2.
1.- Introducción.
2.- Legislación Nacional.
3.- Legislación Unión Europea.
3.1.- Cielo Único Europeo.
3.2.- El Programa SESAR.
4.- Legislación Internacional.
5.- Conclusión.
6.- Bibliografía.
3.
A pesar de no ser el medio de transporte de
mercancías predominante, podemos afirmar que los
rasgos de la economía actual, asociados a la
globalización y al desarrollo del comercio
electrónico, están sirviendo de estímulo o impulso
para que el transporte aéreo de mercancías
desempeñe un papel estratégico creciente en el
desarrollo
eficiente
de
la
actividad
económica,
particularmente
del
comercio
internacional.
4.
Ley 48 / 1960, de 21 de julio de Navegación Aérea.
Artículos 102 a 114.
Depende el transporte aéreo de mercancías al
Ministerio de Fomento, y a su Dirección General
de Aviación Civil.
AENA,
a
través
de
la
Dirección
de
Navegación Aérea, es el proveedor de servicios de
tránsito aéreo en España. Su principal objetivo es
ofrecer la máxima seguridad, calidad y eficiencia en
el desarrollo y operación del sistema de navegación
aérea español.
5.
El transporte es una de las primeras políticas comunes
de la Unión Europea (UE). Se encuentra regulada por el
Título VI (artículos 90 a 100 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea), siendo su
finalidad:
Eliminación de los obstáculos en las fronteras entre los
Estados miembros.
Libre circulación de personas y bienes.
6.
La iniciativa del Cielo Único Europeo (SES, Single
European Sky) fue creada en 1999 por la Comisión
Europea con el objetivo fundamental de reestructurar
el sistema ATM europeo, promoviendo su evolución
hacia un sistema de transporte aéreo más eficaz como
consecuencia de la armonización y mejora en la
prestación de los servicios de navegación aérea.
7.
SESAR (Single European Sky ATM Research) es un
proyecto conjunto de la comunidad de transporte
aéreo europea cuyo objetivo es la implantación -para
2020- de una red ATM europea de altas prestaciones.
Este proyecto nació de la necesidad de crear una
visión integrada y común sobre la evolución del
sistema de gestión del tránsito aéreo, con el objeto
de acomodar, a través de la implantación de nuevos
procedimientos y tecnologías, el incremento de
demanda previsto para los próximos años.
8.
El transporte aéreo internacional está regulado por
distintos tratados internacionales suscritos por los
Estados. Tres son los principales convenios:
Convenio para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo
internacional firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929.
Convenio de Chicago firmado en 1944.
Convenio referente a la unificación de ciertas reglas relativas a los daño
causados por la aeronave a terceros en la superficie, firmado en Roma en
1952 y ratificado por España en 1957.
9.
El transporte aéreo cuenta con muchas ventajas como
seguridad y rapidez, es muy útil y siempre se
actualiza con la finalidad de hacer más eficiente el
traslado de las mercancías hacia sus destinos.
En los próximos años tendrá que solucionar el precio
elevado del transporte y la eficacia de su logística.
La Unión Europea, a través del programa
SESAR, busca dotar al transporte aéreo de mayor
peso y seguridad en el tráfico en el conjunto de los
países miembros.