2. CONTENIDO
SIMBOLOS INSTITUCIONALES ............................................................................................. 5
INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 9
JUSTIFICACIÓN ...................................................................................................................... 9
FILOSOFÍA............................................................................................................................. 10
MISIÓN ................................................................................................................................... 10
VISIÓN.................................................................................................................................... 10
TITULO I. ................................................................................................................................ 11
CAPITULO I. .......................................................................................................................... 11
PRINCIPIOS GENERALES .................................................................................................... 11
Artículo 1. Prevalencia de la constitución política .............................................................. 11
Artículo 2. Dignidad humana .............................................................................................. 11
Artículo 3. Debido proceso ................................................................................................. 11
Artículo 4. Libertad de cátedra ........................................................................................... 11
Artículo 5. Corresponsabilidad ........................................................................................... 11
CAPITULO II .......................................................................................................................... 12
PRINCIPIOS INSTITUCIONALES .......................................................................................... 12
Artículo 6. Ecumenismo ...................................................................................................... 12
Artículo 7. Inclusión ............................................................................................................. 12
Artículo 8. Pedagogía Del Amor .......................................................................................... 12
Artículo 9. Investigación ...................................................................................................... 12
Artículo 10. Visión estética .................................................................................................. 12
Artículo 11. Postura política ................................................................................................ 13
TÍTULO II. MARCO LEGAL .................................................................................................. 13
CAPITULO I ........................................................................................................................... 13
CONCEPCIÓN Y ROL DEL GOBIERNO ESCOLAR EN EL DESARROLLO
INSTITUCIONAL .................................................................................................................... 13
Artículo 12. Mecanismos para la toma de decisiones ......................................................... 13
CAPITULO II. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR ....................................................... 15
Artículo 13. Rector............................................................................................................... 15
Artículo 14. Consejo Directivo. ............................................................................................ 16
Artículo 15. Consejo Académico ......................................................................................... 18
Artículo 16. Consejo Estudiantil .......................................................................................... 20
Artículo 17. Consejo de Padres de Familia ......................................................................... 21
Artículo 18. Asociación de Padres de Familia ..................................................................... 22
Artículo 19. Personería Escolar ........................................................................................... 24
CAPITULO III ......................................................................................................................... 25
OTROS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR ................................................................ 25
Artículo 20. Consejo de Convivencia................................................................................... 25
Artículo 21. Coordinación de Convivencia ........................................................................... 26
Artículo 22. Jefes de Convivencia por Nivel ....................................................................... 27
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión
2
3. Artículo 23. Comisión de Apoyo al Estudiante .................................................................... 28
Artículo 24. Vicepersonería de Convivencia ........................................................................ 29
Artículo 25. Juntas de Grupo ............................................................................................... 30
TITULO III ............................................................................................................................... 30
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ..................................................................... 30
Artículo 26. Criterios de evaluación y promoción. ............................................................... 30
Artículo 27. Promoción de estudiantes ................................................................................ 32
Artículo 28. Escala de valoración institucional .................................................................... 33
Artículo 29. Definición para la escala valorativa .................................................................. 33
Articulo 30. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los
estudiantes durante el año escolar ..................................................................................... 36
Articulo 31. Procesos de autoevaluación de los estudiantes............................................... 37
Articulo 32. Estrategias de apoyo ........................................................................................ 37
TITULO IV .............................................................................................................................. 38
PERFILES .............................................................................................................................. 38
CAPITULO I ........................................................................................................................... 38
DE LOS Y LAS ESTUDIANTES ............................................................................................. 38
Artículo 33. Perfil del Estudiante ......................................................................................... 38
Artículo 34. Perfil del Egresado-a ........................................................................................ 39
CAPITULO II .......................................................................................................................... 39
DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ....................................................................... 39
Artículo 35. Perfil de el-la docente ...................................................................................... 39
Artículo 36. Perfil del Directivo Docente .............................................................................. 40
DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA ......................................................................... 41
Artículo 37. Perfil ................................................................................................................. 41
TITULO V ............................................................................................................................... 41
CAPITULO I ........................................................................................................................... 41
DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES ............................................................................... 41
Artículo 38. De los derechos de los y las estudiantes ......................................................... 41
Artículo 39. Deberes de los y las estudiantes ..................................................................... 44
Artículo 40. Derechos de los-as docentes y los-as directivos docentes .............................. 46
Artículo 41. Deberes de los-as docentes y los-as directivos docentes ................................ 46
PADRE DE FAMILIA .............................................................................................................. 48
Artículo 42. Derechos ......................................................................................................... 48
Artículo 43. Deberes........................................................................................................... 48
TITULO VI .............................................................................................................................. 49
ESTÍMULOS ........................................................................................................................... 49
Artículo 44. De los estudiantes ............................................................................................ 49
Artículo 45. De los docentes y directivos docentes ............................................................. 49
TITULO VII ............................................................................................................................. 50
DEBIDO PROCESO ............................................................................................................... 50
CAPITULO I ........................................................................................................................... 50
DEFINICIÓN Y OBJETIVO..................................................................................................... 50
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión
3
4. CAPITULO II .......................................................................................................................... 51
PROCEDIMIENTOS E INSTANCIAS DEL PROCESO .......................................................... 51
CAPITULO III ......................................................................................................................... 51
FALTAS .................................................................................................................................. 51
Artículo 46. Faltas leves ...................................................................................................... 51
Artículo 47. Faltas graves ................................................................................................... 52
Artículo 48. Faltas gravísimas ............................................................................................. 53
TITULO VIII ............................................................................................................................ 55
ACCIONES CORRECTIVAS .................................................................................................. 55
Artículo 49. Todas las faltas leves y graves, tendrán entre otras las siguientes acciones
correctivas: .......................................................................................................................... 55
TITULO IX .............................................................................................................................. 56
UNIFORME ............................................................................................................................. 56
Artículo 50. Uniforme de gala .............................................................................................. 56
Artículo 51. Uniforme de Educación Física ......................................................................... 57
Artículo 52. Uniforme de diario para los estudiantes de la tercera jornada ......................... 57
TITULO X ............................................................................................................................... 58
CRITERIOS PARA SELECCIÓN ........................................................................................... 58
Y ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES ...................................................................... 58
Artículo 53. Aclaración ........................................................................................................ 58
TITULO XI .............................................................................................................................. 59
FUNDAMENTOS JURIDICOS ............................................................................................... 59
ANEXOS................................................................................................................................. 60
ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL ....................................................................................... 60
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión
4
5. MANUAL DE CONVIVENCIA
COLEGIO BELLO ORIENTE
AÑO 2012
Carrera 23B 84B-27. Teléfono 529 23 85/ 528 9599
Institución Educativa Privada de Educación Formal, con iniciación de labores según
resolución 006327 del 11 de diciembre de 1991. Aprobación por los años 1992 y 1993 los
estudios del grado Sexto, según resolución 006746 del 16 de junio de 1992, Licencia para
iniciación de labores a los grados Séptimo a partir de 1993, y Octavo a partir de 1994, según
resolución 000266 del 2 de mayo de 1995. Aprobación por el año 1993 los estudios del
grado Séptimo y por el año 1994 los estudios correspondientes a los grados Sexto, Séptimo
y Octavo, según resolución 000363 del 22 de mayo de 1995. Licencia de funcionamiento
para el grado noveno según resolución 000043 del 27 de febrero de 1996. Licencia de
funcionamiento a partir del 2002, y legalización de estudios para los niveles Preescolar,
Básica, Media, y educación de Adultos, Ciclos lectivos integrados especiales CLEI I, II, III y
IV, por los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 según resolución 15441 del 8 de
noviembre de 2002 y Resolución aclaratoria 17928 del 12 de diciembre de 2002. Ampliación
del servicio Público educativo para la educación Formal de adultos en el Nivel de Media
Académica (CLEI V y VI), según Resolución 0501 del 27 de abril de 2005. Plan de Estudios
según Ley General de Educación 115 de 1994; Reglamentación según Decreto 1860 de
1994 y Decreto 0230 del 11 de Febrero 2002. Código DANE: 305001021121. Código ICFES:
080309 y 136374
Funcionamos bajo el Programa Acceso e inclusión contratación de la Prestación del Servicio
Educativo Público del Municipio de Medellín.
SIMBOLOS INSTITUCIONALES
Escudo
Subdividido en 2 partes:
En la primera: el sol, que ubica a los estudiantes frente al
conocimiento, abrirse a nuevas aportunidades por medio de los
libros y los medios tecnológicos de la época, los cuales le permiten
el acceso al invaluable derecho de la educación, su formación
integral y la paz.
