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Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
11º Cuatrimestre
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la
fuerza en el sistema acusatorio
Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad
010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001
Facilitador: Adriana Galindo Razo
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
26/07/2014
Fuentes de consulta
Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de
investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio. Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9802
Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público
(policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un Juzgado Penal). Recuperado el 26 de julio del
2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9798
Secretaría de Gobernación. Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos. (2012). Acuerdo a/080/12 de la
procuradora general de la república, por el que se establecen las directrices que deberán observar los agentes de la
policía federal ministerial para el uso legítimo de la fuerza. Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9806
Secretaría de Gobernación. Secretaría Técnica. Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos. (2012).
Acuerdo 04/2012 del secretario de seguridad pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación
del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la secretaría de seguridad
pública. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9807
· DOF. (2014) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de
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http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
· DOF. (2013). Ley general del sistema nacional de seguridad pública. Recuperado de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf
· DOF. (2012). Ley general para la prevención social de la violencia y la delincuencia. Recuperado de
http://www.shcp.gob.mx/LASHCP/MarcoJuridico/MarcoJuridicoGlobal/Leyes/370_l gpsvd.pdf
· INACIPE. (2011). El uso de la fuerza púbica en un Estado democrático de Derecho. Memoria del Congreso
Internacional. México: INACIPE. ISBN 978-607- 7882-34-3
· Káram, A. (2012). La unificación de mandos de las policías federales en México como estrategia de seguridad pública.
Hacia un nuevo modelo de policía federal en México. México: Miguel Ángel Porrúa. ISBN 978-607-401-574-4
· Maldonado, I. (2011). La policía en el sistema penal acusatorio. México: UBIJUS. ISBN 978-607-8127-13-9
· Orellana, O. (2010). Seguridad Pública. Profesionalización de los policías. México: Porrúa. ISBN 978-607-09-0582-7
· Peñaloza, P. (2012). Prevención social del delito. Asignatura pendiente. México. Porrúa ISBN 978-607-09-1183-5
· Varela, S. (2009). Entrenamiento Policial contra delincuentes comunes. México: Trillas. ISBN 978-968-24-7791-1
· Varela, S. (2012). Entrenamiento Policial para comandantes operativos de mandos medios. México: Trillas: ISBN 978-
607-17-1100-7
Licenciatura en Seguridad Pública 11vo. cuatrimestre Actuación de los cuerpos de seguridad
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en
el sistema acusatorio
Contenido nuclear
Clave: 010941141
Universidad Abierta y a Distancia de México
División de Ciencias Sociales y Administrativas |
Licenciatura en Seguridad Pública.
Índice
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la
fuerza en el sistema acusatorio
Presentación de la Unidad ................................................................................................. 3
Contenido nuclear.............................................................................................................. 4
Desarrollo del contenido nuclear........................................................................................ 6
La investigación policial como elemento generador de la teoría del caso .......................... 6
La Investigación científica................................................................................................ 11
La carpeta de investigación ............................................................................................. 19
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La actuación del policía en el proceso ............................................................................. 23
El uso racional de la fuerza....................................................................................... 25
Cierre de la Unidad.......................................................................................................... 27
Para saber más ............................................................................................................... 28
Fuentes de consulta ........................................................................................................ 29
Presentación de la Unidad
Bienvenido(a) a esta tercera unidad
Derivado de la reforma del sistema de justicia penal mexicano, el peso del trabajo de investigación, desde el punto de
vista formal, recae sobre el agente del Ministerio Público, y desde el punto de vista material, a los policías y peritos. Al
realizar el trabajo de investigación, el actuar del policía está limitado por diversos requisitos, en un primer término por el
respeto de los derechos humanos, así como el respeto al principio de legalidad, situación que es visible, por ejemplo, en
lo concerniente a que el policía no puede recabar declaración alguna de la persona a imputar, estos requisitos deben
cumplirse para que todas aquellas pruebas recabadas por el mismo no adolezcan de vicios que traigan como
consecuencia la nulidad de la actuación policiaca, o en su caso que puedan afectar la actuación del Ministerio Público en
el proceso.
En tal tesitura, en el primer apartado de la unidad se explicará la importancia que tiene la función policial en el
establecimiento de la teoría del caso que hará valer el agente del Ministerio Público en todo el proceso penal, asimismo
se hará referencia a la entrevista como medio para obtener información, así como la restricción policial que tiene los
cuerpos de seguridad pública en cuanto a la toma de la declaración del imputado.
Por otra parte, la escena del crimen requiere un tratamiento técnico-científico adecuado, pues aquella persona que funge
como investigador requiere obtener la mayor cantidad posible de información del mismo, por lo que se debe realizar una
serie de actividades para evitar la contaminación de dicha escena del crimen; se establece, de acuerdo al sistema penal
acusatorio, que en caso de que exista el riesgo de que la evidencia se pierda, le corresponde al primer interviniente
(policía) la obligación de recabar los indicios, lo que implica que los cuerpos de seguridad pública deben realizar una
minuciosa inspección del lugar del hallazgo o lugar de los hechos, fijación, levantamiento, embalaje, así como rendir el
informe policial homologado y el llenado de los formatos de la cadena de custodia, lo que le garantizará a las diversas
partes que actúen en el proceso penal que la evidencia, huella o vestigio recabado en el lugar de los hechos es aquella
que se presentará ante el tribunal, por lo que en el segundo apartado se estudiará esta obligación policiaca.
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No es de menor importancia el hecho de que en el actuar de la policía, ésta tiene la facultad de hacer uso de la fuerza de
manera legítima, pero esta facultad tampoco debe entenderse de manera desmedida puesto que debe atenderse a una
serie de lineamientos para que la misma pueda ser justificada, por lo que se abordarán dichos lineamientos denominados
como uso racional de la fuerza.
