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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




               GOBIERNO REGIONALDE AREQUIPA
                Dr. Juán Manuel Guillén Benavides

        GERENTE REGIONAL DE EDUCACIÓN AREQUIPA
               Mag. Florencia Concha Alarcón

  COMANDANTE GENERAL DE LA REGIÓN MILITAR DEL SUR
           Gral. De Div. Benigno Cabrera Pino

       COLEGIO MILITAR CRL. “FRANCISCO BOLOGNESI” DE AREQUIPA
                      Crl. Walter Javier Scott Cárdenas




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                                      INDICE

                                                                              Pág.

PRESENTACIÓN ……………………………………………………………….




INTRODUCCIÓN

        El Reglamento interno de las Institución Educativa Pública Militar
“Francisco Bolognesi” de Arequipa, es el documento normativo que contiene las
orientaciones de orden axiológico, así como las disposiciones que rigen la
organización y funcionamiento de los servicios educativos que brinda esta
institución. Establece objetivos, funciones, responsabilidades y atribuciones de los
diferentes órganos, estamentos, cargos y miembros componentes según
corresponda, así como la relación, organización, instrumentos y procedimientos
del trabajo educativo. A este Reglamento se sujetará el personal militar, docente,
administrativo y de servicios (nombrados, contratados y destacados), padres de
familia, estudiantes cadetes y Ex-Cadetes del Plantel.

       El presente Reglamento Interno es el instrumento normativo de gestión
Pedagógica, Institucional y Administrativa, que responde a los objetivos y fines de
la Política Educativa Nacional, Regional y Local, así como a los fines y línea
axiológica por la cual fue creada la IEPM “Francisco Bolognesi”, de acuerdo al
convenio suscrito entre los Ministerios de Educación y Defensa.

      Dicho documento consta de 18 títulos, 30 capítulos, y 340 artículos, los
cuales describen los aspectos anteriormente señalados, siendo elaborado sobre
la base de normas y disposiciones legales vigentes correspondientes al sector
educación y defensa.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                            TITULO PRIMERO
                           DEL REGLAMENTO

                              CAPÍTULO I
                     Del Objeto, Finalidad y Alcance
      Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas
generales para el funcionamiento integral de la Institución Educativa Pública
Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa.

     Artículo 2º.- Son fines del presente Reglamento:
     a. Garantizar los derechos, deberes y obligaciones del personal directivo,
        jerárquico, personal militar, docente, administrativo, estudiantes cadetes,
        Padres de Familia, Ex Cadetes y demás agentes de la educación.
     b. Normar los aspectos Administrativos, Técnico Pedagógico y Militar de
        acuerdo a las normas legales vigentes de los sectores Educación y
        Defensa.
     c. Brindar una educación integral al educando de acuerdo a sus intereses,
        necesidades y aspiraciones.
     d. Cumplir los fines de la educación peruana y los objetivos del nivel
        secundaria, así como .los de formación militar.

     Artículo 3º.- El presente Reglamento Interno alcanza a todos los
estamentos integrantes de la comunidad laboral de la Institución Educativa
Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa, como son:
     a.   Director
     b.   Personal militar
     c.   Personal docente
     d.   Personal Administrativo
     e.   Estudiantes cadetes
     f.   APAFA y sus miembros
     g.   Comité de aulas
     h.   Asociación de Ex Cadetes.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                               CAPÍTULO II
               De la Institución Educativa Pública Militar

      Artículo 4º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”
de Arequipa, se constituye como la primera y principal instancia de gestión del
sistema educativo, con sistema de internado, sujetos a un régimen militar
especial, donde se imparte Educación Secundaria Común en sus tres últimos
años a jóvenes previamente seleccionados.

      Artículo 5º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”
cumple con la siguiente Misión:
      (1)   Formar jóvenes líderes con una solida formación académica,
            científico, humanístico y militar fortalecidos por los valores humanos y
            virtudes morales que permitan ser excelentes ciudadanos para la
            sociedad y la patria.
      (2)    Impartir Educación Secundaria Común (3º, 4º y 5º año), de
            conformidad con la normatividad vigente emitida por el Ministerio de
            Educación.
      (3)   Impartir Instrucción Militar de acuerdo a los programas y planes
            formulados por el Ministerio de Defensa a través de la Dirección de
            Educación y Doctrina (DIEDOC) del Ejército Peruano, caracterizado
            por la disciplina, moral elevada, formación en valores cívico-
            patrióticos, amor a los símbolos patrios y fe en la obra fecunda de
            nuestros héroes nacionales.

      Artículo 6º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”
tiene por Visión: “Ser una institución de calidad, líder en la educación secundaria
a nivel regional, nacional y reconocido a nivel internacional por la formación
académica técnica, científica, humanística y militar sustentada en valores
humanos que permitan su integración competitiva en la sociedad y el respeto a
los derechos de sus semejantes.

      Artículo 7º- Son objetivos de la Institución Educativa Pública           Militar
“Francisco Bolognesi” los siguientes:
     a. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes cadetes a una
        educación de calidad, que forma ciudadanos capaces de ejercer sus
        deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrase
        adecuadamente a la sociedad y de participar en la construcción de una
        sociedad democrática, justa e inclusiva que contribuya al desarrollo y
        bienestar del país.
     b. Asegurar en el marco de los principios y fines de la educación peruana,
        que los estudiantes cadetes se formen integralmente, adquieran
        conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes, valores morales,
        valores cívico-militares y proyectos de vida, atendiendo a su diversidad.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




     c.   Facilitar la acción para afianzar y complementar la formación del
          estudiante cadete mediante actividades complementarias en el área
          social, cívica, religiosa, artística, científica, deportiva y recreativa
          fortaleciendo su cultura física, conservación de la salud y la práctica de
          actividades atléticas y deportivas.

     d. Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los
        aprendizajes de estudiantes cadetes y de la gestión institucional
        asegurando la articulación del proceso educativo con la formación militar
        basado en los hábitos de orden, disciplina y la práctica de valores cívico-
        militares.
     e. Impulsar una participación de calidad de los padres en apoyo de la
        gestión educativa, organizando procesos de formación permanente para
        ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el mejor
        desempeño de su rol.
     f.   Propiciar un adecuado clima institucional que coadyuve al logro de los
          objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de
          gestión democrática, armónica, ética, eficaz y creativa, respetando el
          principio de autoridad.

     Artículo 8º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”
por su naturaleza, finalidad y formación especial mantiene dependencia del sector
Educación, del sector Defensa y Gobierno Regional en la forma que se indica:

     a. Del Sector Educación a través de la Dirección Regional de Educación o
        la que haga sus veces en lo pertinente a:
        - La gestión pedagógica
        - Administración de recursos financieros y materiales provenientes del
            Sector Educación.
        - Régimen académico: Diseño Curricular Nacional, diversificación
            curricular y proceso de enseñanza
        - Equipamiento y mantenimiento de la infraestructura

     b. Del Sector Defensa a través del Ejército del Perú en lo que respecta a :
        - Formulación y desarrollo del Plan de Instrucción Militar
        - Administración y destaque del personal militar
        - Afectación y mantenimiento del material para entrenamiento militar
        - Administración de fondos provenientes del sector Defensa

     c.   Del Gobierno Regional, en lo pertinente a:
          - Aprobación y ejecución presupuestal
          - Equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa.
          - Administración de recursos humanos, financieros y logísticos
          - Actividades de control por el Órgano de Control Institucional




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      Artículo 9º.- Los estudiantes cadetes de la Institución Educativa Pública
Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa que al término del Quinto Año de
Educación Secundaria Común, efectúen un período de instrucción intensiva, que
incluya una fase final de maniobras, quedan dispensados del Servicio Militar
Obligatorio activo en tiempo de paz en la Fuerza Armada, siempre y cuando
hayan obtenido notas aprobatorias en la Instrucción Militar, de acuerdo a lo
dispuesto en el Decreto Ley Nº 11247 de 30 Dic 49, debiendo recibir el
nombramiento de Sargento Segundo de Reserva de acuerdo con el artículo 39 del
Decreto Supremo Nº 01 CGE/F de 09 de Mayo de 1966.




                     TITULO SEGUNDO
               FUNDAMENTOS DE LA EDUCACIÓN


                              CAPÍTULO I
              Axiología : Principios y Unidad de Doctrina
      Artículo 10º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”,
trabaja sobre la base de una educación dirigida, caracterizada por los siguientes
principios:
     a. División del año académico en períodos de instrucción cuyo valor es
        determinado por los resultados de la evaluaciones de aprendizajes.
     b. Relación constante entre el maestro y el alumno con el propósito de
        obtener el conocimiento individual del educando.
     c. Control diario del aprovechamiento e interpretación periódica de los
        resultados en forma individual y colectiva.
     d. Control diario de la conducta sobre la base de la clasificación de las
        faltas por categorías.
     e. Acción preventiva de la Dirección sobre el aprovechamiento y la
        conducta.
     f. Sanción de las faltas de aplicación y conducta por el método de la
        persuasión y por el método acumulativo de puntos que permitan
        descubrir diferentes niveles de eficiencia.
     g. Análisis sicopedagógico de los resultados con el fin de apreciar el estado
        general y particular de la Instrucción y de la disciplina.
     h. Control de asistencia y de la labor de los profesores con el fin de
        valorizar su eficiencia

      Artículo 11º.- Para alcanzar el éxito que se persigue con el modelo
educativo será necesario velar por el mantenimiento de la Unidad de Doctrina
Pedagógica que está caracterizada por:
     a. Idéntica comprensión de los fines por alcanzar en las materias señaladas
        en el Plan Oficial de Estudios.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



     b. Fiel observancia de los métodos y procedimientos de enseñanza
        prescritos por el Reglamento de la IEPM.

     c. Mantenimiento en forma normal, de una tónica de perseverancia,
        puntualidad y justeza en el desarrollo de las actividades de aprendizaje.




                             CAPÍTULO II
               Aspectos básicos de la Educación Integral
De la Educación Moral
      Artículo 12º.- La Educación Moral constituye la base primordial de la
Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, tiene por finalidad:
      (1) Crear en el Cadete una conciencia de valores morales, que le permita
          enriquecer su espíritu con la práctica de las virtudes, la dignidad,
          honradez, abnegación y respeto por la verdad.
      (2) Fortalecer la voluntad mediante la observancia de normas de conducta
          de lealtad, sinceridad y caballerosidad, que abren el camino del
          cumplimiento del deber, y por consiguiente de una disciplina humana
          consciente.
      (3) Desarrollar la personalidad del Cadete mediante el razonamiento y la
          conciencia de proceder por convicción demostrando entereza
          puntualidad y un firme sentido de responsabilidad.
      (4) Despertar optimismo y espíritu de superación sirviéndose de métodos
          objetivos de enseñanza y prácticas amenas de competencias deportivas,
          que inciten el gusto por el trabajo, el entusiasmo y la perseverancia en la
          acción, que crean la confianza en sí mismo y estimulan el esfuerzo
          personal.

       Artículo 13º.- La educación moral será dirigida, conducida y desarrollada
por el Director de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”,
cuerpo de profesores, militares y administrativos, en forma permanente y
destacada, mediante clases debidamente preparadas, charlas informativas y
conferencias patrióticas en las fechas de efemérides nacionales.

       Artículo 14º.- La Institución Educativa Pública             Militar “Francisco
Bolognesi” imparte una educación nacionalista, libre de prejuicios, inspirada en
principios de unión fraternal, tolerancia, nobleza, rectitud y verdad, de manera que
los estudiantes cadetes adquieran suficiente cultura y criterio, que les permita
discernir sobre las posibilidades espirituales y materiales de la Nación, con el fin
de que puedan servir mejor a los intereses superiores de Ia Patria.

       Artículo 15º.- Las actividades políticas, cualquiera que sea la tendencia no
tienen cabida en la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, de
conformidad con las disposiciones legales.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



De la Educación Intelectual.
         Artículo 16º.- La finalidad por alcanzar en la educación intelectual es:
         (1) Posesionar a los estudiantes cadetes del contenido de los programas
             de educación.
         (2) Ejercitarlos en el razonamiento para formarles el criterio y la
             personalidad.
         (3) Iniciarlos en la investigación científica mediante el análisis y la
             reflexión que están destinados a sacar conclusiones.

          Artículo 17º.- El trabajo personal, es la base del rendimiento y de la
eficiencia de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”. Está
caracterizado por:
         (1) El trabajo preparatorio realizado por el Cadete para la clase.
         (2) El trabajo activo y participante en la clase.
         (3) El trabajo solo y a conciencia en las pruebas de control.

         Artículo 18º.- El trabajo personal está destinado a:
         (1) Desarrollar las aptitudes intelectuales.
         (2) Fortalecer la voluntad y formar el carácter por la práctica de la
             entereza y el cumplimiento del deber.
         (3) Modelar la personalidad, ejercitando al Cadete a asumir la
             responsabilidad de rendir por su propio esfuerzo.

          Artículo 19º.- La consulta o la ayuda a un compañero y la copia de
libros o notas en el momento del control está terminantemente prohibidas porque
constituyen fraude y atenta contra la caballerosidad del Cadete y la ética de la a
Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” que se inspira en
normas de pureza y de verdad.

           Artículo 20º.- La Institución Educativa Pública        Militar “Francisco
Bolognesi” estimula el trabajo en equipo mediante la repartición de las tareas y el
fomento del espíritu de investigación y de solidaridad, con el fin de conquistar un
alto nivel de aprovechamiento y de conducta.

         Artículo 21º.- La Institución Educativa Pública        Militar “Francisco
Bolognesi” de Arequipa se preocupa por dar al estudiante cadete un método de
estudio y de trabajo, que le permita abordar la solución de un problema. Este
método está destinado a cultivar el espíritu de observación, criterio de análisis y
concepto de síntesis y de precisión. Dichas cualidades fundamentales se cultivan
mediante la disciplina de estudio y de trabajo que permite ampliar la cultura y
aumentar el bagaje de conocimientos, a través de:
         (1) El espíritu de observación consiste en descubrir las relaciones de
             causa y efecto, que permitan explicar los hechos mediante el
             raciocinio.
         (2) El criterio analítico consiste en descubrir las ideas fundamentales
             distinguiendo lo principal de lo secundario, reunir el conjunto de
             elementos que integran determinado problema para plantearlo,
             desarrollarlo, discutirlo y resolverlo, hasta llegar a establecer las




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



             constantes y las variables y finalmente, los factores que intervienen
             en el desarrollo de las variables.

         (3) El concepto de síntesis y de precisión consiste en sacar
             conclusiones exactas, que permitan presentar en pocas palabras la
             idea que domina el problema y los elementos que intervienen y
             puedan modificarla.

De la Instrucción Militar
     Artículo 22º.- La Instrucción Militar tiene por objeto:

     (1) Afirmar el principio de autoridad y las normas de la disciplina en base del
         cumplimiento del deber y respeto mutuo.
     (2) Enseñar a obedecer de conformidad con las reglas de la subordinación
         jerárquica que constituye una organización consciente del trabajo en
         equipo.
     (3) Ejercitar en el mando con el fin de despertar el sentido de
         responsabilidad y del cumplimiento de la misión recibida.
     (4) Dar la instrucción individual del soldado de infantería, adiestrándolo en
         todo lo concerniente al Orden Cerrado, Servicio Interior, Servicio en
         Guarnición, Servicio de Campaña, Código de Justicia Militar, Ley del
         Servicio Militar Obligatorio, Fortificación en Campaña y Combate del
         grupo, con el objeto de grabar en el Cadete todas las características de
         abnegación y sacrificio que impone la carrera militar.
     (5) Enseñar el método de instrucción individual, con el fin de preparar a los
         Cadetes para el ejercicio del papel de Instructores de reclutas.
     (6) Preparar a los Cadetes del último año en las funciones de Jefe de Grupo
         de Combate e iniciarlos en las nociones elementales de las funciones del
         Oficial Jefe de Sección, con propósito de ambientarlos en su preparación
         ulterior como Oficiales de Reserva del Ejército.
     (7) La Educación militar será impartida gradualmente, mediante academias
         de reglamentos, clases prácticas de instrucción individual, de tiro y de
         combate y ejercicios aplicados de servicio en campaña de duración
         variable.

      Artículo 23º.- Los Cadetes del 5º año al término de la instrucción militar,
deben concurrir a las maniobras finales cuya duración no será menor de cinco
días.

De la Educación Física.
     Artículo 24º.- La Educación Física tiene por objeto:
     (1) Fortalecer el vigor corporal de los Cadetes, despertando el hábito y el
         gusto por los ejercicios físicos para alcanzar el equilibrio funcional que
         les permita conservar su salud.
     (2) Desarrollar las condiciones atléticas y deportivas de cada cadete según
         sus propias habilidades.
     (3) Estimular un espíritu de superación entre las secciones, dando a todos
         los Cadetes la oportunidad de conocer e intervenir en todos los deportes.
     (4) Desarrollar la personalidad y la confianza en si mismo, mediante el
         empleo caballeresco de su propias fuerzas y de sus conocimientos
         técnicos del deporte.




                                       12
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



     (5) En el Tercer y Cuarto año, las actividades atléticas y deportivas tendrán
         un carácter general con el propósito de que los Cadetes adquieran
         experiencia personal de la técnica y del esfuerzo que demanda cada
         deporte, de manera que constaten sus propias aptitudes y puedan
         comprender la importancia que tiene cada actividad deportiva en el
         desarrollo físico y en la educación moral, individual y colectiva,
         especialmente en el trabajo en equipo, que es la expresión de la acción
         conjunta y armónica en la que el individuo lucha por un ideal,
         simbolizado en el triunfo de su equipo.

          Artículo 25º.- En el Quinto año se desarrollará una competencia atlética
y deportiva orientada hacia la especialización, con el fin de desarrollar los
músculos y las condiciones generales de aquellos que revelan mayores aptitudes
en determinado deporte abriéndoles la posibilidad de destacarse más tarde en la
especialidad que elija. Los Cadetes del Quinto año que no revelen aptitudes
especiales serán agrupados por secciones con el fin de continuar desarrollando
sus condiciones físicas. Los Cadetes que revelen deficiencia física, recibirán
lecciones de ejercicios prácticos correctivos en forma moderada a fin de no
violentar su desarrollo, ni provocar crisis originadas por el exceso de esfuerzo o
por la exigencia de esfuerzo incompatibles con su propia constitución.

