3. LEY ORGÁNICA DE
REGULACIÓN Y CONTROL
DEL PODER DE MERCADO
• Ley Antimonopolio entró en vigencia 13 de
octubre de 2011.
• Decisión 608 CAN en vigencia julio 2005.
•Reglamento de la Ley Antimonopolio
• No ha sido nombrado el Superintendente.
• Ministerio de Industrias y Productividad sigue
conociendo viejos y nuevos casos.
4. ILEGAL
LA MONOPOLIZACIÓN
LORCPM prohíbe las conductas que implican:
• Monopolizar.
• Intento de monopolización.
• Acuerdos que tengan como fin alterar la libre
competencia.
5. Clasificación
Actos Anticompetitivos
Abuso de
Acuerdos Control de Ayudas Competencia
Poder de Desleal
Restrictivos Concentraciones Públicas
Mercado
6. ¿Cómo actúa?
Superintendencia
Procedimiento investigativo
1. De oficio
2. Por denuncia
Sanciones
Ordenes
Multas
Hasta 12% del volumen de
negocios
9. Acuerdos
Acuerdos que restringen la posibilidad de los
competidores de actuar independientemente.
Ilegal
• Cuotas de mercado.
• Precios de reventa y bilateralidad.
• Sistemas de distribución exclusiva:
Bienes o servicios.
Suministros (ej. piezas o componentes).
10. Acuerdos
• Ilegal:
• Pactos de no competencia.
• Negativa de ventas de otros proveedores.
• Exclusividad territorial.
• Legal
• Exenciones, normativa, autoevaluación.
• Acuerdo pro competitivo.
11. Acuerdos Anticompetitivos
• Acordar precios.
• Acordar descuentos.
• Acordar territorios.
• Impedir o dificultar el acceso o
permanencia de competidores actuales o
potenciales.
• Concertar posturas, abstenciones o
resultados en licitaciones, concursos o
subastas públicas.
• Cláusula general.
12. Caso Pollos - Perú
Concertación de precios en carne de pollo comercializado
vivo en Lima Metropolitana y el Callao.
Concertación de condiciones de comercialización y
volúmenes de producción.
Establecimiento de barreras de acceso al mercado y
desarrollo de mecanismos anticompetitivos.
Impedir el ingreso o forzar la salida del mercado de
algunos competidores (1995 a 1996).
Sancionados: Asociación Peruana de Avicultura (APA), y
19 empresas pertenecientes a los grupos
Ikeda, Bellido, Vidal, Quevedo, Soto y Choi Kay.
13. VW - PASSAT
Distribuidores:
1. Precio de venta
recomendado.
2. Limitación de
descuentos.
3. Efecto: Mantener
precio de Reventa.
15. Abuso de Poder de Mercado
Arts. 7 a 9
• Posición de poder de mercado no es
ilegal, sólo su abuso.
• Ilegal:
1. Abuso impida, restrinja, falsee o distorsione la
competencia.
2. O afecte negativamente a la eficiencia
económica.
3. O al bienestar general.
4. O a los consumidores.
16. Abuso de Poder de Mercado
Ejemplos:
• Aumentar márgenes de ganancia mediante la
extracción injustificada del excedente del
consumidor.
• Concentración de los medios de producción o
comercialización afecten a los productores
directos o a los consumidores.
• Venta condicionada o la venta atada.
18. Abuso de Poder de Mercado
• Adopción de condiciones desiguales con
3ros en situación análoga.
• Negativa injustificada a satisfacer demandas
de compra o venta.
• Incitación a bloquear a 3eros.
• Conductas que impidan o dificulten el
acceso o permanencia de competidores.
20. Carteles
• Ofensa más seria.
• Proponen que sea delito.
• Además de la fijación conjunta de precios
también:
1. Aumentar los precios periódicamente.
2. Fijar fórmulas para computar los precios.
3. No reducir precios sin avisar a los demás.
4. Eliminar descuentos o hacer descuentos
uniformes (etc.).
24. ¿Qué es una concentración?
• Un cambio duradero en el control de las
empresas afectadas, y por tanto en la
estructura de mercado.
– Concepto cualitativo: control.
– Se debe producir un cambio en la estructura de
mercado.
– Notificación previa.
• Monto que en RBU establecido la Junta de
Regulación.
• Adquiera o se incremente una cuota igual o
superior al 30% del mercado relevante.