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Ley 66’97 de la Educación Dominicana

                                A modo de Introducción

La ley 66’ 97 es la ley que regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus
organismos competentes. En esta ley se presentan una serie de artículos cuyo fin es hacer
más eficiente no solo el sistema educativo dominicano, sino también la educación en
general, cada artículo presenta regulaciones ya sea para los docentes, los alumnos, el
mismo sistema e incluso la misma ley.

La Presente ley cuenta con 228 artículos que forman los 39 Capítulos y que a su vez
componen los XII títulos; dirigidos tanto al docente, a los alumnos, a las entidades de
apoyo de la educación a los padres y amigos de la escuela, así como también al estado y la
nación dominicana.

Ahora presento una pequeña síntesis de esta preciada e importante ley de educación,
basada en los Títulos y Capítulos que la componen.
Título I
                                Consideraciones Generales

                                         Capítulo I
                              Del Objeto y Alcance de la Ley
En este articulo se presenta en el principal objeto de la ley que es garantizar el derecho a
la educación para cada dominicano y además la labor de cada organismo que actúa en el
proceso educativo.

                                          Capítulo II
                      Principios y fines de la educación Dominicana
Este capítulo presenta tres artículos en los cuales aparecen resaltados los principios y fines
en que se basa nuestra educación.

Se habla de la educación como derecho permanente e irrenunciable, de la familia como
principal ente educador para sus hijos, de que cada persona niño (a) tiene derecho a una
educación apropiada y gratuita sin importar si es especial o no; así como también que
nuestra educación se basa en los principios cristianos de evidencia en el evangelio que
aparecen en nuestro escudo.

Del mismo modo expresa la obligación del Estado de brindar igualdad de calidad de
educación en cantidad y calidad y fomentar la salud y nutrición.

Como fin la educación busca formar personas libres, críticos y creativos; ciudadanos
amantes de su patria y de su familia, que conozcan sus deberes y derechos y además
respeten la dignidad humana y más aun formar “Formar recurso humano calificado para
estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional”.

                                       Capítulo III
                Funciones Del Estado En La Educación, Ciencia Y Cultura
Este capítulo nombra todas las funciones del estado que en pocas palabras se puede decir
que es mantener en funcionamiento y en al más alto nivel, con todo lo que esto abarca el
sistema educativo dominicano; fomentar la educación.

En el Art.9. Quiero resaltar algunas de las obligaciones del Estado el Lit. g y el Lit. i) en
especial. Lit. g) Facilitar y financiar la formación y actualización de los maestros en todos
los niveles y modalidades Lit. i) Supervisar la educación pública y privada.

                                        Capítulo IV
                       De La Libertad De Aprendizaje Y Enseñanza
Mediante este capítulo se establece el libertad de la enseñanza, toda persona o institución
está en su derecho de fundar establecimientos educativos; se da libertad a los talleres de
mecánica y a todos los establecimiento de educación informal, pero además a los colegios
e instituciones privadas, así como también se menciona el derecho de aprender, además
se dan a conocer algunas reglas de los centros educativos, como no armas de ningún tipo,
requisitos de mínimos de los centros educativos y las supervisión del Estado a los centros
Privados.

                                         Capítulo V
     De Las Funciones De La Comunidad, La Familia Y El Sector Privado En Educación
Aquí se trata principalmente el hecho de la participación de la comunidad en el desarrollo
de la educación, se le debe dar parte activa a la familia y la comunidad en la solución de
problemas en los Centros; quiero resaltar el Art. 20, Lit. e), cuanto a que es una obligación
de la familia escolarizar a sus hijos en la edad correspondiente según la ley, apoyar los
esfuerzos de los maestros para la buena educación de sus hijos y crear en ellos una actitud
positiva frente a los estudios.

                                         Capítulo VI
                             De La Enseñanza Moral Y Religiosa
Los padres o los tutores tienen todo el derecho de que sus hijos reciban la educación
moral y religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones”, de ahí que las
instituciones privadas tienen libertad de enseñanza religiosa, aunque toda institución
pública se debe regir por el tipo de enseñanza religiosa del currículo.

