SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 10
Baixar para ler offline
Intereses acumulables o




                                                                                                                    ARTÍCULOS
deducibles para efectos del ISR
L.C. Isaac Iván González Aguilar
L.C. Alí Soriano Cuevas




I. Antecedentes                                        La presente contribución tiene por objeto exponer,
                                                       de una manera clara y sencilla, los aspectos gene-



L
       os ingresos y gastos por intereses son con-     rales de la regulación jurídica de los intereses, su
       ceptos que encontramos con mucha fre-           definición para efectos del ISR y su importancia en
       cuencia en las operaciones de cualquier         la determinación del resultado fiscal de las Perso-
Persona Moral, basta con que ésta cuente con una       nas Morales, poniendo énfasis en los requisitos que
cuenta bancaria o tenga registrada alguna inver-       se deben cumplir para poder ser considerados en
sión. Debido a la diversidad de operaciones en que     una deducción autorizada, así como sus efectos
pueden presentarse y las modalidades que pueden        en la determinación del ajuste anual por inflación.
tomar, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) ha
ido evolucionando en su afán por contemplarlas         II. Definición del concepto de interés
todas y así establecer un tratamiento fiscal aplica-
ble a estos conceptos. Es en el Artículo 7-A de la     La palabra interés proviene del latín interest, sus-
LISR vigente a partir de 1987 donde por primera        tantivo del verbo interesse, el cual significa impor-
vez se establece qué debe entenderse por interés       tar. En términos generales, interés es el provecho,
para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y qué   rendimiento o utilidad que se obtiene del capital
conceptos deben considerarse como tales para es-       (dinero); en materia jurídica, es una compensación
tos efectos, mismos que han ido aumentando año         en dinero o en cualquier valor que recibe el acree-
con año.                                               dor en forma accesoria al cumplimiento de una
                                                       obligación.
    Derivado de lo anterior, es importante que las
empresas tengan un panorama general del trata-         III. Regulación civil y mercantil
miento fiscal aplicable a los intereses para efec-
tos de la LISR y así puedan identificar entre sus      Los intereses se encuentran regulados en materia
operaciones los conceptos que cumplen con las ca-      civil en el Código Civil Federal, principalmente en
racterísticas establecidas en el mencionado ordena-    el Capítulo relativo al mutuo (Artículos 2384-2397),
miento y aplicarles el tratamiento fiscal adecuado.    y en materia mercantil, en el Código de Comercio,
Lo anterior reviste gran importancia debido a que      en el Capítulo relativo al préstamo (Artículos 358-
el concepto de interés forma parte de la base del      364). En el Artículo 2384 del Código Civil Federal
ISR, tanto en el rubro de ingresos como en el de de-   se define que “El mutuo es el contrato por el cual
ducciones, motivo por el cual se debe ser muy cui-     el mutuante se obliga a transferir la propiedad de
dadoso en el adecua do manejo de este concepto.        una suma de dinero o de otras cosas al mutuario,


                                                                       NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396   17
quien se obliga a devolver a otro tanto de la mis-                   premios. Una de las principales fuentes de
ma especie y calidad”. Las variedades de este con-                   recursos que utiliza el gobierno para poder
trato son dos: mutuo simple y mutuo con interés.                     sufragar el gasto público es el endeudamien-
En este último se autoriza legalmente a devolver                     to interno, que cosiste en la emisión de una
una cantidad mayor, ya sea en dinero o en espe-                      serie de valores que son colocados entre el
cie. El interés pactado en el mutuo puede ser legal                  gran público inversionista con el fin de alle-
o convencional; el primero es de 9% anual, mien-                     garse de recursos frescos, que obligan a éste
tras que el interés convencional es aquel que fijan                  a pagar antes de la fecha de vencimiento el
los contratantes y puede ser mayor al interés le-                    valor nominal de dichos recursos más un ren-
gal. En materia civil, no se puede convenir que los                  dimiento pactado, mismo que para efectos
intereses se capitalicen y produzcan intereses. La                   fiscales es considerado interés.
capitalización consiste en considerar el interés de-
vengado como capital, el cual produce nuevos in-                     Al igual que los gobiernos, las compañías ne-
tereses, es decir, permite cobrar réditos de los rédi-               cesitan obtener recursos para seguir realizan-
tos, hecho jurídico conocido como anatocismo.                        do sus actividades. Pueden, por ejemplo, au-
                                                                     mentar el número de socios para que los de
   En materia mercantil, toda prestación pactada                     nuevo ingreso aporten más capital y así obte-
a favor del acreedor que conste por escrito reputa-                  ner un crédito colectivo mediante la emisión
rá interés (Artículo 361 del Código de Comercio).                    de obligaciones. Al emitir obligaciones, la com-
El interés legal será de 6% anual y puede ser en                     pañía obtiene recursos para la realización de
dinero o en especie. A diferencia del ámbito civil,                  sus operaciones, pero al mismo tiempo adquie-
en el mercantil se permite capitalizar los intereses.                re la obligación de pagar un interés fijo a los
                                                                     obligacionistas, los cuales no intervienen de
IV. Intereses para efectos de la Ley del Impuesto                    manera significativa en la vida de la sociedad:
Sobre la Renta                                                       “La obligación es una parte fraccionaria de
                                                                     un crédito colectivo; esto es, que supone la
Para efectos de la LISR, se consideran intereses los ren-            existencia de un crédito fraccionado en par-
dimientos de crédito de cualquier clase (Artículo 9°                 tes iguales, cada una de las cuales puede ser
de la LISR. Las cursivas son nuestras); esta defini-                 suscrita por una persona distinta”1.
ción se apega a las mencionadas anteriormente y
es aceptada en materia económica y jurídica. Por                 b) Los premios de reporto o los préstamos de
su parte, el término crédito se refiere a la transfe-               valores. El reporto es una operación de cré-
rencia de bienes —generalmente dinero— de una                       dito en la cual una persona denominada
persona a otra, para ser devueltos en un futuro,                    reportador adquiere por una suma de dine-
generalmente con el pago de una cantidad adicio-                    ro la propiedad de títulos de crédito y, con
nal, el cual se conoce con el nombre de interés.                    ella, la obligación de transmitir al reportado
                                                                    (persona quien presta el dinero) la propie-
   Adicionalmente, el Artículo 9° señala de ma-                     dad de otros tantos títulos de la misma espe-
nera enunciativa, mas no limitativa, una serie de                   cie en un plazo convenido y contra el reem-
operaciones que se consideran intereses para efec-                  bolso del mismo precio más un premio, es
tos fiscales, aun y cuando por su naturaleza no lo                  decir, una cantidad adicional que, para efec-
sean:                                                               tos de la LISR, se considera interés (Artículo

   a) Los rendimientos de deuda pública, bonos y
      obligaciones, incluidos descuentos, primas y          1
                                                                Cervantes Ahumada, Raúl, Derecho mercantil. Primer Curso.



         18    NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
259 de la Ley General de Títu-
  los y Operaciones de Crédito).

c) El monto de las comisiones que
   correspondan con motivo de
   apertura o garantía de un cré-
   dito.

d) El monto de las contrapresta-
   ciones correspondientes a la
   aceptación de un aval, al otor-
   gamiento de una garantía o a
   cualquier clase de responsabili-
                                                     entra anuncio ÚLTIMO QUE SALIÓ|
   dad, excepto cuando dichas                        pág. 89/N.C.F. 395 ECONOMÁTICA
   contraprestaciones deban ha-
   cerse a instituciones de seguros
   o fianzas.

  Como puede observarse, cual-
  quier contraprestación por la
  aceptación de un aval, el otor-
  gamiento de una garantía o
  cualquier responsabilidad debe-
  rá ser considerada interés,
  acumulable para quien lo cobre
  y deducible para quien lo pague.

  Por su parte, las contrapresta-
  ciones que se hacen a las instituciones de se-           ción, amortización o redención, cuando el
  guros o fianzas se consideran un gasto y no              segundo sea mayor.
  un interés, en los términos de la fracción ter-
  cera del Artículo 29 de la LISR.                         En aquellos títulos en la que el total o parte
                                                           de los intereses se conoce hasta que se enaje-
e) La ganancia en la enajenación de bonos, va-             nan, amortizan o redimen, la ganancia será
   lores y otros títulos de crédito, siempre que           la diferencia resultante entre el monto de ena-
   se coloquen entre el gran público inversio-             jenación, amortización o redención y el cos-
   nista, conforme a las reglas generales que              to de adquisición adicionado de los intereses
   para el efecto expida el Servicio de Adminis-           devengados ya acumulados y no cobrados.
   tración Tributaria.
                                                           En caso de que el costo de adquisición adi-
  El Artículo 11 del Reglamento de la LISR, es-            cionado con los intereses devengados sea
  tablece la mecánica para determinar la ga-               mayor que el monto de la enajenación, la di-
  nancia en la enajenación de los preceptos ci-            ferencia será la pérdida que sufra el contri-
  tados, la cual resulta de la diferencia entre el         buyente, la cual se considerará un interés
  costo de adquisición y el monto de enajena-              devengado a cargo.


