Este documento presenta los aspectos generales de una selección abreviada para contratar servicios de asesoría en la creación e implementación de códigos de buen gobierno en instituciones de educación superior públicas en Colombia. El objetivo es apoyar a las IES a fortalecer su gobierno corporativo y adoptar prácticas de buen gobierno, ética y transparencia. El contratista deberá elaborar una guía, realizar talleres y asesorar a 12 IES en la construcción de sus códigos de buen gobierno.
1. Página 1 de 52
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA N° SA-MEN-21-2013
OBJETO:
Prestación de servicios para asesorar, acompañar e impulsar la creación e
implementación de “Códigos de Buen Gobierno” en las IES públicas y entidades adscritas
y vinculadas al MEN.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 734 de 2012, todos los documentos que hagan
parte del presente proceso de selección serán publicados en el SECOP página Web dirección
http://www.contratos.gov.co, Entidad: Ministerio de Educación Nacional, por lo que será
responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo interactivo
SA-MEN-21-2013@mineducacion.gov.co
Bogotá D. C., Junio de 2013
2. Página 2 de 52
TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En todas las actuaciones derivadas de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía y del
contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que
la constitución política y las leyes consagran. En especial la Ley 1474 de 2011
En caso que el Ministerio de Educación Nacional advierta hechos constitutivos de corrupción de
parte del proponente en el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere
lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tienen lugar durante la ejecución del contrato, tales
circunstancias podrán dar lugar a la declaración de caducidad, de conformidad con las reglas
previstas para el efecto, en la ley y en el respectivo contrato.
En cumplimiento del Artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y la Ley 850 de 2003, el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN NACIONAL convoca a las Veedurías Ciudadanas, establecidas de conformidad con
la ley, a realizar el control social al presente proceso de contratación.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución del contrato, tales
circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas
previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.
En lo no regulado particularmente por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y
sus decretos reglamentarios, se aplican las normas civiles y comerciales de la República de
Colombia, las reglas previstas en este pliego de condiciones y documentos que sobre la materia se
expidan en desarrollo del proceso de selección.
CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento del artículo 66 de la ley 80 de 1993, y del literal c) del artículo 15 de la ley 850 de
2003, el ministerio de educación nacional convoca a las veedurías ciudadanas, establecidas de
conformidad con la ley, a realizar el control social al presente proceso de contratación.
CORRESPONDENCIA
Cualquier observación, información, sugerencia o comunicación que envíen los proponentes al
Ministerio de Educación Nacional relacionada o en desarrollo de este proceso deberá dirigirse de la
siguiente forma:
Señores
Ministerio de Educación Nacional
Calle 43 N° 57-14 Centro Administrativo Nacional – CAN Bogotá D.C.
Subdirección de Contratación O al correo electrónico:
SA-MEN-21-2013@mineducacion.gov.co
Si usted tiene una queja, diferente de una observación, comentario o solicitud de aclaración sobre
los requisitos exigidos en el pliego, por favor dirigirla al Ministerio de Educación Nacional y radicarla
en la Unidad de Atención al Ciudadano, o a través de la página WEB: www.mineducacion.gov.co
en la opción Atención al Ciudadano
3. Página 3 de 52
CAPITULO 1
ASPECTOS GENERALES
1.1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER
En el contexto del Plan Sectorial 2010-2014 del Ministerio de Educación Nacional, Fortalecer la
gestión del sector educativo para ser modelo de eficiencia y transparencia, se constituye en un eje
de política, en el cual el Gobierno Nacional se propone apoyar a las instituciones de educación
superior públicas, con el fin de lograr que el 100% certifique sus Sistemas de Gestión de Calidad,
fortalezcan sus órganos directivos a través de la formulación del Código de Buen Gobierno y
alcancen un nivel de riesgo moderado en la calificación del Índice de Transparencia Nacional.
Así las cosas, la Subdirección de Apoyo a la Gestión de las IES y la Subdirección de Desarrollo
Organizacional, fomentan el desarrollo e implementación de buenas prácticas de gestión y buen
gobierno, con el fin de apoyar a las Instituciones de Educación Superior y a las entidades adscritas
y vinculadas.
Desde el año 2011, el MEN adoptó el modelo de Buen Gobierno, Riesgo y Control, como una
herramienta complementaria en su gestión interna, para responder eficientemente a las
necesidades de sus grupos de interés dentro de una cultura promotora del alto desempeño y la
responsabilidad personal, para asegurar la implementación de prácticas de buen gobierno en
cinco componentes fundamentales: gobierno corporativo, procesos, estrategia, riesgos y controles,
y, auditoría y aseguramiento en la gestión.
En el marco de este modelo; un instrumento trascendental dentro del componente de gobierno
corporativo, es el Código de Buen Gobierno, que se constituye como una herramienta en la cual se
definen un conjunto de políticas respecto de la gestión de la entidad, con criterios de Ética,
Integridad, Transparencia y Eficiencia, para asegurar que los servidores públicos orienten su actuar
al cumplimiento de los fines misionales y del Estado.
En este sentido, se ha estructurado un proyecto liderado por la Subdirección de Apoyo a la Gestión
de las IES y la Subdirección de Desarrollo Organizacional para promover el fortalecimiento del
gobierno corporativo a través del fomento en la implementación de códigos de buen gobierno en
las Instituciones de Educación Superior públicas, y entidades adscritas y vinculadas, como un
instrumento construido voluntariamente y con fines de autorregulación de quienes ejercen el
gobierno de las instituciones, buscando su compromiso ético y garantizando una gestión eficiente,
íntegra y transparente.
El Decreto 2482 de 2012: “Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración
de la planeación y la gestión”, ordena en su ámbito de aplicación que: “El contenido del presente
decreto les es aplicable a las entidades territoriales en los términos del inciso segundo del artículo
20 de la Ley 489 de 1998. Así mismo, las entidades autónomas y las sujetas a regímenes
especiales en virtud de mandato constitucional o legal, a través su máximo órgano de dirección,
adoptarán las políticas de desarrollo administrativo establecidas en el artículo 3° del presente
decreto.” Y que este mismo Decreto describe en su “Artículo 3°, Políticas de Desarrollo
Administrativo” los cinco ítems a todas luces y con base en los textos existentes de gobierno
corporativo, reúnen las condiciones y las variables que denotan un Código de Buen Gobierno y una
metodología de Gobierno Corporativo a aplicar.
Igualmente, el Modelo recoge lo establecido en las Directivas Presidenciales 09 de 2010 y 04 de
2012, determinando que el reporte de los resultados de las prácticas aplicadas en materia de
eficiencia administrativa y reducción de papel, a la que se refiere la Directiva 04 de 2012, se hará a
través del Formulario Único de Reporte de Avances de la Gestión.
4. Página 4 de 52
El Ministerio de Educación Nacional estableció como meta en el Plan Sectorial 2010-2014, que el
70% de las Instituciones de Educación Superior adoptaran su Código de Buen Gobierno, como
parte del proyecto de Fortalecimiento de la eficiencia y transparencia del sector, A diciembre de
2012, 31 de las 61 IES públicas cuentan con código de buen gobierno y durante el 2013 se tiene
como meta apoyar a mínimo 12 instituciones de las 30 faltantes.
Teniendo en cuenta que el Ministerio de Educación Nacional no cuenta con expertos en gobierno
corporativo, es decir, con el personal suficiente y con la experiencia específica para asesorar a las
Instituciones de Educación Superior públicas y entidades adscritas y vinculadas, en la
implementación de sus códigos de buen gobierno y la adopción de prácticas de buen gobierno, se
requiere contratar una persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal, para desarrollar el
objeto contractual.
1.2. OBJETO DE LA SELECCIÓN ABREVIADA
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Desarrollar una “Guía para la creación e implementación de Códigos de Buen Gobierno en
las Instituciones de Educación Superior” de conformidad con el anexo técnico.
2. Diseñar una matriz de autoevaluación sobre los componentes del Modelo de Buen
Gobierno, Riesgo y Control, y consolidar los resultados aportados por las IES públicas y
entidades adscritas y vinculadas, de conformidad con el anexo técnico.
3. Realizar tres talleres de trabajo dirigidos a IES públicas, y entidades adscritas y vinculadas
basados en la construcción de códigos de buen gobierno y prácticas de buen gobierno, de
conformidad con el anexo técnico.
4. Asesorar y acompañar “in situ” a las Instituciones de Educación Superior Públicas y
entidades adscritas y vinculadas identificadas por no tener Código de Buen Gobierno que
indique el MEN, en las temáticas que se requieran para avanzar en la construcción de
cada uno de los Códigos, de conformidad con el anexo técnico.
OBLIGACIONES GENERALES
1. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las
obligaciones establecidas en este contrato.
2. Participar y apoyar al MINISTERIO en todas las reuniones a las que éste lo convoque
relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la
documentación objeto del presente contrato.
4. Entregar al MINISTERIO toda la información y los documentos recopilados en desarrollo de
la ejecución del contrato debidamente escaneados, durante el desarrollo del contrato y al
finalizar el plazo del mismo, de conformidad con las normas y disposiciones vigentes en el
MINISTERIO.
5. El CONTRATISTA colaborará con el MINISTERIO en el suministro y respuesta de la
información correspondiente, para efectos de que el MINISTERIO de respuesta a los
requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano en
relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato objeto del presente
documento.
5. Página 5 de 52
6. Utilizar la imagen del MINISTERIO de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste.
Salvo autorización expresa y escrita de las partes ningún funcionario, podrá utilizar el
nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra
índole.
7. Durante la ejecución del contrato, la entidad se reserva el derecho de pedir el cambio del
personal cuando advierta que el desarrollo de sus labores no es satisfactorio o cuando sus
condiciones académicas y de experiencia no se ajusten a los requerimientos de su labor.
8. Realizar los pagos al SGSS (salud, pensión y riesgos profesionales), de acuerdo con la
normatividad vigente aportando los soportes de pago correspondientes.
En los casos en que uno o varios de los miembros del equipo propuesto deban ser reemplazados,
el nuevo integrante debe cumplir con los requisitos exigidos y debe ser de iguales o superiores
calidades que el miembro que se retire.
OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
1. Suministrar al Contratista la información necesaria para el cabal desarrollo del objeto, siempre y cuando
la misma se encuentre a su alcance y no le corresponda como obligación al Contratista.
2. Ejercer la supervisión del contrato.
3. Presentar a través del supervisor los requerimientos necesarios para el cumplimiento del contrato.
4. Realizar oportunamente los pagos de conformidad con lo establecido en el contrato.
1.3. PARTICIPANTES
Podrán participar en el presente proceso las personas naturales o jurídicas, individualmente o
asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en
inhabilidades o incompatibilidades para contratar señaladas por la constitución y la Ley, cuyo
objeto social les permita presentar oferta y desarrollar la actividad a contratar y que presenten
garantía de seriedad de la oferta y efectúen la propuesta de acuerdo con las condiciones
sustanciales establecidas en los presentes pliegos de condiciones.
El participante no podrá estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales expedido
por la Contraloría General de la República.
1.4. CONDICIONES TÉCNICAS (CUMPLE/NO CUMPLE)
Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal
en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas
en el Registro Único de Proponentes, conforme se indica en el presente pliego de condiciones de
conformidad con lo señalado en el artículo 6.1.2.2 del Decreto 734 de 2012. 64 de 2010.
Las personas naturales o jurídicas, extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, que
aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales no requieren estar inscritos en el Registro
Único de Proponentes. Sus condiciones, junto con las de los proponentes que de acuerdo con la
Ley 1150 de 2007 no requieren inscripción, serán verificadas por la entidad contratante, de
conformidad con lo señalado en el artículo 6.4.5 del presente decreto. En este caso, corresponderá
a las entidades contratantes cumplir con la labor de verificación de las condiciones de los
proponentes, en la misma forma que lo hacen las cámaras de comercio, lo anterior de acuerdo al
parágrafo del artículo 6.1.2.2
15. CONSORCIOS
En los términos y para los efectos previstos en el numeral 1 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993
podrá formularse una propuesta por dos o más personas en forma conjunta, bajo la modalidad del
6. Página 6 de 52
consorcio, para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato, respondiendo solidariamente
de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, en cuyo caso las
actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta afectarán a todos
los miembros del consorcio.
Los proponentes que oferten bajo esta modalidad de asociación, deberán designar la persona que
los represente para todos los efectos legales e indicar las reglas básicas que regulen las relaciones
entre los miembros del consorcio, así como sus responsabilidades.
Ningún integrante de un consorcio que presente propuesta, podrá formar parte de otro u otros que
participen en la Selección Abreviada de Menor Cuantía, ni formular propuesta independiente.
1.5.1. UNIONES TEMPORALES
En los términos y para los efectos previstos en el numeral 2 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993
podrá formularse una oferta conjunta por dos o más personas, bajo la modalidad de unión
temporal, para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato, respondiendo solidariamente
de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, pero las
sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato en
caso de resultar adjudicatarios, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de
cada uno de los miembros de la unión temporal.
Los proponentes que oferten bajo esta modalidad de asociación, deberán designar a la persona
que los represente para todos los efectos legales e indicar las reglas básicas que regulen las
relaciones entre los miembros, así como sus responsabilidades.
De igual manera, deberán señalar los términos, extensión y grado de su participación en la
propuesta y en su ejecución. Dichos términos no podrán ser modificados sin el consentimiento
previo del Ministerio de Educación Nacional, de conformidad con lo indicado en el parágrafo
primero del artículo 7 de la ley 80 de 1993.
Ningún integrante de la unión temporal que presente propuesta, podrá formar parte de otro u otros
que participen la Selección Abreviada de Menor Cuantía, ni formular propuesta independiente.
Artículo 2.2.7
0
Valoración de la experiencia del proponente. Para efectos de habilitar un
proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta,
cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en
proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante será la sumatoria de
las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el
mismo, salvo que el pliego de condiciones señale un tratamiento distinto en razón al objeto a
contratar. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica
cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades
previstas en el artículo 7 de la ley 80 de 1993.
En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada
uno de los socios escindidos, y se contabilizará según se disponga en los respectivos pliegos de
condiciones del proceso.
1.5.2. VIGENCIA DE LAS SOCIEDADES Y ASOCIACIONES
Las personas jurídicas deben tener una duración mínima igual al plazo del contrato y Tres (03)
años más. La duración del consorcio o la unión temporal, así como las de sus sociedades
integrantes, no podrá ser inferior al plazo del Contrato y Tres (03) años más.
7. Página 7 de 52
1.6. RECIPROCIDAD
Para efectos de la reciprocidad en materia de contratación estatal el Ministerio aplicara lo dispuesto
en el artículo 4.2.6º del Decreto 734 de 2012.
1.7. PRESUPUESTO OFICIAL
El Ministerio de Educación Nacional ha realizado una estimación del costo de los servicios de
combustibles requeridos. El valor establecido incluye cualquier incremento de costos durante el
proceso de ejecución del contrato.
El presupuesto oficial, incluido IVA, es el siguiente:
PRESUPUESTO OFICIAL
$371´000.000,oo
En ningún caso la propuesta presentada podrá exceder el presupuesto oficial establecido, so pena
del RECHAZO de la misma.
1.8. FINANCIACIÓN
Para respaldar la contratación se cuenta con recursos del Ministerio de Educación Nacional para la
vigencia fiscal del 2013 certificado con la siguiente disponibilidad presupuestal:
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
62213
C-520-700-10-0-4-3502000 MODELO DE
INTEGRACION INSTITUCIONAL
80.000.000
94613
C-310-705-117-0-6-3518000 APOYO A LA
IMPLEMENTACION DE ESTRATEGIAS DE MEJOR
GESTION
250.000.000
113613
C-310-705-117-0-6-3518000 APOYO A LA
IMPLEMENTACIONJ DE ESTRATEGIAS DE MEJOR
GESTION
50.800.000
TOTAL 38.800.000
1.9. MODALIDAD
Por la cuantía y el objeto a contratar se adelantará un proceso de Selección Abreviada de Menor
Cuantía, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b. del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de
2007 y lo establecido en el Título III Capítulo II Sección II del Decreto 0734 de 2012.
El contrato a suscribir será de prestación de servicios de conformidad con el artículo 32 de la Ley
80 de 1993.
1.10. PLAZO DE EJECUCIÓN
A partir de la suscripción del acta de inicio hasta el 15 de diciembre de 2013 o agotar los recursos
del contrato siempre y cuando no supere la presente vigencia fiscal.
1.11.CRONOGRAMA DEL PROCESO –
ACTIVIDAD FECHA LUGAR
8. Página 8 de 52
Publicación de Resolución
de apertura y publicación de
pliego de condiciones
definitivo
28 de junio de 2013
SECOP –
www.colombiacompra.gov.co
Presentación de
Manifestaciones de Interés
2,3, y 4 de julio de 2013
Instalaciones Ministerio de Educación
(Oficina de Atención al Usuario-
Ventanilla 8.)
Correo electrónico institucional del
proceso.
Plazo máximo para presentar
observaciones al pliego de
condiciones definitivo
Hasta las 4:00 pm del 5 de
julio de 2013
En físico en las instalaciones del
Ministerio de Educación Nacional o al
correo electrónico del proceso SA-
MEN-21-2013@mineducación.gov.co
Respuesta a las observaciones
y plazo máximo para realizar
adendas
10 de julio de 2013
SECOP –
www.colombiacompra.gov.co
Plazo máximo para
presentación de propuesta
técnica y económica y
audiencia de cierre
Hasta las 10:00 am del 15
de julio de 2013
Unidad de Atención al
Ciudadano - 1 piso – Ministerio
de Educación Nacional – CAN
– Bogotá. Ventanilla 8.
Verificación de requisitos
habilitantes
Del 16 de julio al 22 de
julio de 2013
Ministerio de Educación Nacional
Publicación del informe de
evaluación
24 de julio de 2013
SECOP –
www.colombiacompra.gov.co
Traslado del informe de
evaluación para presentación
de observaciones al informe de
evaluación
Del 25 al 29 de julio de
2013
SECOP –
www.colombiacompra.gov.co
Subdirección de Contratación.
Respuesta a las observaciones
de la evaluación
31 de julio de 2013
SECOP –
www.colombiacompra.gov.co
Publicación resolución de
adjudicación o declaratoria
desierta.
1 de Agosto de 2013
SECOP
www.colombiacompra.gov.co
Elaboración del contrato
Dentro de los dos días
hábiles siguientes
Ministerio de Educación
Nacional – Subdirección de
Contratación
1.12. PUBLICACIÓN
La invitación a participar en esta SELECCIÓN ABREVIADA es pública. De igual forma, en virtud
de lo establecido en la Ley 527 de 1999, en concordancia con el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007
y el Decreto 734 de 2012, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de
selección serán publicados en la página Web http://www.contratos.gov.co, por lo que será
responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo.
1.13. PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES:
El proyecto de pliego de condiciones, se encontrara publicado en la pagina WEB www.contratos
.gov.co, y también podrá ser revisado en las instalaciones del MEN.
1.13.1. APERTURA
La apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía se llevará a cabo mediante resolución
motivada la cual se publicará en la página www.contratos.gov.co.
1.13.2. PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
9. Página 9 de 52
El Ministerio de Educación Nacional publicará el pliego de condiciones definitivo en la siguiente
dirección web:
SITIO WEB Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP
DIRECCIÓN .www.contratos.gov.co
FECHA Ver cronograma
1.13.3. CONSULTA, ENTREGA DEL PLIEGO DE CONDICIONES.
El pliego de condiciones de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía se puede consultar
en la página http://www.contratos.gov.co
De conformidad con el parágrafo 4º, del artículo 2º, de la Ley 1150 de 2007 no se exigirá el pago
del valor de los derechos de participación, los interesados podrán obtener un juego completo de los
pliegos de condiciones, tales como: pliegos, especificaciones técnicas, anexos, previo pago del
valor las copias y registro en la planilla de entrega de pliegos de condiciones.
