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Aproximación histórica a los
     primeros movimientos
feministas: feminismo ilustrado y
           sufragismo
                   Tema 2
           Sociología del Género
            Marta Jiménez Jaén
          Universidad de La Laguna
La Mujer en las Sociedades
                          Preindustriales
                                                           “Las leyes griegas reconocían el
                                                           divorcio y el repudio de la esposa sin
                                                           necesidad de alegar motivo alguno. La
                                                           mujer, sólo en caso de malos tratos,
                                                           podía conseguir que se disolviera el
                                                           matrimonio. Por lo demás, pasaba
                                                           toda su vida confinada en el hogar, y
                                                           tenía a su cargo el cuidado de los hijos
                                                           y de los esclavos sin que se le
                                                           permitiera participar en los negocios
                                                           públicos. De niña vivía al lado de su
                                                           madre y se casaba a los 15 años sin ser
Mujeres lavando la ropa, pelike ática del Pintor de Pan,   consultada“
v. 470-460 a. C., Museo del Louvre.
                                                           (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind
                                                           .htm#up)
La Mujer en las Sociedades
                  Preindustriales




"La familia romana era esencialmente patriarcal. El pater familias, o sea, el marido,
constituía la cabeza visible de la misma y ejercía una autoridad completa sobre los
 demás miembros de la casa (...) La mujer romana mejoró su posición respecto a la
            griega, aunque siempre estuvo bajo la tutela del varón (...)"
                   (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
La Mujer en las Sociedades
     Preindustriales

             "Como en el resto del mundo
             musulmán, la familia de la sociedad de
             Al-Andalus era esencialmente
             patriarcal; el padre de la familia ejercía
             su poder sobre la esposa, los hijos y los
             criados; la poligamia era corriente
             entre los ricos, pero los pobres eran
             monógamos por necesidad".
                (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sop
                reind.htm#up)
La Mujer en las Sociedades
     Preindustriales
                                     "La mujer del medievo tenía a su cargo
                                     todas las funciones domésticas. Ella
                                     amasaba el pan, preparaba la comida,
                                     cuidaba de los animales domésticos y
                                     al mismo tiempo, ordeñaba la vaca
                                     que proporcionaba la leche, tan
                                     necesaria en la dieta de una economía
                                     de subsistencia. En realidad estaba
                                     muy especializada en la elaboración de
                                     productos alimenticios: conservas,
                                     pasteles, dulces, embutidos, etc.“
                                     “La mujer plebeya trabajaba
                                     exactamente en lo mismo que el
                                     hombre”.
(http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
La Mujer en las Sociedades
                       Preindustriales
                             “Durante el Antiguo Régimen, el concepto que se tenía
                             de la mujer y de su papel social sufrió importantes
                             modificaciones. Las nuevas pautas, introducidas en el
                             siglo XVI a partir del humanismo cristiano propugnado por
                             Erasmo de Rotterdam, no rompieron del todo con la
                             misoginia heredada de los tiempos medievales. Si bien
                             encontramos mujeres humanistas, cultas e
                             independientes, como Doña Mencía de Mendoza, el
                             cometido de la mujer es fundamentalmente doméstico.
                             Tres son sus funciones básicas: ser buena madre y
Vermeer(1632-1675)           esposa, ordenar el trabajo doméstico, y perpetuar la
                             especie humana. Fray Luis de León en su obra La
                             Perfecta Casada recoge la doctrina del Concilio de Trento
                             y traza el perfil ideal de la mujer: modesta, recatada,
                             obediente, sacrificada, defensora del propio honor y del
                             familiar, educadora de los hijos, etc. Pero este perfil no
                             era del todo real. En la España del XVII eran corrientes
                             las relaciones prematrimoniales, y como no se contraía
                             matrimonio por amor, abundaban el adulterio, los hijos
Louise Moillon (1610-1696)   bastardos y el aborto."
                             (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
Los Orígenes del Feminismo Histórico
            (1789-1870)
 En el Antiguo Régimen la desigualdad jurídica de los
 miembros de la sociedad era la norma. Nobles y clérigos
 gozaban de privilegios (exención fiscal, monopolio de los
 altos cargos públicos, leyes y tribunales especiales) vedados
 a la gran mayoría de la población (el tercer estado o estado
 llano). La ausencia de derechos políticos (voto) y libertades
 (expresión, reunión, religión) era otra característica clave
 del Antiguo Régimen.
 En el caso de las mujeres, la mitad de la población, a todo
 lo anterior se le debía unir su función social circunscrita a lo
 doméstico, a las labores de la casa, de la procreación y del
 cuidado de los hijos; y su subordinación legal al hombre,
 padre o esposo.
 (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
“Memorial de agravios”
• Según C. Amorós (1997) con la obra de Christine de Pizan
  (1364-1430) “La ciudad de las damas” (una utopía centrada en
  una ciudad en la que las mujeres –sólo las excelentes y
  virtuosas- ejercen su autoridad) se inicia la producción de
  relatos que recogen las quejas de las mujeres ante su
  situación.
• La “querelle des femmes” atraviesa toda Europa entre los ss.
  XV y XVIII, apareciendo autoras como Laura Terracina,
  Lucrezia Marinello, Marie de Gournay, o María de Zayas.
• Pero no se formulan sino “quejas”, no se pone en cuestión la
  asimetría entre hombres y mujeres ni se formula un proyecto
  alternativo. (Sánchez Muñoz, 2001: 18)
El programa de la Ilustración
• La Ilustración vincula la individualidad, la
  autonomía de los sujetos y los
  derechos…asociándolos sólo a los hombres.
• Las feministas ilustradas reivindicarán la
  inclusión de las mujeres en los principios
  universalistas ilustrados:
  – Universalidad de la Razón
  – Emancipación de los prejuicios
  – Aplicación del principio de Igualdad
  – La idea de progreso
                                   (Sánchez Muñoz, 2001)
Ejes del discurso ilustrado
• Emancipación: sinónimo del individuo autónomo, tanto en el
  orden racional (ejercicio autónomo de la razón frente a los
  dogmas) como político (frente al poder tradicional, el contrato
  social).
• Ciudadanía: reconocimiento por parte del Estado de unos
  derechos civiles y políticos, presencia efectiva en la esfera
  pública y plena participación por el ejercicio de los derechos
  políticos (derecho al voto).
• Educación: revestida de gran importancia cívica, como
  educación para la ciudadanía que conduce al progreso.
• El feminismo ilustrado concibe la universalización, la
  inclusión de las mujeres, en estos principios.
                                            (Sánchez Muñoz, 2001)
El debate ilustrado:
               Rousseau
La naturaleza como fundamento del orden social frente a
la cultura, esto es, se defiende la incapacidad de las
mujeres para la vida política: Rousseau define la
naturaleza de las mujeres por sus funciones sexuales y
reproductoras. La naturaleza define su propia moral.




                                (Sánchez Muñoz, 2001)
El debate ilustrado:Rousseau
• Se establece la disociación entre el espacio público –
  masculino- y la esfera privada –femenina-,
  restringiéndose la ciudadanía, los derechos, la
  autonomía, la individualidad, a la esfera pública…de
  la que se excluye “por razones naturales” a las
  mujeres.




                                  (Sánchez Muñoz, 2001)
El debate ilustrado:Rousseau

Una educación diferenciada: racional para Emilio,
emocional, práctica y “moral” para Sofía




“Todo lo que tiende a generalizar las ideas no es propio de las mujeres”
   (Rousseau [1762] (1990): 579, citado por Sánchez Muñoz, 2001)
La “Ilustración consecuente”
En los mismos tiempos de Rousseau ya hay filósofos –Condorcet- y
filósofas –Mary Wollstonecraft- que defienden la igualdad: la Ilustración
no es un fenómeno unitario, sino plural y a menudo contradictorio.

Las diferencias se dan también en la vida cotidiana: el modelo femenino
tradicional convive con nuevos modelos emergentes de mujer que
cuestionaban el confinamiento en la esfera doméstica: “salones
literarios y políticos” eran espacios intermedios entre la vida política y
la esfera doméstica. Fueron creados por mujeres de la burguesía y la
aristocracia (salonniéres), y en ellos se gestaban buena parte de la
cultura y la política del momento, participando intelectuales como Hegel,
Diderot, y Montesquieu, entre muchos otros. Se crean en París en el
siglo XVII y en el XVIII se extienden a Londres y Berlín. (Sánchez
Muñoz, 2001: 25 y ss)
El rechazo de Rousseau:




      (citado por Sánchez Muñoz, 2001)
La “Ilustración consecuente”
Antecedente pre-ilustrado: el filósofo Poulan de la Barre, autor de “De l’égalité
des deux sexes” (1673) y “Traité de l`education des dames” (1674): defiende el
derecho al acceso al saber de las mujeres como remedio a la desigualdad y
como parte del camino al progreso.