                                        Título II
                  Sobre La Estructura Académica Del Sistema Educativo

                                         Capítulo I
                         De Los Aspectos Básicos Del Sistema
El sistema educativo comprende los tipos de educación formal, no formal e informal. Los
conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos serán regulados por el consejo nacional
de educación fomentando en los alumnos el aprendizaje por sí mismo, organizando la
estructura académica en niveles, ciclos, grados, modalidades y subsistemas.

                                           Capítulo II
                     De La Estructura Académica Del Sistema Educativo
Este Capítulo abarca los artículos del 32 al 57 donde se mencionan los diferentes niveles
(inicial, Básico, medio y superior), las funciones y lo que se pretende lograr en cada uno. El
fin último de cada nivel es que los sujetos adquieran las competencias necesarias para una
vida productiva.
Título III
                               De La Calidad De La Educación

                                         Capítulo I
                   De Los Aspectos Ligados A La Calidad De La Educación
en los Artículos 58 hasta el 62 se plasma como el sistema educativo pretende alcanzar una
educación de calidad atreves de la evaluación sistemática, procesual, holística y rigurosa
de los procesos encaminados a lograr estos propósitos.

                                         Capítulo II
                 Del Fomento De La Innovación Y La Flexibilidad Curricular
El sistema educativo obtendrá mejores resultados en la medida que introduzca nuevos
cambios que respondan a la erradicación de las necesidades del mismo, en los artículos
del 63 al 69 describe como el currículo será flexible, abierto y participativo, involucrando a
todos los actores del proceso, enfocándose en los aspectos psicopedagógicos, orientación
educativas y las diferencias geográficas del país.

                                        Título IV
                              Gobierno Del Sistema Educativo

                                          Capítulo I
        Estructura Organizativa De La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura
El funcionamiento de una institución depende en buena medida de su organización, es por
ello que los artículos del 70 al 75 se enfocan en la estructura y función administrativa del
sistema educativo, estableciendo la organización jerárquica de los organismos que
integran dicho sistema.

                                        Capítulo II
                            El Consejo Nacional De Educación
Los artículos 76 – 85 establecen las funciones y atribuciones del Consejo Nacional de
Educación, así como los representantes de cada organismo que lo integran, como serán
las votaciones para elegirlos y cada que cada que tiempo se deben reunir para tomar
nuevas acciones.

                                       Capítulo III
                     El Secretario De Estado De Educación Y Cultura
Define las atribuciones del secretario de Estado de Educación, quien debe velar por la
consecución de las políticas educativas; es el principal interesado en alcanzar una
educación de calidad.
Capítulo IV
     La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura Y Su Relación Con La Educación
Se define y señala la estructura administrativa dividida en central, Regional y
descentralizadas adscritas, de forma que se visualice la eficacia del cumplimiento de las
funciones establecidas.

                                         Capítulo V
       La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura En Relación Con La Ciencia
En los artículos 97 – 99 busca el fomento de la educación científica y tecnológica, para
lograr un conjunto de objetivos en estos artículos, como lo es el desarrollo de planes
informativos con el objetivo de revalorizar la función social de la ciencia y la tecnología.

                                         Capítulo VI
       La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura En Relación Con La Cultura
LA secretaría de educación tras sus artículos 100 – 101 da un lugar especial a nuestra
cultura para difundirla, rescatarla, promoverla y auspiciar actividades que nos identifican
como verdaderos dominicanos.

                                         Título V
                           De Los Organismos Descentralizados

                                           Capítulo I
                      De Los Organismos Descentralizados Nacionales
Se presentan los organismos descentralizados como una forma de garantizar la
transparencia del sistema educativo y la participación de los distintos sectores a nivel
central, regional, distrital y local. Se crean las juntas regionales distritales y de centro
como órgano descentralizado de gestión educativa y también se crean institutos
descentralizados adscriptos a la Secretaria de Educación con el fin de fortalecer y apoyar
el principio de descentralización.

                                           Capítulo II
                   De Los Organismos Regionales De Educación Y Cultura
En los artículos 108 al 112, trata los organismos regionales, los cuales estarán dirigidos por
un director regional y que dependerá de una subsecretaría. Las funciones de este
organismo y las distintas instituciones de apoyo del mismo y además como están
formados.