En la parte inferior, se encuentran las montañas, en donde estan
insertados los hogares donde viven, desde ellas se divisa la ciudad,
en este lugar habita la esperanza, acompañada de un cielo azul,
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión
5
6. amplio y sereno, que proyecto niños-as, jóvenes y adultos-as militantes de la vida y la no
violencia activa.
La combinación del colegio Bello Oriente en nuestra ciudad permitira la educación como
medio para llevarles al triunfo mediante el valor de la sabiduría.
(Recapitulación reflexiones 2000-2001.)
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión
6
7. CORO IV
Ha puesto sus ojos tan alto
La tierra genera sustento, Y sus huellas se hacen notar,
La ciencia la mies del saber, Por el camino de toda la gente
Si conjugamos trabajo y esfuerzo Que por aquí se atreve a cruzar.
Lograremos sin duda aprehender. Son personas que creen en cambios
Y se arriesgan volver a soñar,
I Cada quien coloca su aporte
En lo alto se alza el Colegio Construyendo tejido social.
Para ver desde allá la ciudad
Convencido que otra forma de vida V
Nos Permite encontrar libertad. En un cerro al lado del valle,
Así se convierte en el medio El Colegio se hace presente
Cual una luz en la oscuridad, Construyendo propuestas de vida
Como puerta que ofrece entrada Y aspirando a ser trascendente.
Al conocimiento de la realidad. Piensa en aquellas personas
Que de educación andan carentes,
II Navegando en un mundo injusto
En un costado de la montaña Discriminadas por inocentes.
Aparece como el sol naciente
Y se inserta ofreciendo salida VI
Hacia una comunidad diferente. Forjador de sueños y esperanzas
Parte desde una experiencia Entre crestas de la geografía,
Que comparte Jesús de su vida, Construye un nuevo pensamiento
Haciendo de ella una referencia Reviviendo ideas y utopías.
Para ver una población incluida. Recoge saberes y añoranzas
Las que aún prevalecen todavía,
III Recorriendo caminos y
Con unas condiciones más dignas remembranzas
Por las cuales Cristo se dio, Para llevar a la práctica algún día.
Principio que retoma CEBOGA
Y lo proyecta a través del amor. VII
Así se conforma el Colegio Es mezcla de esfuerzo y trabajo
Que por nombre Bello Oriente Por construir otro mundo mejor,
adoptó Apoyado en la fe y esperanza
Para abrir nuevos los horizontes Adelanta su ardua labor.
A un pueblo que el sistema excluyó. A través del rescate de valores
Sin perder la constancia y tesón,
Para formar seres diferentes
Capaces de cambiar su visión.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 7
8. VIII Como forma de manifestar su amor
Descubre toda esa riqueza A un pueblo que no cesa de esperar,
De un medio que es tan diverso Un mundo más justo y más humano,
Propiciando mayor acercamiento Donde nadie se vuelva a marginar.
De un pueblo que anda disperso. XI
Le proyecta a vivir la unidad, Abre un camino al excluido,
Y a un futuro menos incierto, Que viene de distinta procedencia,
Donde se dé paso a la inclusión Lo forma íntegro en valores
Para poder aunar más esfuerzos. Con acceso a la bondad de la
ciencia.
IX Permite diálogo de culturas
Hace de un complejo de virtudes Bajando el nivel de resistencia,
Dialogar a múltiples saberes Incluye etnias y otras religiones,
Y edifica propuestas colectivas Educando aún en las diferencias.
Que disminuyan el imperio de
poderes. XII
Se dedica a crear alternativas En sus humildes aulas resplandece
Donde puedan converger más La interacción motivo de alegría,
valores Por los lazos fraternos que se tejen
En el quehacer ante nuevos desafíos Mientras transcurre la labor del día.
Como producto del arduo sacrificio
X De convivir en completa armonía
Disfruta de un ambiente sano y puro Y el intercambio dado de
Conservando la belleza natural, experiencias,
Le cuida como a esa gran riqueza Principal esencia de la sabiduría De
Que Dios haya podido regalar. un mundo que exige ser mejores
Autores:
Letra: José Arturo Mora Hernández
Música: Carlos Mario Rodríguez Sánchez
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 8
9. INTRODUCCIÓN
En el Colegio Bello Oriente educamos en y para la convivencia pacífica, desde los
principios de Inclusión, Pedagogía del Amor y Ecumenismo. Practicamos la democracia
participativa como modelo político de organización social, a través del autogobierno
escolar como herramienta para el aprendizaje, la autorregulación y la construcción
colectiva. Entendemos nuestra misión educativa como una tarea transformadora del
mundo y de las personas, donde el bien común prima sobre el bien particular.
Fomentamos los valores y actitudes que incorporan a la vida cotidiana de los
ciudadanos el conocimiento, la aceptación, la valoración y la práctica de los derechos
fundamentales consignados en nuestra Constitución Colombiana.
Nuestro Manual de Convivencia está basado en las siguientes dimensiones:
Dimensión Ética: Como eje fundamental tenemos el respeto y la promoción de los
derechos y deberes, generando autonomía de las prácticas relacionales entre los
actores educativos, promoviendo la participación en todos aquellos aspectos de la
gestión escolar y pedagógica, para garantizar la dignidad humana de todos los
integrantes de la comunidad educativa y educadora, expresada en principios como:
Pedagogía del amor, Inclusión y Ecumenismo, reconociendo a Jesús como inspirador
de las relaciones con los otros.
Dimensión Pedagógica: Nuestra práctica pedagógica está fundamentada en cuatro
componentes: Autonomía, sustentada desde los postulados de Immanuel Kant,
Aprendizaje Significativo, con David Ausubel, Pedagogía Liberadora desde Paulo Freire
y Autenticidad con Fernando González, para acompañar la formación de sujetos
autónomos.
JUSTIFICACIÓN
El Colegio Bello Oriente es una Institución Educativa privada que tiene como función
social educar a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos de la zona nororiental
de Medellín en y para la vida, de acuerdo con los principios constitucionales y
resaltando la democracia participativa, donde el estudiante es corresponsable de su
accionar en el marco de sus derechos y deberes.
En la Institución entonces, todos los estamentos que conforman la Comunidad
Educativa y Educadora (estudiantes, egresados, padres de familia y/o acudientes,
docentes, directivos docentes, administradores escolares, personal administrativo y de
apoyo y Asamblea de CEBOGA) tienen un nivel de participación y responsabilidad en
los diferentes espacios de toma de decisiones. Esto garantiza la construcción colectiva
en los procesos tendientes al bienestar de toda la Comunidad Educativa y Educadora.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 9
10. FILOSOFÍA
Para el colegio Bello Oriente, la educación es un proceso permanente. Comienza en la
infancia y continúa a lo largo del ciclo vital. Concebimos la cultura como una red
simbólica en la que está inmerso el ser humano, quien al mismo tiempo la introyecta y
la recrea, a través del intercambio con sus semejantes. El conocimiento es el modo en
el que la humanidad simboliza la información personal y colectiva y se construye a
través de la creación de significados que parten de la estructura cognitiva previa de
quien interactúa con el entorno social.
La educación es, por excelencia, el dispositivo humano para la conservación, la
transmisión y transformación de la cultura. Es, además, es un modo de liberación del
ser humano respecto de sus determinaciones históricas, no es simplemente una
manera de transmitir contenidos con base en la memorización —esta es la concepción
bancaria de la educación—, es una manera de apropiarse de la historia personal y
comunitaria para generar conciencia crítica desde y para la libertad. Pero eso, para el
Colegio Bello Oriente sólo es posible educar con base en un sujeto autónomo y
auténtico, que construya formas novedosas de regulación e intercambio colectivo, un
sujeto que no se avergüenza de ser quien es y que se apropia de su vida, cuida de sí,
del otro y del entorno, hace de su vida una obra de arte.
Para el Colegio Bello Oriente, el proceso de aprendizaje permite el paso del control
social al individual, a través de la mediación lingüística. Por lo tanto, los encuentros
colectivos mediatizados por la palabra y por la interacción real con el semejante son el
centro de toda propuesta de gobierno escolar.
MISIÓN
El Colegio Bello Oriente es una institución privada que busca el desarrollo social a
través de la educación. Presta servicios de alta calidad humana y académica, educando
integralmente para la convivencia pacífica, el respeto por la diferencia, la transformación
del entorno y la conservación del medio ambiente. Busca la autonomía y la
corresponsabilidad social de su comunidad educativa, a partir de la vivencia de la
pedagogía del amor, la inclusión, el ecumenismo, la investigación, la estética y el
pensamiento político.