Diversos autores (Von Hippel, Montesquieu, Diderot, Voltaire, D’Alembert) se
alinean a favor de la igualdad de las mujeres, pero el que más destaca en esta
defensa es Condorcet, que escribe en 1790 un ensayo titulado Sobre la
admisión de las mujeres al derecho de ciudadanía: los principios democráticos
requieren la extensión de los derechos políticos (voto y representatividad) a
todas las personas. Parte de considerar los mismos derechos naturales a
hombres y mujeres (por lo tanto, a igual naturaleza, iguales derechos), apelando
al universalismo ético, la afirmación de los mismos atributos morales a toda la
especie humana. Apuesta por la igualdad como eje articulador de la Ilustración.

Da una importancia central a la educación, defendiendo la necesidad de dar
acceso a las mujeres a todo tipo de conocimiento y la coeducación entre los
sexos (dedica a ello el ensayo Acerca de la Instrucción Pública).
La Revolución Francesa (1789) y las demás
revoluciones liberal-burguesas plantearon
como objetivo central la consecución de la
igualdad jurídica y de las libertades y
derechos políticos.
Pronto surgió la gran contradicción que
marcó la lucha del primer feminismo: las
libertades, los derechos y la igualdad
jurídica que habían sido las grandes
conquistas de las revoluciones liberales no
afectaron a la mujer. Los "Derechos del
Hombre y del Ciudadano" que proclamaba
la revolución francesa se referían en
exclusiva al "hombre" no al conjunto de los
seres humanos.
LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA
          PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA
Avances que se introducen en los textos constitucionales y legales franceses de
1790, 1791, 1792 y 1793:

- Igual mayoría de edad para hombres y mujeres (21 años)
- Declaración del matrimonio como contrato civil
- Abolición del derecho de primogenitura masculino
- Admisión del divorcio en pie de igualdad de ambos cónyuges
- Derecho de la madre a ejercer la patria potestad en las mismas condiciones que
el padre.

Sin embargo, la Constitución de 1791, en cuyo preámbulo se incluyó la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, afirmaba la
distinción entre dos categorías de ciudadanos:

    -Activos: varones mayores de 25 años, independientes y con propiedades
    -Pasivos: hombres sin propiedades y todo el colectivo de mujeres.


                                                (Sánchez Muñoz, 2001: 30)
LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA
PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA
Se produce la génesis de la VINDICACIÓN, unida a la de IGUALDAD,
una “hija no deseada” del Siglo de las Luces y la Ilustración
(Valcárcel, 1997).

Durante el proceso revolucionario francés, dado que no estaban
presentes en el espacio político central, la Asamblea, se crearían
clubs literarios y políticos de mujeres, algunos de los cuales
resultaron fundamentales en el proceso, como la Confederación de
Amigas de la Verdad, o la Asociación de Mujeres Republicanas
Revolucionarias. En estos "clubs" se discutían y contrastaban
los principios revolucionarios, apoyando activamente los derechos
de las mujeres en la esfera política. (Sánchez Muñoz, 2001: 26)

Las mujeres, por tanto, no fueron meras espectadoras pasivas de
los acontecimientos, sino que irrumpieron en el escenario político
como sujetos activos. (Sánchez Muñoz, 2001: 29)
LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA
       PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA
• Reivindicaciones del feminismo revolucionario:
   – Derecho a la educación
   – Derecho al trabajo
   – Derechos matrimoniales y respecto a los hijos/as
   – Derecho al voto
                                                (Sánchez Muñoz, 2001: 30)

• La autora teatral y activista revolucionaria Olimpia de Gouges (1748-1793)
  fue la protagonista de la contestación femenina. En 1791 publicó la
  Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana (1791) que
  era, de hecho, un calco de la Declaración de Derechos del Hombre y del
  Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional en agosto de 1789.
• El programa de Olimpia de Gouges era claro: libertad, igualdad y derechos
  políticos, especialmente el derecho de voto, para las mujeres.
En 1793 fue guillotinada como traidora contraria a los jacobinos. Ese mismo
año, Robespierre prohíbe los clubs y sociedades literarias femeninas.
(Sánchez Muñoz, 2001: 30-32).
El Código Civil napoleónico
(1804), en el que se recogieron
los principales avances sociales
de la revolución, negó a las
mujeres los derechos civiles
reconocidos para los hombres
durante el período
revolucionario (igualdad
jurídica, derecho de
propiedad...), e impuso unas
leyes discriminatorias, según
las cuales el hogar era definido
como el ámbito exclusivo de la
actuación femenina.
El primer feminismo británico
Mary Wollstonecraft (1759-1797) inicia
con su obra Vindicación de los Derechos
de la Mujer (1792) la larga tradición del
feminismo anglosajón, cerrando el
periodo del feminismo ilustrado e
iniciando la senda del feminismo
decimonónico.

Contraria al absolutismo de los reyes,
señaló la conexión existente entre ese
sistema político y las relaciones de poder
entre los sexos: los hombres ejercían
una verdadera tiranía absolutista sobre
las mujeres en el ámbito de la familia y
la casa.
Mary Wollstonecraft
• Se sitúa en el campo de la reivindicación moral de la
individualidad y autonomía de las mujeres, partiendo de
que comparten la razón con los hombres: lo que se ha
presentado como atributos “naturales” de las mujeres
(coquetería, vanidad, frivolidad, debilidad), no es más que
el producto de la educación que han recibido.

• La clave para superar la subordinación femenina era el
acceso a la educación. Las nuevas mujeres educadas no sólo
alcanzarían un plano de igualdad con respecto a los
hombres, sino que podrían desarrollar su independencia
económica accediendo a actividades remuneradas.
Feminismos del siglo XIX
• Aunque tradicionalmente se ha considerado el feminismo del
  s XIX como “moderado” y “liberal”, como un movimiento de
  mujeres de clase media que luchaban por los derechos
  liberales de su clase, en realidad se dio una gran diversidad de
  argumentaciones y reivindicaciones que van desde el derecho
  a la educación a la sexualidad libre, del derecho al control de
  las propiedades por las mujeres casadas a la lucha contra la
  prostitución, pasando por el sufragismo como elemento
  aglutinador.
• Se trata de un movimiento complejo que analiza la opresión
  desde distintos ángulos (economía, sexualidad, trabajo,…),
  en el que se mezclarían orientaciones radicales con otras
  conservadoras (Sánchez Muñoz, 2001: 35)
Los inicios del feminismo
                    norteamericano
• El discurso feminista del siglo XIX se desarrolla fundamentalmente en Estados
Unidos.
• Las condiciones sociales y culturales en EE.UU. fueron especialmente
favorables para la extensión de los movimientos femeninos.
• Las prácticas religiosas protestantes que promovían la lectura e interpretación
individual de los textos sagrados favorecieron el acceso de las mujeres a niveles
básicos de alfabetización, lo que provocó que el analfabetismo femenino
estuviera prácticamente erradicado a principios del siglo XIX.
• La cultura política fomentaba el asociacionismo cívico, al margen de los
partidos políticos. Las asociaciones filantrópicas facilitan la participación pública
de las mujeres.
• Contribuyen a la existencia de un movimiento de mujeres también los
movimientos religiosos (evangelistas, sobre todo cuáqueras: la reforma del
Segundo Gran Despertar) y el movimiento abolicionista.

  La teoría y las estrategias del sufragismo norteamericano fueron una
  referencia central para el desarrollo del feminismo británico, y nos
  permite observar el desarrollo y la evolución de los argumentos
  desplegados a los largo de todo el siglo XIX, así como el establecimiento
  de un feminismo organizado con amplios apoyos y presencia social.
UNIVERSALISMO ÉTICO




        Elizabeth Cady Stanton (1892), citada por Sánchez Muñoz (2001): 40


Este principio sustenta las buenas relaciones iniciales entre feministas y
abolicionistas: “Los grupos marginales que no tienen acceso a la esfera pública
tienen que reclamar su inclusión formulando un argumento que es paradójico: por
un lado apelando a la universalidad –iguales derechos para todas las personas- y
por otro construyendo y articulando su identidad e intereses de una forma
diferenciada –como negros, como mujeres-.” (Ryan, M. (1992), citado por
Sánchez Muñoz (2001): 42)
Los inicios del feminismo
                  norteamericano
 El primer documento colectivo del
feminismo norteamericano lo constituye la
denominada “Declaración de
Sentimientos” de la Convención de
Seneca Falls , aprobada el 19 de julio de
1848 en una capilla metodista de esa
localidad del estado de Nueva York.

