Estatutos asociacion en defensa del servicio publico
Recortes eepp
1. SAT JUNTA INFORMA
¿QUÉ SUPONEN LOS RECORTES
EN LA ADMINISTRACIÓN INTRUMENTAL?
UN AVANCE
ANTES AHORA
La jornada variaba: Jornada semanal: 37.5 horas como mínimo.
Se modifica la normativa de jornada y horarios en el caso de que la jornada
Algunos entes tenían jornadas de 35 horas, otros 37.5 y otros ordinaria sea inferior a 37.5 horas por Convenio.
40 horas, según los diferentes convenios
La forma concreta en que lleve a cabo el incremento no está fijada en el
Decreto Ley, queda pues dentro de la interpretación /negociación de cada
ente.
Beneficios de los funcionarios y laborales relacionados Suspendidos.
con la jubilación:
• Permisos de jubilación Esto junto con la suspensión de la OEP, supone la imposibilidad de acceder
• Licencias previas a la jubilación anticipada y a la función pública.
los contratos de relevo
• Premios de jubilación
Ayudas de acción social o de cualquier otra Suspendidas.
1.
prestación de análoga naturaleza, así 2.
3. Quedan suspendidas las convocatorias abiertas y la concesión de
Premios de permanencia cualquiera de estas ayudas salvo pólizas de seguro para la cobertura de
Jubilación voluntaria o por cumplimiento de la edad contingencias por accidente del personal.
reglamentaria
Premios por fidelidad
Ayudas comedores o vales de comida
Ayudas por estudios
Ayudas por uso de vehículo propio
Con carácter general en prácticamente todos los Modulación del complemento autonómico por incapacidad
Convenios se procede a compensar hasta el 100% la temporal.
percepción de las retribuciones en caso de enfermedad - Solo se percibirá el 100%: Cuando medie hospitalización o
desde el primer día. intervención quirúrgica, enfermedad grave según el RD 1148/2011, de
29 de julio, o IT derivada de maternidad, paternidad, riesgo durante el
embarazo, adopción y acogimiento. También en el supuesto de AL o
EP o al alcanzar los 21 días de enfermedad común o accidente no
laboral.
- Los 3 primeros días (días de purga): 50% de las retribuciones (si es el
primer periodo de baja en el ejercicio, si es el segundo y sucesivos:
40%)
- Del 4º hasta el 20º día: 60% + 75%(40%)= 90% de las retribuciones
Asuntos propios y vacaciones: Asuntos propios y vacaciones:
Vacaciones: Por cada año natural: vacaciones retribuidas de
Dependiendo del convenio podrían disfrutarse de un veintidós días hábiles, únicamente
determinado número de días de asuntos propios al año Asuntos propios: Como máximo, 6 días no acumulables a las
(4, 6 ó 8) vacaciones. Ahora bien si por Convenio el número de días de asuntos
Así como 22 hábiles días de vacaciones o un mes. En propios es menor este último será el máximo.
2. algunas ocasiones podría establecerse por Convenio un Además de éstos, solo si el convenio lo contempla, tendrán derecho
mayor número de días de vacaciones dependiendo de los al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio,
años de prestación de servicios. incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a
partir del octavo.
.
Otros permisos: Los permisos previstos en el EBEP son ahora el techo máximo:
Art. 48, 49 y 50
Dependiendo del convenio podrían disfrutarse de un Es decir, los permisos serán los establecidos en cada Convenio,
determinado número de permisos. pero si alguno de estos permisos está por encima de lo dispuesto
en el EBEP, quedan sin efecto.
Algunas modificaciones mas importantes, que se recogían hasta
ahora en algunos convenios y YA NO pueden disfrutarse:
- Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave
de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad,
el permiso será de 3 días hábiles, cuando se produzca en la misma
localidad (este será el máximo, si el convenio prevé menos días se
aplicará la menor), y de 5 días hábiles cuando sea en distinta
localidad. Si es familiar de segundo grado: 2 y 4 días.
(Estos serán el máximo, si el convenio prevé menos días se aplicará
la menor)
- Traslado de domicilio sin cambio de residencia: 1 día. (es la
única previsión por permisos por cambio de domicilio, quedan sin
efecto cualquier otro, aunque se prevean por Convenio)
- Estudios: Solo días de celebración de los exámenes como máximo
- Eliminación tres días de permiso por enfermedad infecto
contagiosa de menores de 9 ó 12 años, así como : Ahora solo
posibilidad de reducción de jornada por cuidado de hijo/familiar
primer grado por enfermedad muy grave.