Estos tópicos serán revisados desde la perspectiva jurídica, dando seguimiento y tomando cuenta el problema prototípico
que se presentó al inicio de la materia a estudiar.
Contenido nuclear
Entrando en materia, a continuación se presenta el contenido nuclear de forma esquemática, lo cual te ayudarán a
resolver el problema prototípico en esta tercera unidad; recuerda que el contenido nuclear son los conocimientos
necesarios que debes dominar para desarrollar las habilidades necesarias.
En esta unidad tú eres más responsable, ahora movilizas tus recursos, es decir, indagas, investigas, buscas y acudes a
tu docente de manera constante para aclarar dudas.
Ahora estás comprometido a investigar qué existe y qué autores abordan cada uno de los siguientes contenidos.
A continuación se te presenta el siguiente esquema con el contenido a estudiar.
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Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza del sistema
acusatorio
La investigación policial como elemento generador de la teoría del caso
El objeto de la investigación policial
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Rol de la policía en el lugar de investigación
Implicaciones de la investigación en la teoría del caso
La Investigación cientifica
El lugar de investigación y la cadena de custodia
La carpeta de investigación
La actuación del policía en el proceso
Desarrollo del contenido nuclear
La investigación policial como elemento generador de la teoría del caso
El objeto de la investigación policial
La investigación de delitos “es el proceso por el cual se descubre al autor de un delito, cometido o planeado, mediante la
reunión de hechos (o pruebas)” DELITO (UNODOC, 2010).
La investigación puede ser de dos tipos:
Reactiva
• Tiene como finalidad investigar delitos que ya se hayan cometido
Proactiva
• Cuya finalidad es evitar que se cometan delitos
La investigación, de acuerdo al artículo 21 constitucional, le corresponde realizarla al Ministerio Público y a las policías,
las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función; entendiéndose por policías de
conformidad al artículo 3o del Código Nacional de procedimientos Penales (Código Único), los cuerpos de Policía
especializados en la investigación de delitos del fuero federal o del fuero común (policías ministeriales), así como los
cuerpos de seguridad pública de los fueros federales o común.
Esta función de investigación se realizará tanto por los integrantes de las instituciones de seguridad pública como de la
policía ministerial, de acuerdo a lo establecido en los artículos 40, 41, 76 y 77 de la Ley general del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, así como los artículos 3, 127, 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, preceptos los
cuales de manera general señalan que los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública deberán actualizarse en
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el empleo de métodos de investigación que garanticen la recopilación técnica y científica de evidencias; utilizar los
protocolos de investigación y de cadena de custodia adoptados por las Instituciones de Seguridad Pública; preservar,
conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables hechos delictivos o de faltas administrativas
de forma que no pierdan su calidad probatoria y se facilite la correcta tramitación del procedimiento correspondiente;
deberán practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los delitos y la identidad de los probables
responsables, en cumplimiento de los mandatos del Ministerio Público; participarán en la investigación de los delitos, en
la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que el Ministerio Público considere se encuentren
relacionados con los hechos delictivos, observando las disposiciones constitucionales y legales aplicables; entre otras.
Atendiendo a la escisión de funciones establecido en el sistema penal acusatorio, la investigación es realizada, desde el
punto de vista formal, por el Ministerio Público y, desde el punto de vista material, por las policías. Al realizar la
investigación, el policía actuará con apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez
y respeto a los derechos humanos.
El objeto de la investigación es reunir indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba
para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño (art 213 del
CNPP), en consecuencia los objetivos de la investigación son:
1. Investigar los hechos consignados en la denuncia, querella o acusación privada.
2. Determinar si se ha cometido una conducta punible, tipificada en las normas penales vigente.
3. Recolectar y conservar las pruebas intangibles.
4. Identificar a los responsables de la conducta criminal.
5. Asesorar al Ministerio Público para que aporten las pruebas necesarias.
La Policía, al investigar, tiene la obligación de realizar un registro de las actuaciones, siendo cada acto de investigación
por separado, indicando por lo menos la fecha, hora y lugar en que se haya realizado, la identificación de los servidores
públicos que hayan intervenido, una breve descripción de la actuación y, en su caso, de sus resultados; al realizar este
registro, el policía debe cuidar que la información recabada sea completa, íntegra y exacta, debiéndose firmar o estampar
huella por todas las personas que intervengan, y en caso de negativa se hará constar el motivo de dicha negativa.
Rol de la policía en el lugar de investigación
La policía, por denuncia, querella o por orden de autoridad competente, procederá a investigar los delitos, impedir que los
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hechos se lleven a consecuencias ulteriores, identificar y aprehender a los probables responsables, reunir los datos y
medios de prueba necesarios para que el ministerio público pueda fundar la acusación, el no ejercicio de la acción penal
o el sobreseimiento.
Cuando la denuncia o querella sea presentada por un ciudadano a los cuerpos de seguridad pública, y exista flagrancia,
éstos tienen una serie de obligaciones procesales, las cuales son:
· Realizar la detención del sujeto (se registrará la hora de la detención).
· Realizar la lectura de derechos.
· Poner a disposición del agente del Ministerio Público de inmediato al probable responsable.
· Practicar inspecciones y actos de investigación que no requieran autorización judicial.
· Solicitar la autorización judicial a través del Ministerio Público cuando los actos de investigación así lo requieran.
· Preservar el lugar de los hechos, y en casos excepcionales, recolectar y resguardar los mismos.
· Entrevistar a testigos.
· Reunir la información que le sea útil al Agente del Ministerio Público para acreditar el hecho que la ley considera como
delictuoso y la probable participación del imputado.