                                         Capítulo III
                   De Los Organismos Distritales De Educación Y Cultura
Aquí se crean los distritos educativos y sus juntas distritales, las cuales tendrán como
jurisdicción el territorio municipal, se trata la formación del Distrito educativo, las
funciones de las juntas distritales y como están formadas las mismas.
Capítulo IV

                     De Los Organismos Locales De Educación Y Cultura
Los centros educativos están atribuidos a un distrito; cada centro está a cargo de un
director que es el encargado de velar por el cumplimiento de las normas; a su vez en cada
centro debe existir una junta escolar que es el organismo descentralizado. En este
Capítulo se trata la formación de las juntas escolares, sus funciones y composición.

                                         Título VI
                De La Profesionalización, El Estatuto Y La Carrera Docente

                                       Capítulo I
                            De La Formación Y La Capacitación
Este Capítulo trata de la capacitación y formación de los docentes en todas las
modalidades y niveles como una responsabilidad del Estado Dominicano. De la creación
del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio; de los satisfactores de
necesidades básicas y laborales, así como incentivos y estímulos en función de merito
académico. (Arts. 126 -131).

                                         Capítulo II
                                   Del Estatuto Docente
El estatuto docente lo forma las disposiciones legales que deben reglamentar la las
relaciones entre el Estado y los docentes, garantizar la calidad de la educación mediante
evaluaciones y promoción del personal docente, regular los derechos y obligaciones de
los docentes y establecer un régimen especial que garantice la estabilidad del docente en
aspectos de ingresos, remuneraciones, profesionalismo, protección, seguridad, traslado,
ascenso, licencia, vacaciones y otros aspectos importantes.

                                         Capítulo III
             Del Ingreso A La Carrera Docente Y La Estabilidad En El Empleo
Aquí se aborda la carrera docente, el ingreso a la misma, las características que debe tener
un docente antes de ser nombrado, el nombramiento y el tiempo de prueba o evaluación
que suele ser de 1 año y algunos aspectos en cuanto a la estabilidad en el trabajo, además
de algunos deberes del docente y como deben ser nombrados los docentes
administrativos y los técnicos, así como también los derechos de los mismo.

                                         Capítulo IV
                                   Del Escalafón Docente
En los artículos 143 – 147 se mencionan el escalafón o escala de los docentes y se
clasifican en categorías y especialidades. De ahí que los docentes pueden ser
administrativos, técnicos y otros.
Capítulo V
                  De La Dignificación Y Valoración Del Trabajo Docente
con los tópicos tratados en este Capítulo se pretende mejorar la calidad de vida del
docente y además hacer que se sienta motivado a desempeñar mejor su labor. Aquí se
aplican una serie de satisfactores, incentivos laborales y personales, capacitaciones y un
conjunto de reglas en pos de agradar al Docente.

                                        Capítulo VI
                            Del Tribunal De La Carrera Docente
Los artículos 153 – 158 hablan del tribunal docente como ente encargado de Solucionar
los conflictos y apelaciones del docente, aquí se tratan las funciones de este tribunal, el
alcance, como se forma el mismo en el grado de primera instancia y como está formado
en el grado de tribunal de apelación y como el Consejo Nacional de educación actuara
como órgano jurisdiccional.

                                       Titulo VII
        De Los Servicios De Bienestar Magisterial Y Del Personal De La Educación

                                         Capítulo I
                      Del Instituto Nacional De Bienestar Magisterial
Nos habla de que INABIMA es el instituto encargado de velar por los servicios de
seguridad social y el mejoramiento de la calidad de vida de los empleados de la SEE,
establece en el mismo quienes lo coordinan, cuales órganos directivos lo integran,
especifica que tendrá sus recursos propios que provienen del Estado, los descuentos que
realicen a los maestros serán transferidos directamente a INABIMA.

                                        Capítulo II
                              De Las Jubilaciones Y Pensiones
Especifica en que consiste el programas de pensiones y jubilaciones, a cuanto haciende la
cuota en porciento dependiendo del sueldo, cuando hay derecho a la jubilación
automática, quienes tienen derecho a una pensión y los beneficios de la misma entre
otros detalles.

