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BENEFICIOS TRIBUTARIOS
       Acuerdo 67 de 2010

    “Por medio del cual se conceden
beneficios tributarios a las empresas de
la cadena productiva de los clúster en el
     Municipio de Medellín para los
  impuestos de industria y comercio y
                predial”
BENEFICIOS
 EXENCIÓN EN EL PAGO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO:

• Tendrán exención los ingresos obtenidos en desarrollo de las
  actividades/productos/ servicios de INNOVACION mencionados puntualmente en
  el Acuerdo
• Empresas existentes o para aquellas que se constituyan durante los (5) cinco años
  siguientes a la vigencia del acuerdo, domiciliadas en el municipio de Medellín.

 EXENCIÓN EN EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL:

• Se concederá a las nuevas edificaciones que se construyan, cuya destinación sea
  a la realización de las actividades de innovación y que pertenezcan a los clúster
  mencionados
• Se debe acreditar con la licencia de construcción otorgada en las modalidades
  de “obra nueva” o “ampliación
BENEFICIOS
PORCENTAJES DE EXENCIÓN EN EL PAGO DEL
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y PREDIAL


         Año de exención – Operación                % Exento
                       1                              100%
                       2                               80%
                       3                               60%
                       4                               40%
                       5                               20%
                       6                               0%


* La exención es gradual en el tiempo y sólo por el tiempo de vigencia del Acuerdo
BENEFICIOS IND. Y CCIO
POR LOCALIZACION O CONTRATACION
 Si la nueva empresa o la existente se encuentra ubicada o instalada en el polígono:
     • Z1_API_6 la exención en el pago del impuesto será del 100%
     • Z1_RED_3, la exención en el pago del impuesto será del 75%
     Ambos sobre el total de los ingresos por el desarrollo de la actividad industrial o
     servicios del objeto de beneficios. La cobertura es de 10 años a partir de la
     generación del primer ingreso sin que exceda el termino de vigencia del acuerdo.

A las empresas nuevas o existentes que vinculen formalmente con posterioridad al
reconocimiento de la exención dos profesionales con título de magister o doctorado, se
les reconocerá un 5% adicional en la exención, siempre y cuando estos permanezcan
vinculados durante el tiempo de vigencia del Acuerdo

Las empresas que vinculen formalmente a jóvenes entre los 18 y 26 años podrán
descontar adicionalmente del impuesto de industria y comercio, el 100% del pago de
los parafiscales de dichos trabajadores, durante el término de exención que les fue
concedida
BENEFICIOS PREDIAL

POR LOCALIZACION
Si la nueva empresa o la existente pertenece al clúster de tecnologías de la
información y comunicaciones y se instala en el polígono Z1_API_6, la exención en
el pago del impuesto predial será de 100% por un termino de 10 años, sin que
exceda la vigencia del acuerdo.

Si la empresa nueva o la existente, se encuentra instalada en el polígono
Z1_RED_3, la exención en el pago del impuesto predial será de 75% por un termino
de 10 años, sin que exceda la vigencia del acuerdo.
UBICACION POLIGONOS
CLUSTERS BENEFICIADOS

Los beneficios tributarios previstos aplican para los siguientes clústers:


1. Textil/confección, Diseño y Moda
2. Construcción
3. Turismo de Negocios, Ferias y Convenciones
4. Servicios de Medicina y Odontología
5. Tecnologías de la información y Comunicaciones
6. Energía Eléctrica

Delimitados única y exclusivamente a las siguientes actividades, productos o
servicios:
INNOVACIÓN
CLUSTER TEXTIL CONFECCIÓN , DISEÑO Y MODA
 La innovación en el producto de textiles, confecciones y/o acabados,
  marroquinería y accesorios de piel y sintéticos (zapatos, carteras, correas)
  cuando sea realizada por:

1. Hilanderías textileras de fibras sintéticas, artificiales y naturales.
2. Fabricadores de prendas de vestir, marroquinería y accesorios de piel y
   sintéticos.
3. Prestadores de servicio de teñido y tinte de ropa y acabados.


• Servicio de diseño de moda para marcas colombianas e internacionales
INNOVACION
   CLUSTER CONSTRUCCIÓN
 La innovación en el producto en la fabricación de maquina y equipo para:

1. La industria de la construcción dedicada a la actividad extractiva de minerales no
   metálicos: arcillas, caolinas, arenas, gravas, cascajos y material de alfarería.
2. Prefabricación en concreto.
3. Prefabricación en arcilla cocida.