Por encima del EBEP solo se respetan:
Los permisos por asuntos particulares sin retribución, el mes
adicional por parto/adopción, y una hora diaria por cuidado de
hijo menor de hasta 16 meses, siempre que estos estén recogidos en
los Convenios respectivos.
Antigüedad: Antigüedad:
Complemento recogido en los Convenios respectivos La cuantía de las retribuciones establecidas por antigüedad, son las
fijadas para los grupos laborales en el VI Convenio, salvo que las
previstas en el respectivo convenio sean menores, entonces se
aplican estas últimas.
Cuanía VI Convenio
GRUPO EUROS/AÑO EUROS MES
I 464,52 38,71
II 464,52 38,71
III 321,48 26,79
IV 275,64 22,97
V 275,64 22,97
Retribuciones periódicas mensuales: Retribuciones periódicas mensuales
3. Recogido en los Convenios respectivos Se ven reducidas en un 5%. Si bien el cómputo es desde enero de
2012, por lo que las retribuciones mensuales se verán redicidas de
facto en un 10% si comienzan a aplicar la reducción en julio.
No se afectan por esta reducción las cotizaciones a la seguridad
social, imdemnizaciones por traslados o despidos, imdemnizaciones
de la Seguridad Social o prestaciones por IT.
Complementos variables. Complementos variables.
Algunos convenios establecían complementos variables, Todos estos complementos de carácter variable se ven reducidos en
es decir no fijos en la estructura salarial mensual, como un 10%
por ejemplo, pluses de nocturnidad, por atención
continuada, de productividad, etc...
Indemnizaciones por razón del servicio y horas Indemnizaciones por razón del servicio y horas extras
extras Las indemnizaciones nunca serán superiores a las establecidas en el
Establecidas de forma específica en sus respectivos Decreto 54/1989, de 21 de marzo: así
convenios A) DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL
Alojamiento: 60,10 euros.
Manutención pernoctando: 38,17 euros.
Manutención sin pernoctar: 24,94 euros.
1/2 Manutención: 19,09 euros.
B)DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL (MADRID)
Alojamiento: 15.000 pesetas. 90,15 euros.
Manutención pernoctando: 6.500 pesetas. 39,07 euros.
Manutención sin pernoctar: 4.150 pesetas. 24,94 euros.
1/2 Manutención: 3.250 pesetas. 19,53 euros.
Las horas extras se compensarán por tiempo de descanso, salvo
situaciones justificadísimas en las que se podrán abonar previo
informe favorable de CHAP
Personal Laboral Temporal Personal Laboral Temporal (no indefinido)
Las retribuciones y las jornadas del personal interino es Reducción de la jornada del personal temporal en un 10% con
equivalente a la del personal indefinido. minoración retributiva equivalente.(lo que se sumará a la reducción
de facto de las retribuciones fijas mensuales del 10% que antes
veíamos)
El decreto-ley no obstante asimila, los contratos indefinidos no fijos
declarados así por resolución judicial o administrativa, a los
contratos laborales temporales, para poder aplicar esta reducción
“extra” de salario y jornada. Hemos de recordar que estos contratos
son en su mayoría contratos en fraude de ley, sobre los cuales se
pretende producir un segundo fraude al asimilarlos a los laborales
temporales.
TODO ESTO SE PUEDE PONER EN PRÁCTICA “GRACIAS” A LAS ÚLTIMAS MODIFICACIONES
INTRODUCIDAS POR LA REFORMA LABORAL QUE CONVIERTEN A LOS CONVENIOS EN MERAS
DECLARACIONES DE INTENCIONES DE LAS QUE LAS PATRONALES PUEDEN DESCOLGARSE SIEMPRE
QUE QUIERAN.
ESTAS MEDIDAS ESTÁN EN VIGOR DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACCIÓN EN BOJA, ES
DECIR DESDE EL 23 DE JUNIO, SI BIEN EN RELACIÓN A LA REUCCIÓN SALARIAL SE PONDRAN EN
PRÁCTICA EN EL PLAZO MÁXIMO DE UN MES DESDE LA PUBLICACIÓN DEL DECRETO LEY, ES DECIR
ANTES DEL EL 23 DE JULIO.
LOS DERECHOS SE RECORTAN
MIENTRAS LOS CULPABLES: POLÍTICOS CORRUPTOS Y BANQUEROS LADRONES,ESTAN IMPUNES....