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LAS DIRECTIVAS DE LAS SSMM


          Leandro R. Vilató Martínez




                                       1
   Toda esta información estará disponible en:
               www.comarca-vbbv.es

   Esta información está basada en el “MANUAL
    DE DIRECTIVAS” que tiene editado (no
    actualizado) la FSMCV y que se puede
    descargar en :
                   www.fsmcv.org

           GUÍA RESUMIDA DE GESTIÓN
       DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

                                                  2
   NUEVA JUNTA DIRECTIVA: ¿QUÉ HACER?
   OBLIGACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
   SUBVENCIONES: SOLICITUD Y JUSTIFICACIÓN
   CUESTIONES LEGALES
      LABORAL
      OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
      OTRAS MATERIAS DE INTERÉS


   PREGUNTAS


                                              3
   ¿Qué hay que hacer?
        Obligación de comunicar el cambio de Junta
        Directiva de la asociación (art. 28.1 LO 1/2002)
   ¿A quién?
    ◦   A la Consellería de Administraciones Pública
    ◦   A la Consellería y Admón. de Hacienda (Mod. 037)
    ◦   A la Seguridad Social (en caso de nueva alta)
    ◦   A otras entidades: Consellería de Educación, a la
        FSMCV, al propio Ayuntamiento, Diputación de
        Alicante, etc… No es obligatorio estas entidades, pero
        es recomendable.


                                                                 4
   ¿Cómo?
    Rellenando y presentando el modelo oficial que
    facilita la Generalitat Valenciana para este fin en el
    PROP
   ¿Dónde se consigue?
     En la web de la Generalitat Valenciana

   ¿Dónde se presenta?
     En cualquier oficina del PROP o registro general
     de cualquier Consellería


                                                             5
MUY IMPORTANTE
       DOCUMENTOS QUE TIENEN QUE ESTAR LOCALIZADOS

   Estatutos originales de la Asociación
   Libros de Actas
   Libro de Socios
   Documentos      patrimoniales:    inventario, escrituras de
    propiedad, contratos de cesión, etc…
   Documentos económicos: balances, cuentas bancarias y resto
    de documentos fiscales.
   Documentos de Hacienda (durante 4 años)
   Documentación laboral: contratos y demás documentación
   Lista de Músicos federados
   Otros documentos: documentación propia de la Escuela de
    Música, archivo histórico, etc…


                                                                  6
   BÁSICAS
    ◦ Obligación de comunicar el cambio de Junta
      Directiva de la asociación (art. 28.1 LO 1/2002)
    ◦ Obligaciones frente a los socios y Responsabilidad
      Civil
        Según lo establecido en sus propios estatutos
        Convocar Asambleas Generales (por lo menos 1 vez al año)
        Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados en las
         Asambleas Generales o Extraordinarias
        Llevar al día los libros oficiales (socios, actas, etc…)
        Responsabilidad Civil de los directivos




                                                                    7
   RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS DIRECTIVOS
    ◦ Recogido en la LO 1/2002 en su art. 15
    ◦ La Ley establece una responsabilidad directa y personal de
      los directivos en caso de que se produjeran daños por dolo
      o negligencia.
    ◦ La FSMCV ha estudiado esta cuestión con sus asesores
      jurídicos y con un magistrado.
    ◦ Existe una “póliza flota” que ha suscrito la FSMCV con
      Allianz que cubre la RC de la asociación y de los directivos.

                  RECOMENDACIÓN A DÍA DE HOY:
    Suscribir una póliza de RC que cubra la responsabilidad civil
    general de la asociación, la patronal y la personal (profesores
    y directivos)



                                                                      8
◦ Obligaciones económicas
    Llevar la contabilidad: balances de situación, PyG y
     Memoria de Gestión, además del inventario
    Obligación de presentar cuentas a la Asamblea General
     y deben de aprobarse antes del 31 diciembre del año
     en curso
    Forma de llevar las cuentas: PGC 2007 entidades sin
     ánimo de lucro
    Documentos             de         tipo     económico
     (facturas, contratos, recibos, etc…)
    Funciones del Tesorero: dependerá de los estatutos de
     cada asociación

                  GUÍA DE CONTABILIDAD


                                                             9
◦ Obligaciones fiscales
    IVA: darse de alta (Mod. 037), en caso de no tener
     aprobada la exención del IVA por carácter social. En
     caso de no tener la exención, hay que hacer las
     declaraciones trimestrales (Mod. 390)
    IAE: aunque las asociaciones están exentas, deberían
     de darse de alta con el Mod. 845
    IS: las asociaciones tienen la obligación de declarar (del
     1 al 25 julio de cada año con respecto al año anterior)
     (Mod. 201)




                                                                  10
   OTRAS OBLIGACIONES

    ◦ Reuniones de la Junta Directiva con cierta periodicidad
    ◦ Redactar actas de todas las reuniones de la Junta Directiva
    ◦ Las propias del secretario, en función de los estatutos

    ◦ Mejora del funcionamiento de la asociación: una apuesta
      por la excelencia

            GUÍA SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD




                                                                    11
   ESCUELAS DE MÚSICA (RECONOCIDAS)
   ESCUELAS DE EDUCANDOS (NO RECONOCIDAS)
   ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS
   REFORMAS DE LOCALES
   ORGANIZACIÓN DE EVENTOS Y FESTIVALES
   PRODUCCIÓN DISCOGRÁFICA

