SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 40
LA LEGISLACION INTERNACIONAL
(TRATADOS, PROTOCOLOS Y
CONVENIOS)
1. Necesidad de protección de zonas
fronterizas ante la disposición de
residuos peligrosos.
2. Animo de conservación y restauración
de recursos naturales de interés
mundial.
3. Fortalecimiento de legislaciones propias
en cada uno de los Estados partes.
MARCO NORMATIVO AMBIENTAL GENERAL.
LEGISLACION INTERNACIONAL
 Colombia ha firmado y ratificado aproximadamente
70 tratados y convenios internacionales
relacionados directamente con el medio ambiente y
18 protocolos.
 Los acuerdos se gestan alrededor de recursos
naturales muy concretos. Ej. Ramsar, Ballenas, etc.
 Internacionalmente la tendencia de la gestión
ambiental es hacia un manejo integral de los
recursos naturales, es decir en términos de
problemas y de ecosistemas globales. Ej. Convenio
de diversidad biológica, el Convenio de Viena para
la protección de la capa de ozono, la Convención
Marco sobre el Cambio Climático entre otros.
AMBITO
INTERNACIONAL
NORMATIVIDAD AMBIENTAL

DE

LA

I. DECLARACION DE ESTOCOLMO
1972
 RECONOCE LA IMPORTANCIA DEL MEDIO
HUMANO NATURAL Y ARTIFICIAL PARA EL
EJERCICIO
DE
DERECHOS
HUMANOS
FUNDAMENTALES - NECESIDAD DE QUE LOS
ESTADOS EN SU SOBERANIA PROTEJAN Y
MEJOREN EL MEDIO HUMANO Y EXPLOTEN SUS
PROPIOS RECURSOS DE ACUERDO CON SU
PROPIA POLITICA AMBIENTAL, SIN CAUSAR
DAÑOS A OTROS ESTADOS.
 SE RESALTA LA IMPORTANCIA DE VELAR POR
LA
CONSERVACION,
EN
BENEFICIO
DE
GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
 La Declaración de Estocolmo sobre el Medio
Ambiente, convocada por las Naciones
Unidas y celebrada en 1972, aumentó la
conciencia política sobre la naturaleza global
de muchas amenazas al medio ambiente. Se
intensificó la actividad internacional, lo que
llevó a la creación del Programa de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente. A
la vez, la Comunidad Económica Europea
(hoy Unión Europea) puso en marcha un
programa de iniciativas medioambientales.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 1. El hombre tiene el derecho fundamental a la
libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida
adecuadas en un medio de calidad tal que le permita
llevar una vida digna y gozar de bienestar y, tiene la
solemne obligación de proteger y mejorar el medio
para las generaciones presentes y futuras.
Principio 2. Los recursos naturales de la tierra, incluidos
el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y
especialmente muestras representativas de los
ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio
de las generaciones presentes y futuras mediante
cuidadosa planificación u ordenación, según convenga
= INICIO DEL CONCEPTO DE DESARROLLO HUMANO
SOSTENIBLE.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 3. Debe mantenerse, restaurarse o mejorarse
la capacidad de la tierra para producir recursos vitales
renovables.
Principio 4. El hombre tiene la responsabilidad especial
de preservar y administrar juiciosamente el
patrimonio de la flora y fauna silvestres y su hábitat,
que se encuentran actualmente en grave peligro por
una
combinación
de
factores
adversos.
En
consecuencia,
al
planificar
el
desarrollo
económico debe atribuirse importancia a la
conservación de la naturaleza, incluidas la flora y
fauna silvestres.
Principio 5. Los recursos no renovables de la tierra
deben emplearse de forma que se evite el peligro de
su futuro agotamiento y se asegure que toda la
humanidad comparte los beneficios de tal empleo.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 6. Debe ponerse fin a la descarga de
sustancias tóxicas de otras materias y a la
liberación
de
calor,
en
cantidades
o
concentraciones tales que el medio no pueda
neutralizarlas, para que no se causen daños
graves o irreparables a los ecosistemas.
Principio 7. Los estados deberán tomar todas las
medidas posibles para impedir la contaminación
de los mares
Principio 8. El desarrollo económico y social es
indispensable para asegurar al hombre un
ambiente de vida y trabajo favorable y crear en
la tierra las condiciones necesarias para mejorar
la calidad de la vida.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 9. Las deficiencias del medio originadas por las
condiciones del subdesarrollo y los desastres
naturales plantean graves problemas y, la mejor
manera de subsanarlas es el desarrollo acelerado
mediante la transferencia de asistencia financiera y
tecnológica
Principio 10. Para los países en desarrollo, la estabilidad
de precios y la obtención de ingresos adecuados de
los productos básicos y las materias primas son
elementos esenciales para la ordenación del medio.
Principio 11. Las políticas ambientales de todos los
estados deberían estar encaminadas a aumentar el
potencial de crecimiento actual del futuro de los
países en desarrollo y no deberían menoscabar ese
potencial ni obstaculizar el logro de mejores
condiciones de vida para todos
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 12. Debería destinarse recursos a la conservación
y mejoramiento del medio, teniendo en cuenta las
circunstancias y las necesidades especiales de los países
en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda originar a
estos países la inclusión de medidas para la conservación
del medio en sus planes de desarrollo
Principio 13. A fin de lograr una más racional ordenación de
los recursos y mejorar así las condiciones ambientales,
los estados debería adoptar un enfoque integrado y
coordinado de la planificación de su desarrollo
Principio
14.
La
planificación
racional
constituye
instrumento indispensable para conciliar las diferencias
que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo y la
necesidad de proteger y mejorar el medio.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 15. Debe aplicarse la planificación a los
asentamientos humanos y a la urbanización con
miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre el
medio y a obtener los más beneficios sociales
económicos y ambientales para todos
Principio 16. En las regiones en que exista el riesgo
de que la tasa de crecimiento demográfico las
concentraciones
excesivas
de
población
perjudiquen al medio o al desarrollo, debería
aplicarse política demográfica que respetasen los
derechos humanos fundamentales y contasen con
la aprobación de los gobiernos interesados.
Principio 17. Debe confiarse a las instituciones
nacionales competentes la tarea de planificar,
administrar o controlar la utilización de los
recursos ambientales de los estados.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 18. Como parte de su contribución al
desarrollo económico y social se deben utilizar la
ciencia y la tecnología para descubrir, evitar y
combatir los riesgos que amenazan al medio
Principio 19. Es indispensable una labor de educación
en cuestiones ambientales, dirigida tanto a las
generaciones jóvenes como a los adultos.
Principio 20. Se deben fomentar en todos los países,
especialmente en los países en desarrollo, la
investigación y el desenvolvimiento científicos
referentes a los problemas ambientales, tanto
nacionales como multinacionales
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 21. De conformidad con la Carta de las
Naciones Unidas y con los principios del derecho
internacional, los estados tienen el derecho soberano
de explotar sus propios recursos en aplicación de su
propia política ambiental y la obligación de asegurar
que las actividades que se lleven a cabo dentro de su
jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al
medio de otros estados o de zonas situadas fuera de
toda jurisdicción nacional.
Principio 22. Los estados deben cooperar para
continuar desarrollando el derecho internacional en
lo que se refiere a la responsabilidad y a la
indemnización a las víctimas de la contaminación y
otros daños ambientales que las actividades
realizadas dentro de la jurisdicción o bajo el control
de tales estados causen a zonas situadas fuera de su
jurisdicción.
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 23. será indispensable considerar los
sistemas de valores prevalecientes en cada país y la
aplicabilidad de unas normas que, si bien son
víctimas para los países más avanzados, pueden
ser inadecuados y de alto costo social para los
países en desarrollo.
Principio 24. Todos los países, grandes y pequeños,
deben ocuparse, con espíritu de cooperación y de
pie de igualdad, en las cuestiones internacionales
relativas a la protección y mejoramiento del medio.
Es indispensable cooperar, mediante acuerdos
multilaterales o bilaterales
DECLARACION DE
ESTOCOLMO
Principio 25. Los estados se asegurarán de que
las organizaciones internacionales realicen una
labor coordinada, eficaz y dinámica en la
conservación y mejoramiento del medio.
Principio 26. Es preciso librar al hombre y a su
medio de los efectos de las armas nucleares y
de todos los demás medios de destrucción en
masa. Los estados deben esforzarse por llegar
pronto a un acuerdo, en los órganos
internacionales
pertinentes,
sobre
la
eliminación y destrucción completa de tales
armas.
AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD
AMBIENTAL
II. DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE
Y DESARROLLO
1992