 Los servicios de transporte intermunicipal de maquina especializada por carretera,
  siempre que la empresa se encuentre domiciliada en la ciudad de Medellín y la
  prestación efectiva del servicio se realice desde esta jurisdicción.

 La actividad de innovación en la elaboración de materiales para construcción con
  contenido mínimo del 50% de su peso con residuos sólidos de madera, plásticos,
  cuescos de concreto, ladrillo, cerámica o carpeta asfáltica y sus posibles
  combinaciones provenientes de construcciones o demoliciones.
INNOVACIÓN
CLUSTER DE TURISMO DE NEGOCIOS, FERIAS Y
CONVENCIONES


 La actividad propia, única y exclusivamente de agencia de viajes
  receptiva con registro nacional de turismo (RNT) no comprendiéndose
  las agencias con RNT de viajes y turismo o mayorista que dentro de su
  establecimiento tengan una unidad o un departamento de receptivo
INNOVACIÓN
CLUSTER DE SERVICIOS DE MEDICINA Y ODONTOLOGIA
 La innovación en el producto para fabricar:


1. Productos biológicos a base de materias naturales producidos sintéticamente
   para uso humano.
2. Apósitos quirúrgicos, guatas medicinales, vendajes para fracturas, catgut, y otro
   productos para suturas y de yesos para la inmovilización.
3. Sueros, plasmas y vacunas de origen sintético o microbiano.
4. Reactivos compuestos para análisis químicos, diagnostico y análisis de
   laboratorio.
5. Muebles para medicina, cirugía y odontología.
INNOVACIÓN
CLUSTER DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIONES
  La innovación en el producto para el:

 1. Diseño y desarrollo de hardware y dispositivos electrónicos
 2. Desarrollo de software para microelectrónica, nanotecnología, biotecnología,
    contenidos y animaciones digitales, agro tecnología y aplicaciones móviles.

  Los servicios de Data Center o centros de datos. Deberán presentar una
   certificación donde conste que exportan por lo menos el 1% de sus ventas,
   firmada por Contador Público titulado
INNOVACIÓN
 CLUSTER DE ENERGIA ELECTRICA
 La innovación en la fabricación de luminarias, equipos y elementos para la
  iluminación con mayor eficiencia energética.

 La innovación en la fabricación de soluciones energéticas limpias por medio de
  fuentes alternativas (energía eólica, fotovoltaica, solar, térmica o geotérmica).

 Las empresas que se constituyan a partir de la vigencia del presente acuerdo,
  para la prestación de los servicios de metrología y ensayos de laboratorio para las
  actividades de generación, trasformación, trasporte y distribución de energía
  eléctrica.

 Para los servicios prestados únicamente por empresas de servicios energéticos
  (ESCOs) destinados a mejorar la calidad y eficiencia en el uso de la energía
  eléctrica, proveer soluciones energéticas renovables y sostenibles, reducir los
  costos operativos y de mantenimiento del servicio eléctrico.
PROCESO GENERAL
REQUISITO HABILITANTE


CERTIFICADO DE INNOVACIÓN: Es el requisito prioritario habilitante para la
solicitud de la exención del pago del impuesto predial y/o industria y
comercio”

Será otorgada por la Corporación Ruta N. Para esto debe diligenciar el formulario en
nuestro micrositio del portal www.rutanmedellin.org/incentivos/
REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN
INDUSTRIA Y COMERCIO
 Contar con el Certificado de Innovación otorgado por la Corporación Ruta N Medellín.
Este es el requisito habilitante

 Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín al momento de
solicitar la exención o haber suscrito compromiso de pago con la subsecretaria de
tesorería de rentas Municipal

 Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín, durante el termino de
la exención concedida

 Contar con una Contabilidad que permita discriminar los ingresos generados por la
actividad innovadora

 Beneficio tributario adicional del 5% por contratación de profesionales con título de
magister o doctorado: Anexar copia de los respectivos contratos laborales a término
indefinido, fotocopia del título y acta de grado de magister o doctorado. Esto se solicita
con posterioridad al reconocimiento de la exención.
REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN
 INDUSTRIA Y COMERCIO
 Empresas existentes al momento de solicitar la exención: Que por lo menos con un
  mes de antelación a la solicitud, se hubiere incrementado la nómina creando cinco
  (5) nuevos empleos que deberá mantener en forma directa, permanente y formal,
  allegando para el efecto la nómina del año anterior y la del año en que se solicita el
  beneficio, certificada por Contador Público titulado. Esto se debe acreditar
  anualmente, antes del 30 de abril, enviando a la Subsecretaría de Rentas la
  certificación de afiliación y aportes a la Seguridad Social de los trabajadores.