VISIÓN
En el año 2014, el Colegio Bello Oriente expresará la constancia en la calidad de sus
procesos a través del liderazgo en Medellín en la formación de estudiantes con
conciencia crítica, política, ecológica y científica del entorno global y local. Sus
estudiantes tendrán una visión estética y política de la vida y serán reconocidos por sus
propuestas sociales para transformar el medio. Sus docentes y directivos docentes
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 10
11. tendrán presencia académica en la nación por la calidad de sus productos de
investigación pedagógica, básica y aplicada.
TITULO I.
CAPITULO I.
PRINCIPIOS GENERALES
“Los principios son aquellas leyes fundamentales que rigen la armonía de las cosas,
crecimiento y evolución de la naturaleza, tienen un carácter de universales y esenciales
para el ser, son la gran lente a través de la cual se visualizan, interpretan o aplican las
disposiciones y normas con las que se crean todas las instituciones y además permiten
conocerlas y desentrañarlas en las honduras de su tejido íntimo”. (Ley de Infancia y
Adolescencia 1098 de 2006).
Artículo 1. Prevalencia de la constitución política. Este principio es la base y la
guía para crear una justicia escolar acorde con el respeto de los Derechos Humanos.
Artículo 2. Dignidad humana. La dignidad es el eje fundamental de los Derechos
Humanos consignados en la Carta de la ONU. Esta dignidad hace de la persona el
centro de nuestra actividad institucional y social.
Artículo 3. Debido proceso. El debido proceso es la armonización del trámite legal
con las garantías constitucionales. En la tutela 500/92 la Corte Constitucional define el
Debido Proceso de la siguiente manera: "Nadie puede ser castigado sin que se le haya
brindado la posibilidad de una defensa y las garantías del debido proceso. Toda
persona tiene derecho a que se presuma su inocencia y a que en caso de sindicaciones
en su contra, no se deduzca su responsabilidad sin haberlo oído y vencido en el curso
de un proceso dentro del cual haya podido exponer sus propias razones, dar su versión
de los hechos (Derecho de Defensa), esgrimir las pruebas que lo favorezcan y
controvertir aquellas que lo condenan. La presunción de inocencia tiene que ser
desvirtuada como requisito indispensable para que se haga posible la imposición de la
pena de sanción"
Artículo 4. Libertad de cátedra. Entendemos por libertad de cátedra la
discrecionalidad que tiene el docente para el ejercicio de su práctica, según la
competencia y ética profesional, sin ir en detrimento del modelo pedagógico del
Colegio.
Artículo 5. Corresponsabilidad. Entendemos la corresponsabilidad como la
participación de los actores que integran la Comunidad Educativa y Educadora, para
garantizar el ejercicio de los derechos y deberes de todos y todas.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 11
12. CAPITULO II
PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
“Los principios son aquellas leyes fundamentales que rigen la armonía de las cosas,
crecimiento y evolución de la naturaleza, tienen un carácter de universales y esenciales
para el ser, son la gran lente a través de la cual se visualizan, interpretan o aplican las
disposiciones y normas con las que se crean todas las instituciones y además permiten
conocerlas y desentrañarlas en las honduras de su tejido íntimo”.
Artículo 6. Ecumenismo. Asumimos el ecumenismo como una actitud de apertura,
tendiente a buscar la unidad y la comunión de fe entre los diferentes credos religiosos,
que se concreta en la posibilidad de realizar acciones conjuntas sin discriminación, para
las transformaciones colectivas o personales a través de las experiencias de vida
espiritual.
Artículo 7. Inclusión. Para el Colegio Bello Oriente la Inclusión es entendida como la
manera de generar un espacio de total apertura donde se le permita a cualquier
miembro de la Comunidad Educativa y Educadora, participar en la construcción de
procesos educativos y de convivencia, sin discriminación de raza, condición social,
económica, cultural o religiosa, permitiéndole descubrir y potencializar sus talentos,
como una manera de favorecer el libre desarrollo de la personalidad.
Artículo 8. Pedagogía Del Amor. Para el Colegio Bello Oriente la Pedagogía del Amor
es entendida como el vínculo que permite ayudar a crecer, construir y dignificar la
existencia. Es la estrategia para asimilar conocimientos, mediante el respeto por la
diferencia, la aceptación, reconocimiento y valoración del otro, teniendo en cuenta la
edificación y la corresponsabilidad, que posibilita el bienestar colectivo y personal de
toda la Comunidad Educativa y Educadora.
Artículo 9. Investigación. A partir de este año, la investigación es otro principio
institucional. Y es principio porque, más allá de que investigar sea una práctica
pedagógica, en el Colegio Bello Oriente se entiende como una postura institucional,
como el punto de partida de todo conocimiento significativo. La investigación
propiamente dicha es simplemente la concreción práctica de esta apuesta en la que es
la inquietud del hombre y la interacción entre la red paradigmática construida en su
historia y el medio circundante lo que permite la ampliación del conocimiento sobre el
mundo y el enriquecimiento de la posición personal en la cultura de cada humano.
Artículo 10. Visión estética. Para el Colegio Bello Oriente, la sensibilidad por el
mundo, por uno mismo y por el otro, la capacidad de reconocer la estructura individual
de cada fenómeno vital y de recrearlo a partir de la creatividad por medidos
intelectuales, espirituales, académicos o artísticos es el punto de partida de una
apuesta ética por la transformación y por el mejoramiento del mundo.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 12
13. Artículo 11. Postura política. Por supuesto, no es de filiación a un grupo político de lo
que aquí se habla, sino del posicionamiento subjetivo frente a la realidad social, de la
crítica respetuosa y la comunicación directa frente a las estructuras organizativas
circundantes, de la subjetivación del lugar en el mundo y de los acontecimientos que en
él acaecen. La postura política es la decisión frente a la realidad propia y contextual y la
participación en la transformación del entorno, la apuesta por la posibilidad del liderazgo
desde las capacidades personales y colectivas.
TÍTULO II. MARCO LEGAL
CAPITULO I
CONCEPCIÓN Y ROL DEL GOBIERNO ESCOLAR EN EL DESARROLLO
INSTITUCIONAL.
En el Colegio se tiene una clara convicción en el Gobierno Escolar desde la
administración colegiada y democrática, desarrollando el principio de la participación de
los actores educativos en los estamentos creados para la orientación, dirección y
desarrollo de la institución.
Este modelo de gestión administrativa lleva en construcción ya casi diez años, tiempo
que se ha invertido en promover la formación del Consejo de Padres de Familia y la
Asociación de Egresados, de tal forma que se garantice una participación directa en el
Consejo Directivo.
Se ha consolidado el proceso de elección del Personero Estudiantil mediante votación
individual, desde el grado Transición a Once, incluyendo a los adultos y adultas; así
como también se promueve la conformación del Consejo Estudiantil, desde el cual se
elige el o la estudiante del grado Once para representar a los y las estudiantes en el
Consejo Directivo. Igualmente se facilitan las Asambleas de los educadores y las
educadoras al iniciar el año lectivo para que elijan sus representantes al Consejo
Directivo.
Artículo 12. Mecanismos para la toma de decisiones.
Desde el 2004, y con miras a garantizar la participación activa de todos los estamentos
de la comunidad educativa, se ha implementado la elección democrática de una junta
de grupo por cada uno de los grupos conformados en el Colegio, desde preescolar
hasta el grado 11°, las cuales constan de:
A. Presidente o presidenta: Estudiante con capacidad de liderazgo y
responsabilidad, que vela por el cumplimiento del manual de convivencia.
Representa al grupo ante el Consejo estudiantil y es responsable de velar por el
buen manejo, al interior del grupo, de la bitácora del autogobierno.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 13
14. B. Vicepresidente o vicepresidenta: Estudiante que queda en segundo lugar de
votación para la elección de la presidencia de grupa. Apoya las funciones del
presidente o la presidenta y desempeña sus funciones, en su ausencia.
C. Secretario o secretaria: Estudiante que queda en tercer lugar de votación para
la elección de la presidencia de grupo; se encarga de realizar actas en reuniones
de asamblea de grupo, favorecer la comunicación directa con orientadores y
orientadoras, jefaturas de nivel y coordinaciones.
PARÁGRAFO: Estas juntas son elegidas durante la tercera semana del año escolar,
por medio de voto popular y tienen una responsabilidad directa con el conducto regular.
Su función primordial es promover la convivencia grupal y apoyar el mejoramiento de
los estudiantes mediante las asambleas grupales, que se realizan semanalmente con el
acompañamiento del orientador del grupo.
