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Tópicos selectos de la
Norma Oficial Mexicana
    NOM-031-SSA2-
1999, Para la atención a
   la salud del niño.
      Dr. Juan Rafael Leyva Zenteno
  Residente de 2do año Medicina Familiar
               30/03/2013
Aspectos considerados


                                                               Prevención y control de
     Atención integrada.                                       enfermedades
                                                                respiratorias agudas.

     Vacunación universal.
                                                               Control de la nutrición
                                                                mediante la vigilancia del
     Prevención y control de                                   crecimiento y desarrollo
      enfermedades diarreicas.                                  de los niños menores de
                                                                5 años.



2    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Campo de aplicacion




     Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia
      obligatoria en todas las instituciones que prestan
      servicios de atención médica de los sectores
      público, social y privado del Sistema Nacional de Salud.




3    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Referencias
         NOM-016-SSA2-1994, Para la Vigilancia, Prevención, Control, Manejo y
          Tratamiento del Cólera.


         NOM-006-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Tuberculosis en
          la Atención Primaria a la Salud.


         NOM-007-SSA2-1993, Para la Atención de la                                       Mujer   durante   el
          Embarazo, Parto y Puerperio, y del Recién Nacido.


         NOM-010-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Infección por
          Virus de la Inmunodeficiencia Humana.


         NOM-011-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Rabia.


         NOM-017-SSA2-1994, Para la Vigilancia Epidemiológica.


4       Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Referencias
     NOM-012-SSA1-1993, Requisitos sanitarios que deben cumplir los
      sistemas de abastecimiento de agua potable para uso y consumo
      humano, públicos y privados.


     NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental, agua para uso y consumo
      humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe
      someterse el agua para su potabilización.


     NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.


     NOM-087-ECOL-1995, Que establece los requisitos para la
      separación, envasado, almacenamiento, transporte, tratamiento y
      disposición final de los residuos peligrosos biológico infecciosos, que
      se generan en establecimientos que prestan atención médica.


     NOM-008-SCF1-1994, Sistema General de Unidades de Medida.

5    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Atención integrada al
    menor de cinco años.

6   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Disposiciones generales

                                                               Vigilancia             de    la
                                                                vacunación.


     La atención integrada al                                 Atención del motivo de la
      menor de cinco años en                                    consulta.
      la unidad de salud debe
      considerar los siguientes
      aspectos:                                                Vigilancia de la nutrición.


                                                               Capacitación            de   la
                                                                madre.

7    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Consulta medica completa

     Identificación de factores de mal pronóstico.


     Evaluación clínica y clasificación.


     Tratamiento adecuado.


     Capacitación a la madre sobre la identificación de los
      signos de alarma.


     Cuidados generales en el hogar y seguimiento de los
      casos.

8    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Vacunación universal


9   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Vacunas que deberán ser aplicadas
              rutinariamente en el país



                                                                SRP.
      BCG.

                                                                DPT.
      VOP tipo Sabin.

                                                                Td adulto y DT infantil.
      DPT+HB+Hib.




10    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Esquema de vacunación




11   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Esquema Básico de
                    Vacunación Universal
      Debe completarse en los lactantes a los doce meses de
       edad.


      Cuando esto no sea posible, se ampliará el periodo de
       vacunación, hasta los cuatro años con once meses de
       edad.


      La aplicación de los productos biológicos se realizará
       durante todos los días hábiles del año, por personal
       capacitado, en todas las unidades del primer nivel de
       atención

12    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Eventos adversos temporalmente
         asociados a la vacunación
      Las instituciones y servicios de salud públicos, privados y
       sociales, deberán notificar la presencia de eventos adversos
       temporalmente asociados a la vacunación, clasificados como
       moderados o graves.


      Asimismo, realizarán los estudios de caso y campo
       correspondientes, establecerán el diagnóstico y el
       tratamiento inmediato, y establecerán las medidas de
       control pertinentes.


      Los eventos adversos moderados o graves deberán ser
       notificados de manera inmediata o tan pronto se tenga
       conocimiento de su existencia, a la autoridad inmediata
       superior según la estructura institucional correspondiente.

13    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Prevención y control de las
      enfermedades diarreicas


14   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención

                                                                Lactancia materna.


                                                                Uso de agua potable.
      El saneamiento ambiental.

                                                                Eliminación adecuada de
                                                                 excretas.


      La educación para la salud                               Lavado de manos.
       de la población.

                                                                El manejo correcto de las
                                                                 heces    en  niños   con
                                                                 diarrea.

15    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Tareas específicas efectivas para
     prevenir las enfermedades diarreicas



      Cloración del agua y procedimientos de desinfección.


      Lactancia materna exclusiva,                                      durante        los   primeros
       cuatro a seis meses de vida.


      Mejoramiento de las prácticas de ablactación, a partir de
       los cuatro a seis meses de edad.




16    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Tareas específicas efectivas para
     prevenir las enfermedades diarreicas

      Promoción de la higiene en el hogar, con énfasis en el
       lavado de manos, manejo higiénico de los alimentos y la
       eliminación correcta de las excretas en niños con
       diarrea.


      Vacunación contra el sarampión.