                                                                     NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396   19
f) La ganancia derivada de los derechos de cré-           con determinado costo financiero, de tal
   dito adquiridos por la empresa de factoraje            manera que el arrendatario tiene el derecho
   financiero. A través de un contrato de arren-          de elegir al final del periodo entre tres opcio-
   damiento financiero, una persona puede                 nes: a) comprar el activo a un precio inferior
   obtener liquidez anticipada de sus cuentas             al de su adquisición; b) prorrogar el plazo
   por cobrar al ceder a una institución autori-          para continuar con el uso o goce temporal
   zada para ello (empresa de factoraje finan-            del activo pagando una renta inferior a los
   ciero) los derechos de cobro de dicha cartera,         pagos periódicos que venía haciendo, o c)
   recibiendo a cambio una determinada canti-             obtener una participación de la ganancia por
   dad de dinero. El monto recibido está en fun-          la enajenación del bien a un tercero.
   ción del plazo remanente de las cuentas y
   del costo del dinero cargado por la empresa          Para efectos fiscales, el Artículo 15 del Código
   de factoraje, la cual cobrará una comisión        Fiscal de la Federación define que el arrendamiento
   adicional por la realización de esta opera-       financiero es:
   ción; dicha comisión es lo que la LISR conside-
   ra cómo interés.                                    ...el contrato por el cual una persona se obliga a
                                                       otorgar a otra el uso o goce temporal de bienes
Existen dos modalidades del factoraje financiero:      tangibles a plazo forzoso, obligándose esta última
                                                       a liquidar, en pagos parciales como contrapres-
   - Factoraje puro o factoraje sin recurso, en        tación, una cantidad en dinero determinada o
     el cual el cedente no queda obligado a res-       determinable que cubra el valor de adquisición de
     ponder por el pago de los derechos de cré-        los bienes, las cargas financieras y los demás
     dito trasmitidos a la empresa de factoraje        accesorios y a adoptar al vencimiento del contrato
     financiero.                                       alguna de las opciones terminales que establece la
                                                       Ley de la materia.
   - Factoraje con recurso, en el que el cliente
     queda obligado solidariamente con el deu-          Las cargas financieras y demás accesorios
     dor a responder del pago puntual y opor-        derivados de contratos de arrendamiento financiero
     tuno de los derechos de crédito transmiti-      son lo que la LISR considera interés.
     dos a la empresa de factoraje.
                                                       h) Cesión de derechos. La cesión de derechos
g) La diferencia entre el total de pagos y el mon-        es una de las formas de transmisión de obli-
   to original de la inversión, en los contratos          gaciones. El Artículo 2029 del Código Civil
   de arrendamiento financiero. El arrenda-               Federal establece que “...habrá cesión de
   miento financiero es una operación alternati-          derechos cuando el acreedor transfiere a
   va del crédito mediante el cual instituciones          otro los que tenga contra su deudor”. En la
   autorizadas financian activos requeridos por           cesión de derechos hay un cedente —quien
   empresas o individuos. En la actualidad,               transfiere sus derechos a otra persona—,un
   quien necesita un activo puede obtenerlo               cesionario —a quien se transfiere el derecho—
   mediante la autorización de un crédito o a             y un deudor, quien es el mismo en todo
   través del arrendamiento financiero. La di-            momento, pues lo que caracteriza la cesión
   ferencia entre el arrendamiento financiero y           de derechos es la no extinción de la obliga-
   el arrendamiento puro es que en el primero             ción. El acreedor puede ceder sus derechos
   los pagos se calculan para cubrir la amorti-           a un tercero sin el consentimiento del deu-
   zación del valor del activo rentado de acuerdo         dor.


      20   NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
La LISR señala que la cesión de derechos so-           A continuación se presenta un esquema de cesión
bre los ingresos por otorgar el uso o goce tem-     de derechos con el objetivo de ejemplificar este tema.
poral de inmuebles se considera como una
operación de financiamiento para efectos                La compañía Völkisch, cuya actividad principal
fiscales. La cantidad que perciba el cedente        es el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes
—persona que transfiere sus derechos— por           inmuebles, celebra un contrato de arrendamiento en
la cesión se considera como un préstamo, por        el mes de noviembre de 2005 por dos años con una
lo que aquél debe acumular las rentas               constructora. El monto de la contraprestación men-
devengadas conforme al contrato, aun cuan-          sual por el arrendamiento del inmueble es de 250
do sean cobradas por el adquirente de los           mil pesos. La compañía Völkisch decidió en el mes
derechos. El monto de la contraprestación           de enero de 2006 ceder sus derechos de cobro de los
pagada por la cesión se trata como crédito o        meses de febrero de 2006 a noviembre de 2007 a la
deuda para efectos del ajuste anual por in-         arrendadora “El Bajío”. La compañía Völkisch reci-
flación, según sea el caso, y la diferencia con     be como contraprestación por la cesión de derechos
las rentas tendrá el tratamiento de interés.        el importe de 5 millones 400 mil pesos.


                         La compañía Völkish cede sus rentas de febrero de
                         2006 a noviembre de 2007, las cuales ascienden a la
                         cantidad de $5, 500,000.00

     Völkish                                                                                    El Bajío
     Cedente                                                                                   Adquirente
                           La Compañía el Bajío paga                 como
                           contraprestación $ 4, 840,000.00



            La diferencia entre el importe de las rentas por cobrar ($5,500,000.00) y el
            monto pagado por la cesión de derechos (4,840,000.00). Se considerará
            interés ($660,000.00).

      -     La compañía Völkish considera             -     La compañía El Bajío considera
            como un préstamo el importe de                  como un crédito el importe de
            $4,480,000.00.                                  $4,480,000.00.

      -     Debe de acumular mensualmente             -     Tiene un interés acumulable de
            $250,000.00, que es el monto de                 $660,000.00
            las     rentas      devengadas
            mensualmente.                             -     El importe de $4,8400,000.00 se
                                                            considera como un crédito para
      -     Tiene un interés deducible de                   efectos del ajuste anual por
            $660,000.00                                     inflación.

      -     El importe de $4,8400,000.00 se
            considera como una deuda para
            efectos del ajuste anual por
            inflación.



                                                                     NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396   21
i) Ajuste mediante factores. En el caso            V. El interés en el resultado fiscal de las Personas
   de que los contribuyentes tengan cré-           Morales
   ditos, deudas, operaciones, o que el
   importe de los pagos de los contratos           En el Artículo 10 de la LISR se establece la mecánica para
   de arrendamiento financiero sufra               determinar la base y el impuesto del ejercicio.
   ajustes por la aplicación de índices,
   factores o de cualquier otra forma,             Resultado fiscal para 2005
   inclusive mediante el uso de unida-
   des de inversión (UDI ), se considera in-                   Ingresos acumulables
   terés al ajuste respectivo.                        Menos:   Deducciones autorizadas
                                                      Menos:   PTU (fracción XIV del Artículo 2° transito-
j) Utilidad o pérdida cambiaria. La LISR                       rio de 2004 de la LISR).
   da el tratamiento de interés a la utili-           Igual a: Utilidad fiscal o pérdida fiscal
   dad o pérdida cambiarias originadas
   por las fluctuaciones de la moneda                          (En caso de utilidad fiscal)
   extranjera, aunque provenga del ca-                Menos: Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, si
   pital y del interés mismo.                                  las hubiese
                                                      Igual a: Resultado fiscal
k ) Ganancia en la enajenación de accio-              Por:     Tasa del ISR de 30%
    nes de sociedades de inversión. Las               Igual a: Monto del impuesto
    sociedades de inversión son organis-
    mos cuyo objetivo es invertir. Están              Como se comentó con anterioridad en el presente tra-
    orientadas al análisis de opciones             bajo, la LISR considera que los intereses percibidos por el
    para la inversión de su capital, el cual       contribuyente son un ingreso acumulable, y los intereses
    está formado por fondos colectivos             a su cargo, una deducción autorizada.
    que concentran los recursos prove-
    nientes de la colocación de las accio-            a) Acumulación de intereses devengados a favor. La
    nes representativas de su capital so-                LISR considera intereses acumulables los intereses
    cial entre numerosos accionistas. Para               devengados a favor en el ejercicio, sin ajuste alguno.
    un inversionista representan una
    gran alternativa de inversión                        El Diccionario de la Real Academia Española define al
    diversificada, administrada en forma                 término devengar como “Adquirir derecho a algu-
    profesional y a bajo costo. Cuando se                na percepción o retribución por razón de trabajo,
    enajenan acciones de sociedades de                   servicio u otro título”. Derivado de esto, se puede
    inversión con los instrumentos de                    concluir que, por interés devengado, debe enten-
    deuda a que se refiere la Ley de So-                 derse aquel por el cual se tenga el derecho de cobro
    ciedades de Inversión, se considera                  o la obligación de pago, según sea el caso, aun y
    como interés la ganancia obtenida                    cuando no se efectúe este hecho.
    por la enajenación.
                                                      b) Acumulación de intereses moratorios. Únicamente
   El párrafo segundo del Artículo 11                    los intereses moratorios efectivamente cobrados
   del Reglamento de la LISR señala la                   (aquellos que se pagan como una sanción a título
   mecánica para la ganancia o pérdi-                    de reparación de los daños y perjuicios causados
   da por la enajenación de estas ac-                    por el retraso en el cumplimiento de una obligación)
   ciones.                                               se acumularán a partir del cuarto mes, mientras que