Para facilitar su labor, cuentan con una herramienta que es el Cuaderno de
Autogobierno en el que se lleva registro de los procesos académicos y convivenciales
del grupo, incluyendo estrategias para el manejo de conflictos, decisiones para el
mejoramiento, compromisos individuales y grupales.
Cada grupo tiene un orientador o una orientadora (docente) que se encarga de
acompañar y orientar a todos y todas las estudiantes, incluida la junta grupal, en todos
los procesos que involucran su vida escolar. Así mismo, existe una figura que apoya y
dinamiza la gestión de los grupos, las juntas de grupo, al personal docente en los
procesos académicos y convivenciales; esta es la Jefatura de Departamento y Jefatura
de Nivel respectivamente, que es asumida por un docente o una docente de cada
departamento académico y nivel de convivencia, que se caracteriza por su liderazgo en
los procesos correspondientes.
Desde el año 2008 se crean las figuras de Vicepersonería Académica y Vicepersonería
de Convivencia, cuya función es apoyar la gestión de la Personería Escolar desde la
promoción y vinculación de estrategias que fortalezcan los procesos académicos y
convivenciales, la mediación de conflictos entre docentes y estudiantes y finalmente, la
comunicación efectiva y oportuna con la Coordinación Académica y de Convivencia de
acuerdo con su rol.
En esta organización administrativa, tienen lugar las Comisiones de Apoyo al Estudiante
y de Convivencia, así como los Consejos Académico y de Convivencia. Igualmente, se
establecen y acompañan los Consejos de Padres y de Estudiantes. Por último, está el
Consejo Directivo, como la máxima instancia del proceso de toma de decisiones, que se
apoya en las anteriores instancias asesoras, así como en los reportes de indicadores
hechos por cada líder de proceso del Sistema de Gestión de Calidad. El Consejo
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 14
15. Directivo se encarga de acompañar, orientar y hacer seguimiento para que todas las
prácticas institucionales estén acordes con el horizonte institucional.
Representación del gobierno escolar. En cumplimiento a la normatividad vigente y a
la disposición de obligatoriedad en la definición de la organización del gobierno escolar,
donde participan todos los estamentos de la comunidad educativa (artículo 19 decreto
1860 de 1994), el gobierno escolar está constituido por:
CAPITULO II. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Artículo 13. Rector.
El rector del Colegio Bello Oriente debe cumplir con todo lo establecido por la ley (115,
decreto 1860 y ley 715) enmarcado en el perfil que establece el documento A3GH-
GU01 PERFIL DE CARGOS Y DICCCIONARIO DE COMPETENCIAS. Entre las más
representativas están:
NOMBRE DEL CARGO: RECTORÍA COLEGIO BELLO ORIENTE
OBJETIVO DEL CARGO: Liderar los procesos propios del PEI, velando por la
coherencia de éste con la legislación educativa vigente y propendiendo por el Desarrollo
Social de las comunidades atendidas.
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
1. Recuperar y evaluar informes sobre decisiones tomadas por el Consejo Directivo
frente a padres de familia, estudiantes y docentes.
2. Asesorar y ejecutar decisiones sobre el nivel académico, aprobación y promoción
de estudiantes.
3. Proponer programas de formación, capacitación y motivación para el equipo de
trabajo a fin de lograr procesos para alcanzar el desarrollo del talento humano.
4. Validar con su firma la expedición de certificados de estudio y aprobación de
actas.
5. Mantener relaciones buenas y activas con instituciones y la comunidad en
general, para mantener el continuo progreso y mejora de la vida comunitaria.
6. Velar porque se cumplan las funciones y deberes de los docentes y demás
empleados a su cargo.
7. Promover y animar la conformación, reglamentos y funcionamiento de Escuelas
de padres, Consejos Académicos y Estudiantiles.
8. Elaborar y presentar el plan operativo y el presupuesto ingresos y gastos del
Colegio a la instancia competente (Director de Educación).
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 15
16. 9. Orientar y promover la ejecución del PEI y ajustarse a toda decisión del gobierno
nacional, departamental, municipal y escolar en política de educación y a la
misma administración de CEBOGA.
10. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas
del plantel.
11. Establecer criterios y estrategias para administrar el Colegio y el personal a su
cargo, de acuerdo con las políticas vigentes.
12. Presentar informes periódicos sobre los resultados de su gestión al Director de
Educación.
13. Velar por el cumplimiento cabal del Conducto Regular.
14. Participar del proceso de selección de personal.
15. Liderar procesos de extensión institucional.
16. Las demás funciones asignadas por su jefe inmediato y que no contradigan el
objetivo propio del cargo.
Artículo 14. Consejo Directivo.
Según el artículo 21 del decreto 1860 de 1994, el Consejo Directivo de los
establecimientos educativos estará integrado por:
A. El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
B. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en
una asamblea de docentes.
C. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la
Asociación de Padres de Familia.
D. Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los
estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la
institución.
E. Un representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de ternas
presentadas a las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por
quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los
estudiantes.
F. Un representante de los sectores productivos organizados en un ámbito local o
subsidiariamente las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del
establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de
candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 16
17. Funciones del Consejo Directivo.
Según el artículo 23 del decreto 1860 de 1994 las funciones del Consejo Directivo de
los establecimientos educativos son:
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las
que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservas a la dirección
administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber
agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
estudiantes.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado
por el rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del
currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de
Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
estudiante que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún
caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución.
12. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
13. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la
realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la
respectiva comunidad educativa.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 17
18. 14. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
15. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
16. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.
17. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los
convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables
de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de
texto y similares.
18. Darse su propio reglamento.
Artículo 15. Consejo Académico
Según el Artículo 24 del decreto 1860 de 1994, El Consejo Académico está integrado
por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área
definida en el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones:
1. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del
proyecto educativo institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el decreto 1860
de 1994.
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la evaluación institucional anual.
5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los
educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso
general de evaluación.
6. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
proyecto educativo institucional.
NOTA: Para el Colegio Bello Oriente, el Rector delega en la Coordinación Académica la
función de presidir dicho Consejo. En las sesiones además de la participación de los
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 18
19. Jefes de Departamento, asistirá el Vicepersonero Académico y el representante de la
Jornada de Adultos.
Funciones Coordinación Académica.
a. La atención a los estudiantes en los aspectos académicos, de evaluación y
promoción. Para tal efecto los educandos se podrán agrupar por conjuntos de grados.
b. La orientación en el desempeño de los docentes de acuerdo con el plan de estudios.
Con tal fin se podrán agrupar por afinidad de las disciplinas o especialidades
pedagógicas.
c. La interacción y participación de la comunidad educativa para conseguir el bienestar
colectivo de la misma. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a
necesidades y conveniencias.
Funciones Jefes de Departamento.
A. Apoyar a la Coordinación Académica en la ejecución del P.E.I. en lo concerniente al
componente pedagógico, con el fin de viabilizar la consecución de los objetivos
institucionales y organizacionales.
B. Asistir a los Consejos Académicos Ordinarios y Extraordinarios.
C. Las disposiciones y tareas emanadas desde el Consejo Académico, Consejo de
Convivencia y Consejo Directivo.
D. Revisión de las planeaciones mensuales de los docentes que conforman su
departamento.
E. Articular los proyectos obligatorios al currículo.
F. Liderar los proyectos propuestos por el departamento.
G. Acompañamiento pedagógico a los docentes.
H. Revisar, sugerir cambios, hacer correcciones y aprobar las pruebas estandarizadas.
I. Vigilar el cumplimiento de los procesos de recuperación y superación y de nivelación
de logros de su departamento.
K. Liderar acciones y programas de mejoramiento del proceso académico de las áreas
que conforman el departamento.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 19
20. VICEPERSONERO ACADÉMICO.
Será el estudiante que haya obtenido la segunda mayor votación entre los candidatos.
Se encargará de apoyar la personería escolar en todo lo referente a:
A. La promoción y vinculación de estrategias que fortalezcan los procesos académicos
en el Colegio.
B. Mediación de conflictos académicos entre un estudiante y un docente.
C. Comunicación efectiva y oportuna con la Coordinación Académica.
Artículo 16. Consejo Estudiantil
Según el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994 se contempla que: en todos los
establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado
que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los
educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el
establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo.
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras
semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes
que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno, mediante votación secreta,
un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
Nota: La función del vocero para el Consejo de Estudiantes será asumida por la junta
de grupo, que se deberá elegir a principio de año, y están compuestas por un
presidente, un vicepresidente y un secretario.