REAFIRMA
Y
DESARROLLA
LA
DECLARACION
DE
ESTOCOLMO, CON EL OBJETIVO PRINCIPAL DE ALCANZAR
EL DESARROLLO SOSTENIBLE - RECONOCE EL DERECHO
DE LOS SERES HUMANOS A UNA VIDA SALUDABLE Y
PRODUCTIVA EN ARMONIA CON LA NATURALEZA.
SE CONTEMPLAN ACCIONES EN LO SOCIAL, ECONOMICO,
CULTURAL,
CIENTIFICO,
INSTITUCIONAL,
LEGAL
Y
POLITICO, PARA EL DESARROLLO DE LOS ESTADOS SIN
COMPROMETER
EL
MEDIO
AMBIENTE
DE
OTRAS
FRONTERAS.
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 3: El derecho al desarrollo debe ejercerse en
forma tal que responda equitativamente a las
necesidades de desarrollo y ambientales de las
generaciones presentes y futuras.
Principio 4: A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la
protección del medio ambiente deberá constituir parte
integrante del proceso de desarrollo y no podrá
considerarse en forma aislada.
Principio 5: Todos los Estados y todas las personas
deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la
pobreza como requisito indispensable del desarrollo
sostenible, a fin de reducir las disparidades en los
niveles de vida y responder mejor a las necesidades
de la mayoría de los pueblos del mundo
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 8: Para alcanzar el desarrollo sostenible y
una mejor calidad de vida para todas las personas,
los Estados deberían reducir y eliminar los sistemas
de producción y consumo insostenibles.
Principio 9: Los Estados deberían cooperar para
reforzar la creación de capacidades endógenas para
lograr un desarrollo sostenible, aumentando el
saber científico mediante el intercambio de
conocimientos
científicos
y
tecnológicos,
e
intensificando el desarrollo, la adaptación, la
difusión y la transferencia de tecnologías, entre
éstas, tecnologías nuevas e innovadoras.
Principio 10: El mejor modo de tratar las cuestiones
ambientales es con la participación de todos los
ciudadanos
interesados,
en
el
nivel
que
corresponda.
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 11: Los Estados deberán promulgar
leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las
normas ambientales, y los objetivos y
prioridades en materia de ordenación del medio
ambiente, deberían reflejar el contexto
ambiental y de desarrollo al que se aplican.
Principio 12: Los Estados deberían cooperar para
promover un sistema económico internacional
favorable y abierto que llevara el crecimiento
económico y el desarrollo sostenible de todos
los países, a fin de abordar en mejor forma los
problemas de la degradación ambiental.
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 15: Con el fin de proteger el medio ambiente, los
Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de
precaución conforme a sus capacidades. Cuando hay
peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza
científica absoluta no deberá utilizarse como razón para
postergar la adopción de medidas eficaces en función de
los costos para impedir la degradación del medio
ambiente.
Principio 16: Las autoridades nacionales deberían procurar
fomentar
la
internacionalización
de
los
costos
ambientales y el uso de instrumentos económicos,
teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina
debería, en principio, cargar con los costos de la
contaminación, teniendo debidamente en cuenta el
interés público y sin distorsionar el comercio ni las
inversiones internacionales.
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 17: Deberá emprenderse una evaluación del
impacto ambiental, en calidad de instrumento
nacional, respecto de cualquier actividad propuesta
que probablemente haya de producir un impacto
negativo considerable en el medio ambiente y que
esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional
competente.
Principio
18:
Los
Estados
deberán
notificar
inmediatamente a otros Estados de los desastres
naturales u otras situaciones de emergencia que
puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio
ambiente de esos Estados
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 20: Las mujeres desempeñan un papel
fundamental en la ordenación del medio ambiente y en
el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su
plena participación para lograr el desarrollo sostenible.
Principio 21: Deberá movilizarse la creatividad, los ideales
el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza
mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y
asegurar un mejor futuro para todos.
Principio 22: Los pueblos indígenas y sus comunidades, así
como otras comunidades locales, desempeñan un papel
fundamental en la ordenación del medio ambiente y en
el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas
tradicionales. Los Estados deberían reconocer y prestar
el apoyo debido a su identidad, cultura e intereses y
velar por que participaran efectivamente en el logro del
desarrollo sostenible.
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 23: Deben protegerse el medio ambiente y
los recursos naturales de los pueblos sometidos a
opresión, dominación y ocupación.
Principio 24: La guerra es, por definición, enemiga
del desarrollo sostenible. En consecuencia, los
Estados deberán respetar el derecho internacional
proporcionando protección al medio ambiente en
épocas de conflicto armado, y cooperar para su
ulterior mejoramiento, según sea necesario.
Principio 25: La paz, el desarrollo y la protección del
medio
ambiente
son
interdependientes
e
inseparables.
CONVENCION DE RIO DE JANEIRO
Principio 26: Los Estados deberán resolver todas
sus controversias sobre el medio ambiente por
medios pacíficos y con arreglo a la Carta de las
Naciones Unidas.
Principio 27: Los Estados y los pueblos deberán
cooperar de buena fe y con espíritu de
solidaridad en la aplicación de los principios
consagrados en esta declaración y en el ulterior
desarrollo del derecho internacional en la
esfera del desarrollo sostenible
AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD
AMBIENTAL
III. OTROS CONVENIOS E INSTRUMENTOS
1) RAMSAR -HUMEDALES DE
IMPORTANCIA INTERNAL.

