2. OBJETIVO DEL TALLER
ObjetivoGeneral
Capacitar a los voceros de los Consejos Comunales aportándoles las
herramientas necesarias para rendir cuenta, tal y como lo establece la ley
orgánicadeConsejoComunalesensuartículo31.
ObjetivosEspecíficos
IdentificarlosaspectosbásicosdelaRendicióndeCuenta.
Revisarlasbaseslegalesquefundamentanlarendicióndecuentas.
Examinar los mecanismos administrativos y financieros necesarios para la
rendicióncuenta
3. Rendición de Cuentas
¿Qué es cuenta?
Es el conjunto de libros, registros, fotografías, comprobantes y
demás documentos que demuestran el uso dado a los
recursos públicos por parte de quienes lo hayan
administrado.
4. ¿Qué es lacuenta de un Consejo Comunal?
Es el conjunto de documentos conformados
por el expediente del proyecto y los libros
donde consten los registros contables, que
demuestren el uso dado a los recursos
públicos por parte de los voceros y voceras
de la Unidad Administrativa, Financiera y
ComunitariadelConsejo Comunal.
5. ¿Qué esla RendicióndeCuentas?
Es el deber legal y ético que tiene toda persona que
administra fondos públicos, de poner a disposición de todos,
los libros, registros, fotografías, comprobantes y demás
documentos que demuestran el uso dado a los recursos
públicos por parte de quieneslo hayan administrado.
6. ¿Cuál es el Objetivode la Rendiciónde Cuentas?
Demostrar que los recursos asignados al Consejo
Comunal se utilizaron para la finalidad para la cual
fueron otorgados, y verificar que los mismos se
manejaron con apego a los principios de HONESTIDAD y
ÉTICA que rigen el ejerciciodel Poder Popular.
7. ¿Porqué RendirCuentas?
La Rendición de Cuentas es un principio
fundamental y transversal de la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela,
necesario para la consolidación de la
Participación Ciudadana.
Es importante demostrar que los recursos
fueron utilizados para los fines que se otorgaron
y se manejaron con apego a los principios de
eficiencia, ética yhonestidad.
8. ¿Cómo se origina ésta participación?
Nuestra Constitución Nacional, establece en su Artículo 184, la
transferencia a las comunidades y grupos vecinales organizados
servicios que ellas gestionan previa demostración de una capacidad
para prestarlos, así como su participación en la formulación de
propuestas de inversión y en la ejecución, evaluación y control de
las obras,programassociales y servicios
públicosensu jurisdicción.
9. ¿Quien regulaa estas instanciasde participación
(Consejos Comunales)?
La Ley Orgánica de las Comunas, regula el funcionamiento de estas
instancias de participación y les da la atribución de ejercer el pleno
derecho de la soberanía y desarrollar la participación protagónica
mediante formas de autogobierno para la edificación del estado
comunal (ejecutando directamente las obras y servicios que
requieran), regidos por una serie de valores (entre ellos la rendición
de cuentas y el control social) y gestionando, administrando,
transfiriendo, captando y controlando los recursos financieros y no
financierosde ámbitocomunal.
10. La Responsabilidad:
Civil, Penal y Administrativa
De esta forma, los consejos comunales asumen la cualidad de personas jurídicas con
facultades de administrar los recursos que le asigne el Estado y, en consecuencia, se
convierten en sujetos de control, por cuanto adquieren la obligación de rendir cuentas
frente a los órganos competentes y a la comunidad en general sobre los resultados de
su administración.
Al manejar fondos públicos estos voceros y voceras generan responsabilidad civil,
penal y administrativa, por lo que sin tener el estatuto de funcionario público
adquieren las responsabilidades propias del mismo (Ley Orgánica de las Comunas,
Artículo 55; Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Artículo 32), de allí el deber de
rendir cuentas sobre el destino de dichos fondos al resto de los integrantes del Consejo
Comunal (y a la comunidad en general); en caso contrario, serán sancionados
conforme a las leyes queregulen la materia.
11. Base legalde la Responsabilidad civil,penal y
administrativade los Consejos Comunales
Artículo32
de la Ley Orgánica
de los Consejos Comunales:
“Porque responden civil,
penal y administrativamente
por los actos, hechos u
omisiones que alteren
el destino de los recursos
del Consejo Comunal”.
Artículo30
de la Ley Orgánica
de los Consejos Comunales:
“Porque es la instancia del
Consejo Comunal que funciona
como un ente de administración,
ejecución, inversión, crédito,
ahorro e intermediación
Financiera de los recursos y fondos de los
Consejos Comunales”.
12. Responsabilidades Derivadas del Manejo de los Recursos
de los Consejos Comunales
Art.91Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República
y del Sistema Nacional de Control
Fiscal
1.-La adquisición de
Bienes, obraso servicios
con inobservancia
Totaloparcial
Delprocedimientode
Contratación.