Funciones del Consejo de Estudiantes.
1. Darse su propia organización interna.
2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del
establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil.
4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya
el manual de convivencia.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 20
21. Artículo 17. Consejo de Padres de Familia
En el Artículo 6º del Decreto 1286 de 2005 se expresa lo siguiente: EL Consejo de
padres deberá conformarse en todos los establecimientos educativos. Podrá organizar
los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional, y el
Plan de Mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de
trabajo que acuerden con el rector.
El consejo de padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro
ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de
afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirán como mínimo tres
veces al año por convocatoria del rector o por derecho propio. Las sesiones serán
presididas por un padre de familia elegido por ellos mismos.
Funciones del Consejo de Padres.
1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de
las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de
competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior ICFES.
3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en
las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos
planteados.
5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a
desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el
afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio
extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente
aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y
concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la
Constitución y la Ley.
8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental
de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de
problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 21
22. 9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de apoyo al estudiante.
10. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que
surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y
16 del Decreto 1860 de 1994.
11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del
establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9
del presente decreto.
PARÁGRAFO: El Rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la
información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.
El Consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en
directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización
cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante
otras instancias o autoridades.
Artículo 18. Asociación de Padres de Familia
Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad
jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y
voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un
establecimiento educativo. Sólo existirá una asociación de padres de familia por
establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el
artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya
adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su
patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento
educativo.
PARÁGRAFO: La Asamblea general de la Asociación de padres es diferente de la
asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los
padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no
a la Asociación.
Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de
los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de
la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo
directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia
como miembro del Consejo Directivo.
En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la
asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 22
23. Finalidades de la Asociación de Padres de Familia. Las principales finalidades de la
asociación de padres de familia son las siguientes:
1. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento
del establecimiento educativo.
2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos
los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.
4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias
para mejorar sus resultados de aprendizaje.
5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica
de los conflictos y compromiso con la legalidad.
6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y
propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad
con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.
Manejo de los recursos de la Asociación de padres. El patrimonio de la asociación
de padres de familia y su gestión deben estar claramente separados de los del
establecimiento educativo. Será administrado únicamente por la junta directiva de la
asociación de acuerdo con los estatutos. Esta designará al responsable del recaudo de
los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso,
podrá ser un directivo, administrativo o docente del establecimiento educativo. La junta
directiva deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su
gestión académica, administrativa y financiera.
La Junta Directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos que por
distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación financiera
establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros de la asociación
deberá tener póliza de manejo.
Los bienes de la asociación de padres de familia que favorezcan a la formación de los
educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los términos del
acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del establecimiento, en el
cual se definan los mecanismos que permitan su uso, sostenimiento y mantenimiento.
PARÁGRAFO: Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solo
podrán exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los asistentes a la
asamblea general de asociados, convocada con la debida anticipación. En ningún caso,
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 23
24. la asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en un plan de
desarrollo y plan anual de caja.
Prohibiciones para las Asociaciones de padres de familia. Les está prohibido a las
asociaciones de padres de familia:
1. Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de éstos, con destino al establecimiento
educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios, o cualquier forma
de aporte en dinero o en especie, o imponer la obligación de participar en
actividades destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios
de conformidad con lo establecido en la sentencia T-161 de 1994.
2. Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir
uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la
asociación o de miembros de ésta, o en aquellos con los que establezcan convenios.
3. Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás
organismos colectivos del establecimiento educativo, o aquellas propias de los
organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del sector
educativo.
4. Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se
practiquen juegos de azar.
NOTA: Los miembros de la junta directiva de la asociación de padres de familia no
podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán hacerlo sus padres,
cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de
consanguinidad o segundo de afinidad.
Artículo 19. Personería Escolar
En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un
estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución, encargado de promover
el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la
Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia. “Artículo 28
del Decreto 1860 de 1994”
El personero tendrá las siguientes funciones:
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual
podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la
colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de
deliberación.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 24
25. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones
a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el
incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
3. Presentar ante el rector o el director administrativo, según sus competencias, las
solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los
derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que
haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su
intermedio.
El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario,
siguientes al de iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector
convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de
mayoría simple y mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
CAPITULO III
OTROS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Artículo 20. Consejo de Convivencia
Para el Colegio Bello Oriente el consejo de convivencia está conformado por el Rector
(quien lo preside) o, en su defecto, el coordinador o la coordinadora de convivencia;
también hacen parte de éste el psicólogo o la psicóloga, los y las jefes de nivel, dos
padres o madres de familia y el vice personero de convivencia. Son sus funciones:
1. Acompañar procesos convivenciales en el seguimiento del debido proceso y
desde la propuesta de Autogobierno Escolar.
2. . Remitir procesos convivenciales al Consejo Directivo, en caso de ser requerido.
3. Planear y pensar constantemente la convivencia como proyecto para el
mejoramiento institucional.
4. Coordinar propuestas y proyectos de intervención de otras instituciones que
propendan por el mejoramiento de la convivencia en el Colegio.
5. Coordinar y acompañar el proceso del Consejo Estudiantil.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 25
26. Artículo 21. Coordinación de Convivencia
Funciones:
1. Informar a la Comunidad Educativa acerca de las normas de convivencia y su
adecuado cumplimiento.
2. Rendir periódicamente información al Rector sobre la disciplina en el plantel,
presentando propuestas y sugerencias pertinentes.
3. Establecer estrategias para favorecer el orden, excelente comportamiento y
utilización en la cafetería y zonas aledañas a la institución.
4. Coordinar la adecuada ejecución de las decisiones de los Consejos Directivo y
Académico.
5. Actualizar el Manual de Convivencia.
6. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.
7. Definir y velar por el cumplimiento del debido proceso en los procesos
convivenciales que se adelanten.
8. Integrar las Comisiones de Evaluación y Promoción para hacer las evaluaciones
periódicas del proceso de los Estudiantes.
9. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina del Colegio.
10. Velar por el cumplimiento de la disciplina durante el desarrollo de la jornada
escolar.
11. Colaborar con las comisiones de evaluación y promoción en el seguimiento de
los estudiantes que tienen contrato pedagógico.
12. Supervisar y controlar diariamente la asistencia y puntualidad de los estudiantes
y educadores.
13. Intervenir los casos de indisciplina, agotando el debido proceso y toda la
normatividad contenida en el Manual de Convivencia.
14. Acompañar y posibilitar la acción y coordinación de todas las actividades a
realizar en la Institución.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 26
27. 15. Proveer la aplicación de las sanciones impuestas a los alumnos e imponerlas de
acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia.
16. Conceder permisos a los Docentes.
17. Acompañar a los estudiantes y docentes en la construcción, comprensión y
asimilación del manual de convivencia.
18. Programar y atender citas solicitadas por los padres de familia para tratar
asuntos relacionados con la educación de sus hijos.
19. Participar en el Consejo Académico de la institución y en los demás que sea
requerida su presencia.
20. Convocar a los padres de familia y alumnos con casos de insuficiencia o
deficiencia en comportamiento, al término de cada período, para analizar y
presentar propuestas y sugerencias pertinentes al mejoramientoconvivencial.
21. Organizar conjuntamente con el Coordinador Académico los Cronogramas y
Agendas de trabajo.
22. Llevar los registros y controles necesarios para la administración disciplinaria del
alumnado y de los docentes.
Esta Coodinación se haya integrada por:
Artículo 22. Jefes de Convivencia por Nivel
Sus Funciones son:
1. Representar a su nivel en las reuniones de consejo convivencia, con voz y voto.
2. Solicitar y Analizar informes de los docentes de su nivel, dando la primera
revisión para pasarlos a Coordinación de Convivencia para su revisión final.
3. Ejecutar decisiones y correctivos en procesos frente a faltas leves según Manual
de Convivencia.
4. Realizar llamados de atención a los docentes de su nivel frente al incumplimiento
de tareas asignadas, con copia a la Coordinación de Convivencia para el
seguimiento del debido proceso.
5. Proponer y apoyar proyectos para el mejoramiento de la convivencia en el
Colegio.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 27
28. 6. Procurar la capacitación y actualización del equipo docente y directivo para el
mejoramiento de la convivencia.
7. Mediar conflictos entre estudiantes y docentes, cuando el orientador de grupo no
ha podido solucionarlos.
Artículo 23. Comisión de Apoyo al Estudiante
Desde lo convivencial se analizarán en la comisión de apoyo al estudiante los
siguientes aspectos:
1. Revisar los procesos de estudiantes remitidos por las juntas de grupo y
orientadores.