      Administración de vitamina "A" como suplemento, que
       juega un papel central en la resistencia inmunológica a
       la infección.


17    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Control


      Administración de líquidos en forma de tés, agua de
       frutas y cocimientos de cereal.




      Administración de Vida Suero Oral.




      Mantener la alimentación habitual.



18    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Clasificación según el estado
              de hidratación.

      Casos sin deshidratación.




      Casos con deshidratación.




      Casos con choque hipovolémico.



19    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Casos sin deshidratación


      Presenta menos de cuatro evacuaciones líquidas en 24
       horas.




      Ausencia de vómito.




      Sin signos clínicos de deshidratación.



20    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Casos con deshidratación

      Inquieto o irritable.
                                                                Elasticidad de la
                                                                 piel, mayor o igual a dos
      Ojos hundidos, llanto sin                                 segundos.
       lágrimas.

                                                                Pulso rápido.
      Boca         y      lengua
       secas, saliva espesa.
                                                                Llenado capilar de tres a
                                                                 cinco segundos.
      Respiración rápida.

                                                                Fontanela anterior hundida
      Sed aumentada, bebe con                                   (lactantes).
       avidez.

21    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Caso con choque hipovolémico

      Inconsciente o hipotónico.




      No puede beber.




      Pulso débil o ausente.




      Llenado capilar mayor de cinco segundos.

22    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Manejo de los casos de
     enfermedades diarreicas. Plan A

      Continuar con la alimentación habitual.




      VSO después de cada evacuación. (<1año 75ml, >1año
       150ml).




      Capacitar a la madre para reconocer los signos de
       deshidratación y otros de alarma por enfermedades
       diarreicas.

23    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Manejo de los casos de
     enfermedades diarreicas. Plan B

      Administrar Vida Suero Oral 100 ml por kilogramo de
       peso, en dosis fraccionadas cada 30 minutos durante
       cuatro horas.


      Si el paciente presenta vómito, esperar 10 minutos e
       intentar otra vez la hidratación oral, más lentamente.


      Al mejorar el estado de hidratación, pasar al Plan A. En
       caso contrario, repetir el Plan B por otras cuatro
       horas, de no existir mejoría pasar al Plan C.


24    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Manejo de los casos de
     enfermedades diarreicas. Plan B



      Si los vómitos persisten, existe rechazo al Vida Suero
       Oral, o gasto fecal elevado (más de10 g/kg/hora o más
       de tres evacuaciones por hora) se hidratará con sonda
       nasogástrica, a razón de 20 a 30 ml de Vida Suero Oral
       por kilogramo de peso, por hora.




25    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Manejo de los casos de
     enfermedades diarreicas. Plan C
      Inicie inmediatamente administración de líquidos por vía
       intravenosa, con solución Hartmann; si no se encuentra
       disponible, use solución salina isotónica al 0.9%, de
       acuerdo con el siguiente esquema:




26    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Uso de Antimicrobianos


      Los antimicrobianos no son útiles en el tratamiento de
       las enfermedades diarreicas en el 90% de los casos.


      Su uso puede propiciar que la enfermedad se prolongue
       y ocasionar resistencia bacteriana.


      Los antimicrobianos sólo están indicados en casos de
       diarrea por: Shigella sp, Vibrio cholerae, presencia de
       trofozoitos de Entamoeba histolytica o Giardia lamblia.



27    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Uso de Antimicrobianos




28   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Prevención y control de las
     infecciones respiratorias agudas



29   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención

      Dar lactancia materna exclusiva, durante los primeros
       cuatro a seis meses de vida, y complementaria después
       de esa edad.


      Vigilar y en caso necesario, orientar a la familia sobre la
       alimentación adecuada y otras medidas que contribuyan
       a corregir el estado nutricional del niño.


      Vacunar contra el sarampión, tos ferina, difteria e
       infecciones invasivas por Haemophilus influenzae tipo b.


30    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención
      Evitar fumar cerca de los niños.


      Evitar la combustión de leña, o el uso de braseros, en
       habitaciones cerradas.


      Evitar los cambios bruscos de temperatura.


      En época de frío, mantener abrigados a los niños.


      Proporcionar el aporte adecuado de líquidos, frutas y
       verduras amarillas o anaranjadas, que contengan vitaminas
       "A" y "C“.

31    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención


      Evitar el hacinamiento humano,                                            para   disminuir   la
       transmisión de estas infecciones.




      Ventilar la habitación del niño.




      Fomentar la atención médica del niño sano.



32    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de control



      En la atención de los niños con IRA, el interrogatorio y la
       inspección se deben orientar hacia la identificación, en
       primer lugar, de la presencia o no de neumonía y en
       forma secundaria, de otitis media aguda, faringo
       amigdalitis purulenta u otra entidad nosológica de
       etiología bacteriana.




33    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de control




      Se ha aceptado que la polipnea es el signo predictor
       más temprano de neumonía, con una alta sensibilidad y
       especificidad, además de constituir el primero de los
       mecanismos que el organismo pone en marcha ante la
       dificultad respiratoria.




