El documento divide los bienes en muebles e inmuebles. Los bienes muebles son aquellos que se pueden trasladar de un lugar a otro, mientras que los bienes inmuebles son fijos y no se pueden trasladar. Dentro de los bienes inmuebles se incluyen las construcciones permanentemente adheridas a la tierra.
2. Conjunto de
propiedades y
riquezas que
pertenecen a una
persona
Se dividen en
Y se clasifican en
Aquellos bienes
que se pueden
trasladar de un
lugar a otro
Aquellos bienes
fijos que no se
pueden trasladar
de un lugar a otro
Pueden cambiar de lugar
por si mismo o por fuerza
exterior
Art. 531
C.C.V
relación jurídica
entre una persona
y una cosa
Roca R.
(1.948)
Potestad que tiene
el acreedor de
exigir a un deudor
Construcción
permanentemente
adherida a la tierra
Art. 527
C.C.V
Cosa que a puesto
el propietario para
su beneficio
Art. 528
y 529
C.C.V
El derecho de propietario,
enfiteusis, usufructo, servidumbre
prediales hipotecas, reivindicar o
reclamar derecho de los
anteriormente nombrados
Art. 530
C.C.V
MUEBLES
BIENES
INMUEBLES
Por su naturaleza
Incorporales-
Derecho reales
Derechos
de Crédito
Por su naturaleza
Por su
destinación
Por el objeto a
que se
refieren
Son
Son
Son Y se clasifican en
Art. 1863
C.C.V