De la Educación Artística.
         Artículo 26º.- La Educación Artística tiene por objeto:
         (1) Despertar, afirmar y acrecentar la sensibilidad artística del
             educando.
         (2) Dar a los Cadetes una cultura musical que les permita conocer a los
             autores de música selecta y comprender sus principales obras.
         (3) Enseñar a los Cadetes a entonar el Himno Nacional, el Himno de la
             IEPM y canciones militares.
         (4) Preparar masas corales, entrenándolas en canciones recreativas,
             especialmente en música selecta.
         (5) Constituir conjuntos musicales a base de los instrumentos
             elementales de que sea posible disponer.
         (6) Ulteriormente capacitar a los alumnos que deban integrar la orquesta
             y la banda de la IEPM.
         (7) Incentivar en los cadetes el baile y la danza.

          Artículo 27º.- Todos los Cadetes intervendrán en la enseñanza a que se
refiere los subpárrafos (1), (2) y (3). Para las prácticas a que se refieren los
párrafos (4), (5) (6) y (7) se procederá por grupos especialmente seleccionados.

De la Extensión Cultural.
      Artículo 28º.- La extensión cultural tiene por objeto mostrar nuevos
horizontes que despierten interés, inquietud profesional y gusto para ampliar los
conocimientos. Comprende:
      (1) Conferencias de divulgación científica.
      (2) Charlas informativas sobre tenias de actualidad.
      (3) Proyección de películas ilustrativas y exhibiciones de arte teatral.
      (4) Demostración de las habilidades literarias y técnicas de los Cadetes.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



       Artículo 29º.- La extensión cultural se llevara a cabo mediante actuaciones
quincenales que están sujetas a un Plan preparado anualmente por la Dirección
de la a Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa.


De Método de Enseñanza.
        Artículo 30º.- Para realizar los fines didácticos que impone la misión de la
Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, se preocupará por
fomentar e intensificar el método de enseñanza dirigida, que pone en juego al
Cadete, al profesor y a la Jefatura del Departamento Académico en íntima y
permanente relación.
        (1) De parte del Cadete: Insistir en que éste lleve a cabo un trabajo
            preparatorio realizado diariamente bajo las indicaciones del Profesor,
            con el propósito de que aquel concurra a clase con los conocimientos
            básicos que le permitan formar parte activa en el estudio de las
            materias que serán tratadas al día siguiente.
        (2) De parte del Profesor: Poner especial atención en el trabajo didáctico,
            en el cual, tanto como sea posible, se deben distinguir tres momentos o
            fases características: la exposición la demostración y el ejercicio
            conducido.
        (3) De parte de la Jefatura del Departamento Académico: Cuidar que el
            maestro adquiera el conocimiento individual del educando y que el
            trabajo de éste sea estrictamente controlado en forma periódica,
            mediante pruebas objetivas, técnicamente preparadas, cuyo contenido
            permita apreciar su aprovechamiento y su capacidad.

       Artículo 31º.- En la enseñanza dirigida, el órgano de Dirección está
constituido por el Director y Sub-Director de la IEPM “Francisco Bolognesi”,
además los Jefes del Departamento Académico y el Departamento Militar, cuyas
funciones están señaladas en el presente Reglamento. Los órganos de dirección
ejercen una función permanente que en el tiempo se descompone así:
       (1) Antes de iniciar el año escolar, funciona la fase de planificación de la
           instrucción que consiste en prever y organizar los medios en
           condiciones satisfactorias para el trabajo del maestro y del Cadete.
       (2) Durante las labores del año, velar porque el mecanismo pedagógico
           funcione con normalidad y se sujete a la técnica metodológica y al ritmo
           fijado para la enseñanza.
       (3) Al final de cada período de instrucción, marcar una etapa de
           investigación y control con el objeto de descubrir el estado en que se
           encuentra la preparación de los Cadetes y la labor de los Profesores;
           valorizar y graficar estos resultados parciales, a fin de hacer las
           correcciones que permitan obtener un mejor resultado en el período
           siguiente. En estas condiciones el año escolar está, constituido por un
           conjunto de períodos de instrucción, en cada uno de los cuales la
           Dirección ejerce un papel de preparación, coordinación y control con el
           fin de corregir las fallas o deficiencias observadas en el educador y en
           el educando; impulsar el desarrollo de la instrucción, y finalmente,
           mejorar el nivel en que se encuentra el aprovechamiento del Cadete.

       Artículo 32º.- En el sistema de enseñanza dirigida; el Profesor deja de ser
un conferencista u orador, para convertirse en técnico, maestro y organizador del
trabajo del Cadete. El mejor Profesor no es el que se hace escuchar por los



                                       14
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



Cadetes con los brazos cruzados, mereciendo la admiración de estos por el brillo
y facilidad de su palabra; sino, el más filósofo, el más organizador, el que juega
con la atención del Cadete, el que estimula el trabajo individual, el que mantiene
la curiosidad sobre el tema que se estudia, el que hace y aclara preguntas, el que
mantiene latente un estado de inquietud mental ligado al caso objetivo y al
ejercicio práctico, el que posee el arte de hacer trabajar con amenidad y
entusiasmo haciendo surgir en el espíritu del Cadete, ansias de investigación,
confianza en sí mismo y gusto por las precisiones en los campos de la aplicación.

       Artículo 33º.- El aprovechamiento de un estudiante cadete no se debe
dejar al azar de preguntas, tanto porque rara vez una pregunta aislada puede dar
una medida de capacidad, cuanto porque al sancionar dicho sistema a menudo
fugaz y superficial, se admite una tolerancia dañina para el desarrollo del curso o
área.

      Artículo 34º.- La valorización; alista y precisa del aprovechamiento
mediante controles periódicos, establecidos sobre la base de cuestionarios de
pruebas objetivas y de concepto convenientemente equilibrado, en su extensión y
en su contenido, constituyen una importante conquista pedagógica que se debe
perfeccionar con el fin de asegurar un esfuerzo permanente del estudiante cadete
durante el año, que permita hacer trabajar la imaginación la memoria y el criterio.

De la Orientación Vocacional.

        Artículo 35º.- La IEPM “Francisco Bolognesi” es un centro de Educación
en el que fundamentalmente se da a los educandos una sólida educación moral,
intelectual y física, que los capacite para abrirse paso en las profesiones liberales
o militares según su propia vocación; así como las distintas esferas de la vida en
general. Para definir las vocaciones en condiciones satisfactorias, la IEPM
“Francisco Bolognesi” dispone de una Oficina de Tutoría y Orientación Educativa,
así como profesionales en Psicología; los cuales llevan un registro completo de
todos los antecedentes de cada Cadete que permitirá descubrir sus aptitudes para
las diferentes ramas o actividades del saber o de las técnicas con el fin de
canalizar la utilización de su capacidad y de sus energías en la forma más
eficiente que sea posible. El organismo encargado del análisis y de la
especificación de las aptitudes del Cadete no depende únicamente de la Oficina
de TOE sino de la exactitud de las apreciaciones de los distintos elementos que
intervienen en la calificación de los Cadetes.

       Artículo 36º.- Paralelamente a la labor de estudio de las aptitudes de los
Cadetes se llevará a cabo en el Quinto Año un ciclo de conferencias de
orientación vocacional a cargo de elementos representativos de cada profesión o
actividad. El objetivo de estas conferencias es hacer ver a los Cadetes en forma
objetiva y amena la fisonomía propia de cada profesión, así como las condiciones
reales en que se lleva a cabo su ejercicio a fin de que los cadetes que egresan
puedan hacer la elección consciente de sus actividades futuras.




                                       15
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                           CAPITULO III
    De las funciones de la Institución Educativa Pública Militar
      Artículo 37º.- Son funciones de la IEPM, en concordancia con el Artículo
68º de la Ley 28044 – Ley General de Educación, su línea axiológica y los
lineamientos de la política educativa, los siguientes:
      (1) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar sus instrumentos de gestión
         - Proyecto Educativo Institucional (PEI)
         - Plan Anual de Trabajo (PAT)
         - Plan de Supervisión Educativa (PSE)
         - Proyecto Curricular Institucional (PCI)
         - Reglamento Interno (RI)
         - Informe Anual de Gestión (IGA)
      (2) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión pedagógica,
           militar, institucional y administrativa.
      (3) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar las actividades
           productivas, empresariales y la administración de los recursos
           propios.
      (4) Diversificar y complementar el Diseño Curricular Nacional y realizar
           acciones tutoriales.
      (5) Otorgar certificados, diplomas y títulos.
      (6) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del
           estudiante.
      (7) Desarrollar actividades complementarias a la formación académica y
           facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a
           las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y
           ambientales favorables para su aprendizaje.
      (8) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la IEPM
      (9) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de la comunidad
      (10) Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.
      (11) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación
           para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y
           administrativo. Estas acciones se realizan en coordinación con las
           instancias de gestión, su naturaleza y de acuerdo a la norma
           específica.
      (12) Administrar recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales
           a su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los
           respectivos sistemas administrativos.
      (13) Diseñar, ejecutar y evaluar los proyectos de innovación pedagógica,
           de gestión, de experimentación e investigación educativa, informando
           a la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada inmediata
           superior.
      (14) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad
           educativa
      (15) Desarrollar acciones de formación militar y capacitación permanente.




                                       16
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



    (16) Modernizar los sistemas de información y comunicación,
         implementando tecnologías de Información y Comunicación.
    (17) Identificar necesidades de inversión que propendan un desarrollo
         armónico de la infraestructura y equipamiento educativo.
    (18) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su
         competencia.



                               CAPÍTULO IV
                                Base legal

    Artículo   38º.-   Constituye Base Legal para el presente
Reglamento Interno lo siguiente:
    a. Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
    b. D.L. Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su
       modificatoria la Ley Nº 26510.
    c. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por
       las Leyes Nº 27950, Nº 28139, Nº 28274, Nº 28453 y Nº 29379.
    d. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por
       las Leyes Nº 28961, Nº 28968, Nº 29053 y Nº 29739.
    e. Ley Nº 28044, Ley General de Educación, y sus modificatorias las
       Leyes Nº 28123, Nº 28302, Nº 28329 y Nº 28740.
    f. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
    g. Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, modificada por Ley Nº 25212, y su
       Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-90-ED.
    h. Ley 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referente a la
       Carrera Pública Magisterial y su Reglamento aprobado mediante D.S.
       Nº 003-2006-ED, modificado por los Decretos Supremos Nº 020-2008-
       ED y 013-2009-ED.
    i. D.L. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
       Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento D.S.005-90-PCM.
    j. Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto de la República 2011.
    k. Ley Nº 29762 – Ley que incorpora los cargos del Área de Gestión
       Institucional a la Carrera Pública Magisterial.
    l. Ley Nº 28628, Ley que regula la Participación de las APAFAS y su
       reglamento, aprobado por D.S. Nº 004-2006-ED y D.S. Nº 004-2005-ED
    m. Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
       Certificación de la Calidad Educativa y su reglamento aprobado por
       D.S. Nӳ 018-2007-ED
    n. Ley 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como
       servicio público esencial y su reglamento aprobado por D.S. Nº 017-
       2007-ED.
    o. Ley Nº 25231 y su modificatoria Ley Nº 28198, que crea el Colegio de
       Profesores del Perú.
    p. Decreto de urgencia Nº 044-2010, que dicta medidas económicas y
       financieras para el otorgamiento del documento de identidad a la
       población de menores de edad.
    q. D.S. Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las
       Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión
       Educativa.



                                     17
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



r. D.S. Nº 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular.
s. D.S. Nº 017-2004-ED, Aprueba Estatuto del Colegio de Profesores del
   Perú

t.    Decreto Supremo N° 005-2010-ED - Establecen regímenes de
      excepción en los Reglamentos de la Ley del Profesorado y de la Ley N°
      29062.
u.    D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema
      Educativo.
v.    D.S. Nº 016-2005, Dispone que las instancias de Gestión Educativa
      Descentralizada deben utilizar los Sistemas: SIRA-SUP y NEXUS.
w.    Decreto Supremo Nº 079-2009-EF, establecen Remuneración Íntegra
      Mensual del Primer Nivel de la Carrera Pública Magisterial; la Escala
      de la Aplicación del Artículo 63º de la Ley Nº 29062 y Monto de la
      Remuneración Mensual y Asignaciones de los Profesores contratados,
      modificado por Decreto Supremo Nº 104-2009-EF.
x.    D.S. Nº 005-2011-ED, que aprueba las normas para el proceso de
      racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las
      Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico
      Productivo”.
y.    R.M. Nº 218-2004-ED, Normas para la Recaudación y Administración
      de los recursos directamente recaudados en las Instituciones
      Educativas Públicas.
z.    Decreto Supremo Nº 008-2006-ED, que aprueba los Lineamientos para
      el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en
      las Instituciones Educativas Públicas
aa.   Resolución Ministerial N° 440-2008-ED, que aprueba el documento
      “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular”
bb.   Resolución Ministerial Nº 045-2009-ED, Norma para la Distribución,
      Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de
      Educación Básica Regular
cc.   Resolución Ministerial Nº 260-2009-ED sobre Regularización y creación
      de Programas No Escolarizados.
dd.   Resolución Vice Ministerial N° 0017-2007-ED, que aprueba las Normas
      que establecen la Organización y la Ejecución de la Actividad
      Permanente de Movilización Social: ”Escuelas Seguras, Limpias y
      Saludables”.
ee.   Resolución Vice Ministerial Nº 0022-2007-ED, que aprueba las
      “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar,
      el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y
      Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la
      Educación Básica”.
ff.   Resolución Jefatural Nº 3255-2010-ED , que ratifica para el Período
      Lectivo 2011 la Directiva Nª 004-2010-ME/SG-OGA-UPER sobre
      «Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas de
      Clase en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular
      Secundaria y Educación Básica Alternativa Ciclo Avanzado en el
      Período Lectivo 2010», aprobada con Resolución Jefatural Nª 0050-
      2010-ED
gg.   R.M. Nº 571-94-ED, Reglamento de control de asistencia y
      permanencia del personal del Ministerio de Educación.
hh.   R.M. Nº 0026-2004-ED, que conforma el Círculo de Mejora de la



                                 18
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      Calidad del Gasto del Ministerio de Educación.




ii. R.M. Nº 234-2005-ED, aprueba Directiva Nº 004-VMGP-2005 sobre
    Evaluación de Aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica
    Regular.
jj. R.M. Nº 267-2005-ED, Aprueba Directiva Nº 25-2005-ME/SG “Norma el
    Proceso de Racionalización...”
kk. R.S.G. Nº 0222-2009-ED, que aprueba la Directiva Nº 021-2009-
    ME/SPE-UP sobre “Normas para la formulación y Aprobación del
    Presupuesto Analítico de Personal PAP de las Unidades Ejecutoras de
    Educación y Gobiernos Locales donde se implemente la
    Municipalización de la Gestión Educativa”
ll. R.J. Nº 0182-2011-ED que aprueba las Normas y Procedimientos para
    la Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de
    Educación Básica y Técnico Productiva en el periodo lectivo 2011.
mm. Resolución Jefatural Nº 3331-2010-ED, que ratifica para el periodo
    lectivo 2011 la Directiva Nº 077-2009-ME/SG-OGA-UPER.
nn. Resolución Jefatural Nº 3332-2010-ED que ratifican para el período
    lectivo 2011 la Directiva Nº 003-2009-ME/SG-OGA-UPER sobre
    “Proceso para Contratación de Auxiliares de Educación en Instituciones
    Educativas de Educación Básica Regular (Inicial y Secundaria), para el
    período 2009”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 0015-2009-ED.




                                 19
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                     TITULO TERCERO
             DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

                                 CAPÍTULO I
                             Estructura Orgánica
      Artículo 39º.- Para el cumplimiento de sus funciones la IEPM “Francisco
Bolognesi” cuenta con la siguiente Estructura Orgánica:

1. ORGANOS DE DIRECCIÓN
   1.1 Dirección General
   1.2 Sub Dirección General

2. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACIÓN
   2.1 Consejo Educativo Institucional
   2.2 Asociación de Padres de Familia
   2.4. Asociación de Ex cadetes

3. ORGANO DE ASESORAMIENTO
   3.1 Consejo Académico

4. ORGANOS DE APOYO
   4.1 Oficina de Administración
        4.1.1. Área de Presupuesto y desarrollo institucional
        4.1.2. Área de Contabilidad
        4.1.3. Área de Tesorería
        4.1.4. Área de Abastecimientos y Almacén
        4.1.5. Área de Recursos Humanos
        4.1.6. Área de Control Patrimonial
        4.1.7. Sección de Servicios Generales

   4.2 Oficina de Secretaría General
        4.2.1. Sección de Asesoría Jurídica
        4.2.2. Sección de Relaciones Públicas e Imagen Institucional
        4.2.2. Sección de Trámite Documentario
        4.2.3. Sección Actas y Archivo General
        4.2.3. Sección de Admisión

   4.3 Oficina de Administración Militar
        4.3.1. Sección Instrucción
        4.3.2. Sección Moral y Disciplina
        4.3.3. Sección Piquete de Seguridad
        4.3.4. Sección Personal



                                       20
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



       4.3.5. Sección Logística
       4.3.6. Sección Telemática
       4.3.7. Comité de Información de la Unidad

05. ORGANOS DE LINEA
   5.1 Departamento Académico
       5.1.1. Oficina de Evaluación
       5.1.2. Oficina de Tutoría y Orientación Educativa
       5.1.3 Sección Centro de Recursos Tecnológicos
       5.1.4 Sección Centro de Recursos Educativos
   5.2 Departamento Militar

   5.3 Departamento de Sanidad y Alimentación
       4.4.1. Sección Sanidad
       4.4.2 Sección Psicología
       4.4.3 Sección Servicio Social
       4.4.4. Sección Alimentación




                                      21
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                          ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL




                             GOBIERNO REGIONAL DE
                                   AREQUIPA
                                (PRESIDENCIA)



                              GERENCIA REGIONAL
                                DE EDUCACIÓN
                                  AREQUIPA


                                                             CONSEJO EDUCATIVO
                                                               INSTITUCIONAL
                                DIRECCION-IEPM
                                                                   APAFA
                                 SUB-DIRECCIÓN
                                                              ASOC. EXCADETES




                                                 CONSEJO ACADÉMICO
 Oficina de Secretaría
        General


     Oficina de
Administración General

     Oficina de
 Administración Militar




 DEPARTAMENTO                    DEPARTAMENTO                  DEPARTAMENTO
  ACADÉMICO                         MILITAR                       SANIDAD Y
                                                                ALIMENTACIÓN




                                   22
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




                                 CAPÍTULO II
                               De las Funciones
1. DEL ORGANO DE DIRECCIÓN
   1.1. Dirección
      Artículo 40º.- La Dirección de la IEPM “Francisco Bolognesi” estará a
cargo de un Coronel de Ejército con Maestría en Educación, Administración o
egresado el CAEN. Adicionalmente deberá tener la condición de Ex cadete de
algún Colegio Militar; el cual, será nombrado por el Misterio de Defensa, siendo su
cargo de confianza.