FLORA.
EN DIVERSIDAD BIOLÓGICA

2) CITES - COMERCIO
INTERNALDE
ESPECIES
AMENAZADAS - FAUNA Y
3) CONV.SOBRE BIODIV.BIOLOG.
4) PROTOCOLO DE CARTAGENA.
5) CONVENIO INTERNAL DE
MADERAS TROPICALES.
AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD
AMBIENTAL
III. OTROS CONVENIOS
1) CONV. DE VIENA PARA PROTECC.
CAPA DE OZONO.
2) PROTOCOLO MONTREAL STCIAS
QUE AGOTAN CAPA DE OZONO.
EN ATMOSFERA

3) CONVENCION CAMBIO CLIMATICO
4) PROTOCOLO DE KIOTO.
AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD
AMBIENTAL
III. OTROS CONVENIOS

1) CONV.DE BASILEA
CONTROL DE

MOVIMTOS
TRANSFRONTERIZOS
DESECHOS PELIGROSOS
2)
PROTOC.RESPONSABIL.

E

INDEMNIZACION.
EN SUSTANCIAS PELIGROSAS

3) CONV. ROTTERDAM
4) CONTAMINANTES
ORGANIC.

PERSISTENTES
AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD
AMBIENTAL
IV. ACUERDOS REGIONALES
1) TRATADO DE COOPERACION AMAZONICA
2) CONV. DE CARTAGENA PARA PROTECC. Y
DESARROLLO DEL MEDIO MARINO DE LA REGION
GRAN CARIBE.
3) PROTOC. PREVENCION DE DERRAME DE
HIDROCARBUROS
4) PROTOC. AREAS, FLORA Y FAUNA SILVESTRES.
5) PROTOC. DE CONTAMINAC MARINA .
6) CONV. DE LIMA PARA PROTECC. DEL MEDIO MARINO Y
ZONA COSTERA PACIFICO SUDESTE.
AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD
AMBIENTAL
V. LA AGENDA 21
DOCUMENTO ESTRATEGICO APROBADO EN LA
DECLARACION DE RIO EN 1992.
SISTEMA DE ARMONIZACION MUNDIAL PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE, RESPETANDO
INDIVISIBILIDAD DE LA PROTECC. AMBIENTAL Y
EL PROCESO DE DESARROLLO.
ES UN COMPROMISO POLITICO Y UN CONSENSO
MUNDIAL.
AMBITO INTERNACIONAL EN LA
NORMATIVIDAD AMBIENTAL
CONVENCION DE JOHANESBURGO 2002.
 Incorpora a la noción de medio ambiente y
desarrollo humano sostenible los conceptos de
POBREZA, DESARROLLO TERRITORIAL, VIVIENDA DIGNA
Y SERVICIOS PUBLICOS = Manejo Integral del medio
ambiente con otros componentes directamente
relacionados.
 Reestructuración del Ministerio en Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial = Nuevas
funciones en esas materias
CONVENCION DE JOHANESBURGO 2002.
DE ESTOCOLMO A RÍO DE JANEIRO A JOHANNESBURGO