· Prohibición consistente en dar información a los medios de comunicación sobre el evento delictivo.
A manera de síntesis el policía informará al ministerio público su primera intervención en el lugar de los hechos y
practicarán las diligencias preliminares para reunir o asegurar, con urgencia, los elementos de convicción y evitar la
sustracción u ocultamiento de los posibles sospechosos. El policía, de acuerdo al sistema penal acusatorio, está obligado
a realizar diligencias que no requieran autorización judicial.
La policía, como ya se especificó, deberá en consecuencia realizar diversos actos en el lugar de los hechos, siendo
primordiales la preservación del lugar de los hechos, así como la recopilación de información sobre el hecho delictivo. En
lo que respecta a la obtención de información, el policía está posibilitado para realizar entrevistas a testigos.
De acuerdo a Aragón, citado por Morga Rodríguez, la entrevista es “una forma de encuentro, comunicación e interacción
humana de carácter interpersonal e intergrupal (esto es, dos o más de dos personas), que se establece con la finalidad,
muchas veces implícita, de intercambiar experiencias e información mediante el diálogo, la expresión de puntos de vista
basados en la experiencia y el razonamiento, y el planteamiento de preguntas”. (Morga, 2012).
La entrevista se considera, jurídicamente, como un medio para obtener información por lo cual no tiene valor probatorio,
y tiene como objetivos:
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A) identificación de personas
B) sustentar pedidos de imposición, sustitución o revocación de medidas cautelares
C) para obtener información relacionada con el hecho delictivo
D) para recabar información sobre circunstancias que rodearon el hecho
se encontraba al momento de que el delito fue realizado.
A) identificación de personas
El policía, al realizar la entrevista, debe tener cuidado en tomar en cuenta tanto el lenguaje verbal como el lenguaje no
verbal, esto se debe a que aun cuando la persona que esté rindiendo la entrevista pretenda mentir, el lenguaje corporal
(no verbal) lo delatará debido a que nuestro cuerpo está “programado” para decir verdades, debiendo en consecuencia el
policía mantener en todo momento el contacto visual, cuidando la expresión facial y el movimiento del cuerpo, a fin de
detectar la mentira en el sujeto entrevistado.
Existen diversas técnicas de entrevistas, como la entrevista estándar y la cognitiva, en la primera se solicita información
general, como es el caso de qué fue lo que percibió el sujeto, por ejemplo números telefónicos, direcciones, tipo de
vestimenta, entre otros datos; pero no toda las personas tienen una memoria privilegiada, por lo que ante los problemas
de memoria se han diseñado las técnicas de entrevista cognitiva, las cuales facilitan al sujeto que recuerde el evento
delictivo, dentro de esta técnica se tiene el cambio de perspectiva, la complexión y que el sujeto recuerde el estado
anímico en que
Existe una serie de limitaciones a la facultad policiaca de obtener información a través de la entrevista en cuanto al
imputado. Como ya se mencionó anteriormente, el policía que llega a detener al probable responsable tiene la obligación
de hacerle de su conocimiento los derechos que la Constitución establece a su favor (lectura de derechos).
Asimismo, el imputado tiene el derecho a la no autoincriminación, lo que implica que el sujeto no está obligado a echarse
la culpa de la comisión de un delito, el sujeto está posibilitado a guardar silencio o incluso a mentir para salvarse de la
persecución penal, sin que esto implique ningún tipo de responsabilidad por la falsedad en que incurra.
Por otra parte, si el probable responsable tiene el deseo de declarar sobre el hecho delictivo, el policía no está facultado
para recabar la declaración, por lo que el policía estaría obligado a informarle al agente del Ministerio Público para que
éste sea el que recabe la entrevista o en su caso ponga al sujeto a disposición del juez de control para el mismo efecto,
esto de acuerdo a lo establecido en el artículo 114 segundo párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales
(CNPP).
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Implicaciones de la investigación en la teoría del caso
El agente del Ministerio Público debe planificar estratégicamente el juicio y su preparación, esto lo va a lograr a través de
la teoría del caso.
La teoría del caso es “el planteamiento que la acusación o la defensa hace sobre los hechos penalmente relevantes, las
pruebas que los sustentan y los fundamentos jurídicos que lo apoyan” (Baytelman, 2004).
La teoría del caso es un relato coherente, claro, completo y creíble acerca de los hechos, está compuesto de tres
elementos: fáctico, probatorio y normativo.
La proposición fáctica es una afirmación de hecho sobre un caso concreto, sobre este hecho o conjunto de hechos va
a recaer la prueba a desahogar dentro del juicio oral.
El elemento jurídico. Consiste en el encuadramiento jurídico de los hechos dentro de las disposiciones legales tanto
sustantivas como procedimentales. Es la subsunción de la historia en la norma penal aplicable, dicho de otra manera, es
señalar específicamente los preceptos legales aplicables a la situación concreta.
El elemento probatorio. Permite establecer cuáles son las pruebas pertinentes para establecer la certeza de la
ocurrencia de la conducta punible y de la responsabilidad del acusado como supuestos de una sentencia condenatoria
para la Fiscalía, o la ausencia o deficiencia de estos requisitos en el caso de la defensa, fallas procedimentales
esenciales o la ruptura de la cadena de custodia que hace perder la autenticidad de la prueba.
La teoría del caso se empieza a construir desde el primer momento en que se tiene conocimiento de los hechos
probablemente delictivos. Se plantea inicialmente como hipótesis de lo que pudo haber ocurrido. Estas hipótesis deben
ser sujetas a verificación o comprobación mediante las diligencias que se practican durante la investigación. Las
hipótesis de investigación se convierten en teoría al finalizar la misma.