      22   NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
en los tres primeros meses se acumularán            Los intereses moratorios que se cobren se acu-
     conforme se vayan devengando. Para estos         mulan hasta el momento en que los efectivamente
     efectos, se considera que los intereses          cobrados excedan al monto de los acumulados en
     moratorios que se perciban con posterioridad     los tres primeros meses y hasta por el monto en
     al tercer mes cubren, en primer término, los     que excedan (Artículo 20, fracción X, de la LISR).
     intereses moratorios devengados en los tres
     primeros meses, hasta que el monto percibi-        El siguiente cuadro tiene el objetivo de hacer
     do exceda al monto de los intereses              más comprensible la acumulación de los intereses
     devengados acumulados correspondientes al        moratorios:
     último periodo citado.

  Intereses                          Enero         Febrero    Marzo        Abril    Mayo      Junio
  Moratorios devengados            2,500.00       5,000.00   3,500.00    4,500.00 1,500.00 1,400.00
  Moratorios pagados                   0.00           0.00       0.00        0.00 7,000.00 12,000.00
  Intereses moratorios acumulables 2,500.00       5,000.00   3,500.00        0.00     0.00 8,000.00

   Aquellos intereses moratorios derivados del incumplimiento de obligaciones que se hubiesen deven-
gado a favor del contribuyente con anterioridad a 2002, y que no se hubiesen acumulado por no haber
sido cobrados, se acumularán cuando se expida el comprobante o cuando se perciban en efectivo, bie-
nes o servicios. No será aplicable está disposición cuando se trate de operaciones contratadas con Perso-
nas Físicas que realicen actividades empresariales, con residentes en el extranjero o Personas Morales
con fines no lucrativos.




                                    —entra ÚLTIMO ANUNCIO
                           que salió en la revista Núm. 395 en la página 53
                    Distribuidores autorizados —aparece mostrador con revistas—




                                                                     NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396   23
c) Deducción de intereses devengados                           Saldo mensual promedio de los préstamos
      a cargo. Serán deducibles los in-                           otorgados a terceros a tasas inferiores
      tereses devengados a cargo en el                   Por:     Resultado de restar a la tasa de la fracción I, la
      ejercicio sin ajuste alguno, de con-                        tasa de la fracción II
      formidad con lo establecido en el                  Igual a: El resultado que se restará de los intereses pa-
      Artículo 29, fracción IX, de la LISR.                       gados por el contribuyente, y así obtener el
      Al igual que todas las deducciones                          monto deducible de los mismos
      autorizadas por la Ley, los intere-
      ses deben cumplir con los requisi-                 Fracción I
      tos establecidos en ésta, mismos que                         Intereses devengados en el mes
      se presentan a continuación.                       Entre: Total de capitales tomados en préstamo por el
                                                                  contribuyente
   d) Deducción de intereses por capita-                 Igual a: Tasa mensual promedio
      les tomados en préstamo. El Artículo
      31, fracción VIII, de la Ley dispone                        Suma de tasas mensuales promedio
      que los intereses tomados en prés-                 Entre: Número de meses comprendidos en el ejercicio
      tamo serán deducibles cuando se                    Igual a: Tasa mensual promedio del ejercicio
      hayan invertido en los fines del ne-
      gocio, es decir, que si una compañía               Fracción II
      adquiere un préstamo, los intereses                        Se precisa la tasa mensual de interés más baja
      que pague el contribuyente serán                           por cada tipo de moneda pactada por la em-
      deducibles sólo si el préstamo es in-                      presa en los préstamos que la misma otorgó
      vertido para la realización de las ac-                     durante el ejercicio
      tividades de la entidad.
                                                          Derivado de que la actividad principal de las institucio-
   Esta misma disposición considera que,               nes de crédito, las sociedades financieras de objeto limitado
si una compañía adquiere un préstamo y a               y los organismos auxiliares del crédito consiste en la capta-
su vez otorga préstamos a terceros, a sus              ción y colocación de recursos, esta disposición no es aplica-
trabajadores, funcionarios, socios o accio-            ble a las mismas.
nistas, únicamente serán deducibles los
intereses que se devenguen de capitales to-              e) Deducción de intereses por préstamos para la adquisi-
mados en préstamo hasta por el monto de la                  ción de inversiones parcialmente deducibles. Los in-
tasa más baja de los intereses estipulados en               tereses de un préstamo destinado a la adquisición de
los préstamos mencionados, en la porción                    inversiones, a la realización de un gasto o cuando las
del préstamo que se hubiera hecho a éstos.                  inversiones o los gastos se efectúen a crédito y dichas
En el caso de que en alguna operación no se                 erogaciones no sean deducibles para efectos de la LISR,
estipulen intereses, no procederá la deduc-                 o sean parcialmente deducibles, serán deducibles en
ción respecto al monto proporcional de los                  la misma proporción en la que las inversiones o gas-
préstamos hechos a las personas citadas.                    tos lo sean.

  El procedimiento para determinar el                    f) Deducción de intereses por préstamos otorgados por
monto de los intereses deducibles, mencio-                  Personas Físicas. Los intereses a cargo por un présta-
nado en el párrafo anterior, está regulado                  mo otorgado por una Persona Física serán deducibles
por el Artículo 38 del Reglamento de la LISR,               hasta que se paguen en efectivo en bienes o en servi-
mismo que a continuación se presenta:                       cios, debido a que debe haber simetría en los momen-


         24    NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
to de la acumulación y deducción de las Per-            sonas Morales con fines no lucrativos. Esta
   sonas Físicas (conforme a lo cobrado), con el           disposición no aplica a las instituciones de
   de las Personas Morales (conforme a deven-              crédito y casas de bolsa residentes en el país.
   gado).
                                                         i) Capitalización delgada. Una de las reformas
g) Deducción de intereses por capitales toma-               más importantes del ejercicio 2005 es la adi-
   dos en préstamo de residentes en el extran-              ción de la fracción XXVI del Artículo 32 de
   jero. Un requisito específico para la deduc-             la LISR, la cual considera no deducibles los
   ción de intereses de capitales tomados en                intereses provenientes de un endeudamien-
   préstamo proveniente de residentes en ex-                to excesivo de las empresas.
   tranjero sin establecimiento permanente, es
   cumplir con las obligaciones establecidas en            Sin duda, para operar de una manera más
   la LISR (Título V, Artículos 195, 196, 199 y 257        eficiente, las empresas utilizan diversas fuen-
   del Reglamento de la misma LISR) en materia             tes de financiamiento, las cuales pueden ser
   de retención y entero del impuesto (fracción            internas (aportaciones de capital de los so-
   V del Artículo 31 de la LISR). Adicionalmente,          cios o accionistas) o con recursos derivados
   la fracción XIX de la Ley mencionada, en su             de préstamos. Este financiamiento genera un
   primer párrafo, establece que para ser                  gasto para la compañía que es deducible para
   deducibles los intereses pagados al extranje-           efectos del ISR, como lo hemos mencionado
   ro, se deberá presentar la declaración infor-           anteriormente.
   mativa a que se refiere el Artículo 86 en los
   plazos señalados y contar a partir de esa fe-         La fracción XXVI del artículo mencionado dis-
   cha con la documentación comprobatoria.            pone que no serán deducibles los intereses que de-
                                                      riven de las deudas que tenga el contribuyente en
   El inciso a) de la fracción IX del Artículo 86     exceso en relación con su capital, que provengan
   señala la obligación de presentar a más tar-       de capitales tomados en préstamo y que hayan sido
   dar el 15 de febrero la información de los re-     otorgados por una o más partes relacionadas, siem-
   sidentes en el extranjero a los que se les haya    pre que el monto de las deudas sea superior al tri-
   efectuado pago de acuerdo con el Título V          ple del monto del capital contable.
   de la Ley, en este caso específico, por pago
   de intereses.                                         Esta disposición surge debido a que diversos
                                                      contribuyentes han utilizado este tipo de opera-
h) No deducibilidad de intereses por préstamos        ciones como una mecánica para disminuir la base
   o adquisición de valores a cargo del Gobier-       del impuesto o traspasar utilidades y pérdidas de
   no Federal provenientes de Personas Físicas        una empresa a otra. El legislador considera que
   o Personas Morales con fines no lucrativos.        las compañías deben operar con márgenes de en-
   Asimismo, la LISR menciona que no serán            deudamiento razonables, tanto desde el punto de
   deducibles los intereses que se paguen por         vista tanto fiscal como financiero.
   préstamos o por adquisición de valores a car-
   go del Gobierno Federal inscritos en el Regis-        Tampoco será aplicable esta disposición a los
   tro Nacional de Valores e Intermediarios, ni       integrantes del sistema financiero siempre que
   tratándose de títulos de crédito o de créditos     cumplan con las reglas de capitalización de su sec-
   como los señalados en el Artículo 9° de la         tor, ni aquellos contribuyentes que cuenten con
   Ley, cuando el préstamo o la adquisición se        una resolución favorable por parte de la autori-
   hubiera efectuado de Personas Físicas o Per-       dad a consultas de precios de transferencia.