       Artículo 41º.- El órgano de Dirección de la IEPM “Francisco Bolognesi”
está constituida por:
       (1) El Director
       (2) El Sub-Director General

       Artículo 42º.-El Director es la primera autoridad en la IEPM “Francisco
Bolognesi”, es el representante legal; y como tal, asume la responsabilidad de la
conducción y administración integral; para lo cual, cuenta con facultades de
dirección y gestión. La efectividad de su acción directriz está influenciada por su
capacidad intelectual, moral y física, así como por la colaboración leal, basada en
el respeto mutuo de todo el personal de la IEPM.
      Artículo 43º.- Son funciones del Director
      (1) Dirigir la política educativa y administrativa de la IEPM, definir su
          organización, conducción y administración integral que comprende la
          gestión institucional, administrativa, pedagógica y militar, así como la
          diversificación del Diseño Curricular Nacional y las actividades
          formativas complementarias del currículo.
      (2) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar los instrumentos de gestión:
          Proyecto Educativo Institucional (PEI) que tiene el Proyecto Curricular
          Institucional (PCI) como parte de la propuesta pedagógica del PEI, el
          Plan Anual de Trabajo (PAT), el Plan de Supervisión Educativa (PSE),
          el Reglamento Interno (RI) y el Informe de Gestión Anual (IGA).
      (3) Dirigir, controlar, supervisar y evaluar los procesos de gestión
          pedagógica, militar, institucional y administrativa.
      (4) Asegurar la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de la
          contabilidad, libros, registros documentos y operaciones contables que
          señale la Ley, dictando las disposiciones necesarias dentro de su
          ámbito para el normal desenvolvimiento de la IEPM.
      (5) Administrar la documentación técnico pedagógico y administrativa,
          velar por la regularidad, autenticidad y veracidad de los registros y
          actas de notas que señale la Ley, dictando las disposiciones
          necesarias dentro de su ámbito para el normal desenvolvimiento de la
          IEPM.
      (6) Conducir la administración integral de la IEPM, servicios, recursos
          humanos, recursos económicos financieros y materiales de la IEPM.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (7) Suscribir las normas de matrícula, actas, informes, constancias y
          libretas de información de evaluación o de notas, certificados de
          estudios y demás documentos técnico pedagógicos oficiales que
          otorgue la IEPM.
      (8) Propiciar un ambiente institucional y clima laboral favorable al
          desarrollo del servicio educativo.
      (9) Facilitar programas de apoyo en los servicios educativos de acuerdo a
          las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientes
          favorables a su aprendizaje.
     (10) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica, de
          gestión, experimentación e investigación educativa.
     (11) Informar a la instancia pertinente del Sector Defensa y del Sector
          Educación, sobre su gestión pedagógica, institucional y administrativa.
     (12) Emitir las resoluciones directorales de su competencia.
     (13) Presidir la reunión general del personal directivo, jerárquico, docente y
          administrativo de la IEPM.
     (14) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones
          humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los
          miembros de la comunidad educativa.
     (15) Dirigir los concursos para cubrir las vacantes del Personal Docente,
          Administrativo y de Servicio, de acuerdo a las disposiciones legales
          vigentes.
     (16) Proponer a la autoridad educativa de la Gerencia Regional de
          Educación Arequipa el nombramiento, reasignación, rotación, destaque
          y otras acciones de desplazamiento del Personal Directivo, Jerárquico,
          Profesores por Horas, Personal Administrativo, Profesionales de la
          Salud , personal de servicios y personal militar de acuerdo a Ley.
     (17) Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y
          dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y sus autoridades
          superiores.
     (18) Velar por la existencia, conservación y renovación de ser el caso de los
          bienes muebles e inmuebles y materiales consignados en los
          inventarios, el uso y destino de estos.
     (19) Recibir y entregar la IEPM, estableciendo y tramitando los respectivos
          Estados de Entrega y Recepción.

  1.2. Sub Dirección General
       Artículo 44º.- El Subdirector de la IEPM “Francisco Bolognesi” es un
   Teniente Coronel de Ejército nombrado por el Ministerio de Defensa (Ejército
   Peruano). Su cargo es de confianza y será designado a propuesta del Director
   de la IEPM.

      Artículo 45º.-Es el colaborador inmediato del Director en todo lo referente
a la educación, instrucción, disciplina y administración; lo reemplaza durante su
ausencia y asume las funciones de éste; para lo cual, deberá mantenerse
informado sobre la marcha de la institución.

      Artículo 47º.- Son funciones del Sub-Director General:
      (1)   Colaborar estrechamente en el ejercicio de las funciones del Director,
            con el fin de obtener unidad, permanencia y continuidad en la acción.




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (2)  Asegurar el cumplimiento de las decisiones del Director, dictando las
           disposiciones de detalle.
      (3) Dar parte diariamente al Director sobre la marcha de las diferentes
           reparticiones del Plantel.
      (4) Coordinar y controlar la labor de los Jefes de la unidades orgánicas y
           personal de los Departamentos Académico, Militar y Sanidad y
           Alimentación, presentando las sugerencias que sean necesarias para
           el mejor cumplimiento de sus funciones.
      (5) Planear, organizar y conducir la instrucción del personal militar
           conforme a las Directivas y Programas emitidos por la Superioridad
           Militar.
      (6) Formular mensualmente el Plan de Supervisión de Clases y realizar
           una permanente evaluación de las condiciones educativas y
           rendimiento de los profesores poniendo énfasis en el aspecto moral y
           capacidad profesional, así como de su contribución a la formación
           integral de los educandos.
      (7) Apreciar el rendimiento de los instructores (0ficiales y Suboficiales de
           Instrucción Militar) en el ejercicio de sus funciones.
      (8) Centralizar las gestiones y pedidos de las diferente reparticiones de la
           IEPM, de acuerdo a sus necesidades y derechos realizando la
           confrontación mensual de lo Libros y Registros en los que firmara para
           establece su exactitud.
      (9) Supervisar el estado sanitario, dictando las disposiciones necesarias
           para asegurar la conservación do, la salud de todo el personal de la
           IEPM.
      (10) Planear, organizar y conducir el Concurso de Admisión para nuevos
           Cadetes y elevar un informe documentado a la Dirección.
      (11) Presidir las Comisiones de Recepción e Internamiento de Prendas,
           enseres y material diverso, disponiendo la formulación de la
           documentación pertinente.

2. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACIÓN
    2.1 El Consejo Educativo Institucional (CONEI)

        Artículo 48º.- El Consejo Educativo Institucional (CONEI) es el órgano de
participación, concertación y vigilancia ciudadana de la IEPM que colabora con la
promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que
promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en
las instituciones educativas públicas.

      Artículo 49º.-Es presidido por el Director de la IEPM, y está conformado
por el Jefe del Departamento Académico, (02) representantes del personal
docente, (01) del personal administrativo, (02) de los estudiantes, (01) de los ex
Cadetes y (01) de los padres de familia; pudiendo ser integrado también, por otros
representantes de instituciones de la comunidad local, por acuerdo del Consejo

       Artículo 50º.- El Director de la IEPM convoca a los miembros del Consejo
Educativo Institucional, los reconoce mediante Resolución Directoral de la IEPM y
los instala dando lectura a la Resolución Directoral, levantando el Acta de
Instalación, acto a partir del cual inicia su funcionamiento en la IEPM




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



       Artículo 50º.- El Director de la IEPM mediante Oficio dirigido a la autoridad
educativa superior, solicitará la inscripción del CONEI de la IEPM en el Libro de
Registro de Consejos Educativos Institucionales adjuntando original o copia
autenticada de la resolución que reconoce al CONEI, relación de integrantes y
copia del acta de instalación.

       Artículo 51º.-El CONEI se reúne como mínimo una vez al mes o en forma
extraordinaria cuando lo solicita la Dirección o cualquier integrante de la plana
docente o administrativa de la IEPM.

       Artículo 52º.-Son funciones del Consejo Educativo Institucional las
siguientes:
       (1) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo
            Institucional.
       (2) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y
            permanencia del personal docente y administrativo de la institución,
            de acuerdo con la normatividad específica que emita, el Ministerio de
            Educación.
       (3) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes
            en la IEPM.
       (4) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de
            universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las Instituciones
            Educativas públicas.
       (5) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa
            y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento
            General de la Asociación de Padres de Familia, están comprendidos
            con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.
       (6) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas
            efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada
            del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de
            aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades.
       (7) Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educación de su
            circunscripción.
       (8) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta priorizando
            soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen
            delito.
       (9) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la institución educativa
            y los indicadores de desempeño laboral.
       (10) Reunirse, al finalizar el año, para determinar los casos de matrícula
            condicional, matrícula observada, compromisos especiales e
            invitación al retiro y cancelación de la matrícula de los alumnos (as)
            que han demostrado faltas tanto a la conducta como al rendimiento
            académico.
       (11) Analizar y seleccionar alternativas que contribuyan al mejor desarrollo
            de las actividades técnico pedagógicas y administrativas de la IE.
       (12) Analizar en equipo la problemática educativa, determinando las
            alternativas de solución.

2.2. La Asociación de Padres de Familia
      Artículo 56º.- La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es un órgano
de participación de la IEPM, cuyo fin es de contribuir con los demás actores




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



educativos en el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y servicios que
ofrece la institución.
       Artículo 57º.- La Ley regula la participación de la Asociación de Padres de
Familia (APAFA).
      Artículo 58º.- La APAFA ejerce directamente las siguientes funciones:
      (1) Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados,
          buscando la inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de
          oportunidades.
      (2) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución
          educativa, promoviendo un clima armonioso favorable para el
          aprendizaje.
      (3) Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo
          que utilizan los estudiantes.
      (4) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento,
          mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.
      (5) Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de
          salud física y mental; de deportes, orientación vocacional y de otros
          servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.
      (6) Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y
          económico de la institución educativa.
      (7) Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se
          produzcan en las instituciones educativas.
      (8) Participar, a través de veedores, en los procesos de adquisición de
          bienes y servicios que se realicen en las instituciones educativas y en
          los comités especiales que se constituyan en los órganos intermedios
          de gestión descentralizada, en el marco de la Ley de Contrataciones y
          Adquisiciones del Estado y demás normas vigentes.
      (9) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y
          administrativo que logren un desempeño destacado en las instituciones
          educativas.
     (10) Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados.
     (11) Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo
          Institucional.
     (12) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los
          órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos
          en la Ley General de Educación.
     (13) Otras que se establezca por Ley y su reglamento.

2.3. De la Asociación de Ex cadetes
        Artículo 56º.- La Asociación de Ex Cadetes debidamente reconocida e
inscrita en Registros Públicos, es la organización de profesionales y técnicos que
participa colaborando en la organización y funcionamiento de la IEPM.

        Artículo 430º.- Se rige por su propio Reglamento Interno y coordina sus
actividades con la Dirección de la IEPM a fin de salvaguardar el Ideario
institucional y el buen uso del nombre de la IEPM.

      Artículo 431º.- Son fines de la Asociación de Ex Cadetes:




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (1) Vincular mejor a los Ex–cadetes con la IEPM donde recibieron su
          formación intelectual, moral y física.
      (2) Propiciar entre los Ex cadetes de todas las promociones la cooperación
          más amplia, ayudándose mutuamente dentro de las esferas de su
          actividad.
      (3) Sostener vinculación constante con los profesores de la Institución,
          prestándoles la ayuda necesaria para estimular la formación de los
          alumnos en cualquier campo de acción aprobado por las autoridades
          de la Institución.
      (4) Promover actuaciones culturales, sociales, artísticas y deportivas entre
          los Cadetes y Ex Cadetes, procurando cooperar con ellas por lo menos
          con su asistencia y la de sus familiares
      (5) Contribuir a la organización de las sociedades promocionales para
          estrechar los vínculos entre ellas y la asociación

3. ORGANO DE ASESORAMIENTO

     3.1. El Consejo Académico
       Artículo 53º.-El Consejo Académico es el órgano de asesoramiento que
coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el Director de la
IEPM e integrado por el Jefe del Departamento Académico, Asesores y/o
Coordinadores de Área y representante de los docentes, propuestos anualmente
por los profesores y reconocidos por la Dirección, al inicio del año escolar.
       Artículo 54º.-Su conformación y reglamento se aprueba mediante acto
resolutivo de la Dirección de la IEPM, de acuerdo a las normas y disposiciones
que se emitan al respecto y de acuerdo al presente Reglamento Interno.

      Artículo 55º.- Son funciones del Consejo Académico las siguientes:
      (1) Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto
          Curricular de Centro)
      (2) Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para
          mejorar los aprendizajes de los alumnos
      (3) Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación
          educacional
      (4) Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los
          estudiantes
      (5) Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones
      (6) Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional
      (7) Participar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan
          Anual de Trabajo, en la organización de actividades y programas de la
          IEPM.

4. ORGANOS DE APOYO
  4.1 De la Oficina de Administración General

      Artículo 61º.- La Oficina de Administración, es el órgano de apoyo
responsable de normar, ejecutar, coordinar y controlar los sistemas
administrativos, la previsión y ejecución presupuestal, la gestión de recursos
humanos y materiales, así como la administración de los bienes patrimoniales en
la IEPM. Está a cargo de un Profesional denominado Director de Administración,
quién depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Dirección.



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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”




       Artículo 62º.- La Oficina de Administración General cumple las siguientes
funciones:
       (1) Dirigir y controlar la aplicación de la normatividad técnico
            administrativa inherente a los Sistemas Administrativos de
            Presupuesto,      Contabilidad,   Tesorería,   Recursos      Humanos,
            Abastecimientos y Almacén, en materia de su competencia y de
            conformidad con las disposiciones legales y normas técnicas vigentes.
       (2) Organizar, dirigir, ejecutar y controlar la administración de los
            recursos económicos, financieros y del potencial humano existente en
            la IEPM.
       (3) Proveer de recursos financieros y logísticos que requieran los órganos
            de la IEPM, para el cumplimiento de sus funciones, así como el
            mantenimiento de sus instalaciones.
       (4) Supervisar la formulación del Plan Anual de Contrataciones y tramitar
            su aprobación, verificando su cumplimiento.
       (5) Participar en la formulación del presupuesto institucional, en
            coordinación con la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y
            Desarrollo Institucional.
       (6) Supervisar y cautelar el uso del Sistema Integrado de Administración
            Financiera (SIAF) de la IEPM.
       (7) Supervisar la realización del Inventario de Bienes Patrimoniales de la
            IEPM.
       (8) Administrar los bienes y rentas de la IEPM.
       (9) Supervisar la formulación de los Estados Financieros de la IEPM, para
            su presentación a la Dirección; y, una vez aprobado, cumplir con su
            presentación ante la Contaduría Publica de la Nación.
       (10) Expedir resoluciones de carácter administrativo, que demande Ley
            expresa y aquellas que le sean atribuidas por delegación.
       (11) Aprobar instructivos que normen el accionar de los sistemas a su
            cargo.
       (12) Ejecutar las actividades administrativas en cumplimiento a las Normas
            de Austeridad establecidas en la Ley de Presupuesto y la legislación
            sobre la materia en materia de gastos corrientes, de bienes y servicios
            y contratación de personal.
       (13) Supervisar y monitorear la remisión trimestral de la información a ser
            remitida a la Contraloría General de la República, sobre los procesos
            de selección de bienes y servicios: Licitación Pública, Concurso
            Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía.
       (14) Conciliar la información contable, administrativa y presupuestal del
            ejercicio fiscal, en los niveles administrativos y plazos
            correspondientes.
       (15) Controlar y evaluar la ejecución del gasto.
       (16) Mantener actualizado el Margesí de Bienes Inmuebles de la
            Institución efectuando el saneamiento físico-legal, en coordinación
            con el Gobierno Regional y el órgano competente de la Sede Central
            del Ministerio de Educación
       (17) La Oficina de Administración General para el mejor cumplimiento de
            sus funciones cuenta con las siguientes áreas y secciones:
            a. Área de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional
            b. Área de Contabilidad
            c. Área de Tesorería



                                       29
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



              d.   Área de Abastecimientos y Almacén
              e.   Área de Recursos Humanos
              f.   Área de Control Patrimonial
              g.   Sección de Servicios Generales


     4.1.1.    Del Área de         Planificación,   Presupuesto      y    Desarrollo
               Institucional.
        Artículo 57º.- El Área de Planificación y Presupuesto y Desarrollo
Institucional, es el órgano de asesoramiento conductor del proceso de desarrollo
institucional, responsable de formular, implementar y supervisar las actividades de
planeamiento, presupuesto, racionalización, estadística e infraestructura.