La investigación científica
La investigación criminal se entiende de acuerdo a Pedro López Calvo como “las actividades, tanto de carácter operativo
como de inteligencia, que estando amparadas por la ley se desarrollan a partir del conocimiento de que se ha producido
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una conducta punible y que tiene por objeto practicar las diligencias pertinentes y útiles para determinar las causas,
motivos y móviles, que originaron el crimen o delito, y el grabado de responsabilidad de sus autores”. (López, 2008)
El agente del Ministerio Público al efecto debe tratar de arribar a la verdad histórica, acreditar el hecho delictivo y la
intervención del sujeto, para ello puede recabar cualquier medio probatorio, incluso aunque no esté regulado en el
Código, siempre y cuando el mismo sea pertinente y se haya recabado respetando los derechos humanos.
Es tan importante el trabajo de investigación encomendado tanto al Ministerio Público como a los policías que, incluso,
deben recabar toda información relacionada al hecho independientemente que perjudique o beneficie al fiscal o a la
defensa, cumpliendo con ello, con el principio de objetividad.
Para que comprendas más el tema revisa el artículo 129. Deber de objetividad y debida diligencia. DOF (2014). Código
Nacional de Procedimientos Penales, mismo que se encuentra en la sección Para saber más, ya que te dará un
panorama más amplio del tema a estudiar.
La investigación criminal está compuesta de diversas fases o momentos, las cuales son:
ü Conocimiento inicial del hecho
ü Comprobación del hecho denunciado o informado
ü Diligencias preliminares posteriores al hecho (equipo interdisciplinario)
ü Planteamiento del problema
ü Formulación de hipótesis
ü Planeación de la investigación
ü Obtención y recopilación de la información
ü Esquematización de relaciones
ü Consolidación de la prueba
ü Informe y expediente
En la fase de conocimiento inicial del hecho, el agente del Ministerio Público o la policía se hacen sabedoras de la noticia
criminis de la denuncia o querella. Con posterioridad, realiza la comprobación del hecho denunciado o informado.
La comprobación del hecho denunciado o informado consiste la verificación de la información en el lugar en donde
ocurrió el hecho para conocer si tal situación realmente existió.
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Las diligencias preliminares posteriores al hecho son realizadas por el policía o investigador y/o el equipo
multidisciplinario, con el objeto de buscar información del hecho delictivo, empleando diversas metodologías de carácter
técnico y científico para la recopilación de la información.
Una vez que se han realizado estas diligencias, se realiza el planteamiento del problema, acotando las características del
delito para poder individualízalo o vincularlo con delitos de la misma índole. El investigador debe formular hipótesis a fin
de dar una explicación posible al evento delictivo, esta hipótesis tiene que ser coherente con la información recabada.
Una vez que se ha establecido las hipótesis a demostrar, se realiza la planeación de la investigación, a fin de establecer
responsables de cada una de las actividades a realizar, qué actividades y con qué recursos se van a realizar, asimismo
se establecen las preguntas que deberán ser contestadas para continuar con la investigación. Una vez que se establece
quiénes son responsables y de qué, estos sujetos proceden a la obtención y recopilación de la información, debiendo
recabar información de personas, sucesos, lugares, objetos, etcétera. La recopilación de información no implica que se
dé por concluida la labor, puesto que se vuelve necesario evaluar la misma, estableciendo mecanismos para
esquematizar e interrelacionar la información, así como evaluar la información recabada, con posterioridad se le da el
tratamiento a la información, entendiendo por tal la introducción de dicha información a sistemas de tratamiento
administrativo o sistemas computacionales para su adecuado manejo. Una vez que la información ha sido tratada se
pueden establecer relaciones con delitos de la misma índole, grupos delictivos entre otros.
Una vez que se recaban las pruebas, se busca la consolidación de la misma, para ello se considerara consolidada
cuando la prueba es la adecuada, suficiente y pertinente para poder llevar a una persona a juicio, argumentando
válidamente la teoría del caso del fiscal o en su caso para refutar la teoría del caso planteada por la contraparte.
Una vez que se ha consolidado la prueba, se le informa al fiscal para que pueda realizar las peticiones al tribunal como
es el caso de las solicitudes de órdenes de aprehensión, órdenes de comparecencia para poder procesar a la persona a
imputar, debiendo solicitar la conformación del expediente respectiva al tribunal.
Dentro de todo este proceso la policía tiene un papel trascendental, puesto que a través de la investigacion científica del
delito, como ya fue señalado, se recaba mucha información, ya sea por parte de la policía ministerial, los cuerpos de
seguridad pública o la policía científica (peritos).
El lugar de investigación y la cadena de custodia
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Los cuerpos de seguridad pública son, por regla general, los primeros en llegar al lugar de los hechos, como primer
interviniente en la escena del delito recae una obligación trascendental la cual es en primer término la preservación del
lugar de los hechos.
Toda investigación criminal tiene casi siempre su partida en el lugar de los hechos, siendo de vital importancia la misma,
por lo que es esencial su protección para evitar la contaminación o indebido manejo de las evidencias, huellas o vestigios
que puedan afectar con posterioridad el trabajo de investigación.
De acuerdo a Montiel Sosa, existe una serie de principios fundamentales para el buen desarrollo de la investigación, los
cuales son:
1.Llegar al lugar lo más rápido posible, porque la pérdida de tiempo implica la pérdida de evidencia.
2.Proteger el lugar de los hechos en tanto llega el personal especializado para la recabación de los indicios, huellas o
vestigios.
3.Si la víctima o el probable resultan lesionados, marcar su silueta previo a su movilización
4.Trabajo en equipo, puesto que las ciencias criminalísticas son complementarias.