   MÚSICA ALS POBLES
   INTERCAMBIOS MUSICALES
   CERTAMEN PROVINCIAL


                                             12
   ¿Quién la convoca?
    Actualmente la Consellería de Gobernación

   ¿A quién va destinada?
    A las escuelas de música dependientes de
    entidades sin animo de lucro o corporaciones
    locales   reconocidas    oficialmente por la
    Consellería de Educación

   ¿Cuándo se convoca?
    Suele salir a final de año, pero cambian las fechas


                                                          13
   REQUISITOS
    La Conselleria de Educación viene convocando ayudas
    económicas para escuelas de música dependientes de
    corporaciones locales o entidades sin fin lucrativo desde el
    año 1994.
    Los requisitos para poder acceder a dichas convocatorias
    son los siguientes:

    ◦ Estar inscritos en el Registro de Centros Docentes, sección
      Escuelas de Música.
    ◦ Estar de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.(Epígrafe
      932.1 o similar)
    ◦ Haber formalizado alguna contratación y alta en la Seguridad
      Social de personal docente antes del día 1 de noviembre del curso
      en el que se pide subvención




                                                                          14
   ¿Cómo se solicita?
    Hay que rellenar la solicitud de subvención y
    adjuntar una serie de documentación.

   ¿Qué documentación hay que aportar?
    Dependerá de las circunstancias de cada
    escuela/asociación. Lo pone en los anexos de
    la convocatoria.




                                                    15
   ¿Dónde se presenta?
    En cualquier oficina del PROP (registro
    general), o en la delegación de la Conselleria
    de Gobernación en Alicante (Rambla Méndez
    Núñez)

    RECOMENDACIÓN:
    Si tienes que presentar documentación que
    necesita estar compulsada, recomiendo ir a la
    delegación en Alicante porque las compulsas
    son gratuitas.

                                                     16
   OBLIGACIONES:      HAY QUE JUSTIFICAR
    Como la mayoría de subvenciones tiene que
    justificarse ante el órgano que dictó la
    resolución de la convocatoria

    DOCUMENTACIÓN:
    Hay que aportar la documentación que se
    solicita en la resolución. Existen anexos y
    documentación para la justificación.


                                                  17
   ¿Quién la convoca?
    Actualmente la Consellería de Gobernación

   ¿A quién va destinada?
    A las escuelas de música reconocidas
    oficialmente por la Consellería de Educación

   ¿Cuándo se convoca?
    Suele salir a final de año, pero cambian las
    fechas


                                                   18
   ¿Cómo?
     Rellenando y presentando el modelo oficial
     que facilita la Generalitat Valenciana para este
     fin en el PROP

   ¿Dónde se consigue?
      En la web de la Generalitat Valenciana

   ¿Dónde se presenta?
      En cualquier oficina del PROP o registro
      general de cualquier Consellería


                                                        19
   PROCEDIMIENTO
    El procedimiento es muy similar al de la
    subvención para escuelas de música dependientes
    de entidades sin ánimo de lucro, pero con la
    salvedad de que no se tiene que presentar tanta
    documentación.
   ¿En qué se diferencia una subvención de otra?
    Fundamentalmente, en la cuantía que se otorga.
    Pero la diferencia radica en que las escuelas de
    música reconocidas necesitan cumplir una serie de
    requisitos (profesores con titulación, etc…)


                                                        20
   REQUISITOS:
    ◦ Las aulas deben tener una de superficie mínima de
      15    metros    cuadrados    para    la  enseñanza
      instrumental individual y 25 metros cuadrados para
      las enseñanzas de carácter teórico y las de
      conjunto.
    ◦ Como mínimo habrán de impartirse enseñanzas de
      dos especialidades instrumentales, conjunto coral y
      lenguaje musical.
    ◦ El profesorado deberá estar en posesión, como
      mínimo, del título profesional de grado medio.



                                                            21
   DOCUMENTACIÓN:
    ◦ Instancia de solicitud.
    ◦ Fotocopia compulsada de los estatutos y del CIF de
      la Asociación que vaya a ser titular de la Escuela.
    ◦ Títulos compulsados del profesorado y méritos
      académicos de quien vaya a ser Director.
    ◦ Plan de formación de cada una de las asignaturas
      que se vayan a impartir en la Escuela y horario.
    ◦ Planos de las instalaciones e inventario de la
      dotación de equipamiento.




                                                            22
   PLAZO DE INSCRIPCIÓN:

    Esta documentación deberá presentarse ante
    la Dirección General de Centros Docentes, a
    través      del      Servicio     Territorial
    correspondiente, antes del mes de enero del
    curso en que pretenda iniciar la actividad
    como Escuela de Música




                                                    23
   ¿Quién la convoca?
    Actualmente la Consellería de Gobernación

   ¿A quién va destinada?
    A todas las SSMM de la Comunitat Valenciana
    que estén federadas.

   ¿Cuándo se convoca?
    Una vez al año. La fecha varía.


                                                  24
   ¿Cómo se solicita?
    Hay que rellenar la solicitud de subvención y
    adjuntar una serie de documentación

   ¿Qué documentación hay que aportar?
    Depende del importe que se solicite. Si no
    supera los 18.000 €, con un presupuesto es
    suficiente. Si no, hay que presentar 3
    presupuestos de distintas tiendas. También
    hay que presentar el presupuesto de la
    escuela, etc…

                                                    25
   ¿Qué cubre esta subvención?
    Como máximo te puede cubrir el 50% del
    gasto de la adquisición del instrumento.

   PROCEDIMIENTO
    Existe      un     baremo       (que      no
    conocemos,     todavía)   en   función   del
    instrumento y las necesidades de la banda.
    Por eso es importante rellenar correctamente
    los anexos.