En este documento se expresa por primera
vez lo se podría denominar una "filosofía
feminista de la historia". Una filosofía que
denunciaba las vejaciones que a lo largo
de la historia había sufrido la mujer.
“Declaración de Sentimientos”
Tras la guerra de Secesión (1861-1865), el movimiento               Susan B. Anthony
feminista que había ligado en gran medida su suerte al
abolicionismo sufrió una gran desilusión. Pese al triunfo del
bando nordista, partidario de la supresión de la esclavitud, la
XIV y XV enmiendas a la Constitución (1868 y 1870), que
otorgaba el derecho de voto a los esclavos negros liberados,
le negó a la mujer el derecho de sufragio.
La reacción fue inmediata: Elisabeth Candy Stanton (1815-
1902) y Susan B. Anthony (1820-1906) crearon en 1869 la
Asociación Nacional por el Sufragio de la Mujer (National
Woman Suffrage Association), primera asociación del
                                                                  Elisabeth Candy Stanton
feminismo radical americano, independiente de los partidos
políticos y de los movimientos de reforma.




  A su vez, Lucy Stone crearía The American Woman
  Suffrage Association.
La conquista del derecho al voto en
        los Estados Unidos
La oposición al sufragismo




     La sufragista en casa
     "No sabemos lo que queremos, pero lo
     conseguiremos"
Derecho de voto para la mujer
Durante la votación la Sra. Jones recuerda que
se ha dejado el pastel en el horno
Una manifestación de
sufragistas
"Abajo los hombres y arriba
las mujeres"
Las manifestaciones y la oposición
Una conquista (1920)
Sufragio femenino
La realidad económica y política de la Primera y Segunda Guerras Mundiales y de sus
consiguientes posguerras, obligó a que la sociedad incorporara al escenario público a
madres y esposas. Su concurso fue decisivo en el esfuerzo económico durante la guerra.
La consecución del derecho de voto fue un reconocimiento colectivo a los méritos
acumulados. En 1869, el Territorio de Wyoming se convirtió en el primer estado de
EE.UU. donde se instauró el «sufragio igual» (sin diferencias de género) aunque no el
sufragio universal (no podían votar hombres ni mujeres de piel oscura).

   •   1893: Nueva Zelanda                •   1945: Italia
   •   1902: Australia                    •   1946: Japón
   •   1906: Finlandia                    •   1952: Bolivia
   •   1915: Dinamarca                    •   1952: Grecia
   •   1918: Irlanda y Rusia              •   1957: Colombia
   •   1918/28: Gran Bretaña              •   1963: Kenia
   •   1919: Alemania                     •   1965: EEUU (desde 1920 mujeres
   •   1929: Ecuador                          blancas)
   •   1931/77: España                    •   1971: Suiza
   •   1931/74: Portugal                  •   1984: Liechtenstein
   •   1934: Cuba y Turquía               •   1986: África central
   •   1944: Francia                      •   2003: Afganistán
                                          •   2006: Kuwait
Pero todavía
quedan
grandes
cambios por
forzar…
El feminismo que llega tarde:
                 España
En España la existencia de una sociedad arcaica, con escaso desarrollo industrial, con una
fuerte ascendencia de la Iglesia Católica y fuertes jerarquizaciones de género en todos los
ámbitos de la vida social, dio lugar a que el feminismo tuviera durante el siglo XIX una
menor presencia e influencia social que en otros países.

El modelo de género establecido en la sociedad liberal española garantizaba la
subordinación de la mujer al varón y establecía unas pautas muy estrictas para su
actuación social.

En un país en el que la práctica política estaba circunscrita a un minoría social (voto
censitario) y en el que las prácticas electorales (adulteración de las elecciones) y el
protagonismo del ejército (pronunciamientos) marcaban la dinámica política, no nos
debe extrañar que el feminismo pionero no se centrara en reivindicaciones políticas,
como el derecho de sufragio, sino que se basara en demandas sociales, buscando el
reconocimiento de sus roles sociales como tal género femenino (maternidad y cuidado de
la familia) y en la exigencia de los derechos civiles, como el derecho a la educación o al
trabajo.

Nunca adoptó la acción directa violenta como estrategia de combate ni alcanzó un grado
destacado de militancia. En consecuencia, la resonancia social de las feministas
españolas fue bastante reducida.
                                                       (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
El sistema de dominación, muy jerárquico, actuó en
   dos niveles:
  – 1. Una legislación basada en la discriminación de la
    mujer: los Códigos Civil (1889), Penal (1870) y de
    Comercio (1885).
  – 2. Un control social informal mucho más sutil y, por
    consecuencia, más eficaz.
     El dominio del género masculino se basaba en la idea
    de la “domesticidad” que establecía los principales
    arquetipos femeninos (“ángel del hogar”, “madre
    solícita”, “dulce esposa”...), su función social y su
    código de conducta.
       (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
LA “DOMESTICIDAD”
“La mujer casada no disponía de autonomía personal o laboral, tampoco tenía
 independencia económica y ni tan siquiera era dueña de los ingresos que
 generaba su propio trabajo. Debía obedecer al marido, necesitaba su autorización
 para desempeñar actividades económicas y comerciales, para establecer contratos
 e, incluso, par realizar compras que no fueran las del consumo doméstico. La ley
 tampoco reconocía a las trabajadoras casadas la capacidad necesaria para
 controlar su propio salario y establecía que éste debía ser administrado por el
 marido. El poder del marido sobre la mujer casada fue reforzado, además, con
 medidas penales que castigaban cualquier transgresión de su autoridad: por
 ejemplo, el Código Penal estableció que la desobediencia o el insulto de palabra
 eran suficientes par que la mujer fuera encarcelada. Asimismo, el doble estándar
 de moral sexual le permitía al hombre mantener relaciones sexuales extra-
 matrimoniales y se las prohibía de forma tan tajante a la mujer que las diferencias
 quedaron explícitamente manifiestas en la legislación relativa al adulterio y a los
 crímenes pasionales. El Código Penal establecía que si el marido asesinaba o
 agredía a la esposa adúltera o al amante de ésta, al ser sorprendidos, sólo sería
 castigado con el destierro durante un corto espacio de tiempo. En la misma
 situación, las penas impuestas a la mujer eran mucho más severas: al ser
 considerado parricidio el asesinato del marido, la sentencia era siempre prisión
 perpetua.”                                             NASH, Mary y TAVERA, Susana
        Experiencias desiguales: conflictos sociales y respuestas colectivas (Siglo XIX)
                                                                         Madrid, 1995
                                                                           Ed. Síntesis
Discursos de género
Todavía a fines del siglo XIX, la subordinación de la mujer era
justificada basándose en una supuesta inferioridad genética: la
función reproductora convertía a la mujer en un ser pasivo, inferior,
incompleto, y, en resumen, un mero complemento del hombre, es
decir, del ser inteligente.

Esta opinión no era exclusiva de los grupos más conservadores o
reaccionarios del país. El escritor catalán, Pompeu Gener,
ideológicamente adscrito al republicanismo federal y, por
consecuencia, ligado a los sectores más progresistas del país,
afirmaba lo siguiente:

“En sí misma, la mujer, no es como el hombre, un ser completo; es
sólo el instrumento de la reproducción, la destinada a perpetuar la
especie; mientras que el hombre es el encargado de hacerla
progresar, el generador de la inteligencia, (...) creador del mundo
social.”
                              (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
Discursos de género
•   AÑOS VEINTE Y TREINTA DEL SIGLO XX: Teoría de la diferenciación sexual y de la
    complementariedad entre los sexos, CON PRETENSIÓN DE FUNDAMENTACIÓN
    MÉDICA Y CIENTÍFICA (Dr. Gregorio Marañón).
     – Representó una versión modernizadora de fundamentación médica y científica
       de los modelos de género: la mujer no es un ser inferior sino diferente del
       varón, pero le adjudica un rol social complementario al hombre, partiendo de
       la maternidad como eje definitorio de la feminidad.
     – La maternidad y la perpetuación de la especie representan la suprema misión
       de la mujer, que conlleva la negación o, como mínimo, la subordinación de
       cualquier otra actividad femenina.
     – Sostuvo una estricta división de las esferas, la división sexual del trabajo y la
       construcción de la identidad cultural de la mujer a partir de la maternidad.
       Este discurso médico-científico dio cobertura ideológica a una definición de la
       mujer en función de la maternidad entendida como deber social ineludible.



                                               http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms
El feminismo social en España
• Si bien es cierto que se ha podido documentar una de las
  primeras reivindicaciones del sufragio femenino durante
  el Bienio Progresista en 1854 cuando un programa
  presentado en La Unión Liberal reivindicó el "sufragio
  universal comprensivo de todas las mujeres de
  probidad“, también lo es que la demanda del voto no
  fue una constante del movimiento de mujeres
  españolas, como mínimo hasta mediados de la década
  de los veinte, cuando el cambio de coyuntura política
  llevó a su vez a una creciente politización del feminismo y
  su reformulación en torno a la definición de democracia
  y ciudadanía. (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
Las dos grandes figuras pioneras son Concepción
Arenal (1820-1893) y Emilia Pardo Bazán (1851-
1921).