34    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de control



      Las infecciones respiratorias agudas, de acuerdo con las
       características clínicas, se clasifican en casos: sin
       neumonía; con neumonía y dificultad respiratoria
       leve (polipnea o taquipnea); y con neumonía y
       dificultad respiratoria grave (tiraje, cianosis y
       disociación tóracoabdominal).




35    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Características clínicas de las
                 IRA sin neumonía
                                                                               Faringitis
              Rinofaringitis                                                  congestiva
      Estornudos


      Rinorrea.                                                Dolor faríngeo.


      Obstrucción nasal.                                       Vesículas o ulceraciones.


      Enrojecimiento                     de          la        Enrojecimiento         de   la
       faringe.
                                                                 faringe.

      Dolor faríngeo.

36    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Características clínicas de las
           IRA sin neumonía
        Faringoamigdalitis                                                  Otitis media
            purulenta                                                          aguda

      Dolor faríngeo.
                                                                Otalgia.

      Adenopatía cervical.
                                                                Otorrea menor de dos
                                                                 semanas.
      Ausencia de rinorrea.

                                                                Tímpano abombado.
      Fiebre.


37    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Características clínicas de las
           IRA sin neumonía
                     Sinusitis                                                  Laringitis

      Dolor facial o cefalea.

                                                                Disfonía.
      Rinorrea mucopurulenta.

                                                                Estridor laríngeo.
      Fiebre mayor de cuatro
       días,   o    reaparición
       después de cuatro días.



38    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Características clínicas de las
           IRA sin neumonía
                  Bronquitis



      Estertores bronquiales.




      Tos con expectoración.




39    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan A: Tratamiento para
       niños con IRA sin neumonía

      Aumentar la ingesta de líquidos.


      Mantener la alimentación habitual.


      No suspender la lactancia al seno materno.


      Si hay otorrea, limpieza del conducto auditivo
       externo, con mechas de gasa o tela absorbente, tres
       veces al día. No aplicar gotas óticas.


40    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan A: Tratamiento para
       niños con IRA sin neumonía

      Control del dolor, la fiebre, y el malestar general, con
       acetaminofén, 60 mg/kg/día, vía oral, dividido en cuatro
       a seis tomas.


      En menores de un año, no aplicar supositorios para la
       fiebre.


      No utilizar jarabes o antihistamínicos.



41    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan A: Tratamiento para
       niños con IRA sin neumonía



      Si existen factores de mal pronóstico, revalorar al niño
       en 48 horas y capacitar a la madre o responsable del
       menor en el reconocimiento de los signos de dificultad
       respiratoria así como los cuidados en el hogar, con el
       propósito de que acuda nuevamente a solicitar atención
       médica en forma oportuna.




42    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan A: Tratamiento para
       niños con IRA sin neumonía

      Explicar a la madre por qué la tos es un mecanismo de
       defensa, que se debe favorecer.


      Revisar la Cartilla Nacional de Vacunación y aplicar las
       dosis faltantes.


      Evaluar el estado nutricional, así como registrar peso y
       talla en la Cartilla Nacional de Vacunación.



43    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Antimicrobianos
      Sólo están indicados en casos de faringoamigdalitis
       purulenta, otitis media aguda y sinusitis, de acuerdo con
       el cuadro siguiente:




44    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan B: Tratamiento para niños
           con neumonía leve, sin factores
                 de mal pronóstico

      Medidas generales.


      Tratamiento ambulatorio.


      Aumentar la ingesta de líquidos.


      Mantener la alimentación habitual, pero en pequeñas
       fracciones, un mayor número de veces al día.


      No suspender la lactancia al seno materno.

45    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan B: Tratamiento para niños
           con neumonía leve, sin factores
                 de mal pronóstico
      Controlar la fiebre: con acetaminofén, 60 mg/kg/día, por
       vía oral, divididos en cuatro a seis dosis diarias.




      En caso de sibilancias, administrar salbutamol
       jarabe, 0.2-0.3 mg/kg/día, vía oral, divididos en tres
       dosis diarias.




      Capacitación                 debe                    estar
       dirigida, fundamentalmente, hacia la identificación de los
       signos de alarma.
46    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Antimicrobianos


      Amoxicilina, 40 mg/kg/día divididos                                              en   tres   dosis
       diarias, durante siete días, vía oral.




      Trimetoprim 8-10 mg/kg/día, con sulfametoxazol, 40-50
       mg/kg/día, divididos en dos dosis diarias, durante siete
       días, vía oral.




47    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Plan C: Tratamiento para niños con
         neumonía grave o neumonía
     leve, con factores de mal pronóstico

      Envío inmediato a un hospital.


      Traslado con oxígeno, si es necesario (4 a 6 litros por
       minuto).


      Control de la fiebre: acetaminofén, 15 mg/kg, vía
       oral, dosis única.


      En caso de sibilancias, administrar salbutamol
       jarabe, 0.15 mg/kg por dosis, vía oral o inhalado (dos
       disparos con espaciador de aire) o 0.1 ml de
       adrenalina, 1:1000, vía subcutánea.

48    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Antimicrobianos 1ra opción


      En el menor de dos meses, ampicilina, 50 mg/kg/día, vía
       oral o intramuscular.




