1. CIRCULAR GENERAL 01-2008.
La “CIRCULAR” es el mecanismo de comunicación oficial entre los titulares del Ministerio
de Educación y los centros oficiales y privados del país, a fin de orientar el desarrollo de las
actividades administrativas y pedagógicas de conformidad al marco jurídico y a las normas
vigentes. Según sea oportuno, el MINED emitirá una o varias circulares durante el año
lectivo.
A los directores(as), personal docente y administrativo de los centros educativos oficiales y
privados de Educación Parvularia, Básica, Especial y Media se les comunica lo siguiente:
Damos la bienvenida a la comunidad educativa al año escolar 2008, esperando que este nuevo año
esté lleno de muchos logros académicos, morales y espirituales.
La presente circular contiene información valiosa sobre el inicio del año escolar 2008 y
orientaciones sobre las actividades que repercuten en la vida escolar, por lo que es necesario que
todos los protagonistas de la educación la lean, analicen y la tomen en cuenta en su quehacer diario
dentro de los centros educativos.
ASPECTOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS EN LOS CENTRO EDUCATIVOS
2008: “Valor del año: La Libertad”
1. Como valor para este año se ha escogido “La Libertad”, es oportuno que en la planificación del
año escolar se considere hacer énfasis en este valor; los educadores(as) debemos hacer que “La
Libertad” sea una práctica que esté presente en nuestras instituciones y trascienda a la familia y
sociedad. En el Calendario Escolar 2008 se encuentran frases alusivas para que en cada mes se
pueda generar reflexión en los educandos y en la comunidad educativa. Es importante que
durante todo el año en los periódicos murales, formaciones generales y en los salones de
clases se orienten actividades que generen experiencias aplicables a la vida y contribuyan a un
mejor clima de respeto y libertad.
Matrícula escolar
2. El período de matrícula escolar para el año 2008, puede alargarse en casos especiales hasta el
28 de febrero, informando a las autoridades inmediatas. Es importante que durante el proceso
de matrícula se tenga presente lo siguiente: a) garantizar que toda la información del estudiante
quede registrada en la ficha de matrícula, b) evitar cobros de matrícula o cualquier cobro que
atente contra la gratuidad de la educación pública, El artículo 76 de la Ley General de
Educación establece”La educación parvularia, básica y especial es gratuita cuando la imparta
el estado”. “En los centros oficiales a que se refiere este artículo, queda prohibido impedir el
acceso o permanencia de los estudiantes por el no pago de contribuciones económicas o el no
uso del uniforme”. El sector privado se regirá de acuerdo a las cuotas autorizadas por el MINED
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2. 3. Es importante identificar al momento de la matrícula a los estudiantes que repiten, que tienen
sobreedad y los que requieran apoyos especializados para que la modalidad de administración
escolar local con la dirección escolar, gestionen los apoyos respectivos para los estudiantes.
4. Se debe tener presente que la educación es un derecho constitucional y no se debe negar
matrícula a estudiantes por ningún motivo, salvo que la capacidad instalada del centro
educativo esté completa, en cuyo caso, se establecerá comunicación con el centro educativo
cercano a fin de poder atender a los estudiantes, o remitir la información a la dirección
departamental.
Cumplimiento de los 200 días lectivos
5. “Día lectivo será aquel en que los educadores laboran con sus alumnos”, de acuerdo con el
Art.42 del Reglamento de la Ley de dela Carrera Docente. Para el año escolar 2008, los 200 días
lectivos inician el día lunes 14 de enero y finalizan el día miércoles 5 de noviembre. El
director/a deberá planificar sus labores administrativas y curriculares respetando lo establecido
en la ley, lo mismo debe hacer el personal docente con las actividades pedagógicas, en
consecuencia ningún centro educativo en cualquiera de los niveles educativos que ofrezca, podrá
interrumpir las jornadas laborales, salvo por motivo de fuerza mayor en cuyo caso se deberá
contar con la autorización respectiva.
Planeamiento didáctico
6. Los docentes deben elaborar su planeamiento didáctico tomando en cuenta lo establecido en el
PCC y los lineamientos curriculares que el MINED establece. El director/a debe garantizar que
el trabajo de los docentes sea guiado por el planeamiento didáctico. Se debe respetar el plan de
estudios y las cargas horarias en todos los niveles educativos.
