3. DERECHO A LA INTIMIDAD. Los niños, las niñas y los adolescentes
tienen derecho a la intimidad personal, mediante la protección contra
toda ingerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, la de su familia,
domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra toda
conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad.
DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL. Los niños, las niñas y los
adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o
conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o
psicológico
El sistema de responsabilidad penal para adolescentes rige para
personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al
momento de cometer el hecho punible.
Ley 1098 de 2006
Código de Infancia y Adolescencia
4. Lesiones personales / Perturbación psíquica: cuando las conductas
señaladas se cometan en niños y niñas menores de catorce (14) años las
respectivas penas se aumentaran en el doble.
Violación ilícita de comunicaciones: el que ilícitamente sustraiga,
oculte, extravíe, destruya, intercepte, controle o impida una comunicación
privada dirigida a otra persona, o se entere indebidamente de su
contenido.
Injuria: el que haga a otra persona imputaciones deshonrosas.
Calumnia: El que impute falsamente a otro una conducta típica.
Cuando la injuria o calumnia se cometiere utilizando cualquier medio de
comunicación social u otro de divulgación colectiva o en reunión pública, las penas
respectivas se aumentarán de una sexta parte a la mitad.
CÓDIGO PENAL
5. “Ordenar Ministerio de Educación Nacional que en el término de seis
meses contados a partir de la notificación de la presente
providencia, en coordinación con el Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría
General de la Nación, lidere la formulación de una política general
que permita la prevención, la detección y la atención de las
prácticas de hostigamiento, acoso o “matoneo escolar”, de
manera que sea coherente con los programas que se adelantan en
la actualidad, con las competencias de las entidades territoriales y
que constituya una herramienta básica para la actualización de todos
los manuales de convivencia”.
S E N T E N C IA T -9 0 5 D E
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6. ALGUNOS CONSEJOS
Sumergirse en el mismo mundo virtual que
los estudiantes.
Hablar públicamente de sus problemas.
Incluir el tema en los manuales de
convivencia.
Conocer el sistema de avisos de YouTube.
¡Googlee a su hijo!
Conozca los Términos y condiciones de uso
de las redes sociales (reporte de abuso)
7. ALGUNOS CONSEJOS
Sistemas de monitoreo parental
Cuidado con la privacidad de los menores
en línea: conozca las configuraciones de
privacidad de las redes sociales. Limítelos.
El mensaje a sus hijos:
• Que no hagan ninguna amenaza en la
Red.
• Cuando les envíen algo que lo afecte,
que informen inmediatamente a un
adulto (padres, profesores, etc).
• Enséñenles a no divulgar sus teléfonos,
dirección de la casa, etc en las redes
sociales.
8. ¿Qué hacer en caso de tener
un caso?
• Recopile tanta información del caso como sea
posible.
• Conserve la evidencia. Guarde los mensajes,
conversaciones de chat, etc.
• Intente identificar al supuesto agresor.
• Trate de solucionar el problema vía padres de
familia.
• Identifique el tipo de agresión: amenaza real?
Chisme? Chiste sin intención?
• No responda las amenazas con amenazas.
• Contacte la unidad de Delitos Informáticos de
la DIJIN si lo considera necesario.