Es responsabilidad del proponente verificar en la página web, antes citada, la publicación de los
diferentes documentos que hagan parte integral del pliego.
1.13.4. CIERRE
La Selección Abreviada de Menor Cuantía se declarará cerrada y en consecuencia sólo se podrán
presentar propuestas hasta la fecha y hora que indica el cronograma del numeral 1.8., en el
Ministerio de Educación Nacional, oficina de atención al ciudadano, ubicado en la calle 43 N° 57-
42 – CAN primer piso, entregándolas personalmente o por su representante.
Se entiende por hora de cierre, la hora oficial establecida por la Superintendencia de Industria y
Comercio tomada de la página www.sic.gov.co ó http://horalegal.sic.gov.co/.
A continuación del cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía, en el mismo sitio, se
procederá en acto público a la apertura de las propuestas. De todo lo ocurrido en el acto de
apertura de propuestas se elaborará un acta, la cual será suscrita por los funcionarios autorizados
y por los asistentes al acto de cierre y publicada en la página Web http://www.contratos.gov.co.
1.13.5. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
El Ministerio de Educación Nacional efectuará la evaluación de las propuestas técnicas, dentro de
los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la Selección Abreviada de Menor
Cuantía.
En caso de presentarse ambigüedades, discrepancias o incongruencias en las propuestas, dentro
del plazo de evaluación de las mismas se podrá solicitar al proponente las aclaraciones
pertinentes, el cual deberá responderlas por escrito, en un plazo no mayor al fijado en el
requerimiento. En todo caso, el oferente con su respuesta no podrá completar, adicionar, modificar
o mejorar su propuesta. El Ministerio de Educación Nacional hará la interpretación final en forma
autónoma, pero motivada, y a su juicio podrá rechazar la propuesta, si persistieren las
ambigüedades, discrepancias o incongruencias sobre aspectos sustanciales de la misma.
1.13.6. PUBLICIDAD DE LA EVALUACIÓN
El informe de la evaluación de las propuestas técnicas permanecerá a disposición de los
proponentes en la Subdirección de Contratación, y a través de la página Web http://
www.contratos.gov.co, dentro del plazo establecido en el cronograma.
10. Página 10 de 52
La ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o
soporten el contenido de la oferta y que no constituyan los factores de escogencia establecidos en
este pliego de condiciones no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos
hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación
de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad en cualquier momento, hasta antes de la
adjudicación, a menos que, hecho el requerimiento al Proponente por parte del Ministerio de
Educación Nacional durante la etapa de evaluación de ofertas y hasta antes de la adjudicación,
éste no envíe los respectivos documentos dentro del plazo fijado en el requerimiento o lo haga en
forma tal que desatienda el aspecto sustancial del requerimiento, persistiendo en el incumplimiento
de lo previsto en el Pliego de Condiciones.
En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus
propuestas.
1.13.7. TRASLADO DE LA EVALUACIÓN
En desarrollo del principio de publicidad, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la
publicación de la evaluación técnica los proponentes podrán presentar observaciones a la
evaluación, por lo que los documentos del proceso y las propuestas estarán disponibles en la
Subdirección de Contratación del Ministerio de educación Nacional ubicado en la calle 43 N° 57-42
– CAN.
Las observaciones a la evaluación serán publicadas en el SECOP.
En virtud de lo anterior, los proponentes no podrán hacer nuevas observaciones, completar las
hechas durante el período concedido por la ley y el presente pliego de condiciones, tampoco dará
derecho a quienes se abstuvieron de hacerlo para presentar observaciones a los informes de
evaluación. Únicamente, se permitirá que éstos hagan referencia en forma específica a las
observaciones que sobre su propuesta hayan formulado los demás proponentes, si a ello hubiere
lugar.
Los comentarios, en los términos mencionados, junto con los soportes que sustenten las
afirmaciones hechas, deberán radicarse en el Ministerio de Educación Nacional oficina de atención
al usuario, dentro del término establecido en el presente numeral, identificadas así:
Señores:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN
Calle 43 N° 57-14 - CAN
Bogotá, D. C.
Ref. Comentarios a observaciones a la Selección Abreviada de Menor Cuantía SA-MEN-21-
2013
Objeto del proceso de selección: _______________________________________
1.13.8. ADJUDICACIÓN
El plazo para la adjudicación del presente proceso es el contemplado en el cronograma de la
presente Selección Abreviada de Menor Cuantía.
De conformidad con el artículo 3.2.2.1, el Ministerio de Educación Nacional adjudicará la presente
Selección Abreviada de Menor Cuantía por medio de acto administrativo motivado.
Como es deber de los Proponentes mantenerse informados de las actuaciones de la
administración en desarrollo del proceso, la fecha de la audiencia podrá ser consultada en Internet
en la página Web http://www.contratos.gov.co,
1.14. NORMATIVIDAD APLICABLE
11. Página 11 de 52
El presente proceso se rige por lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993 y 1150 del 2007, Decreto 734
de 2012 y demás normas concordantes.
1.15. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1.15.1. VIGENCIA DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá estar vigente por un plazo no menor de noventa (90) días calendario, a partir
de la fecha de cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía, requisito que se entiende
cubierto con la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
1.15.2. IDIOMA
La propuesta se presentará en idioma castellano, que será también el idioma para el contrato, para
la totalidad de la documentación referida en este pliego de condiciones y para la correspondencia
pertinente. Los documentos expedidos en el exterior en idioma diferente al castellano, deberán
estar acompañados de traducción simple.
1.15.3. FORMA DE PRESENTACIÓN
La propuesta se presentará en sobre cerrado, en original y dos (2) copias, indicando si es original,
primera o segunda copia. En cada sobre, se hará constar el nombre del proponente, su dirección
comercial y se dirigirá en la siguiente forma:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Calle 43 N° 57-14 - CAN Edificio Ministerio de Educación Nacional piso 1°,
Subdirección de Contratación.
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SA–MEN-21-13
ORIGINAL (PRIMERA O SEGUNDA COPIA)
NOMBRE DEL PROPONENTE: __________________________________________
CIUDAD: ____________________________________________________________
DIRECCIÓN COMERCIAL: ______________________________________________
TELÉFONO: _________________________________________________________
FAX: _______________________________________________________________
Adicionalmente el proponente debe entregar una copia de la propuesta en medio magnético en
formato PDF, esta copia deberá venir en un solo archivo.
Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el
texto original. Igualmente, en caso de que existan diferencias entre el texto impreso de la propuesta
y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el texto impreso.
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora
señalada en el presente proceso de selección para su entrega, así como aquellas propuestas que
sean enviadas a través de fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático.
Las propuestas deben estar escritas en medio mecánico e idioma castellano, legajadas y foliadas,
tanto el original como las copias y deben referirse y sujetarse a cada uno de los puntos contenidos
en este pliego de condiciones. La información y documentos deben ser relacionados en el mismo
orden en que aparecen en este documento.
La carta de presentación de la propuesta (FORMATO N° 1) debe llevar la firma autógrafa del
representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o
Unión Temporal, cuando de estos se trate.
Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal debe presentar, según sea el caso,
los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del documento de constitución
del Consorcio o Unión Temporal.
12. Página 12 de 52
El proponente debe diligenciar los FORMATOS del presente proceso de selección.
Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas, deben
ser convalidados con la firma al pie o margen de la misma, de quien suscribe la carta de
presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán
consideradas como válidas.
El Ministerio de Educación Nacional no acepta propuestas complementarias o modificatorias, ni
observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la fecha de entrega
de propuestas del presente proceso de selección, sin perjuicio de la aplicación de las reglas de
subsanabilidad conforme a lo previsto en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 5° de la Ley 1150 de
2007.
En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras y en números, se tomará el
valor expresado en letras.
1.15.4. PROPUESTAS
La propuesta presentada deberá contener la totalidad de los documentos solicitados en el presente
pliego de condiciones, que permitirán habilitar y calificar el ofrecimiento que efectúa.
1.15.5. MODIFICACIÓN
Cuando el Proponente quiera adicionar documentos a su oferta, una vez la haya entregado, podrá
hacerlo antes del cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía, en original y dos (2) copias,
en sobres separados marcados de igual forma y con la misma leyenda que los sobres de
presentación de la propuesta, adicionándole la leyenda "FORMATO N° 1 LA PROPUESTA
PRINCIPAL". Los sobres deben ser entregados antes de la fecha y hora límite de cierre de la
Selección Abreviada de Menor Cuantía y el Ministerio de Educación Nacional expedirá una
constancia de esta circunstancia.
1.15.6. RETIRO DE PROPUESTAS Y PROPUESTAS PARCIALES
Los Proponentes podrán solicitar por escrito el retiro de sus propuestas antes del cierre de la
Selección Abreviada de Menor Cuantía, éstas serán devueltas sin abrir en el acto de cierre, al
representante legal o la persona autorizada en forma escrita por este. No habrá retiro parcial de
documentos de las propuestas.
1.16. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Pueden participar en la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía quienes no se encuentran
incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses contempladas en
la constitución y la ley.
La ocurrencia de una causal durante el procedimiento de la Selección Abreviada de Menor
Cuantía debe ser comunicada por el Proponente, al día siguiente a la fecha en que se tenga
conocimiento de la misma, para que el Ministerio de Educación Nacional, a través de la
Subdirección de Contratación, decida si puede o no continuar con el proceso.
1.17. NÚMERO MÍNIMO
El número mínimo de participantes hábiles exigido es uno (1). Se entiende por participante hábil
aquel cuya propuesta sea habilitada para la calificación conforme a los requisitos previstos en el
pliego de condiciones y en la Ley.
13. Página 13 de 52
1.18. RÉGIMEN JURÍDICO
Son aplicables los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la
Administración Pública - Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 “Por medio de la cual se introducen
medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones
generales sobre la contratación con recursos públicos” y sus decretos reglamentarios, en lo no
regulado particularmente las normas civiles y comerciales, y las reglas previstas en este pliego de
condiciones, o en los adendas que se expidan durante el desarrollo del proceso de selección.