                                                                     NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396   25
VI. Ajuste anual por inflación

El Artículo 46 de la LISR establece el procedimiento que deberán seguir las Personas Morales para deter-
minar el ajuste anual por inflación al cierre de cada ejercicio, mismo que se presenta a continuación:

Se determinará un saldo promedio anual de créditos y deudas.

           Suma de saldos de créditos (deudas) al último día de cada uno de los meses del ejercicio
           (no se incluirán en el saldo los intereses que se devenguen en el mes)
  Entre: Número de meses del ejercicio*
  Igual a: Saldo promedio anual de créditos (deudas)

  * Se debe tomar en cuenta si se trata de un ejercicio irregular.

   Como puede observarse, es en esta parte del cálculo del ajuste anual por inflación donde revisten
gran importancia los intereses devengados a favor o a cargo, ya que “no se incluirán en el saldo del
último día del mes los intereses devengados en el mismo”.

   Se compara el saldo promedio anual de créditos con el de deudas y la diferencia se multiplica por el
factor de ajuste anual, con lo que es posible obtener alguno de los resultados siguientes:

           Promedio anual de deudas > Promedio anual de créditos (diferencia)
   Por:    Factor de ajuste anual*
  Igual a: Ajuste anual por inflación acumulable

  * El factor se obtendrá de la siguiente manera: INPC del último mes del ejercicio de que se trate
    entre INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior, o en caso de tratarse de ejercicio
    irregular, INPC del mes inmediato anterior al primer mes del ejercicio. Dicho factor se calculará
    hasta el diezmilésimo.

           Promedio anual de deudas < Promedio anual de créditos (diferencia)
   Por:    Factor de ajuste anual*
  Igual a: Ajuste anual por inflación deducible

  * Igual al anterior.

   En caso de que existieran créditos o deudas en moneda extranjera, se valuarán a la paridad existente
al primer día de cada mes.
                                 .




        26   NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf
833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf
833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdfElberJesus
 
Tratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedades
Tratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedadesTratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedades
Tratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedadesEl Pirata J
 
Intereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerar
Intereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerarIntereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerar
Intereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerarAlejandro Germán Rodriguez
 
Marco normativo en chile
Marco normativo en chileMarco normativo en chile
Marco normativo en chilepmoya0410
 
El bono presentacion
El bono presentacionEl bono presentacion
El bono presentacionZaulo
 
Seminario de derecho tributario y delito tributario
Seminario de derecho tributario y delito tributarioSeminario de derecho tributario y delito tributario
Seminario de derecho tributario y delito tributarioMartin Manco
 
Arrendamiento Financiero (Leasing)
Arrendamiento Financiero (Leasing)Arrendamiento Financiero (Leasing)
Arrendamiento Financiero (Leasing)Luis Vargas
 
Tema 7 fuentes de financiamiento
Tema 7 fuentes de financiamientoTema 7 fuentes de financiamiento
Tema 7 fuentes de financiamientoviallejandra
 

Mais procurados (20)

Glosario contable
Glosario contableGlosario contable
Glosario contable
 
Productos Financieros
Productos FinancierosProductos Financieros
Productos Financieros
 
Capítulo 7
Capítulo 7Capítulo 7
Capítulo 7
 
833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf
833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf
833-Texto del artículo-1081-1-10-20180524.pdf
 
Reglamento del factoring
Reglamento del factoringReglamento del factoring
Reglamento del factoring
 
Tratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedades
Tratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedadesTratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedades
Tratado de derecho_mercantil_-_tomo_i_-_ley_general_de_sociedades
 
bisa leasing
bisa leasing bisa leasing
bisa leasing
 
Contrato de leasing
Contrato de leasingContrato de leasing
Contrato de leasing
 
Contrato leasing-tipo
Contrato leasing-tipoContrato leasing-tipo
Contrato leasing-tipo
 
Leasing operativo y financiero
Leasing operativo y financieroLeasing operativo y financiero
Leasing operativo y financiero
 
Contrato de leasing
Contrato de leasingContrato de leasing
Contrato de leasing
 
Intereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerar
Intereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerarIntereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerar
Intereses presuntos en el impuesto a las ganancias. Pautas a considerar
 
Marco normativo en chile
Marco normativo en chileMarco normativo en chile
Marco normativo en chile
 
El bono presentacion
El bono presentacionEl bono presentacion
El bono presentacion
 
01 autofinanciamiento
01 autofinanciamiento01 autofinanciamiento
01 autofinanciamiento
 
Seminario de derecho tributario y delito tributario
Seminario de derecho tributario y delito tributarioSeminario de derecho tributario y delito tributario
Seminario de derecho tributario y delito tributario
 
Constitucion de una sociedad
Constitucion de una sociedadConstitucion de una sociedad
Constitucion de una sociedad
 
Arrendamiento Financiero (Leasing)
Arrendamiento Financiero (Leasing)Arrendamiento Financiero (Leasing)
Arrendamiento Financiero (Leasing)
 
Nic 17, resumen
Nic 17, resumenNic 17, resumen
Nic 17, resumen
 
Tema 7 fuentes de financiamiento
Tema 7 fuentes de financiamientoTema 7 fuentes de financiamiento
Tema 7 fuentes de financiamiento
 

Destaque

El agua edison rivera 0601
El agua edison rivera 0601El agua edison rivera 0601
El agua edison rivera 0601EDISONFRV
 
Electronica Automotriz
Electronica AutomotrizElectronica Automotriz
Electronica Automotrizantonionieto76
 
Dn12 u3 a8_RRC
Dn12 u3 a8_RRCDn12 u3 a8_RRC
Dn12 u3 a8_RRC1710100211
 
Ecoturismo UDLA
Ecoturismo UDLAEcoturismo UDLA
Ecoturismo UDLAkmiiar
 
Prezentare Forum Francofonie Banica Victoria
Prezentare Forum Francofonie Banica VictoriaPrezentare Forum Francofonie Banica Victoria
Prezentare Forum Francofonie Banica VictoriaBanica Victoria
 
M altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_int
M altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_intM altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_int
M altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_intjoinergac
 
Aviso oferta pública Avianca Taca 2011
Aviso oferta pública Avianca Taca 2011Aviso oferta pública Avianca Taca 2011
Aviso oferta pública Avianca Taca 2011Global Securities
 
Von Social Media zu Social Business
Von Social Media zu Social BusinessVon Social Media zu Social Business
Von Social Media zu Social BusinessTHOMAS KEUP
 
Las redes sociales
Las redes sociales Las redes sociales
Las redes sociales eliza435
 
Caso Ultramar: De 0 a 100 en un año
Caso Ultramar: De 0 a 100 en un añoCaso Ultramar: De 0 a 100 en un año
Caso Ultramar: De 0 a 100 en un añoClub de Innovación
 
Presentación Corporativa Iberia 2012
Presentación Corporativa Iberia 2012Presentación Corporativa Iberia 2012
Presentación Corporativa Iberia 2012rkcalleja
 
Baca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4ds
Baca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4dsBaca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4ds
Baca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4dsm3r1ckIPN
 
Aom Presentation 2009
Aom Presentation 2009Aom Presentation 2009
Aom Presentation 2009Temaltbia
 

Destaque (20)

El agua edison rivera 0601
El agua edison rivera 0601El agua edison rivera 0601
El agua edison rivera 0601
 
Electronica Automotriz
Electronica AutomotrizElectronica Automotriz
Electronica Automotriz
 
