3. El etiquetado facilita al consumidor información
al consumidor sobre los alimentos que está
adquiriendo.
Según la Norma General de etiquetado,
presentación y publicidad de los productos
alimenticios, y dependiendo si nos referimos a
productos envasados o sin envasar, el
etiquetado debe constar de una serie de datos.
4. PRODUCTOS ENVASADOS
Deben contener:
Nombre del producto o denominación de venta
Lista de ingredientes
Cantidad neta
Condiciones especiales de conservación
Modo de empleo
Fecha de duración mínima o fecha de caducidad
Nombre y domicilio del fabricante
Lote de fabricación
País de origen
5. PRODUCTOS ENVASADOS
Nombre del producto o denominación de venta: necesario para
conocer la naturaleza real del producto, debiendo ir acompañado de una
indicación del estado físico o tratamiento específico a que ha sido sometido.
Lista de ingredientes: se mencionarán todos los ingredientes que se han
incorporado al producto en el proceso de fabricación, ordenados por sus pesos
de mayor a menor, incluidos los aditivos.
Cantidad neta: se expresará en unidades de volumen para los alimentos
líquidos y en unidades de peso para los alimentos sólidos. Cuando un alimento
sólido se presente con líquido de cobertura en el etiquetado deberá indicarse el
peso en neto y el peso neto escurrido.
Condiciones especiales de conservación
Modo de empleo: para un buen uso del producto.
6. PRODUCTOS ENVASADOS
Fecha de duración mínima o fecha de caducidad: la fecha de duración
mínima se expresará con la leyenda: “ Consumir preferentemente antes del…”
, cuando incluya la indicación del día o “Consumir preferentemente antes del
fin de…” cuando incluya mes y año o sólo año. La fecha de caducidad, se
expresará mediante la leyenda “fecha de caducidad” con la indicación clara
según este orden: día, mes y, eventualmente, año. Esta fecha se utilizará en
productos alimenticios microbiológicamente muy perecederos y que pueden
suponer un peligro para la salud.
Nombre y domicilio del fabricante, envasador, o vendedor establecido
en la unión europea.
Lote de fabricación: son letras o números que identifican un conjunto de
alimentos elaborados en circunstancias prácticamente idénticas, permitiendo
la trazabilidad.
País de origen: se debe indicar cuando los productos no procedan de los
estados miembros de la Unión Europea.
7. PRODUCTOS SIN ENVASAR
Los productos sin envasar y los envasados en los lugares de
venta a petición del comprador se indicará:
Nombre del producto o denominación de venta.
En frutas y verduras: la categoría de calidad, variedad y
el origen cuando lo exija la legislación.
En carnes: la clase o el tipo de canal de procedencia y la
denominación comercial de la pieza que se trate.
En pescados: la forma de presentación comercial.
8. EL ETIQUETADO NUTRICIONAL
Cada vez es más frecuente encontrar información nutricional en el
etiquetado de los alimentos, ya que los consumidores tiene interés en
estar informados de las propiedades nutritivas de los productos
alimenticios.
El EN es toda la información que aparece en la etiqueta en relación con
el valor energético y a las proteínas, H.C., grasas, fibras, sodio, algunas
vitaminas y sales minerales.
Sólo es obligatorio en los productos alimenticios que mencionen
propiedades nutritivas como; “bajo en calorías”, “bajo en colesterol”,
“rico en…”.
Las menciones de este etiquetado deberá presentarse en un lugar
visible, claramente legible y fácilmente comprensible por el
consumidor.
9. EL ETIQUETADO NUTRICIONAL
Deberá considerar:
Valor energético: en kcal y kj
Cantidad de nutrientes: (H.C., proteínas, lípidos, exceptuando el
colesterol), así como la fibra alimentaria y el sodio.
El colesterol se expresará en mg por 100 g o 100 ml de alimento.
Las vitaminas y sales minerales cuando se encuentren en
cantidades significativas, aportando un mínimo de un 15%de la C.D.R.
de estos nutrientes.