1.19. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN
Con el fin dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 734 de 2012 el detalle de las condiciones
técnicas a cumplir para la ejecución del contrato se encuentra contenido en el Anexo Técnico del
presente pliego de condiciones.
1.20. CAUSALES DE RECHAZO
En la verificación y evaluación de requisitos se tendrá en cuenta además de las causales de
rechazo expresadas en diferentes partes del pliego de condiciones, las siguientes:
1. Cuando no se cumplan los requisitos habilitantes o cuando no se subsanen los mismos
durante el término para subsanar establecido en la ley.
2. Cuando el proponente o uno o más miembros del Consorcio o de la Unión temporal, se
encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la constitución o
la ley.
3. La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente, por sí o por interpuesta
persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
4. Cuando un proponente haga parte directa o indirectamente de dos o más consorcios o uniones
temporales.
5. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
6. Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar
indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
7. Cuando el Ministerio de Educación Nacional compruebe que la propuesta contiene información
o documentos que no guardan correspondencia con la realidad, previa verificación de la
información correspondiente.
8. Cuando la propuesta se presente en forma parcial o extemporánea, o se deje en un lugar
distinto a la Unidad de Atención al ciudadano del Ministerio de Educación Nacional.
9. Cuando no presente la PROPUESTA ECONÓMICA al momento del cierre, o no se presente la
información requerida en el anexo de oferta económica.
10. Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta.
11. Cuando la propuesta no cumpla con los requisitos mínimos habilitantes jurídicos técnicos y
financieros.
12. Cuando sobrepase el presupuesto oficial
13. Exceder el Plazo Oficial para la ejecución del contrato.
14. Si la Entidad comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados
por hechos constitutivos de corrupción durante el proceso de selección. Si esta comprobación
se da con posterioridad a la adjudicación, el Ministerio de Educación Nacional podrá dar por
terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo
aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación.
15. Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos con la información de los
documentos soporte solicitados como aclaración por parte del Ministerio de Educación
Nacional. El Ministerio de Educación Nacional entiende que la información no coincide, cuando
no exista correspondencia entre la información contenida en el documento soporte frente a la
relacionada por el proponente en los respectivos formatos.
14. Página 14 de 52
16. Cuando en cualquier estado del proceso de selección, se evidencie que alguno de los
documentos que conforman la propuesta contiene (n) información engañosa, o tendiente a
inducir a error a la administración. El MEN dará traslado a la autoridad respectiva.
17. Las demás previstas en este pliego de condiciones, o la Ley.
15. Página 15 de 52
CAPITULO 2
BASES ECONÓMICAS DE LA PROPUESTA
2.1. VALOR DE LA PROPUESTA
El valor del contrato será por el total del presupuesto asignado para el presente proceso.
Las ofertas se presentarán en pesos colombianos.
La propuesta económica deberá presentar todos los elementos requeridos por la entidad y a
aquellos elementos que por alguna rozón el proponente no deba pagar el IVA ya sea por exclusión
o excepción se hará la comparación con el presupuesto antes de IVA determinado por la entidad y
no podrá superar este valor o será rechazado.
En caso de presentarse cualquier discrepancia entre los diferentes valores presentados, el
ministerio de educación podrá hacer correcciones y para ello tomará como valor inmodificable el
valor unitario base del bien incluido. Lo anterior sin perjuicio de los efectos contemplados para la
oferta que sobrepase el presupuesto de la bolsa de valores unitarios, establecido para el presente
proceso de selección.
Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al
indicar el valor de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven
de dichos errores u omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio
contractual.
El proponente deberá diligenciar los precios ajustados al peso, bien sea por exceso o por defecto,
de acuerdo con el formulario establecido para el efecto.
Las fórmulas establecidas realizarán las operaciones mediante el sistema de REDONDEO
ajustando los valores resultantes al PESO, bien sea por exceso o por defecto, es decir, si las cifras
en decimales son iguales o superiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por exceso, si son
inferiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por defecto.
2.2. FORMA DE PAGO
Un primer pago del 40% previa entrega de la ”Guía para la creación e implementación de
Códigos de Buen Gobierno en las Instituciones de Educación Superior” aprobada por este
Ministerio, en formato digital, modificable; informe consolidado de la aplicación de la Matriz de
autodiagnóstico y soportes de la realización del primer taller descrito en las obligaciones del
presente insumo y en el anexo técnico adjunto.
Un segundo pago del 30% del valor total del contrato, al cabo de cumplir 50 días de
capacitación y acompañamiento “in situ” en la aplicación de la “Guía para la creación e
implementación de Códigos de Buen Gobierno en las Instituciones de Educación Superior” a
las IES establecidas por el MEN, allegando los soportes, los productos surgidos y las actas
generadas con motivo de la realización de las mismas. Además, los soportes de la realización
del segundo taller y los planes de acción acordados con las entidades adscritas y vinculadas.
Un pago final del 30% del valor total del contrato, después de ejecutados los 100 días totales
de asesoría y acompañamiento en la aplicación de la “Guía para la creación e implementación
de Códigos de Buen Gobierno en las Instituciones de Educación Superior” in situ en las IES
establecidas por el MEN, allegando los soportes, los productos surgidos y las actas generadas
con motivo de la realización de las mismas y entregando un informe final que anexe al menos
15 copias de Códigos de Buen Gobierno creados para las IES establecidas por el MEN.
Además, los soportes de la realización del tercer taller.
16. Página 16 de 52
Para todos los pagos se requerirá que el contratista presente un informe de gestión, adjunte los
pagos correspondientes a seguridad social integral de acuerdo al contrato y la cuenta de cobro
respectiva, a fin de que se expida la certificación de cumplimiento por el supervisor del contrato
2.3. RÉGIMEN FISCAL
El contrato estará sujeto al régimen tributario vigente para la República de Colombia y el Distrito
Capital.
2.4. COSTOS DE PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA
Serán de cargo del Proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su
propuesta, el Ministerio de Educación Nacional en ningún caso será responsable de los mismos.
2.5. PAGO DE DERECHOS E IMPUESTOS
Todos los gastos que implique la presentación de la propuesta serán por cuenta del proponente,
así mismo, serán por cuenta del proponente favorecido, los gastos necesarios para la legalización
y ejecución del contrato y los que en la vigencia de éste se requieran para dar cumplimiento a las
disposiciones legales y a lo pactado en el contrato.
2.6. PRELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
En caso de presentarse contradicciones, ambigüedades o diferencias entre los documentos que el
Ministerio de Educación Nacional suministra a los proponentes, en la etapa pre-contractual
prevalecerá lo expresado en el presente pliego de condiciones, incluyendo sus adendas, sobre los
demás documentos, las cuales serán publicadas en el SECOP página web www.contratos.gov.co
17. Página 17 de 52
CAPÍTULO 3
CONTENIDO DE LA PROPUESTA
CAPÍTULO 3.1. DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURÍDICO
3.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La Carta de Presentación de la Propuesta debe ser diligenciada completamente según el modelo
suministrado en el FORMATO N° 1 al presente pliego de condiciones y firmada por el proponente.
En caso de ser una persona jurídica deberá estar firmada por el representante legal, para el caso
de Proponentes Asociativos deberá estar firmada por el representante, debidamente facultado en
los términos de la ley y el pliego de condiciones.
La carta de presentación de la oferta, deberá estar suscrita identificando claramente el sujeto
jurídico que hace la oferta; hacer un ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto;
manifestar el compromiso de acoger y respetar las reglas de este proceso de selección, cumplir
con las obligaciones y condiciones técnicas requeridas y deberá estar avalada por un Ingeniero
Industrial de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 842 de 2003. El proponente
diligenciará el anexo correspondiente.
La ausencia de la carta de presentación de la propuesta FORMATO N° 1 o no estar suscrita por el
proponente o por el representante legal de la persona jurídica, unión temporal o consorcio,
debidamente facultado en los términos de ley.
La carta de presentación de la oferta deberá estar suscrita por el proponente o por el
Representante Legal debidamente autorizado.
3.1.2. ACTA DE JUNTA DE SOCIOS O JUNTA DIRECTIVA
En caso de existir limitaciones, en las facultades del representante legal señaladas en los
estatutos, anexar copia del acta de junta de socios o junta directiva según sea el caso, donde se
autorice para comprometer la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se
requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal si a ello hubiere lugar.
3.1.3. PODER
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado este deberá acreditar
mediante documento legalmente expedido que su representante o apoderado esta expresamente
facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
3.1.4. DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE CONSORCIO Ó UNIÓN TEMPORAL
Los oferentes deberán si es el caso presentar el documento que acredite la conformación del
consorcio o unión temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo primero del
artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
NOTA 1: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes,
cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberán acompañarlos y/o
acreditarlos en forma individual.
NOTA 2: Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad
Futura deben presentar al MINISTERIO uno de los originales de una promesa escrita de contrato
de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio,
en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente:
18. Página 18 de 52
a) La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la
ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los Cinco (05) días hábiles posteriores
a la fecha de notificación del acto de Adjudicación;
b) Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar, ejecutar y liquidar
el Contrato;
c) Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir;
d) Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los
socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los
consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993;
además manifestaran expresamente cada uno de los promitentes de que responderá
solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad (i) por los perjuicios sufridos
por el Ministerio derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de
sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa
presentado y (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato;
e) La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete
celebrar según la cual los accionistas no podrán ceder su participación accionaria en la
sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del
MINISTERIO en los términos del Contrato;
f) Una duración de la sociedad igual o superior al plazo de ejecución y Tres (3) años más
contados a partir de su constitución;
g) Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es
la Adjudicación;
h) La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la
sociedad prometida y el monto del mismo; y
i) La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene
incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO.
Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la
escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el
registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los
cinco (05) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin
que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para
suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad.
3.1.5. CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE
SEGURIDAD SOCIAL. SI A ELLO HUBIERE LUGAR
Expedida por el Revisor Fiscal de la compañía, cuando éste exista de acuerdo con los
requerimientos de ley, o por el representante legal, en la que conste que la sociedad ha cumplido
con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, durante los seis (6) meses
anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al
Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los
conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo
para presentar las ofertas.