Dn12 u3 a8_RRC
Dn12 u3 a8_RRCDn12 u3 a8_RRC
Dn12 u3 a8_RRC
 
Presentación4 medias de tendencia central
Presentación4 medias de tendencia centralPresentación4 medias de tendencia central
Presentación4 medias de tendencia central
 
Ecoturismo UDLA
Ecoturismo UDLAEcoturismo UDLA
Ecoturismo UDLA
 
Prezentare Forum Francofonie Banica Victoria
Prezentare Forum Francofonie Banica VictoriaPrezentare Forum Francofonie Banica Victoria
Prezentare Forum Francofonie Banica Victoria
 
M altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_int
M altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_intM altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_int
M altamirano ejercicios practicos con el uso de pse_int
 
Desarrollo y salud
Desarrollo y saludDesarrollo y salud
Desarrollo y salud
 
Decreto 4124 de 2004
Decreto 4124 de 2004Decreto 4124 de 2004
Decreto 4124 de 2004
 
Aviso oferta pública Avianca Taca 2011
Aviso oferta pública Avianca Taca 2011Aviso oferta pública Avianca Taca 2011
Aviso oferta pública Avianca Taca 2011
 
Compaction test
Compaction testCompaction test
Compaction test
 
Calbes awg
Calbes awgCalbes awg
Calbes awg
 
Von Social Media zu Social Business
Von Social Media zu Social BusinessVon Social Media zu Social Business
Von Social Media zu Social Business
 
Redes sociales
Redes socialesRedes sociales
Redes sociales
 
Las redes sociales
Las redes sociales Las redes sociales
Las redes sociales
 
Caso Ultramar: De 0 a 100 en un año
Caso Ultramar: De 0 a 100 en un añoCaso Ultramar: De 0 a 100 en un año
Caso Ultramar: De 0 a 100 en un año
 
Presentación Corporativa Iberia 2012
Presentación Corporativa Iberia 2012Presentación Corporativa Iberia 2012
Presentación Corporativa Iberia 2012
 
Semiconductores
SemiconductoresSemiconductores
Semiconductores
 
Baca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4ds
Baca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4dsBaca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4ds
Baca león merick_lasniel avancegradual(4de5) unidad4ds
 
Aom Presentation 2009
Aom Presentation 2009Aom Presentation 2009
Aom Presentation 2009
 

Semelhante a Enajenacion de aciones

Dunamis agustin espino -boletín-100
Dunamis   agustin espino -boletín-100Dunamis   agustin espino -boletín-100
Dunamis agustin espino -boletín-100dunamismx
 
los_intereses.pdf
los_intereses.pdflos_intereses.pdf
los_intereses.pdfOscar Lopez
 
Tratamiento contable costo fi
Tratamiento contable costo fiTratamiento contable costo fi
Tratamiento contable costo fibokuragaitaabc
 
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3Crisleidy Jimenez
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOyelicaroli
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOyelicaroli
 
operaciones-bancarias
 operaciones-bancarias operaciones-bancarias
operaciones-bancariasIsa Digital
 
DOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptx
DOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptxDOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptx
DOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptxCarrascoRiaoRicardo
 
Boletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia II
Boletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia IIBoletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia II
Boletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia IINewsletterGFA
 
Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014
Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014
Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014Santa De León
 
Fiscalidad dividendos
Fiscalidad dividendosFiscalidad dividendos
Fiscalidad dividendosFinect
 

Semelhante a Enajenacion de aciones (20)

Dunamis agustin espino -boletín-100
Dunamis   agustin espino -boletín-100Dunamis   agustin espino -boletín-100
Dunamis agustin espino -boletín-100
 
los_intereses.pdf
los_intereses.pdflos_intereses.pdf
los_intereses.pdf
 
INTERESES.pptx
INTERESES.pptxINTERESES.pptx
INTERESES.pptx
 
Productos bancarios
Productos bancariosProductos bancarios
Productos bancarios
 
Contaduría Pública
Contaduría Pública Contaduría Pública
Contaduría Pública
 
Tema pasivo
Tema pasivoTema pasivo
Tema pasivo
 
Politica finanziera
Politica finanzieraPolitica finanziera
Politica finanziera
 
Tratamiento contable costo fi
Tratamiento contable costo fiTratamiento contable costo fi
Tratamiento contable costo fi
 
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
 
Alicia cerna rodriguez
Alicia cerna rodriguezAlicia cerna rodriguez
Alicia cerna rodriguez
 
operaciones-bancarias
 operaciones-bancarias operaciones-bancarias
operaciones-bancarias
 
DOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptx
DOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptxDOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptx
DOC-20231020-WhhhhhhhhhhhhhhhhA0030.pptx
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Boletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia II
Boletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia IIBoletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia II
Boletín Pasivos y Arrendamientos. Intemedia II
 
Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014
Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014
Boletin pasivos y arrendamientos. intemedia II año 2014
 
Fuentes_de_financiamiento.pptx
Fuentes_de_financiamiento.pptxFuentes_de_financiamiento.pptx
Fuentes_de_financiamiento.pptx
 
Fiscalidad dividendos
Fiscalidad dividendosFiscalidad dividendos
Fiscalidad dividendos
 
FINANCIERAS - DOCTORADO.pptx
FINANCIERAS - DOCTORADO.pptxFINANCIERAS - DOCTORADO.pptx
FINANCIERAS - DOCTORADO.pptx
 

Último

Empresa Sazonadores Lopesa estudio de mercado
Empresa Sazonadores Lopesa estudio de mercadoEmpresa Sazonadores Lopesa estudio de mercado
Empresa Sazonadores Lopesa estudio de mercadoPsicoterapia Holística
 
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...TaniaCruzInga
 
260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx
260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx
260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptxi7ingenieria
 
SENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdf
SENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdfSENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdf
SENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdfJaredQuezada3
 
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwS05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwssuser999064
 
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la RentaAnalisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Rentamarbin6
 
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptxsenati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptxnathalypaolaacostasu
 
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxSostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxmarlonrea6
 
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdfmapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdfAndresSebastianTamay
 
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(HelenDanielaGuaruaBo
 
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfPriscilaBermello
 
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptxINTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptxRENANRODRIGORAMIREZR
 
implemenatcion de un data mart en logistica
implemenatcion de un data mart en logisticaimplemenatcion de un data mart en logistica
implemenatcion de un data mart en logisticaghgfhhgf
 
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdfPresentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdfaldonaim115
 
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edxEvafabi
 
Manual de Imagen Personal y uso de uniformes
Manual de Imagen Personal y uso de uniformesManual de Imagen Personal y uso de uniformes
Manual de Imagen Personal y uso de uniformesElizabeth152261
 
UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIA
UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIAUNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIA
UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIAsonapo
 
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptxRicardo113759
 
DERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
DERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJODERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
DERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOkcastrome
 
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptxADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptxRafaelSabido2
 

Último (20)

Empresa Sazonadores Lopesa estudio de mercado
Empresa Sazonadores Lopesa estudio de mercadoEmpresa Sazonadores Lopesa estudio de mercado
Empresa Sazonadores Lopesa estudio de mercado
 
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
 
260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx
260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx
260813887-diagrama-de-flujo-de-proceso-de-esparrago-fresco-verde.pptx
 
SENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdf
SENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdfSENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdf
SENTENCIA COLOMBIA DISCRIMINACION SELECCION PERSONAL.pdf
 
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwS05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
 
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la RentaAnalisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
 
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptxsenati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
 
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxSostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
 
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdfmapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
 
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
 
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
 
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptxINTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
 
implemenatcion de un data mart en logistica
implemenatcion de un data mart en logisticaimplemenatcion de un data mart en logistica
implemenatcion de un data mart en logistica
 
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdfPresentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
 
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
 
Manual de Imagen Personal y uso de uniformes
Manual de Imagen Personal y uso de uniformesManual de Imagen Personal y uso de uniformes
Manual de Imagen Personal y uso de uniformes
 
UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIA
UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIAUNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIA
UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIA
 
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
 
DERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
DERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJODERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
DERECHO EMPRESARIAL - SEMANA 01 UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
 
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptxADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
 