        Artículo 58º.- El Área de Planificación,         Presupuesto y Desarrollo
Institucional, cumple las siguientes funciones
        (1) Efectuar la gestión presupuestaria, en las fases de programación,
            Formulación, aprobación, ejecución, evaluación, y control del gasto, de
            conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
            las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las disposiciones que
            emita la Dirección General del Presupuesto Público, en el marco de los
            principios de legalidad y cumplimiento de la normativa legal vigente.
        (2) Difundir, conducir, orientar     y supervisar el proceso presupuestal
            mediante la aplicación de las normas de formulación, ejecución y
            evaluación del presupuesto.
        (3) Formular y presentar el informe de los Estados Presupuestarios de la
            IEPM a la Oficina Regional de Planificación, Presupuesto y
            Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional.
        (4) Proponer a la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y
            Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional, la propuesta de
            Programación Trimestral, para          su evaluación y aprobación
            correspondiente, teniendo como base de los requerimientos de las
            diferentes Unidades Orgánicas, para garantizar la disponibilidad
            oportuna de los recursos presupuestales.
        (5) Elaborar el calendario de compromisos de la institución en forma
            mensual de acuerdo al monto asignado y aprobado por la Oficina
            Regional de Planificación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del
            Gobierno Regional.
        (6) Proponer y ejecutar las modificaciones presupuestales en coordinación
            con el Jefe de la Oficina de administración General, de conformidad
            con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de
            Presupuesto del Sector Público y la normativa legal vigente.
        (7) Elaborar y estructurar la distribución de los calendarios de
            compromisos, así como sus modificaciones mediante ampliaciones,
            flexibilizaciones y/o restructuraciones de calendarios mensuales de
            compromisos de toda fuente de financiamiento.
        (8) Elaborar en forma semestral y anual la evaluación del Presupuesto
            Institucional, de conformidad con la directiva que emita la Dirección
            General de Presupuesto Público.
        (9) Desarrollar el proceso de Cierre y Conciliación del Presupuesto
            Institucional en coordinación con la Oficina Regional de Planeamiento,




                                        30
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



            Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional, para
            ser sustentadas ante la DGPP-MEF y Contaduría Pública de la nación.
     (10)   Otorgar Certificación Crédito Presupuestal, para la Ejecución de
            compromisos de gasto que realice la Oficina de administración General
            de las diferentes genéricas de gasto, de conformidad con la Ley
            General del Sistema Nacional de Presupuesto.
     (11)   Elaborar en coordinación con el Área de Abastecimientos y Almacén la
            y el Encargado de las Contracciones, el Plan Anual de Contrataciones
            de la Institución de acuerdo a lo establecido en la               Ley de
            Contrataciones del Estado y su reglamento.
     (12)   Presentar el diseño de organización interna de la IEPM, así como de
            los demás instrumentos de gestión institucional.
     (13)   Formular y proponer directivas, mejoras metodológicas y
            procedimientos internos de trabajo, necesarios para el adecuado
            funcionamiento del Área de Planificación y Presupuesto.
     (14)   Brindar asesoramiento técnico a la Dirección, en las materias de su
            competencia.
     (15)   Asesorar a los órganos de la institución en la elaboración y aplicación
            de los instrumentos de gestión institucional.
     (16)   Orientar y asesorar la elaboración, ejecución y evaluación de los planes
            institucionales y los planes de trabajo anual y plan operativo de la
            institución.
     (17)   Evaluar el Logro de los Objetivos y las Metas establecidas en el Plan
            Operativo Institucional y Presupuesto Institucional.
     (18)   Racionalizar en forma efectiva los recursos materiales, físicos,
            financieros y de personal, utilizados en la prestación de los servicios
            educativos a fin de lograr mayor equidad en su distribución.
     (19)   Elaborar las estadísticas educativas y construir los indicadores que
            definan la calidad y pertinencia del servicio, utilizando los modernos
            sistemas de información.
     (20)   Identificar, sistematizar y consolidar las necesidades de infraestructura,
            mobiliario y equipamiento de la Institución.
     (21)   Elaborar y difundir normas técnicas para el adecuado mantenimiento
            del local escolar.
     (22)   Remitir la información solicitada al Oficina Regional de Planeamiento,
            Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional.
     (23)   Ejecutar las acciones correspondientes en el Modulo de Procesos
            Presupuestarios del Sistema Integrado de Administración Financiera
            SIAF.
     (24)   Para el mejor cumplimiento de sus funciones cuenta con una sub área
            de Informática y de Procesos

            4.1.2.1. Sub-área de Informática y de Procesos

      Artículo 59º.- La sub-área de Informática y de Procesos, depende del Área
de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, encargado de planificar,
organizar y dirigir los aspectos relacionados a la informática y sistemas que
comprende el desarrollo de los trabajos de la institución.

       Artículo 60º.- La Sub-área de Informática y de Procesos cumple las
siguientes funciones:




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Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (1)     Desarrollar, instalar y mantener el flujo y manejo de la información que
              procesa la IEPM a través de la red, incrementando la eficiencia del
              flujo de información y coadyuvando a un servicio eficaz.
      (2)     Establecer mecanismos de seguridad que impidan la pérdida,
              eliminación o sustracción de datos con fines distintos a los
              autorizados por la Dirección.
      (3)     Planificar, dirigir, sistematizar y procesar la información estadística de
              la       IEPM, en los aspectos relacionados con Ingresos,
              Remuneraciones,          Presupuesto, y demás órganos y unidades
              orgánicas.
      (4)     Resguardar los códigos fuente, correspondientes a los órganos y
              sistemas de la IEPM, los mismos que son patrimonio de la institución,
              no pudiendo ser utilizados por quienes trabajan en dicha oficina para
              fines distintos a los autorizados por la Dirección.
      (5)     Organizar, mantener y desarrollar los archivos de información
              automatizado de datos, utilizando sistemas modernos de
              almacenamiento de información como Discos externos, memoria USB
              portátil, DVD-ROM y otros.
      (6)     Elaborar, implementar y administrar el Portal de Internet de la IEPM y
              actualizarlo de acuerdo a la información que brinden los diferentes
              órganos y unidades orgánicas para así asegurar la transparencia y
              acceso a la información pública.
      (7)     Programar y desarrollar cursos de capacitación sobre informática para
              los funcionarios y servidores de la institución en convenios con otras
              instituciones.
      (8)     Formula el Plan Operativo Informático de la Institución.
      (9)     Desarrolla e implementa programas y aplicativos actualizados para la
              Gestión institucional.
      (10)    Asesorar en el manejo y mantenimiento de los sistemas de: SIAF,
              PDT, SIMI, SUP entre otros.
      (11)    Racionalizar y Supervisar el uso de los equipos de cómputo e Internet.
      (12)    Establecer derechos de usuarios, accesos y seguridad a la
              información institucional procesada en los dispositivos de
              almacenamiento informático.
      (13)    Efectuar      en coordinación con el Área de Abastecimientos el
              mantenimiento de los equipos de cómputo.

     4.1.2.    Del Área de Contabilidad
      Artículo 63º.- El Área de Contabilidad es el órgano de apoyo, responsable
de conducir las acciones inherentes al Sistema de Contabilidad en el ámbito de la
IEPM. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Oficina de
Administración

      Artículo 64º.- El Área de Contabilidad desarrolla las siguientes funciones
     (1) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades
          inherentes al Sistema Administrativo de Contabilidad, de acuerdo a la
          normatividad vigente.
     (2) Formular los Estados Financieros de la IEPM procesado a través del
          SIAF.
     (3) Formular y presentar el informe de los Estados Financieros y
          Presupuestarios de la IEPM al Jefe de la Oficina de Administración



                                         32
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



            para ser elevado al Gobierno Regional, Dirección Nacional de
            Contabilidad Pública y otros organismos que correspondan.
     (4)    Integrar y consolidar la información contable, presupuestal patrimonial
            y de personal formulando los balances mensuales, balances
            constructivos y los estados financieros y presupuestarios en el SIAF en
            forma oportuna, en cumplimiento a la normatividad vigente.
     (5)    Emitir informes pertinentes respecto a la situación financiera.
     (6)    Coordinar con el Área de Presupuesto y el Área de Tesorería sobre la
            ejecución de ingresos y gastos asignados presupuestalmente.
     (7)    Efectuar arqueos inopinados del manejo del fondo para pagos en
            efectivo y caja chica
     (8)    Presentar y brindar información oportuna sobre el Sistema de
            Contabilidad con la sustentación técnica respectiva, en los plazos
            establecidos o cuando le sea requerido.
     (9)    Dirigir, coordinar y evaluar las actividades correspondientes a la
            Integración Contable contabilizando los registros de fuentes para la
            elaboración de los estados financieros.
     (10)   Elaborar el análisis de todas las cuentas contables para demostrar los
            saldos de las cuentas.
     (11)   Coordinar y evaluar las actividades correspondientes al Control
            Presupuestal y devengados en el SIAF.
     (12)   Cumplir y hacer cumplir la normatividad, procedimientos y acciones
            técnicas del sistema contable gubernamental y el SIAF.
     (13)   Asesorar, absolver consultas y brindar información contable a las
            unidades orgánicas de la IEPM.

     4.1.3.   Del Área de Tesorería
       Artículo 65º.-El Área de Tesorería es el órgano de apoyo encargado de
conducir y ejecutar acciones orientadas a la percepción o captación de recursos
financieros cualquiera sea su concepto o fuente de financiamiento y la ejecución
de pagos u obligaciones, previa y debidamente comprometidos y autorizados,
velando por la correcta utilización de los fondos autorizados a la institución,
cumpliendo las normas relacionadas y aplicables al Sistema de Tesorería.

      Artículo 66º.-El Área de Tesorería desarrolla las siguientes funciones:
      (1) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades
          correspondientes al Sistema de Tesorería, en cumplimiento a la
          normatividad vigente.
      (2) Controlar la percepción o captación de recursos directamente
          recaudados.
      (3) Verificar e informar la disponibilidad de recursos directamente
          recaudados.
      (4) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades correspondientes para el
          registro de los ingresos directamente recaudados en el Sistema
          Integrado de Administración Financiera (SIAF).
      (5) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades correspondientes para la
          recepción de la documentación fuente para el ingreso de la Fase
          Girado en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF)
          por diversas fuentes de financiamiento.




                                       33
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (6) Efectuar conjuntamente con el Jefe de la Oficina de Administración
          General la apertura de Cuentas Bancarias, por toda fuente de
          financiamiento.
      (7) Efectuar las conciliaciones de las cuentas de enlace a nivel
          institucional.
      (8) Formular directivas, mejoras metodológicas y procedimientos de
          trabajo necesarios para el adecuado funcionamiento del sistema.
      (9) Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Administración
          General dentro del campo de su competencia.

     4.1.4.   Del Área de Abastecimientos y Almacén
       Artículo 67º.-El Área de Abastecimientos y Almacén es el órgano de
apoyo, responsable de suministrar en forma oportuna y programada los bienes y
servicios necesarios en apoyo a las actividades de la IEPM en el marco de la
normatividad legal vigente.

       Artículo 68º.-El Área de Abastecimientos y Almacén cumple las siguientes
funciones:
       (1) Planificar, dirigir, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las
            actividades correspondientes al Sistema de Abastecimiento en
            cumplimiento de la normatividad vigente.
       (2) Coordinar y ejecutar las actividades correspondientes a la
            contratación de servicios, teniendo en consideración las medidas de
            Austeridad y Racionalidad del gasto Público, establecidas en la Ley
            de Presupuesto y legislación sobre la materia.
       (3) Supervisar y monitorear los procesos técnicos de recepción, registro,
            almacenamiento y distribución de bienes adquiridos por la institución.
       (4) Programar, organizar, coordinar y supervisar las actividades relativas
            a mantenimiento, conservación y seguridad de los bienes,
            condiciones físicas de la infraestructura, así como el funcionamiento
            adecuado de los ambientes.
       (5) Preparar y alcanzar los expedientes para la autorización de cesión en
            uso o transferencia de los bienes muebles de propiedad de la IEPM.
       (6) Programar, organizar, evaluar y mantener actualizado el inventario
            físico valorado de los activos de la IEPM.
       (7) Tener a su cargo el órgano encargado de las Contrataciones, el cual
            será responsable de programar, preparar, ejecutar y supervisar los
            procesos de contratación hasta su culminación, debiendo señalarse
            las actividades que competen a cada funcionario, con la finalidad de
            establecer las responsabilidades que le son inherentes, el cual deberá
            estar      conformado por profesionales o técnicos debidamente
            capacitados de acuerdo a la normativa de contrataciones vigente.
       (8) Solicitar la conformación tanto de los Comités Ad-hoc, como de los
            Comités Especiales Permanentes que tendrán a su cargo las
            adquisiciones de bienes y servicios de la IEPM.
       (9) Proponer y coordinar la toma del inventario físico de bienes de activo
            fijo y de almacén
       (10) Participar con un representante del Órgano encargado de las
            Contrataciones en los Comités especiales Ad-Doc y permanentes que
            se formen para los diferentes procesos de selección, conforme lo
            regula la normativa de Contrataciones del Estado.




                                       34
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (11) Remitir trimestralmente al órgano de control institucional del Gobierno
           Regional, información sobre los procesos de selección de bienes y
           servicios, Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y
           Adjudicación de menor Cuantía llevados a cabo durante ese periodo
           de conformidad a los formatos diseñados por la Contraloría.
      (12) Cumplir con reportar al OSCE la información relacionada a las
           contrataciones de la IEPM, a través del Sistema Electrónico de
           Contrataciones del Estado.
      (13) Formular normas, mejoras metodológicas y procedimientos de trabajo
           necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema.
      (14) Planear el uso racional de los vehículos de acuerdo con las
           necesidades de transporte de la IEPM.
      (15) Formular el rol de servicios del personal bajo su responsabilidad,
           implementando mecanismos de supervisión y control.
      (16) Formular y cumplir el Plan de Actividades del área.

     4.1.5.   Del Área de Recursos Humanos

       Artículo 69º.- El Área Recursos Humanos es el órgano de apoyo,
responsable de conducir el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos y ejecutar los procesos técnicos administrativos. Depende jerárquica,
funcionalmente y administrativamente de la Oficina de Administración.

       Artículo 70º.-El Área Recursos Humanos desarrolla las siguientes
funciones:
       (1) Elaborar y proponer la política de personal para lograr eficiencia en el
            otorgamiento de beneficios y reconocimiento de derechos de los
            servidores y/o funcionarios activos y cesantes a cargo de la
            institución.
       (2) Simplificar procedimientos y acciones administrativas en materia de
            su competencia.
       (3) Formular el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la IEPM.
       (4) Formular y visar las planillas de Pensiones y Remuneraciones
            mensuales de personal activo y cesante de la institución, así como las
            planillas de los incentivos laborales para la transferencia al CAFAE,
            para lo cual deberá implementar mecanismos para su buena
            organización y archivo correspondiente.
       (5) Ejecutar la política de control, vacaciones, asistencia y permanencia
            del personal.
       (6) Conducir acciones referidos al programa de Bienestar Social y a los
            servicios asistenciales que requieran los trabajadores de la IEPM.
       (7) Conducir las actividades inherentes a la contratación de personal en
            cumplimiento a las normas establecidas en la Ley de Presupuesto,
            Gobierno Nacional y Regional.
       (8) Adoptar acciones para establecer y mantener la disciplina interna, así
            como elevar la moral de los servidores.
       (9) Promover, organizar y desarrollar actividades deportivas, culturales y
            recreativas del personal y sus familiares.
       (10) Coordinar las acciones tendientes para la formación de la Comisión
            Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios.
       (11) Evaluar y controlar los actos administrativos del personal en materia
            de su competencia.



                                       35
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (12) Organizar, administrar y mantener actualizado el Escalafón y
           Registros de Personal.
      (13) Organizar, administrar y mantener actualizado el Registro de
           Funcionarios, Servidores y Pensionistas de la IEPM.
      (14) Conducir y ejecutar los procesos de selección, promoción, ascensos y
           rotación de personal de conformidad con los lineamientos y
           normatividad del Sistema de Gestión de Recursos Humanos.
      (15) Aprobar expedientes relativos a derechos y beneficios de los
           funcionarios, servidores y pensionistas de la IEPM, formulando el
           proyecto de resolución correspondiente.
      (16) Ejercer la Secretaria de la Comisión Permanente de Procesos
           Administrativos Disciplinarios si se llegase a conformar, así como
           dentro del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y
           Estímulo, (CAFAE) de la IEPM.
      (17) Formular y proponer a la Jefatura de Administración General,
           convenios con Instituciones Académicas, Universidades y Centros de
           Investigación públicos y privados para brindar acciones de
           capacitación y asistencia técnica a los trabajadores de la IEPM.
      (18) Expedir Constancias y/o Certificados de Trabajo, así como
           Constancias de Pago de haberes y descuentos de servidores y ex
           servidores solicitados.
      (19) Preparar y remitir en forma oportuna,           los requerimientos de
           información solicitada por los organismos del nivel central y regional,
           según corresponda, en coordinación con la Oficina de Administración.
      (20) Formular y proponer normas, directivas y procedimientos en el marco
           de la normatividad del Sistema de Gestión de Recursos Humanos
           para su adecuado funcionamiento.
      (21) Orientar, asesorar y supervisar a las diferentes dependencias de la
           IEPM en ejecución de acciones y aplicación de normatividad
           relacionada con el Sistema de Gestión de Recursos Humanos.
      (22) Formular el Plan de Actividades del Área de Recursos Humanos.

      Artículo 71º.-El Área Recursos Humanos, para el mejor cumplimiento de
sus funciones cuentas con las secciones de: Control de Asistencia y Permanencia
del Personal, Escalafón, Proyectos, Planillas de Remuneraciones y Pensiones, y,
Bienestar Social.

     4.1.6.   Del Área de Control Patrimonial.
       Artículo 74º.-El Área de Control Patrimonial es el órgano de apoyo de la
Oficina de Administración, encargado de mantener actualizado el Registro y
Control Patrimonial, así como Coordinar la toma de Inventario Físico. de la IEPM.