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se
encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
NOTA: En caso de unión temporal o consorcio, cada uno de los integrantes deberá presentar
dicha certificación.
19. Página 19 de 52
3.1.6. LA ENTIDAD VERIFICARA LOS ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y BOLETÍN DE RESPONSABLES
FISCALES.
3.1.7. IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (RUT)
El oferente persona natural o jurídica, y cada uno de los miembros del Consorcio o Unión
Temporal, deberán allegar copia del certificado de identificación tributaria RUT.
3.1.8. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y/O DOCUMENTO
LEGAL IDÓNEO
El proponente (Persona Jurídica) deberá presentar el certificado de existencia y representación
legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente
que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; con fecha de expedición no superior a
treinta (30) días calendario anterior a la fecha fijada para el cierre del proceso, donde conste que
de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades objeto del proceso, y
que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del
contrato y tres (3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá
presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural
(personas naturales), deberán anexar copia de la cedula de ciudadanía o Certificado de Matricula
Mercantil del establecimiento de comercio según el caso.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara
de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y
representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30)
días calendario anteriores al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de
proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán aportar los documentos que
acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así
mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos
señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
3.1.9. GARANTÍAS
3.1.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
La propuesta debe estar acompañada de una garantía de seriedad de la oferta consistente en: una
póliza de seguros expedida por una Compañía de Seguros cuya póliza matriz deberá estar
aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia; fiducia mercantil en garantía; garantía
bancaria a primer requerimiento; endoso en garantía de títulos valores; o depósito de dinero en
garantía, teniendo como beneficiario al MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL.
LA GARANTÍA DE SERIEDAD SE CONSTITUIRÁ MÍNIMO POR EL 10% DEL PRESUPUESTO
OFICIAL.
La garantía deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendarios, contados a partir
de la fecha de cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía. En el caso de consorcios o
uniones temporales deberán presentar una única garantía en la que aparezca registrado como
20. Página 20 de 52
tomador o garantizado el nombre de cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal,
con identificación del NIT.
La ausencia de la Garantía de Seriedad de la propuesta, dará lugar a que la propuesta sea
RECHAZADA.
3.1.14. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Diligenciar el FORMATO N° 7 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN, debidamente suscrito por el
representante legal de la firma.
21. Página 21 de 52
CAPÍTULO 3.2
DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO
Para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO DE
PROPONENTES - RUP)
El Certificado clasificación de la cámara de comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días
calendario anterior a la fecha fijada para el cierre del presente proceso, este certificado debe ser presentado
en ORIGINAL O COPIA.
La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores financieros requeridos
por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros del año inmediatamente
anterior, es decir estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2012 registrados en el Registro Único de
Proponentes RUP.
En caso de consorcios o uniones temporales, se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de
Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA: en todo caso la información objeto de verificación en el RUP deberá estar vigente y en firme.
NOTA: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2012, los
estados financieros que se verificarán serán los del balance de apertura reportado en el Certificado de
clasificación de la Cámara de Comercio.
DOCUMENTOS FINANCIEROS PROPONENTE EXTRANJEROS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN
COLOMBIA
De acuerdo con el decreto 734 Art. 6.4.5 de 2012, el proponente extranjero sin domicilio en Colombia no
requiere la inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP
Los oferentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia deberán presentar sus estados financieros,
teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1. Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán
presentar sus estados financieros del último período fiscal aplicado en su país, firmados por el
representante legal o Apoderado del Oferente en Colombia y contador público colombiano,
consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, acompañados de
traducción oficial al castellano, expresados a la moneda colombiana, a la tasa de cambio reportada el día
hábil anterior al cierre (indicando la tasa de conversión).
2. La clasificación de cuentas, así como la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional
colombiana deben ser avaladas en documento independiente debidamente suscrito por un Contador
Público Colombiano y el Representante Legal ó Apoderado del Oferente en Colombia.
3. El contador público colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los Estados
Financieros a la moneda funcional colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la
certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de
Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (3 meses).
4. En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la
empresa extranjera, el Representante Legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán
hacerlo constar bajo la gravedad de juramento y certificar a través del competente oficial del Estado ó de
una Auditoría Externa del país del proponente que el (los) requerimiento (s) efectuado (s) no es (son)
aplicable (s).
INDICADORES FINANCIEROS PROPONENTE NACIONAL Y EXTRANJERO
VERIFICACIÓN INDICADORES FINANCIEROS
22. Página 22 de 52
La evaluación de los indicadores financieros se realizará sobre la información financiera solicitada.
Los proponentes habilitados financieramente serán aquellos que cumplan con los Indicadores Financieros
establecidos a continuación.
INDICADOR CRITERIO
LIQUIDEZ MAYOR O IGUAL A ≥1,2 VECES
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO MENOR O IGUAL AL ≤60%
CAPITAL DE TRABAJO
MAYOR O IGUAL AL ≥20% del
valor del presupuesto oficial.
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN
OPERACIONAL COMO PROVEEDOR
MAYOR O IGUAL AL ≥30% del
valor del presupuesto oficial.
IS = INDICE DE SOLVENCIA (IS) RAZON CIRCULANTE O LIQUIDEZ
IS = AC
PC
AC = Activo corriente
PC = Pasivo corriente
IS = Liquidez
PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
El índice de liquidez presentado debe ser mayor o igual a ≥1,2 veces
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
El índice de solvencia o liquidez será el resultado de la sumatoria del activo corriente de cada uno de los
integrantes, dividiendo la sumatoria de los pasivos corrientes de cada uno de los integrantes y éste deberá ser
mayor o igual ≥1,2 veces.
CT = CAPITAL DE TRABAJO
CT = AC – PC
AC = Activo corriente
PC = Pasivo corriente
CT = Capital de trabajo
PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
El capital de trabajo presentado debe ser mayor o igual ≥ al 20% del presupuesto oficial asignado para el
presente proceso.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
El capital de trabajo será el resultado de la sumatoria del activo corriente de cada uno de los integrantes,
restándole a este la sumatoria del pasivo corriente de cada uno de ellos y éste deberá ser mayor o igual ≥ al
20% del presupuesto oficial asignado para el presente proceso.
NOTA: Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deberá acreditar como mínimo un
capital de trabajo mayor o igual al ≥ 10% del valor del presupuesto oficial y en todo caso la sumatoria deberá
cumplir con el requerimiento mínimo por la entidad.
ENDEUDAMIENTO
PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
ENDEUDAMIENTO TOTAL = PASIVO TOTAL X 100 ≤ al 60%
ACTIVO TOTAL
23. Página 23 de 52
El endeudamiento deberá ser menor o igual ≤ al 60%.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
ENDEUDAMIENTO TOTAL = ∑ PASIVO TOTAL X 100 ≤ al 60%
∑ ACTIVO TOTAL
El endeudamiento será la sumatoria del pasivo total de cada uno de los integrantes, dividido entre la sumatoria
del activo total de cada uno de los integrantes, el cual deberá ser menor o igual ≤ al 60%.
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN OPERACIONAL (Cop) COMO PROVEEDOR
De conformidad con el numeral 1º del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el cual señala: “1. La capacidad
jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes, serán
objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de
selección y no otorgarán puntaje, (…)”, todos los proponentes interesados en participar dentro del presente
proceso de selección, deberán acreditar una capacidad de organización como PROVEEDOR, así.
a) La capacidad de organización operacional (Cop) para proponentes individuales será tenida en cuenta de
manera individual y deberá ser mayor o igual al (≥30%) del valor del presupuesto oficial asignado para
presente proceso, (Expresada en SMMLV).
b) La capacidad de organización operacional (Cop) para consorcios o uniones temporales será el resultado
de la sumatoria de las capacidades individuales de organización de cada uno de los integrantes del
consorcio o unión temporal, como PROVEEDOR acreditada por el oferente al momento de allegar su
propuesta y deberá ser mayor o igual al (≥30%) del valor del presupuesto oficial asignado para presente
proceso, (Expresada en SMMLV).
NOTA: La capacidad de organización operacional (Cop) del proponente se tomara del Certificado de
clasificación de la Cámara de Comercio (RUP).
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN COMO PROVEEDOR PARA PROPONETE EXTRANJERO SIN
DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
En aras de mantener condiciones de igualdad la medición a este tipo de proponentes se realizara bajo los
mismos términos y metodología que utiliza las cámaras de comercio en Colombia, así:
Deberá tomar el promedio de los dos mejores años de mayor facturación de los últimos cinco años, si el
proponente acredita un periodo inferior o igual a dos años deberá tomar el mayor ingreso obtenido en un
periodo continuo de un (1) año o el ingreso obtenido durante el tiempo de actividad cuanto este sea inferior a
un (1) año.
NOTA: se expresara en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) con máximo dos (2)
decimales, tomando como base para la conversión el salario mínimo legal vigente de Colombia.
NOTA ACLARATORIA: el proponente que se clasifique como consultor, la capacidad de organización
operacional no será evaluada. Solo para aquel que se presente con la clasificación de proveedor.
)(
2
(SMMLV)lesoperacionaBrutosIngresos(SMMLV)lesoperacionaBrutosIngresos
=Cop SMMLVCop
24. Página 24 de 52
CAPÍTULO 3.3
DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO
EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA DEL PROPONENTE
El proponente deberá acreditar que ha ejecutado y terminado, en los últimos cinco (5) años hasta el cierre del
presente proceso, por lo menos dos (2) y máximo cinco (5) contratos de diseño e implementación de modelos
de gestión, cuya sumatoria sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial de la convocatoria. La
información sobre los contratos, deberá consignarse en el formato previsto para tal efecto.
Cada contrato acreditado, se analizará por separado; en caso de presentar certificaciones que incluyan
contratos adicionales al principal, el valor adicional, se sumará al valor del contrato u orden principal,
quedando ésta, como una sola certificación.