Hace treinta años, en Estocolmo se acordó la necesidad
urgente de responder al problema del deterioro
ambiental.
Hace diez años, en la Conferencia de Naciones Unidas sobre
Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de
Janeiro, se acordó que la protección del ambiente, y el
desarrollo social y económico son fundamentales para el
desarrollo sustentable, basado en los Principios de Río.
Para lograr tal desarrollo, adoptamos el programa global,
Agenda 21, y la Declaración de Río, a los cuales se
reafirma el compromiso. La Cumbre de Río fue un hito
importante que estableció una nueva agenda para el
desarrollo sustentable.
CONVENCION DE JOHANESBURGO 2002.
 Entre Río y Johannesburgo las naciones del
mundo se reunieron en varias conferencias
importantes bajo la guía de las Naciones
Unidas,
incluyendo
la
Conferencia
de
Monterrey sobre Financiamiento para el
Desarrollo, así como también la Conferencia
Ministerial de Doha. Estas conferencias
definieron para el mundo una visión extensa
para el futuro de la humanidad.
EFECTOS DE LA NORMATIVA
INTERNACIONAL EN LA COLOMBIANA
1. RESULTADOS DE LA DECLARACION DE
ESTOCOLMO DE 1972:
 LA CONSTITUCION NACIONAL DE 1886
 A. LA LEY 23 DE 1973
 B. EL DECRETO LEY 2811 DE 1974
EFECTOS DE LA NORMATIVA
INTERNACIONAL EN LA COLOMBIANA
2. RESULTADOS DE LA DECLARACION DE
RIO DE JANEIRO DE 1992:
 LA CONSTITUCION POLITICA DE 1991
 LA LEY 99 DE 1993:
 EL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL
 LAS AUTORIDADES AMBIENTALES
 LOS PRINCIPIOS NORMATIVOS
AMBIENTALES
EFECTOS DE LA NORMATIVA
INTERNACIONAL EN LA COLOMBIANA

3. RESULTADOS DE LA DECLARACION DE
JOHANNESBURGO0 DE 2002:
 LA REESTRUCTURACION DEL MMA EN
MAVDT FUSION MIN DESARROLLO Y
MIN AMBIENTE ACTUALMENTE
RENOMBRADO MADS.
PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN
LA LEGISLACION COLOMBIANA
 Desarrollo Económico y Social del Estado
según principios de Río.
 Biodiversidad del País = Patrimonio
Nacional de interés de la comunidad =
Aprovechamiento Sostenible
 Políticas en la población tendrán en
cuenta el derecho de seres humanos a una
vida saludable en armonía con la
naturaleza.
PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN
LA LEGISLACION COLOMBIANA
 Protección
Especial
a
Páramos,
subpáramos, nacimientos de agua y zonas
de
recarga
de
acuíferos
AREAS
PROTEGIDAS
 En utilización del recurso
prioriza el consumo humano.

hídrico

se

 Políticas Ambientales = Procesos de
investigación a excepción *- PRINCIPIO
DE PRECAUCION
PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN
LA LEGISLACION COLOMBIANA
 El
Estado
debe
fomentar
COSTOS
AMBIENTALES - e instrumentos económicos
para prevención, corrección y restauración de
deterioro ambiental y conservación de RNR
(Ej. Tasas) .
 Protección al paisaje = Patrimonio Común.
 Prevención de desastres = interés colectivo.
En
consecuencia
las
medidas
son
de
obligatorio Cumplimiento ( Autoridades Nales,
Dptales,
Mpales,
Aut.
Ambientales,
Beneficencia,etc).
PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN
LA LEGISLACION COLOMBIANA

 Acciones de protección y recuperación
ambiental en el país es mancomunada
entre Estado y Comunidad; ONG´s y
Sector Privado.
 Estudios de Impacto Ambiental (EIA)
instrumentos para toma de decisiones
en obras o activ que afecten el medio
ambiente NATURAL O ARTIFICIAL..
 Manejo Ambiental en el País es
DESCENTRALIZADO, DEMOCRATICO Y
PARTICIPATIVO.
LOS PRINCIPIOS NORMATIVOS
AMBIENTALES
 PRECAUCIÓN: Art.1 N.6- Ley 99 de 1993Aplicación de medidas eficaces para
impedir degradación del medio ambiente
cuando exista peligro de daño grave e
irreversible, ante la falta de certeza
científica absoluta.
 RIGOR SUBSIDIARIO: Art. 63 Ley 99 de
1993. Normas Expedidas en materia
ambiental y medidas, pueden ser más
rígidas = Procedimiento ante MMA.
LOS PRINCIPIOS NORMATIVOS
AMBIENTALES
 ARMONÍA
REGIONAL:
Funciones
de
Entidades Territoriales relacionadas con el
medio ambiente de manera coordinada y
armónica - sujetas a normas superiores y
a directrices de Política Nal. AmbientalManejo Unificado de los RNR
 GRADACIÓN NORMATIVA: Respeto por
supremacía de normas de superior
jerarquía en materia ambiental

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Acuerdos Ambientales Internacionales
Acuerdos Ambientales InternacionalesAcuerdos Ambientales Internacionales
Acuerdos Ambientales InternacionalesKaren Alex
 
La declaración de río y la agenda 21
La declaración de río y la agenda 21La declaración de río y la agenda 21
La declaración de río y la agenda 21RoXana SandoVal
 
presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia
 presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia
presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-boliviaDOUGLASDAVID16
 
Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPA
Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPALey general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPA
Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPAJosé Jiménez
 
Análisis del impacto ambiental
Análisis del impacto ambiental Análisis del impacto ambiental
Análisis del impacto ambiental Patricia Garcia
 
SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)
SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)
SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)vilmer23
 
Politica Ambiental Peruana
Politica Ambiental PeruanaPolitica Ambiental Peruana
Politica Ambiental PeruanaCristina Moreno
 
Antecedentes del desarrollo sustentable
Antecedentes del desarrollo sustentableAntecedentes del desarrollo sustentable
Antecedentes del desarrollo sustentableCarlos Gruber
 
Conferencia de estocolmo
Conferencia de estocolmoConferencia de estocolmo
Conferencia de estocolmoYana López
 
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICO
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICOLEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICO
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICOtono_oax
 
