Bajo las NIIF, todas las personas naturales y jurídicas llevarían 3 libros de contabilidad oficiales: 1) Libro Diario, 2) Libro Mayor, y 3) Auxiliares. Esto representa un cambio con respecto a la norma actual que exonera a algunos de llevar el Libro Diario. Además, la DIAN y el Consejo de Estado han indicado que también se debe llevar el libro de inventarios y balances.
¿Cuáles libros oficiales de contabilidad se llevarían bajo la aplicación de las NIIF?
1. ¿Cuáles libros oficiales de contabilidad se
llevarían bajo la aplicación de las NIIF?
C.P Diego Hernán Guevara Madrid
Líder de Investigación Contable y Tributaria actualicese.com
(Agosto 5 de 2013)
2. Sin importar el grupo a que se
pertenezca, todos llevarían 3 libros de
contabilidad
En el numeral 3.16 de su “Propuesta de Norma del Sistema de
Documentación Contable” presentada en julio 19 de 2013, el Consejo
Técnico de la Contaduría propone que los libros de contabilidad que
llevarían todas las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar su
contabilidad bajo los nuevos marcos normativos que aplicarán desde el
2015 en adelante (es decir, sin importar si sean del “grupo 1”, “Grupo 2”, o
“Grupo 3”), serían solo 3 libros (ver el numeral 3.16 la propuesta:
a) Libro Diario
b) Libro Mayor
c) Auxiliares
Eso significaría un cambio en relación con la actual norma contenida en el art.
125 del Decreto 2649 de 1993 que exonera a ciertos entes y personas
naturales de llevar el “Libro Diario”. Además es importante advertir que la
DIAN y el Consejo de Estado han seguido diciendo en fallos recientes que
el art. 52 del Código de Comercio obliga también a llevar el “libro de
inventarios y balances”
3. Fin de la presentación
¿Cuáles libros oficiales de
contabilidad se llevarían
bajo la aplicación de las
NIIF?