2. Realizar compromisos entre estudiantes y padres de familia.
3. Citar padres de familia.
4. Remitir procesos reincidentes al consejo de convivencia.
5. En coordinación con el jefe de nivel, definir correctivos pedagógicos para los
estudiantes.
6. Las comisiones por ningún motivo pueden suspender a un estudiante, solo lo podrá
hacer el RECTOR después de un debido proceso que le remite el Consejo de
Convivencia.
NOTA: La Comisión de Convivencia estará integrada por dos docentes de cada nivel y
un padre de familia del nivel.
COMISIONES DE APOYO AL ESTUDIANTE
El Consejo Académico del Colegio Bello Oriente en uso de sus atribuciones conferidas
por el decreto 1290 de 2009 reglamenta las comisiones de apoyo al estudiante.
Definición. Las comisiones de apoyo al estudiante del Colegio Bello Oriente son el
estamento que determinará la promoción de los estudiantes, a partir del análisis del
desempeño académico y convivencial; donde participaran: el rector y/o coordinador, el
jefe de nivel, los orientadores de grupo, un presidente de la junta de grupo y un
representante de los padres de familia.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 28
29. Funciones:
1. La comisión de apoyo a los estudiantes se reunirá después de finalizar cada
periodo escolar, con el fin de analizar el rendimiento académico y convivencial de
los estudiantes, reconociendo sus fortalezas y debilidades a partir de las cuales se
estructurará un plan de mejoramiento que incluya actividades de apoyo tales como
talleres, investigaciones, semilleros académicos, culturales y deportivos, y asesorías
personalizadas.
2. Cada uno de los orientadores reportará a la comisión de apoyo en el formato M4GA-
ERA-FR13 Informe para comisión a los estudiantes con desempeño bajo en una o
más áreas. Se redactará un acta en el libro reglamentario correspondiente para la
comisión de Apoyo al Estudiante, donde consten las causas de reprobación y las
estrategias de apoyo necesarias; las cuales serán aplicadas en el periodo
académico siguiente. Además habrá un compromiso entre estudiantes, padres de
familia y docentes, para superar las dificultades teniendo en cuenta los criterios de
evaluación antes descritos. Para quienes presenten más de dos áreas deficitadas el
compromiso se diligenciará en el formato M5GC-ERA-FR05 Compromisos.
3. Para efectos del cuarto periodo y promoción definitiva del estudiante, estas
actividades se verificarán durante la primera semana de desarrollo institucional del
año siguiente; teniendo en cuenta que los talleres correspondientes a cada una de
las áreas deficitadas serán entregados al finalizar el año.
4. Se realizará un consolidado de la valoración obtenida por los estudiantes en cada
área correspondiente a cada periodo académico, así como al finalizar el año escolar
utilizando el formato A1RCA-ERA-FR08 Planilla de consolidado.
Artículo 24. Vicepersonería de Convivencia
Hace parte del gobierno escolar del Colegio Bello Oriente, el vice personero de
convivencia. Será el estudiante que haya obtenido la tercera mayor votación entre los
candidatos. Se encargará de apoyar la personería escolar en todo lo referente a:
1. La promoción y vinculación de estrategias que fortalezcan la adecuada convivencia
entre los estudiantes.
2. Mediación de conflictos entre los estudiantes.
3. Comunicación efectiva y oportuna con la coordinación de convivencia.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 29
30. Artículo 25. Juntas de Grupo
Hace parte del Gobierno Escolar del Colegio Bello Oriente la figura de Junta de Grupo,
conformadas por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, cuyas funciones
son:
1. Representar al grupo ante el Consejo de Estudiantes.
2. Liderar las asambleas grupales.
3. Acompañar de manera propositiva los procesos convivenciales y académicos del
grupo.
4. Las demás actividades afines o complementarias que surjan de la dinámica del
grupo.
TITULO III.
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
Artículo 26. Criterios de evaluación y promoción.
Desde el punto de vista educativo, la evaluación es la acción permanente por medio de
la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo de los
estudiantes o sobre los procesos pedagógicos o administrativos, así como sobre sus
resultados; a fin de mantener la calidad educativa. La Evaluación de los estudiantes se
hará respondiendo a los Estándares Nacionales de Competencias, los desempeños en
cada una de las áreas y los indicadores de desempeño. En el Colegio, la evaluación
será:
a. Contextual: Dada de acuerdo con el Modelo Pedagógico Institucional y teniendo
en cuenta los indicadores de desempeño, condiciones socioeconómicas, entorno
familiar, saberes y conocimientos previos.
b. Integral: Hace referencia al adecuado proceso del rendimiento académico y
convivencial de los estudiantes en sus aspectos cognitivo, procedimental y
actitudinal. Se realiza un adecuado diligenciamiento de los instrumentos de
seguimiento y registro teniendo en cuenta todos los aspectos que son
evaluables: Cognitivo (saber, conocer); Procedimental, (hacer, practicar,
desarrollar habilidades y destrezas,) y el Actitudinal (el ser, las actitudes, la
cooperación y la convivencia).
c. Participativa: Entendida como incluyente, promocional, motivacional, y
democrática, con estrategias como la autoevaluación, la coevaluación y la
heteroevaluación, respondiendo a las necesidades e intereses de los estudiantes
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 30
31. y de la comunidad educativa, con procesos críticos, de diálogo, comprensión y
autonomía; en suma, con responsabilidad social.
d. Flexible: Entendida como una oportunidad para el acierto y el error, teniendo en
cuenta los ritmos y estilos de aprendizaje, las inteligencias, las perspectivas del
desarrollo humano y la madurez cerebral. Favoreciendo o mejorando
constantemente aquello que está fallando en el aprendizaje de los estudiantes.
e. Continua y formativa: Es aquella que se realiza en forma permanente y
sistemática, orientando a los estudiantes en cuanto a los desempeños y
dificultades, lo cual implica un proceso; donde lo que se evalúa debe ser
resultado de una acción educativa durante un determinado tiempo.
Los criterios de promoción son:
a. Se creará un estamento que determinará la promoción de los estudiantes, a
partir del análisis del desempeño académico y convivencial de éstos. Éste será
la Comisión de Apoyo al estudiante por grado, donde participarán: el rector y/o
coordinador, el jefe de nivel, los orientadores de grupo, un presidente de la junta
de grupo y un representante de los padres de familia.
b. Las Comisiones de Apoyo al estudiante se reunirán después de finalizar cada
periodo escolar, con el fin de analizar el rendimiento académico y convivencial de
los estudiantes, reconociendo sus fortalezas y debilidades, a partir de las cuales
se estructurará un plan de mejoramiento que incluya actividades de apoyo, tales
como talleres, investigaciones, participación en semilleros académicos, culturales
o deportivos y en asesorías personalizadas.
c. Cada uno de los orientadores reportará a la Comisión de Apoyo en el formato
M4GA-ERA-FR13 Informe para comisión, a los estudiantes con desempeño bajo
en una o más áreas. Se redactará un acta en el libro reglamentario
correspondiente para la Comisión de Apoyo al Estudiante, donde consten las
causas de reprobación y las estrategias de apoyo necesarias, las cuales serán
aplicadas en el periodo académico siguiente. Además habrá un compromiso
entre estudiantes, padres de familia y docentes, para superar las dificultades,
teniendo en cuenta los criterios de evaluación antes descritos. Para quienes
presenten más de dos áreas deficitadas, el compromiso se diligenciará en el
formato M5GC-ERA-FR05 Compromisos.
d. Para efectos del cuarto periodo y promoción definitiva del estudiante, estas
actividades se verificarán durante la primera semana de desarrollo institucional
del año siguiente, teniendo en cuenta que los talleres correspondientes a cada
una de las áreas deficitadas serán entregados al finalizar el año.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 31
32. e. Se realizará un consolidado de la valoración obtenida por los estudiantes en
cada área correspondiente a cada periodo académico, así como al finalizar el
año escolar, utilizando el formato A1RCA-ERA-FR08 Planilla de consolidado.
Artículo 27. Promoción de estudiantes.
La promoción se realiza al finalizar el año escolar a quienes hayan alcanzado como
mínimo un desempeño básico en las áreas establecidas en el plan de estudios. No
serán promovidos los estudiantes que presenten un desempeño bajo en dos o más
áreas e igualmente los estudiantes que presenten inasistencia injustificada mayor a un
25% de las actividades académicas preestablecidas en el calendario académico y el
plan de estudios, salvo los casos excepcionales previo aval de los Consejos Académico
y Directivo.