25.Quienes estandoobligados
arendircuenta,nolo hiciereen
ladebida oportunidad
5.La utilizaciónenobras o
servicios de índole
particular,detrabajadores,
bienes orecursos
13.“Abrircon fondos de unenteu
organismode los señalados enlos
numerales1al11del artículo9de
estaLey, enentidadesfinancieras,
cuenta…”
22.“ Elempleode Fondos dealguno de
los entesy organismosseñalados en los
numerales1al11del artículo9de esta
Leyenfinalidades diferentesde
aquellas…”
24.Quienes estandoobligados a
permitirlas visitas deinspección o
fiscalización, senegareaello
14.El pago,uso o disposición ilegalde
los fondos uotrosbienes deque sean
responsable,el particularofuncionario
respectivo
2.Omisión, retardo,negligencia o
imprudenciaen lapreservacióny
salvaguardade los bieneso derechos
Delpatrimonio
13. ¿La gestión de los Consejos Comunales es evaluada
por quién(es)?
Para ello, existe dentro del consejo comunal la figura de la Unidad
de Contraloría Social que, según el Artículo 33 de la Ley Orgánica
delosConsejos Comunales
“… es la instancia del consejo comunal para realizar la evaluación
de la gestión comunitaria y la vigilancia de las actividades,
recursos y administración de los fondos del consejo comunal.
Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o
electas,atravésdeun procesodeelecciónpopular”.
14. La importancia de saber y aprender a administrar
Estos recursos deben ser cuidadosamente administrados y
controlados, para que al momento de rendir cuenta frente a los
órganos competentes y a la comunidad sobre los resultados, los
integrantes del Consejo Comunal salgan airosos en su gestión
administrativa.
La rendición de cuentas integral, transparente y responsable, permite
justificar el correcto uso de los recursos; es decir, demostrar que éstos
fueron empleados, de forma ética, en actividades tendientes al logro
de los objetivos a losque hansido asignados.
15. Paraque sehace RendicióndeCuentas
1. Para cumplir con una obligación
de la Ley.
2. Para demostrar formal y
materialmente la correcta
ejecución de los Recursos.
3. Para tener acceso a solicitar otros
Recursos.
Por esa razón debemos
rendir cuentas
16. ¿Ante quién deberendirsecuentas?
La Asamblea de Ciudadanosy Ciudadanas
Colectivo de Coordinación Comunitaria
Unidad de Contraloría Social.
Ente u Órgano Financiador.
Órganos de Control Fiscal.
17. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LA RENDICIÓN DE
CUENTAS
Constituciónde la RepúblicaBolivarianade
Venezuela (artículos62 y 141).
Ley Orgánicade la AdministraciónPública
(artículo10).
Ley Orgánicade ConsejosComunales (artículos 3,
14, 31 numeral 3 y artículo34 numeral 3, 39
causasde revocatoria).
18. Ley Contra la Corrupción (artículo 20).
Ley de ContratacionesPublicas (artículo20).
Ley Orgánica de la Contraloría Generalde la República y del
SistemaNacional de Control Fiscal (artículos 52) y artículos
33, 34 y 35 del Reglamentode estaLey.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LA RENDICIÓN DE
CUENTAS
19. Reglamentode la Ley de ContratacionesPúblicas (artículo24,
numerales 5y 6).
Normas para Fomentar la Participación Ciudadana (artículo 5).
Ley Orgánica de las Comunas (artículo 2).
Ley Orgánica de Contraloría Social (artículo 6).
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LA RENDICIÓN DE
CUENTAS
21. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LARENDICIÓN DE
CUENTAS
Artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho de participar libremente en
los asuntos públicos, directamente opor medio desus representantes elegidos.
La participación del pueblo en la formación ejecución y control de la gestión
pública es el medio para lograr el protagonismo que garantice su completo
desarrollo individual y colectivo....”
Artículo 66 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“Los electores tienen derecho a que sus representantes rindan cuentas públicas,
transparentes y periódicas sobre su gestión...”
22. FUNDAMENTO LEGAL DELA RENDICIÓNDECUENTAS
Artículo 52 de Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República y del Sistema Nacional de Control Fiscal:
“Quienes administren, manejen o custodien recursos de cualquier tipo
afectados al cumplimiento de finalidades de interés público
provenientes de entes y organismos públicos, en la forma de
transferencia, subsidios, aportes, contribuciones o alguna otra
modalidad, están obligados a establecer un sistema de control interno y
arendircuentadelasoperacionesyresultadosdesugestión.
Los administradores que incurran en irregularidades en el manejo de
estos fondos serán sometidos a las acciones resarcitorias y sanciones
previstasenestaLey.”