      Artículo 75º.-Son funciones del Área de Patrimonio las siguientes:
      (1) Proteger el patrimonio de la IEPM regulando su uso en forma racional
           sobre todo de los bienes muebles e inmuebles de dominio público.
      (2) Llevar el control de ingresos y salidas de los Bienes Patrimoniales de
           la IEPM.
      (3) Coordinar y dirigir la realización de inventarios físicos, así como la
           actualización del registro y codificación de bienes patrimoniales.
      (4) Suscribir las actas de entrega y recepción por las transferencias de
           bienes patrimoniales de acuerdo a las normas legales vigentes




                                       36
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



      (5)    Mantener actualizado el registro del ingreso y salida de los bienes del
             Almacén, debidamente valorizados.
      (6)    Mantener el registro de bienes asignados, por usuarios y áreas; al
             mismo tiempo efectuar el control de las altas, bajas y transferencias
             de bienes patrimoniales.
      (7)    Llevar el control de salida y retorno de los bienes del activo fijo (en
             coordinación con el personal de seguridad y guardia), que se
             encuentran en proceso de reparación u otros.
      (8)    Llevar el control actualizado del registro de los bienes inmuebles en
             Registros Públicos.
      (9)    Formular los informes sobre el control patrimonial de los bienes así
             como del trámite de altas y bajas de bienes a efectos de determinar
             las bajas y altas de los bienes depreciables.
      (10)   Elaborar el informe anual de activos fijos y remitir para su
             contabilización en los estados financieros de la IEPM.
      (11)   Programar y supervisar la toma del inventario físico general de bienes
             patrimoniales, así como, mantener actualizado el listado de bienes en
             el SIMI (Sistema Inventario Mobiliario Institucional).
      (12)   Controlar los Bienes patrimoniales de la IEPM, registrando los
             ingresos de estos en los archivos de Control Patrimonial previa
             asignación del código respectivo.
      (13)   Efectuar la entrega de bienes y servicios de los Proyectos aprobados,
             a los Órganos ejecutores y a los beneficiarios cuando la atención
             corresponda a la Dirección de Administración y/o Abastecimiento.
      (14)   Mantener actualizado el control y registro de asignación de bienes a
             los diferentes usuarios.
      (15)   Mantener actualizado el control y registro del movimiento de
             bienes patrimoniales que se encuentran en stock en Almacén
             General de Bienes.
      (16)   Reportar los ingresos de bienes patrimoniales sea como
             activo fijo o como bienes no depreciables al área de contabilidad
             para su registro en los libros respectivos.
      (17)   Participar con el Área de Contabilidad en la conciliación de los saldos
             contables.
      (18)   Suscribir la conformidad del internamiento final del bien y/o
             material del almacén cuando estén conformes en la Orden de
             Compra.
      (19)   Elaborar los informes mensuales de entrada y salida de los bienes
             materiales del almacén.
      (20)   Participar en la Comisión encargada de realizar el Inventario
             Patrimonial de Bienes Muebles y en otras Comisiones que se le
             designe.
      (21)   Establecer los mecanismos que faciliten el acceso del público a los
             medios de denuncia y cooperación, para evitar el uso indebido del
             patrimonio de la IEPM y coadyuvar a su mejor conservación y eficaz
             aprovechamiento

    4.1.7.    De la Sección Servicios Generales
      Artículo 72º.- La Sección de Servicios Generales es la encargada de
proponer el desarrollo y atención ordenada y coherente de los servicios de
Transportes, Electricidad, Publicaciones, Carpintería, Sastrería, Gasfitería,




                                       37
Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”



Albañilería, zapatería, Tapicería, Lavandería, Peluquería, Mecánica, Caldera,
Jardinería, Limpieza, cocina, comedor y panadería en la IEPM
       Artículo 73º.- Son funciones del Área de Servicios Generales las
siguientes:
      (1)  Elaborar el diagnóstico de la situación de los bienes muebles e
           inmuebles con el fin de fundamentar objetivamente los planes y
           programas de mantenimiento, reparación y mejora de los servicios
           generales.
      (2) Coordinar, promover, asesorar y apoyar a las unidades orgánicas en
           el     mantenimiento de la infraestructura y acciones que se
           implementen.
      (3) Formular y proponer a la Dirección de la IEPM la política de
           mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales, así
           como los planes operativos.
      (4) Normar, apoyar, supervisar y evaluar las acciones de las secciones y
           talleres integrantes del Área de Servicios Generales, de tal manera
           que se pueda ampliar al máximo y mejorar la cobertura de los
           Servicios Generales.
      (5) Formular y proponer a la Dirección el presupuesto del área de
           Servicios Generales, así como supervisar su ejecución.
      (6) Formular y proponer a la Dirección los estudios de pre-factibilidad y de
           los proyectos de inversión necesarios para el desarrollo de los
           proyectos mantenimiento, reparación y mejora de los servicios
           generales.
      (7) Elaborar el diagnóstico de la situación de los bienes muebles e
           inmuebles y de los servicios motorizados asignados a las diferentes
           áreas o sub áreas con el fin de fundamentar objetivamente los planes
           y programas de mantenimiento, reparación y mejora de los servicios
           generales.
      (8) Promover en forma sistemática y con las unidades orgánicas de
           operaciones, formas de participación amplia de estudiantes, docentes
           y trabajadores con la formulación y ejecución de programas de
           mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales, así
           como canales de recepción de la opinión de los usuarios de los
           servicios.
      (9) Requerir las necesidades de personal y bienes de servicios para el
           Área de Servicios Generales, secciones y talleres bajo su cargo.
      (10) Recepcionar y solicitar los informes técnicos y opiniones de parte de
           los responsables de cada una de las secciones y talleres del Área de
           Servicios Generales.
      (11) Administrar el desarrollo de los recursos humanos a su cargo.
      (12) Rendir un informe Memoria Anual al Director de la IEPM de las
           acciones realizadas cada año.

        4.2. Funciones de la Oficina de Secretaría General
       Artículo 76º.- La Oficina de Secretaría General es el órgano de apoyo de
la Dirección, responsable de dirigir y coordinar la gestión administrativa y legal del
despacho de Dirección, Relaciones Públicas e Imagen Institucional, Trámite
Documentario y Archivo General. Depende jerárquica, funcional y
administrativamente de la Dirección.




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Proyecto Reglamento Interno IEPM-CFB
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Proyecto Reglamento Interno IEPM-CFB