La promoción anticipada de grado se hará durante el primer período del año escolar. El
Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante
el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que
demuestre un rendimiento superior en su desarrollo cognitivo, personal y social, en el
marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada
en el Acta del Consejo Directivo y si es positiva en el registro escolar. (Artículo 7,
Decreto 1290 de 2009)
PARAGRAFO 1: La solicitud de promoción anticipada podrá ser presentada ante el
Consejo Académico por: el estudiante, el padre de familia, docentes o la Comisión de
Apoyo al Estudiante.
Los casos especiales de promoción son:
a. Cuando un área está conformada por dos ó más asignaturas, los profesores de
las mismas diseñarán conjuntamente las estrategias e instrumentos pertinentes
para la recuperación. Finalizado el proceso firmarán el Acta con la valoración
final de área. Acto seguido la Comisión de Apoyo al Estudiante tomará las
decisiones pertinentes.
b. El estudiante que al finalizar el año escolar obtenga un desempeño bajo en un
área será promovido, pero presentará un plan de mejoramiento individual,
asesorado por los docentes del área, durante la primera semana institucional del
siguiente año escolar. En caso de no ser aprobado, la Comisión de Apoyo al
Estudiante determinará segundos evaluadores, quienes rediseñarán un nuevo
plan de mejoramiento. El plazo máximo para culminar éste proceso será la
finalización del primer período académico y la valoración obtenida será la
definitiva.
PARAGRAFO 2: Si el estudiante presenta desempeño bajo por dos años consecutivos
en la misma área, no será promovido al grado siguiente.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 32
33. PARAGRAFO 3: El Grado Preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el
Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar, es decir que no
se reprueba.
Artículo 28. Escala de valoración institucional. La definición y adopción de la escala
de valoración de los desempeños de los estudiantes en su sistema de evaluación será:
A. Desempeño Superior
B. Desempeño Alto
C. Desempeño Básico
D. Desempeño Bajo
Artículo 29. Definición para la escala valorativa.
A. Desempeño Superior: Lo obtiene el estudiante que alcanza desempeños
óptimos en el área y/o asignatura, respondiendo de manera apropiada con todos
los procesos que le permiten enriquecer su aprendizaje, alcanzar los estándares
y competencias y superar los objetivos y las metas de calidad previstos en el
P.E.I. Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna
entre otras, las siguientes características:
1. Es creativo y puntual en la presentación de los trabajos académicos.
2. Siempre cumple con las actividades y trabajos de las áreas y/o asignaturas.
3. Propende por demostrar un pensamiento crítico en sus cuestionamientos.
4. Presenta excusas justificadas ante las faltas, de modo que su proceso académico
y convivencial no se vea afectado.
5. Procura por el mejoramiento continuo de su convivencia y sus relaciones con
toda la Comunidad Educativa y Educadora.
6. Se interesa por desarrollar actividades curriculares y extracurriculares que le
permitan avanzar y cualificar su proceso formativo.
7. Realiza un análisis basado en la comprensión de las diferentes fuentes de
consulta (TIC’, NTIC’s, Libros, enciclopedias, entre otros).
8. Contribuye al mejoramiento de los procesos, espacios y recursos del Colegio,
evidenciando su sentido de pertenencia.
9. Se involucra efectivamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes
actividades en el aula y en la institución.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 33
34. 10. Lidera procesos en el aula y/o en la institución, evidenciando capacidad de
trabajo en equipo.
B. Desempeño Alto: Lo obtiene el estudiante que alcanza desempeños óptimos en
un alto porcentaje de los indicadores previstos en cada área y/o asignatura,
demostrando un desarrollo satisfactorio en cada uno de los aspectos de la
formación. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante muestre
entre otras, las siguientes características:
1. Evidencia desde la argumentación los saberes construidos en el grado.
2. Participa efectivamente en la construcción de saberes desde la interacción con
sus pares.
3. Presenta excusas justificadas ante las faltas, de modo que su proceso no se vea
afectado.
4. Cumple con los compromisos adquiridos en las diferentes áreas y/o asignaturas.
5. Procura por el mejoramiento continuo de su convivencia y sus relaciones con
toda la Comunidad Educativa y Educadora.
6. Se interesa por desarrollar actividades curriculares que le permitan avanzar y
cualificar su proceso formativo.
7. Contribuye al mejoramiento de los procesos, espacios y recursos del Colegio,
evidenciando su sentido de pertenencia.
8. Muestra disposición y apertura para el trabajo con pares.
C. Desempeño Básico: Lo obtiene el estudiante que logra lo esencial en los procesos
de formación, con la necesidad de fortalecer su trabajo para alcanzar mayores niveles
de desempeño. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante muestre
entre otras, las siguientes características:
1. Sólo alcanza los niveles de desempeño mínimos en las diferentes áreas y/ o
asignaturas.
2. Demuestra poco interés por nivelar sus procesos de aprendizaje cuando presenta
faltas de asistencia.
3. Su nivel de desempeño se ve limitado por la falta de análisis y creatividad en sus
producciones.
4. Presenta sus trabajos fuera del límite del tiempo establecido.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 34
35. 5. Procura por el mejoramiento continuo de su convivencia y sus relaciones con
toda la Comunidad Educativa y Educadora.
6. Se interesa por desarrollar actividades curriculares que le permitan avanzar y
cualificar su proceso formativo.
7. Contribuye al mejoramiento de los procesos, espacios y recursos del Colegio,
evidenciando su sentido de pertenencia.
8. Muestra disposición y apertura para el trabajo con pares.
9. Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas
pendientes.
10. Muestra dificultades para el trabajo en grupo.
11. Se le dificulta participar efectivamente en la construcción de saberes desde la
interacción con sus pares.
12. Realiza el mínimo de actividades curriculares requeridas.
D. Desempeño Bajo: La obtiene el estudiante que no supera los desempeños
necesarios previstos en las áreas y/o asignaturas, teniendo dificultades en los
procesos de formación, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas
de calidad previstos en el P.E.I. Se puede considerar desempeño bajo cuando el
estudiante muestra entre otras, las siguientes características:
1. No alcanza el nivel de desempeño mínimo en los procesos académicos y
convivenciales, y requiere de un plan de mejoramiento con actividades de apoyo.
2. Demuestra poco interés para cumplir con el plan de mejoramiento, persistiendo
en las dificultades.
3. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su
proceso de aprendizaje.
4. Se le dificulta la vinculación a procesos de mejoramiento de su convivencia y sus
relaciones con toda la Comunidad Educativa y Educadora.
5. Incumple constantemente con las actividades y trabajos de las diferentes áreas
y/o asignaturas.
6. Incumple con las actividades curriculares requeridas de las diferentes áreas y/o
asignaturas.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 35
36. 7. Manifiesta poco interés por los procesos y el cuidado de los espacios y recursos
del Colegio.
8. Se le dificulta el trabajo y la relación con sus pares.
9. Demuestra poca motivación e interés por las actividades escolares.
10. El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta su desempeño.
Articulo 30. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños
de los estudiantes durante el año escolar.
Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los
estudiantes durante el año escolar serán:
1. Realizar una reunión mensual por departamentos para evaluar debilidades y/o
fortalezas de los procesos desarrollados en el Colegio, desde lo académico y
convivencial.
2. Fortalecer los procesos con las actividades complementarias que tiene el
Colegio, tales como: los semilleros académicos, culturales y deportivos, talleres
de refuerzo y recuperación, asesorías docentes, Ferias de la Ciencia, el Arte y la
Creatividad, Campañas de Salud, Culturales y Sociales, Proyectos de
Investigación. Además de la Técnica Laboral en implementación de redes
cableadas e inalámbricas en donde participan los y las estudiantes de los grados
décimo y once.
3. Coadyuvar en la evaluación formativa de manera permanente, a través de:
Autoevaluación, Heteroevaluación y Coevaluación.
4. Remitir al comité psicopedagógico o a psicoorientación, a los estudiantes que,
previo análisis en la Comisión de Apoyo al Estudiante, así lo requieran.
5. Realizar compromiso académico y/o de convivencia donde se comprometan el
docente, el estudiante y el padre de familia o acudiente con un Plan de
Mejoramiento Individual.
6. Determinar fechas para la realización del Plan de Mejoramiento individual dadas
por la Comisión de Apoyo al Estudiante.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 36
37. 7. Dar un informe a los padres de familia o acudientes y estudiantes en la quinta
(5ª) semana de cada periodo académico así:
a. Los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes que hayan obtenido
hasta el momento un desempeño bajo deberán presentarse a la institución para
recibir un informe verbal y/o escrito.
b. Cada estudiante presentará en su bitácora: la brújula de mi vida, un análisis
sobre su desempeño, el cual estará acompañado desde el registro por su
docente orientador.
c. Solicitar acompañamiento de los padres de familia y/o acudientes en todos los
espacios de representación del estudiante.