                                         Título VIII
                      Del Instituto Nacional De Bienestar Estudiantil

                                         Capítulo I
                        Instituto Nacional De Bienestar Estudiantil
Del articulo 177 al 180 dicta las pautas del Instituto Nacional de Bienestar estudiantil, el
cual es un organismo descentralizado con fondos propios provenientes del Estado, a favor
del cuerpo estudiantil se crea el desayuno escolar, este instituto estará dirigido por un
consejo directivo; dicha estructura organizativa tendrá su propio reglamento emitido por
el Consejo Nacional de Educación.

                                       Titulo IX
                                  De La Participación

                                         Capítulo I
                            De La Naturaleza De La Participación
Toda comunidad educativa tiene el derecho y el deber de participar de forma activa en la
gestión del centro educativo; en virtud de esto los artículos 181 al 184 fomentan la
participación en todos los procesos de enseñanza – aprendizaje para el desarrollo
eficiente de la integración Escuela – Comunidad.

                                       Capítulo II
                          De Los Organismos De Participación
En este Capítulo se crean las diferentes asambleas de profesores, padres, alumnos y de
Centros educativos, se establece que los alumnos son los primeros responsables de su
formación, que en cada curso habrá un consejo estudiantil y que las Juntas Distritales de
Educación y Cultura de acuerdo a las necesidades del centro podrán crear comités de
desarrollo educativo, además motiva a la participación integral de todos y todas.

                                      Capítulo III
                         De Los Organismos De Amplia Consulta
Los organismos de amplia consulta son: el Congreso Nacional de Educación, Congreso
Regional de Educación y la Asamblea Distrital de Educación; cada uno con funciones
claramente definidas. Estos órganos de participación tienen sus reglamentos emanados
del Consejo Nacional de Educación.

                                       Titulo X
                            Financiamiento De La Educación

                                        Capítulo I
                           Del Financiamiento De La Educación
En este Capítulo se estipula con que financiamiento cuenta la educación dominicana, así
como que el mismo debe ser ajustado anualmente, también en este se establece n los
incentivos fiscales como donación, aduanas y el ITBIS. Aquí se cuenta con el Fondo
Nacional de Fomento de la Educación, el cual tendrá ingresos de varias fuentes.
Titulo XI
           De La Acreditación, La Titulación Y El Reconocimiento De Estudios

                                        Capítulo I
                              Reconocimiento De Estudios
El Consejo Nacional de Educación es responsable de validar los títulos o certificados de
estudio estableciendo los requisitos que los alumnos deben satisfacer; los certificados y su
autenticidad se legalizaran.

                                        Titulo XII
                          Disposiciones Generales Y Transitorias

                                          Capítulo I
                                  De La Igualdad De Sexos
Reafirma que todos sin importar el sexo tenemos los mismo derechos y deberes ya
estudiante, profesor, director, Técnico y otros escalafones.

                                        Capítulo II
                                   De Los Reglamentos
En esta parte se mencionan los distintos reglamentos de las entidades educativas y que
además todo reglamento concerniente a la consecución y la mejora de continua de la
calidad de la educación serán emitidos a partir de los 6 meces en vigencia de esta ley.

                                      Capítulo III
                      De Las Jerarquías De Las Normativas Legales
Mediante esta ley se podrán elaborar las ordenanzas, resoluciones, ordenes
departamentales, disposiciones y acuerdos necesarios para contribuir a mejorar la
educación dominicana.
                                      Capítulo IV
                               Disposiciones Transitorias
Aquí se visualizan los proyectos y acciones transitorias de la Secretaría de Estado de
Educación.

                                        Capítulo V
                                  Disposiciones Finales
De acuerdo con este capítulo toda ley queda derogada por esta y se da facultad de acción
a la Secretaria de Estado De Educación.
Conclusión

Me atrevería a decir que nuestro sistema educativo dominicano cuenta con una ley de
educación actualizada para la época, sin nada que envidiar con respecto a otros países.

Si en nuestro sistema se implementara por lo menos un 80% de la ley 66’97, con toda
certeza cambiaríamos mucho para bien con respecto a educación. Cada artículo de esta
ley presenta señales de haber sido pensado y planificado con anticipación para un futuro y
una nación educada.

Cada vez que he tenido la oportunidad de hojear y leer esta preciada ley de educación
siento que no solo cada docente sino también cada ciudadano debería por lo menos tratar
de esta ley de manera personal, estudiarla, leerla y tal vez de esta manera se pueda
entender hacia donde se pretende llevar nuestra educación y que ruta estamos tomando.