  • 1. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” 2
  • 2. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” GOBIERNO REGIONALDE AREQUIPA Dr. Juán Manuel Guillén Benavides GERENTE REGIONAL DE EDUCACIÓN AREQUIPA Mag. Florencia Concha Alarcón COMANDANTE GENERAL DE LA REGIÓN MILITAR DEL SUR Gral. De Div. Benigno Cabrera Pino COLEGIO MILITAR CRL. “FRANCISCO BOLOGNESI” DE AREQUIPA Crl. Walter Javier Scott Cárdenas 3
  • 3. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” INDICE Pág. PRESENTACIÓN ………………………………………………………………. INTRODUCCIÓN El Reglamento interno de las Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa, es el documento normativo que contiene las orientaciones de orden axiológico, así como las disposiciones que rigen la organización y funcionamiento de los servicios educativos que brinda esta institución. Establece objetivos, funciones, responsabilidades y atribuciones de los diferentes órganos, estamentos, cargos y miembros componentes según corresponda, así como la relación, organización, instrumentos y procedimientos del trabajo educativo. A este Reglamento se sujetará el personal militar, docente, administrativo y de servicios (nombrados, contratados y destacados), padres de familia, estudiantes cadetes y Ex-Cadetes del Plantel. El presente Reglamento Interno es el instrumento normativo de gestión Pedagógica, Institucional y Administrativa, que responde a los objetivos y fines de la Política Educativa Nacional, Regional y Local, así como a los fines y línea axiológica por la cual fue creada la IEPM “Francisco Bolognesi”, de acuerdo al convenio suscrito entre los Ministerios de Educación y Defensa. Dicho documento consta de 18 títulos, 30 capítulos, y 340 artículos, los cuales describen los aspectos anteriormente señalados, siendo elaborado sobre la base de normas y disposiciones legales vigentes correspondientes al sector educación y defensa. 4
  • 4. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” 5
  • 5. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” TITULO PRIMERO DEL REGLAMENTO CAPÍTULO I Del Objeto, Finalidad y Alcance Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas generales para el funcionamiento integral de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa. Artículo 2º.- Son fines del presente Reglamento: a. Garantizar los derechos, deberes y obligaciones del personal directivo, jerárquico, personal militar, docente, administrativo, estudiantes cadetes, Padres de Familia, Ex Cadetes y demás agentes de la educación. b. Normar los aspectos Administrativos, Técnico Pedagógico y Militar de acuerdo a las normas legales vigentes de los sectores Educación y Defensa. c. Brindar una educación integral al educando de acuerdo a sus intereses, necesidades y aspiraciones. d. Cumplir los fines de la educación peruana y los objetivos del nivel secundaria, así como .los de formación militar. Artículo 3º.- El presente Reglamento Interno alcanza a todos los estamentos integrantes de la comunidad laboral de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa, como son: a. Director b. Personal militar c. Personal docente d. Personal Administrativo e. Estudiantes cadetes f. APAFA y sus miembros g. Comité de aulas h. Asociación de Ex Cadetes. 6
  • 6. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” CAPÍTULO II De la Institución Educativa Pública Militar Artículo 4º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa, se constituye como la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo, con sistema de internado, sujetos a un régimen militar especial, donde se imparte Educación Secundaria Común en sus tres últimos años a jóvenes previamente seleccionados. Artículo 5º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” cumple con la siguiente Misión: (1) Formar jóvenes líderes con una solida formación académica, científico, humanístico y militar fortalecidos por los valores humanos y virtudes morales que permitan ser excelentes ciudadanos para la sociedad y la patria. (2) Impartir Educación Secundaria Común (3º, 4º y 5º año), de conformidad con la normatividad vigente emitida por el Ministerio de Educación. (3) Impartir Instrucción Militar de acuerdo a los programas y planes formulados por el Ministerio de Defensa a través de la Dirección de Educación y Doctrina (DIEDOC) del Ejército Peruano, caracterizado por la disciplina, moral elevada, formación en valores cívico- patrióticos, amor a los símbolos patrios y fe en la obra fecunda de nuestros héroes nacionales. Artículo 6º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” tiene por Visión: “Ser una institución de calidad, líder en la educación secundaria a nivel regional, nacional y reconocido a nivel internacional por la formación académica técnica, científica, humanística y militar sustentada en valores humanos que permitan su integración competitiva en la sociedad y el respeto a los derechos de sus semejantes. Artículo 7º- Son objetivos de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” los siguientes: a. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes cadetes a una educación de calidad, que forma ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrase adecuadamente a la sociedad y de participar en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva que contribuya al desarrollo y bienestar del país. b. Asegurar en el marco de los principios y fines de la educación peruana, que los estudiantes cadetes se formen integralmente, adquieran conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes, valores morales, valores cívico-militares y proyectos de vida, atendiendo a su diversidad. 7
  • 7. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” c. Facilitar la acción para afianzar y complementar la formación del estudiante cadete mediante actividades complementarias en el área social, cívica, religiosa, artística, científica, deportiva y recreativa fortaleciendo su cultura física, conservación de la salud y la práctica de actividades atléticas y deportivas. d. Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de estudiantes cadetes y de la gestión institucional asegurando la articulación del proceso educativo con la formación militar basado en los hábitos de orden, disciplina y la práctica de valores cívico- militares. e. Impulsar una participación de calidad de los padres en apoyo de la gestión educativa, organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el mejor desempeño de su rol. f. Propiciar un adecuado clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz y creativa, respetando el principio de autoridad. Artículo 8º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” por su naturaleza, finalidad y formación especial mantiene dependencia del sector Educación, del sector Defensa y Gobierno Regional en la forma que se indica: a. Del Sector Educación a través de la Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces en lo pertinente a: - La gestión pedagógica - Administración de recursos financieros y materiales provenientes del Sector Educación. - Régimen académico: Diseño Curricular Nacional, diversificación curricular y proceso de enseñanza - Equipamiento y mantenimiento de la infraestructura b. Del Sector Defensa a través del Ejército del Perú en lo que respecta a : - Formulación y desarrollo del Plan de Instrucción Militar - Administración y destaque del personal militar - Afectación y mantenimiento del material para entrenamiento militar - Administración de fondos provenientes del sector Defensa c. Del Gobierno Regional, en lo pertinente a: - Aprobación y ejecución presupuestal - Equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa. - Administración de recursos humanos, financieros y logísticos - Actividades de control por el Órgano de Control Institucional 8
  • 8. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Artículo 9º.- Los estudiantes cadetes de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa que al término del Quinto Año de Educación Secundaria Común, efectúen un período de instrucción intensiva, que incluya una fase final de maniobras, quedan dispensados del Servicio Militar Obligatorio activo en tiempo de paz en la Fuerza Armada, siempre y cuando hayan obtenido notas aprobatorias en la Instrucción Militar, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 11247 de 30 Dic 49, debiendo recibir el nombramiento de Sargento Segundo de Reserva de acuerdo con el artículo 39 del Decreto Supremo Nº 01 CGE/F de 09 de Mayo de 1966. TITULO SEGUNDO FUNDAMENTOS DE LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I Axiología : Principios y Unidad de Doctrina Artículo 10º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, trabaja sobre la base de una educación dirigida, caracterizada por los siguientes principios: a. División del año académico en períodos de instrucción cuyo valor es determinado por los resultados de la evaluaciones de aprendizajes. b. Relación constante entre el maestro y el alumno con el propósito de obtener el conocimiento individual del educando. c. Control diario del aprovechamiento e interpretación periódica de los resultados en forma individual y colectiva. d. Control diario de la conducta sobre la base de la clasificación de las faltas por categorías. e. Acción preventiva de la Dirección sobre el aprovechamiento y la conducta. f. Sanción de las faltas de aplicación y conducta por el método de la persuasión y por el método acumulativo de puntos que permitan descubrir diferentes niveles de eficiencia. g. Análisis sicopedagógico de los resultados con el fin de apreciar el estado general y particular de la Instrucción y de la disciplina. h. Control de asistencia y de la labor de los profesores con el fin de valorizar su eficiencia Artículo 11º.- Para alcanzar el éxito que se persigue con el modelo educativo será necesario velar por el mantenimiento de la Unidad de Doctrina Pedagógica que está caracterizada por: a. Idéntica comprensión de los fines por alcanzar en las materias señaladas en el Plan Oficial de Estudios. 9
  • 9. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” b. Fiel observancia de los métodos y procedimientos de enseñanza prescritos por el Reglamento de la IEPM. c. Mantenimiento en forma normal, de una tónica de perseverancia, puntualidad y justeza en el desarrollo de las actividades de aprendizaje. CAPÍTULO II Aspectos básicos de la Educación Integral De la Educación Moral Artículo 12º.- La Educación Moral constituye la base primordial de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, tiene por finalidad: (1) Crear en el Cadete una conciencia de valores morales, que le permita enriquecer su espíritu con la práctica de las virtudes, la dignidad, honradez, abnegación y respeto por la verdad. (2) Fortalecer la voluntad mediante la observancia de normas de conducta de lealtad, sinceridad y caballerosidad, que abren el camino del cumplimiento del deber, y por consiguiente de una disciplina humana consciente. (3) Desarrollar la personalidad del Cadete mediante el razonamiento y la conciencia de proceder por convicción demostrando entereza puntualidad y un firme sentido de responsabilidad. (4) Despertar optimismo y espíritu de superación sirviéndose de métodos objetivos de enseñanza y prácticas amenas de competencias deportivas, que inciten el gusto por el trabajo, el entusiasmo y la perseverancia en la acción, que crean la confianza en sí mismo y estimulan el esfuerzo personal. Artículo 13º.- La educación moral será dirigida, conducida y desarrollada por el Director de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, cuerpo de profesores, militares y administrativos, en forma permanente y destacada, mediante clases debidamente preparadas, charlas informativas y conferencias patrióticas en las fechas de efemérides nacionales. Artículo 14º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” imparte una educación nacionalista, libre de prejuicios, inspirada en principios de unión fraternal, tolerancia, nobleza, rectitud y verdad, de manera que los estudiantes cadetes adquieran suficiente cultura y criterio, que les permita discernir sobre las posibilidades espirituales y materiales de la Nación, con el fin de que puedan servir mejor a los intereses superiores de Ia Patria. Artículo 15º.- Las actividades políticas, cualquiera que sea la tendencia no tienen cabida en la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, de conformidad con las disposiciones legales. 10
  • 10. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” De la Educación Intelectual. Artículo 16º.- La finalidad por alcanzar en la educación intelectual es: (1) Posesionar a los estudiantes cadetes del contenido de los programas de educación. (2) Ejercitarlos en el razonamiento para formarles el criterio y la personalidad. (3) Iniciarlos en la investigación científica mediante el análisis y la reflexión que están destinados a sacar conclusiones. Artículo 17º.- El trabajo personal, es la base del rendimiento y de la eficiencia de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”. Está caracterizado por: (1) El trabajo preparatorio realizado por el Cadete para la clase. (2) El trabajo activo y participante en la clase. (3) El trabajo solo y a conciencia en las pruebas de control. Artículo 18º.- El trabajo personal está destinado a: (1) Desarrollar las aptitudes intelectuales. (2) Fortalecer la voluntad y formar el carácter por la práctica de la entereza y el cumplimiento del deber. (3) Modelar la personalidad, ejercitando al Cadete a asumir la responsabilidad de rendir por su propio esfuerzo. Artículo 19º.- La consulta o la ayuda a un compañero y la copia de libros o notas en el momento del control está terminantemente prohibidas porque constituyen fraude y atenta contra la caballerosidad del Cadete y la ética de la a Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” que se inspira en normas de pureza y de verdad. Artículo 20º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” estimula el trabajo en equipo mediante la repartición de las tareas y el fomento del espíritu de investigación y de solidaridad, con el fin de conquistar un alto nivel de aprovechamiento y de conducta. Artículo 21º.- La Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa se preocupa por dar al estudiante cadete un método de estudio y de trabajo, que le permita abordar la solución de un problema. Este método está destinado a cultivar el espíritu de observación, criterio de análisis y concepto de síntesis y de precisión. Dichas cualidades fundamentales se cultivan mediante la disciplina de estudio y de trabajo que permite ampliar la cultura y aumentar el bagaje de conocimientos, a través de: (1) El espíritu de observación consiste en descubrir las relaciones de causa y efecto, que permitan explicar los hechos mediante el raciocinio. (2) El criterio analítico consiste en descubrir las ideas fundamentales distinguiendo lo principal de lo secundario, reunir el conjunto de elementos que integran determinado problema para plantearlo, desarrollarlo, discutirlo y resolverlo, hasta llegar a establecer las 11
  • 11. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” constantes y las variables y finalmente, los factores que intervienen en el desarrollo de las variables. (3) El concepto de síntesis y de precisión consiste en sacar conclusiones exactas, que permitan presentar en pocas palabras la idea que domina el problema y los elementos que intervienen y puedan modificarla. De la Instrucción Militar Artículo 22º.- La Instrucción Militar tiene por objeto: (1) Afirmar el principio de autoridad y las normas de la disciplina en base del cumplimiento del deber y respeto mutuo. (2) Enseñar a obedecer de conformidad con las reglas de la subordinación jerárquica que constituye una organización consciente del trabajo en equipo. (3) Ejercitar en el mando con el fin de despertar el sentido de responsabilidad y del cumplimiento de la misión recibida. (4) Dar la instrucción individual del soldado de infantería, adiestrándolo en todo lo concerniente al Orden Cerrado, Servicio Interior, Servicio en Guarnición, Servicio de Campaña, Código de Justicia Militar, Ley del Servicio Militar Obligatorio, Fortificación en Campaña y Combate del grupo, con el objeto de grabar en el Cadete todas las características de abnegación y sacrificio que impone la carrera militar. (5) Enseñar el método de instrucción individual, con el fin de preparar a los Cadetes para el ejercicio del papel de Instructores de reclutas. (6) Preparar a los Cadetes del último año en las funciones de Jefe de Grupo de Combate e iniciarlos en las nociones elementales de las funciones del Oficial Jefe de Sección, con propósito de ambientarlos en su preparación ulterior como Oficiales de Reserva del Ejército. (7) La Educación militar será impartida gradualmente, mediante academias de reglamentos, clases prácticas de instrucción individual, de tiro y de combate y ejercicios aplicados de servicio en campaña de duración variable. Artículo 23º.- Los Cadetes del 5º año al término de la instrucción militar, deben concurrir a las maniobras finales cuya duración no será menor de cinco días. De la Educación Física. Artículo 24º.- La Educación Física tiene por objeto: (1) Fortalecer el vigor corporal de los Cadetes, despertando el hábito y el gusto por los ejercicios físicos para alcanzar el equilibrio funcional que les permita conservar su salud. (2) Desarrollar las condiciones atléticas y deportivas de cada cadete según sus propias habilidades. (3) Estimular un espíritu de superación entre las secciones, dando a todos los Cadetes la oportunidad de conocer e intervenir en todos los deportes. (4) Desarrollar la personalidad y la confianza en si mismo, mediante el empleo caballeresco de su propias fuerzas y de sus conocimientos técnicos del deporte. 12
  • 12. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (5) En el Tercer y Cuarto año, las actividades atléticas y deportivas tendrán un carácter general con el propósito de que los Cadetes adquieran experiencia personal de la técnica y del esfuerzo que demanda cada deporte, de manera que constaten sus propias aptitudes y puedan comprender la importancia que tiene cada actividad deportiva en el desarrollo físico y en la educación moral, individual y colectiva, especialmente en el trabajo en equipo, que es la expresión de la acción conjunta y armónica en la que el individuo lucha por un ideal, simbolizado en el triunfo de su equipo. Artículo 25º.- En el Quinto año se desarrollará una competencia atlética y deportiva orientada hacia la especialización, con el fin de desarrollar los músculos y las condiciones generales de aquellos que revelan mayores aptitudes en determinado deporte abriéndoles la posibilidad de destacarse más tarde en la especialidad que elija. Los Cadetes del Quinto año que no revelen aptitudes especiales serán agrupados por secciones con el fin de continuar desarrollando sus condiciones físicas. Los Cadetes que revelen deficiencia física, recibirán lecciones de ejercicios prácticos correctivos en forma moderada a fin de no violentar su desarrollo, ni provocar crisis originadas por el exceso de esfuerzo o por la exigencia de esfuerzo incompatibles con su propia constitución. De la Educación Artística. Artículo 26º.- La Educación Artística tiene por objeto: (1) Despertar, afirmar y acrecentar la sensibilidad artística del educando. (2) Dar a los Cadetes una cultura musical que les permita conocer a los autores de música selecta y comprender sus principales obras. (3) Enseñar a los Cadetes a entonar el Himno Nacional, el Himno de la IEPM y canciones militares. (4) Preparar masas corales, entrenándolas en canciones recreativas, especialmente en música selecta. (5) Constituir conjuntos musicales a base de los instrumentos elementales de que sea posible disponer. (6) Ulteriormente capacitar a los alumnos que deban integrar la orquesta y la banda de la IEPM. (7) Incentivar en los cadetes el baile y la danza. Artículo 27º.- Todos los Cadetes intervendrán en la enseñanza a que se refiere los subpárrafos (1), (2) y (3). Para las prácticas a que se refieren los párrafos (4), (5) (6) y (7) se procederá por grupos especialmente seleccionados. De la Extensión Cultural. Artículo 28º.- La extensión cultural tiene por objeto mostrar nuevos horizontes que despierten interés, inquietud profesional y gusto para ampliar los conocimientos. Comprende: (1) Conferencias de divulgación científica. (2) Charlas informativas sobre tenias de actualidad. (3) Proyección de películas ilustrativas y exhibiciones de arte teatral. (4) Demostración de las habilidades literarias y técnicas de los Cadetes. 13
  • 13. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Artículo 29º.- La extensión cultural se llevara a cabo mediante actuaciones quincenales que están sujetas a un Plan preparado anualmente por la Dirección de la a Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” de Arequipa. De Método de Enseñanza. Artículo 30º.- Para realizar los fines didácticos que impone la misión de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, se preocupará por fomentar e intensificar el método de enseñanza dirigida, que pone en juego al Cadete, al profesor y a la Jefatura del Departamento Académico en íntima y permanente relación. (1) De parte del Cadete: Insistir en que éste lleve a cabo un trabajo preparatorio realizado diariamente bajo las indicaciones del Profesor, con el propósito de que aquel concurra a clase con los conocimientos básicos que le permitan formar parte activa en el estudio de las materias que serán tratadas al día siguiente. (2) De parte del Profesor: Poner especial atención en el trabajo didáctico, en el cual, tanto como sea posible, se deben distinguir tres momentos o fases características: la exposición la demostración y el ejercicio conducido. (3) De parte de la Jefatura del Departamento Académico: Cuidar que el maestro adquiera el conocimiento individual del educando y que el trabajo de éste sea estrictamente controlado en forma periódica, mediante pruebas objetivas, técnicamente preparadas, cuyo contenido permita apreciar su aprovechamiento y su capacidad. Artículo 31º.- En la enseñanza dirigida, el órgano de Dirección está constituido por el Director y Sub-Director de la IEPM “Francisco Bolognesi”, además los Jefes del Departamento Académico y el Departamento Militar, cuyas funciones están señaladas en el presente Reglamento. Los órganos de dirección ejercen una función permanente que en el tiempo se descompone así: (1) Antes de iniciar el año escolar, funciona la fase de planificación de la instrucción que consiste en prever y organizar los medios en condiciones satisfactorias para el trabajo del maestro y del Cadete. (2) Durante las labores del año, velar porque el mecanismo pedagógico funcione con normalidad y se sujete a la técnica metodológica y al ritmo fijado para la enseñanza. (3) Al final de cada período de instrucción, marcar una etapa de investigación y control con el objeto de descubrir el estado en que se encuentra la preparación de los Cadetes y la labor de los Profesores; valorizar y graficar estos resultados parciales, a fin de hacer las correcciones que permitan obtener un mejor resultado en el período siguiente. En estas condiciones el año escolar está, constituido por un conjunto de períodos de instrucción, en cada uno de los cuales la Dirección ejerce un papel de preparación, coordinación y control con el fin de corregir las fallas o deficiencias observadas en el educador y en el educando; impulsar el desarrollo de la instrucción, y finalmente, mejorar el nivel en que se encuentra el aprovechamiento del Cadete. Artículo 32º.- En el sistema de enseñanza dirigida; el Profesor deja de ser un conferencista u orador, para convertirse en técnico, maestro y organizador del trabajo del Cadete. El mejor Profesor no es el que se hace escuchar por los 14
  • 14. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Cadetes con los brazos cruzados, mereciendo la admiración de estos por el brillo y facilidad de su palabra; sino, el más filósofo, el más organizador, el que juega con la atención del Cadete, el que estimula el trabajo individual, el que mantiene la curiosidad sobre el tema que se estudia, el que hace y aclara preguntas, el que mantiene latente un estado de inquietud mental ligado al caso objetivo y al ejercicio práctico, el que posee el arte de hacer trabajar con amenidad y entusiasmo haciendo surgir en el espíritu del Cadete, ansias de investigación, confianza en sí mismo y gusto por las precisiones en los campos de la aplicación. Artículo 33º.- El aprovechamiento de un estudiante cadete no se debe dejar al azar de preguntas, tanto porque rara vez una pregunta aislada puede dar una medida de capacidad, cuanto porque al sancionar dicho sistema a menudo fugaz y superficial, se admite una tolerancia dañina para el desarrollo del curso o área. Artículo 34º.- La valorización; alista y precisa del aprovechamiento mediante controles periódicos, establecidos sobre la base de cuestionarios de pruebas objetivas y de concepto convenientemente equilibrado, en su extensión y en su contenido, constituyen una importante conquista pedagógica que se debe perfeccionar con el fin de asegurar un esfuerzo permanente del estudiante cadete durante el año, que permita hacer trabajar la imaginación la memoria y el criterio. De la Orientación Vocacional. Artículo 35º.- La IEPM “Francisco Bolognesi” es un centro de Educación en el que fundamentalmente se da a los educandos una sólida educación moral, intelectual y física, que los capacite para abrirse paso en las profesiones liberales o militares según su propia vocación; así como las distintas esferas de la vida en general. Para definir las vocaciones en condiciones satisfactorias, la IEPM “Francisco Bolognesi” dispone de una Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, así como profesionales en Psicología; los cuales llevan un registro completo de todos los antecedentes de cada Cadete que permitirá descubrir sus aptitudes para las diferentes ramas o actividades del saber o de las técnicas con el fin de canalizar la utilización de su capacidad y de sus energías en la forma más eficiente que sea posible. El organismo encargado del análisis y de la especificación de las aptitudes del Cadete no depende únicamente de la Oficina de TOE sino de la exactitud de las apreciaciones de los distintos elementos que intervienen en la calificación de los Cadetes. Artículo 36º.- Paralelamente a la labor de estudio de las aptitudes de los Cadetes se llevará a cabo en el Quinto Año un ciclo de conferencias de orientación vocacional a cargo de elementos representativos de cada profesión o actividad. El objetivo de estas conferencias es hacer ver a los Cadetes en forma objetiva y amena la fisonomía propia de cada profesión, así como las condiciones reales en que se lleva a cabo su ejercicio a fin de que los cadetes que egresan puedan hacer la elección consciente de sus actividades futuras. 15