5.En primer término los que deberán de accesar es el perito criminalista acompañado del fotógrafo.
6.La intervención de otros peritos se debe realizar en orden y con cooperación mutua.
7.Se debe evitar en la medida de lo posible la presencia de curiosos y personas ajenas a la investigación.
8.El personal encargado del piso en el lugar de los hechos debe cumplir cabalmente la inspección del lugar de los
hechos.
Dentro de las funciones asignadas a los cuerpos de seguridad, como ya se señaló, se encuentra lo concerniente a la
protección, preservación y aseguramiento del lugar de los hechos, para que éste no sea alterado, y esto se realiza con
dos fines:
1. El primero es conservar la evidencia en cada uno de los sitios originales.
2. El segundo consiste en estar en posibilidad de reconstruir el hecho y determinar la verdad más apegada a la
realidad.
El servidor público que reciba el lugar de los hechos debe verificar que la información presentada en el formato de la
cadena de custodia sea tal como se manifieste, o en su caso realice las observaciones correspondientes.
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Cadena de custodia
La cadena de custodia está prevista como una técnica de investigación de conformidad al artículo 227 del código
nacional de procedimientos penales, el cual a la letra dice:
La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o
producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo,
hasta que la autoridad competente ordene su conclusión.
Con el fin de corroborar los elementos materiales probatorios y la evidencia física, la cadena de custodia se aplicará
teniendo en cuenta los siguientes factores:
ü Identidad
ü Estado original
ü Condiciones de recolección
ü Preservación
ü Empaque y traslado
ü Lugares, fechas de permanencia y los cambios que en cada custodia se hayan realizado
ü Registro del nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos
elementos.
El policía como primer interviniente debe llenar diversos registros sobre la cadena de custodia, en los cuales de manera
general se debe recabar la siguiente información:
1. Descripción detallada de la ubicación del lugar de los hechos y/o del hallazgo, así como la representación gráfica a
través de croquis.
2. Se debe delimitar la zona de investigación y evitar que personas ajenas al personal ministerial y pericial o a las
unidades de policía facultadas puedan acceder a ella, indicando si el lugar fue acordonado y, en su caso por qué no se
hizo.
3. Toma de fotografía o videograbación para registrar y preservar las características del lugar de los hechos,
especificando si el lugar ha sido alterado o modificado.
4. En caso de haber detenidos, trascribir sus generales: nombre, domicilio, sexo, edad y, en su caso, documento con el
que se identifican.
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6. Anotar el nombre de la víctima y sus generales, así como especificar el estado físico en que se encuentra.
7. Describir las características de los vehículos involucrados (tipo, marca, serie, color, placa, estado) y relacionar los
documentos de identificación de los mismos.
8. Localizar y entrevistar a posibles testigos de los hechos, recabar sus generales y documento con el que se identifican.
9. Observaciones generales acerca del caso.
10. Deben llenarse los datos de los servidores públicos intervinientes.
Los cuerpos policiacos, en caso de urgencia, debido a la posibilidad de que se pierdan las evidencias, está obligado a
realizar la fijación, el levantamiento, embalado y rotulado, debiendo para ello, cuidar las diversas técnicas y metodologías
establecidas por la criminalística y sus ciencias auxiliares.
Para comprender más del tema, a continuación se presenta el flujo de la cadena de custodia, de conformidad al acuerdo
A/002/2010 de la PGR.
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Por lo tanto, los errores más frecuentes que se cometen y en consecuencia deben ser evitados por los cuerpos de
seguridad pública son los siguientes:
• Protección y preservación inadecuada.
• Permitir el ingreso de extraños a la escena del delito.
• Falta de aplicación de protocolos estandarizados en el procesamiento de la escena del delito.
• No correlacionar las diferentes escenas involucradas en el hecho y los elementos materiales probatorios hallados
• Deficiente pesquisa, ubicación y fijación de los elementos materiales probatorios y evidencia física.
• Planos o bosquejos deficientes e inconsistentes.
• Toma de fotografías deficientes e insuficientes.
• Dar información apresurada a los medios de comunicación.
• Deficiente manipulación y recolección de los indicios, huellas o vestigios.
• Realización de procedimientos técnicos deficientes, por personal poco preparado y muchas veces sin la función.
• Contradicciones entre lo que dice la documentación descriptiva con las fotogramas y la planimetrías.
• Utilización equivocada de los elementos para la recolección y embalaje de los indicios y evidencia física, generándose
su contaminación.
• Ausencia de aplicación de las técnicas de entrevistas que impiden la recolección de información útil, pertinente y
eficaz a la investigación.
• Mal llenado de los formatos de rótulo, registro de cadena de custodia e informe policial homologado.
Toma en consideración que la defensa del imputado siempre investigará que el primer interviniente (policía) haya iniciado
la cadena de custodia desde el momento mismo en que intervino, realizó la protección y preservación del lugar de los
hechos; de no haberlo realizado así y de manera adecuada, la defensa tendrá la gran oportunidad de controvertir y
pretenderá desvirtuar toda la actuación posterior a esa diligencia.
Registro de la investigación
El policía en su corresponsabilidad de investigar los delitos con el Ministerio Público ante el conocimiento de un probable
hecho delictivo, tiene la obligación, una vez que sepa del mismo, de avocarse a la investigación del mismo, debiendo
verificar si efectivamente se cometió el evento delictivo.
Una vez recabada la información debe realizar un registro de la información en el informe policial homologado, el cual en
caso de que se haya cometido una conducta delictiva deberá dar lugar a que se inicie una carpeta de investigación.