En caso de que el oferente sea un consorcio o unión temporal, los integrantes deberán acreditar en sumatoria
la experiencia mínima requerida para proponente singular, de manera tal que cada consorciado o integrante
de una unión temporal debe acreditar al menos uno de los contratos exigidos
En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos, en los cuales, haya participado en
Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al
porcentaje de participación del proponente en el Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia.
En este caso, el proponente, debe en la certificación de experiencia, indicar el porcentaje de participación.
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN TÉCNICA
La Capacidad de Organización para participar en el presente proceso, será verificada en la información
certificada que sobre capacidad de organización obra en la certificación de inscripción, calificación y
clasificación del Registro Único de Proponentes.
El proponente debe contar en el certificado del RUP expedido por la Cámara de Comercio con una
organización técnica mínima como PROVEEDOR o CONSULTOR que se obtendrá de acuerdo a lo descrito a
continuación; en caso contrario, la propuesta será declarada NO HABILITADA.
VERIFICACIÓN DE ORGANIZACIÓN TÉCNICA
FACTOR CONDICION MÍNIMA
N° de personas Mínimo 4 personas.
Para los proponentes plurales se tendrán en cuenta como capacidad técnica la suma de la correspondiente a
cada uno de los integrantes.
Si el proponente es extranjero sin sucursal o domicilio en Colombia se deberá demostrar este requerimiento a
través de las certificaciones debidamente legalizadas de acuerdo con la normatividad para validez de
documentos expedidos en el extranjero.
PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
UN COORDINADOR:
Perfil
Tiempo de
dedicación
Experiencia mínima
Profesional en áreas del
conocimiento tales como:
Ciencias Sociales y
Humanas o Economía y
Administración o
Ingenierías o derecho.
Postgrado en Áreas del
conocimiento relacionadas
Tiempo completo Experiencia mínima de
tres (3) años como líder,
consultor o coordinador
de proyectos
relacionados con
Gobierno Corporativo y/o
Códigos de Buen
Gobierno.
25. Página 25 de 52
con el objeto del contrato.
De acuerdo a lo
establecido en el artículo
229 del Decreto 019 de
2012 la experiencia será
tomada en cuenta a
partir de la terminación y
aprobación del pensum
académico de educación
superior.
CUATRO PROFESIONALES
PERFIL
TIEMPO DE
DEDICACIÓN
EXPERIENCIA MÍNIMA
Profesional en áreas del
conocimiento tales como:
Ciencias Sociales y
Humanas o Economía y
Administración o Ingenierías
o derecho.
Posgrado en áreas del
conocimiento tales como:
Ciencias Sociales y
Humanas o Economía y
Administración o Ingenierías
o derecho.
Tiempo completo 3 años de experiencia
profesional en proyectos
de diseño e
implementación de
modelos de gestión,
gobierno corporativo o
buen gobierno.
De acuerdo a lo
establecido en el artículo
229 del Decreto 019 de
2012 la experiencia será
tomada en cuenta a
partir de la terminación y
aprobación del pensum
académico de educación
superior.
La documentación para acreditar las condiciones exigidas será hoja de vida y copias de toda la
documentación que sustente la experiencia y la preparación académica tales como: certificaciones expedidas
por el funcionario competente, actas de inicio, terminación, liquidación, contratos, diplomas, actas de grado y
en general cualquier otro documento que cumpla con la función de acreditar la experiencia y la formación
académica. En términos generales se aceptarán como válidos y suficientes aquellos documentos expedidos
por autoridad o funcionario competente que permitan confrontar de manera clara, plena y sin equívocos la
información contenida en el formulario.
Nota: Se debe presentar carta de compromiso del personal propuesto. El equipo profesional presentado, debe
manifestar su conocimiento y compromiso permanente en la ejecución del contrato, en caso de resultar
adjudicatario.
CLASIFICACION
Será verificado en el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CALIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN EN EL
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
El proponente presentará con su propuesta el Registro Único de Proponentes de la respectiva Cámara de
Comercio (expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del
Proceso, de conformidad con lo señalado en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo
221 del Decreto 019 de 2011 y el Decreto 734 de 2012.
De conformidad con lo anterior, el proponente debe estar Clasificado en la Actividad Proveedor, en el
"Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme" (CIIU), el cual debe coincidir con la información
reportada en el Registro Único Tributario -RUT y en su matrícula en la Cámara de Comercio, bajo los
siguientes códigos:
26. Página 26 de 52
Si el proponente no tiene actualizada su RUP con la anterior clasificación, deberá constar la
inscripción y clasificación del proponente en cualquiera de las siguientes actividades,
especialidades y grupos, si todavía cumple con las condiciones del régimen de transición, así:
ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO
02- CONSULTOR 10- Otros Grupos 01 y/o 03
SISTEMA DE CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME (CIIU)
Artículo 6.2.3.1 del Decreto 734 de 2012
Revisión 4. adaptada
para Colombia
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
DIVISIÓN
70 Actividades de administración empresarial; actividades
de consultoría de gestión
GRUPO 701 y 702
CLASE
7010 Actividades de administración empresarial
7020 Actividades de consultoría de gestión
SISTEMA DE CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME (CIIU)
Artículo 6.2.3.1 del Decreto 734 de 2012
Revisión 3.1. adaptada
para Colombia
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
DIVISIÓN 74 Otras actividades empresariales
GRUPO
7.4.1 Actividades jurídicas y de contabilidad, teneduría de
libros y auditoria; asesoramiento en materia de impuestos;
estudio de mercado y realización de encuestas de opinión
pública, asesoramiento empresarial y en materia de gestión.
CLASE
7414 Actividades de asesoramiento a empresas y en materia
de gestión.
La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme al momento de presentar propuestas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el artículo 6.1.2.6 del
Decreto 734 de 2012.
PRESENTACIÓN PROPUESTA TÉCNICA (CUMPLE NO CUMPLE)
Se revisará que la propuesta técnica contenga:
• Enfoque técnico: aquí debe explicar su comprensión de los objetivos y alcance del trabajo para llevar a cabo
las actividades y obtener el producto esperado;
• Un plan de trabajo factible, deberá proponer las actividades principales del trabajo, su contenido y duración
de acuerdo con las obligaciones. Este plan de trabajo deberá ser consistente con el enfoque técnico
propuesto;
• Organización y composición del equipo propuesto: Deberá describir la estructura organizacional, los roles a
desempeñar y tiempos de dedicación.
28. Página 28 de 52
CAPÍTULO 4
VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
En cumplimiento de lo establecido la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 734 de 2012, luego de
verificados los requisitos de habilitación, el Ministerio de Educación Nacional publicará el informe
de dicha verificación en la página de Internet http://www.contratos.gov.co, conforme al cronograma
señalado en los pliegos de condiciones. En dicho informe se señalarán los proponentes que no se
consideran habilitados y a los cuales se les concederá un plazo para que subsanen la ausencia de
requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el
contenido de la oferta, y que no constituyan factores de escogencia indicados en este pliego de
condiciones, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas.
4.1. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las
recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los proponentes ni a
terceros hasta tanto se consolide el informe de evaluación para la adjudicación.
4.2. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
Este aspecto determina la capacidad legal de participación en la Selección Abreviada de Menor
Cuantía, son requisitos que habilitan para participar en la fase de calificación. Se estudiarán y
analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos en el numeral 3.1 del Pliego de
condiciones, verificando el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
4.3. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES TECNICOS
Este aspecto determina la capacidad técnica de participación en la Selección Abreviada de Menor
Cuantía, son requisitos que habilitan para participar en la fase de calificación. Se estudiarán y
analizarán los requisitos esenciales de orden técnico del Pliego de condiciones, verificando el
cumplimiento de los requisitos correspondientes.
4.4. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES ECONOMICOS
Este aspecto determina la capacidad financiera de participación en la Selección Abreviada de
Menor Cuantía, son requisitos que habilitan para participar en la fase de calificación. Se estudiarán
y analizarán los requisitos esenciales de orden económico exigidos en el Pliego de condiciones,
verificando el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
4.5. PONDERACION (FACTORES DE ESCOGENCIA)
Los proponentes habilitados tendrán derecho a que sus propuestas sean ponderadas de acuerdo
con lo contemplado en el Decreto 734 de 2012 y en el presente pliego de condiciones.
4.5.1. CRITERIOS DE EVALUACION DE PROPUESTAS
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Por tratarse de un proceso de selección abreviada, se verificarán aspectos jurídicos, financieros y técnicos
mínimos para habilitar las propuestas, y posteriormente se realizará una evaluación de los aspectos técnicos
adicionales de manera proporcional a la naturaleza del contrato y su cuantía
Para los requisitos habilitantes, se tendrá en cuenta los aspectos del RUP de cada uno de los proponentes, y
conforme a los requisitos exigidos, que en todo caso, corresponderán a los valores del presupuesto oficial o
proporcionalmente que garantice la participación en la selección y a su vez, garantice la idoneidad del
proponente para habilitarlo o no en el proceso. Posteriormente, en aplicación del deber de selección objetiva,
29. Página 29 de 52
se evaluará aspectos de experiencia específica adicional de los profesionales requeridos y el apoyo a la
industria nacional.
Los perfiles y requisitos, corresponden a la idoneidad del personal que se requiere y están directamente
relacionados con el objeto del contrato, en el marco de la satisfacción del interés general.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
La evaluación de las propuestas, cubrirá el análisis de la documentación legal presentada por cada
proponente, la información financiera y la relacionada con la experiencia. Se seleccionará la propuesta que
cumpliendo con los requisitos establecidos en este pliego de condiciones, ofrezca las mejores condiciones
para el Ministerio.
Las ofertas serán evaluadas sobre una asignación máxima total de cien (100) puntos y los factores que se
evaluarán son los siguientes:
N° FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTOS
1 Formación adicional y experiencia del personal solicitado 50
2 Oferta económica 40
3 Apoyo a la Industria Nacional 10
MÁXIMO PUNTAJE 100
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL SOLICITADO
FACTORES A
EVALUAR
PUNTAJE MÉTODO DE EVALUACIÓN
Personal 50 Puntos
Coordinador 10
puntos
Se otorgarán 4 puntos, si el Coordinador
cuenta con título de maestría en administración
o gestión de proyectos.