La penalista Concepción Arenal insistió en
múltiples escritos en que el papel de madre y
esposa eran fundamentales en la vida de las
mujeres, pero subrayando que la experiencia de
la vida femenina no podía centrarse en el ejercicio
exclusivo de ese rol.                                          Concepción Arenal



                                  La escritora gallega Emilia Pardo Bazán
                                  denunciaba en la España Moderna (1890) que
                                  los avances culturales y políticos logrados a lo
                                  largo del siglo XIX (las libertades políticas, la
                                  libertad de cultos, el mismo sistema
                                  parlamentario) sólo habían servido para
                                  incrementar las distancias entre sexos, sin
                                  promover la emancipación femenina.
   Emilia Pardo Bazán          (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
Variedad de modalidades del
    feminismo histórico: nacionalista
•   Las diferentes corrientes del feminismo quedaron claramente marcadas por la
    política de su época: nacionalistas (catalán, vasco), o patrióticas (ANME:
    Asociación Nacional de Mujeres Españolas): "Nuestro feminismo ha de ser otro
    feminismo, no puede venir de fuera, ha de nacer en España y ser profundamente
    cristiano, español genuino“.
•   Existe una tirantez entre sus postulados emancipatorios y la aceptación de normas
    tradicionales de género e intereses de clase. Partiendo del principio de la
    diferencia de género y, por tanto, de roles sociales diferenciados para hombres y
    mujeres, sus demandas se centraban en el terreno del acceso de las mujeres a una
    educación de calidad y al trabajo remunerado. La mejora de las prestaciones
    educativas y el desarrollo de la formación profesional eran sus prioridades a nivel
    reivindicativo y también en su práctica como movimiento.
•   Aunque la lucha educativa no puede contemplarse de forma directa como un
    desafío al rol social tradicional de las mujeres en la familia, dada la penosa
    situación educativa de las mujeres (71% de analfabetismo femenino en 1900, fruto
    de un sistema educativo segregado),se puede considerar que esta lucha
    representa, en todo caso, un síntoma de cambio y de revisión de las posturas más
    tradicionales en torno a la educación femenina.
Variedad de modalidades del
      feminismo histórico: católico
• El interés por la instrucción de las mujeres también fue central en el
  reformismo católico, constituyendo una preocupación paralela a la
  dedicada a cuestiones higiénicas y religiosas.
• María de Echarri, fundadora de los sindicatos femeninos obreros e
  inspectora de trabajo, dedicó una atención preferente a la educación,
  junto al desarrollo de un programa de acción social que, especialmente
  dirigido a las obreras, pretendía promocionarlas social y laboralmente.
• Su feminismo católico encerraba un mensaje específico para las obreras y
  éste respondía a una voluntad no sólo confesional, sino también de
  armonía social en las relaciones de clase.
• Su promoción de un feminismo que calificaba de "posible, razonable" y
  católico pasó por la mayor presencia de las mujeres en espacios públicos
  de educación, beneficencia y de asistencia social.
Aportaciones del feminismo histórico
o Su desarrollo pone de relieve cómo desde las coordenadas de una clase social o
  desde el conservadurismo político, algunas mujeres cuestionaron las restricciones
  de género de su sociedad y abrieron nuevos cauces en sus ámbitos culturales,
  sociales y laborales.
o Aunque no fueron partidarias del principio de la igualdad,
    o Estipularon su derecho a un rol activo en la esfera pública en los terrenos educativos,
      culturales y de asistencia social
    o Exigieron un reconocimiento del trabajo de las mujeres, un estatus social mejorado y su
      derecho a un rol activo en muchos campos socio-culturales.
o Aunque no discutieron el monopolio masculino del mundo de la política,
    o Disputaron las normas culturales de género que restringían sus actividades al ámbito
      doméstico
    o Forjaron nuevos espacios de actividad femenina en el dominio público.
o Asumieron su rol de género en la casa como madres y esposas, pero
    o No se limitaron a ser "ángeles del hogar“
    o Cuestionaron la separación de las esferas, y reclamaron su rol en la esfera pública.
o Sus demandas y prácticas hicieron patentes ciertas transgresiones de las normas
     y valores de género establecidos, abriendo un proceso de aprendizaje y de
    concienciación feminista que podía plasmarse en una creciente voluntad de
                                   emancipación.
Va llegando el feminismo político
• A partir de los años veinte, el feminismo español adquirió una dimensión
  distinta y más amplia incorporando a las reivindicaciones sociales,
  demandas políticas. La Asociación Nacional de Mujeres Españolas pidió
  entonces la revisión de las leyes que discriminaban a la mujer dentro de la
  familia y exigió su promoción en la vida política. Frente a la insistencia en
  la campaña pro derechos civiles de la mujer por parte de su fundadora
  Maria Espinosa, destaca la postura más claramente sufragista de Benita
  Asas Manterola, su sucesora en 1924. Pero sigue primando una mayor
  adhesión al principio de la diferencia de género más que al postulado de
  la igualdad.
• Para finales de los años veinte y durante los años treinta, las
  circunstancias políticas del país generaron una formulación más
  sistemática de un feminismo de signo sufragista basado en el principio de
  la igualdad entre hombres y mujeres. Muchas figuras femeninas
  destacadas como Clara Campoamor, Margarita Nelken, Victoria Kent o
  María Martínez Sierra tenían en común una concepción liberal del
  feminismo.
La conquista del voto femenino
                   en España
Pese a los esfuerzos de las primeras sufragistas
españolas, la concesión del voto femenino en
España no puede ser atribuida a la presión de
los grupos feministas o sufragistas. La
coherencia política de los políticos que se
proclamaban democráticos obligó a una
revisión de las leyes discriminatorias y a la
concesión del sufragio femenino durante la
Segunda República española (1931-1936).
 El proceso, sin embargo, fue bastante
complejo y paradójico.
Era opinión general, tanto en los partidos de
izquierda como de derecha, que la mayoría de
las mujeres, fuertemente influenciadas por la
Iglesia católica, eran profundamente
conservadoras. Su participación electoral
devendría inevitablemente en un
fortalecimiento de las fuerzas de derecha.
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
Este planteamiento llevó a que
   importantes feministas como la socialista
   Margarita Nelken (1898-1968) y la
   radical-socialista Victoria Kent (1897-
   1987), que habían sido elegidas diputadas
   a las Cortes Constituyentes de 1931,
   rechazaran la concesión del sufragio
   femenino. En su opinión, las mujeres                Margarita Nelken
   todavía no estaban preparadas para
   asumir el derecho de voto, y su ejercicio
   siempre sería en beneficio de las fuerzas
   más conservadoras y, por consecuencia,
   más partidarias de mantener a la mujer
   en su tradicional situación de
   subordinación.
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)




                                                        Victoria Kent
Clara Campoamor (1888-1972), también
                                      diputada y miembro del Partido Radical,
                                      asumió una apasionada defensa del derecho
                                      de sufragio femenino. Argumentó en las Cortes
                                      Constituyentes que los derechos del individuo
                                      exigían un tratamiento legal igualitario para
                                      hombres y mujeres y que, por ello, los
                                      principios democráticos debían garantizar la
                                      redacción de una Constitución republicana
                                      basada en la igualdad y en la eliminación de
                                      cualquier discriminación de sexo.
       La “sufragista española”
                                     (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)

  Al final triunfaron las tesis sufragistas por 161 votos a favor y 121 en contra. En los
  votos favorables se entremezclaron diputados de todos los orígenes, movidos por muy
  distintos objetivos. Votaron sí los socialistas, con alguna excepción, por coherencia con
  sus planteamientos ideológicos, algunos pequeños grupos republicanos, y los partidos
  de derecha. Estos no lo hicieron por convencimiento ideológico, sino llevados por la
  idea, que posteriormente se demostró errónea, de que el voto femenino sería
  masivamente conservador.
Mujeres en la Historia
La Constitución de 1931 supuso un enorme avance en
   la lucha por los derechos de la mujer.
     Artículo 23
         “No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la
         naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las
         ideas políticas, ni las creencias religiosas.”
     Artículo 36
         “Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés
         años, tendrán los mismo derechos electorales conforme
         determinen las leyes.”