                                                   26
   ¿Quién la convoca?
    Actualmente la Consellería de Gobernación

   ¿A quién va destinada?
    A todas las SSMM de la             Comunitat
    Valencianas que estén federadas.

   ¿Cuándo se convoca?
    Una vez al año. La fecha varía.


                                                   27
   REQUISITOS:
    ◦ El local debe ser propiedad de la sociedad musical
      que solicita la subvención.
    ◦ Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
    ◦ Estar inscrita en el Registro de Asociaciones
    ◦ Hay que presentar un proyecto con presupuestos

   HAY QUE JUSTIFICAR
    ◦ Como todas las subvenciones, está sujeta a
      justificación. Los anexos los envía la Consellería.



                                                            28
   ¿Qué cubre esta subvención?
    Como máximo te puede cubrir hasta el 100%
    del gasto de la obra.
    Se excluyen las obras de más de 75.000 €.

   PROCEDIMIENTO
    Una comisión evaluadora otorga una
    puntuación en función de unos criterios:
    idoneidad, urgencia, presupuesto más
    ajustado, …

                                                29
   ORGANIZACIÓN DE EVENTOS Y FESTIVALES
    ◦ Esta subvención está destinada a cualquier entidad
      que vaya a organizar algún evento especial u
      organizar algún festival. No sólo pueden participar
      las SSMM, como ocurre con otros casos
   PRODUCCIÓN DISCOGRÁFICA
    ◦ Está destinada a la producción de algún CD o la
      producción de alguna publicación. Al igual que la
      anterior, pueden solicitar más entidades, a parte de
      las SSMM.




                                                             30
   ¿Qué es?
    ◦ Es una campaña de conciertos que organiza la
      Diputación de Alicante.

   ¿En qué consiste?
    ◦ Esta campaña consiste en que la sociedad musical
      de la localidad en cuestión ofrece un concierto que
      será patrocinado íntegramente por la Diputación.
      Dicho de otra forma, la Diputación de Alicante
      “paga” un concierto de la banda en el pueblo.




                                                            31
   ¿Cómo se solicita?
    ◦ Hay que rellenar una instancia (normalmente la
      facilita la Diputación)
    ◦ Hay que presentarla en el registro de la Diputación
      (ya sea en Alicante o en las oficinas que hay en
      Rojales)
    ◦ Requisitos: estar federado
   ¿Cómo funciona?
    ◦ La banda tiene que ofrecer un concierto, sin que
      coincida con ninguna fiesta local o de otro tipo (9
      octubre, etc…)


                                                            32
   ¿Hay que justificar algo?
    ◦ Como cualquier otra subvención, está sometida a
      justificación.
    ◦ Hay que presentar un certificado del secretario del
      ayuntamiento en el que conste la fecha, lugar y
      hora del concierto.
    ◦ También unos programas de mano.
    ◦ Hay un PLAZO para presentarlo.

   La Diputación de Alicante pone a disposición
    de las SSMM toda la documentación necesaria
    y un teléfono de contacto para las dudas.

                                                            33
   ¿Qué es?
    ◦ Es una campaña que patrocina el IVM, junto con la
      Consellería de Gobernación y que organiza la
      FSMCV.

   ¿En qué consiste?
    ◦ Son 2 conciertos de intercambio: un concierto se
      hace en la localidad de una de las sociedades y el
      otro en el municipio de la otra sociedad.




                                                           34
   ¿Cómo se solicita?
    ◦ Cuando salen las bases (varía la fecha) la FSMCV remite
      la documentación con las bases.
    ◦ Existe un plazo máximo para presentar las solicitudes.

   ¿Hay que justificarlo?
    ◦ Efectivamente, hay que justificarlo.
    ◦ OJO: hay un plazo máximo para hacer el intercambio
      (normalmente hasta finales de octubre, hay que estar a
      los que dispongan las bases)
    ◦ Hay que adjuntar unos programas de mano.
    ◦ Además también hay que enviar un certificado de la
      banda.
   Toda la documentación la facilita la FSMCV

                                                                35
   ¿Qué es?
    ◦ Es el concurso para las bandas de música de toda la
      provincia de Alicante que organiza la Diputación de
      Alicante.

   ¿Qué bandas pueden ir?
    ◦ Todas las bandas federadas de la provincia. Se
      clasifican en categoría, en función de los músicos
      federados y los músicos que pueden “subir” a tocar.




                                                            36
   ¿Cómo inscribirse?
    ◦ Presentando una instancia en la Diputación de Alicante
      solicitando la inscripción.
    ◦ OJO: las plazas son limitadas en función de las
      categorías. En caso de concurrir más bandas que plazas
      hay,    se    sorteará.    Las bandas    que   quedan
      fuera, automáticamente tendrán derecho a participar en
      la siguiente convocatoria.

   ¿Qué obtengo a cambio de participar?
    ◦ Por participar, y en función de la categoría, la Diputación
      de Alicante ofrece una asignación. A parte, el ganador
      obtiene un premio dependiendo de la categoría.