Enajenacion de aciones

  • 1. Intereses acumulables o ARTÍCULOS deducibles para efectos del ISR L.C. Isaac Iván González Aguilar L.C. Alí Soriano Cuevas I. Antecedentes La presente contribución tiene por objeto exponer, de una manera clara y sencilla, los aspectos gene- L os ingresos y gastos por intereses son con- rales de la regulación jurídica de los intereses, su ceptos que encontramos con mucha fre- definición para efectos del ISR y su importancia en cuencia en las operaciones de cualquier la determinación del resultado fiscal de las Perso- Persona Moral, basta con que ésta cuente con una nas Morales, poniendo énfasis en los requisitos que cuenta bancaria o tenga registrada alguna inver- se deben cumplir para poder ser considerados en sión. Debido a la diversidad de operaciones en que una deducción autorizada, así como sus efectos pueden presentarse y las modalidades que pueden en la determinación del ajuste anual por inflación. tomar, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) ha ido evolucionando en su afán por contemplarlas II. Definición del concepto de interés todas y así establecer un tratamiento fiscal aplica- ble a estos conceptos. Es en el Artículo 7-A de la La palabra interés proviene del latín interest, sus- LISR vigente a partir de 1987 donde por primera tantivo del verbo interesse, el cual significa impor- vez se establece qué debe entenderse por interés tar. En términos generales, interés es el provecho, para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y qué rendimiento o utilidad que se obtiene del capital conceptos deben considerarse como tales para es- (dinero); en materia jurídica, es una compensación tos efectos, mismos que han ido aumentando año en dinero o en cualquier valor que recibe el acree- con año. dor en forma accesoria al cumplimiento de una obligación. Derivado de lo anterior, es importante que las empresas tengan un panorama general del trata- III. Regulación civil y mercantil miento fiscal aplicable a los intereses para efec- tos de la LISR y así puedan identificar entre sus Los intereses se encuentran regulados en materia operaciones los conceptos que cumplen con las ca- civil en el Código Civil Federal, principalmente en racterísticas establecidas en el mencionado ordena- el Capítulo relativo al mutuo (Artículos 2384-2397), miento y aplicarles el tratamiento fiscal adecuado. y en materia mercantil, en el Código de Comercio, Lo anterior reviste gran importancia debido a que en el Capítulo relativo al préstamo (Artículos 358- el concepto de interés forma parte de la base del 364). En el Artículo 2384 del Código Civil Federal ISR, tanto en el rubro de ingresos como en el de de- se define que “El mutuo es el contrato por el cual ducciones, motivo por el cual se debe ser muy cui- el mutuante se obliga a transferir la propiedad de dadoso en el adecua do manejo de este concepto. una suma de dinero o de otras cosas al mutuario, NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396 17
  • 2. quien se obliga a devolver a otro tanto de la mis- premios. Una de las principales fuentes de ma especie y calidad”. Las variedades de este con- recursos que utiliza el gobierno para poder trato son dos: mutuo simple y mutuo con interés. sufragar el gasto público es el endeudamien- En este último se autoriza legalmente a devolver to interno, que cosiste en la emisión de una una cantidad mayor, ya sea en dinero o en espe- serie de valores que son colocados entre el cie. El interés pactado en el mutuo puede ser legal gran público inversionista con el fin de alle- o convencional; el primero es de 9% anual, mien- garse de recursos frescos, que obligan a éste tras que el interés convencional es aquel que fijan a pagar antes de la fecha de vencimiento el los contratantes y puede ser mayor al interés le- valor nominal de dichos recursos más un ren- gal. En materia civil, no se puede convenir que los dimiento pactado, mismo que para efectos intereses se capitalicen y produzcan intereses. La fiscales es considerado interés. capitalización consiste en considerar el interés de- vengado como capital, el cual produce nuevos in- Al igual que los gobiernos, las compañías ne- tereses, es decir, permite cobrar réditos de los rédi- cesitan obtener recursos para seguir realizan- tos, hecho jurídico conocido como anatocismo. do sus actividades. Pueden, por ejemplo, au- mentar el número de socios para que los de En materia mercantil, toda prestación pactada nuevo ingreso aporten más capital y así obte- a favor del acreedor que conste por escrito reputa- ner un crédito colectivo mediante la emisión rá interés (Artículo 361 del Código de Comercio). de obligaciones. Al emitir obligaciones, la com- El interés legal será de 6% anual y puede ser en pañía obtiene recursos para la realización de dinero o en especie. A diferencia del ámbito civil, sus operaciones, pero al mismo tiempo adquie- en el mercantil se permite capitalizar los intereses. re la obligación de pagar un interés fijo a los obligacionistas, los cuales no intervienen de IV. Intereses para efectos de la Ley del Impuesto manera significativa en la vida de la sociedad: Sobre la Renta “La obligación es una parte fraccionaria de un crédito colectivo; esto es, que supone la Para efectos de la LISR, se consideran intereses los ren- existencia de un crédito fraccionado en par- dimientos de crédito de cualquier clase (Artículo 9° tes iguales, cada una de las cuales puede ser de la LISR. Las cursivas son nuestras); esta defini- suscrita por una persona distinta”1. ción se apega a las mencionadas anteriormente y es aceptada en materia económica y jurídica. Por b) Los premios de reporto o los préstamos de su parte, el término crédito se refiere a la transfe- valores. El reporto es una operación de cré- rencia de bienes —generalmente dinero— de una dito en la cual una persona denominada persona a otra, para ser devueltos en un futuro, reportador adquiere por una suma de dine- generalmente con el pago de una cantidad adicio- ro la propiedad de títulos de crédito y, con nal, el cual se conoce con el nombre de interés. ella, la obligación de transmitir al reportado (persona quien presta el dinero) la propie- Adicionalmente, el Artículo 9° señala de ma- dad de otros tantos títulos de la misma espe- nera enunciativa, mas no limitativa, una serie de cie en un plazo convenido y contra el reem- operaciones que se consideran intereses para efec- bolso del mismo precio más un premio, es tos fiscales, aun y cuando por su naturaleza no lo decir, una cantidad adicional que, para efec- sean: tos de la LISR, se considera interés (Artículo a) Los rendimientos de deuda pública, bonos y obligaciones, incluidos descuentos, primas y 1 Cervantes Ahumada, Raúl, Derecho mercantil. Primer Curso. 18 NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
  • 3. 259 de la Ley General de Títu- los y Operaciones de Crédito). c) El monto de las comisiones que correspondan con motivo de apertura o garantía de un cré- dito. d) El monto de las contrapresta- ciones correspondientes a la aceptación de un aval, al otor- gamiento de una garantía o a cualquier clase de responsabili- entra anuncio ÚLTIMO QUE SALIÓ| dad, excepto cuando dichas pág. 89/N.C.F. 395 ECONOMÁTICA contraprestaciones deban ha- cerse a instituciones de seguros o fianzas. Como puede observarse, cual- quier contraprestación por la aceptación de un aval, el otor- gamiento de una garantía o cualquier responsabilidad debe- rá ser considerada interés, acumulable para quien lo cobre y deducible para quien lo pague. Por su parte, las contrapresta- ciones que se hacen a las instituciones de se- ción, amortización o redención, cuando el guros o fianzas se consideran un gasto y no segundo sea mayor. un interés, en los términos de la fracción ter- cera del Artículo 29 de la LISR. En aquellos títulos en la que el total o parte de los intereses se conoce hasta que se enaje- e) La ganancia en la enajenación de bonos, va- nan, amortizan o redimen, la ganancia será lores y otros títulos de crédito, siempre que la diferencia resultante entre el monto de ena- se coloquen entre el gran público inversio- jenación, amortización o redención y el cos- nista, conforme a las reglas generales que to de adquisición adicionado de los intereses para el efecto expida el Servicio de Adminis- devengados ya acumulados y no cobrados. tración Tributaria. En caso de que el costo de adquisición adi- El Artículo 11 del Reglamento de la LISR, es- cionado con los intereses devengados sea tablece la mecánica para determinar la ga- mayor que el monto de la enajenación, la di- nancia en la enajenación de los preceptos ci- ferencia será la pérdida que sufra el contri- tados, la cual resulta de la diferencia entre el buyente, la cual se considerará un interés costo de adquisición y el monto de enajena- devengado a cargo. NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396 19