La Constitución republicana no sólo concedió el sufragio a las mujeres sino que todo lo
relacionado con la familia fue legislado desde una perspectiva de libertad e igualdad:
matrimonio basado en la igualdad de los cónyuges, derecho al divorcio, obligaciones de los
padres con los hijos...
La ley del divorcio (1932) supuso otro hito en la consecución de los derechos de la mujer.
El régimen republicano estaba poniendo a España en el terreno legal a la altura de los países
más evolucionados en lo referente a la igualdad entre los hombres y las mujeres. Sin embargo,
en este aspecto como en tantos otros, la guerra civil y la dictadura de Franco dieron al traste
con todo lo conseguido, devolviendo a la mujer a una situación de dominación en el marco
de una España franquista impregnada de valores tradicionales y reaccionarios.
(http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
BIBLIOGRAFÍA
•   Amorós, C. (1997): Tiempo de feminismo, Madrid, Cátedra.
•   Beltrán, E.; Maquieira, V.; Álvarez, S. y Sánchez, C (2001): Feminismos: debates teóricos
    contemporáneos, Madrid, Alianza Universidad.
•   Federación de Mujeres Progresistas en España (2010): “Historia del feminismo en España”,
    http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm
•   Folguera, P. (comp.) (1988): El feminismo en España: dos siglos de historia, Madrid, F. Pablo
    Iglesias.
•   NASH, Mary y TAVERA, Susana (1995): Experiencias desiguales: conflictos sociales y
    respuestas colectivas (Siglo XIX), Madrid, Ed. Síntesis.
•   NASH, Mary (2010): “El aprendizaje del feminismo histórico en España”,
    http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms
•   Sánchez Muñoz, C. (2001): “Genealogía de la vindicación”, en Varias Autoras: Feminismos,
    Madrid, Alianza Universidad.
•   Valcárcel, A. (1997): La política de las mujeres, Madrid, Cátedra.
•   Varios Autores (2010): “Sufragismo”,
    http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up


                                       VIDEOS
•   Katja Von Garnier (dir.) (2004): Ángeles de Hierro
•        TVE: Clara Campoamor La mujer olvidada