                                                                    37
   Convenios de la FSMCV con entidades
    financieras para obtener préstamos a
    intereses muy bajos: Tríodos Bank y Caixa
    Popular
   Lotería de Navidad
   Participaciones de Lotería
   Publicidad de empresas
   Conciertos Benéficos
   Captación de Socios


                                                38
   LABORAL

   OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

   ASESORAMIENTO BÁSICO

   ALGUNAS RECOMENDACIONES




                               39
   TIPOS DE CONTRATO APLICABLES EN EL CASO
    DE LAS ESCUELA DE MÚSICA RECONOCIDAS
    POR LA CONSELLERIA

    ◦ CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO
    ◦ CONTRATO TEMPORAL
    ◦ CONTRATO FIJO DISCONTINUO

      GUÍA DE RRHH PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO




                                                       40
   CONTRATO POR OBRA O SERVICIO

    ◦   CONTRATO TEMPORAL
    ◦   SÓLO DURANTE UN CURSO
    ◦   NO GENERA DERECHOS A LOS TRABAJADORES
    ◦   SÓLO SE CONTEMPLA UNA PEQUEÑA
        INDEMNIZACIÓN POR FIN DEL CONTRATO


              SE RECOMIENDA ESTE TIPO DE CONTRATO SI PRETENDEMOS
              REDUCIR LOS COSTES EN CONTRATACION




                                                                   41
   CONTRATO TEMPORAL ORDINARIO

    ◦ CONTRATO TEMPORAL ESTRICTO
    ◦ HAY LÍMITES TEMPORALES QUE ESTABLECE LA
      LEY, DEPENDIENDO DE LOS CONVENIOS
    ◦ EN NUESTRO SERCTOR EL CONVENIO ACTUAL NO
      DICE NADA, POR LO QUE TENEMOS QUE ACUDIR A
      LA LEY. PERIODO DE CARENCIA DE 6 MESES.
    ◦ SI SE SUPERA EL LÍMITE, SE CONVIERTE EN FIJO Y EL
      TRABAJADOR ADQUIERE TODOS LOS DERECHOS



                                                          42
   CONTRATO FIJO DISCONTINUO

    ◦ CONTRATO FIJO
    ◦ GENERA DERECHOS ADQUIRIDOS A LOS
      TRABAJADORES POR LA ANTIGÜEDAD
    ◦ SI LA CONTRATACIÓN POR OBRA O SERVICIO ES
      CONTINUADA EN EL TIEMPO, PUEDE CONVERTIRSE
      EN ESTE TIPO DE CONTRATO.




                                                   43
   OBLIGACIONES

    ◦ HACER Y PAGAR LAS NÓMINAS
    ◦ INGRESAR LA CUOTA A LA SEGURIDAD SOCIAL
      CORRESPONDIENTE A LOS EMPLEADOS Y DEL
      EMPLEADOR
    ◦ DAR UNA COPIA DE LA NÓMINA CADA MES AL
      TRABAJADOR
    ◦ COMUNICAR EL ALTA Y LAS CIRCUNSTANCIAS
      PERSONALES DE CADA TRABAJADOR (Mod. 145)



                                                 44
   IVA
   IMPUESTO DE SOCIEDADES
   IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
   OTROS TRIBUTOS



            GUÍA DE FISCALIDAD
           GUÍA ONLINE   (ASOCIACIONES.ORG)




                                              45
   Si tiene reconocida la exención: NO hay
    obligación de declarar
   Si NO tiene reconocida la exención:
    OBLIGACIÓN de declarar trimestralmente el
    IVA (Mod. 303)
   Si es por primera vez: hay que dar de alta a la
    asociación en Hacienda (Mod. 036)




                                                      46
   Tiene que solicitarse ante la AEAT
   Sigue un procedimiento administrativo que
    finaliza con una resolución del jefe de servicio de
    la delegación ante la que se presentó la solicitud
   Hay que cumplir con unos requisitos: lo establece
    la Ley
   Documentos a presentar:
    ◦   Solicitud de la exención
    ◦   …..
    ◦   ……
    ◦   …..


                                                          47
   Una vez obtenida la resolución
    ◦ Si es positiva: ya puede ejercitarse
    ◦ Si es negativa: cabe el recurso de alzada ante el
      mismo órgano que dictó la resolución (gratis) o el
      recurso contencioso-admtvo. (necesitas abogado)

   Actualmente, la AEAT está poniendo muchos
    problemas a la hora de reconocer la exención
    del IVA por carácter social de la asociación



                                                           48
   Existe la obligación de hacer la declaración
    anual, pero NO hay que tributar por IS (de
    momento)

   La declaración se hace según el Modelo
    facilitado por la AEAT.

   Desde la FSMCV se recomienda hacerlo
    aunque pocas SSMM lo están haciendo.


                                                   49
   Nuestras actividades están exentas de este
    impuesto.
   Para poder percibir la subvención a las
    escuelas de música dependientes de
    entidades sin ánimo de lucro, hay que estar
    dado de alta en este impuesto.




                                                  50
   LOPD: la FSMCV lleva varios años luchando para que
    sus asociados tengan incorporada en sus sociedades
    la LOPD.
    Se tiene que redactar un “proyecto” con el
    tratamiento de los datos, en función de unos
    parámetros, etc…

    SOLUCIÓN: si tu sociedad tiene trabajadores dados de
    alta en el RG o RETA de la SS, tiene derecho a un
    “crédito” para formación (normalmente 420 €) que se
    puede utilizar para dar un curso de LOPD en el que se
    redacta este proyecto. Este dinero lo adelanta la SM y
    luego se puede deducir de la cuota de la SS del mes
    siguiente, por lo que la incorporación de la LOPD sale
    gratis.


                                                             51
   DERECHOS      DE   AUTOR:    la   FSMCV     está
    contemplando la posibilidad de ampliar sus fines
    estatutarios para gestionar los derechos
    generados por sus asociados en vez de
    gestionarlos la SGAE. Asamblea General 2012.

   DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA: según ha
    remitido la FSMCV a todas las SSMM, en la
    Asamblea General 2012 se estudiará la
    posibilidad de que la FSMCV lo solicite. Existen
    obligaciones y es muy interesante.