  • 4. f) La ganancia derivada de los derechos de cré- con determinado costo financiero, de tal dito adquiridos por la empresa de factoraje manera que el arrendatario tiene el derecho financiero. A través de un contrato de arren- de elegir al final del periodo entre tres opcio- damiento financiero, una persona puede nes: a) comprar el activo a un precio inferior obtener liquidez anticipada de sus cuentas al de su adquisición; b) prorrogar el plazo por cobrar al ceder a una institución autori- para continuar con el uso o goce temporal zada para ello (empresa de factoraje finan- del activo pagando una renta inferior a los ciero) los derechos de cobro de dicha cartera, pagos periódicos que venía haciendo, o c) recibiendo a cambio una determinada canti- obtener una participación de la ganancia por dad de dinero. El monto recibido está en fun- la enajenación del bien a un tercero. ción del plazo remanente de las cuentas y del costo del dinero cargado por la empresa Para efectos fiscales, el Artículo 15 del Código de factoraje, la cual cobrará una comisión Fiscal de la Federación define que el arrendamiento adicional por la realización de esta opera- financiero es: ción; dicha comisión es lo que la LISR conside- ra cómo interés. ...el contrato por el cual una persona se obliga a otorgar a otra el uso o goce temporal de bienes Existen dos modalidades del factoraje financiero: tangibles a plazo forzoso, obligándose esta última a liquidar, en pagos parciales como contrapres- - Factoraje puro o factoraje sin recurso, en tación, una cantidad en dinero determinada o el cual el cedente no queda obligado a res- determinable que cubra el valor de adquisición de ponder por el pago de los derechos de cré- los bienes, las cargas financieras y los demás dito trasmitidos a la empresa de factoraje accesorios y a adoptar al vencimiento del contrato financiero. alguna de las opciones terminales que establece la Ley de la materia. - Factoraje con recurso, en el que el cliente queda obligado solidariamente con el deu- Las cargas financieras y demás accesorios dor a responder del pago puntual y opor- derivados de contratos de arrendamiento financiero tuno de los derechos de crédito transmiti- son lo que la LISR considera interés. dos a la empresa de factoraje. h) Cesión de derechos. La cesión de derechos g) La diferencia entre el total de pagos y el mon- es una de las formas de transmisión de obli- to original de la inversión, en los contratos gaciones. El Artículo 2029 del Código Civil de arrendamiento financiero. El arrenda- Federal establece que “...habrá cesión de miento financiero es una operación alternati- derechos cuando el acreedor transfiere a va del crédito mediante el cual instituciones otro los que tenga contra su deudor”. En la autorizadas financian activos requeridos por cesión de derechos hay un cedente —quien empresas o individuos. En la actualidad, transfiere sus derechos a otra persona—,un quien necesita un activo puede obtenerlo cesionario —a quien se transfiere el derecho— mediante la autorización de un crédito o a y un deudor, quien es el mismo en todo través del arrendamiento financiero. La di- momento, pues lo que caracteriza la cesión ferencia entre el arrendamiento financiero y de derechos es la no extinción de la obliga- el arrendamiento puro es que en el primero ción. El acreedor puede ceder sus derechos los pagos se calculan para cubrir la amorti- a un tercero sin el consentimiento del deu- zación del valor del activo rentado de acuerdo dor. 20 NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
  • 5. La LISR señala que la cesión de derechos so- A continuación se presenta un esquema de cesión bre los ingresos por otorgar el uso o goce tem- de derechos con el objetivo de ejemplificar este tema. poral de inmuebles se considera como una operación de financiamiento para efectos La compañía Völkisch, cuya actividad principal fiscales. La cantidad que perciba el cedente es el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes —persona que transfiere sus derechos— por inmuebles, celebra un contrato de arrendamiento en la cesión se considera como un préstamo, por el mes de noviembre de 2005 por dos años con una lo que aquél debe acumular las rentas constructora. El monto de la contraprestación men- devengadas conforme al contrato, aun cuan- sual por el arrendamiento del inmueble es de 250 do sean cobradas por el adquirente de los mil pesos. La compañía Völkisch decidió en el mes derechos. El monto de la contraprestación de enero de 2006 ceder sus derechos de cobro de los pagada por la cesión se trata como crédito o meses de febrero de 2006 a noviembre de 2007 a la deuda para efectos del ajuste anual por in- arrendadora “El Bajío”. La compañía Völkisch reci- flación, según sea el caso, y la diferencia con be como contraprestación por la cesión de derechos las rentas tendrá el tratamiento de interés. el importe de 5 millones 400 mil pesos. La compañía Völkish cede sus rentas de febrero de 2006 a noviembre de 2007, las cuales ascienden a la cantidad de $5, 500,000.00 Völkish El Bajío Cedente Adquirente La Compañía el Bajío paga como contraprestación $ 4, 840,000.00 La diferencia entre el importe de las rentas por cobrar ($5,500,000.00) y el monto pagado por la cesión de derechos (4,840,000.00). Se considerará interés ($660,000.00). - La compañía Völkish considera - La compañía El Bajío considera como un préstamo el importe de como un crédito el importe de $4,480,000.00. $4,480,000.00. - Debe de acumular mensualmente - Tiene un interés acumulable de $250,000.00, que es el monto de $660,000.00 las rentas devengadas mensualmente. - El importe de $4,8400,000.00 se considera como un crédito para - Tiene un interés deducible de efectos del ajuste anual por $660,000.00 inflación. - El importe de $4,8400,000.00 se considera como una deuda para efectos del ajuste anual por inflación. NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396 21
  • 6. i) Ajuste mediante factores. En el caso V. El interés en el resultado fiscal de las Personas de que los contribuyentes tengan cré- Morales ditos, deudas, operaciones, o que el importe de los pagos de los contratos En el Artículo 10 de la LISR se establece la mecánica para de arrendamiento financiero sufra determinar la base y el impuesto del ejercicio. ajustes por la aplicación de índices, factores o de cualquier otra forma, Resultado fiscal para 2005 inclusive mediante el uso de unida- des de inversión (UDI ), se considera in- Ingresos acumulables terés al ajuste respectivo. Menos: Deducciones autorizadas Menos: PTU (fracción XIV del Artículo 2° transito- j) Utilidad o pérdida cambiaria. La LISR rio de 2004 de la LISR). da el tratamiento de interés a la utili- Igual a: Utilidad fiscal o pérdida fiscal dad o pérdida cambiarias originadas por las fluctuaciones de la moneda (En caso de utilidad fiscal) extranjera, aunque provenga del ca- Menos: Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, si pital y del interés mismo. las hubiese Igual a: Resultado fiscal k ) Ganancia en la enajenación de accio- Por: Tasa del ISR de 30% nes de sociedades de inversión. Las Igual a: Monto del impuesto sociedades de inversión son organis- mos cuyo objetivo es invertir. Están Como se comentó con anterioridad en el presente tra- orientadas al análisis de opciones bajo, la LISR considera que los intereses percibidos por el para la inversión de su capital, el cual contribuyente son un ingreso acumulable, y los intereses está formado por fondos colectivos a su cargo, una deducción autorizada. que concentran los recursos prove- nientes de la colocación de las accio- a) Acumulación de intereses devengados a favor. La nes representativas de su capital so- LISR considera intereses acumulables los intereses cial entre numerosos accionistas. Para devengados a favor en el ejercicio, sin ajuste alguno. un inversionista representan una gran alternativa de inversión El Diccionario de la Real Academia Española define al diversificada, administrada en forma término devengar como “Adquirir derecho a algu- profesional y a bajo costo. Cuando se na percepción o retribución por razón de trabajo, enajenan acciones de sociedades de servicio u otro título”. Derivado de esto, se puede inversión con los instrumentos de concluir que, por interés devengado, debe enten- deuda a que se refiere la Ley de So- derse aquel por el cual se tenga el derecho de cobro ciedades de Inversión, se considera o la obligación de pago, según sea el caso, aun y como interés la ganancia obtenida cuando no se efectúe este hecho. por la enajenación. b) Acumulación de intereses moratorios. Únicamente El párrafo segundo del Artículo 11 los intereses moratorios efectivamente cobrados del Reglamento de la LISR señala la (aquellos que se pagan como una sanción a título mecánica para la ganancia o pérdi- de reparación de los daños y perjuicios causados da por la enajenación de estas ac- por el retraso en el cumplimiento de una obligación) ciones. se acumularán a partir del cuarto mes, mientras que 22 NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
  • 7. en los tres primeros meses se acumularán Los intereses moratorios que se cobren se acu- conforme se vayan devengando. Para estos mulan hasta el momento en que los efectivamente efectos, se considera que los intereses cobrados excedan al monto de los acumulados en moratorios que se perciban con posterioridad los tres primeros meses y hasta por el monto en al tercer mes cubren, en primer término, los que excedan (Artículo 20, fracción X, de la LISR). intereses moratorios devengados en los tres primeros meses, hasta que el monto percibi- El siguiente cuadro tiene el objetivo de hacer do exceda al monto de los intereses más comprensible la acumulación de los intereses devengados acumulados correspondientes al moratorios: último periodo citado. Intereses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Moratorios devengados 2,500.00 5,000.00 3,500.00 4,500.00 1,500.00 1,400.00 Moratorios pagados 0.00 0.00 0.00 0.00 7,000.00 12,000.00 Intereses moratorios acumulables 2,500.00 5,000.00 3,500.00 0.00 0.00 8,000.00 Aquellos intereses moratorios derivados del incumplimiento de obligaciones que se hubiesen deven- gado a favor del contribuyente con anterioridad a 2002, y que no se hubiesen acumulado por no haber sido cobrados, se acumularán cuando se expida el comprobante o cuando se perciban en efectivo, bie- nes o servicios. No será aplicable está disposición cuando se trate de operaciones contratadas con Perso- nas Físicas que realicen actividades empresariales, con residentes en el extranjero o Personas Morales con fines no lucrativos. —entra ÚLTIMO ANUNCIO que salió en la revista Núm. 395 en la página 53 Distribuidores autorizados —aparece mostrador con revistas— NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396 23