Esto ha sido solo una síntesis mas como me ha sido de provecho a mi espero que quizás
en un futuro sea de provecho para otros.
Instituto de Formación Docente
         “Salomé Ureña”




 Recinto Emilio Prud’ Homme

           Habilitación Docente




   Educación e Identidad de los Docentes

           Prof. Roberto Batista




            Síntesis ley 66’97



          William Trejo Bonilla

               20121-0856



            17 de Marzo 2012

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Sintesis de la ley 66'97

  • 1. Ley 66’97 de la Educación Dominicana A modo de Introducción La ley 66’ 97 es la ley que regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos competentes. En esta ley se presentan una serie de artículos cuyo fin es hacer más eficiente no solo el sistema educativo dominicano, sino también la educación en general, cada artículo presenta regulaciones ya sea para los docentes, los alumnos, el mismo sistema e incluso la misma ley. La Presente ley cuenta con 228 artículos que forman los 39 Capítulos y que a su vez componen los XII títulos; dirigidos tanto al docente, a los alumnos, a las entidades de apoyo de la educación a los padres y amigos de la escuela, así como también al estado y la nación dominicana. Ahora presento una pequeña síntesis de esta preciada e importante ley de educación, basada en los Títulos y Capítulos que la componen.
  • 2. Título I Consideraciones Generales Capítulo I Del Objeto y Alcance de la Ley En este articulo se presenta en el principal objeto de la ley que es garantizar el derecho a la educación para cada dominicano y además la labor de cada organismo que actúa en el proceso educativo. Capítulo II Principios y fines de la educación Dominicana Este capítulo presenta tres artículos en los cuales aparecen resaltados los principios y fines en que se basa nuestra educación. Se habla de la educación como derecho permanente e irrenunciable, de la familia como principal ente educador para sus hijos, de que cada persona niño (a) tiene derecho a una educación apropiada y gratuita sin importar si es especial o no; así como también que nuestra educación se basa en los principios cristianos de evidencia en el evangelio que aparecen en nuestro escudo. Del mismo modo expresa la obligación del Estado de brindar igualdad de calidad de educación en cantidad y calidad y fomentar la salud y nutrición. Como fin la educación busca formar personas libres, críticos y creativos; ciudadanos amantes de su patria y de su familia, que conozcan sus deberes y derechos y además respeten la dignidad humana y más aun formar “Formar recurso humano calificado para estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional”. Capítulo III Funciones Del Estado En La Educación, Ciencia Y Cultura Este capítulo nombra todas las funciones del estado que en pocas palabras se puede decir que es mantener en funcionamiento y en al más alto nivel, con todo lo que esto abarca el sistema educativo dominicano; fomentar la educación. En el Art.9. Quiero resaltar algunas de las obligaciones del Estado el Lit. g y el Lit. i) en especial. Lit. g) Facilitar y financiar la formación y actualización de los maestros en todos los niveles y modalidades Lit. i) Supervisar la educación pública y privada. Capítulo IV De La Libertad De Aprendizaje Y Enseñanza Mediante este capítulo se establece el libertad de la enseñanza, toda persona o institución está en su derecho de fundar establecimientos educativos; se da libertad a los talleres de mecánica y a todos los establecimiento de educación informal, pero además a los colegios
  • 3. e instituciones privadas, así como también se menciona el derecho de aprender, además se dan a conocer algunas reglas de los centros educativos, como no armas de ningún tipo, requisitos de mínimos de los centros educativos y las supervisión del Estado a los centros Privados. Capítulo V De Las Funciones De La Comunidad, La Familia Y El Sector Privado En Educación Aquí se trata principalmente el hecho de la participación de la comunidad en el desarrollo de la educación, se le debe dar parte activa a la familia y la comunidad en la solución de problemas en los Centros; quiero resaltar el Art. 20, Lit. e), cuanto a que es una obligación de la familia escolarizar a sus hijos en la edad correspondiente según la ley, apoyar los esfuerzos de los maestros para la buena educación de sus hijos y crear en ellos una actitud positiva frente a los estudios. Capítulo VI De La Enseñanza Moral Y Religiosa Los padres o los tutores tienen