  • 15. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” CAPITULO III De las funciones de la Institución Educativa Pública Militar Artículo 37º.- Son funciones de la IEPM, en concordancia con el Artículo 68º de la Ley 28044 – Ley General de Educación, su línea axiológica y los lineamientos de la política educativa, los siguientes: (1) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar sus instrumentos de gestión - Proyecto Educativo Institucional (PEI) - Plan Anual de Trabajo (PAT) - Plan de Supervisión Educativa (PSE) - Proyecto Curricular Institucional (PCI) - Reglamento Interno (RI) - Informe Anual de Gestión (IGA) (2) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión pedagógica, militar, institucional y administrativa. (3) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar las actividades productivas, empresariales y la administración de los recursos propios. (4) Diversificar y complementar el Diseño Curricular Nacional y realizar acciones tutoriales. (5) Otorgar certificados, diplomas y títulos. (6) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante. (7) Desarrollar actividades complementarias a la formación académica y facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje. (8) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la IEPM (9) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de la comunidad (10) Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad. (11) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en coordinación con las instancias de gestión, su naturaleza y de acuerdo a la norma específica. (12) Administrar recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los respectivos sistemas administrativos. (13) Diseñar, ejecutar y evaluar los proyectos de innovación pedagógica, de gestión, de experimentación e investigación educativa, informando a la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada inmediata superior. (14) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa (15) Desarrollar acciones de formación militar y capacitación permanente. 16
  • 16. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (16) Modernizar los sistemas de información y comunicación, implementando tecnologías de Información y Comunicación. (17) Identificar necesidades de inversión que propendan un desarrollo armónico de la infraestructura y equipamiento educativo. (18) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. CAPÍTULO IV Base legal Artículo 38º.- Constituye Base Legal para el presente Reglamento Interno lo siguiente: a. Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. b. D.L. Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su modificatoria la Ley Nº 26510. c. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por las Leyes Nº 27950, Nº 28139, Nº 28274, Nº 28453 y Nº 29379. d. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 28961, Nº 28968, Nº 29053 y Nº 29739. e. Ley Nº 28044, Ley General de Educación, y sus modificatorias las Leyes Nº 28123, Nº 28302, Nº 28329 y Nº 28740. f. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. g. Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, modificada por Ley Nº 25212, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-90-ED. h. Ley 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referente a la Carrera Pública Magisterial y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 003-2006-ED, modificado por los Decretos Supremos Nº 020-2008- ED y 013-2009-ED. i. D.L. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento D.S.005-90-PCM. j. Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto de la República 2011. k. Ley Nº 29762 – Ley que incorpora los cargos del Área de Gestión Institucional a la Carrera Pública Magisterial. l. Ley Nº 28628, Ley que regula la Participación de las APAFAS y su reglamento, aprobado por D.S. Nº 004-2006-ED y D.S. Nº 004-2005-ED m. Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su reglamento aprobado por D.S. Nӳ 018-2007-ED n. Ley 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público esencial y su reglamento aprobado por D.S. Nº 017- 2007-ED. o. Ley Nº 25231 y su modificatoria Ley Nº 28198, que crea el Colegio de Profesores del Perú. p. Decreto de urgencia Nº 044-2010, que dicta medidas económicas y financieras para el otorgamiento del documento de identidad a la población de menores de edad. q. D.S. Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa. 17
  • 17. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” r. D.S. Nº 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular. s. D.S. Nº 017-2004-ED, Aprueba Estatuto del Colegio de Profesores del Perú t. Decreto Supremo N° 005-2010-ED - Establecen regímenes de excepción en los Reglamentos de la Ley del Profesorado y de la Ley N° 29062. u. D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. v. D.S. Nº 016-2005, Dispone que las instancias de Gestión Educativa Descentralizada deben utilizar los Sistemas: SIRA-SUP y NEXUS. w. Decreto Supremo Nº 079-2009-EF, establecen Remuneración Íntegra Mensual del Primer Nivel de la Carrera Pública Magisterial; la Escala de la Aplicación del Artículo 63º de la Ley Nº 29062 y Monto de la Remuneración Mensual y Asignaciones de los Profesores contratados, modificado por Decreto Supremo Nº 104-2009-EF. x. D.S. Nº 005-2011-ED, que aprueba las normas para el proceso de racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productivo”. y. R.M. Nº 218-2004-ED, Normas para la Recaudación y Administración de los recursos directamente recaudados en las Instituciones Educativas Públicas. z. Decreto Supremo Nº 008-2006-ED, que aprueba los Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Públicas aa. Resolución Ministerial N° 440-2008-ED, que aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular” bb. Resolución Ministerial Nº 045-2009-ED, Norma para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular cc. Resolución Ministerial Nº 260-2009-ED sobre Regularización y creación de Programas No Escolarizados. dd. Resolución Vice Ministerial N° 0017-2007-ED, que aprueba las Normas que establecen la Organización y la Ejecución de la Actividad Permanente de Movilización Social: ”Escuelas Seguras, Limpias y Saludables”. ee. Resolución Vice Ministerial Nº 0022-2007-ED, que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”. ff. Resolución Jefatural Nº 3255-2010-ED , que ratifica para el Período Lectivo 2011 la Directiva Nª 004-2010-ME/SG-OGA-UPER sobre «Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas de Clase en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular Secundaria y Educación Básica Alternativa Ciclo Avanzado en el Período Lectivo 2010», aprobada con Resolución Jefatural Nª 0050- 2010-ED gg. R.M. Nº 571-94-ED, Reglamento de control de asistencia y permanencia del personal del Ministerio de Educación. hh. R.M. Nº 0026-2004-ED, que conforma el Círculo de Mejora de la 18
  • 18. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Calidad del Gasto del Ministerio de Educación. ii. R.M. Nº 234-2005-ED, aprueba Directiva Nº 004-VMGP-2005 sobre Evaluación de Aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular. jj. R.M. Nº 267-2005-ED, Aprueba Directiva Nº 25-2005-ME/SG “Norma el Proceso de Racionalización...” kk. R.S.G. Nº 0222-2009-ED, que aprueba la Directiva Nº 021-2009- ME/SPE-UP sobre “Normas para la formulación y Aprobación del Presupuesto Analítico de Personal PAP de las Unidades Ejecutoras de Educación y Gobiernos Locales donde se implemente la Municipalización de la Gestión Educativa” ll. R.J. Nº 0182-2011-ED que aprueba las Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el periodo lectivo 2011. mm. Resolución Jefatural Nº 3331-2010-ED, que ratifica para el periodo lectivo 2011 la Directiva Nº 077-2009-ME/SG-OGA-UPER. nn. Resolución Jefatural Nº 3332-2010-ED que ratifican para el período lectivo 2011 la Directiva Nº 003-2009-ME/SG-OGA-UPER sobre “Proceso para Contratación de Auxiliares de Educación en Instituciones Educativas de Educación Básica Regular (Inicial y Secundaria), para el período 2009”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 0015-2009-ED. 19
  • 19. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” TITULO TERCERO DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO I Estructura Orgánica Artículo 39º.- Para el cumplimiento de sus funciones la IEPM “Francisco Bolognesi” cuenta con la siguiente Estructura Orgánica: 1. ORGANOS DE DIRECCIÓN 1.1 Dirección General 1.2 Sub Dirección General 2. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACIÓN 2.1 Consejo Educativo Institucional 2.2 Asociación de Padres de Familia 2.4. Asociación de Ex cadetes 3. ORGANO DE ASESORAMIENTO 3.1 Consejo Académico 4. ORGANOS DE APOYO 4.1 Oficina de Administración 4.1.1. Área de Presupuesto y desarrollo institucional 4.1.2. Área de Contabilidad 4.1.3. Área de Tesorería 4.1.4. Área de Abastecimientos y Almacén 4.1.5. Área de Recursos Humanos 4.1.6. Área de Control Patrimonial 4.1.7. Sección de Servicios Generales 4.2 Oficina de Secretaría General 4.2.1. Sección de Asesoría Jurídica 4.2.2. Sección de Relaciones Públicas e Imagen Institucional 4.2.2. Sección de Trámite Documentario 4.2.3. Sección Actas y Archivo General 4.2.3. Sección de Admisión 4.3 Oficina de Administración Militar 4.3.1. Sección Instrucción 4.3.2. Sección Moral y Disciplina 4.3.3. Sección Piquete de Seguridad 4.3.4. Sección Personal 20
  • 20. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” 4.3.5. Sección Logística 4.3.6. Sección Telemática 4.3.7. Comité de Información de la Unidad 05. ORGANOS DE LINEA 5.1 Departamento Académico 5.1.1. Oficina de Evaluación 5.1.2. Oficina de Tutoría y Orientación Educativa 5.1.3 Sección Centro de Recursos Tecnológicos 5.1.4 Sección Centro de Recursos Educativos 5.2 Departamento Militar 5.3 Departamento de Sanidad y Alimentación 4.4.1. Sección Sanidad 4.4.2 Sección Psicología 4.4.3 Sección Servicio Social 4.4.4. Sección Alimentación 21
  • 21. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA (PRESIDENCIA) GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN AREQUIPA CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL DIRECCION-IEPM APAFA SUB-DIRECCIÓN ASOC. EXCADETES CONSEJO ACADÉMICO Oficina de Secretaría General Oficina de Administración General Oficina de Administración Militar DEPARTAMENTO DEPARTAMENTO DEPARTAMENTO ACADÉMICO MILITAR SANIDAD Y ALIMENTACIÓN 22
  • 22. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” CAPÍTULO II De las Funciones 1. DEL ORGANO DE DIRECCIÓN 1.1. Dirección Artículo 40º.- La Dirección de la IEPM “Francisco Bolognesi” estará a cargo de un Coronel de Ejército con Maestría en Educación, Administración o egresado el CAEN. Adicionalmente deberá tener la condición de Ex cadete de algún Colegio Militar; el cual, será nombrado por el Misterio de Defensa, siendo su cargo de confianza. Artículo 41º.- El órgano de Dirección de la IEPM “Francisco Bolognesi” está constituida por: (1) El Director (2) El Sub-Director General Artículo 42º.-El Director es la primera autoridad en la IEPM “Francisco Bolognesi”, es el representante legal; y como tal, asume la responsabilidad de la conducción y administración integral; para lo cual, cuenta con facultades de dirección y gestión. La efectividad de su acción directriz está influenciada por su capacidad intelectual, moral y física, así como por la colaboración leal, basada en el respeto mutuo de todo el personal de la IEPM. Artículo 43º.- Son funciones del Director (1) Dirigir la política educativa y administrativa de la IEPM, definir su organización, conducción y administración integral que comprende la gestión institucional, administrativa, pedagógica y militar, así como la diversificación del Diseño Curricular Nacional y las actividades formativas complementarias del currículo. (2) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar los instrumentos de gestión: Proyecto Educativo Institucional (PEI) que tiene el Proyecto Curricular Institucional (PCI) como parte de la propuesta pedagógica del PEI, el Plan Anual de Trabajo (PAT), el Plan de Supervisión Educativa (PSE), el Reglamento Interno (RI) y el Informe de Gestión Anual (IGA). (3) Dirigir, controlar, supervisar y evaluar los procesos de gestión pedagógica, militar, institucional y administrativa. (4) Asegurar la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de la contabilidad, libros, registros documentos y operaciones contables que señale la Ley, dictando las disposiciones necesarias dentro de su ámbito para el normal desenvolvimiento de la IEPM. (5) Administrar la documentación técnico pedagógico y administrativa, velar por la regularidad, autenticidad y veracidad de los registros y actas de notas que señale la Ley, dictando las disposiciones necesarias dentro de su ámbito para el normal desenvolvimiento de la IEPM. (6) Conducir la administración integral de la IEPM, servicios, recursos humanos, recursos económicos financieros y materiales de la IEPM. 23
  • 23. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (7) Suscribir las normas de matrícula, actas, informes, constancias y libretas de información de evaluación o de notas, certificados de estudios y demás documentos técnico pedagógicos oficiales que otorgue la IEPM. (8) Propiciar un ambiente institucional y clima laboral favorable al desarrollo del servicio educativo. (9) Facilitar programas de apoyo en los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientes favorables a su aprendizaje. (10) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica, de gestión, experimentación e investigación educativa. (11) Informar a la instancia pertinente del Sector Defensa y del Sector Educación, sobre su gestión pedagógica, institucional y administrativa. (12) Emitir las resoluciones directorales de su competencia. (13) Presidir la reunión general del personal directivo, jerárquico, docente y administrativo de la IEPM. (14) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa. (15) Dirigir los concursos para cubrir las vacantes del Personal Docente, Administrativo y de Servicio, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. (16) Proponer a la autoridad educativa de la Gerencia Regional de Educación Arequipa el nombramiento, reasignación, rotación, destaque y otras acciones de desplazamiento del Personal Directivo, Jerárquico, Profesores por Horas, Personal Administrativo, Profesionales de la Salud , personal de servicios y personal militar de acuerdo a Ley. (17) Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y sus autoridades superiores. (18) Velar por la existencia, conservación y renovación de ser el caso de los bienes muebles e inmuebles y materiales consignados en los inventarios, el uso y destino de estos. (19) Recibir y entregar la IEPM, estableciendo y tramitando los respectivos Estados de Entrega y Recepción. 1.2. Sub Dirección General Artículo 44º.- El Subdirector de la IEPM “Francisco Bolognesi” es un Teniente Coronel de Ejército nombrado por el Ministerio de Defensa (Ejército Peruano). Su cargo es de confianza y será designado a propuesta del Director de la IEPM. Artículo 45º.-Es el colaborador inmediato del Director en todo lo referente a la educación, instrucción, disciplina y administración; lo reemplaza durante su ausencia y asume las funciones de éste; para lo cual, deberá mantenerse informado sobre la marcha de la institución. Artículo 47º.- Son funciones del Sub-Director General: (1) Colaborar estrechamente en el ejercicio de las funciones del Director, con el fin de obtener unidad, permanencia y continuidad en la acción. 24
  • 24. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (2) Asegurar el cumplimiento de las decisiones del Director, dictando las disposiciones de detalle. (3) Dar parte diariamente al Director sobre la marcha de las diferentes reparticiones del Plantel. (4) Coordinar y controlar la labor de los Jefes de la unidades orgánicas y personal de los Departamentos Académico, Militar y Sanidad y Alimentación, presentando las sugerencias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones. (5) Planear, organizar y conducir la instrucción del personal militar conforme a las Directivas y Programas emitidos por la Superioridad Militar. (6) Formular mensualmente el Plan de Supervisión de Clases y realizar una permanente evaluación de las condiciones educativas y rendimiento de los profesores poniendo énfasis en el aspecto moral y capacidad profesional, así como de su contribución a la formación integral de los educandos. (7) Apreciar el rendimiento de los instructores (0ficiales y Suboficiales de Instrucción Militar) en el ejercicio de sus funciones. (8) Centralizar las gestiones y pedidos de las diferente reparticiones de la IEPM, de acuerdo a sus necesidades y derechos realizando la confrontación mensual de lo Libros y Registros en los que firmara para establece su exactitud. (9) Supervisar el estado sanitario, dictando las disposiciones necesarias para asegurar la conservación do, la salud de todo el personal de la IEPM. (10) Planear, organizar y conducir el Concurso de Admisión para nuevos Cadetes y elevar un informe documentado a la Dirección. (11) Presidir las Comisiones de Recepción e Internamiento de Prendas, enseres y material diverso, disponiendo la formulación de la documentación pertinente. 2. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACIÓN 2.1 El Consejo Educativo Institucional (CONEI) Artículo 48º.- El Consejo Educativo Institucional (CONEI) es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la IEPM que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en las instituciones educativas públicas. Artículo 49º.-Es presidido por el Director de la IEPM, y está conformado por el Jefe del Departamento Académico, (02) representantes del personal docente, (01) del personal administrativo, (02) de los estudiantes, (01) de los ex Cadetes y (01) de los padres de familia; pudiendo ser integrado también, por otros representantes de instituciones de la comunidad local, por acuerdo del Consejo Artículo 50º.- El Director de la IEPM convoca a los miembros del Consejo Educativo Institucional, los reconoce mediante Resolución Directoral de la IEPM y los instala dando lectura a la Resolución Directoral, levantando el Acta de Instalación, acto a partir del cual inicia su funcionamiento en la IEPM 25
  • 25. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Artículo 50º.- El Director de la IEPM mediante Oficio dirigido a la autoridad educativa superior, solicitará la inscripción del CONEI de la IEPM en el Libro de Registro de Consejos Educativos Institucionales adjuntando original o copia autenticada de la resolución que reconoce al CONEI, relación de integrantes y copia del acta de instalación. Artículo 51º.-El CONEI se reúne como mínimo una vez al mes o en forma extraordinaria cuando lo solicita la Dirección o cualquier integrante de la plana docente o administrativa de la IEPM. Artículo 52º.-Son funciones del Consejo Educativo Institucional las siguientes: (1) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. (2) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita, el Ministerio de Educación. (3) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la IEPM. (4) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las Instituciones Educativas públicas. (5) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, están comprendidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. (6) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. (7) Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educación de su circunscripción. (8) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. (9) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la institución educativa y los indicadores de desempeño laboral. (10) Reunirse, al finalizar el año, para determinar los casos de matrícula condicional, matrícula observada, compromisos especiales e invitación al retiro y cancelación de la matrícula de los alumnos (as) que han demostrado faltas tanto a la conducta como al rendimiento académico. (11) Analizar y seleccionar alternativas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades técnico pedagógicas y administrativas de la IE. (12) Analizar en equipo la problemática educativa, determinando las alternativas de solución. 2.2. La Asociación de Padres de Familia Artículo 56º.- La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es un órgano de participación de la IEPM, cuyo fin es de contribuir con los demás actores 26
  • 26. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” educativos en el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y servicios que ofrece la institución. Artículo 57º.- La Ley regula la participación de la Asociación de Padres de Familia (APAFA). Artículo 58º.- La APAFA ejerce directamente las siguientes funciones: (1) Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades. (2) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución educativa, promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje. (3) Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes. (4) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos. (5) Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de salud física y mental; de deportes, orientación vocacional y de otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes. (6) Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la institución educativa. (7) Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones educativas. (8) Participar, a través de veedores, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realicen en las instituciones educativas y en los comités especiales que se constituyan en los órganos intermedios de gestión descentralizada, en el marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas vigentes. (9) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en las instituciones educativas. (10) Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados. (11) Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional. (12) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educación. (13) Otras que se establezca por Ley y su reglamento. 2.3. De la Asociación de Ex cadetes Artículo 56º.- La Asociación de Ex Cadetes debidamente reconocida e inscrita en Registros Públicos, es la organización de profesionales y técnicos que participa colaborando en la organización y funcionamiento de la IEPM. Artículo 430º.- Se rige por su propio Reglamento Interno y coordina sus actividades con la Dirección de la IEPM a fin de salvaguardar el Ideario institucional y el buen uso del nombre de la IEPM. Artículo 431º.- Son fines de la Asociación de Ex Cadetes: 27
  • 27. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (1) Vincular mejor a los Ex–cadetes con la IEPM donde recibieron su formación intelectual, moral y física. (2) Propiciar entre los Ex cadetes de todas las promociones la cooperación más amplia, ayudándose mutuamente dentro de las esferas de su actividad. (3) Sostener vinculación constante con los profesores de la Institución, prestándoles la ayuda necesaria para estimular la formación de los alumnos en cualquier campo de acción aprobado por las autoridades de la Institución. (4) Promover actuaciones culturales, sociales, artísticas y deportivas entre los Cadetes y Ex Cadetes, procurando cooperar con ellas por lo menos con su asistencia y la de sus familiares (5) Contribuir a la organización de las sociedades promocionales para estrechar los vínculos entre ellas y la asociación 3. ORGANO DE ASESORAMIENTO 3.1. El Consejo Académico Artículo 53º.-El Consejo Académico es el órgano de asesoramiento que coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el Director de la IEPM e integrado por el Jefe del Departamento Académico, Asesores y/o Coordinadores de Área y representante de los docentes, propuestos anualmente por los profesores y reconocidos por la Dirección, al inicio del año escolar. Artículo 54º.-Su conformación y reglamento se aprueba mediante acto resolutivo de la Dirección de la IEPM, de acuerdo a las normas y disposiciones que se emitan al respecto y de acuerdo al presente Reglamento Interno. Artículo 55º.- Son funciones del Consejo Académico las siguientes: (1) Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular de Centro) (2) Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los alumnos (3) Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional (4) Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes (5) Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones (6) Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional (7) Participar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo, en la organización de actividades y programas de la IEPM. 4. ORGANOS DE APOYO 4.1 De la Oficina de Administración General Artículo 61º.- La Oficina de Administración, es el órgano de apoyo responsable de normar, ejecutar, coordinar y controlar los sistemas administrativos, la previsión y ejecución presupuestal, la gestión de recursos humanos y materiales, así como la administración de los bienes patrimoniales en la IEPM. Está a cargo de un Profesional denominado Director de Administración, quién depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Dirección. 28
  • 28. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Artículo 62º.- La Oficina de Administración General cumple las siguientes funciones: (1) Dirigir y controlar la aplicación de la normatividad técnico administrativa inherente a los Sistemas Administrativos de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Recursos Humanos, Abastecimientos y Almacén, en materia de su competencia y de conformidad con las disposiciones legales y normas técnicas vigentes. (2) Organizar, dirigir, ejecutar y controlar la administración de los recursos económicos, financieros y del potencial humano existente en la IEPM. (3) Proveer de recursos financieros y logísticos que requieran los órganos de la IEPM, para el cumplimiento de sus funciones, así como el mantenimiento de sus instalaciones. (4) Supervisar la formulación del Plan Anual de Contrataciones y tramitar su aprobación, verificando su cumplimiento. (5) Participar en la formulación del presupuesto institucional, en coordinación con la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional. (6) Supervisar y cautelar el uso del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) de la IEPM. (7) Supervisar la realización del Inventario de Bienes Patrimoniales de la IEPM. (8) Administrar los bienes y rentas de la IEPM. (9) Supervisar la formulación de los Estados Financieros de la IEPM, para su presentación a la Dirección; y, una vez aprobado, cumplir con su presentación ante la Contaduría Publica de la Nación. (10) Expedir resoluciones de carácter administrativo, que demande Ley expresa y aquellas que le sean atribuidas por delegación. (11) Aprobar instructivos que normen el accionar de los sistemas a su cargo. (12) Ejecutar las actividades administrativas en cumplimiento a las Normas de Austeridad establecidas en la Ley de Presupuesto y la legislación sobre la materia en materia de gastos corrientes, de bienes y servicios y contratación de personal. (13) Supervisar y monitorear la remisión trimestral de la información a ser remitida a la Contraloría General de la República, sobre los procesos de selección de bienes y servicios: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía. (14) Conciliar la información contable, administrativa y presupuestal del ejercicio fiscal, en los niveles administrativos y plazos correspondientes. (15) Controlar y evaluar la ejecución del gasto. (16) Mantener actualizado el Margesí de Bienes Inmuebles de la Institución efectuando el saneamiento físico-legal, en coordinación con el Gobierno Regional y el órgano competente de la Sede Central del Ministerio de Educación (17) La Oficina de Administración General para el mejor cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes áreas y secciones: a. Área de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional b. Área de Contabilidad c. Área de Tesorería 29