                                                       52
   IMPORTANTE:       las    operaciones      (sea
    Administración o entidad privada, incluido
    particulares) de más de 3.005 € se tienen que
    declarar. Mod. 347.

   DECLARACIÓN DE BIC, a nivel local: Es una
    forma de “proteger” a las SSMM y obtener
    fuerza para implicar a los entes locales.
    Consultar con la FSMCV.



                                                     53
GUÍA DE PREGUNTAS FRECUENTES

   Si tienes alguna duda en cualquiera de los puntos
    que se han tratado, puede consultar en la FSMCV
    de la comarca. Envía en email a comarca-
    vbbv@fsmcv.org.

•   En caso de contener un error, por favor envíe un email a
    leandro@vilato.es para poder subsanarlo lo antes posible.
•   Esta guía es sólo una introducción. Puede contener algún
    error, por lo que es recomendable consultar con la FSMCV en el
    caso de necesitar que le aclaren algún tema más específico.


                                                                     54

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  • 1. LAS DIRECTIVAS DE LAS SSMM Leandro R. Vilató Martínez 1
  • 2. Toda esta información estará disponible en: www.comarca-vbbv.es  Esta información está basada en el “MANUAL DE DIRECTIVAS” que tiene editado (no actualizado) la FSMCV y que se puede descargar en : www.fsmcv.org GUÍA RESUMIDA DE GESTIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2
  • 3. NUEVA JUNTA DIRECTIVA: ¿QUÉ HACER?  OBLIGACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA  SUBVENCIONES: SOLICITUD Y JUSTIFICACIÓN  CUESTIONES LEGALES  LABORAL  OBLIGACIONES TRIBUTARIAS  OTRAS MATERIAS DE INTERÉS  PREGUNTAS 3
  • 4. ¿Qué hay que hacer? Obligación de comunicar el cambio de Junta Directiva de la asociación (art. 28.1 LO 1/2002)  ¿A quién? ◦ A la Consellería de Administraciones Pública ◦ A la Consellería y Admón. de Hacienda (Mod. 037) ◦ A la Seguridad Social (en caso de nueva alta) ◦ A otras entidades: Consellería de Educación, a la FSMCV, al propio Ayuntamiento, Diputación de Alicante, etc… No es obligatorio estas entidades, pero es recomendable. 4
  • 5. ¿Cómo? Rellenando y presentando el modelo oficial que facilita la Generalitat Valenciana para este fin en el PROP  ¿Dónde se consigue? En la web de la Generalitat Valenciana  ¿Dónde se presenta? En cualquier oficina del PROP o registro general de cualquier Consellería 5
  • 6. MUY IMPORTANTE DOCUMENTOS QUE TIENEN QUE ESTAR LOCALIZADOS  Estatutos originales de la Asociación  Libros de Actas  Libro de Socios  Documentos patrimoniales: inventario, escrituras de propiedad, contratos de cesión, etc…  Documentos económicos: balances, cuentas bancarias y resto de documentos fiscales.  Documentos de Hacienda (durante 4 años)  Documentación laboral: contratos y demás documentación  Lista de Músicos federados  Otros documentos: documentación propia de la Escuela de Música, archivo histórico, etc… 6
  • 7. BÁSICAS ◦ Obligación de comunicar el cambio de Junta Directiva de la asociación (art. 28.1 LO 1/2002) ◦ Obligaciones frente a los socios y Responsabilidad Civil  Según lo establecido en sus propios estatutos  Convocar Asambleas Generales (por lo menos 1 vez al año)  Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados en las Asambleas Generales o Extraordinarias  Llevar al día los libros oficiales (socios, actas, etc…)  Responsabilidad Civil de los directivos 7
  • 8. RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS DIRECTIVOS ◦ Recogido en la LO 1/2002 en su art. 15 ◦ La Ley establece una responsabilidad directa y personal de los directivos en caso de que se produjeran daños por dolo o negligencia. ◦ La FSMCV ha estudiado esta cuestión con sus asesores jurídicos y con un magistrado. ◦ Existe una “póliza flota” que ha suscrito la FSMCV con Allianz que cubre la RC de la asociación y de los directivos. RECOMENDACIÓN A DÍA DE HOY: Suscribir una póliza de RC que cubra la responsabilidad civil general de la asociación, la patronal y la personal (profesores y directivos) 8
  • 9. ◦ Obligaciones económicas  Llevar la contabilidad: balances de situación, PyG y Memoria de Gestión, además del inventario  Obligación de presentar cuentas a la Asamblea General y deben de aprobarse antes del 31 diciembre del año en curso  Forma de llevar las cuentas: PGC 2007 entidades sin ánimo de lucro  Documentos de tipo económico (facturas, contratos, recibos, etc…)  Funciones del Tesorero: dependerá de los estatutos de cada asociación GUÍA DE CONTABILIDAD 9
  • 10. ◦ Obligaciones fiscales  IVA: darse de alta (Mod. 037), en caso de no tener aprobada la exención del IVA por carácter social. En caso de no tener la exención, hay que hacer las declaraciones trimestrales (Mod. 390)  IAE: aunque las asociaciones están exentas, deberían de darse de alta con el Mod. 845  IS: las asociaciones tienen la obligación de declarar (del 1 al 25 julio de cada año con respecto al año anterior) (Mod. 201) 10