      En niños de dos meses a cuatro años, Bencilpenicilina
       sódica cristalina, 100,000 U.I. por kg, vía intramuscular.




49    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Antimicrobianos 2da opción




50   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Antimicrobianos 2da opción




51   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Control de la nutrición,
     el crecimiento y el desarrollo
     del niño menor de cinco años


52   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención

      Alimentación adecuada de la madre durante el embarazo
       y lactancia.


      Lactancia materna exclusiva durante los primeros cuatro
       a seis meses de vida.


      Ablactación adecuada.


      Orientación a la madre y al niño para la utilización de
       alimentos locales en forma variada y combinada.

53    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención

      Promoción de la higiene dentro del hogar, con énfasis en
       el lavado de manos, corte de uñas periódicamente.




      El consumo de agua hervida.




      Capacitar a la madre o responsable del menor de cinco
       años en signos de alarma por desnutrición.


54    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Medidas de Prevención

      Esquema básico de vacunación completo.


      Desparasitación     intestinal   periódica                                       mediante
       tratamiento con Albendazol dos veces al año.


      Megadosis de vitamina A, en administración periódica.


      Fomentar la atención médica del niño sano, para vigilar
       su crecimiento y desarrollo, en forma periódica.


      Atención integrada del niño enfermo.

55    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Consultas




56   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Consultas



      En cada consulta se deberá registrar: edad (en el menor
       de un año en meses y días y en el mayor de un año en
       años y meses), peso, talla, perímetro cefálico y
       evaluación del desarrollo psicomotor.




57    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Somatometría

      Longitud, talla: la longitud debe medirse acostando en
       un Infantómetro a los niños que no pueden ponerse de
       pie.


      Se utilizará el estadímetro en niños que pueden ponerse
       de pie.


      Se deben retirar zapatos y descubrir la cabeza de
       objetos y peinados que alteren la medición.


      Hay que asegurarse que el niño tenga las rodillas
       estiradas, la espalda recta y la vista al frente.

58    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Somatometría


      Peso: para su medición se debe calibrar y colocar la
       báscula en una superficie plana (báscula pesa bebé o de
       piso), o colgarla de un sitio fijo (báscula de resorte).




      se debe retirar toda la ropa, zapatos y objetos
       pesados, colocando al niño en la báscula y realizando la
       lectura de la medición cuando el instrumento esté sin
       movimiento.



59    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Somatometría
      Perímetro cefálico: debe realizarse hasta los dos años
       de edad.




      Se realiza con cinta métrica metálica, flexible,                                 5
       milímetros de ancho, expresándose en centímetros.




      En caso de detectarse problema, se efectuará el
       seguimiento     del   mismo      y  la    medición    por
       especialistas, hasta que el niño cumpla los cinco años de
       edad.
60    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Valoración del estado
                           de nutrición

      La valoración del estado de nutrición debe basarse en
       una evaluación que comprende: historia dietética, social
       y económica, historia clínica con énfasis en los datos
       antropométricos y signos de desnutrición.




      Los índices antropométricos a utilizar en la valoración del
       estado nutricional son: peso para la edad, talla para la
       edad y peso para la talla.



61    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Valoración del estado
                       de nutrición




62   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Atención de la desnutrición



      Desnutrición leve: incorporarlo a un programa de
       orientación alimentaria.




      Consulta mensual en la unidad de salud hasta su
       recuperación.




63    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Atención de la desnutrición


      Desnutrición moderada sin infección agregada que
       ponga en riesgo su vida: incorporarlo a un programa
       de recuperación nutricia ambulatorio.




      Consulta cada 15 días hasta que disminuya el grado de
       desnutrición y continuar en un programa de orientación
       alimentaria hasta su recuperación.




64    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Atención de la desnutrición

      Desnutrición moderada con infección agregada
       que ponga en riesgo su vida: envío a una unidad de
       segundo nivel.


      Al disminuir el grado de desnutrición y ser dado de
       alta, incorporarlo a un programa de recuperación nutricia
       ambulatorio.


      Consulta cada 15 días hasta que disminuya el grado de
       desnutrición y continuar en un programa de orientación
       alimentaria hasta su recuperación.

65    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Atención de la desnutrición

      Desnutrición grave: envío a una unidad de segundo
       nivel.


      Al disminuir el grado de desnutrición y ser dado de
       alta, incorporarlo a un programa de recuperación nutricia
       ambulatorio.


      Consulta cada 15 días hasta que disminuya el grado de
       desnutrición y continuar en un programa de orientación
       alimentaria hasta su recuperación.


66    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Atención de la desnutrición




      En caso de sobrepeso u obesidad: integrarlo a un
       programa de orientación alimentaria, incrementar la
       actividad física y evaluar periódicamente su estado de
       nutrición.




67    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Valoración del estado
                        de nutrición


      Para clasificar la desnutrición, se emplean las mediciones
       de peso para la edad, peso para la talla o talla para la
       edad, y se comparan con los valores de una población de
       referencia que establezca indicadores.




      Actualmente se usan las tablas propuestas por la
       Organización Mundial de la Salud




68    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Valoración del estado
                        de nutrición
      Peso para la edad: útil para vigilar la evolución del
       niño, cuando se sigue su curva de crecimiento.