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  • 1. Aproximación histórica a los primeros movimientos feministas: feminismo ilustrado y sufragismo Tema 2 Sociología del Género Marta Jiménez Jaén Universidad de La Laguna
  • 2. La Mujer en las Sociedades Preindustriales “Las leyes griegas reconocían el divorcio y el repudio de la esposa sin necesidad de alegar motivo alguno. La mujer, sólo en caso de malos tratos, podía conseguir que se disolviera el matrimonio. Por lo demás, pasaba toda su vida confinada en el hogar, y tenía a su cargo el cuidado de los hijos y de los esclavos sin que se le permitiera participar en los negocios públicos. De niña vivía al lado de su madre y se casaba a los 15 años sin ser Mujeres lavando la ropa, pelike ática del Pintor de Pan, consultada“ v. 470-460 a. C., Museo del Louvre. (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind .htm#up)
  • 3. La Mujer en las Sociedades Preindustriales "La familia romana era esencialmente patriarcal. El pater familias, o sea, el marido, constituía la cabeza visible de la misma y ejercía una autoridad completa sobre los demás miembros de la casa (...) La mujer romana mejoró su posición respecto a la griega, aunque siempre estuvo bajo la tutela del varón (...)" (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
  • 4. La Mujer en las Sociedades Preindustriales "Como en el resto del mundo musulmán, la familia de la sociedad de Al-Andalus era esencialmente patriarcal; el padre de la familia ejercía su poder sobre la esposa, los hijos y los criados; la poligamia era corriente entre los ricos, pero los pobres eran monógamos por necesidad". (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sop reind.htm#up)
  • 5. La Mujer en las Sociedades Preindustriales "La mujer del medievo tenía a su cargo todas las funciones domésticas. Ella amasaba el pan, preparaba la comida, cuidaba de los animales domésticos y al mismo tiempo, ordeñaba la vaca que proporcionaba la leche, tan necesaria en la dieta de una economía de subsistencia. En realidad estaba muy especializada en la elaboración de productos alimenticios: conservas, pasteles, dulces, embutidos, etc.“ “La mujer plebeya trabajaba exactamente en lo mismo que el hombre”. (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
  • 6. La Mujer en las Sociedades Preindustriales “Durante el Antiguo Régimen, el concepto que se tenía de la mujer y de su papel social sufrió importantes modificaciones. Las nuevas pautas, introducidas en el siglo XVI a partir del humanismo cristiano propugnado por Erasmo de Rotterdam, no rompieron del todo con la misoginia heredada de los tiempos medievales. Si bien encontramos mujeres humanistas, cultas e independientes, como Doña Mencía de Mendoza, el cometido de la mujer es fundamentalmente doméstico. Tres son sus funciones básicas: ser buena madre y Vermeer(1632-1675) esposa, ordenar el trabajo doméstico, y perpetuar la especie humana. Fray Luis de León en su obra La Perfecta Casada recoge la doctrina del Concilio de Trento y traza el perfil ideal de la mujer: modesta, recatada, obediente, sacrificada, defensora del propio honor y del familiar, educadora de los hijos, etc. Pero este perfil no era del todo real. En la España del XVII eran corrientes las relaciones prematrimoniales, y como no se contraía matrimonio por amor, abundaban el adulterio, los hijos Louise Moillon (1610-1696) bastardos y el aborto." (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
  • 7. Los Orígenes del Feminismo Histórico (1789-1870) En el Antiguo Régimen la desigualdad jurídica de los miembros de la sociedad era la norma. Nobles y clérigos gozaban de privilegios (exención fiscal, monopolio de los altos cargos públicos, leyes y tribunales especiales) vedados a la gran mayoría de la población (el tercer estado o estado llano). La ausencia de derechos políticos (voto) y libertades (expresión, reunión, religión) era otra característica clave del Antiguo Régimen. En el caso de las mujeres, la mitad de la población, a todo lo anterior se le debía unir su función social circunscrita a lo doméstico, a las labores de la casa, de la procreación y del cuidado de los hijos; y su subordinación legal al hombre, padre o esposo. (http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up)
  • 8. “Memorial de agravios” • Según C. Amorós (1997) con la obra de Christine de Pizan (1364-1430) “La ciudad de las damas” (una utopía centrada en una ciudad en la que las mujeres –sólo las excelentes y virtuosas- ejercen su autoridad) se inicia la producción de relatos que recogen las quejas de las mujeres ante su situación. • La “querelle des femmes” atraviesa toda Europa entre los ss. XV y XVIII, apareciendo autoras como Laura Terracina, Lucrezia Marinello, Marie de Gournay, o María de Zayas. • Pero no se formulan sino “quejas”, no se pone en cuestión la asimetría entre hombres y mujeres ni se formula un proyecto alternativo. (Sánchez Muñoz, 2001: 18)
  • 9. El programa de la Ilustración • La Ilustración vincula la individualidad, la autonomía de los sujetos y los derechos…asociándolos sólo a los hombres. • Las feministas ilustradas reivindicarán la inclusión de las mujeres en los principios universalistas ilustrados: – Universalidad de la Razón – Emancipación de los prejuicios – Aplicación del principio de Igualdad – La idea de progreso (Sánchez Muñoz, 2001)
  • 10. Ejes del discurso ilustrado • Emancipación: sinónimo del individuo autónomo, tanto en el orden racional (ejercicio autónomo de la razón frente a los dogmas) como político (frente al poder tradicional, el contrato social). • Ciudadanía: reconocimiento por parte del Estado de unos derechos civiles y políticos, presencia efectiva en la esfera pública y plena participación por el ejercicio de los derechos políticos (derecho al voto). • Educación: revestida de gran importancia cívica, como educación para la ciudadanía que conduce al progreso. • El feminismo ilustrado concibe la universalización, la inclusión de las mujeres, en estos principios. (Sánchez Muñoz, 2001)
  • 11. El debate ilustrado: Rousseau La naturaleza como fundamento del orden social frente a la cultura, esto es, se defiende la incapacidad de las mujeres para la vida política: Rousseau define la naturaleza de las mujeres por sus funciones sexuales y reproductoras. La naturaleza define su propia moral. (Sánchez Muñoz, 2001)
  • 12. El debate ilustrado:Rousseau • Se establece la disociación entre el espacio público – masculino- y la esfera privada –femenina-, restringiéndose la ciudadanía, los derechos, la autonomía, la individualidad, a la esfera pública…de la que se excluye “por razones naturales” a las mujeres. (Sánchez Muñoz, 2001)
  • 13. El debate ilustrado:Rousseau Una educación diferenciada: racional para Emilio, emocional, práctica y “moral” para Sofía “Todo lo que tiende a generalizar las ideas no es propio de las mujeres” (Rousseau [1762] (1990): 579, citado por Sánchez Muñoz, 2001)
  • 14. La “Ilustración consecuente” En los mismos tiempos de Rousseau ya hay filósofos –Condorcet- y filósofas –Mary Wollstonecraft- que defienden la igualdad: la Ilustración no es un fenómeno unitario, sino plural y a menudo contradictorio. Las diferencias se dan también en la vida cotidiana: el modelo femenino tradicional convive con nuevos modelos emergentes de mujer que cuestionaban el confinamiento en la esfera doméstica: “salones literarios y políticos” eran espacios intermedios entre la vida política y la esfera doméstica. Fueron creados por mujeres de la burguesía y la aristocracia (salonniéres), y en ellos se gestaban buena parte de la cultura y la política del momento, participando intelectuales como Hegel, Diderot, y Montesquieu, entre muchos otros. Se crean en París en el siglo XVII y en el XVIII se extienden a Londres y Berlín. (Sánchez Muñoz, 2001: 25 y ss)
  • 15. El rechazo de Rousseau: (citado por Sánchez Muñoz, 2001)
  • 16. La “Ilustración consecuente” Antecedente pre-ilustrado: el filósofo Poulan de la Barre, autor de “De l’égalité des deux sexes” (1673) y “Traité de l`education des dames” (1674): defiende el derecho al acceso al saber de las mujeres como remedio a la desigualdad y como parte del camino al progreso. Diversos autores (Von Hippel, Montesquieu, Diderot, Voltaire, D’Alembert) se alinean a favor de la igualdad de las mujeres, pero el que más destaca en esta defensa es Condorcet, que escribe en 1790 un ensayo titulado Sobre la admisión de las mujeres al derecho de ciudadanía: los principios democráticos requieren la extensión de los derechos políticos (voto y representatividad) a todas las personas. Parte de considerar los mismos derechos naturales a hombres y mujeres (por lo tanto, a igual naturaleza, iguales derechos), apelando al universalismo ético, la afirmación de los mismos atributos morales a toda la especie humana. Apuesta por la igualdad como eje articulador de la Ilustración. Da una importancia central a la educación, defendiendo la necesidad de dar acceso a las mujeres a todo tipo de conocimiento y la coeducación entre los sexos (dedica a ello el ensayo Acerca de la Instrucción Pública).
  • 17. La Revolución Francesa (1789) y las demás revoluciones liberal-burguesas plantearon como objetivo central la consecución de la igualdad jurídica y de las libertades y derechos políticos. Pronto surgió la gran contradicción que marcó la lucha del primer feminismo: las libertades, los derechos y la igualdad jurídica que habían sido las grandes conquistas de las revoluciones liberales no afectaron a la mujer. Los "Derechos del Hombre y del Ciudadano" que proclamaba la revolución francesa se referían en exclusiva al "hombre" no al conjunto de los seres humanos.
  • 18. LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA Avances que se introducen en los textos constitucionales y legales franceses de 1790, 1791, 1792 y 1793: - Igual mayoría de edad para hombres y mujeres (21 años) - Declaración del matrimonio como contrato civil - Abolición del derecho de primogenitura masculino - Admisión del divorcio en pie de igualdad de ambos cónyuges - Derecho de la madre a ejercer la patria potestad en las mismas condiciones que el padre. Sin embargo, la Constitución de 1791, en cuyo preámbulo se incluyó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, afirmaba la distinción entre dos categorías de ciudadanos: -Activos: varones mayores de 25 años, independientes y con propiedades -Pasivos: hombres sin propiedades y todo el colectivo de mujeres. (Sánchez Muñoz, 2001: 30)
  • 19. LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA Se produce la génesis de la VINDICACIÓN, unida a la de IGUALDAD, una “hija no deseada” del Siglo de las Luces y la Ilustración (Valcárcel, 1997). Durante el proceso revolucionario francés, dado que no estaban presentes en el espacio político central, la Asamblea, se crearían clubs literarios y políticos de mujeres, algunos de los cuales resultaron fundamentales en el proceso, como la Confederación de Amigas de la Verdad, o la Asociación de Mujeres Republicanas Revolucionarias. En estos "clubs" se discutían y contrastaban los principios revolucionarios, apoyando activamente los derechos de las mujeres en la esfera política. (Sánchez Muñoz, 2001: 26) Las mujeres, por tanto, no fueron meras espectadoras pasivas de los acontecimientos, sino que irrumpieron en el escenario político como sujetos activos. (Sánchez Muñoz, 2001: 29)
  • 20. LAS MUJERES COMO SUJETOS DE LA PRAXIS POLÍTICA REVOLUCIONARIA • Reivindicaciones del feminismo revolucionario: – Derecho a la educación – Derecho al trabajo – Derechos matrimoniales y respecto a los hijos/as – Derecho al voto (Sánchez Muñoz, 2001: 30) • La autora teatral y activista revolucionaria Olimpia de Gouges (1748-1793) fue la protagonista de la contestación femenina. En 1791 publicó la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana (1791) que era, de hecho, un calco de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional en agosto de 1789. • El programa de Olimpia de Gouges era claro: libertad, igualdad y derechos políticos, especialmente el derecho de voto, para las mujeres.