23. Artículo 3 de laLey Orgánica de los Consejos Comunales:
“Principios: La organización, funcionamiento y acción de los CC, se rige conforme a los
principios de:…corresponsabilidad, transparencia, Rendición de Cuentas, honestidad, Control
social ...”
Artículo 31 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales: Algunas de las funciones de la
Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria
• Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos en las áreas de su competencia.
• Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos
ejecutados.
• Presentar trimestralmente el informe de gestión y larendición de cuenta pública.
• Administrar los fondos del Consejo Comunal con la consideración del colectivo de
coordinación comunitaria y la aprobación de la Asamblea de Ciudadanos(as)
FUNDAMENTO LEGAL DELA RENDICIÓNDECUENTAS
24. Artículo 34 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales: Funciones de la
Contraloría Social.
Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas que correspondan a sus
funciones.
Ejercer seguimiento, vigilancia, supervisión y control de la ejecución de los planes, proyectos
comunitarios y socioproductivos, organizaciones socioproductivas, fases del ciclo comunal y gasto
anual generado con los fondos y los recursos financieros y no financieros asignados por órganos y
entes del Poder Público o instituciones privadas al consejo comunal.
Rendir anualmente cuenta pública de sus actuaciones.
Presentar informes de sus actuaciones cuando les sean solicitados por la Asamblea de Ciudadanos
y Ciudadanas, por el colectivo de coordinación comunitaria o cuando lo considere pertinente.
FUNDAMENTO LEGAL DELA RENDICIÓNDECUENTAS
25. Cooperar con los órganos y entes del Poder Público en la función de control, conforme a la
legislación y demás instrumentos normativos vigentes.
Conocer y procesar los planteamientos presentados por los ciudadanos y ciudadanas con
relación a la gestión de las unidades del consejo comunal e informarde manera oportuna a la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Remitir ante el ministerio del poder popular con competencia en participación ciudadana, las
declaraciones juradas de patrimonio de los voceros y voceras de la unidad de gestión
financiera comunitaria del consejo comunal.
Las demás que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean
aprobadas por la asamblea de ciudadanas y ciudadanos.
FUNDAMENTO LEGAL DELA RENDICIÓNDECUENTAS
26. Artículo 39 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales: Causalesde
Revocatoria
Los Voceros o Voceras del Consejo Comunal, podrán ser revocados o
revocadas por la Asamblea de Ciudadanos, siempre que se encuentren
incursos en algunos de las causalessiguientes:
6.- No rendir Cuentas en el tiempo legal exigido por el Colectivo
Coordinación Comunitaria o por laAsamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
FUNDAMENTO LEGAL DELA RENDICIÓNDECUENTAS
27. Artículo 48delaLey Orgánicade los ConsejosComunales:
Recursosfinancieros
El consejocomunalmanejará recursos financieros quesonlos expresados en unidadesmonetarias
propiosoasignados,orientadosadesarrollarlas políticas, programasy proyectoscomunitarios
establecidos en elplancomunitariodedesarrollointegral,se clasificanen:
Recursos retornables: Son los recursos que están destinados a ejecutar políticas, programas y
proyectos de carácter socioproductivos con alcance de desarrollo comunitario que deben ser
reintegradosalórganooentefinancieromediante acuerdosentrelaspartes.
Recursos no retornables: Son los recursos financieros para ejecutar políticas, programas y proyectos
con alcance de desarrollo comunitario, que tienen características de donación, asignación o
adjudicación y no se reintegran al órgano o ente financiero y a la Unidad Administrativa y Financiera
Comunitaria.
FUNDAMENTO LEGAL DELA RENDICIÓNDECUENTAS
28. ¿Quiénesestán obligadosa rendircuentas?
“Presentartrimestralmenteel
informedegestióny
la rendición decuentapública
cuando lesea requeridopor la
AsambleadeCiudadanos
y Ciudadanas,por elcolectivode
coordinación comunitaria
opor cualquierotroórgano
oentedel Poder Público
quelehaya otorgadorecursos”
LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA
YFINANCIERA COMUNITARIA
TIENE ENTRESUSFUNCIONES:
29. ¿Quiénesestán obligadosa rendircuentas?
Ley Orgánica de los Consejos Comunales,artículo 30:
“Porqueesla instanciadelConsejo Comunalque
funcionacomo unentedeadministración,ejecución,
inversión, crédito,ahorroe intermediaciónfinancierade
losrecursosyfondosdelosConsejosComunales”.
Ley Orgánica de los Consejos Comunales,artículo 34,
numeral3:“Rendiranualmentecuentapúblicade sus
actuaciones”.
LA UNIDADDECONTRALORÍASOCIAL
DEBEVIGILAR,CONTROLAR
Y FISCALIZAR
LOS RECURSOSMANEJADOSPORLA
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
FINANCIERAATRAVÉSDE
LA RENDICIÓNDECUENTAS
30. ¿Cuándo y cómopresentar la Rendiciónde
Cuentas?