      Peso para la talla: el bajo peso para la talla indica
       desnutrición aguda y refleja una pérdida de peso
       reciente.




      Talla para la edad: una talla baja para la edad, refleja
       desnutrición crónica.

69    Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Valoración del desarrollo psicomotor
          del niño menor de un año y de
            uno a cuatro años de edad.




70   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
Valoración del desarrollo psicomotor
          del niño menor de un año y de
            uno a cuatro años de edad
                                                               Normal:     Ejecuta     las
                                                                conductas
                                                                correspondientes   a    su
                                                                edad cronológica.
                                                               Limítrofe: No ejecuta las
                                                                conductas
                                                                correspondientes    a   su
                                                                edad cronológica, pero si a
                                                                su     edad      inmediata
                                                                anterior.
                                                               Anormal:     No     ejecuta
                                                                todas    las     conductas
                                                                correspondientes     a   su
                                                                edad cronológica, ni a la
                                                                inmediata anterior.

71   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
72   Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
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Norma oficial mexicana nom 031-ssa2-1999, para la atención

  • 1. Tópicos selectos de la Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2- 1999, Para la atención a la salud del niño. Dr. Juan Rafael Leyva Zenteno Residente de 2do año Medicina Familiar 30/03/2013
  • 2. Aspectos considerados  Prevención y control de  Atención integrada. enfermedades respiratorias agudas.  Vacunación universal.  Control de la nutrición mediante la vigilancia del  Prevención y control de crecimiento y desarrollo enfermedades diarreicas. de los niños menores de 5 años. 2 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 3. Campo de aplicacion  Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todas las instituciones que prestan servicios de atención médica de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud. 3 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 4. Referencias  NOM-016-SSA2-1994, Para la Vigilancia, Prevención, Control, Manejo y Tratamiento del Cólera.  NOM-006-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Tuberculosis en la Atención Primaria a la Salud.  NOM-007-SSA2-1993, Para la Atención de la Mujer durante el Embarazo, Parto y Puerperio, y del Recién Nacido.  NOM-010-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana.  NOM-011-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Rabia.  NOM-017-SSA2-1994, Para la Vigilancia Epidemiológica. 4 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 5. Referencias  NOM-012-SSA1-1993, Requisitos sanitarios que deben cumplir los sistemas de abastecimiento de agua potable para uso y consumo humano, públicos y privados.  NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización.  NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.  NOM-087-ECOL-1995, Que establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico infecciosos, que se generan en establecimientos que prestan atención médica.  NOM-008-SCF1-1994, Sistema General de Unidades de Medida. 5 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 6. Atención integrada al menor de cinco años. 6 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 7. Disposiciones generales  Vigilancia de la vacunación.  La atención integrada al  Atención del motivo de la menor de cinco años en consulta. la unidad de salud debe considerar los siguientes aspectos:  Vigilancia de la nutrición.  Capacitación de la madre. 7 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 8. Consulta medica completa  Identificación de factores de mal pronóstico.  Evaluación clínica y clasificación.  Tratamiento adecuado.  Capacitación a la madre sobre la identificación de los signos de alarma.  Cuidados generales en el hogar y seguimiento de los casos. 8 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 9. Vacunación universal 9 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 10. Vacunas que deberán ser aplicadas rutinariamente en el país  SRP.  BCG.  DPT.  VOP tipo Sabin.  Td adulto y DT infantil.  DPT+HB+Hib. 10 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 11. Esquema de vacunación 11 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 12. Esquema Básico de Vacunación Universal  Debe completarse en los lactantes a los doce meses de edad.  Cuando esto no sea posible, se ampliará el periodo de vacunación, hasta los cuatro años con once meses de edad.  La aplicación de los productos biológicos se realizará durante todos los días hábiles del año, por personal capacitado, en todas las unidades del primer nivel de atención 12 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 13. Eventos adversos temporalmente asociados a la vacunación  Las instituciones y servicios de salud públicos, privados y sociales, deberán notificar la presencia de eventos adversos temporalmente asociados a la vacunación, clasificados como moderados o graves.  Asimismo, realizarán los estudios de caso y campo correspondientes, establecerán el diagnóstico y el tratamiento inmediato, y establecerán las medidas de control pertinentes.  