Legislación Ambiental Internacional
Legislación Ambiental InternacionalLegislación Ambiental Internacional
Legislación Ambiental InternacionalUniambiental
 
Cumbres Internacionales del Medio Ambiente
Cumbres Internacionales del Medio AmbienteCumbres Internacionales del Medio Ambiente
Cumbres Internacionales del Medio AmbienteGuillermo Arrioja
 
Arbol de problemas y de objetivos
Arbol de problemas y de objetivosArbol de problemas y de objetivos
Arbol de problemas y de objetivosMary Guevara
 

Mais procurados (20)

Acuerdos Ambientales Internacionales
Acuerdos Ambientales InternacionalesAcuerdos Ambientales Internacionales
Acuerdos Ambientales Internacionales
 
La declaración de río y la agenda 21
La declaración de río y la agenda 21La declaración de río y la agenda 21
La declaración de río y la agenda 21
 
Protocolo de kyoto
 Protocolo de kyoto  Protocolo de kyoto
Protocolo de kyoto
 
presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia
 presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia
presentacion-resumen-ley-de-medio-ambiente-bolivia
 
Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPA
Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPALey general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPA
Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente LGEEPA
 
Agenda 21
Agenda 21Agenda 21
Agenda 21
 
Análisis del impacto ambiental
Análisis del impacto ambiental Análisis del impacto ambiental
Análisis del impacto ambiental
 
Desarrollo sostenible
Desarrollo  sostenibleDesarrollo  sostenible
Desarrollo sostenible
 
4. principios ambientales
4. principios ambientales4. principios ambientales
4. principios ambientales
 
SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)
SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)
SINA (SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL)
 
Normatividad Juridica De LegislacióN Ambiental
Normatividad Juridica De LegislacióN AmbientalNormatividad Juridica De LegislacióN Ambiental
Normatividad Juridica De LegislacióN Ambiental
 
Politica Ambiental Peruana
Politica Ambiental PeruanaPolitica Ambiental Peruana
Politica Ambiental Peruana
 
Antecedentes del desarrollo sustentable
Antecedentes del desarrollo sustentableAntecedentes del desarrollo sustentable
Antecedentes del desarrollo sustentable
 
Conferencia de estocolmo
Conferencia de estocolmoConferencia de estocolmo
Conferencia de estocolmo
 
Declaracion rio
Declaracion rioDeclaracion rio
Declaracion rio
 
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICO
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICOLEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICO
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MEXICO
 
Legislación Ambiental Internacional
Legislación Ambiental InternacionalLegislación Ambiental Internacional
Legislación Ambiental Internacional
 
Cumbres Internacionales del Medio Ambiente
Cumbres Internacionales del Medio AmbienteCumbres Internacionales del Medio Ambiente
Cumbres Internacionales del Medio Ambiente
 
Arbol de problemas y de objetivos
Arbol de problemas y de objetivosArbol de problemas y de objetivos
Arbol de problemas y de objetivos
 
Instrumentos gestion ambiental
Instrumentos gestion ambientalInstrumentos gestion ambiental
Instrumentos gestion ambiental
 

Semelhante a Normatividad ambiental internacional

Semelhante a Normatividad ambiental internacional (20)

Estocolmo
EstocolmoEstocolmo
Estocolmo
 
26 principios estocolmo
26 principios estocolmo26 principios estocolmo
26 principios estocolmo
 
Marcia
MarciaMarcia
Marcia
 
Marcia
MarciaMarcia
Marcia
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Cumbre de rio-cumbre de la tierra
Cumbre de rio-cumbre de la tierraCumbre de rio-cumbre de la tierra
Cumbre de rio-cumbre de la tierra
 
Cumbredela tierramodificadofelicar
Cumbredela tierramodificadofelicarCumbredela tierramodificadofelicar
Cumbredela tierramodificadofelicar
 
Principios ambientales
Principios ambientalesPrincipios ambientales
Principios ambientales
 
TAREA 5-ECOLOGIA.pdf
TAREA 5-ECOLOGIA.pdfTAREA 5-ECOLOGIA.pdf
TAREA 5-ECOLOGIA.pdf
 
Rio declaration spanish
Rio declaration spanishRio declaration spanish
Rio declaration spanish
 
Rio declaration spanish
Rio declaration spanishRio declaration spanish
Rio declaration spanish
 
Declaracion rio
Declaracion rioDeclaracion rio
Declaracion rio
 
CLASE 3 PREOCUPACIÓN MUNDIAL.pptx
CLASE 3 PREOCUPACIÓN MUNDIAL.pptxCLASE 3 PREOCUPACIÓN MUNDIAL.pptx
CLASE 3 PREOCUPACIÓN MUNDIAL.pptx
 
Declaracion riomedioambientedesarrollo informe de rio
Declaracion riomedioambientedesarrollo informe de rioDeclaracion riomedioambientedesarrollo informe de rio
Declaracion riomedioambientedesarrollo informe de rio
 
Gestion de la ambiente
Gestion de la ambienteGestion de la ambiente
Gestion de la ambiente
 
Estocolmo 48144__
Estocolmo  48144__Estocolmo  48144__
Estocolmo 48144__
 
Declaración de estocolmo
Declaración de estocolmoDeclaración de estocolmo
Declaración de estocolmo
 
Declaración de estocolmo_1972
Declaración de estocolmo_1972Declaración de estocolmo_1972
Declaración de estocolmo_1972
 
Declaracion de estocolmo
Declaracion de estocolmoDeclaracion de estocolmo
Declaracion de estocolmo
 
Cumbre de la tierra
Cumbre de la tierraCumbre de la tierra
Cumbre de la tierra
 

Último

SIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docx
SIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docxSIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docx
SIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docxLudy Ventocilla Napanga
 
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOTUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOweislaco
 
Uses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsUses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsConsueloSantana3
 
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la SostenibilidadLos Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la SostenibilidadJonathanCovena1
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxMODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxRAMON EUSTAQUIO CARO BAYONA
 