 Nuevas empresas: Acreditar la vinculación laboral como mínimo de cinco (5)
  trabajadores que deberá mantener vinculados en forma directa, permanente y
  formal. Para tal efecto deberán presentar certificación de afiliación y aportes a la
  Seguridad Social de los trabajadores.

Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos generales señalados en los
numerales 1 y 2 del artículo 158 del acuerdo municipal 067 de 2008 y se le aplicarán las
demás disposiciones contenidas en el título II del citado acuerdo.
REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN
PREDIAL
 Contar con el Certificado de Innovación otorgado por la Corporación Ruta N Medellín.

 Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín al momento de solicitar
la exención o haber suscrito compromiso de pago con la subsecretaria de tesorería de
rentas Municipal

 Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín, durante el termino de
la exención concedida

 Cumplir con todas las normas urbanísticas, licencias, pago de obligaciones urbanísticas,
  tasa de nomenclatura, y recibo de obra oportunamente.

 En la carta de solicitud se debe informar la dirección y el número de la matricula
  inmobiliaria del predio
REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN
 PREDIAL
 Anexar copia de la licencia de construcción otorgada en las modalidades “Obra
  Nueva” o “Ampliación”. Que cumpla con las normas urbanísticas, licencias, pago
  de obligaciones urbanísticas, tasa de nomenclatura y recibo de obra
  oportunamente.

 Beneficio para propietarios predios: Podrán acceder al beneficio si cuentan con
  un contrato de arrendamiento suscrito por un termino no inferior a 5 años y
  destinarse a la realización de las actividades industriales o de servicios de que
  trata el acuerdo.

Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos generales señalados en
los numerales 1 y 2 del artículo 158 del acuerdo municipal 067 de 2008 y se le
aplicarán las demás disposiciones contenidas en el título II del citado acuerdo.
INFORMACION
En el portal de Ruta N, micrositio de beneficios tributarios, podrá
consultar toda la información al respecto, descargar la presentación y
los formatos, hacer seguimiento a su solicitud y contactarnos para
solucionar sus dudas:

www.rutanmedellin.org/incentivos/

• Corporación Ruta N: Teléfonos 380 29 89 – 380 41 47 – 380 37 39

• E-mail de contacto: incentivos@rutanmedellin.org
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  • 1. BENEFICIOS TRIBUTARIOS Acuerdo 67 de 2010 “Por medio del cual se conceden beneficios tributarios a las empresas de la cadena productiva de los clúster en el Municipio de Medellín para los impuestos de industria y comercio y predial”
  • 2. BENEFICIOS  EXENCIÓN EN EL PAGO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO: • Tendrán exención los ingresos obtenidos en desarrollo de las actividades/productos/ servicios de INNOVACION mencionados puntualmente en el Acuerdo • Empresas existentes o para aquellas que se constituyan durante los (5) cinco años siguientes a la vigencia del acuerdo, domiciliadas en el municipio de Medellín.  EXENCIÓN EN EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL: • Se concederá a las nuevas edificaciones que se construyan, cuya destinación sea a la realización de las actividades de innovación y que pertenezcan a los clúster mencionados • Se debe acreditar con la licencia de construcción otorgada en las modalidades de “obra nueva” o “ampliación
  • 3. BENEFICIOS PORCENTAJES DE EXENCIÓN EN EL PAGO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y PREDIAL Año de exención – Operación % Exento 1 100% 2 80% 3 60% 4 40% 5 20% 6 0% * La exención es gradual en el tiempo y sólo por el tiempo de vigencia del Acuerdo
  • 4. BENEFICIOS IND. Y CCIO POR LOCALIZACION O CONTRATACION  Si la nueva empresa o la existente se encuentra ubicada o instalada en el polígono: • Z1_API_6 la exención en el pago del impuesto será del 100% • Z1_RED_3, la exención en el pago del impuesto será del 75% Ambos sobre el total de los ingresos por el desarrollo de la actividad industrial o servicios del objeto de beneficios. La cobertura es de 10 años a partir de la generación del primer ingreso sin que exceda el termino de vigencia del acuerdo. A las empresas nuevas o existentes que vinculen formalmente con posterioridad al reconocimiento de la exención dos profesionales con título de magister o doctorado, se les reconocerá un 5% adicional en la exención, siempre y cuando estos permanezcan vinculados durante el tiempo de vigencia del Acuerdo Las empresas que vinculen formalmente a jóvenes entre los 18 y 26 años podrán descontar adicionalmente del impuesto de industria y comercio, el 100% del pago de los parafiscales de dichos trabajadores, durante el término de exención que les fue concedida
  • 5. BENEFICIOS PREDIAL POR LOCALIZACION Si la nueva empresa o la existente pertenece al clúster de tecnologías de la información y comunicaciones y se instala en el polígono Z1_API_6, la exención en el pago del impuesto predial será de 100% por un termino de 10 años, sin que exceda la vigencia del acuerdo. Si la empresa nueva o la existente, se encuentra instalada en el polígono Z1_RED_3, la exención en el pago del impuesto predial será de 75% por un termino de 10 años, sin que exceda la vigencia del acuerdo.
  • 7. CLUSTERS BENEFICIADOS Los beneficios tributarios previstos aplican para los siguientes clústers: 1. Textil/confección, Diseño y Moda 2. Construcción 3. Turismo de Negocios, Ferias y Convenciones 4. Servicios de Medicina y Odontología 5. Tecnologías de la información y Comunicaciones 6. Energía Eléctrica Delimitados única y exclusivamente a las siguientes actividades, productos o servicios:
  • 8. INNOVACIÓN CLUSTER TEXTIL CONFECCIÓN , DISEÑO Y MODA  La innovación en el producto de textiles, confecciones y/o acabados, marroquinería y accesorios de piel y sintéticos (zapatos, carteras, correas) cuando sea realizada por: 1. Hilanderías textileras de fibras sintéticas, artificiales y naturales. 2. Fabricadores de prendas de vestir, marroquinería y accesorios de piel y sintéticos. 3. Prestadores de servicio de teñido y tinte de ropa y acabados. • Servicio de diseño de moda para marcas colombianas e internacionales
  • 9. INNOVACION CLUSTER CONSTRUCCIÓN  La innovación en el producto en la fabricación de maquina y equipo para: 1. La industria de la construcción dedicada a la actividad extractiva de minerales no metálicos: arcillas, caolinas, arenas, gravas, cascajos y material de alfarería. 2. Prefabricación en concreto. 3. Prefabricación en arcilla cocida.  Los servicios de transporte intermunicipal de maquina especializada por carretera, siempre que la empresa se encuentre domiciliada en la ciudad de Medellín y la prestación efectiva del servicio se realice desde esta jurisdicción.  La actividad de innovación en la elaboración de materiales para construcción con contenido mínimo del 50% de su peso con residuos sólidos de madera, plásticos, cuescos de concreto, ladrillo, cerámica o carpeta asfáltica y sus posibles combinaciones provenientes de construcciones o demoliciones.
  • 10. INNOVACIÓN CLUSTER DE TURISMO DE NEGOCIOS, FERIAS Y CONVENCIONES  La actividad propia, única y exclusivamente de agencia de viajes receptiva con registro nacional de turismo (RNT) no comprendiéndose las agencias con RNT de viajes y turismo o mayorista que dentro de su establecimiento tengan una unidad o un departamento de receptivo
  • 11. INNOVACIÓN CLUSTER DE SERVICIOS DE MEDICINA Y ODONTOLOGIA  La innovación en el producto para fabricar: 1. Productos biológicos a base de materias naturales producidos sintéticamente para uso humano. 2. Apósitos quirúrgicos, guatas medicinales, vendajes para fracturas, catgut, y otro productos para suturas y de yesos para la inmovilización. 3. Sueros, plasmas y vacunas de origen sintético o microbiano. 4. Reactivos compuestos para análisis químicos, diagnostico y análisis de laboratorio. 5. Muebles para medicina, cirugía y odontología.
