 42%
•Limitante de deducciones personales al 10% de ingresos totales (sin importar
si hay ingresos exentos) o $94,500.00, el que sea menor
•Posibilidad de amparo y controversia
•Teoría SCJN. Mínimo vital
12. Personas Físicas
•ISR definitivo a una tasa del 10% para:
•Ganancia neta anual por venta en acciones de bolsa
de emisoras mexicanas
•Pérdida. 10 años contra mismo tipo de ingresos
(cedulares)
•Límite de exención en enajenación de casa habitación
hasta $3,500,000.00
•Siempre que no se hubiera enajenado otra casa
habitación (exenta) en los 5 años anteriores.
13. • Base: Se iguala el procedimiento de la utilidad fiscal para fines de ISR
• Se aclara que no se incluirá la amortización de pérdidas y la propia PTU
pagada en el ejercicio
• Se incluye deducción del 53% o 47% por no deducibles de ingresos
exentos del trabajador. Dependiendo de las consideraciones antes
señaladas.
• Las instituciones educativas deberán ser donatarias autorizadas para
tributar como personas morales con fines no lucrativos
• Se permite la realización de actividades para influir en la redacción de
disposiciones legales (actividades de cabildeo)
• Asociaciones deportivas reconocidas por la CONADE y miembros del
Sistema Nacional del Deporte
14. • Pagos NO deducibles a Partes Relacionadas que
tengan control, por concepto de:
•Regalías, Asistencia Técnica, Intereses
•Supuestos de no pago de ISR
•Transparentes, inexistentes y no acumulación
•Cuando también sean deducibles para una Parte
Relacionada residente en México o en el extranjero y
no se acumulen los ingresos.
15. • Obligación de presentar dictamen o información (error en redacción)
• SAT autorizado para solicitar prueba de doble tributación y que el ingreso
grava en el país del receptor
• Acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero
• Fórmulas para su determinación
• Cedular por país
• Se elimina registro de bancos
• Impuesto definitivo del 10% sobre ganancia en enajenación de acciones en
Bolsa
16. Régimen Simplificado
•
Autotransporte
•
Sector Primario
•
Cooperativas de Producción
Consolidación fiscal
•
Se elimina el régimen conocido hasta el 2013
•
Se establece un “nuevo régimen” (Régimen de Integración Fiscal)
•
•
•
Tributar por 3 años y pagar el impuesto diferido
Nuevas reglas
Se establecen los procedimientos para pagar el impuesto diferido por la
consolidación hasta 2013
•
El impuesto se pagará en 5 ejercicios
•
Procedimientos contenidos en:
a) Regla Miscelánea
b) Artículo Transitorio nueva LISR
c) Artículo 71-A LISR vigente hasta 2013
17. • Se incluye a las SOFOMES para efectos del tratamiento en materia de
intereses
• Se homologa el tratamiento aplicable al transporte aéreo internacional de
bienes al de personas
• Tasa general del 16% (incluye zona fronteriza)
• Personas físicas de régimen de incorporación fiscal – pagos bimestrales
• Faltante de inventarios, efecto cuando la autoridad o el contribuyente
reconozca el faltante
• Eliminan tasa 0% a servicios de hotelería a extranjeros
• Operaciones realizadas en 2013 pero cobradas en 2014
• Tasa del 16% salvo que se cobre en los primeros 10 días del año
18. •
Bebidas saborizadas con azúcares: $1.00 por litro
•
En caso de polvos, jarabe, extracto, concentrado, esencias o extractos de
sabores: dependiendo de su rendimiento al diluirse
•
•
•
Se exceptúan medicinas y sueros orales
Bebidas energetizantes y saborizadas, sujetas de IEPS adicional al ya existente
Se establece una tasa del 8% a la enajenación e importación de alimentos no básicos
con alta densidad calórica
•
•
SAT publicará listado de alimentos básicos en reglas misceláneas
Impuestos ambientales:
•
Impuestos a emisiones: tabla conforme a emisión
•
Impuestos a plaguicidas: 6-9% conforme a tabla
•
Actualización de impuestos en gasolinas
•
Operaciones 2013 pero cobradas en 2014
•
Se aplicará la nueva tasa salvo que se cobre en los primeros 10 días
19. Nueva visión de fiscalización
• Dictamen optativo
• ingresos superiores a $100,000,000, ó
• Activos superiores a 79 millones de pesos, ó
• Mínimo de 300 empleados al mes
• Responsabilidad solidaria
• Ingresar mensualmente contabilidad en la página del SAT
• Información mensual de operaciones
• Comprobantes fiscales digitales por internet
• Información de cuentas, depósitos y préstamos (a través de entidades financieras)
• Corrección de datos al RFC con base en evidencias que la autoridad recabe, incluso
de terceros
• Se elimina declaratoria de saldos a favor de IVA
• Buzón Tributario
• Revisiones electrónicas
20. Responsabilidad Solidaria
• Socios o accionistas – control efectivo
• % participación en el capital social X contribución omitida (parte no
cubierta)
• Supuestos específicos
• Albaceas o representantes de la sucesión
• Contribuciones causadas durante su encargo
Comprobantes fiscales digitales
• Se eliminan opciones de comprobantes impresos y simplificados
• Se incluyen a los que amparen la retención de contribuciones (reglas)
• Emisión de comprobantes por pago de nóminas
• Obligación de expedirlos por devoluciones, descuentos ó bonificaciones
• La representación impresa del comprobante fiscal digital únicamente presume la