Plan de Estudio de Educación Básica
Grados y Horas Semanales Cantidad de horas anuales por grado
Asignatura
1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8° 9° 1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8° 9°
Lenguaje 8 6 5 5 5 5 320 240 200 200 200 200
Lenguaje y
5 5 5 200 200 200
Literatura
Matemática 7 5 5 4 4 4 5 5 5 280 200 200 160 160 160 200 200 200
Ciencia,
Salud y
3 4 5 5 5 5 5 5 5 120 160 200 200 200 200 200 200 200
Medio
Ambiente
Estudios
3 4 4 4 4 4 120 120 120 160 160 160
Sociales
Estudios
Sociales y 5 5 5 200 200 200
Cívica
Educación
2 3 3 3 3 3 80 120 120 120 120 120
Artística
Educación
2 3 3 4 4 4 2 2 2 80 120 120 160 160 160 80 80 80
Física
Inglés 3 3 3 120 120 120
Total 25 25 25 25 25 25 25 25 25 1000 1000 1000 1000 1000 1000 1000 1000 1000
Nota: Los centros educativos del programa EDUCO, sustituirán el plan de estudio entregado en
la capacitación
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3. Materiales de apoyo educativo para docentes y estudiantes
7. Entre los meses de abril y mayo, se entregarán para docentes programas de estudio y guías
metodológicas para parvularia y primer ciclo de educación básica y dos documentos
normativos: Currículo al servicio del aprendizaje y Evaluación al servicio del aprendizaje.
8. Para estudiantes de parvularia se entregarán libretas de trabajo y en primer ciclo libros de texto
y cuadernos de ejercicio.
9. En el segundo semestre se entregarán a los docentes programas de estudio de segundo ciclo y
guías metodológicas de 4 asignaturas. Asimismo, a los estudiantes se les dotará de libros de
texto y cuadernos de ejercicios. Se espera que estos materiales sean utilizados en el año 2009.
Escuelas de Talentos, Certámenes Educativos y Festivales Artísticos
10. Se recuerda la importancia que tiene que cada comunidad educativa se motive a participar
atendiendo a las actividades presentadas en el calendario escolar. En cada certamen o concurso
se debe involucrar a todo el estudiantado, tomando como base el enfoque de atención a la
diversidad, asegurando una participación respetuosa y equitativa para todos.
EL PLANEAMIENTO Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL.
Proyecto Educativo Institucional (PEI) y Plan escolar Anual
11. Todos los centros educativos públicos deben tener su Proyecto Educativo Institucional (PEI),
para guiar su trabajo a largo plazo (cinco años) este debe ser un documento claro y de fácil
lectura que guíe el trabajo de toda la institución.
12. Las actividades principales definidas o redefinidas para éste año en el PEI deben estar
reflejadas en su Plan Escolar Anual (PEA) 2008, en consecuencia al iniciar el presente año
todos los centros públicos tendrán su PEA elaborado y compartido con la comunidad.
Organización del centro educativo
13. La modalidad de administración local debe garantizar la organización y funcionamiento efectivo
de su centro educativo. Es importante organizar el calendario de reuniones de la misma así como
de las actividades de cada mes de acuerdo al plan escolar anual del centro educativo.
Organización de los docentes
14. La organización de la planta docente debe hacerse sobre la base de la especialidad del docente,
experiencia y habilidades personales de acuerdo al grado a atender. Los docentes organizarán su
consejo de profesores, tal como la Ley lo establece, para tratar aspectos educativos. Para
dinamizar el trabajo escolar se deben organizar los equipos de trabajo: pedagógico, de gestión y
evaluación.
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4. Organización de los estudiantes
15. La organización de los estudiantes se concreta en el consejo de alumnos o gobierno estudiantil,
además, de las directivas de cada grado, esta organización no impide la organización de clubes
para dar respuesta a las necesidades detectadas en el diagnóstico institucional. Las actividades
de los alumnos serán coordinadas por los docentes y siempre tendrán el propósito de fortalecer
las condiciones para mejorar el aprendizaje.
Organización de los padres y madres
16. La organización de los padres y madres de familia se establece en los Comités de Desarrollo
Educativo, estos pueden ayudar a necesidades específicas y estarán enmarcadas en lo
planificado. Además de lo anterior, la organización incluye la escuela de padres y madres, la
cual cuenta con orientaciones específicas que serán proporcionados a los centros escolares.
17. La escuela de padres y madres es un programa institucionalizado por el MINED, sirve como
estrategia para potenciar la contribución de la familia en la formación integral y mejora de la
educación de los niños y niñas. Se debe incluir en el PEA y se recomienda organizar 10
sesiones al año.