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORDETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORGonella
 
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materialesTécnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materialesRaquel Martín Contreras
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Rosabel UA
 
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docxSecuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docxNataliaGonzalez619348
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsxJuanpm27
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTESaraNolasco4
 

Último (20)

SIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docx
SIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docxSIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docx
SIMULACROS Y SIMULACIONES DE SISMO 2024.docx
 
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOTUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
 
Uses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsUses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressions
 
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
 
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luzLa luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
 
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
 
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la SostenibilidadLos Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxMODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
 
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORDETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
 
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materialesTécnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
 
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docxSecuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
 

Normatividad ambiental internacional

  • 1. LA LEGISLACION INTERNACIONAL (TRATADOS, PROTOCOLOS Y CONVENIOS) 1. Necesidad de protección de zonas fronterizas ante la disposición de residuos peligrosos. 2. Animo de conservación y restauración de recursos naturales de interés mundial. 3. Fortalecimiento de legislaciones propias en cada uno de los Estados partes.
  • 2. MARCO NORMATIVO AMBIENTAL GENERAL. LEGISLACION INTERNACIONAL  Colombia ha firmado y ratificado aproximadamente 70 tratados y convenios internacionales relacionados directamente con el medio ambiente y 18 protocolos.  Los acuerdos se gestan alrededor de recursos naturales muy concretos. Ej. Ramsar, Ballenas, etc.  Internacionalmente la tendencia de la gestión ambiental es hacia un manejo integral de los recursos naturales, es decir en términos de problemas y de ecosistemas globales. Ej. Convenio de diversidad biológica, el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono, la Convención Marco sobre el Cambio Climático entre otros.
  • 3. AMBITO INTERNACIONAL NORMATIVIDAD AMBIENTAL DE LA I. DECLARACION DE ESTOCOLMO 1972  RECONOCE LA IMPORTANCIA DEL MEDIO HUMANO NATURAL Y ARTIFICIAL PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES - NECESIDAD DE QUE LOS ESTADOS EN SU SOBERANIA PROTEJAN Y MEJOREN EL MEDIO HUMANO Y EXPLOTEN SUS PROPIOS RECURSOS DE ACUERDO CON SU PROPIA POLITICA AMBIENTAL, SIN CAUSAR DAÑOS A OTROS ESTADOS.  SE RESALTA LA IMPORTANCIA DE VELAR POR LA CONSERVACION, EN BENEFICIO DE GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS.
  • 4. DECLARACION DE ESTOCOLMO  La Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente, convocada por las Naciones Unidas y celebrada en 1972, aumentó la conciencia política sobre la naturaleza global de muchas amenazas al medio ambiente. Se intensificó la actividad internacional, lo que llevó a la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. A la vez, la Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea) puso en marcha un programa de iniciativas medioambientales.
  • 5. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 1. El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar y, tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras. Principio 2. Los recursos naturales de la tierra, incluidos el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante cuidadosa planificación u ordenación, según convenga = INICIO DEL CONCEPTO DE DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE.
  • 6. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 3. Debe mantenerse, restaurarse o mejorarse la capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables. Principio 4. El hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y fauna silvestres y su hábitat, que se encuentran actualmente en grave peligro por una combinación de factores adversos. En consecuencia, al planificar el desarrollo económico debe atribuirse importancia a la conservación de la naturaleza, incluidas la flora y fauna silvestres. Principio 5. Los recursos no renovables de la tierra deben emplearse de forma que se evite el peligro de su futuro agotamiento y se asegure que toda la humanidad comparte los beneficios de tal empleo.
  • 7. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 6. Debe ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas de otras materias y a la liberación de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas, para que no se causen daños graves o irreparables a los ecosistemas. Principio 7. Los estados deberán tomar todas las medidas posibles para impedir la contaminación de los mares Principio 8. El desarrollo económico y social es indispensable para asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo favorable y crear en la tierra las condiciones necesarias para mejorar la calidad de la vida.
  • 8. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 9. Las deficiencias del medio originadas por las condiciones del subdesarrollo y los desastres naturales plantean graves problemas y, la mejor manera de subsanarlas es el desarrollo acelerado mediante la transferencia de asistencia financiera y tecnológica Principio 10. Para los países en desarrollo, la estabilidad de precios y la obtención de ingresos adecuados de los productos básicos y las materias primas son elementos esenciales para la ordenación del medio. Principio 11. Las políticas ambientales de todos los estados deberían estar encaminadas a aumentar el potencial de crecimiento actual del futuro de los países en desarrollo y no deberían menoscabar ese potencial ni obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para todos