  • 21. En 1793 fue guillotinada como traidora contraria a los jacobinos. Ese mismo año, Robespierre prohíbe los clubs y sociedades literarias femeninas. (Sánchez Muñoz, 2001: 30-32).
  • 22. El Código Civil napoleónico (1804), en el que se recogieron los principales avances sociales de la revolución, negó a las mujeres los derechos civiles reconocidos para los hombres durante el período revolucionario (igualdad jurídica, derecho de propiedad...), e impuso unas leyes discriminatorias, según las cuales el hogar era definido como el ámbito exclusivo de la actuación femenina.
  • 23. El primer feminismo británico Mary Wollstonecraft (1759-1797) inicia con su obra Vindicación de los Derechos de la Mujer (1792) la larga tradición del feminismo anglosajón, cerrando el periodo del feminismo ilustrado e iniciando la senda del feminismo decimonónico. Contraria al absolutismo de los reyes, señaló la conexión existente entre ese sistema político y las relaciones de poder entre los sexos: los hombres ejercían una verdadera tiranía absolutista sobre las mujeres en el ámbito de la familia y la casa.
  • 24. Mary Wollstonecraft • Se sitúa en el campo de la reivindicación moral de la individualidad y autonomía de las mujeres, partiendo de que comparten la razón con los hombres: lo que se ha presentado como atributos “naturales” de las mujeres (coquetería, vanidad, frivolidad, debilidad), no es más que el producto de la educación que han recibido. • La clave para superar la subordinación femenina era el acceso a la educación. Las nuevas mujeres educadas no sólo alcanzarían un plano de igualdad con respecto a los hombres, sino que podrían desarrollar su independencia económica accediendo a actividades remuneradas.
  • 25. Feminismos del siglo XIX • Aunque tradicionalmente se ha considerado el feminismo del s XIX como “moderado” y “liberal”, como un movimiento de mujeres de clase media que luchaban por los derechos liberales de su clase, en realidad se dio una gran diversidad de argumentaciones y reivindicaciones que van desde el derecho a la educación a la sexualidad libre, del derecho al control de las propiedades por las mujeres casadas a la lucha contra la prostitución, pasando por el sufragismo como elemento aglutinador. • Se trata de un movimiento complejo que analiza la opresión desde distintos ángulos (economía, sexualidad, trabajo,…), en el que se mezclarían orientaciones radicales con otras conservadoras (Sánchez Muñoz, 2001: 35)
  • 26. Los inicios del feminismo norteamericano • El discurso feminista del siglo XIX se desarrolla fundamentalmente en Estados Unidos. • Las condiciones sociales y culturales en EE.UU. fueron especialmente favorables para la extensión de los movimientos femeninos. • Las prácticas religiosas protestantes que promovían la lectura e interpretación individual de los textos sagrados favorecieron el acceso de las mujeres a niveles básicos de alfabetización, lo que provocó que el analfabetismo femenino estuviera prácticamente erradicado a principios del siglo XIX. • La cultura política fomentaba el asociacionismo cívico, al margen de los partidos políticos. Las asociaciones filantrópicas facilitan la participación pública de las mujeres. • Contribuyen a la existencia de un movimiento de mujeres también los movimientos religiosos (evangelistas, sobre todo cuáqueras: la reforma del Segundo Gran Despertar) y el movimiento abolicionista. La teoría y las estrategias del sufragismo norteamericano fueron una referencia central para el desarrollo del feminismo británico, y nos permite observar el desarrollo y la evolución de los argumentos desplegados a los largo de todo el siglo XIX, así como el establecimiento de un feminismo organizado con amplios apoyos y presencia social.
  • 27. UNIVERSALISMO ÉTICO Elizabeth Cady Stanton (1892), citada por Sánchez Muñoz (2001): 40 Este principio sustenta las buenas relaciones iniciales entre feministas y abolicionistas: “Los grupos marginales que no tienen acceso a la esfera pública tienen que reclamar su inclusión formulando un argumento que es paradójico: por un lado apelando a la universalidad –iguales derechos para todas las personas- y por otro construyendo y articulando su identidad e intereses de una forma diferenciada –como negros, como mujeres-.” (Ryan, M. (1992), citado por Sánchez Muñoz (2001): 42)
  • 28. Los inicios del feminismo norteamericano El primer documento colectivo del feminismo norteamericano lo constituye la denominada “Declaración de Sentimientos” de la Convención de Seneca Falls , aprobada el 19 de julio de 1848 en una capilla metodista de esa localidad del estado de Nueva York. En este documento se expresa por primera vez lo se podría denominar una "filosofía feminista de la historia". Una filosofía que denunciaba las vejaciones que a lo largo de la historia había sufrido la mujer.
  • 30. Tras la guerra de Secesión (1861-1865), el movimiento Susan B. Anthony feminista que había ligado en gran medida su suerte al abolicionismo sufrió una gran desilusión. Pese al triunfo del bando nordista, partidario de la supresión de la esclavitud, la XIV y XV enmiendas a la Constitución (1868 y 1870), que otorgaba el derecho de voto a los esclavos negros liberados, le negó a la mujer el derecho de sufragio. La reacción fue inmediata: Elisabeth Candy Stanton (1815- 1902) y Susan B. Anthony (1820-1906) crearon en 1869 la Asociación Nacional por el Sufragio de la Mujer (National Woman Suffrage Association), primera asociación del Elisabeth Candy Stanton feminismo radical americano, independiente de los partidos políticos y de los movimientos de reforma. A su vez, Lucy Stone crearía The American Woman Suffrage Association.
  • 31. La conquista del derecho al voto en los Estados Unidos
  • 32. La oposición al sufragismo La sufragista en casa "No sabemos lo que queremos, pero lo conseguiremos"
  • 33. Derecho de voto para la mujer Durante la votación la Sra. Jones recuerda que se ha dejado el pastel en el horno
  • 34. Una manifestación de sufragistas "Abajo los hombres y arriba las mujeres"
  • 35. Las manifestaciones y la oposición
  • 37. Sufragio femenino La realidad económica y política de la Primera y Segunda Guerras Mundiales y de sus consiguientes posguerras, obligó a que la sociedad incorporara al escenario público a madres y esposas. Su concurso fue decisivo en el esfuerzo económico durante la guerra. La consecución del derecho de voto fue un reconocimiento colectivo a los méritos acumulados. En 1869, el Territorio de Wyoming se convirtió en el primer estado de EE.UU. donde se instauró el «sufragio igual» (sin diferencias de género) aunque no el sufragio universal (no podían votar hombres ni mujeres de piel oscura). • 1893: Nueva Zelanda • 1945: Italia • 1902: Australia • 1946: Japón • 1906: Finlandia • 1952: Bolivia • 1915: Dinamarca • 1952: Grecia • 1918: Irlanda y Rusia • 1957: Colombia • 1918/28: Gran Bretaña • 1963: Kenia • 1919: Alemania • 1965: EEUU (desde 1920 mujeres • 1929: Ecuador blancas) • 1931/77: España • 1971: Suiza • 1931/74: Portugal • 1984: Liechtenstein • 1934: Cuba y Turquía • 1986: África central • 1944: Francia • 2003: Afganistán • 2006: Kuwait
  • 39. El feminismo que llega tarde: España En España la existencia de una sociedad arcaica, con escaso desarrollo industrial, con una fuerte ascendencia de la Iglesia Católica y fuertes jerarquizaciones de género en todos los ámbitos de la vida social, dio lugar a que el feminismo tuviera durante el siglo XIX una menor presencia e influencia social que en otros países. El modelo de género establecido en la sociedad liberal española garantizaba la subordinación de la mujer al varón y establecía unas pautas muy estrictas para su actuación social. En un país en el que la práctica política estaba circunscrita a un minoría social (voto censitario) y en el que las prácticas electorales (adulteración de las elecciones) y el protagonismo del ejército (pronunciamientos) marcaban la dinámica política, no nos debe extrañar que el feminismo pionero no se centrara en reivindicaciones políticas, como el derecho de sufragio, sino que se basara en demandas sociales, buscando el reconocimiento de sus roles sociales como tal género femenino (maternidad y cuidado de la familia) y en la exigencia de los derechos civiles, como el derecho a la educación o al trabajo. Nunca adoptó la acción directa violenta como estrategia de combate ni alcanzó un grado destacado de militancia. En consecuencia, la resonancia social de las feministas españolas fue bastante reducida. (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
  • 40. El sistema de dominación, muy jerárquico, actuó en dos niveles: – 1. Una legislación basada en la discriminación de la mujer: los Códigos Civil (1889), Penal (1870) y de Comercio (1885). – 2. Un control social informal mucho más sutil y, por consecuencia, más eficaz. El dominio del género masculino se basaba en la idea de la “domesticidad” que establecía los principales arquetipos femeninos (“ángel del hogar”, “madre solícita”, “dulce esposa”...), su función social y su código de conducta. (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
  • 41. LA “DOMESTICIDAD” “La mujer casada no disponía de autonomía personal o laboral, tampoco tenía independencia económica y ni tan siquiera era dueña de los ingresos que generaba su propio trabajo. Debía obedecer al marido, necesitaba su autorización para desempeñar actividades económicas y comerciales, para establecer contratos e, incluso, par realizar compras que no fueran las del consumo doméstico. La ley tampoco reconocía a las trabajadoras casadas la capacidad necesaria para controlar su propio salario y establecía que éste debía ser administrado por el marido. El poder del marido sobre la mujer casada fue reforzado, además, con medidas penales que castigaban cualquier transgresión de su autoridad: por ejemplo, el Código Penal estableció que la desobediencia o el insulto de palabra eran suficientes par que la mujer fuera encarcelada. Asimismo, el doble estándar de moral sexual le permitía al hombre mantener relaciones sexuales extra- matrimoniales y se las prohibía de forma tan tajante a la mujer que las diferencias quedaron explícitamente manifiestas en la legislación relativa al adulterio y a los crímenes pasionales. El Código Penal establecía que si el marido asesinaba o agredía a la esposa adúltera o al amante de ésta, al ser sorprendidos, sólo sería castigado con el destierro durante un corto espacio de tiempo. En la misma situación, las penas impuestas a la mujer eran mucho más severas: al ser considerado parricidio el asesinato del marido, la sentencia era siempre prisión perpetua.” NASH, Mary y TAVERA, Susana Experiencias desiguales: conflictos sociales y respuestas colectivas (Siglo XIX) Madrid, 1995 Ed. Síntesis
  • 42. Discursos de género Todavía a fines del siglo XIX, la subordinación de la mujer era justificada basándose en una supuesta inferioridad genética: la función reproductora convertía a la mujer en un ser pasivo, inferior, incompleto, y, en resumen, un mero complemento del hombre, es decir, del ser inteligente. Esta opinión no era exclusiva de los grupos más conservadores o reaccionarios del país. El escritor catalán, Pompeu Gener, ideológicamente adscrito al republicanismo federal y, por consecuencia, ligado a los sectores más progresistas del país, afirmaba lo siguiente: “En sí misma, la mujer, no es como el hombre, un ser completo; es sólo el instrumento de la reproducción, la destinada a perpetuar la especie; mientras que el hombre es el encargado de hacerla progresar, el generador de la inteligencia, (...) creador del mundo social.” (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
