1. PO LÍTICAS DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS. ANÁLISIS DE ESTRATEGIAS NACIONALES Ángela Acosta Seminario Internacional de Medicamentos Bogotá. Diciembre 3 de 2007
2. Los supuestos del modelo económico: Racionalidad: “soberanía del consumidor”. Información perfecta. Libre competencia. Todo es apropiado (intercambio de bienes privados). Un mundo de individuos libres en donde cada uno sabe qué es lo mejor para sí mismo y conoce cómo lograrlo con los recursos a su alcance. La intervención puede ser perjudicial y solo se justifica para garantizar la seguridad y la justicia.
3. POLÍTICA DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS SOCIEDAD CIVIL PROBLEMAS DE INFORMACIÓN FALLOS DE LA COMPETENCIA BIENES MIXTOS MERCADOS INCOMPLETOS EL MERCADO NO ES COMO LO PINTAN
12. ECONOMETRIA 1147 P.A. 2do Nivel ATC (95) 1er Nivel ATC (16) 3er Nivel ATC (259) 4to Nivel ATC (402) Productos (7200) CLASES TERAPEUTICAS ECONOMETRIA (303)
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18. CASO COLOMBIA REGIMEN GENERAL Se ratifica el régimen de Libertad Vigilada para los precios de todos los medicamentos que se comercializan a nivel nacional, con excepción de aquellos que entren al régimen de Libertad Regulada o Control Directo, de conformidad con lo establecido en la Circular, incluyendo todos los medicamentos de venta libre.
19. CASO COLOMBIA INCLUSION AL REGIMEN DE LIBERTAD REGULADA Se incluirán al régimen de Libertad Regulada de precios los medicamentos que en el registro sanitario el INVIMA autorice su venta bajo la condición de Fórmula Facultativa y cumplan con una cualquiera de las siguientes condiciones:
20. CASO COLOMBIA a. Que sea una medida necesaria para proteger la salud pública , en particular en relación con casos tales como el VIH/SIDA, tuberculosis, malaria y otras epidemias, así como circunstancias de extrema urgencia o emergencia nacional; b. Que se encuentre en una clasificación terapéutica relevante que tiene un índice de concentración Herfindal – Hirshman, tanto por valor en ventas como en unidades vendidas , superior a cero punto cuarenta y cinco (0,45)
21. CASO COLOMBIA c. Que al momento de su ingreso el medicamento al mercado carezca de sustituto . Estos medicamentos estarán en esté régimen por un (1) año, o hasta cuando la Comisión disponga de la información adecuada y suficiente para clasificarlos de manera definitiva de conformidad con los criterios establecidos en la Circular.
22. CASO COLOMBIA INCLUSION AL REGIMEN DE CONTROL DIRECTO Se incorporarán al régimen de Control Directo de precios los medicamentos que, el INVIMA autorice su venta bajo condición de Fórmula Facultativa, que hayan ingresado al régimen de libertad regulada, y su precio unitario reportado se encuentre por encima del precio de referencia.
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29. UNA DE LAS ARISTAS MÁS DEMANDAS DESDE LA SOCIEDAD ES INFORMACIÓN CLARA Y TRANSPARENTE
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Notas do Editor
PA se han reducido un 18 % las presentaciones un 56%. De los 42 p.a. retirados las penicilinas de amplio espectro suponen un 30%, y las sulfonamidas el 17%. Los 23 p.a. incorporados durante el estudio el 30% cefalosporinas, y 22% tanto macrólidos como quinolonas, luego entre los tres alcanzan aproximadamente el 75%.
Consumo medio 21,6 (0,8) DHD (DE) (1985-1989) Descenso -1,1 DHD -5%; (1990-1995) incremento + 2,3 DHD +11,1%; (1996-2000) descenso -2,7 DHD -11,7%. 1985-1989 disminuye cotrimoxazol, tetraciclinas y antb combinados a dosis fijas (fase IV PROSEREME, un programa de revisión de mercado emprendido por el MSC durante los años 80 que intentó eliminar los medicamentos obsoletos y las combinaciones irracionales). 1990-1995 introducción de nuevos macrólidos, cefalosporinas y fluoroquinolonas. 1996 mayor sensibilización del médico, descienden unos pocos subgrupos, penicilinas de amplio espectro, y en menor medida cotrimoxazol, tetraciclinas y cefalosporinas Variaciones regionales son muy ostensibles, tanto en tendencias como en los niveles de consumo.