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La carpeta de investigación
Cuando el agente del Ministerio Público tenga conocimiento de un hecho delictivo, integrará una carpeta de investigación
con o sin detenido.
Los elementos que debe contener la carpeta de investigación sin detenido son:
1.Noticia criminal.
2.Acuerdo de inicio.
3.Integración de la trilogía investigadora.
4.Constitución al lugar de los hechos por policías y peritos.
5.Establecimiento de la primera teoría del caso.
6.Búsqueda de elementos de convicción que ayuden al M.P. para el perfeccionamiento de su primera teoría del caso, la
cual será su pretensión en formulación de la imputación.
7.Acuerdo de determinación.
Los elementos que debe contener la carpeta de investigación con detenido son:
1.Noticia criminal estando presente el indiciado.
2.Acuerdo de inicio.
3.Lectura de derechos.
4.Calificación preliminar de la detención.
5.Integración de la trilogía investigadora.
6.Constitución al lugar de los hechos.
7.Establecimiento de la primera teoría del caso.
8.Búsqueda de elementos de convicción para el perfeccionamiento de la teoría del caso.
9.Mecanismos alternos en carpeta de investigación.
10. Acuerdo de determinación.
Cuando los policías tengan conocimiento de un hecho delictivo están obligados por disposición legal a denunciarlo, o en
caso de que realicen una detención de un sujeto que esté cometiendo el delito en flagrancia, deberá poner al sujeto a
disposición el agente del ministerio público, y éste en consecuencia integrará una carpeta de investigación.
19	
  
	
  
La carpeta de investigación está conformada por todos los registros de los antecedentes de investigación que se
incorporen a la misma, como es el caso de documentos (escrituras, atestados públicos, informes policiales
homologados), fotografías, vídeos, informes técnicos o periciales, entre otros.
Estos datos de prueba solo sirven para ponderar si existe información suficiente, idónea y pertinente para estimar que
existió un hecho delictivo, así como la participación del sujeto, pero carecen de todo valor probatorio para fundamentar
una sentencia, así que no se consideran como prueba hasta que no sean desahogadas en juicio, salvo excepciones
como es el caso de la prueba anticipada.
La carpeta de investigación es menos formal que la averiguación previa, en consecuencia es más simple y más
funcional, lo que afecta el valor probatorio de los antecedentes de investigación que realiza el agente del ministerio
público o la policía.
De acuerdo al artículo 217 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la policía debe dejar registro de todas las
actuaciones que se realicen durante la investigación de los delitos, utilizando al efecto cualquier medio que permita
garantizar que la información recabada sea completa, íntegra y exacta, pudiendo ser en documento, a través de
grabación o videograbación.
De acuerdo a lo anteriormente vertido se puede señalar que las actas de policía para recabar información pueden quedar
en los siguientes términos
NOMBRE DEL TESTIGO
LUGAR
Calle (s) Número Colonia Municipio/Estado
FECHA
AGENTE
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s)
HORA
ENTREVISTA A TESTIGO
Con fundamento en el artículo 361 del Código Nacional de Procedimientos Penales que dice que salvo que fueren denunciantes, podrán abstenerse de declarar el cónyuge, concubina o concubinario o la
persona que hubiere vivido permanentemente con el imputado durante, por lo menos, dos años anteriores al hecho, el tutor, el curador y el pupilo del imputado y sus ascendientes, descendientes o parientes
colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad o civil en tercer grado de afinidad.
Deberán informarse a las personas mencionadas de la facultad de abstenerse de declarar, pero si pese a ello aceptan rendir testimonio, no podrán negarse a contestar las preguntas formuladas.
Artículo 362 del Código Nacional de Procedimientos Penales que señala que es inadmisible el testimonio de personas que respecto del objeto de su declaración, tengan el deber de guardar secreto con motivo
del conocimiento que tengan de los hechos en razón del oficio o profesión, tales como ministros religiosos, abogados, visitadores de derechos humanos, médicos, psicólogos, farmacéuticos y enfermeros, así
20	
  
	
  
como los funcionarios públicos sobre información que no es susceptible de divulgación según las leyes de la materia. No obstante, estas personas no podrán negar su testimonio cuando sean liberadas por el
interesado del deber de guardar secreto.
SE PROCEDE A ENTREVISTAR A:
NOMBRE
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s)
SOBRE NOMBRE NingunoALIAS
DIRECCIÓN Calle (s) Número Colonia
POBLACIÓN
MUNICIPIO
NACIONALIDAD
ESTADO
EDAD SEXO M[ ] F[ ] ESTADO CIVIL
¿TIENE ALGÚN INTERÉS
QUE BENEFICIE AL
IMPUTADO?
¿CUÁL?
¿TIENE ALGÚN
PARENTESCO?
¿CUÁL?
SÍ ( ) NO( )
SÍ ( ) NO ( )
¿TIENE ALGÚN INTERÉS QUE BENEFICIE A LA
VÍCTIMA?
¿CUÁL? Ver por los intereses personales
¿TIENE ALGÚN PARENTESCO?
¿CUÁL?
SÍ ( ) NO( )
SÍ ( ) NO ( )
TELÉFONOS: CASA: CELULAR: OTROS:
CORREO ELECTRÓNICO:
RELATO DE LA ENTREVISTA
Detallar fielmente la narración del entrevistado
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s)
NOMBRE DEL POLICÍA
CARGO PLACA o NO. EMPLEADO UNIDAD
F
I
R
M
21	
  
	
  
A
FIRMA DEL ENTREVISTADO/ HUELLA DIGITAL
En caso de que el declarante se negara a firmar asentar la circunstancia:
La actuación del policía en el proceso
Independientemente de que el policía durante la etapa preliminar entregue sus informes (informe policial homologado,
cadena de custodia, entrevista de testigos), está obligado a comparecer a la fase de juicio oral como cualquier otro
testigo, debiendo contestar al interrogatorio que se le formule por las partes, esta declaración que realice el policía
debe realizarse de manera oral, por lo que a diferencia del sistema mixto no se le podrá leer sus informes realizados de
manera previa.