  • 9. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 12. Debería destinarse recursos a la conservación y mejoramiento del medio, teniendo en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales de los países en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda originar a estos países la inclusión de medidas para la conservación del medio en sus planes de desarrollo Principio 13. A fin de lograr una más racional ordenación de los recursos y mejorar así las condiciones ambientales, los estados debería adoptar un enfoque integrado y coordinado de la planificación de su desarrollo Principio 14. La planificación racional constituye instrumento indispensable para conciliar las diferencias que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo y la necesidad de proteger y mejorar el medio.
  • 10. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 15. Debe aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y a la urbanización con miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre el medio y a obtener los más beneficios sociales económicos y ambientales para todos Principio 16. En las regiones en que exista el riesgo de que la tasa de crecimiento demográfico las concentraciones excesivas de población perjudiquen al medio o al desarrollo, debería aplicarse política demográfica que respetasen los derechos humanos fundamentales y contasen con la aprobación de los gobiernos interesados. Principio 17. Debe confiarse a las instituciones nacionales competentes la tarea de planificar, administrar o controlar la utilización de los recursos ambientales de los estados.
  • 11. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 18. Como parte de su contribución al desarrollo económico y social se deben utilizar la ciencia y la tecnología para descubrir, evitar y combatir los riesgos que amenazan al medio Principio 19. Es indispensable una labor de educación en cuestiones ambientales, dirigida tanto a las generaciones jóvenes como a los adultos. Principio 20. Se deben fomentar en todos los países, especialmente en los países en desarrollo, la investigación y el desenvolvimiento científicos referentes a los problemas ambientales, tanto nacionales como multinacionales
  • 12. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 21. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los principios del derecho internacional, los estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional. Principio 22. Los estados deben cooperar para continuar desarrollando el derecho internacional en lo que se refiere a la responsabilidad y a la indemnización a las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales que las actividades realizadas dentro de la jurisdicción o bajo el control de tales estados causen a zonas situadas fuera de su jurisdicción.
  • 13. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 23. será indispensable considerar los sistemas de valores prevalecientes en cada país y la aplicabilidad de unas normas que, si bien son víctimas para los países más avanzados, pueden ser inadecuados y de alto costo social para los países en desarrollo. Principio 24. Todos los países, grandes y pequeños, deben ocuparse, con espíritu de cooperación y de pie de igualdad, en las cuestiones internacionales relativas a la protección y mejoramiento del medio. Es indispensable cooperar, mediante acuerdos multilaterales o bilaterales
  • 14. DECLARACION DE ESTOCOLMO Principio 25. Los estados se asegurarán de que las organizaciones internacionales realicen una labor coordinada, eficaz y dinámica en la conservación y mejoramiento del medio. Principio 26. Es preciso librar al hombre y a su medio de los efectos de las armas nucleares y de todos los demás medios de destrucción en masa. Los estados deben esforzarse por llegar pronto a un acuerdo, en los órganos internacionales pertinentes, sobre la eliminación y destrucción completa de tales armas.
  • 15. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL II. DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO 1992   REAFIRMA Y DESARROLLA LA DECLARACION DE ESTOCOLMO, CON EL OBJETIVO PRINCIPAL DE ALCANZAR EL DESARROLLO SOSTENIBLE - RECONOCE EL DERECHO DE LOS SERES HUMANOS A UNA VIDA SALUDABLE Y PRODUCTIVA EN ARMONIA CON LA NATURALEZA. SE CONTEMPLAN ACCIONES EN LO SOCIAL, ECONOMICO, CULTURAL, CIENTIFICO, INSTITUCIONAL, LEGAL Y POLITICO, PARA EL DESARROLLO DE LOS ESTADOS SIN COMPROMETER EL MEDIO AMBIENTE DE OTRAS FRONTERAS.
  • 16. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 3: El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras. Principio 4: A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada. Principio 5: Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo
  • 17. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 8: Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar los sistemas de producción y consumo insostenibles. Principio 9: Los Estados deberían cooperar para reforzar la creación de capacidades endógenas para lograr un desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre éstas, tecnologías nuevas e innovadoras. Principio 10: El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.
  • 18. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 11: Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas ambientales, y los objetivos y prioridades en materia de ordenación del medio ambiente, deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Principio 12: Los Estados deberían cooperar para promover un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara el crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental.
  • 19. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 15: Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando hay peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente. Principio 16: Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internacionalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debería, en principio, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.
  • 20. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 17: Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente. Principio 18: Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados
  • 21. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 20: Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible. Principio 21: Deberá movilizarse la creatividad, los ideales el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos. Principio 22: Los pueblos indígenas y sus comunidades, así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y prestar el apoyo debido a su identidad, cultura e intereses y velar por que participaran efectivamente en el logro del desarrollo sostenible.
  • 22. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 23: Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación. Principio 24: La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estados deberán respetar el derecho internacional proporcionando protección al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar para su ulterior mejoramiento, según sea necesario. Principio 25: La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables.