todo el derecho de que sus hijos reciban la educación moral y religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones”, de ahí que las instituciones privadas tienen libertad de enseñanza religiosa, aunque toda institución pública se debe regir por el tipo de enseñanza religiosa del currículo. Título II Sobre La Estructura Académica Del Sistema Educativo Capítulo I De Los Aspectos Básicos Del Sistema El sistema educativo comprende los tipos de educación formal, no formal e informal. Los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos serán regulados por el consejo nacional de educación fomentando en los alumnos el aprendizaje por sí mismo, organizando la estructura académica en niveles, ciclos, grados, modalidades y subsistemas. Capítulo II De La Estructura Académica Del Sistema Educativo Este Capítulo abarca los artículos del 32 al 57 donde se mencionan los diferentes niveles (inicial, Básico, medio y superior), las funciones y lo que se pretende lograr en cada uno. El fin último de cada nivel es que los sujetos adquieran las competencias necesarias para una vida productiva.
  • 4. Título III De La Calidad De La Educación Capítulo I De Los Aspectos Ligados A La Calidad De La Educación en los Artículos 58 hasta el 62 se plasma como el sistema educativo pretende alcanzar una educación de calidad atreves de la evaluación sistemática, procesual, holística y rigurosa de los procesos encaminados a lograr estos propósitos. Capítulo II Del Fomento De La Innovación Y La Flexibilidad Curricular El sistema educativo obtendrá mejores resultados en la medida que introduzca nuevos cambios que respondan a la erradicación de las necesidades del mismo, en los artículos del 63 al 69 describe como el currículo será flexible, abierto y participativo, involucrando a todos los actores del proceso, enfocándose en los aspectos psicopedagógicos, orientación educativas y las diferencias geográficas del país. Título IV Gobierno Del Sistema Educativo Capítulo I Estructura Organizativa De La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura El funcionamiento de una institución depende en buena medida de su organización, es por ello que los artículos del 70 al 75 se enfocan en la estructura y función administrativa del sistema educativo, estableciendo la organización jerárquica de los organismos que integran dicho sistema. Capítulo II El Consejo Nacional De Educación Los artículos 76 – 85 establecen las funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Educación, así como los representantes de cada organismo que lo integran, como serán las votaciones para elegirlos y cada que cada que tiempo se deben reunir para tomar nuevas acciones. Capítulo III El Secretario De Estado De Educación Y Cultura Define las atribuciones del secretario de Estado de Educación, quien debe velar por la consecución de las políticas educativas; es el principal interesado en alcanzar una educación de calidad.
  • 5. Capítulo IV La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura Y Su Relación Con La Educación Se define y señala la estructura administrativa dividida en central, Regional y descentralizadas adscritas, de forma que se visualice la eficacia del cumplimiento de las funciones establecidas. Capítulo V La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura En Relación Con La Ciencia En los artículos 97 – 99 busca el fomento de la educación científica y tecnológica, para lograr un conjunto de objetivos en estos artículos, como lo es el desarrollo de planes informativos con el objetivo de revalorizar la función social de la ciencia y la tecnología. Capítulo VI La Secretaria De Estado De Educación Y Cultura En Relación Con La Cultura LA secretaría de educación tras sus artículos 100 – 101 da un lugar especial a nuestra cultura para difundirla, rescatarla, promoverla y auspiciar actividades que nos identifican como verdaderos dominicanos. Título V De Los Organismos Descentralizados Capítulo I De Los Organismos Descentralizados Nacionales Se presentan los organismos descentralizados como una forma de garantizar la transparencia del sistema educativo y la participación de los distintos sectores a nivel central, regional, distrital y local. Se crean las juntas regionales distritales y de centro como órgano descentralizado de gestión educativa y también se crean institutos descentralizados adscriptos a la Secretaria de Educación con el fin de fortalecer y apoyar el principio de descentralización. Capítulo II De Los Organismos Regionales De Educación Y Cultura En los artículos 108 al 112, trata los organismos regionales, los cuales estarán dirigidos por un director regional y que dependerá de una subsecretaría. Las funciones de este organismo y las distintas instituciones de apoyo del mismo y además como están formados. Capítulo III De Los Organismos Distritales De Educación Y Cultura Aquí se crean los distritos educativos y sus juntas distritales, las cuales tendrán como jurisdicción el territorio municipal, se trata la formación del Distrito educativo, las funciones de las juntas distritales y como están formadas las mismas.