Los informes realizados por el policía en la etapa de investigación solo servirán en caso de que al ser interrogado no
recuerde algo de la información que vertió en dichos informes, o en caso de que esté variando su testimonio de lo
plasmado en los informes para evidenciar las contradicciones en que está incurriendo.
Al materializar su testimonio el policía tendrá que realizar explicaciones de los procedimientos que realizó al participar
en la investigación, detención, entre otros.
Para ello se recomienda que previo a la audiencia se presente ante al Agente del Ministerio Público, para que se prepare
la audiencia, puesto que el Ministerio Público deberá especificarle los procedimientos bajo los cuales se desarrolla la
audiencia.
El tribunal de enjuiciamiento ordenará la comparecencia de los miembros de los cuerpos de seguridad, a través de sus
superiores jerárquicos, y en caso de que no se presenten por causas imputables a los testigos, el juez ordenará que se le
imponga la vía de apremio establecida por el mismo, como por ejemplo la multa que ordenó al girar el citatorio
correspondiente.
El día señalado de la audiencia, una vez que se establezca el orden en el cual deberán de comparecer los testigos, el
Tribunal de enjuiciamiento lo mandará llamar al estrado para que en primer término rinda la protesta de ley y se le
22	
  
	
  
aperciba con las sanciones que pueden incurrir los falsos declarantes.
Una vez rendida la protesta y en caso que no exista un impedimento para declarar, se le permitirá, en primer término, al
oferente de la prueba que formule las preguntas que considere pertinentes, si el policía no escucha la palabra objeción,
deberá contestar al cuestionamiento realizado.
En caso de que al formular la pregunta la contraparte formule objeción, deberá esperar a que el tribunal califique la
objeción, si el tribunal ordena que conteste, el policía deberá de contestar el cuestionamiento.
Una vez terminado el interrogatorio, las partes consideran que ya no es necesaria la presencia del testigo. El tribunal
ordenará que se retire, debiendo dejar de manera previa copia de su identificación oficial.
Continuando con la actuación del policía en el proceso, se te presentan dos vídeos que debes revisar y que te ayudarán
a construir tus actividades y reforzar tus conocimientos adquiridos hasta este momento.
En el primer vídeo se realiza la presentación de la etapa del juicio oral por parte del auxiliar de sala, asimismo se realiza
el interrogatorio de diversos testigos; en cuanto al segundo video, podrás observar qué tipo de preguntas se formula al
elemento policiaco, tanto por el agente del ministerio público, como por el abogado defensor a partir del minuto 36.
Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado de
https://www.youtube.com/watch?v=hNOYjr5vx-Y
Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado de
https://www.youtube.com/watch?v=-h_n8gfJs8A
El uso racional de la fuerza
Para hablar del uso racional de la fuerza debe partirse necesariamente que al ser construido el Estado, se pretende
impedir que la resolución de las controversias individuales se realice a través del uso de la fuerza, poseyendo el Estado
en consecuencia el monopolio del uso legítimo de la fuerza.
El uso de la fuerza solo estará justificado cuando se pretenda cumplir con los siguientes objetivos:
23	
  
	
  
I.Hacer cumplir la Ley;
II. Evitar la violación de derechos humanos de las personas y restablecer la paz y el orden público;
III. Mantener la vigencia del Estado de Derecho;
IV. Salvaguardar el orden y la paz públicos;
V. Evitar la toma, destrozo o incendio de la propiedad pública o privada y de instalaciones o infraestructura destinados
a los servicios públicos;
VI. Garantizar el funcionamiento de servicios públicos y el libre tránsito de personas y bienes, y
VII. Disuadir mediante el racional despliegue de la fuerza a personas que participan de manera violenta en conflictos
que comprometen el mantenimiento de la paz y el orden público.
En el desempeño de sus funciones, los integrantes de las Instituciones Policiales podrán hacer uso legítimo de la fuerza
en los niveles de:
a) Presencia disuasiva
b) Persuasión verbal
c) Control físico de movimientos
d) Utilización de fuerza no letal
e) Utilización de fuerza letal
Solo está permitido el uso letal de la fuerza cuando en su caso no se pueda cumplir con los objetivos a través de otros
medios, resultaren ineficaces o no se garantice el resultado previsto, debiéndose ejercer con moderación y de manera
proporcional a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga, reduciendo al mínimo los daños y lesiones;
asimismo respetarán y protegerán la vida humana, y en caso de que alguna persona resulte lesionada, deben realizar la
solicitud de auxilio, para que los servicios médicos se presten de manera inmediata con las personas heridas.
Asimismo, se buscará equilibrar los derechos de la ciudadanía a proteger así como los derechos de los policías, los
cuales son:
a) Protección de su vida e integridad física; b) Respeto a su dignidad como ser humano y autoridad, por parte de sus
superiores y de la sociedad; c) Capacitación en derechos humanos; d) Conocimientos técnicos, tácticos y teóricos en la
materia; e) Equipo autoprotector; f) Medios de transporte pertinentes; g) Armas incapacitantes no letales y letales, y h)
Atención médica, psicológica y jurídica.
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Cierre de la Unidad
Los contenidos nucleares que has estudiado en esta unidad y la resolución de las actividades de aprendizaje te han
hecho analizar la importancia y la función que tiene el policía como primer interviniente en el lugar de los hechos, ya que
es a través de él que se obtiene la información preliminar sobre el evento delictivo.
