Este documento resume las principales diferencias entre el Código Orgánico Procesal Penal de 2009 y el de 2012 en Ecuador. Describe cómo varios artículos fueron sustituidos y modificados, incluyendo cambios en los plazos de las etapas del proceso, la eliminación de figuras como los escabinos, y requisitos adicionales para actas y audiencias.
Análisis de las principales modificaciones entre el COPP 2009 y el COPP 2012
1. COPP
2009
VS
COPP
2012
POLITICA CRIMINAL
GRUPO Nro.03
ALEN, Jesus
DIAZ, Almir
MALAVE, Alfredo
QUERECUTO, Henry
2. COPP
2009
VS
COPP
2012
CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL
LIBRO SEGUNDO
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
3. COPP
2009
VS El artículo 300 fue sustituido por el 282.
COPP (Emisión de la Orden de Inicio)
2012
En esta se elimina la remisión al artículo 301 (que
pasa a ser el 283) que trata sobre la desestimación
por parte del Ministerio Público por duda razonable
sobre la naturaleza de los hechos, es decir, que no
revistan carácter penal.
4. COPP
2009
VS El artículo 307 fue sustituido por el 289
COPP (Prueba Anticipada)
2012
• Se ordena la presencia de un defensor público para
el acto, en el caso de no haber sido individualizado
el imputado.
5. COPP
2009
VS El artículo 313 fue sustituido por el 295
COPP (Duración de la Fase Preparatoria)
2012
• Donde se aumenta de seis a ocho meses, desde el
momento de la individualización del imputado, el
tiempo para que este o la víctima, puedan solicitar
al juez de control fijar un lapso prudencial para la
conclusión de la investigación, el cual no debe ser
menor a 30 días, ni mayor a 45 días en lugar de los
120 establecidos en la legislación anterior. En el
nuevo ordenamiento el legislador modifico el
mencionado lapso prudencial en un mínimo de un
año y hasta un máximo de dos por delitos graves
especificados en el contenido del artículo.
6. COPP
2009
VS El articulo 323 fue sustituido por el 305
COPP (solicitud de sobreseimiento)
2012
Es eliminada la audiencia a tales fines y tiene el juez
un lapso de 45 dias para decidir; debiendo notificar
a las partes y la victima (asi no se haya querellado)
de su decisión.
7. COPP
2009
VS El artículo 327 fue sustituido por el 309
COPP (Audiencia Preliminar)
2012
• Modifica parámetros tales como: en caso de
diferimiento el plazo no podrá exceder de 20 días,
en lugar de los10 previstos en la ley anterior. Se
elimina el diferimiento por incomparecencia de la
victima. Es eliminada la parte in fine del artículo
327 donde se especificaban variantes por las cuales
el juez debía regirse en el caso de incomparecencia
parcial de los acusados:
8. COPP
2009
VS Articulo 310 . Incomparecencias (Nuevo)
COPP Amplia la parte in fine del Ext. Art. 327.
2012
• De la victima.
• De la defensa privada.
• Del imputado con medida cautelar.
• Del imputado privado de libertad.
• En el caso de pluralidad de imputados.
• De la defensa publica o fiscal del ministerio
publico;
9. COPP
2009
VS El artículo 337 es sustituido por el 320
COPP (Interrupción de la Audiencia)
2012
• En caso de que la audiencia sea interrumpida se
amplía el margen para reanudarla a 16 días en lugar
de los 11 previstos en la legislación anterior,
pasado este lapso se debe iniciar nuevamente el
debate.
10. COPP
2009
VS El artículo 342 es sustituido por el 325
COPP (Fijación del Debate)
2012
• Desaparece lo concerniente a la constitución del
Tribunal Mixto (con escabinos) permaneciendo el
lapso para fijar audiencia y la orden de
comparecencia de todos los que deban asistir al
debate.
11. COPP
2009
VS El artículo 344 es sustituido por el 327
COPP (Apertura de Audiencia)
2012
• Desaparece la figura de los escabinos.
• Se establece que puede llevarse a cabo la audiencia
sin la presencia del acusado, en caso de
contumacia, asumiendo que renuncia a su derecho
a ser escuchado en audiencia, bastando la presencia
del defensor privado o público en caso de no asistir
el primero de los nombrados. De igual manera se
procederá en el caso del acusado en libertad que
injustificadamente no asista al debate.
12. COPP
2009
VS El artículo 354 es sustituido por el 337
COPP (Declaración de Expertos)
2012
• En caso de incomparecencia justificada de algún
experto, el mismo puede ser sustituido por otro de
igual cualidad.
13. COPP
2009
VS El artículo 361 es sustituido por el 344
COPP (Sentencia o Decision).
2012
• Trata del acto siguiente al término del debate,
donde desaparece la figura de la deliberación para
decidir al no existir tribunal colegiado (con
escabinos).
• El juez pasa a elaborar la sentencia y el mismo día
debe imponer a las partes de su contenido o por lo
menos de la parte dispositiva, en caso del supuesto
establecido en el primer aparte del artículo 347 del
COPP vigente.
14. COPP
2009
VS El artículo 365 es sustituido por el 347
COPP (Imposición de la Sentencia)
2012
• El nuevo ordenamiento establece que la sentencia
se dicta el mismo día de la conclusión del debate, o
por lo menos su parte dispositiva, en caso de ser
necesario diferir su redacción dada la complejidad
del asunto o lo avanzado de la hora. El
ordenamiento anterior establecía este acto
terminada la deliberación, figura esta ultima extinta
por lo ya expuesto.
15. COPP
2009
VS El artículo 368 es sustituido por el 350
COPP (Contenido del Acta del Debate o Audiencia)
2012
• Define los elementos mínimos que deben estar
mencionados en el Acta señalada e incluye, el
articulo nuevo, la mención de los medios
tecnológicos utilizados durante el debate, si los
hubiere, y para el registro de la audiencia.
(ejemplos: video beam, magnetófono o cualquier
medio de grabación o reproducción utilizado)