Organización de los horarios de trabajo
18. En todos los centros educativos públicos del nivel de Educación Básica, se elaborará
un horario de trabajo en cada jornada evidenciando las cinco horas clase de cuarenta
y cinco minutos cada una y los cuarenta minutos destinados para el recreo, lo anterior, permitirá
el cumplimiento de las cargas horarias de las asignaturas básicas. Los horarios por jornada para
cada docente en el nivel de Educación Básica son: matutina de 7: 00 a.m. a 12.00 m y
vespertina de 1:00 a 6:00 p.m. y la nocturna de 6:00 a 8:50 p.m.
19. En el nivel de educación parvularia los horarios de los docentes son los mismos que en
educación básica y los horarios para estudiantes son: de 8:00 a 11:30 a. m. jornada matutina y
de 1:30 a 5:00 p.m. jornada vespertina; éstos se organizan por períodos didácticos, los cuales
tienen carácter flexible en su orden; se establece el horario siguiente para cada período: saludo
y actividades diarias 15 minutos, educación artística 30 minutos, educación física 30 minutos,
conversación 30 minutos, refrigerio 20 minutos, descanso 10 minutos, recreo 25 minutos,
aprestamiento 40 minutos, juego en zonas 30 minutos, despedida 10 minutos. El período de
educación artística debe darse tres veces a la semana y el de educación física dos.
20. En el nivel de Educación Media, los docentes que laboran de planta deben cumplir un mínimo
de 24 horas y un máximo de 28 horas de cuarenta y cinco minutos, laboradas con alumnos y
30 en total de permanencia. Las horas de diferencia entre las horas trabajadas con alumnos y las
de permanencia deben utilizarse siempre en actividades educativas de atención individual a los
alumnos, atención a padres y madres de familia etc. Estas horas serán distribuidas en horarios
de lunes a viernes.
21. Es responsabilidad de la dirección y subdirección de todo centro educativo el fiel cumplimiento
del horario de trabajo en cada día lectivo y el respeto de los 200 días lectivos.
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5. Organización de los espacios educativos
22. Los espacios educativos deben organizarse de acuerdo a los niveles, turnos y grados que se
atienden en la institución. Todos los espacios educativos deben estar limpios y habilitados, se
deberán tener funcionando espacios como: jardines, bodegas, laboratorios, salas informáticas,
áreas de descanso entre otras.
Sistema Nacional de Evaluación de Aprendizajes (SINEA)
23. Resultados PAES 2007: se informa a los centros educativos de educación media, que los
informes institucionales (carpetas) y los boletines de resultados de la PAES 2007 serán
entregados en el mes de enero 2008. Para la ECAP ordinaria 2007: se informa que el día 26 de
enero se realizará la aplicación de la ECAP ordinaria 2007 a los egresados de las carreras de
profesorado del país.
24. PAES Extraordinaria y pruebas de reposición: a todos los directores/as de centros educativos de
educación media se les informa que el período de inscripción para los estudiantes que realizarán
la prueba el próximo 26 de abril, será del 11 de febrero al 14 de marzo de 2008. Favor hacer
extensiva esta información a toda la comunidad educativa.
25. PAES de colegios internacionales y de calendario norte: a los directores de estos centros
educativos se les informa que el período de inscripción de estudiantes y aplicadores será del 25
al 29 de febrero de 2008. La reunión de carácter informativa se tiene prevista para el día 21 de
febrero de 2008.
Programa de Alimentación Escolar
26. Los directores(as) deben considerar la ejecución del programa en el plan escolar anual (PEA) y
para garantizar una buena atención a los beneficiarios se sugiere aplicar las orientaciones
establecidas en el Manual de Normas Técnicas y Administrativas del programa. Dicho
documento ha sido entregado al 100 % de los centros educativos beneficiarios del programa
escuela saludable.
27. Siempre que los centros educativos cuenten con el alimento para los estudiantes, éste se debe
entregar en todas las jornadas de trabajo en las cantidades especificadas, se debe dar atención
especial a fin de garantizar que los estudiantes tengan su alimento. Cuando por razones de
fuerza mayor no se consuma el alimento, debe comunicarse a las autoridades inmediatas para su
investigación y asistencia técnica.
28. La bodega de alimentos debe estar limpia y ordenada de acuerdo a las recomendaciones
establecidas, lo anterior para garantizar la calidad de los mismos y contribuir con su durabilidad.
Por ningún motivo debe regalarse alimento en crudo sin la debida autorización.