Se otorgarán 1 punto, por cada año adicional a
la experiencia mínima requerida, hasta
completar máximo 6 puntos.
Profesionales 40
puntos
Se otorgará 2 puntos, por cada año adicional al
mínimo, que certifiquen los profesionales
propuestos, hasta completar 10 puntos de
manera individual.
OFERTA ECONÓMICA (40 puntos)
El proponente deberá presentar propuesta económica ofreciendo las condiciones técnicas mínimas requeridas
por la entidad a la cual se le efectuara la corrección aritmética correspondiente y para ello tomará como valor
inmodificable el valor unitario base del bien incluido en el anexo. Posteriormente de haber efectuado la
respectiva revisión aritmética, se procederá a realizar la ponderación económica así:
NOTA 1: se tomara el valor antes de IVA para la respectiva ponderación.
NOTA 2: En el evento en que el valor total de la propuesta incluido IVA, sobrepase el valor del presupuesto
oficial esta será rechazada.
Se otorgará un puntaje de 40 PUNTOS por el sistema del menor valor con el siguiente procedimiento:
PONDERACION PROPUESTA ECONÓMICA:
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta de menor valor.
A las demás propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
30. Página 30 de 52
i
baja
P
P
G
40*
DÓNDE:
G = puntos a otorgar
Pbaja = Valor Propuesta menor valor
Pi = Propuesta a evaluada.
NOTAS:
En el evento en que el valor de la propuesta incluido IVA sobrepase el valor del presupuesto oficial esta será
rechazada.
En caso de que se presenten errores aritméticos en las operaciones que generen los datos citados, el
ENTIDAD efectuara las correcciones y obtendrá el valor de la propuesta. Este valor corregido, incluyendo el
IVA, será el que se utilizara para la evaluación económica de las propuestas y para la determinación del
puntaje, así como para la adjudicación y suscripción del contrato.
En caso de presentarse diferencias entre el valor total numérico presentado y el valor citado en letras,
prevalecerá aquél citado en la garantía de seriedad de la oferta.
Se debe discriminar el valor del IVA, el sub-total y el total.
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL PUNTAJE
El oferente cuya empresa se haya constituido exclusivamente por
personas naturales de Colombia, por residentes en Colombia de
acuerdo con la legislación nacional o personas a las que se les aplique
el principio de reciprocidad
10
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales
de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de
acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de
reciprocidad.
5
4.6. ADJUDICACIÓN
Se adjudicara al proponente que obtenga el primer orden de elegibilidad, siempre y cuando no
supere el presupuesto oficial del presente proceso.
4.7. CRITERIOS DE DESEMPATE
Se procederá a dar aplicación a los factores de desempate establecidos en el Decreto 0734 de
2012 artículo 4.2.5, de la siguiente manera:
a) En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se
aplicarán los criterios de desempate previstos en los pliegos de condiciones, mediante la
priorización de los factores de escogencia y calificación que hayan sido utilizados en el
proceso de selección, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Si después
de aplicar esta regla persiste el empate, se entenderá que las ofertas se encuentran en
igualdad de condiciones.
31. Página 31 de 52
b) En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales
frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
c) Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren mes, se preferirá
a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de
sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.
d) Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se
encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga
participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.
e) Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado
laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de
discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997,
debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido
contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que
mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. (Artículos 5 y 24 de la ley
361 de 1997)
f) En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren
proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o
promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las
circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será
preferido frente a los demás.
g) Si el empate se mantiene, se procederá como dispongan los pliegos, pudiendo utilizar
métodos aleatorios.
h) De persistir el empate, los oferentes sacarán una balota numerada y éste será su número de
identificación en el procedimiento de desempate. Acto seguido se ingresan nuevamente las
balotas en la bolsa y los oferentes en orden ascendente a su número asignado extraerán
una balota cada uno, la cual se considerará como eliminada hasta obtener una sola balota
dentro de la bolsa, de tela que será la seleccionada.
NOTA: Este procedimiento se repetirá cuantas veces sea necesario hasta seleccionar un ganador.
PARÁGRAFO.-En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales 1 al 4
se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los
bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales
internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países
en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento
otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de
desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos.
4.8. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO
La Selección Abreviada de Menor Cuantía podrá declararse desierto en los siguientes casos:
Cuando ninguna de las propuestas quede habilitada.
Cuando no se presente ninguna propuesta.
Cuando se presenten motivos que impidan la escogencia objetiva.
En todos los casos la declaratoria de desierto deberá hacerse mediante resolución motivada.
32. Página 32 de 52
CAPÍTULO 5
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
5.1. SUSCRIPCIÓN
El MINISTERIO consultará en las páginas web de la Contraloría General de la República y de la
Procuraduría General de la Nación los antecedentes disciplinarios y el boletín de responsabilidad
fiscal de conformidad con la ley 1238 de 2008 y la Circular 05 de 2008 expedida por el Contralor
General de la República y, como lo exigen los artículos 1 y 14 de la ley 962 de 2005, para
determinar la inexistencia de causales que le impidan al adjudicatario suscribir el contrato.
Además para la elaboración del contrato, el proponente favorecido deberá presentar los
documentos actualizados que le requiera el MINISTERIO, dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes a la fecha del requerimiento, entre otros:
Para un consorcio o unión temporal, deberá acreditar la inscripción en el Registro Único
Tributario - RUT y el Número de Identificación Tributaria (NIT) del consorcio o la unión
temporal.
De no allegar oportunamente la documentación requerida para la legalización de los contratos, el
MINISTERIO podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente
calificado en segundo lugar, siempre y cuando la propuesta sea igualmente favorable para la
Entidad.
5.1.1. PLAZO PARA SUSCRIBIRLO
El contrato deberá firmar en un plazo no mayor de CINCO (5) días hábiles una vez se encuentre
listo el contrato para su suscripción y siempre antes de la vigencia fiscal.
5.1.2. EFECTOS DE NO SUSCRIBIRLO
Si el proponente favorecido, injustificadamente no firmare el contrato dentro del plazo fijado, el
Ministerio de Educación Nacional podrá, previo concepto de la dependencia origen de la
necesidad, podrá: abrir una convocatoria o adjudicar dentro de los quince (15) días calendarios
siguientes al proponente calificado en el siguiente lugar, y hará efectiva la garantía constituida para
responder por la seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al
reconocimiento de perjuicios causados no cubiertos por el valor de la garantía.
5.1.3. CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN
El contrato será firmado por el representante legal del proponente seleccionado o su apoderado.
En el caso de la presentación conjunta de la propuesta con uno o más extranjeros, el contrato
deber ser firmado por el representante legal en Colombia de cada integrante extranjero del
consorcio o el representante o mandatario común del consorcio o unión temporal. Para tal efecto
deberán ser presentados los documentos que demuestren la representación y las respectivas
autorizaciones de las juntas directivas u organismos competentes, si de acuerdo con los estatutos
de la sociedad el representante legal necesita de esa autorización.
5.1.4. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN
El contrato se entiende perfeccionado una vez suscrito por las partes, de conformidad con lo
establecido en el artículo 41 de la ley 80 de 1993. El contrato requiere para su ejecución del
registro presupuestal y de la aprobación de la garantía única de cumplimiento.
33. Página 33 de 52
5.2. CONDICIONES CONTRACTUALES
Teniendo en cuenta el objeto y obligaciones del contrato, no se evidencia la necesidad de exigir
garantías diferentes a las siguientes:
Cumplimiento: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con
vigencia igual al término de duración del contrato y seis (6) meses más.
Calidad del servicio: Equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, con
vigencia igual al término de duración del contrato.
Pago de salarios y prestaciones sociales: Equivalente al quince por ciento (15%) del valor
total del contrato, con vigencia igual al término de duración del contrato y tres años más.
Otras Garantías
a. Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual: El Contratista, a través de un amparo
autónomo contenido en póliza anexa, cubrirá la Responsabilidad Civil Extracontractual por
valor asegurado como mínimo por el cinco por ciento (5%) del valor del contrato, pero no
inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV). La vigencia
deberá ser por todo el período de ejecución del contrato.
La garantía debe ajustarse siempre que se produzca modificación en el plazo y/o valor del
contrato o en el evento de que se presente la suspensión temporal del mismo. En todo caso es
obligación del contratista mantener vigente los amparos de las pólizas durante la ejecución del
contrato. El monto de las garantías deberá ser restablecido por el Contratista, cada vez que por
razón de las multas impuestas, el monto asegurado se disminuyere o agotare. Dentro de los
términos estipulados en este Contrato, la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización
del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. El contratista deberá cumplir con los requisitos
para mantenerla vigente y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones
de constitución y mantenimiento de la garantía mencionada. Sin embargo el contratista
autoriza a la Entidad, para que con cargo a las sumas que esta adeude se descuente el valor
de las primas del seguro, cuando por cualquier circunstancia el Contratista no lo constituyere.
Parágrafo. El monto de las garantías de que trata la presente cláusula no constituye límite de
responsabilidad para el CONTRATISTA y en caso de resultar adeudada una suma mayor a la
amparada, éste se obliga a cancelar directamente al MINISTERIO la suma no cubierta.
5.3. RIESGOS
Se identifican como riesgos previsibles:
TIPIFICACIÓN – IDENTIFICACIÓN ASIGNACIÓN ESTIMACION CUANTIFICACIÓN
Riesgo por entrega de información
errada.
Se materializa cuando la entidad entrega,
para la ejecución del contrato,
información errada o desactualizada y el
contratista ejecuta actividades propias del
objeto contractual y de sus obligaciones
con dicha información.
Lo asume la entidad pública
contratante
El costo de las
actividades y
gastos realizados
20%
Riesgo por uso o información errada.