Los eventos adversos moderados o graves deberán ser notificados de manera inmediata o tan pronto se tenga conocimiento de su existencia, a la autoridad inmediata superior según la estructura institucional correspondiente. 13 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 14. Prevención y control de las enfermedades diarreicas 14 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 15. Medidas de Prevención  Lactancia materna.  Uso de agua potable.  El saneamiento ambiental.  Eliminación adecuada de excretas.  La educación para la salud  Lavado de manos. de la población.  El manejo correcto de las heces en niños con diarrea. 15 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 16. Tareas específicas efectivas para prevenir las enfermedades diarreicas  Cloración del agua y procedimientos de desinfección.  Lactancia materna exclusiva, durante los primeros cuatro a seis meses de vida.  Mejoramiento de las prácticas de ablactación, a partir de los cuatro a seis meses de edad. 16 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 17. Tareas específicas efectivas para prevenir las enfermedades diarreicas  Promoción de la higiene en el hogar, con énfasis en el lavado de manos, manejo higiénico de los alimentos y la eliminación correcta de las excretas en niños con diarrea.  Vacunación contra el sarampión.  Administración de vitamina "A" como suplemento, que juega un papel central en la resistencia inmunológica a la infección. 17 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 18. Medidas de Control  Administración de líquidos en forma de tés, agua de frutas y cocimientos de cereal.  Administración de Vida Suero Oral.  Mantener la alimentación habitual. 18 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 19. Clasificación según el estado de hidratación.  Casos sin deshidratación.  Casos con deshidratación.  Casos con choque hipovolémico. 19 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 20. Casos sin deshidratación  Presenta menos de cuatro evacuaciones líquidas en 24 horas.  Ausencia de vómito.  Sin signos clínicos de deshidratación. 20 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 21. Casos con deshidratación  Inquieto o irritable.  Elasticidad de la piel, mayor o igual a dos  Ojos hundidos, llanto sin segundos. lágrimas.  Pulso rápido.  Boca y lengua secas, saliva espesa.  Llenado capilar de tres a cinco segundos.  Respiración rápida.  Fontanela anterior hundida  Sed aumentada, bebe con (lactantes). avidez. 21 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 22. Caso con choque hipovolémico  Inconsciente o hipotónico.  No puede beber.  Pulso débil o ausente.  Llenado capilar mayor de cinco segundos. 22 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 23. Manejo de los casos de enfermedades diarreicas. Plan A  Continuar con la alimentación habitual.  VSO después de cada evacuación. (<1año 75ml, >1año 150ml).  Capacitar a la madre para reconocer los signos de deshidratación y otros de alarma por enfermedades diarreicas. 23 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 24. Manejo de los casos de enfermedades diarreicas. Plan B  Administrar Vida Suero Oral 100 ml por kilogramo de peso, en dosis fraccionadas cada 30 minutos durante cuatro horas.  Si el paciente presenta vómito, esperar 10 minutos e intentar otra vez la hidratación oral, más lentamente.  Al mejorar el estado de hidratación, pasar al Plan A. En caso contrario, repetir el Plan B por otras cuatro horas, de no existir mejoría pasar al Plan C. 24 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 25. Manejo de los casos de enfermedades diarreicas. Plan B  Si los vómitos persisten, existe rechazo al Vida Suero Oral, o gasto fecal elevado (más de10 g/kg/hora o más de tres evacuaciones por hora) se hidratará con sonda nasogástrica, a razón de 20 a 30 ml de Vida Suero Oral por kilogramo de peso, por hora. 25 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 26. Manejo de los casos de enfermedades diarreicas. Plan C  Inicie inmediatamente administración de líquidos por vía intravenosa, con solución Hartmann; si no se encuentra disponible, use solución salina isotónica al 0.9%, de acuerdo con el siguiente esquema: 26 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 27. Uso de Antimicrobianos  Los antimicrobianos no son útiles en el tratamiento de las enfermedades diarreicas en el 90% de los casos.  Su uso puede propiciar que la enfermedad se prolongue y ocasionar resistencia bacteriana.  Los antimicrobianos sólo están indicados en casos de diarrea por: Shigella sp, Vibrio cholerae, presencia de trofozoitos de Entamoeba histolytica o Giardia lamblia. 27 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 28. Uso de Antimicrobianos 28 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 29. Prevención y control de las infecciones respiratorias agudas 29 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 30. Medidas de Prevención  Dar lactancia materna exclusiva, durante los primeros cuatro a seis meses de vida, y complementaria después de esa edad.  Vigilar y en caso necesario, orientar a la familia sobre la alimentación adecuada y otras medidas que contribuyan a corregir el estado nutricional del niño.  Vacunar contra el sarampión, tos ferina, difteria e infecciones invasivas por Haemophilus influenzae tipo b. 30 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 31. Medidas de Prevención  Evitar fumar cerca de los niños.  Evitar la combustión de leña, o el uso de braseros, en habitaciones cerradas.  Evitar los cambios bruscos de temperatura.  En época de frío, mantener abrigados a los niños.  Proporcionar el aporte adecuado de líquidos, frutas y verduras amarillas o anaranjadas, que contengan vitaminas "A" y "C“. 31 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 32. Medidas de Prevención  Evitar el hacinamiento humano, para disminuir la transmisión de estas infecciones.  Ventilar la habitación del niño.  Fomentar la atención médica del niño sano. 32 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 33. Medidas de control  En la atención de los niños con IRA, el interrogatorio y la inspección se deben orientar hacia la identificación, en primer lugar, de la presencia o no de neumonía y en forma secundaria, de otitis media aguda, faringo amigdalitis purulenta u otra entidad nosológica de etiología bacteriana. 