Plan de Protección Escolar
29. Todo centro educativo debe poseer su plan protección escolar, que le permita prepararse para
responder adecuadamente ante situaciones de emergencia, desastres y reducir la vulnerabilidad.
Para su elaboración e implementación, se recomienda involucrar a la comunidad educativa y
coordinar con las instituciones de servicios como Cruz Roja, Bomberos y las municipalidades
para solicitar el apoyo en la capacitación de la comisión y sus diferentes comités
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6. El director(a) y el seguimiento al trabajo del docente en el aula
30. De acuerdo con el Reglamento de la Ley de la Carrera Docente Art. 36. Lit. “d” es atribución y
obligación del director(a) de una institución educativa “Dar seguimiento pedagógico a los
maestros en las aulas, con propósito de observar su desempeño y proporcionar la ayuda técnica
necesaria.” Para realizar el seguimiento el director(a) debe haber organizado, planificado y
orientado el trabajo pedagógico de los docentes en función de lograr los objetivos propuestos
como institución, para mejorar el rendimiento académico de los estudiantes en todos los niveles
que el centro educativo atienda. En tal sentido, el principal responsable de velar por la calidad
de los servicios educativos en una institución es el director(a), como supervisor inmediato de los
docentes.
Transferencia de Presupuesto Escolar 2008
31. El primer desembolso del 50% se realizará en los meses de enero y febrero. Aquellas
modalidades que en diciembre del año 2007 no se les tramitaron los fondos, por no haber
cumplido con los requisitos establecidos o por razones de disponibilidad financiera, deberán
hacerlo en enero 2008.
32. El segundo desembolso del 50% se realizará en los meses de abril y mayo. El trámite del
segundo desembolso se iniciará en abril.
Prorroga para la liquidación de fondos del Presupuesto Escolar 2007
33. Las modalidades que recibieron fondos en los meses de septiembre a diciembre en concepto de
Presupuesto Escolar que a diciembre del 2007 no lo hayan gastado, se les prorroga el plazo para
continuar su ejecución y presentar la liquidación del mismo hasta el 28 de febrero del año 2008.
Los componentes que tienen la prorroga son:
-Fuente: Fideicomiso para la inversión en educación, paz social y seguridad ciudadana.
-Fortalecimiento para la gestión de la ACE y consejo de red.
-Reparaciones menores 2007.
- Planes de prevención 2007.
- Fortalecimiento de las redes efectivas 2007.
- Planes de mejora para centros de educación especial.
-Fuente: GOES, atención nutricional, reparaciones menores 2007.
Cumplimiento de la política de género
34. Todos los centros educativos deberán fomentar en sus planificaciones y actividades diarias con
los alumnos y alumnas el fomento de la igualdad de género, así debe evitarse toda práctica de
exclusión en la comunidad educativa por razones del género.
Respeto y aprecio al adulto mayor
35. En todas las instituciones educativas se fomentará en clases y en las actividades
complementarias durante todo el año, las distintas formas de aprecio y respeto para el adulto
mayor, asimismo, evitar el uso de frases, escrituras o dibujos que denigren al adulto mayor. Si
bien nuestro calendario escolar establece el mes de enero como el mes del adulto mayor, no
excluye que durante todo el año se realicen actividades y menciones honoríficas al adulto
mayor.
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7. Capacitación a las juntas directivas de las ACE y Consejos Directivos de Red
36. La capacitación se realizará entre el segundo y tercer trimestre de 2008. Las fechas específicas
se proporcionarán oportunamente.
De las ACE participarán los 5 integrantes de la junta directiva, de los Consejos Directivos de
Red participarán los Presidentes de las ACE y CDE de cada uno de los centros educativos
asociados a la red.
La capacitación será de 3 días en jornadas de 5 horas diarias. Es importante la asistencia
y puntualidad para desarrollar todos los contenidos de la capacitación.
Día Internacional de la Mujer
37. El 8 de marzo se celebrará el día internacional de la mujer, conmemoración que propicia la
realización de actividades que favorezcan el reconocimiento de los roles que desempeña la
mujer en la sociedad, su consideración y estima debe reflejarse en las actividades educativas
planificadas en los centros educativos.
Inicio del Programa de Alfabetización y Educación Básica de Adultos ( PAEBA)
38. Los círculos de alfabetización del PAEBA iniciarán en febrero, para lo cual se les solicita,
especialmente a los directores/as y miembros de la modalidad de los centros educativos, que
promuevan la participación de las personas jóvenes y adultas en los diferentes círculos, y
proporcionen espacios adecuados para el funcionamiento de los mismos.