  • 11. OTRAS OBLIGACIONES ◦ Reuniones de la Junta Directiva con cierta periodicidad ◦ Redactar actas de todas las reuniones de la Junta Directiva ◦ Las propias del secretario, en función de los estatutos ◦ Mejora del funcionamiento de la asociación: una apuesta por la excelencia GUÍA SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD 11
  • 12. ESCUELAS DE MÚSICA (RECONOCIDAS)  ESCUELAS DE EDUCANDOS (NO RECONOCIDAS)  ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS  REFORMAS DE LOCALES  ORGANIZACIÓN DE EVENTOS Y FESTIVALES  PRODUCCIÓN DISCOGRÁFICA  MÚSICA ALS POBLES  INTERCAMBIOS MUSICALES  CERTAMEN PROVINCIAL 12
  • 13. ¿Quién la convoca? Actualmente la Consellería de Gobernación  ¿A quién va destinada? A las escuelas de música dependientes de entidades sin animo de lucro o corporaciones locales reconocidas oficialmente por la Consellería de Educación  ¿Cuándo se convoca? Suele salir a final de año, pero cambian las fechas 13
  • 14. REQUISITOS La Conselleria de Educación viene convocando ayudas económicas para escuelas de música dependientes de corporaciones locales o entidades sin fin lucrativo desde el año 1994. Los requisitos para poder acceder a dichas convocatorias son los siguientes: ◦ Estar inscritos en el Registro de Centros Docentes, sección Escuelas de Música. ◦ Estar de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.(Epígrafe 932.1 o similar) ◦ Haber formalizado alguna contratación y alta en la Seguridad Social de personal docente antes del día 1 de noviembre del curso en el que se pide subvención 14
  • 15. ¿Cómo se solicita? Hay que rellenar la solicitud de subvención y adjuntar una serie de documentación.  ¿Qué documentación hay que aportar? Dependerá de las circunstancias de cada escuela/asociación. Lo pone en los anexos de la convocatoria. 15
  • 16. ¿Dónde se presenta? En cualquier oficina del PROP (registro general), o en la delegación de la Conselleria de Gobernación en Alicante (Rambla Méndez Núñez) RECOMENDACIÓN: Si tienes que presentar documentación que necesita estar compulsada, recomiendo ir a la delegación en Alicante porque las compulsas son gratuitas. 16
  • 17. OBLIGACIONES: HAY QUE JUSTIFICAR Como la mayoría de subvenciones tiene que justificarse ante el órgano que dictó la resolución de la convocatoria DOCUMENTACIÓN: Hay que aportar la documentación que se solicita en la resolución. Existen anexos y documentación para la justificación. 17
  • 18. ¿Quién la convoca? Actualmente la Consellería de Gobernación  ¿A quién va destinada? A las escuelas de música reconocidas oficialmente por la Consellería de Educación  ¿Cuándo se convoca? Suele salir a final de año, pero cambian las fechas 18
  • 19. ¿Cómo? Rellenando y presentando el modelo oficial que facilita la Generalitat Valenciana para este fin en el PROP  ¿Dónde se consigue? En la web de la Generalitat Valenciana  ¿Dónde se presenta? En cualquier oficina del PROP o registro general de cualquier Consellería 19
  • 20. PROCEDIMIENTO El procedimiento es muy similar al de la subvención para escuelas de música dependientes de entidades sin ánimo de lucro, pero con la salvedad de que no se tiene que presentar tanta documentación.  ¿En qué se diferencia una subvención de otra? Fundamentalmente, en la cuantía que se otorga. Pero la diferencia radica en que las escuelas de música reconocidas necesitan cumplir una serie de requisitos (profesores con titulación, etc…) 20
  • 21. REQUISITOS: ◦ Las aulas deben tener una de superficie mínima de 15 metros cuadrados para la enseñanza instrumental individual y 25 metros cuadrados para las enseñanzas de carácter teórico y las de conjunto. ◦ Como mínimo habrán de impartirse enseñanzas de dos especialidades instrumentales, conjunto coral y lenguaje musical. ◦ El profesorado deberá estar en posesión, como mínimo, del título profesional de grado medio. 21
  • 22. DOCUMENTACIÓN: ◦ Instancia de solicitud. ◦ Fotocopia compulsada de los estatutos y del CIF de la Asociación que vaya a ser titular de la Escuela. ◦ Títulos compulsados del profesorado y méritos académicos de quien vaya a ser Director. ◦ Plan de formación de cada una de las asignaturas que se vayan a impartir en la Escuela y horario. ◦ Planos de las instalaciones e inventario de la dotación de equipamiento. 22
  • 23. PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Esta documentación deberá presentarse ante la Dirección General de Centros Docentes, a través del Servicio Territorial correspondiente, antes del mes de enero del curso en que pretenda iniciar la actividad como Escuela de Música 23
  • 24. ¿Quién la convoca? Actualmente la Consellería de Gobernación  ¿A quién va destinada? A todas las SSMM de la Comunitat Valenciana que estén federadas.  ¿Cuándo se convoca? Una vez al año. La fecha varía. 24