  • 12. INNOVACIÓN CLUSTER DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES  La innovación en el producto para el: 1. Diseño y desarrollo de hardware y dispositivos electrónicos 2. Desarrollo de software para microelectrónica, nanotecnología, biotecnología, contenidos y animaciones digitales, agro tecnología y aplicaciones móviles.  Los servicios de Data Center o centros de datos. Deberán presentar una certificación donde conste que exportan por lo menos el 1% de sus ventas, firmada por Contador Público titulado
  • 13. INNOVACIÓN CLUSTER DE ENERGIA ELECTRICA  La innovación en la fabricación de luminarias, equipos y elementos para la iluminación con mayor eficiencia energética.  La innovación en la fabricación de soluciones energéticas limpias por medio de fuentes alternativas (energía eólica, fotovoltaica, solar, térmica o geotérmica).  Las empresas que se constituyan a partir de la vigencia del presente acuerdo, para la prestación de los servicios de metrología y ensayos de laboratorio para las actividades de generación, trasformación, trasporte y distribución de energía eléctrica.  Para los servicios prestados únicamente por empresas de servicios energéticos (ESCOs) destinados a mejorar la calidad y eficiencia en el uso de la energía eléctrica, proveer soluciones energéticas renovables y sostenibles, reducir los costos operativos y de mantenimiento del servicio eléctrico.
  • 15. REQUISITO HABILITANTE CERTIFICADO DE INNOVACIÓN: Es el requisito prioritario habilitante para la solicitud de la exención del pago del impuesto predial y/o industria y comercio” Será otorgada por la Corporación Ruta N. Para esto debe diligenciar el formulario en nuestro micrositio del portal www.rutanmedellin.org/incentivos/
  • 16. REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN INDUSTRIA Y COMERCIO  Contar con el Certificado de Innovación otorgado por la Corporación Ruta N Medellín. Este es el requisito habilitante  Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín al momento de solicitar la exención o haber suscrito compromiso de pago con la subsecretaria de tesorería de rentas Municipal  Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín, durante el termino de la exención concedida  Contar con una Contabilidad que permita discriminar los ingresos generados por la actividad innovadora  Beneficio tributario adicional del 5% por contratación de profesionales con título de magister o doctorado: Anexar copia de los respectivos contratos laborales a término indefinido, fotocopia del título y acta de grado de magister o doctorado. Esto se solicita con posterioridad al reconocimiento de la exención.
  • 17. REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN INDUSTRIA Y COMERCIO  Empresas existentes al momento de solicitar la exención: Que por lo menos con un mes de antelación a la solicitud, se hubiere incrementado la nómina creando cinco (5) nuevos empleos que deberá mantener en forma directa, permanente y formal, allegando para el efecto la nómina del año anterior y la del año en que se solicita el beneficio, certificada por Contador Público titulado. Esto se debe acreditar anualmente, antes del 30 de abril, enviando a la Subsecretaría de Rentas la certificación de afiliación y aportes a la Seguridad Social de los trabajadores.  Nuevas empresas: Acreditar la vinculación laboral como mínimo de cinco (5) trabajadores que deberá mantener vinculados en forma directa, permanente y formal. Para tal efecto deberán presentar certificación de afiliación y aportes a la Seguridad Social de los trabajadores. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos generales señalados en los numerales 1 y 2 del artículo 158 del acuerdo municipal 067 de 2008 y se le aplicarán las demás disposiciones contenidas en el título II del citado acuerdo.
  • 18. REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN PREDIAL  Contar con el Certificado de Innovación otorgado por la Corporación Ruta N Medellín.  Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín al momento de solicitar la exención o haber suscrito compromiso de pago con la subsecretaria de tesorería de rentas Municipal  Estar al día en el pago de tributos con el municipio de Medellín, durante el termino de la exención concedida  Cumplir con todas las normas urbanísticas, licencias, pago de obligaciones urbanísticas, tasa de nomenclatura, y recibo de obra oportunamente.  En la carta de solicitud se debe informar la dirección y el número de la matricula inmobiliaria del predio
  • 19. REQUISITOS SOLICITUD EXENCIÓN PREDIAL  Anexar copia de la licencia de construcción otorgada en las modalidades “Obra Nueva” o “Ampliación”. Que cumpla con las normas urbanísticas, licencias, pago de obligaciones urbanísticas, tasa de nomenclatura y recibo de obra oportunamente.  Beneficio para propietarios predios: Podrán acceder al beneficio si cuentan con un contrato de arrendamiento suscrito por un termino no inferior a 5 años y destinarse a la realización de las actividades industriales o de servicios de que trata el acuerdo. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos generales señalados en los numerales 1 y 2 del artículo 158 del acuerdo municipal 067 de 2008 y se le aplicarán las demás disposiciones contenidas en el título II del citado acuerdo.
  • 20. INFORMACION En el portal de Ruta N, micrositio de beneficios tributarios, podrá consultar toda la información al respecto, descargar la presentación y los formatos, hacer seguimiento a su solicitud y contactarnos para solucionar sus dudas: www.rutanmedellin.org/incentivos/ • Corporación Ruta N: Teléfonos 380 29 89 – 380 41 47 – 380 37 39 • E-mail de contacto: incentivos@rutanmedellin.org
  • 21. UBICACIÓN DE LOS POLÍGONOS