  • 8. c) Deducción de intereses devengados Saldo mensual promedio de los préstamos a cargo. Serán deducibles los in- otorgados a terceros a tasas inferiores tereses devengados a cargo en el Por: Resultado de restar a la tasa de la fracción I, la ejercicio sin ajuste alguno, de con- tasa de la fracción II formidad con lo establecido en el Igual a: El resultado que se restará de los intereses pa- Artículo 29, fracción IX, de la LISR. gados por el contribuyente, y así obtener el Al igual que todas las deducciones monto deducible de los mismos autorizadas por la Ley, los intere- ses deben cumplir con los requisi- Fracción I tos establecidos en ésta, mismos que Intereses devengados en el mes se presentan a continuación. Entre: Total de capitales tomados en préstamo por el contribuyente d) Deducción de intereses por capita- Igual a: Tasa mensual promedio les tomados en préstamo. El Artículo 31, fracción VIII, de la Ley dispone Suma de tasas mensuales promedio que los intereses tomados en prés- Entre: Número de meses comprendidos en el ejercicio tamo serán deducibles cuando se Igual a: Tasa mensual promedio del ejercicio hayan invertido en los fines del ne- gocio, es decir, que si una compañía Fracción II adquiere un préstamo, los intereses Se precisa la tasa mensual de interés más baja que pague el contribuyente serán por cada tipo de moneda pactada por la em- deducibles sólo si el préstamo es in- presa en los préstamos que la misma otorgó vertido para la realización de las ac- durante el ejercicio tividades de la entidad. Derivado de que la actividad principal de las institucio- Esta misma disposición considera que, nes de crédito, las sociedades financieras de objeto limitado si una compañía adquiere un préstamo y a y los organismos auxiliares del crédito consiste en la capta- su vez otorga préstamos a terceros, a sus ción y colocación de recursos, esta disposición no es aplica- trabajadores, funcionarios, socios o accio- ble a las mismas. nistas, únicamente serán deducibles los intereses que se devenguen de capitales to- e) Deducción de intereses por préstamos para la adquisi- mados en préstamo hasta por el monto de la ción de inversiones parcialmente deducibles. Los in- tasa más baja de los intereses estipulados en tereses de un préstamo destinado a la adquisición de los préstamos mencionados, en la porción inversiones, a la realización de un gasto o cuando las del préstamo que se hubiera hecho a éstos. inversiones o los gastos se efectúen a crédito y dichas En el caso de que en alguna operación no se erogaciones no sean deducibles para efectos de la LISR, estipulen intereses, no procederá la deduc- o sean parcialmente deducibles, serán deducibles en ción respecto al monto proporcional de los la misma proporción en la que las inversiones o gas- préstamos hechos a las personas citadas. tos lo sean. El procedimiento para determinar el f) Deducción de intereses por préstamos otorgados por monto de los intereses deducibles, mencio- Personas Físicas. Los intereses a cargo por un présta- nado en el párrafo anterior, está regulado mo otorgado por una Persona Física serán deducibles por el Artículo 38 del Reglamento de la LISR, hasta que se paguen en efectivo en bienes o en servi- mismo que a continuación se presenta: cios, debido a que debe haber simetría en los momen- 24 NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396
  • 9. to de la acumulación y deducción de las Per- sonas Morales con fines no lucrativos. Esta sonas Físicas (conforme a lo cobrado), con el disposición no aplica a las instituciones de de las Personas Morales (conforme a deven- crédito y casas de bolsa residentes en el país. gado). i) Capitalización delgada. Una de las reformas g) Deducción de intereses por capitales toma- más importantes del ejercicio 2005 es la adi- dos en préstamo de residentes en el extran- ción de la fracción XXVI del Artículo 32 de jero. Un requisito específico para la deduc- la LISR, la cual considera no deducibles los ción de intereses de capitales tomados en intereses provenientes de un endeudamien- préstamo proveniente de residentes en ex- to excesivo de las empresas. tranjero sin establecimiento permanente, es cumplir con las obligaciones establecidas en Sin duda, para operar de una manera más la LISR (Título V, Artículos 195, 196, 199 y 257 eficiente, las empresas utilizan diversas fuen- del Reglamento de la misma LISR) en materia tes de financiamiento, las cuales pueden ser de retención y entero del impuesto (fracción internas (aportaciones de capital de los so- V del Artículo 31 de la LISR). Adicionalmente, cios o accionistas) o con recursos derivados la fracción XIX de la Ley mencionada, en su de préstamos. Este financiamiento genera un primer párrafo, establece que para ser gasto para la compañía que es deducible para deducibles los intereses pagados al extranje- efectos del ISR, como lo hemos mencionado ro, se deberá presentar la declaración infor- anteriormente. mativa a que se refiere el Artículo 86 en los plazos señalados y contar a partir de esa fe- La fracción XXVI del artículo mencionado dis- cha con la documentación comprobatoria. pone que no serán deducibles los intereses que de- riven de las deudas que tenga el contribuyente en El inciso a) de la fracción IX del Artículo 86 exceso en relación con su capital, que provengan señala la obligación de presentar a más tar- de capitales tomados en préstamo y que hayan sido dar el 15 de febrero la información de los re- otorgados por una o más partes relacionadas, siem- sidentes en el extranjero a los que se les haya pre que el monto de las deudas sea superior al tri- efectuado pago de acuerdo con el Título V ple del monto del capital contable. de la Ley, en este caso específico, por pago de intereses. Esta disposición surge debido a que diversos contribuyentes han utilizado este tipo de opera- h) No deducibilidad de intereses por préstamos ciones como una mecánica para disminuir la base o adquisición de valores a cargo del Gobier- del impuesto o traspasar utilidades y pérdidas de no Federal provenientes de Personas Físicas una empresa a otra. El legislador considera que o Personas Morales con fines no lucrativos. las compañías deben operar con márgenes de en- Asimismo, la LISR menciona que no serán deudamiento razonables, tanto desde el punto de deducibles los intereses que se paguen por vista tanto fiscal como financiero. préstamos o por adquisición de valores a car- go del Gobierno Federal inscritos en el Regis- Tampoco será aplicable esta disposición a los tro Nacional de Valores e Intermediarios, ni integrantes del sistema financiero siempre que tratándose de títulos de crédito o de créditos cumplan con las reglas de capitalización de su sec- como los señalados en el Artículo 9° de la tor, ni aquellos contribuyentes que cuenten con Ley, cuando el préstamo o la adquisición se una resolución favorable por parte de la autori- hubiera efectuado de Personas Físicas o Per- dad a consultas de precios de transferencia. NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396 25
  • 10. VI. Ajuste anual por inflación El Artículo 46 de la LISR establece el procedimiento que deberán seguir las Personas Morales para deter- minar el ajuste anual por inflación al cierre de cada ejercicio, mismo que se presenta a continuación: Se determinará un saldo promedio anual de créditos y deudas. Suma de saldos de créditos (deudas) al último día de cada uno de los meses del ejercicio (no se incluirán en el saldo los intereses que se devenguen en el mes) Entre: Número de meses del ejercicio* Igual a: Saldo promedio anual de créditos (deudas) * Se debe tomar en cuenta si se trata de un ejercicio irregular. Como puede observarse, es en esta parte del cálculo del ajuste anual por inflación donde revisten gran importancia los intereses devengados a favor o a cargo, ya que “no se incluirán en el saldo del último día del mes los intereses devengados en el mismo”. Se compara el saldo promedio anual de créditos con el de deudas y la diferencia se multiplica por el factor de ajuste anual, con lo que es posible obtener alguno de los resultados siguientes: Promedio anual de deudas > Promedio anual de créditos (diferencia) Por: Factor de ajuste anual* Igual a: Ajuste anual por inflación acumulable * El factor se obtendrá de la siguiente manera: INPC del último mes del ejercicio de que se trate entre INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior, o en caso de tratarse de ejercicio irregular, INPC del mes inmediato anterior al primer mes del ejercicio. Dicho factor se calculará hasta el diezmilésimo. Promedio anual de deudas < Promedio anual de créditos (diferencia) Por: Factor de ajuste anual* Igual a: Ajuste anual por inflación deducible * Igual al anterior. En caso de que existieran créditos o deudas en moneda extranjera, se valuarán a la paridad existente al primer día de cada mes. . 26 NUEVO CONSULTORIO FISCAL • número 396