  • 25. ¿Cómo se solicita? Hay que rellenar la solicitud de subvención y adjuntar una serie de documentación  ¿Qué documentación hay que aportar? Depende del importe que se solicite. Si no supera los 18.000 €, con un presupuesto es suficiente. Si no, hay que presentar 3 presupuestos de distintas tiendas. También hay que presentar el presupuesto de la escuela, etc… 25
  • 26. ¿Qué cubre esta subvención? Como máximo te puede cubrir el 50% del gasto de la adquisición del instrumento.  PROCEDIMIENTO Existe un baremo (que no conocemos, todavía) en función del instrumento y las necesidades de la banda. Por eso es importante rellenar correctamente los anexos. 26
  • 27. ¿Quién la convoca? Actualmente la Consellería de Gobernación  ¿A quién va destinada? A todas las SSMM de la Comunitat Valencianas que estén federadas.  ¿Cuándo se convoca? Una vez al año. La fecha varía. 27
  • 28. REQUISITOS: ◦ El local debe ser propiedad de la sociedad musical que solicita la subvención. ◦ Estar al corriente de las obligaciones tributarias. ◦ Estar inscrita en el Registro de Asociaciones ◦ Hay que presentar un proyecto con presupuestos  HAY QUE JUSTIFICAR ◦ Como todas las subvenciones, está sujeta a justificación. Los anexos los envía la Consellería. 28
  • 29. ¿Qué cubre esta subvención? Como máximo te puede cubrir hasta el 100% del gasto de la obra. Se excluyen las obras de más de 75.000 €.  PROCEDIMIENTO Una comisión evaluadora otorga una puntuación en función de unos criterios: idoneidad, urgencia, presupuesto más ajustado, … 29
  • 30. ORGANIZACIÓN DE EVENTOS Y FESTIVALES ◦ Esta subvención está destinada a cualquier entidad que vaya a organizar algún evento especial u organizar algún festival. No sólo pueden participar las SSMM, como ocurre con otros casos  PRODUCCIÓN DISCOGRÁFICA ◦ Está destinada a la producción de algún CD o la producción de alguna publicación. Al igual que la anterior, pueden solicitar más entidades, a parte de las SSMM. 30
  • 31. ¿Qué es? ◦ Es una campaña de conciertos que organiza la Diputación de Alicante.  ¿En qué consiste? ◦ Esta campaña consiste en que la sociedad musical de la localidad en cuestión ofrece un concierto que será patrocinado íntegramente por la Diputación. Dicho de otra forma, la Diputación de Alicante “paga” un concierto de la banda en el pueblo. 31
  • 32. ¿Cómo se solicita? ◦ Hay que rellenar una instancia (normalmente la facilita la Diputación) ◦ Hay que presentarla en el registro de la Diputación (ya sea en Alicante o en las oficinas que hay en Rojales) ◦ Requisitos: estar federado  ¿Cómo funciona? ◦ La banda tiene que ofrecer un concierto, sin que coincida con ninguna fiesta local o de otro tipo (9 octubre, etc…) 32
  • 33. ¿Hay que justificar algo? ◦ Como cualquier otra subvención, está sometida a justificación. ◦ Hay que presentar un certificado del secretario del ayuntamiento en el que conste la fecha, lugar y hora del concierto. ◦ También unos programas de mano. ◦ Hay un PLAZO para presentarlo.  La Diputación de Alicante pone a disposición de las SSMM toda la documentación necesaria y un teléfono de contacto para las dudas. 33
  • 34. ¿Qué es? ◦ Es una campaña que patrocina el IVM, junto con la Consellería de Gobernación y que organiza la FSMCV.  ¿En qué consiste? ◦ Son 2 conciertos de intercambio: un concierto se hace en la localidad de una de las sociedades y el otro en el municipio de la otra sociedad. 34
  • 35. ¿Cómo se solicita? ◦ Cuando salen las bases (varía la fecha) la FSMCV remite la documentación con las bases. ◦ Existe un plazo máximo para presentar las solicitudes.  ¿Hay que justificarlo? ◦ Efectivamente, hay que justificarlo. ◦ OJO: hay un plazo máximo para hacer el intercambio (normalmente hasta finales de octubre, hay que estar a los que dispongan las bases) ◦ Hay que adjuntar unos programas de mano. ◦ Además también hay que enviar un certificado de la banda.  Toda la documentación la facilita la FSMCV 35
  • 36. ¿Qué es? ◦ Es el concurso para las bandas de música de toda la provincia de Alicante que organiza la Diputación de Alicante.  ¿Qué bandas pueden ir? ◦ Todas las bandas federadas de la provincia. Se clasifican en categoría, en función de los músicos federados y los músicos que pueden “subir” a tocar. 36
  • 37. ¿Cómo inscribirse? ◦ Presentando una instancia en la Diputación de Alicante solicitando la inscripción. ◦ OJO: las plazas son limitadas en función de las categorías. En caso de concurrir más bandas que plazas hay, se sorteará. Las bandas que quedan fuera, automáticamente tendrán derecho a participar en la siguiente convocatoria.  ¿Qué obtengo a cambio de participar? ◦ Por participar, y en función de la categoría, la Diputación de Alicante ofrece una asignación. A parte, el ganador obtiene un premio dependiendo de la categoría. 37
  • 38. Convenios de la FSMCV con entidades financieras para obtener préstamos a intereses muy bajos: Tríodos Bank y Caixa Popular  Lotería de Navidad  Participaciones de Lotería  Publicidad de empresas  Conciertos Benéficos  Captación de Socios 38
