1. Consejo Técnico dice personas naturales
no incluirán activos personales para
efectos del decreto 2706
C.P Diego Hernán Guevara Madrid
Líder de Investigación Contable y Tributaria actualicese.com
(Sep. 17 de 2013)
2. Personas naturales y el monto de sus
activos para poder calificar como
“microempresa” y aplicar el dec.2706
En el numeral 1.2 del marco normativo contable para microempresas
(incluido como anexo en el decreto 2706 de diciembre de 2012), se
dispuso que las microempresas que podrán aplicar dicho marco
normativo no deben poseer activos totales por valor superior a 500
salarios mínimos
En relación con lo anterior, el Consejo Técnico de la Contaduría, en su
concepto 032 de junio 27 de 2013, cuando se le preguntó si una
persona natural comerciante debe incluir sus activos personales para
saber si se mantiene en ese tope de los 500 salarios mínimos y poder
ser considerada una microempresa, dijo tácitamente que esos activos
personales no se tomarían en cuenta (interpretando lo que dice el
numeral 14.2 del mismo marco normativo del decreto 2706)
Eso es algo que en la practica llevará a situaciones complejas pues ya en
el pasado, en su concepto 010 de 2006, el Consejo Técnico dijo que la
contabilidad de una persona natural comerciante sí debe incluir todos
sus activos pues de lo contrario se podría estar escondiendo una doble
contabilidad que está prohibida por el ar. 74 del Código de comercio
3. Fin de la presentación
Consejo Técnico dice
personas naturales no
incluirán activos personales
para efectos del decreto
2706