Inicio de clases del Programa EDUCAME de la modalidad Educación a Distancia
39. El inicio de clases del año académico en la modalidad a distancia será el 14 de enero de 2008 y
la atención a los estudiantes de la modalidad de educación a distancia, será de 8 horas reloj, es
decir 10 horas clase, 2 horas de tutoría por asignatura.
El año académico en la modalidad de educación a distancia tendrá una duración de 8 meses, el
bachillerato durará 16 meses continuos y el tercer ciclo 24 meses continuos.
40. El estudiantado de segundo año deberá graduarse en el año 2008, ello implica que el horario de
atención debe ser ampliado, tomando en cuenta las condiciones y circunstancias de los
estudiantes. En el caso del estudiantado de tercer año, éstos pueden ser atendidos en el horario
normal, teniendo presente prever estrategias de refuerzo académico, en tiempos adicionales al
de las tutorías.
Apoyos Educativos para Asuntos Indígenas
41. A fin de apoyar el rescate cultural de nuestros antepasados (indígenas) en el país se sugiere a
directores y docentes de centros públicos y privados que se promueva al interior de cada centro
educativo y en las festividades anuales actividades como las siguientes: el rescate de nuestras
danzas, música e instrumentos autóctonos a fin de revitalizar el folklore salvadoreño.
Los centros educativos que imparten Educación Media
42. Según el artículo 6 de la Ley General de Educación, solo están autorizados a realizar procesos
de selección aquellos centros educativos cuya demanda sobrepase los cupos institucionales.
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8. 43. Ningún Centro Educativo público que ofrece bachillerato podrá cobrar a los estudiantes cuota
de matrícula, cuotas de escolaridad y cuota de graduación. Esta disposición tiene vigencia a
partir del 06 de diciembre del año 2007.
44. Todos los centros educativos públicos de Educación Media deberán contar con su plan escolar
anual y presupuesto institucional aprobados para ser beneficiados con la transferencia de
gratuidad de las cuotas de: matrícula, de escolaridad y de graduación.
45. Ningún centro educativo público podrá negar matrícula porque el solicitante sea mayor de
edad, estar casado o acompañado; sin embargo, se le debe orientar sobre las modalidades
flexibles que se han creado para esta población.
Sobre el uso de la infraestructura escolar y recursos del centro educativo
46. Recordamos a las modalidades educativas, directores y docentes, que el Artículo 78 de la Ley
General de Educación establece que “La infraestructura de los centros educativos oficiales no
podrá utilizarse para ninguna actividad ajena a la labor educativa y que no sea organizada por el
Consejo Directivo Escolar”. Además, el Art.55 de la Ley de la Carrera Docente establece como
faltas graves las siguientes: numeral 6) “Influir en las decisiones políticas partidistas y gremiales
de su subalternos y educandos” y numeral 9) “Ostentar en las escuelas u oficinas de trabajo
distintivos, emblemas u otros objetos que los acrediten como integrantes de un partido político”
47. Por lo tanto, se prohíbe el utilizar o prestar la infraestructura educativa y los recursos
institucionales para actividades que no se relacionan con la labor educativa, y principalmente se
prohíbe realizar actividades de carácter político en los centros educativos; de igual manera está
terminantemente prohibido utilizar distintivos o propaganda de partidos políticos al interior de
los centros educativos. Se considerará como falta grave el obligar a estudiantes y maestros a
participar en actividades políticas o proselitistas.
Reiteramos nuestro deseo de éxito para cada docente, personal administrativo y técnico que
laboran pensando en el futuro educativo de nuestros estudiantes.
San Salvador, 17 de enero de 2008.
DIOS UNIÓN LIBERTAD
Darlyn Xiomara Meza
Ministra de Educación
José Luis Guzmán Carlos Benjamín Orozco
Viceministro de Educación Viceministro de tecnología.
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9. MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y ACREDITACION INSTITUCIONAL
FICHA DE ACTUALIZACION DE DATOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS
INSTRUCCIONES GENERALES
1. UTILIZAR SOLO BOLÍGRAFO CON TINTA NEGRA. 4. LAS CASILLAS CUADRADAS DEBEN SER LLENADAS CON
2. NO UTILIZAR LAPIZ, PLUMON O PLUMA FUENTE. NUMERO O LETRAS DE MOLDE MAYÚSCULAS.
3. PARA CORREGIR UTILIZAR UNICAMENTE CORRECTOR 5. SE DEBE DEJAR UN ESPACIO ENTRE PALABRAS.
LIQUIDO BLANCO.