  • 39. LABORAL  OBLIGACIONES TRIBUTARIAS  ASESORAMIENTO BÁSICO  ALGUNAS RECOMENDACIONES 39
  • 40. TIPOS DE CONTRATO APLICABLES EN EL CASO DE LAS ESCUELA DE MÚSICA RECONOCIDAS POR LA CONSELLERIA ◦ CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO ◦ CONTRATO TEMPORAL ◦ CONTRATO FIJO DISCONTINUO GUÍA DE RRHH PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 40
  • 41. CONTRATO POR OBRA O SERVICIO ◦ CONTRATO TEMPORAL ◦ SÓLO DURANTE UN CURSO ◦ NO GENERA DERECHOS A LOS TRABAJADORES ◦ SÓLO SE CONTEMPLA UNA PEQUEÑA INDEMNIZACIÓN POR FIN DEL CONTRATO SE RECOMIENDA ESTE TIPO DE CONTRATO SI PRETENDEMOS REDUCIR LOS COSTES EN CONTRATACION 41
  • 42. CONTRATO TEMPORAL ORDINARIO ◦ CONTRATO TEMPORAL ESTRICTO ◦ HAY LÍMITES TEMPORALES QUE ESTABLECE LA LEY, DEPENDIENDO DE LOS CONVENIOS ◦ EN NUESTRO SERCTOR EL CONVENIO ACTUAL NO DICE NADA, POR LO QUE TENEMOS QUE ACUDIR A LA LEY. PERIODO DE CARENCIA DE 6 MESES. ◦ SI SE SUPERA EL LÍMITE, SE CONVIERTE EN FIJO Y EL TRABAJADOR ADQUIERE TODOS LOS DERECHOS 42
  • 43. CONTRATO FIJO DISCONTINUO ◦ CONTRATO FIJO ◦ GENERA DERECHOS ADQUIRIDOS A LOS TRABAJADORES POR LA ANTIGÜEDAD ◦ SI LA CONTRATACIÓN POR OBRA O SERVICIO ES CONTINUADA EN EL TIEMPO, PUEDE CONVERTIRSE EN ESTE TIPO DE CONTRATO. 43
  • 44. OBLIGACIONES ◦ HACER Y PAGAR LAS NÓMINAS ◦ INGRESAR LA CUOTA A LA SEGURIDAD SOCIAL CORRESPONDIENTE A LOS EMPLEADOS Y DEL EMPLEADOR ◦ DAR UNA COPIA DE LA NÓMINA CADA MES AL TRABAJADOR ◦ COMUNICAR EL ALTA Y LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES DE CADA TRABAJADOR (Mod. 145) 44
  • 45. IVA  IMPUESTO DE SOCIEDADES  IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS  OTROS TRIBUTOS GUÍA DE FISCALIDAD GUÍA ONLINE (ASOCIACIONES.ORG) 45
  • 46. Si tiene reconocida la exención: NO hay obligación de declarar  Si NO tiene reconocida la exención: OBLIGACIÓN de declarar trimestralmente el IVA (Mod. 303)  Si es por primera vez: hay que dar de alta a la asociación en Hacienda (Mod. 036) 46
  • 47. Tiene que solicitarse ante la AEAT  Sigue un procedimiento administrativo que finaliza con una resolución del jefe de servicio de la delegación ante la que se presentó la solicitud  Hay que cumplir con unos requisitos: lo establece la Ley  Documentos a presentar: ◦ Solicitud de la exención ◦ ….. ◦ …… ◦ ….. 47
  • 48. Una vez obtenida la resolución ◦ Si es positiva: ya puede ejercitarse ◦ Si es negativa: cabe el recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó la resolución (gratis) o el recurso contencioso-admtvo. (necesitas abogado)  Actualmente, la AEAT está poniendo muchos problemas a la hora de reconocer la exención del IVA por carácter social de la asociación 48
  • 49. Existe la obligación de hacer la declaración anual, pero NO hay que tributar por IS (de momento)  La declaración se hace según el Modelo facilitado por la AEAT.  Desde la FSMCV se recomienda hacerlo aunque pocas SSMM lo están haciendo. 49
  • 50. Nuestras actividades están exentas de este impuesto.  Para poder percibir la subvención a las escuelas de música dependientes de entidades sin ánimo de lucro, hay que estar dado de alta en este impuesto. 50
  • 51. LOPD: la FSMCV lleva varios años luchando para que sus asociados tengan incorporada en sus sociedades la LOPD. Se tiene que redactar un “proyecto” con el tratamiento de los datos, en función de unos parámetros, etc… SOLUCIÓN: si tu sociedad tiene trabajadores dados de alta en el RG o RETA de la SS, tiene derecho a un “crédito” para formación (normalmente 420 €) que se puede utilizar para dar un curso de LOPD en el que se redacta este proyecto. Este dinero lo adelanta la SM y luego se puede deducir de la cuota de la SS del mes siguiente, por lo que la incorporación de la LOPD sale gratis. 51
  • 52. DERECHOS DE AUTOR: la FSMCV está contemplando la posibilidad de ampliar sus fines estatutarios para gestionar los derechos generados por sus asociados en vez de gestionarlos la SGAE. Asamblea General 2012.  DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA: según ha remitido la FSMCV a todas las SSMM, en la Asamblea General 2012 se estudiará la posibilidad de que la FSMCV lo solicite. Existen obligaciones y es muy interesante. 52
  • 53. IMPORTANTE: las operaciones (sea Administración o entidad privada, incluido particulares) de más de 3.005 € se tienen que declarar. Mod. 347.  DECLARACIÓN DE BIC, a nivel local: Es una forma de “proteger” a las SSMM y obtener fuerza para implicar a los entes locales. Consultar con la FSMCV. 53
  • 54. GUÍA DE PREGUNTAS FRECUENTES  Si tienes alguna duda en cualquiera de los puntos que se han tratado, puede consultar en la FSMCV de la comarca. Envía en email a comarca- vbbv@fsmcv.org. • En caso de contener un error, por favor envíe un email a leandro@vilato.es para poder subsanarlo lo antes posible. • Esta guía es sólo una introducción. Puede contener algún error, por lo que es recomendable consultar con la FSMCV en el caso de necesitar que le aclaren algún tema más específico. 54