PARAGRAFO 1: Para los estudiantes que obtienen un desempeño bajo en dos ó más
áreas durante el segundo y tercer periodo se entregarán los informes en las
coordinaciones, con el objetivo de elaborar compromiso escrito y entregar el plan de
mejoramiento individual.
Articulo 31. Procesos de autoevaluación de los estudiantes. Para el Colegio la
Autoevaluación está enmarcada con la vinculación directa al proyecto de vida del
estudiante, para ello al iniciar el año, cada uno empezará a diligenciar un documento
denominado: Bitácora: La Brújula de mi vida (ANEXO 6), donde registrará su proceso
de aprendizaje, identificando dificultades y avances en su desempeño.
PARAGRAFO 1: Durante las asambleas grupales, se aprovechará para hacerle
seguimiento al documento Bitácora: La Brújula De Mi Vida.
Articulo 32. Estrategias de apoyo. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver
situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes serán:
1. Vinculación a los Semilleros académicos, deportivos y culturales ofrecidos por el
Colegio.
2. Banco de talleres que complementen las actividades de clase.
3. Acompañamiento al proceso evaluativo con acudiente, juntas grupales, orientador
de grupo y coordinaciones.
4. Organización de grupos de apoyo entre compañeros de clase.
5. Hacer usos de las TICs en todas las áreas y/o asignaturas.
6. Seguimiento al Plan de Mejoramiento individual de cada área y/o asignatura.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 37
38. 7. Creación de incentivos para los estudiantes que obtengan un Desempeño Superior
(Pruebas Nacionales e Internacionales), y estudiantes con talentos excepcionales a
nivel cognitivo, artístico, cultural, deportivo o similar.
8. Planear jornadas especiales con estudiantes que presentan desempeños bajos
(participación en semillero académico).
9. Suministrar al estudiante la información clara y precisa del qué, cómo y cuándo va a
ser evaluado y de los resultados de sus evaluaciones oportunamente.
10. Remitir al comité psicopedagógico o a psicoorientación, a los estudiantes que, previo
análisis en la Comisión de Apoyo al Estudiante, así lo requieran.
TITULO IV
PERFILES
CAPITULO I
DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
Artículo 33. Perfil del Estudiante
A. Es una persona capaz de cumplir sus deberes y de hacer valer sus derechos.
B. Participativo-a y que tenga metas claras en lo referente a su desarrollo personal.
C. Es crítico-a, autónomo-a y proactivo-a, es decir, personas capaces de crear
proyectos y plantear iniciativas que ayuden a la institución a mejorar procesos
educativos, culturales y democráticos.
D. Tiene sentido de pertenencia, no sólo por los bienes materiales del establecimiento,
sino además por los procesos culturales, pedagógicos, artísticos y recreativos.
E. Con espíritu investigativo, que los-as lleve a ser críticos.
F. Es respetuoso y promotor de los derechos humanos.
G. Comparte su conocimiento y saber con los demás.
H. Se compromete con la transformación de su comunidad.
I. Posee espíritu ecuménico.
J. Se Identificada con los valores que promulga la institución y la familia.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 38
39. Artículo 34. Perfil del Egresado-a
1. Es una persona crítica, autónoma, analítica, reflexiva, consciente de su propio
proceso y del entorno sociocultural donde vive.
2. Es agente de transformación de su contexto, consciente de sus potencialidades y
dispuesto a emplearlas al servicio de la comunidad.
3. Gestor de procesos de Convivencia Pacífica y de proyectos productivos para el
beneficio de la comunidad.
CAPITULO II
DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES
Desde la concepción de escuela como espacio que permite gozar de la existencia
colectiva (adultos, niñas, niños y jóvenes) con relaciones fundadas en los derechos
humanos, los-as docentes son sujetos de derechos y deberes consagrados
jurídicamente en la Constitución Política colombiana, artículo 104 de la ley 115/94 y en
el decreto 1278/2002, de los cuales se estipulan a continuación los que de manera
relevante coadyuvan al fortalecimiento de la convivencia y garantizan los DDHH de los
estudiantes, centro de nuestra labor educativa
Artículo 35. Perfil de el-la docente
1. Que ame con pasión su profesión y la disfrute.
2. Una persona equilibrada y respetuosa que hace uso de un lenguaje correcto,
incluyente y dignificante.
3. Partícipe en la vida institucional del colegio.
4. Preocupado-a por superarse y actualizarse permanentemente.
5. Una persona íntegra, con claros principios éticos y morales.
6. Una persona crítica, reflexiva y creativa, abierta a todos los cambios y
circunstancias.
7. Idóneo-a para la función asignada, proactivo-a en todo su proceso de
aprendizaje y transmisión de las funciones correspondientes.
8. Con un alto sentido de pertenencia por la institución a partir del conocimiento de
la Teleología y el PEI.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 39
40. 9. Conocedor-a del entorno sociocultural.
10. De buenas relaciones humanas, posibilitando un dialogo comprensivo con las
diferentes étnias, creencias religiosas y culturales, que le apueste al
ecumenismo.
11. Líder, capaz de propiciar ambientes de cambio y transformación.
12. Con capacidad para trabajar en equipo.
13. Que sea un adulto-a significativo-a; esto es , persona como referente de
autoridad, creativa, innovadora, ecuánime, íntegra con aptitudes y actitudes que
conduzcan a lo-as estudiantes a un buen desarrollo educativo y sociocultural,
con capacidad para generar proyectos y resolver situaciones, de reconocer sus
errores, falencias y convertirlas en fortalezas.
14. Que respete y cumpla cabalmente las estipulaciones concebidas en el Contrato
de Trabajo.
Artículo 36. Perfil del Directivo Docente
1. Es coherente con lo que piensa, dice y hace.
2. Adminsitrador y dinamizador de procesos en la comunidad educativa.
3. Promotor de las políticas y valores corporativos.
4. Cualificado en su saber específico, con estudios que lo acrediten, y que se
cualifique constantemente.
5. Es una persona que orienta y apoya procesos bajo la luz de la jerarquía
institucional. Consciente y promotor de la Misión y Visión de la Institución.
6. Veedor y ejecutor de la ley, en todas y cada unas de las instancias en las
que ésta se vea aplicada.
7. Con capacidad de valorar el trabajo de sus docentes.
8. Ser una persona íntegra, con valores y principios éticos y morales.
9. Una persona, crítica, reflexiva, creativa con mente abierta al cambio y a la
transformación.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 40
41. CAPITULO III
DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA
Artículo 37. Perfil
1. Ser tolerantes.
2. Ser asequible al diálogo, brindando confianza a los-as hijos-as y a la Institución.
3. Capacitarse cada día más para dar una buena formación integral a sus hijos-
hijas.
4. Valorar y estimular el esfuerzo de sus hijos-hijas.
5. Ser dinámicos-as y participativos-as en las actividades del colegio.
TITULO V
CAPITULO I
DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES
"TODA PERSONA TIENE DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE SU
PERSONALIDAD SIN MAS LIMITACIONES QUE LAS QUE IMPONEN LOS
DERECHOS DE LOS DEMÁS Y EL ORDEN JURÍDICO". Artículo 16 de la Constitución
Política Nacional.
Artículo 38. De los derechos de los y las estudiantes
A. DERECHO A LA PRIVACIDAD (Art.: 15 C.P): Como escolares todos-as y cada uno
de nosotros-as tenemos una vida y una historia diferente de contar. Incluyendo
casos propiamente personales los cuales no pueden ser propiamente divulgados y
expuestos al escarnio público sin nuestra debida autorización.
B. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD (Art.: 16 C.P.): Consideramos que
en el Colegio Bello Oriente se debe prohibir el consumo de sustancias
psicotrópicas, tales como cigarrillo, alcohol y drogas; se debe restringir el uso de
celulares, radios y elementos que distraigan al estudiante durante el periodo de
clases, actos cívicos, académicos y culturales
C. DEBIDO PROCESO (Art.: 29 C.P): No pueden imponerse sanciones autoritarias sin
que antes se hayan hecho las averiguaciones necesarias (debido proceso) para
determinar si deben ser sancionados y evitar la expulsión si no se ha incurrido en un
delito de la justicia regular.
Por la Excelencia, la Diferencia y la Inclusión 41