33 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 34. Medidas de control  Se ha aceptado que la polipnea es el signo predictor más temprano de neumonía, con una alta sensibilidad y especificidad, además de constituir el primero de los mecanismos que el organismo pone en marcha ante la dificultad respiratoria. 34 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 35. Medidas de control  Las infecciones respiratorias agudas, de acuerdo con las características clínicas, se clasifican en casos: sin neumonía; con neumonía y dificultad respiratoria leve (polipnea o taquipnea); y con neumonía y dificultad respiratoria grave (tiraje, cianosis y disociación tóracoabdominal). 35 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 36. Características clínicas de las IRA sin neumonía Faringitis Rinofaringitis congestiva  Estornudos  Rinorrea.  Dolor faríngeo.  Obstrucción nasal.  Vesículas o ulceraciones.  Enrojecimiento de la  Enrojecimiento de la faringe. faringe.  Dolor faríngeo. 36 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 37. Características clínicas de las IRA sin neumonía Faringoamigdalitis Otitis media purulenta aguda  Dolor faríngeo.  Otalgia.  Adenopatía cervical.  Otorrea menor de dos semanas.  Ausencia de rinorrea.  Tímpano abombado.  Fiebre. 37 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 38. Características clínicas de las IRA sin neumonía Sinusitis Laringitis  Dolor facial o cefalea.  Disfonía.  Rinorrea mucopurulenta.  Estridor laríngeo.  Fiebre mayor de cuatro días, o reaparición después de cuatro días. 38 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 39. Características clínicas de las IRA sin neumonía Bronquitis  Estertores bronquiales.  Tos con expectoración. 39 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 40. Plan A: Tratamiento para niños con IRA sin neumonía  Aumentar la ingesta de líquidos.  Mantener la alimentación habitual.  No suspender la lactancia al seno materno.  Si hay otorrea, limpieza del conducto auditivo externo, con mechas de gasa o tela absorbente, tres veces al día. No aplicar gotas óticas. 40 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 41. Plan A: Tratamiento para niños con IRA sin neumonía  Control del dolor, la fiebre, y el malestar general, con acetaminofén, 60 mg/kg/día, vía oral, dividido en cuatro a seis tomas.  En menores de un año, no aplicar supositorios para la fiebre.  No utilizar jarabes o antihistamínicos. 41 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 42. Plan A: Tratamiento para niños con IRA sin neumonía  Si existen factores de mal pronóstico, revalorar al niño en 48 horas y capacitar a la madre o responsable del menor en el reconocimiento de los signos de dificultad respiratoria así como los cuidados en el hogar, con el propósito de que acuda nuevamente a solicitar atención médica en forma oportuna. 42 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 43. Plan A: Tratamiento para niños con IRA sin neumonía  Explicar a la madre por qué la tos es un mecanismo de defensa, que se debe favorecer.  Revisar la Cartilla Nacional de Vacunación y aplicar las dosis faltantes.  Evaluar el estado nutricional, así como registrar peso y talla en la Cartilla Nacional de Vacunación. 43 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 44. Antimicrobianos  Sólo están indicados en casos de faringoamigdalitis purulenta, otitis media aguda y sinusitis, de acuerdo con el cuadro siguiente: 44 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 45. Plan B: Tratamiento para niños con neumonía leve, sin factores de mal pronóstico  Medidas generales.  Tratamiento ambulatorio.  Aumentar la ingesta de líquidos.  Mantener la alimentación habitual, pero en pequeñas fracciones, un mayor número de veces al día.  No suspender la lactancia al seno materno. 45 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 46. Plan B: Tratamiento para niños con neumonía leve, sin factores de mal pronóstico  Controlar la fiebre: con acetaminofén, 60 mg/kg/día, por vía oral, divididos en cuatro a seis dosis diarias.  En caso de sibilancias, administrar salbutamol jarabe, 0.2-0.3 mg/kg/día, vía oral, divididos en tres dosis diarias.  Capacitación debe estar dirigida, fundamentalmente, hacia la identificación de los signos de alarma. 46 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 47. Antimicrobianos  Amoxicilina, 40 mg/kg/día divididos en tres dosis diarias, durante siete días, vía oral.  Trimetoprim 8-10 mg/kg/día, con sulfametoxazol, 40-50 mg/kg/día, divididos en dos dosis diarias, durante siete días, vía oral. 47 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 48. Plan C: Tratamiento para niños con neumonía grave o neumonía leve, con factores de mal pronóstico  Envío inmediato a un hospital.  Traslado con oxígeno, si es necesario (4 a 6 litros por minuto).  Control de la fiebre: acetaminofén, 15 mg/kg, vía oral, dosis única.  En caso de sibilancias, administrar salbutamol jarabe, 0.15 mg/kg por dosis, vía oral o inhalado (dos disparos con espaciador de aire) o 0.1 ml de adrenalina, 1:1000, vía subcutánea. 48 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 49. Antimicrobianos 1ra opción  En el menor de dos meses, ampicilina, 50 mg/kg/día, vía oral o intramuscular.  En niños de dos meses a cuatro años, Bencilpenicilina sódica cristalina, 100,000 U.I. por kg, vía intramuscular. 49 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 50. Antimicrobianos 2da opción 50 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 51. Antimicrobianos 2da opción 51 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 52. Control de la nutrición, el crecimiento y el desarrollo del niño menor de cinco años 52 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 53. Medidas de Prevención  Alimentación adecuada de la madre durante el embarazo y lactancia.  Lactancia materna exclusiva durante los primeros cuatro a seis meses de vida.  Ablactación adecuada.  Orientación a la madre y al niño para la utilización de alimentos locales en forma variada y combinada. 