  • 23. CONVENCION DE RIO DE JANEIRO Principio 26: Los Estados deberán resolver todas sus controversias sobre el medio ambiente por medios pacíficos y con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas. Principio 27: Los Estados y los pueblos deberán cooperar de buena fe y con espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible
  • 24. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL III. OTROS CONVENIOS E INSTRUMENTOS 1) RAMSAR -HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNAL. FLORA. EN DIVERSIDAD BIOLÓGICA 2) CITES - COMERCIO INTERNALDE ESPECIES AMENAZADAS - FAUNA Y 3) CONV.SOBRE BIODIV.BIOLOG. 4) PROTOCOLO DE CARTAGENA. 5) CONVENIO INTERNAL DE MADERAS TROPICALES.
  • 25. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL III. OTROS CONVENIOS 1) CONV. DE VIENA PARA PROTECC. CAPA DE OZONO. 2) PROTOCOLO MONTREAL STCIAS QUE AGOTAN CAPA DE OZONO. EN ATMOSFERA 3) CONVENCION CAMBIO CLIMATICO 4) PROTOCOLO DE KIOTO.
  • 26. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL III. OTROS CONVENIOS 1) CONV.DE BASILEA CONTROL DE MOVIMTOS TRANSFRONTERIZOS DESECHOS PELIGROSOS 2) PROTOC.RESPONSABIL. E INDEMNIZACION. EN SUSTANCIAS PELIGROSAS 3) CONV. ROTTERDAM 4) CONTAMINANTES ORGANIC. PERSISTENTES
  • 27. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL IV. ACUERDOS REGIONALES 1) TRATADO DE COOPERACION AMAZONICA 2) CONV. DE CARTAGENA PARA PROTECC. Y DESARROLLO DEL MEDIO MARINO DE LA REGION GRAN CARIBE. 3) PROTOC. PREVENCION DE DERRAME DE HIDROCARBUROS 4) PROTOC. AREAS, FLORA Y FAUNA SILVESTRES. 5) PROTOC. DE CONTAMINAC MARINA . 6) CONV. DE LIMA PARA PROTECC. DEL MEDIO MARINO Y ZONA COSTERA PACIFICO SUDESTE.
  • 28. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL V. LA AGENDA 21 DOCUMENTO ESTRATEGICO APROBADO EN LA DECLARACION DE RIO EN 1992. SISTEMA DE ARMONIZACION MUNDIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, RESPETANDO INDIVISIBILIDAD DE LA PROTECC. AMBIENTAL Y EL PROCESO DE DESARROLLO. ES UN COMPROMISO POLITICO Y UN CONSENSO MUNDIAL.
  • 29. AMBITO INTERNACIONAL EN LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL CONVENCION DE JOHANESBURGO 2002.  Incorpora a la noción de medio ambiente y desarrollo humano sostenible los conceptos de POBREZA, DESARROLLO TERRITORIAL, VIVIENDA DIGNA Y SERVICIOS PUBLICOS = Manejo Integral del medio ambiente con otros componentes directamente relacionados.  Reestructuración del Ministerio en Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial = Nuevas funciones en esas materias
  • 30. CONVENCION DE JOHANESBURGO 2002. DE ESTOCOLMO A RÍO DE JANEIRO A JOHANNESBURGO Hace treinta años, en Estocolmo se acordó la necesidad urgente de responder al problema del deterioro ambiental. Hace diez años, en la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro, se acordó que la protección del ambiente, y el desarrollo social y económico son fundamentales para el desarrollo sustentable, basado en los Principios de Río. Para lograr tal desarrollo, adoptamos el programa global, Agenda 21, y la Declaración de Río, a los cuales se reafirma el compromiso. La Cumbre de Río fue un hito importante que estableció una nueva agenda para el desarrollo sustentable.
  • 31. CONVENCION DE JOHANESBURGO 2002.  Entre Río y Johannesburgo las naciones del mundo se reunieron en varias conferencias importantes bajo la guía de las Naciones Unidas, incluyendo la Conferencia de Monterrey sobre Financiamiento para el Desarrollo, así como también la Conferencia Ministerial de Doha. Estas conferencias definieron para el mundo una visión extensa para el futuro de la humanidad.
  • 32. EFECTOS DE LA NORMATIVA INTERNACIONAL EN LA COLOMBIANA 1. RESULTADOS DE LA DECLARACION DE ESTOCOLMO DE 1972:  LA CONSTITUCION NACIONAL DE 1886  A. LA LEY 23 DE 1973  B. EL DECRETO LEY 2811 DE 1974
  • 33. EFECTOS DE LA NORMATIVA INTERNACIONAL EN LA COLOMBIANA 2. RESULTADOS DE LA DECLARACION DE RIO DE JANEIRO DE 1992:  LA CONSTITUCION POLITICA DE 1991  LA LEY 99 DE 1993:  EL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL  LAS AUTORIDADES AMBIENTALES  LOS PRINCIPIOS NORMATIVOS AMBIENTALES
  • 34. EFECTOS DE LA NORMATIVA INTERNACIONAL EN LA COLOMBIANA 3. RESULTADOS DE LA DECLARACION DE JOHANNESBURGO0 DE 2002:  LA REESTRUCTURACION DEL MMA EN MAVDT FUSION MIN DESARROLLO Y MIN AMBIENTE ACTUALMENTE RENOMBRADO MADS.
  • 35. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN LA LEGISLACION COLOMBIANA  Desarrollo Económico y Social del Estado según principios de Río.  Biodiversidad del País = Patrimonio Nacional de interés de la comunidad = Aprovechamiento Sostenible  Políticas en la población tendrán en cuenta el derecho de seres humanos a una vida saludable en armonía con la naturaleza.
  • 36. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN LA LEGISLACION COLOMBIANA  Protección Especial a Páramos, subpáramos, nacimientos de agua y zonas de recarga de acuíferos AREAS PROTEGIDAS  En utilización del recurso prioriza el consumo humano. hídrico se  Políticas Ambientales = Procesos de investigación a excepción *- PRINCIPIO DE PRECAUCION
  • 37. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN LA LEGISLACION COLOMBIANA  El Estado debe fomentar COSTOS AMBIENTALES - e instrumentos económicos para prevención, corrección y restauración de deterioro ambiental y conservación de RNR (Ej. Tasas) .  Protección al paisaje = Patrimonio Común.  Prevención de desastres = interés colectivo. En consecuencia las medidas son de obligatorio Cumplimiento ( Autoridades Nales, Dptales, Mpales, Aut. Ambientales, Beneficencia,etc).
  • 38. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES EN LA LEGISLACION COLOMBIANA  Acciones de protección y recuperación ambiental en el país es mancomunada entre Estado y Comunidad; ONG´s y Sector Privado.  Estudios de Impacto Ambiental (EIA) instrumentos para toma de decisiones en obras o activ que afecten el medio ambiente NATURAL O ARTIFICIAL..  Manejo Ambiental en el País es DESCENTRALIZADO, DEMOCRATICO Y PARTICIPATIVO.
  • 39. LOS PRINCIPIOS NORMATIVOS AMBIENTALES  PRECAUCIÓN: Art.1 N.6- Ley 99 de 1993Aplicación de medidas eficaces para impedir degradación del medio ambiente cuando exista peligro de daño grave e irreversible, ante la falta de certeza científica absoluta.  RIGOR SUBSIDIARIO: Art. 63 Ley 99 de 1993. Normas Expedidas en materia ambiental y medidas, pueden ser más rígidas = Procedimiento ante MMA.
  • 40. LOS PRINCIPIOS NORMATIVOS AMBIENTALES  ARMONÍA REGIONAL: Funciones de Entidades Territoriales relacionadas con el medio ambiente de manera coordinada y armónica - sujetas a normas superiores y a directrices de Política Nal. AmbientalManejo Unificado de los RNR  GRADACIÓN NORMATIVA: Respeto por supremacía de normas de superior jerarquía en materia ambiental