¿Cuándo?
En la oportunidad que lo establezca el convenio de transferencia (quincenal,
mensual, trimestral o una vez ejecutado los recursos), se presentan todos los
documentosdebidamenteordenadosanteelOrganismoquetransfirióelrecurso.
¿Cómo?
Elaborando una relación de todos los Ingresos y Gastos, a través de un Formato de
Rendición,llenadoenoriginalycopia.
AnexandocopiadelossoportesquedemuestrenlosIngresosydesembolsos.
32. • Acta de nombramiento/conformación del Consejo
Comunal.
• Proyecto, Acta de Aprobación por la Asamblea de
Ciudadanos
• Comprobantes de Ingresos y de los depósitos
• Conciliación bancaria y Estados de cuentasbancarias.
• Estados Financieros (Estado de Situación Financiera,
Estado de Resultado entre otros.)
¿Cuáles documentosdemuestran la Rendiciónde
Cuentas?
33. • Soportes de gastos porProyecto:
• Facturas,
• Órdenes deCompra,
• Servicios,
• Contratos,
• Cotizaciones,
• Valuaciones,
• Planillas deMediciones,
• Actas deInicioyTerminación dela Obra,
• comprobantes deegresos.
• Cualquier otro tipodedocumento soporte de gastos.(Fotos, Informe de Contraloría, Acta de Asamblea
de Ciudadanos y Ciudadanas donde conste la aprobación de la cuenta rendida
¿Cuáles documentosdemuestran la Rendiciónde
Cuentas?
34. • Presentar relación de los gastos realizados por cada Proyecto, registrados en orden
cronológico, con indicación del numero de cada comprobante, el beneficiario y el
monto de cada pago
• Presentar documentos/comprobantes sin enmendadura
• Los comprobantes del gastos deben guardar relación con los registros para su control y
rendición de cuentas
• En los comprobantes o Boucher se deben identificar claramente los beneficiarios y
anexar fotocopia de cédula (persona natural)
• En los comprobantes se debe señalar el concepto del gasto e indicar el número del
cheque y banco
Normas para RendirCuentas
Sin
tachadur
as
35. 1. Verificar la legalidad y correcto manejo de los fondos y
bienes públicos recibidos.
2. Vigilar que los recursos se inviertan o se ejecuten según
los Proyectos aprobados.
3. Examinar la Cuenta, y si detecta irregularidades debe
iniciar la
investigacióncorrespondiente.
¿Qué hace el organismo que transfirió los recursos con la rendición
de cuentaque se le presenta?
36. FormatoModelo Identificaciónde la Unidad
Administrativay Financiera
(1) Nombre del Consejo Comunal
(2) Denominación según Acta
(3) Domicilio Legal (4)Teléfonos
(5) Rif (6) Número de Registro
(7) Nombres y Apellidos de los Miembros de la Unidad Financiera (8) Cédulas de Identidad
(9) Nombre del Proyecto
(10) Fuente de Financiamiento
(11) Monto del Proyecto (12) Duración del Proyecto
(13) Sector
Comunidad (14) Ciudad (15) Parroquia (16) Municipio (17) Estado
(18) Nombre del Vocero Responsable del Proyecto (19) Cédula de Identidad
(20) Población
Beneficiaria
Comunidades Familias Hombres Mujeres Niños
37. (1) Fecha de la Rendición (2) Monto Recibido Bs. F
(3) Saldo Anterior ( de no ser la 1º Rendición)
Bs. F
(4) Monto total a Rendir (suma del Monto Recibido mas el Saldo Anterior)
Bs. F
(5) Total Gastos del lapso rendido (Sumatoria de todos los gastos)
Bs. F
(6) Monto Pendiente por Rendir ( Monto total a Rendir menos Total Gastos)
Bs. F
(12) Total de Gastos
Bs. F
Fecha Nº
Factura
Nº Cheque/
Comprobante Beneficiario Proveedor
Concepto Descripción Monto Bs. F.
Total de Gastos
Nombres y Apellidos del Miembro Responsable de
elaborar la Rendición de Cuenta
Nombres y Apellidos de los Cuentadantes
Nombres y Apellidos del Contralor de la
Unidad Financiera
Firma Firma y Sello Firma y Sello
FormatoModelo de Rendiciónde Cuentas
38. Frases de Reflexión
"Recuerdaque cuando abandonesesta tierra,
no podrás llevarcontigonada delo quehas
recibido,solamentelo que has dado: un
corazónenriquecidopor elserviciohonesto,
el amor,el sacrificioy elvalor.“
San FranciscodeAsís
39. “La hacienda nacional
no es de quien les gobierna. Todos
aquellos a los que han hecho
depositarios de sus intereses, tienen la
obligación de decirles el uso que de
ellos han hecho.”
Simón Bolívar
Frases de Reflexión