53 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 54. Medidas de Prevención  Promoción de la higiene dentro del hogar, con énfasis en el lavado de manos, corte de uñas periódicamente.  El consumo de agua hervida.  Capacitar a la madre o responsable del menor de cinco años en signos de alarma por desnutrición. 54 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 55. Medidas de Prevención  Esquema básico de vacunación completo.  Desparasitación intestinal periódica mediante tratamiento con Albendazol dos veces al año.  Megadosis de vitamina A, en administración periódica.  Fomentar la atención médica del niño sano, para vigilar su crecimiento y desarrollo, en forma periódica.  Atención integrada del niño enfermo. 55 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 56. Consultas 56 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 57. Consultas  En cada consulta se deberá registrar: edad (en el menor de un año en meses y días y en el mayor de un año en años y meses), peso, talla, perímetro cefálico y evaluación del desarrollo psicomotor. 57 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 58. Somatometría  Longitud, talla: la longitud debe medirse acostando en un Infantómetro a los niños que no pueden ponerse de pie.  Se utilizará el estadímetro en niños que pueden ponerse de pie.  Se deben retirar zapatos y descubrir la cabeza de objetos y peinados que alteren la medición.  Hay que asegurarse que el niño tenga las rodillas estiradas, la espalda recta y la vista al frente. 58 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 59. Somatometría  Peso: para su medición se debe calibrar y colocar la báscula en una superficie plana (báscula pesa bebé o de piso), o colgarla de un sitio fijo (báscula de resorte).  se debe retirar toda la ropa, zapatos y objetos pesados, colocando al niño en la báscula y realizando la lectura de la medición cuando el instrumento esté sin movimiento. 59 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 60. Somatometría  Perímetro cefálico: debe realizarse hasta los dos años de edad.  Se realiza con cinta métrica metálica, flexible, 5 milímetros de ancho, expresándose en centímetros.  En caso de detectarse problema, se efectuará el seguimiento del mismo y la medición por especialistas, hasta que el niño cumpla los cinco años de edad. 60 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 61. Valoración del estado de nutrición  La valoración del estado de nutrición debe basarse en una evaluación que comprende: historia dietética, social y económica, historia clínica con énfasis en los datos antropométricos y signos de desnutrición.  Los índices antropométricos a utilizar en la valoración del estado nutricional son: peso para la edad, talla para la edad y peso para la talla. 61 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 62. Valoración del estado de nutrición 62 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 63. Atención de la desnutrición  Desnutrición leve: incorporarlo a un programa de orientación alimentaria.  Consulta mensual en la unidad de salud hasta su recuperación. 63 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 64. Atención de la desnutrición  Desnutrición moderada sin infección agregada que ponga en riesgo su vida: incorporarlo a un programa de recuperación nutricia ambulatorio.  Consulta cada 15 días hasta que disminuya el grado de desnutrición y continuar en un programa de orientación alimentaria hasta su recuperación. 64 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 65. Atención de la desnutrición  Desnutrición moderada con infección agregada que ponga en riesgo su vida: envío a una unidad de segundo nivel.  Al disminuir el grado de desnutrición y ser dado de alta, incorporarlo a un programa de recuperación nutricia ambulatorio.  Consulta cada 15 días hasta que disminuya el grado de desnutrición y continuar en un programa de orientación alimentaria hasta su recuperación. 65 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 66. Atención de la desnutrición  Desnutrición grave: envío a una unidad de segundo nivel.  Al disminuir el grado de desnutrición y ser dado de alta, incorporarlo a un programa de recuperación nutricia ambulatorio.  Consulta cada 15 días hasta que disminuya el grado de desnutrición y continuar en un programa de orientación alimentaria hasta su recuperación. 66 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 67. Atención de la desnutrición  En caso de sobrepeso u obesidad: integrarlo a un programa de orientación alimentaria, incrementar la actividad física y evaluar periódicamente su estado de nutrición. 67 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 68. Valoración del estado de nutrición  Para clasificar la desnutrición, se emplean las mediciones de peso para la edad, peso para la talla o talla para la edad, y se comparan con los valores de una población de referencia que establezca indicadores.  Actualmente se usan las tablas propuestas por la Organización Mundial de la Salud 68 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 69. Valoración del estado de nutrición  Peso para la edad: útil para vigilar la evolución del niño, cuando se sigue su curva de crecimiento.  Peso para la talla: el bajo peso para la talla indica desnutrición aguda y refleja una pérdida de peso reciente.  Talla para la edad: una talla baja para la edad, refleja desnutrición crónica. 69 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 70. Valoración del desarrollo psicomotor del niño menor de un año y de uno a cuatro años de edad. 70 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 71. Valoración del desarrollo psicomotor del niño menor de un año y de uno a cuatro años de edad  Normal: Ejecuta las conductas correspondientes a su edad cronológica.  Limítrofe: No ejecuta las conductas correspondientes a su edad cronológica, pero si a su edad inmediata anterior.  Anormal: No ejecuta todas las conductas correspondientes a su edad cronológica, ni a la inmediata anterior. 71 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
  • 72. 72 Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
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