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DERECHOS HUMANOS EN
LOS MENORES
INFRACTORES
Yannin Yousihmastzi Soriano
Los niños y niñas pertenecen al sector de la sociedad que no puede ejercer y
exigir sus derechos por si mismos, ya sea por desconocimiento o porque no
les es permitido, y debe conformarse con lo que el mundo adulto le otorgue;
por lo que es obligación social la protección y el cuidado de aquellas
prerrogativas a las que tiene derecho un ser humano que todavía no puede
escoger, que no puede defenderse y que en innumerables ocasiones y de muy
diversas formas es violentado.
 El principio fundamental de respeto a los derechos humanos de los
menores que hayan infringido las leyes penales, o de quienes sean
señalados responsables de haber violado esas leyes, es el derecho a ser
tratados con dignidad y pleno respeto a sus derechos y libertades
fundamentales.
 Los menores con calidad de infractores sufren una doble victimización: la
primera, por parte de las instituciones que deben garantizar el respeto de
los derechos fundamentales de los niños y las niñas, la segunda, la que
reciben en los Centros de Tratamiento para Menores donde no se satisfacen
de manera adecuada sus necesidades de alimentación, salud, educación, y
sano esparcimiento para su desarrollo integral, como lo dispone el artículo
4º constitucional.
 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en abril de 2002, emprendió una
investigación sobre la situación de los derechos humanos de los menores infractores
en los Centros de Tratamiento para menores en todo el país.
 El problema social que implican las conductas infractoras de los menores y la
obligación del Estado de proveer lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de
la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.
 El objetivo del estudio era conocer la situación real de los menores internos en los
centros de tratamiento para menores infractores, así como sus condiciones generales
de vida, para estar en posibilidad de determinar los factores familiares, sociales y
culturales que llevaron a los menores a cometer la conducta infractora.
 En las entrevistas realizadas se detecto que el 20% de los menores
provienen de hogares desintegrados; que el 16% de ellos cuenta con un
solo tutor. Que el 3% vivía con la pareja y el 1% en situación de calle o en
estado de abandono.
 Por otra parte, se determino que el 25% de los entrevistados han
pertenecido a una pandilla, el 36% tiene o ha tenido algún familiar preso y el
37% se ha fugado de casa.
 Se considera que un menor se encuentra en situación de riesgo, cuando
haya sufrido lesiones físicas, sexuales o emocionales causadas por sus
padres; haya sido descuidado, abandonado o explotado por sus tutores; se
vea amenazado por un peligro físico o moral debido al comportamiento de
los padres o cuando se haya manifestado en el propio comportamiento del
niño un grave peligro físico o psicológico para sí mismo.
. Por lo que respecta a la atención medica, el personal de la CNDH pudo
constatar que en el expediente de cada menor se incluye un examen médico
de ingreso, pero aun cuando las autoridades de algunos Centros nos
informaron que realizan exámenes periódicos, en algunos de ellos la
atención medica se presta a solicitud del menor por lo que no se pudo
constatar la prioridad de dichos exámenes.
 Respecto del trato en los Centros, algunos menores internos se quejaron de
golpes y maltratos por parte del personal de custodia en el Centro de
Orientación y Tratamiento para Varones de Mexicali y en el Consejo de
Menores de Tijuana, ambos en el estado de California, así como en el Centro
de Observación y Adaptación Social para Niños y niñas en Conflicto con la
Ley Penal del estado de Veracruz.
 La familia es el grupo fundamental de la sociedad, donde las personas adquieren
los principios educativos, culturales y morales, por lo que la inexistencia de estos
principios, así como la falta de los medios necesarios para alcanzar un desarrollo
adecuado de los menores, determinan su comportamiento antisocial.
La educación es un elemento determinante para el desarrollo de los menores; a
pesar de ello, la gran mayoría de los niños que se encuentran recibiendo
tratamiento en internación abandonaron sus estudios antes de ingresar a los
Centros; esto, debido a los problemas en casa, a los escasos recursos económicos
con los que cuentan las familias mexicanas o simplemente por el desinterés de los
propios menores.
 Debe ser una de las tareas principales del Estado el buscar soluciones a los
problemas económicos, sociales, educativos y culturales que enfrentan la
sociedad mexicana y que constituyen las verdaderas causas de la delincuencia.
 Es responsabilidad del Estado, de la familia y de la sociedad en su conjunto,
que un niño no cometa infracciones a la ley penal; si tiene cubiertas sus
necesidades afectivas, económicas, de salud y de desarrollo integral,
difícilmente se convertirá en un menor infractor.