A contrario del anterior, se materializa
cuando el contratista en cumplimiento de
sus obligaciones debe recopilar la
información o usar la que se encuentra
Lo asume el contratista
No se reconocerá
costo alguno al
contratista por la
entrega de
productos con
fundamento en
información
20%
34. Página 34 de 52
en su poder y esta no corresponde para
el desarrollo del contrato.
errada
Riesgo por demora en las aprobaciones
previas de productos o diseños por parte
de comités de la entidad
Se materializa cuando para la producción
de un servicio, diseño o concepto se
requiere de aprobación previa de una
dependencia o comité de la entidad y
este no se da en el plazo acordado
Lo asume la entidad Daño emergente 20%
Riesgos por conceptos errados.
Se materializa cuando el producto del
contrato, el concepto, no es acorde con lo
requerido por la entidad y depende si las
obligaciones son de medio o resultado
pues sólo opera cuando la obligación es
de resultado que en su mayoría son los
que se pueden validar aplicando la
ciencia natural. Cada caso se debe
analizar en particular.
Lo asume el contratista
No se reconocerá
costo alguno al
contratista por la
entrega de
productos con
fundamento en
información
errada.
20%
Riesgo por servicios adicionales.
Nota: Se materializa cuando se requieren
servicios complementarios o adicionales
a las contratadas necesarios para que el
objeto de la consultoría o servicios
satisfaga completamente la necesidad de
contratación funcionalidad de la obra
contratada.
A cargo de la entidad:
Si son necesarias y en beneficio
del interés general la asumirá la
entidad previa al cumplimiento de
los requisitos legales
contractuales; esto es,
disponibilidad previa y documento
adicional registrado.
A cargo del contratista:
Si realiza los servicios sin las
autorizaciones legales y
disponibilidades mencionadas lo
asume el contratista.
El valor
correspondiente a
los servicios
adicionales
20%
35. Página 35 de 52
FORMATO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
Bogotá, D. C., ___de ____de 2013
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
El suscrito _____________________ como representante legal (o apoderado) de
_________________ de conformidad con lo requerido en los Pliegos de Condiciones de la
Selección Abreviada de Menor Cuantía SA-MEN-21-2013, presentó oferta(s) y solicito ser evaluado
para la adjudicación del contrato, en desarrollo de la mencionada la Selección Abreviada de Menor
Cuantía.
En caso de resultar adjudicatarios nos comprometemos a suscribir el contrato correspondiente, a
cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la(s) oferta(s) que presentamos y del pliego de
condiciones.
Declaro así mismo:
A.- Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tienen intereses en esta
propuesta, en el contrato que como consecuencia de ella llegare a celebrarse y que, por
consiguiente, sólo compromete a los firmantes.
B.- Que para la elaboración de la propuesta hemos estudiado el Pliego de condiciones, sus
anexos, aclaraciones y adendas, que aceptamos todos los requisitos en ellos estipulados en
particular nos comprometemos a cumplir las especificaciones incluidas en el FORMATO N° 7, y
renunciamos a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de estos documentos.
C.- Que conocemos y aceptamos la Legislación de la República de Colombia.
D.- Que de conformidad con el pliego de condiciones he consultado la Página Web
www.contratos.gov.co y conozco los documentos surgidos dentro del proceso.
E.- Que la seriedad de la oferta esta respaldada por la garantía de seriedad No ____ de la
Compañía ___________________ por un valor de ________________ ($_________), vigente
hasta ___________.
F.- Que ninguna de las personas representadas por los firmantes se encuentran incursas en causal
alguna de inhabilidad y/o incompatibilidad o conflicto de interés, señaladas por la Constitución, la
Leyes Colombianas o el pliego de condiciones, que les impida celebrar contratos con el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
G.- Que las personas representadas por los firmantes renuncian a intentar reclamación
diplomática, salvo denegación de justicia, y se someten a la legislación y jurisdicción de los
tribunales colombianos.
H.- Que nos acogemos a los plazos establecidos para la ejecución del contrato.
I.- Que aceptamos la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en
la presente contratación y en el evento de ser adjudicatarios nos comprometemos a asumir los
riesgos previsibles que sean nuestra responsabilidad como contratista.
J- Que la presente propuesta consta de _____ (__) folios, debidamente numerados.
K- Que para efecto de comunicaciones mis datos como PROPONENTE son:
36. Página 36 de 52
NOMBRE DEL PROPONENTE
NOMBRE DEL REPRESENTANTE
TELÉFONO
DIRECCIÓN y CIUDAD
FAX
CORREO ELECTRÓNICO
BANCO ___________________________
SUCURSAL ________________________
TIPO CUENTA ______________________
No CUENTA _______________________
NOMBRE DE LA CUENTA ______________
NIT No. __________________________
TIPO DE RÉGIMEN TRIBUTARIO AL QUE PERTENECE __________
CONTRIBUYENTE DE RENTA SI ______ NO ______
AUTO – RETENEDOR DE RENTA SI _____ NO ______
GRAN CONTRIBUYENTE SI _____ NO _____
RÉGIMEN COMÚN SI _____ NO _____
RÉGIMEN SIMPLIFICADO SI _____ NO _____
AUTORETENEDOR DE IVA SI _____ NO _____
RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL SI _________ NO ________ NORMA _________________
INDICAR SI ES RESPONSABLE DE ICA Y ACTIVIDAD ECONÓMICA ___________________
CONCEPTO DE RETENCIÓN EN LA FUENTE Y PORCENTAJE ________________________
L- Que nos comprometemos a tener sede localizada en Bogotá D.C., lugar de desarrollo de las
mayores actividades programadas, o el Coordinador de eventos y el restante personal mínimo
solicitado radicado en Bogotá D.C., con disponibilidad permanente y el Coordinador con capacidad
de decisión.
M.- Que el porcentaje de personal colombiano a utilizar en el contrato es del _____%
Atentamente,
FIRMA DEL PROPONENTE (REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)
C. C. N° ______________________
37. Página 37 de 52
FORMATO N° 2
CARTA CONFORMACION DE CONSORCIOS
Bogotá D. C., ____ de _________ de 2013
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SA-MEN-21-2013
Apreciados Señores:
Los representantes ____________ y __________, debidamente autorizados para actuar en
nombre de ____________ y ________________, nos permitimos manifestar por este documento
que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado:__________________, para
participar en la Selección Abreviada de Menor Cuantía SA-MEN-21-2013 para el proyecto
denominado ___________ y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y TRES (03) años más.
2.- El consorcio esta integrado así:
NOMBRE PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es___________________, identificado con cédula de ciudadanía
No _______ de _______, quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y
en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las
determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su
ausencia, se designa como representante suplente a ___________________, identificado con
cédula de ciudadanía No _______ de _______.
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del
proponente asociativo.
En constancia se firma en ___ a los ___ días del mes de ______ de 2013
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y
FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N° _________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. N° ____________________
38. Página 38 de 52
FORMATO N° 3
CARTA CONFORMACION DE LA UNIÓN TEMPORAL
Bogotá D.C., ____ de __________ de 2013
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF.: SA-MEN-21-2013
Apreciados Señores:
Los representantes __________, ___________ y __________, debidamente autorizados para
actuar en nombre de ______, ______ y ______, nos permitimos manifestar por este documento
que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada:___________________,
para participar en el SA-MEN-21-2013, para el proyecto denominado _____________ y por lo tanto
manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y TRES (03) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las
actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE ACTIVIDAD % DE PARTICIPACIÓN
3 - La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es ____________________, identificado con cédula
de ciudadanía No __________ de ________, quien está expresamente facultado para firmar,
presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y
tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes
facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a ___________________,
identificado con cédula de ciudadanía No _______ de _______.
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del
proponente asociativo.
En constancia se firma en _________ a los______ días del mes de_______ de 2013
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y
FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N° _________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. N° ____________________
39. Página 39 de 52
FORMATO N° 4
MODELO CERTIFICACIÓN DE APORTES
Yo__________________________, en calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal de la
sociedad____________________________________________________, con
NIT_____________________________, (o en nombre propio) identificado con cédula de ciudadanía
No_______________________ de acuerdo con la Ley 789 de 2002 manifiesto bajo juramento que
la sociedad se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones legales con los
sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar,
ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar, en relación con sus empleados por un periodo no
inferior a seis (6) meses anteriores a la presentación de esta certificación.
______________________________
Firma:
Tarjeta Profesional No
En calidad de: Revisor Fiscal o (Representante Legal)
Fecha ________________________________
Nota: En caso de que la firma esté obligada por ley a tener revisor fiscal, la certificación deberá ser
firmada por la persona que se desempeñe como tal en la empresa.
40. Página 40 de 52
FORMATO N° 5
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
INFORMACIÓN SOBRE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
PROPONENTE: ___________________________________________________________
PERSONA QUE ACREDITA LA EXPERIENCIA: ___________________________________
No
Entidad
contratante
No
contrato
Fecha de
iniciación
(1)
Fecha de
terminació
n
(1)
Duración Objeto
Descripción
experiencia
relevante
%
Participación
1
2
3
4
5
FORMATO EQUIPO DE TRABAJO
REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES DE PERSONAL
CARGO
PERFIL
PROFESIONAL
EXPERIENCIA OBLIGACIONES
UN
COORDINADOR:
Tiempo completo
dedicación
CUATRO
PROFESIONALES
Tiempo completo
dedicación
NOTA: Para acreditar la experiencia específica el Proponente deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
El valor a acreditar debe ser expresado sin decimales, es decir, ajustado a la unidad, de
conformidad con la metodología de redondeo expuesta en el presente pliego de
condiciones.
Los contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia, deberá ser igual o superior
al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado en expresado en SMMLV, a la
fecha de su terminación.
El valor actualizado del contrato ejecutado se calculará en Salarios Mínimos Mensuales Legales
Vigentes (SMMLV) para el año en que se firmó el contrato, de acuerdo con tabla anexa.
PERIODO MONTO MENSUAL
Enero 1 de 2006 a Dic. 31 de 2006 $ 408.000,oo
Enero 1 de 2007 a Dic. 31 de 2007 $ 433.700,oo
Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2008 $ 461.500,oo
Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 $ 496.900,oo
Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 $ 515.000,oo
Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 $ 535.600,oo
Enero 1 de 2012 a Dic. 34 de 2012 e $566.700,oo
Enero 1 de 2013 en adelante $589.500,oo