  • 6. Capítulo IV De Los Organismos Locales De Educación Y Cultura Los centros educativos están atribuidos a un distrito; cada centro está a cargo de un director que es el encargado de velar por el cumplimiento de las normas; a su vez en cada centro debe existir una junta escolar que es el organismo descentralizado. En este Capítulo se trata la formación de las juntas escolares, sus funciones y composición. Título VI De La Profesionalización, El Estatuto Y La Carrera Docente Capítulo I De La Formación Y La Capacitación Este Capítulo trata de la capacitación y formación de los docentes en todas las modalidades y niveles como una responsabilidad del Estado Dominicano. De la creación del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio; de los satisfactores de necesidades básicas y laborales, así como incentivos y estímulos en función de merito académico. (Arts. 126 -131). Capítulo II Del Estatuto Docente El estatuto docente lo forma las disposiciones legales que deben reglamentar la las relaciones entre el Estado y los docentes, garantizar la calidad de la educación mediante evaluaciones y promoción del personal docente, regular los derechos y obligaciones de los docentes y establecer un régimen especial que garantice la estabilidad del docente en aspectos de ingresos, remuneraciones, profesionalismo, protección, seguridad, traslado, ascenso, licencia, vacaciones y otros aspectos importantes. Capítulo III Del Ingreso A La Carrera Docente Y La Estabilidad En El Empleo Aquí se aborda la carrera docente, el ingreso a la misma, las características que debe tener un docente antes de ser nombrado, el nombramiento y el tiempo de prueba o evaluación que suele ser de 1 año y algunos aspectos en cuanto a la estabilidad en el trabajo, además de algunos deberes del docente y como deben ser nombrados los docentes administrativos y los técnicos, así como también los derechos de los mismo. Capítulo IV Del Escalafón Docente En los artículos 143 – 147 se mencionan el escalafón o escala de los docentes y se clasifican en categorías y especialidades. De ahí que los docentes pueden ser administrativos, técnicos y otros.
  • 7. Capítulo V De La Dignificación Y Valoración Del Trabajo Docente con los tópicos tratados en este Capítulo se pretende mejorar la calidad de vida del docente y además hacer que se sienta motivado a desempeñar mejor su labor. Aquí se aplican una serie de satisfactores, incentivos laborales y personales, capacitaciones y un conjunto de reglas en pos de agradar al Docente. Capítulo VI Del Tribunal De La Carrera Docente Los artículos 153 – 158 hablan del tribunal docente como ente encargado de Solucionar los conflictos y apelaciones del docente, aquí se tratan las funciones de este tribunal, el alcance, como se forma el mismo en el grado de primera instancia y como está formado en el grado de tribunal de apelación y como el Consejo Nacional de educación actuara como órgano jurisdiccional. Titulo VII De Los Servicios De Bienestar Magisterial Y Del Personal De La Educación Capítulo I Del Instituto Nacional De Bienestar Magisterial Nos habla de que INABIMA es el instituto encargado de velar por los servicios de seguridad social y el mejoramiento de la calidad de vida de los empleados de la SEE, establece en el mismo quienes lo coordinan, cuales órganos directivos lo integran, especifica que tendrá sus recursos propios que provienen del Estado, los descuentos que realicen a los maestros serán transferidos directamente a INABIMA. Capítulo II De Las Jubilaciones Y Pensiones Especifica en que consiste el programas de pensiones y jubilaciones, a cuanto haciende la cuota en porciento dependiendo del sueldo, cuando hay derecho a la jubilación automática, quienes tienen derecho a una pensión y los beneficios de la misma entre otros detalles. Título VIII Del Instituto Nacional De Bienestar Estudiantil Capítulo I Instituto Nacional De Bienestar Estudiantil Del articulo 177 al 180 dicta las pautas del Instituto Nacional de Bienestar estudiantil, el cual es un organismo descentralizado con fondos propios provenientes del Estado, a favor del cuerpo estudiantil se crea el desayuno escolar, este instituto estará dirigido por un