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Derechos humanos en los menores infractores

  • 1. DERECHOS HUMANOS EN LOS MENORES INFRACTORES Yannin Yousihmastzi Soriano
  • 2. Los niños y niñas pertenecen al sector de la sociedad que no puede ejercer y exigir sus derechos por si mismos, ya sea por desconocimiento o porque no les es permitido, y debe conformarse con lo que el mundo adulto le otorgue; por lo que es obligación social la protección y el cuidado de aquellas prerrogativas a las que tiene derecho un ser humano que todavía no puede escoger, que no puede defenderse y que en innumerables ocasiones y de muy diversas formas es violentado.
  • 3.  El principio fundamental de respeto a los derechos humanos de los menores que hayan infringido las leyes penales, o de quienes sean señalados responsables de haber violado esas leyes, es el derecho a ser tratados con dignidad y pleno respeto a sus derechos y libertades fundamentales.
  • 4.  Los menores con calidad de infractores sufren una doble victimización: la primera, por parte de las instituciones que deben garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los niños y las niñas, la segunda, la que reciben en los Centros de Tratamiento para Menores donde no se satisfacen de manera adecuada sus necesidades de alimentación, salud, educación, y sano esparcimiento para su desarrollo integral, como lo dispone el artículo 4º constitucional.
  • 5.  la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en abril de 2002, emprendió una investigación sobre la situación de los derechos humanos de los menores infractores en los Centros de Tratamiento para menores en todo el país.  El problema social que implican las conductas infractoras de los menores y la obligación del Estado de proveer lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.  El objetivo del estudio era conocer la situación real de los menores internos en los centros de tratamiento para menores infractores, así como sus condiciones generales de vida, para estar en posibilidad de determinar los factores familiares, sociales y culturales que llevaron a los menores a cometer la conducta infractora.
  • 6.  En las entrevistas realizadas se detecto que el 20% de los menores provienen de hogares desintegrados; que el 16% de ellos cuenta con un solo tutor. Que el 3% vivía con la pareja y el 1% en situación de calle o en estado de abandono.  Por otra parte, se determino que el 25% de los entrevistados han pertenecido a una pandilla, el 36% tiene o ha tenido algún familiar preso y el 37% se ha fugado de casa.  Se considera que un menor se encuentra en situación de riesgo, cuando haya sufrido lesiones físicas, sexuales o emocionales causadas por sus padres; haya sido descuidado, abandonado o explotado por sus tutores; se vea amenazado por un peligro físico o moral debido al comportamiento de los padres o cuando se haya manifestado en el propio comportamiento del niño un grave peligro físico o psicológico para sí mismo.
  • 7. . Por lo que respecta a la atención medica, el personal de la CNDH pudo constatar que en el expediente de cada menor se incluye un examen médico de ingreso, pero aun cuando las autoridades de algunos Centros nos informaron que realizan exámenes periódicos, en algunos de ellos la atención medica se presta a solicitud del menor por lo que no se pudo constatar la prioridad de dichos exámenes.  Respecto del trato en los Centros, algunos menores internos se quejaron de golpes y maltratos por parte del personal de custodia en el Centro de Orientación y Tratamiento para Varones de Mexicali y en el Consejo de Menores de Tijuana, ambos en el estado de California, así como en el Centro de Observación y Adaptación Social para Niños y niñas en Conflicto con la Ley Penal del estado de Veracruz.
  • 8.  La familia es el grupo fundamental de la sociedad, donde las personas adquieren los principios educativos, culturales y morales, por lo que la inexistencia de estos principios, así como la falta de los medios necesarios para alcanzar un desarrollo adecuado de los menores, determinan su comportamiento antisocial. La educación es un elemento determinante para el desarrollo de los menores; a pesar de ello, la gran mayoría de los niños que se encuentran recibiendo tratamiento en internación abandonaron sus estudios antes de ingresar a los Centros; esto, debido a los problemas en casa, a los escasos recursos económicos con los que cuentan las familias mexicanas o simplemente por el desinterés de los propios menores.
  • 9.  Debe ser una de las tareas principales del Estado el buscar soluciones a los problemas económicos, sociales, educativos y culturales que enfrentan la sociedad mexicana y que constituyen las verdaderas causas de la delincuencia.  Es responsabilidad del Estado, de la familia y de la sociedad en su conjunto, que un niño no cometa infracciones a la ley penal; si tiene cubiertas sus necesidades afectivas, económicas, de salud y de desarrollo integral, difícilmente se convertirá en un menor infractor.