  • 43. Discursos de género • AÑOS VEINTE Y TREINTA DEL SIGLO XX: Teoría de la diferenciación sexual y de la complementariedad entre los sexos, CON PRETENSIÓN DE FUNDAMENTACIÓN MÉDICA Y CIENTÍFICA (Dr. Gregorio Marañón). – Representó una versión modernizadora de fundamentación médica y científica de los modelos de género: la mujer no es un ser inferior sino diferente del varón, pero le adjudica un rol social complementario al hombre, partiendo de la maternidad como eje definitorio de la feminidad. – La maternidad y la perpetuación de la especie representan la suprema misión de la mujer, que conlleva la negación o, como mínimo, la subordinación de cualquier otra actividad femenina. – Sostuvo una estricta división de las esferas, la división sexual del trabajo y la construcción de la identidad cultural de la mujer a partir de la maternidad. Este discurso médico-científico dio cobertura ideológica a una definición de la mujer en función de la maternidad entendida como deber social ineludible. http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms
  • 44. El feminismo social en España • Si bien es cierto que se ha podido documentar una de las primeras reivindicaciones del sufragio femenino durante el Bienio Progresista en 1854 cuando un programa presentado en La Unión Liberal reivindicó el "sufragio universal comprensivo de todas las mujeres de probidad“, también lo es que la demanda del voto no fue una constante del movimiento de mujeres españolas, como mínimo hasta mediados de la década de los veinte, cuando el cambio de coyuntura política llevó a su vez a una creciente politización del feminismo y su reformulación en torno a la definición de democracia y ciudadanía. (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
  • 45. Las dos grandes figuras pioneras son Concepción Arenal (1820-1893) y Emilia Pardo Bazán (1851- 1921). La penalista Concepción Arenal insistió en múltiples escritos en que el papel de madre y esposa eran fundamentales en la vida de las mujeres, pero subrayando que la experiencia de la vida femenina no podía centrarse en el ejercicio exclusivo de ese rol. Concepción Arenal La escritora gallega Emilia Pardo Bazán denunciaba en la España Moderna (1890) que los avances culturales y políticos logrados a lo largo del siglo XIX (las libertades políticas, la libertad de cultos, el mismo sistema parlamentario) sólo habían servido para incrementar las distancias entre sexos, sin promover la emancipación femenina. Emilia Pardo Bazán (http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms)
  • 46. Variedad de modalidades del feminismo histórico: nacionalista • Las diferentes corrientes del feminismo quedaron claramente marcadas por la política de su época: nacionalistas (catalán, vasco), o patrióticas (ANME: Asociación Nacional de Mujeres Españolas): "Nuestro feminismo ha de ser otro feminismo, no puede venir de fuera, ha de nacer en España y ser profundamente cristiano, español genuino“. • Existe una tirantez entre sus postulados emancipatorios y la aceptación de normas tradicionales de género e intereses de clase. Partiendo del principio de la diferencia de género y, por tanto, de roles sociales diferenciados para hombres y mujeres, sus demandas se centraban en el terreno del acceso de las mujeres a una educación de calidad y al trabajo remunerado. La mejora de las prestaciones educativas y el desarrollo de la formación profesional eran sus prioridades a nivel reivindicativo y también en su práctica como movimiento. • Aunque la lucha educativa no puede contemplarse de forma directa como un desafío al rol social tradicional de las mujeres en la familia, dada la penosa situación educativa de las mujeres (71% de analfabetismo femenino en 1900, fruto de un sistema educativo segregado),se puede considerar que esta lucha representa, en todo caso, un síntoma de cambio y de revisión de las posturas más tradicionales en torno a la educación femenina.
  • 47. Variedad de modalidades del feminismo histórico: católico • El interés por la instrucción de las mujeres también fue central en el reformismo católico, constituyendo una preocupación paralela a la dedicada a cuestiones higiénicas y religiosas. • María de Echarri, fundadora de los sindicatos femeninos obreros e inspectora de trabajo, dedicó una atención preferente a la educación, junto al desarrollo de un programa de acción social que, especialmente dirigido a las obreras, pretendía promocionarlas social y laboralmente. • Su feminismo católico encerraba un mensaje específico para las obreras y éste respondía a una voluntad no sólo confesional, sino también de armonía social en las relaciones de clase. • Su promoción de un feminismo que calificaba de "posible, razonable" y católico pasó por la mayor presencia de las mujeres en espacios públicos de educación, beneficencia y de asistencia social.
  • 48. Aportaciones del feminismo histórico o Su desarrollo pone de relieve cómo desde las coordenadas de una clase social o desde el conservadurismo político, algunas mujeres cuestionaron las restricciones de género de su sociedad y abrieron nuevos cauces en sus ámbitos culturales, sociales y laborales. o Aunque no fueron partidarias del principio de la igualdad, o Estipularon su derecho a un rol activo en la esfera pública en los terrenos educativos, culturales y de asistencia social o Exigieron un reconocimiento del trabajo de las mujeres, un estatus social mejorado y su derecho a un rol activo en muchos campos socio-culturales. o Aunque no discutieron el monopolio masculino del mundo de la política, o Disputaron las normas culturales de género que restringían sus actividades al ámbito doméstico o Forjaron nuevos espacios de actividad femenina en el dominio público. o Asumieron su rol de género en la casa como madres y esposas, pero o No se limitaron a ser "ángeles del hogar“ o Cuestionaron la separación de las esferas, y reclamaron su rol en la esfera pública. o Sus demandas y prácticas hicieron patentes ciertas transgresiones de las normas y valores de género establecidos, abriendo un proceso de aprendizaje y de concienciación feminista que podía plasmarse en una creciente voluntad de emancipación.
  • 49. Va llegando el feminismo político • A partir de los años veinte, el feminismo español adquirió una dimensión distinta y más amplia incorporando a las reivindicaciones sociales, demandas políticas. La Asociación Nacional de Mujeres Españolas pidió entonces la revisión de las leyes que discriminaban a la mujer dentro de la familia y exigió su promoción en la vida política. Frente a la insistencia en la campaña pro derechos civiles de la mujer por parte de su fundadora Maria Espinosa, destaca la postura más claramente sufragista de Benita Asas Manterola, su sucesora en 1924. Pero sigue primando una mayor adhesión al principio de la diferencia de género más que al postulado de la igualdad. • Para finales de los años veinte y durante los años treinta, las circunstancias políticas del país generaron una formulación más sistemática de un feminismo de signo sufragista basado en el principio de la igualdad entre hombres y mujeres. Muchas figuras femeninas destacadas como Clara Campoamor, Margarita Nelken, Victoria Kent o María Martínez Sierra tenían en común una concepción liberal del feminismo.
  • 50. La conquista del voto femenino en España Pese a los esfuerzos de las primeras sufragistas españolas, la concesión del voto femenino en España no puede ser atribuida a la presión de los grupos feministas o sufragistas. La coherencia política de los políticos que se proclamaban democráticos obligó a una revisión de las leyes discriminatorias y a la concesión del sufragio femenino durante la Segunda República española (1931-1936). El proceso, sin embargo, fue bastante complejo y paradójico. Era opinión general, tanto en los partidos de izquierda como de derecha, que la mayoría de las mujeres, fuertemente influenciadas por la Iglesia católica, eran profundamente conservadoras. Su participación electoral devendría inevitablemente en un fortalecimiento de las fuerzas de derecha. (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
  • 51. Este planteamiento llevó a que importantes feministas como la socialista Margarita Nelken (1898-1968) y la radical-socialista Victoria Kent (1897- 1987), que habían sido elegidas diputadas a las Cortes Constituyentes de 1931, rechazaran la concesión del sufragio femenino. En su opinión, las mujeres Margarita Nelken todavía no estaban preparadas para asumir el derecho de voto, y su ejercicio siempre sería en beneficio de las fuerzas más conservadoras y, por consecuencia, más partidarias de mantener a la mujer en su tradicional situación de subordinación. (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm) Victoria Kent
  • 52. Clara Campoamor (1888-1972), también diputada y miembro del Partido Radical, asumió una apasionada defensa del derecho de sufragio femenino. Argumentó en las Cortes Constituyentes que los derechos del individuo exigían un tratamiento legal igualitario para hombres y mujeres y que, por ello, los principios democráticos debían garantizar la redacción de una Constitución republicana basada en la igualdad y en la eliminación de cualquier discriminación de sexo. La “sufragista española” (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm) Al final triunfaron las tesis sufragistas por 161 votos a favor y 121 en contra. En los votos favorables se entremezclaron diputados de todos los orígenes, movidos por muy distintos objetivos. Votaron sí los socialistas, con alguna excepción, por coherencia con sus planteamientos ideológicos, algunos pequeños grupos republicanos, y los partidos de derecha. Estos no lo hicieron por convencimiento ideológico, sino llevados por la idea, que posteriormente se demostró errónea, de que el voto femenino sería masivamente conservador. Mujeres en la Historia
  • 53. La Constitución de 1931 supuso un enorme avance en la lucha por los derechos de la mujer. Artículo 23 “No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas, ni las creencias religiosas.” Artículo 36 “Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismo derechos electorales conforme determinen las leyes.” La Constitución republicana no sólo concedió el sufragio a las mujeres sino que todo lo relacionado con la familia fue legislado desde una perspectiva de libertad e igualdad: matrimonio basado en la igualdad de los cónyuges, derecho al divorcio, obligaciones de los padres con los hijos... La ley del divorcio (1932) supuso otro hito en la consecución de los derechos de la mujer. El régimen republicano estaba poniendo a España en el terreno legal a la altura de los países más evolucionados en lo referente a la igualdad entre los hombres y las mujeres. Sin embargo, en este aspecto como en tantos otros, la guerra civil y la dictadura de Franco dieron al traste con todo lo conseguido, devolviendo a la mujer a una situación de dominación en el marco de una España franquista impregnada de valores tradicionales y reaccionarios. (http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm)
  • 54. BIBLIOGRAFÍA • Amorós, C. (1997): Tiempo de feminismo, Madrid, Cátedra. • Beltrán, E.; Maquieira, V.; Álvarez, S. y Sánchez, C (2001): Feminismos: debates teóricos contemporáneos, Madrid, Alianza Universidad. • Federación de Mujeres Progresistas en España (2010): “Historia del feminismo en España”, http://www.fmujeresprogresistas.org/feminismo4.htm • Folguera, P. (comp.) (1988): El feminismo en España: dos siglos de historia, Madrid, F. Pablo Iglesias. • NASH, Mary y TAVERA, Susana (1995): Experiencias desiguales: conflictos sociales y respuestas colectivas (Siglo XIX), Madrid, Ed. Síntesis. • NASH, Mary (2010): “El aprendizaje del feminismo histórico en España”, http://www.nodo50.org/mujeresred/historia-MaryNash1.html#fhms • Sánchez Muñoz, C. (2001): “Genealogía de la vindicación”, en Varias Autoras: Feminismos, Madrid, Alianza Universidad. • Valcárcel, A. (1997): La política de las mujeres, Madrid, Cátedra. • Varios Autores (2010): “Sufragismo”, http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/sopreind.htm#up VIDEOS • Katja Von Garnier (dir.) (2004): Ángeles de Hierro • TVE: Clara Campoamor La mujer olvidada