  • 8. consejo directivo; dicha estructura organizativa tendrá su propio reglamento emitido por el Consejo Nacional de Educación. Titulo IX De La Participación Capítulo I De La Naturaleza De La Participación Toda comunidad educativa tiene el derecho y el deber de participar de forma activa en la gestión del centro educativo; en virtud de esto los artículos 181 al 184 fomentan la participación en todos los procesos de enseñanza – aprendizaje para el desarrollo eficiente de la integración Escuela – Comunidad. Capítulo II De Los Organismos De Participación En este Capítulo se crean las diferentes asambleas de profesores, padres, alumnos y de Centros educativos, se establece que los alumnos son los primeros responsables de su formación, que en cada curso habrá un consejo estudiantil y que las Juntas Distritales de Educación y Cultura de acuerdo a las necesidades del centro podrán crear comités de desarrollo educativo, además motiva a la participación integral de todos y todas. Capítulo III De Los Organismos De Amplia Consulta Los organismos de amplia consulta son: el Congreso Nacional de Educación, Congreso Regional de Educación y la Asamblea Distrital de Educación; cada uno con funciones claramente definidas. Estos órganos de participación tienen sus reglamentos emanados del Consejo Nacional de Educación. Titulo X Financiamiento De La Educación Capítulo I Del Financiamiento De La Educación En este Capítulo se estipula con que financiamiento cuenta la educación dominicana, así como que el mismo debe ser ajustado anualmente, también en este se establece n los incentivos fiscales como donación, aduanas y el ITBIS. Aquí se cuenta con el Fondo Nacional de Fomento de la Educación, el cual tendrá ingresos de varias fuentes.
  • 9. Titulo XI De La Acreditación, La Titulación Y El Reconocimiento De Estudios Capítulo I Reconocimiento De Estudios El Consejo Nacional de Educación es responsable de validar los títulos o certificados de estudio estableciendo los requisitos que los alumnos deben satisfacer; los certificados y su autenticidad se legalizaran. Titulo XII Disposiciones Generales Y Transitorias Capítulo I De La Igualdad De Sexos Reafirma que todos sin importar el sexo tenemos los mismo derechos y deberes ya estudiante, profesor, director, Técnico y otros escalafones. Capítulo II De Los Reglamentos En esta parte se mencionan los distintos reglamentos de las entidades educativas y que además todo reglamento concerniente a la consecución y la mejora de continua de la calidad de la educación serán emitidos a partir de los 6 meces en vigencia de esta ley. Capítulo III De Las Jerarquías De Las Normativas Legales Mediante esta ley se podrán elaborar las ordenanzas, resoluciones, ordenes departamentales, disposiciones y acuerdos necesarios para contribuir a mejorar la educación dominicana. Capítulo IV Disposiciones Transitorias Aquí se visualizan los proyectos y acciones transitorias de la Secretaría de Estado de Educación. Capítulo V Disposiciones Finales De acuerdo con este capítulo toda ley queda derogada por esta y se da facultad de acción a la Secretaria de Estado De Educación.
  • 10. Conclusión Me atrevería a decir que nuestro sistema educativo dominicano cuenta con una ley de educación actualizada para la época, sin nada que envidiar con respecto a otros países. Si en nuestro sistema se implementara por lo menos un 80% de la ley 66’97, con toda certeza cambiaríamos mucho para bien con respecto a educación. Cada artículo de esta ley presenta señales de haber sido pensado y planificado con anticipación para un futuro y una nación educada. Cada vez que he tenido la oportunidad de hojear y leer esta preciada ley de educación siento que no solo cada docente sino también cada ciudadano debería por lo menos tratar de esta ley de manera personal, estudiarla, leerla y tal vez de esta manera se pueda entender hacia donde se pretende llevar nuestra educación y que ruta estamos tomando. Esto ha sido solo una síntesis mas como me ha sido de provecho a mi espero que quizás en un futuro sea de provecho para otros.
  • 11. Instituto de Formación Docente “Salomé Ureña” Recinto Emilio Prud’ Homme Habilitación Docente Educación e Identidad de los Docentes Prof. Roberto Batista Síntesis ley 66’97 William Trejo Bonilla 20121-0856 17 de Marzo 2012