existencia del mismo
• Nuevas causales para dejar sin efecto certificados de sellos o firmas digitales
21. Medidas drásticas para operaciones inexistentes. Nuevo procedimiento
• SAT notifica mediante buzón tributario
• Audiencia – documentos e información (15 días)
• Valoración de pruebas y resolución (5 días)
• SAT publicará lista en el DOF, de contribuyentes que emitan comprobantes
sin sustancia (30 días después de resolución)
• Consecuencias:
• Comprobantes sin efecto fiscal alguno, declaración complementaria o
acreditar ante la autoridad
• Sanciones penales:
• Quien adquiera, emita o venda comprobantes por operaciones
inexistentes
• Las operaciones serán actos o contratos simulados
22. Buzón Tributario
• Notificar cualquier acto o resolución
• Obligación de presentar cualquier solicitud, aviso o cumplimiento de requerimiento
• Obligación de consultar el buzón dentro de los 3 días siguientes a aquél en que
reciban aviso electrónico
• Facultad de la autoridad de notificar personalmente o a través del buzón
• Notificaciones electrónicas:
• Aviso de correo electrónico, 3 días siguientes para abrir los documentos digitales
• La notificación cuando se autenticó (acuse de recibo electrónico) o el 4º día
siguiente al aviso
• Vigencia:
• Personas Morales: 30 de junio de 2014
• Personas Físicas: 1º de enero de 2015
23. Secreto Fiscal
• Lista de contribuyentes incumplidos – excepción
• Créditos fiscales firmes
• Créditos fiscales exigibles no pagados o garantizados
• Inscritos al RFC no localizados
• Créditos fiscales condonados
• Sentencia condenatoria ejecutoria por delito fiscal
• Créditos fiscales cancelados por incosteabilidad
• Procedimiento de aclaración – 3 días
24. Revisiones Electrónicas
• Se emite preliquidación por parte del SAT
• Opción de:
• Desvirtuar
• Corrección
(multas
reducidas,
20%
de
las
contribuciones omitidas)
• Se puede tener un segundo requerimiento y compulsas con
terceros
• Se emite la liquidación por parte del SAT
• La liquidación se vuelve definitiva si no se aportan pruebas
25. Contabilidad a través de medios electrónicos
• Finalidad de tener un sistema único para una mejor fiscalización
• Disponible en el domicilio fiscal
• Integrar mensualmente información en la página del SAT
• Entrada en vigor escalonada conforme a reglas que emitirá el
SAT
• Información de operaciones
• Conforme lo que señale la forma oficial
• Si hay errores o incompleta, se tendrán 30 días para
complementar o corregir
• Subsiste obligación de informar clientes y proveedores
26. Facultades de comprobación
•
La autoridad debe informar a los órganos de dirección de personas morales , los
hechos u omisiones que vaya conociendo
•
Compensación de saldos a favor en el ejercicio revisado
•
Podrá requerir la documentación que acredite el origen y procedencia del saldo
a favor
•
Ejercicios en que se reciban cantidades en préstamos, otorgados o recibidos
•
Documentación comprobatoria
Acuerdos Conclusivos
•
Intervención PRODECON entre autoridad y contribuyente
•
Beneficio: 100% condonación de multas
•
Resolución de carácter definitivo y no procede medio de defensa
•
Acuerdo entre partes no genera precedente para otros casos
•
Autoridad deberá respetar acuerdo
27. Domicilio Fiscal
• Nuevo supuesto para personas físicas
• Domicilio manifestado a entidades financieras y sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo (última opción)
• Sin efectos el aviso de cambio de domicilio cuando:
• No sea localizado
• No se considere domicilio fiscal
• Revisiones de Gabinete: se notifican en el último domicilio manifestado o domicilio
fiscal conforme a CFF
• Medidas severas frente a no localizados
• Embargo de cuentas bancarias
Garantía del interés fiscal
• Plazo: 30 días (antes 45)
Recurso de Revocación
• Plazo: 30 días (antes 45)
• Interposición a través del buzón tributario (obligatorio)
• Garantía: 10 días siguientes hasta que sea resuelto el Recurso
28. Embargo e Inmovilización de Cuentas
•
Aseguramiento de bienes (impedir el inicio o desarrollo de facultades)
•
Embargo precautorio
•
Embargo coactivo
•
No procede inmovilización de cuentas como primera medida, salvo en embargo
coactivo
•
Procedimiento único para inmovilizar cuentas y para levantar (plazos claros)
•
Aseguramiento superior a la determinación provisional si no se conocen las cuentas o
su saldo
•
Se limitan los supuestos para inmovilizar por créditos no garantizados
•
No localizado o se desocupe local
•
Garantía insuficiente
•
No amplia garantía
•
Bienes con valor insuficiente
29. Prescripción
•
Se mantiene la regla de 5 años pero sin exceder de 10 años, salvo que se encuentre
suspendido el plazo (no aplica interrupción)
•
Plazo máximo de 10 años aplica para créditos fiscales exigidos a partir del 2005
•
En el caso de créditos exigibles anteriores a 2005
•
SAT podrá hacer efectivo dentro de un plazo de 2 años
Delitos fiscales
•
Se adicionan como sujetos responsables de delitos fiscales
•
Se tenga calidad de garante
•
Derivado de contrato o convenio que implique una actividad independiente
•
Contrabando equiparado
•
Desaparezca del lugar
•
Declarar pérdidas fiscales inexistentes