  • 29. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” d. Área de Abastecimientos y Almacén e. Área de Recursos Humanos f. Área de Control Patrimonial g. Sección de Servicios Generales 4.1.1. Del Área de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional. Artículo 57º.- El Área de Planificación y Presupuesto y Desarrollo Institucional, es el órgano de asesoramiento conductor del proceso de desarrollo institucional, responsable de formular, implementar y supervisar las actividades de planeamiento, presupuesto, racionalización, estadística e infraestructura. Artículo 58º.- El Área de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, cumple las siguientes funciones (1) Efectuar la gestión presupuestaria, en las fases de programación, Formulación, aprobación, ejecución, evaluación, y control del gasto, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las disposiciones que emita la Dirección General del Presupuesto Público, en el marco de los principios de legalidad y cumplimiento de la normativa legal vigente. (2) Difundir, conducir, orientar y supervisar el proceso presupuestal mediante la aplicación de las normas de formulación, ejecución y evaluación del presupuesto. (3) Formular y presentar el informe de los Estados Presupuestarios de la IEPM a la Oficina Regional de Planificación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional. (4) Proponer a la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional, la propuesta de Programación Trimestral, para su evaluación y aprobación correspondiente, teniendo como base de los requerimientos de las diferentes Unidades Orgánicas, para garantizar la disponibilidad oportuna de los recursos presupuestales. (5) Elaborar el calendario de compromisos de la institución en forma mensual de acuerdo al monto asignado y aprobado por la Oficina Regional de Planificación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional. (6) Proponer y ejecutar las modificaciones presupuestales en coordinación con el Jefe de la Oficina de administración General, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público y la normativa legal vigente. (7) Elaborar y estructurar la distribución de los calendarios de compromisos, así como sus modificaciones mediante ampliaciones, flexibilizaciones y/o restructuraciones de calendarios mensuales de compromisos de toda fuente de financiamiento. (8) Elaborar en forma semestral y anual la evaluación del Presupuesto Institucional, de conformidad con la directiva que emita la Dirección General de Presupuesto Público. (9) Desarrollar el proceso de Cierre y Conciliación del Presupuesto Institucional en coordinación con la Oficina Regional de Planeamiento, 30
  • 30. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional, para ser sustentadas ante la DGPP-MEF y Contaduría Pública de la nación. (10) Otorgar Certificación Crédito Presupuestal, para la Ejecución de compromisos de gasto que realice la Oficina de administración General de las diferentes genéricas de gasto, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. (11) Elaborar en coordinación con el Área de Abastecimientos y Almacén la y el Encargado de las Contracciones, el Plan Anual de Contrataciones de la Institución de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. (12) Presentar el diseño de organización interna de la IEPM, así como de los demás instrumentos de gestión institucional. (13) Formular y proponer directivas, mejoras metodológicas y procedimientos internos de trabajo, necesarios para el adecuado funcionamiento del Área de Planificación y Presupuesto. (14) Brindar asesoramiento técnico a la Dirección, en las materias de su competencia. (15) Asesorar a los órganos de la institución en la elaboración y aplicación de los instrumentos de gestión institucional. (16) Orientar y asesorar la elaboración, ejecución y evaluación de los planes institucionales y los planes de trabajo anual y plan operativo de la institución. (17) Evaluar el Logro de los Objetivos y las Metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional. (18) Racionalizar en forma efectiva los recursos materiales, físicos, financieros y de personal, utilizados en la prestación de los servicios educativos a fin de lograr mayor equidad en su distribución. (19) Elaborar las estadísticas educativas y construir los indicadores que definan la calidad y pertinencia del servicio, utilizando los modernos sistemas de información. (20) Identificar, sistematizar y consolidar las necesidades de infraestructura, mobiliario y equipamiento de la Institución. (21) Elaborar y difundir normas técnicas para el adecuado mantenimiento del local escolar. (22) Remitir la información solicitada al Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional. (23) Ejecutar las acciones correspondientes en el Modulo de Procesos Presupuestarios del Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF. (24) Para el mejor cumplimiento de sus funciones cuenta con una sub área de Informática y de Procesos 4.1.2.1. Sub-área de Informática y de Procesos Artículo 59º.- La sub-área de Informática y de Procesos, depende del Área de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, encargado de planificar, organizar y dirigir los aspectos relacionados a la informática y sistemas que comprende el desarrollo de los trabajos de la institución. Artículo 60º.- La Sub-área de Informática y de Procesos cumple las siguientes funciones: 31
  • 31. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (1) Desarrollar, instalar y mantener el flujo y manejo de la información que procesa la IEPM a través de la red, incrementando la eficiencia del flujo de información y coadyuvando a un servicio eficaz. (2) Establecer mecanismos de seguridad que impidan la pérdida, eliminación o sustracción de datos con fines distintos a los autorizados por la Dirección. (3) Planificar, dirigir, sistematizar y procesar la información estadística de la IEPM, en los aspectos relacionados con Ingresos, Remuneraciones, Presupuesto, y demás órganos y unidades orgánicas. (4) Resguardar los códigos fuente, correspondientes a los órganos y sistemas de la IEPM, los mismos que son patrimonio de la institución, no pudiendo ser utilizados por quienes trabajan en dicha oficina para fines distintos a los autorizados por la Dirección. (5) Organizar, mantener y desarrollar los archivos de información automatizado de datos, utilizando sistemas modernos de almacenamiento de información como Discos externos, memoria USB portátil, DVD-ROM y otros. (6) Elaborar, implementar y administrar el Portal de Internet de la IEPM y actualizarlo de acuerdo a la información que brinden los diferentes órganos y unidades orgánicas para así asegurar la transparencia y acceso a la información pública. (7) Programar y desarrollar cursos de capacitación sobre informática para los funcionarios y servidores de la institución en convenios con otras instituciones. (8) Formula el Plan Operativo Informático de la Institución. (9) Desarrolla e implementa programas y aplicativos actualizados para la Gestión institucional. (10) Asesorar en el manejo y mantenimiento de los sistemas de: SIAF, PDT, SIMI, SUP entre otros. (11) Racionalizar y Supervisar el uso de los equipos de cómputo e Internet. (12) Establecer derechos de usuarios, accesos y seguridad a la información institucional procesada en los dispositivos de almacenamiento informático. (13) Efectuar en coordinación con el Área de Abastecimientos el mantenimiento de los equipos de cómputo. 4.1.2. Del Área de Contabilidad Artículo 63º.- El Área de Contabilidad es el órgano de apoyo, responsable de conducir las acciones inherentes al Sistema de Contabilidad en el ámbito de la IEPM. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Oficina de Administración Artículo 64º.- El Área de Contabilidad desarrolla las siguientes funciones (1) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades inherentes al Sistema Administrativo de Contabilidad, de acuerdo a la normatividad vigente. (2) Formular los Estados Financieros de la IEPM procesado a través del SIAF. (3) Formular y presentar el informe de los Estados Financieros y Presupuestarios de la IEPM al Jefe de la Oficina de Administración 32
  • 32. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” para ser elevado al Gobierno Regional, Dirección Nacional de Contabilidad Pública y otros organismos que correspondan. (4) Integrar y consolidar la información contable, presupuestal patrimonial y de personal formulando los balances mensuales, balances constructivos y los estados financieros y presupuestarios en el SIAF en forma oportuna, en cumplimiento a la normatividad vigente. (5) Emitir informes pertinentes respecto a la situación financiera. (6) Coordinar con el Área de Presupuesto y el Área de Tesorería sobre la ejecución de ingresos y gastos asignados presupuestalmente. (7) Efectuar arqueos inopinados del manejo del fondo para pagos en efectivo y caja chica (8) Presentar y brindar información oportuna sobre el Sistema de Contabilidad con la sustentación técnica respectiva, en los plazos establecidos o cuando le sea requerido. (9) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades correspondientes a la Integración Contable contabilizando los registros de fuentes para la elaboración de los estados financieros. (10) Elaborar el análisis de todas las cuentas contables para demostrar los saldos de las cuentas. (11) Coordinar y evaluar las actividades correspondientes al Control Presupuestal y devengados en el SIAF. (12) Cumplir y hacer cumplir la normatividad, procedimientos y acciones técnicas del sistema contable gubernamental y el SIAF. (13) Asesorar, absolver consultas y brindar información contable a las unidades orgánicas de la IEPM. 4.1.3. Del Área de Tesorería Artículo 65º.-El Área de Tesorería es el órgano de apoyo encargado de conducir y ejecutar acciones orientadas a la percepción o captación de recursos financieros cualquiera sea su concepto o fuente de financiamiento y la ejecución de pagos u obligaciones, previa y debidamente comprometidos y autorizados, velando por la correcta utilización de los fondos autorizados a la institución, cumpliendo las normas relacionadas y aplicables al Sistema de Tesorería. Artículo 66º.-El Área de Tesorería desarrolla las siguientes funciones: (1) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades correspondientes al Sistema de Tesorería, en cumplimiento a la normatividad vigente. (2) Controlar la percepción o captación de recursos directamente recaudados. (3) Verificar e informar la disponibilidad de recursos directamente recaudados. (4) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades correspondientes para el registro de los ingresos directamente recaudados en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF). (5) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades correspondientes para la recepción de la documentación fuente para el ingreso de la Fase Girado en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) por diversas fuentes de financiamiento. 33
  • 33. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (6) Efectuar conjuntamente con el Jefe de la Oficina de Administración General la apertura de Cuentas Bancarias, por toda fuente de financiamiento. (7) Efectuar las conciliaciones de las cuentas de enlace a nivel institucional. (8) Formular directivas, mejoras metodológicas y procedimientos de trabajo necesarios para el adecuado funcionamiento del sistema. (9) Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Administración General dentro del campo de su competencia. 4.1.4. Del Área de Abastecimientos y Almacén Artículo 67º.-El Área de Abastecimientos y Almacén es el órgano de apoyo, responsable de suministrar en forma oportuna y programada los bienes y servicios necesarios en apoyo a las actividades de la IEPM en el marco de la normatividad legal vigente. Artículo 68º.-El Área de Abastecimientos y Almacén cumple las siguientes funciones: (1) Planificar, dirigir, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades correspondientes al Sistema de Abastecimiento en cumplimiento de la normatividad vigente. (2) Coordinar y ejecutar las actividades correspondientes a la contratación de servicios, teniendo en consideración las medidas de Austeridad y Racionalidad del gasto Público, establecidas en la Ley de Presupuesto y legislación sobre la materia. (3) Supervisar y monitorear los procesos técnicos de recepción, registro, almacenamiento y distribución de bienes adquiridos por la institución. (4) Programar, organizar, coordinar y supervisar las actividades relativas a mantenimiento, conservación y seguridad de los bienes, condiciones físicas de la infraestructura, así como el funcionamiento adecuado de los ambientes. (5) Preparar y alcanzar los expedientes para la autorización de cesión en uso o transferencia de los bienes muebles de propiedad de la IEPM. (6) Programar, organizar, evaluar y mantener actualizado el inventario físico valorado de los activos de la IEPM. (7) Tener a su cargo el órgano encargado de las Contrataciones, el cual será responsable de programar, preparar, ejecutar y supervisar los procesos de contratación hasta su culminación, debiendo señalarse las actividades que competen a cada funcionario, con la finalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes, el cual deberá estar conformado por profesionales o técnicos debidamente capacitados de acuerdo a la normativa de contrataciones vigente. (8) Solicitar la conformación tanto de los Comités Ad-hoc, como de los Comités Especiales Permanentes que tendrán a su cargo las adquisiciones de bienes y servicios de la IEPM. (9) Proponer y coordinar la toma del inventario físico de bienes de activo fijo y de almacén (10) Participar con un representante del Órgano encargado de las Contrataciones en los Comités especiales Ad-Doc y permanentes que se formen para los diferentes procesos de selección, conforme lo regula la normativa de Contrataciones del Estado. 34
  • 34. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (11) Remitir trimestralmente al órgano de control institucional del Gobierno Regional, información sobre los procesos de selección de bienes y servicios, Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de menor Cuantía llevados a cabo durante ese periodo de conformidad a los formatos diseñados por la Contraloría. (12) Cumplir con reportar al OSCE la información relacionada a las contrataciones de la IEPM, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado. (13) Formular normas, mejoras metodológicas y procedimientos de trabajo necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema. (14) Planear el uso racional de los vehículos de acuerdo con las necesidades de transporte de la IEPM. (15) Formular el rol de servicios del personal bajo su responsabilidad, implementando mecanismos de supervisión y control. (16) Formular y cumplir el Plan de Actividades del área. 4.1.5. Del Área de Recursos Humanos Artículo 69º.- El Área Recursos Humanos es el órgano de apoyo, responsable de conducir el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y ejecutar los procesos técnicos administrativos. Depende jerárquica, funcionalmente y administrativamente de la Oficina de Administración. Artículo 70º.-El Área Recursos Humanos desarrolla las siguientes funciones: (1) Elaborar y proponer la política de personal para lograr eficiencia en el otorgamiento de beneficios y reconocimiento de derechos de los servidores y/o funcionarios activos y cesantes a cargo de la institución. (2) Simplificar procedimientos y acciones administrativas en materia de su competencia. (3) Formular el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la IEPM. (4) Formular y visar las planillas de Pensiones y Remuneraciones mensuales de personal activo y cesante de la institución, así como las planillas de los incentivos laborales para la transferencia al CAFAE, para lo cual deberá implementar mecanismos para su buena organización y archivo correspondiente. (5) Ejecutar la política de control, vacaciones, asistencia y permanencia del personal. (6) Conducir acciones referidos al programa de Bienestar Social y a los servicios asistenciales que requieran los trabajadores de la IEPM. (7) Conducir las actividades inherentes a la contratación de personal en cumplimiento a las normas establecidas en la Ley de Presupuesto, Gobierno Nacional y Regional. (8) Adoptar acciones para establecer y mantener la disciplina interna, así como elevar la moral de los servidores. (9) Promover, organizar y desarrollar actividades deportivas, culturales y recreativas del personal y sus familiares. (10) Coordinar las acciones tendientes para la formación de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. (11) Evaluar y controlar los actos administrativos del personal en materia de su competencia. 35
  • 35. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (12) Organizar, administrar y mantener actualizado el Escalafón y Registros de Personal. (13) Organizar, administrar y mantener actualizado el Registro de Funcionarios, Servidores y Pensionistas de la IEPM. (14) Conducir y ejecutar los procesos de selección, promoción, ascensos y rotación de personal de conformidad con los lineamientos y normatividad del Sistema de Gestión de Recursos Humanos. (15) Aprobar expedientes relativos a derechos y beneficios de los funcionarios, servidores y pensionistas de la IEPM, formulando el proyecto de resolución correspondiente. (16) Ejercer la Secretaria de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios si se llegase a conformar, así como dentro del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo, (CAFAE) de la IEPM. (17) Formular y proponer a la Jefatura de Administración General, convenios con Instituciones Académicas, Universidades y Centros de Investigación públicos y privados para brindar acciones de capacitación y asistencia técnica a los trabajadores de la IEPM. (18) Expedir Constancias y/o Certificados de Trabajo, así como Constancias de Pago de haberes y descuentos de servidores y ex servidores solicitados. (19) Preparar y remitir en forma oportuna, los requerimientos de información solicitada por los organismos del nivel central y regional, según corresponda, en coordinación con la Oficina de Administración. (20) Formular y proponer normas, directivas y procedimientos en el marco de la normatividad del Sistema de Gestión de Recursos Humanos para su adecuado funcionamiento. (21) Orientar, asesorar y supervisar a las diferentes dependencias de la IEPM en ejecución de acciones y aplicación de normatividad relacionada con el Sistema de Gestión de Recursos Humanos. (22) Formular el Plan de Actividades del Área de Recursos Humanos. Artículo 71º.-El Área Recursos Humanos, para el mejor cumplimiento de sus funciones cuentas con las secciones de: Control de Asistencia y Permanencia del Personal, Escalafón, Proyectos, Planillas de Remuneraciones y Pensiones, y, Bienestar Social. 4.1.6. Del Área de Control Patrimonial. Artículo 74º.-El Área de Control Patrimonial es el órgano de apoyo de la Oficina de Administración, encargado de mantener actualizado el Registro y Control Patrimonial, así como Coordinar la toma de Inventario Físico. de la IEPM. Artículo 75º.-Son funciones del Área de Patrimonio las siguientes: (1) Proteger el patrimonio de la IEPM regulando su uso en forma racional sobre todo de los bienes muebles e inmuebles de dominio público. (2) Llevar el control de ingresos y salidas de los Bienes Patrimoniales de la IEPM. (3) Coordinar y dirigir la realización de inventarios físicos, así como la actualización del registro y codificación de bienes patrimoniales. (4) Suscribir las actas de entrega y recepción por las transferencias de bienes patrimoniales de acuerdo a las normas legales vigentes 36
  • 36. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” (5) Mantener actualizado el registro del ingreso y salida de los bienes del Almacén, debidamente valorizados. (6) Mantener el registro de bienes asignados, por usuarios y áreas; al mismo tiempo efectuar el control de las altas, bajas y transferencias de bienes patrimoniales. (7) Llevar el control de salida y retorno de los bienes del activo fijo (en coordinación con el personal de seguridad y guardia), que se encuentran en proceso de reparación u otros. (8) Llevar el control actualizado del registro de los bienes inmuebles en Registros Públicos. (9) Formular los informes sobre el control patrimonial de los bienes así como del trámite de altas y bajas de bienes a efectos de determinar las bajas y altas de los bienes depreciables. (10) Elaborar el informe anual de activos fijos y remitir para su contabilización en los estados financieros de la IEPM. (11) Programar y supervisar la toma del inventario físico general de bienes patrimoniales, así como, mantener actualizado el listado de bienes en el SIMI (Sistema Inventario Mobiliario Institucional). (12) Controlar los Bienes patrimoniales de la IEPM, registrando los ingresos de estos en los archivos de Control Patrimonial previa asignación del código respectivo. (13) Efectuar la entrega de bienes y servicios de los Proyectos aprobados, a los Órganos ejecutores y a los beneficiarios cuando la atención corresponda a la Dirección de Administración y/o Abastecimiento. (14) Mantener actualizado el control y registro de asignación de bienes a los diferentes usuarios. (15) Mantener actualizado el control y registro del movimiento de bienes patrimoniales que se encuentran en stock en Almacén General de Bienes. (16) Reportar los ingresos de bienes patrimoniales sea como activo fijo o como bienes no depreciables al área de contabilidad para su registro en los libros respectivos. (17) Participar con el Área de Contabilidad en la conciliación de los saldos contables. (18) Suscribir la conformidad del internamiento final del bien y/o material del almacén cuando estén conformes en la Orden de Compra. (19) Elaborar los informes mensuales de entrada y salida de los bienes materiales del almacén. (20) Participar en la Comisión encargada de realizar el Inventario Patrimonial de Bienes Muebles y en otras Comisiones que se le designe. (21) Establecer los mecanismos que faciliten el acceso del público a los medios de denuncia y cooperación, para evitar el uso indebido del patrimonio de la IEPM y coadyuvar a su mejor conservación y eficaz aprovechamiento 4.1.7. De la Sección Servicios Generales Artículo 72º.- La Sección de Servicios Generales es la encargada de proponer el desarrollo y atención ordenada y coherente de los servicios de Transportes, Electricidad, Publicaciones, Carpintería, Sastrería, Gasfitería, 37
  • 37. Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi” Albañilería, zapatería, Tapicería, Lavandería, Peluquería, Mecánica, Caldera, Jardinería, Limpieza, cocina, comedor y panadería en la IEPM Artículo 73º.- Son funciones del Área de Servicios Generales las siguientes: (1) Elaborar el diagnóstico de la situación de los bienes muebles e inmuebles con el fin de fundamentar objetivamente los planes y programas de mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales. (2) Coordinar, promover, asesorar y apoyar a las unidades orgánicas en el mantenimiento de la infraestructura y acciones que se implementen. (3) Formular y proponer a la Dirección de la IEPM la política de mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales, así como los planes operativos. (4) Normar, apoyar, supervisar y evaluar las acciones de las secciones y talleres integrantes del Área de Servicios Generales, de tal manera que se pueda ampliar al máximo y mejorar la cobertura de los Servicios Generales. (5) Formular y proponer a la Dirección el presupuesto del área de Servicios Generales, así como supervisar su ejecución. (6) Formular y proponer a la Dirección los estudios de pre-factibilidad y de los proyectos de inversión necesarios para el desarrollo de los proyectos mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales. (7) Elaborar el diagnóstico de la situación de los bienes muebles e inmuebles y de los servicios motorizados asignados a las diferentes áreas o sub áreas con el fin de fundamentar objetivamente los planes y programas de mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales. (8) Promover en forma sistemática y con las unidades orgánicas de operaciones, formas de participación amplia de estudiantes, docentes y trabajadores con la formulación y ejecución de programas de mantenimiento, reparación y mejora de los servicios generales, así como canales de recepción de la opinión de los usuarios de los servicios. (9) Requerir las necesidades de personal y bienes de servicios para el Área de Servicios Generales, secciones y talleres bajo su cargo. (10) Recepcionar y solicitar los informes técnicos y opiniones de parte de los responsables de cada una de las secciones y talleres del Área de Servicios Generales. (11) Administrar el desarrollo de los recursos humanos a su cargo. (12) Rendir un informe Memoria Anual al Director de la IEPM de las acciones realizadas cada año. 4.2. Funciones de la Oficina de Secretaría General Artículo 76º.- La Oficina de Secretaría General es el órgano de apoyo de la Dirección, responsable de dirigir y coordinar la gestión administrativa y legal del despacho de Dirección, Relaciones Públicas e Imagen Institucional, Trámite Documentario y Archivo General. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Dirección. 38