1. Nombre del centro educativo según acuerdo de creación:
2. Código del Centro Educativo según acuerdo de creación:
3. Dirección donde opera el centro educativo:
4. Departamento:
5. Municipio
6. Teléfonos:
7. Correo Electrónico :
8. El propietario del centro educativo es persona 9. Nombre del propietario del centro educativo (ya sea persona natural o jurídica):
jurídica: Apellidos:
Si
No
Nombres:
Persona Jurídica
10. 10. Si la propiedad del centro educativo corresponde a persona jurídica, indicar que tipo de institución es, de acuerdo con el acto de
constitución que le dio origen:
Asociación. Otra, especifique: ____________________.
Fundación. No Aplica.
Sociedad Anónima.
11. Si la propiedad del centro educativo corresponde a persona jurídica, indicar la finalidad o giro principal:
11. Si atendiendo a la naturaleza de la prestación de servicios de la persona jurídica propietaria del centro educativo, poseen Resolución de
Calificación del Ministerio de Hacienda (conforme a lo dispuesto en el Art. 46 literal “e” de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes
Muebles y a la Prestación de Servicios y al Art. 6 incisos 2º y 3º de la Ley de Impuesto sobre la Renta), favor anexar copia de dicha Resolución.
12. Si se declarara que el centro educativo es sin fines de lucro, anexar copia de los estatutos de “Fundación” o “Asociación” publicados en el
Diario Oficial y el acuerdo respectivo emitido por el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, del Ministerio de Gobernación,
la Nomina de Junta de Directiva y el Punto de Acta de Elección del Representante Legal de la Fundación o Asociación según sea el caso.
13. ¿En caso de impartir educación especial, cuenta el centro educativo con Acuerdo emitido por el Ministerio de Educación para el
ofrecimiento de esta modalidad educativa?
Si No No ofrece esta modalidad
(En caso de declarar que cuentan con autorización para el ofrecimiento de educación especial, anexar copia del Acuerdo que acredita dicha
modalidad)
Declaro bajo juramento que la información proporcionada en el presente documento es expresión fiel de la verdad y por lo tanto asumo la
responsabilidad correspondiente; acepto cualquier verificación que el MINED tenga a bien efectuar con relación a esta información; asimismo
declaro conocer el artículo 58 de la Ley General de Educación el cual expresa que “Los directores de los centros educativos y los responsables
de programas y proyectos educativos están obligados a proporcionar la información educativa, relativa a su institución, que les sea solicitada
por instancia autorizada del Ministerio de Educación”; y que conozco el artículo 284 del Código Penal, el cual dice “El que con el motivo del
otorgamiento o formalización de documento público o auténtico, insertare o hiciere insertar declaración falsa concerniente a un hecho que el
documento debiere probar, será sancionado con prisión de tres a seis años …”
F). _________________________________________________
(Nombre) ____________________________________________ (SELLO)
PROPIETARIO DEL CENTRO EDUCATIVO
NOTAS ACLARATORIAS:
PRESTACIONES DE SERVICIOS
“Artículo 46.‐ Estarán exentos del impuesto los siguientes servicios: … e) Educacionales y de enseñanza, prestados por colegios, universidades,
institutos, academias u otras instituciones similares; …” (Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios).
EXCLUSIÓN DE SUJETOS PASIVOS
“Artículo 6.‐ No son sujetos obligados al pago de este impuesto:
a) El Estado de El Salvador;
b) Las Municipalidades; y
c) Las Corporaciones y Fundaciones de derecho público y las corporaciones y fundaciones de utilidad pública”(Ley de Impuesto sobre la
Renta).
Se consideran de utilidad publica las corporaciones y fundaciones no lucrativas, constituidas con fines de asistencia social, fomento de construcción
de caminos, caridad, beneficencia, educación e instrucción, culturales, científicos, literarios, artísticos, políticos, gremiales, profesionales, sindicales y
deportivos, siempre que los ingresos que obtengan y su patrimonio se destinen exclusivamente a los fines de la institución y en ningún caso se
distribuyan directa o indirectamente entre los miembros que las integran.
La no sujeción de las corporaciones y fundaciones de utilidad pública deberá ser calificada previamente por la Dirección General de Impuestos
Internos y será revocada por la misma al comprobarse que se han dejado de llenar las exigencias anteriores. (Ley de Impuesto sobre la Renta).