Constataste que esta información recabada sirve para que el policía auxilie al agente del ministerio público a conformar
su teoría del caso.
El trabajo de investigación que realice debe estar apegado al método científico, respetando los procedimientos y técnicas
establecidas en la criminalística para preservar el lugar de los hechos, debiendo, asimismo, ser diligente en el llenado de
los formatos de la cadena de custodia.
El realizar la investigación cumpliendo todos los requisitos legales va a permitir que la carpeta de investigación que se
integre no tenga defectos o vicios que puedan ser anulados con posterioridad por los jueces de control, o que puedan
conllevar a que se pierda un juicio por actos negligentes.
Por otra parte, como se señaló, no basta con que el policía entregue buenos informes, sino que debe necesariamente
sustentar su proceder en la audiencia de juicio oral, para ello toda la información presentada en la etapa preliminar, así
como las manifestaciones que viertan los miembros de los cuerpos de seguridad pública en juicio, deben ser coherentes.
Aunado a lo anterior, los policías, al desempeñar sus funciones, deben cumplir con los parámetros del uso racional de la
fuerza, evitando que se materialice un desvío de poder derivado de un abuso de autoridad, o que involucre un exceso en
el desempeño de su labor, que implique algún tipo de responsabilidad para el servidor público.
Para saber más
En esta sección encontrarás material de apoyo que te servirá para comprender los temas estudio.
ü Revisa el artículo 129. Deber de objetividad y debida inteligencia, mismo que menciona que la investigación
debe ser objetiva y referirse tanto a los elementos de cargo como de descargo y conducida con la debida
diligencia, a efecto de garantizar el respeto de los derechos de las partes y el debido proceso. DOF (2014).
Código Nacional de Procedimientos Penales. Recuperado de
25	
  
	
  
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf
ü En el presente acuerdo, se establecen los lineamientos que debe observar los miembros de la PGR al
materializar el uso de la fuerza, y los parámetros del mismo, sirviendo como marco de comparación con las
directrices del mismo tenor de otras instituciones. DOF (2012) PGR. Acuerdo 80/12. Acuerdo de la procuradora
general de la Republica, por donde se establecen las directrices que deberán observar los agentes de la policía
federal ministerial para el uso legítimo de la fuerza. Recuperado de
http://www.pgr.gob.mx/Normatec/Documentos/a-80-12.pdf
Fuentes de consulta
· Baytelman, A. (2004). Litigación Penal, Juicio Oral y Prueba. Chile: Universidad Diego Portales. ISBN No 956-
7397-63-5
· Colombia, U. (s.f.). Técnicas del juicio oral en el sistema penal colombiano. Técnicas de investigacion de la
defensa. Colombia.
· Comité Internacional de la Cruz Roja. (2012). Guía para la conducta y el comportamiento de la policía. Suiza.
· DGAT México. Protocolo de investigación del delito de robo. México: INACIPE.
· DGAT México. Protocolo de investigación del delito de robo de vehículo. México: INACIPE.
· DGAT México. Protocolo de investigación del delito de homicidio en relación de la delincuencia organizada.
México: INACIPE.
· DOF. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/cn16.pdf
· DOF. (2012). Acuerdo 80/12. Acuerdo de la procuradora general de la Republica, por donde se establecen las
directrices que deberán observar los agentes de la policía federal ministerial para el uso legítimo de la fuerza.
Recuperado de http://www.pgr.gob.mx/Normatec/Documentos/a-80-12.pdf
· DOF. (2013). Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf
· DOF. (2014). Código Nacional de Procedimientos Penales. Recuperado de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf
· González, P. (2013). La policía de investigaciones en el sistema acusatorio mexicano. México: UNAM-IFP.
· Horvitz, M. (2004). Derecho Procesal Chileno Tomo II. Chile: Editorial Jurídica de Chile. ISBN 956-10-1584-6
· Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado
de https://www.youtube.com/watch?v=hNOYjr5vx- Y
· Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado
26	
  
	
  
de https://www.youtube.com/watch?v=- h_n8gfJs8A
· López, P. (2008). Investigación criminal y criminalística. Editorial Temis. ISBN 13 / Cód Barra: 9789583506482
· Montiel, J. (s.f.). Manual de Criminalistica 1. México: Ciencia y técnica.
· Morga, L. E. (2012). Teoría y técnica de la entrevista. Mexico: Red Tercer Milenio. ISBN 978-607-733-171-1.
· Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito. U. (2010). Manual de Instrucciones para la
evaluacion de la justicia penal: policia-investigacion de delitos. New York: Naciones Unidas.
· Ortega, R. (2013). Deberes específicos de prevención, investigación y sanción. México: SCJN. ISBN: 978-607-
468-545-9.
· PGR. (2013). Protocolos de cadena de custodia. Dos grandes etapas: preservación y procesamiento. (2a
edición). México: INACIPE. ISBN 978-607- 7882-53-4
· Romero, A. (2010). 50 preguntas sobre la cadena de custodia federal. México: INACIPE. ISBN 978-607-7882-
53-4
· Soria, M. (2005). Psicología criminal. Madrid: Person. ISBN 13: 978-84-8322-306-2
· UNODC. (2010). Investigación de delitos. New York: Naciones Unidas.
· USAID Colombia. Técnicas del juicio oral en el sistema penal colombiano. Técnicas de investigacion de la
defensa. Colombia. ISBN. 958-33-5034-6 ¡Felicidades concluiste satisfactoriamente el estudio de esta asignatura!
Licenciatura en Seguridad Pública 11vo. cuatrimestre Actuación de los cuerpos de seguridad
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en
el sistema acusatorio
Actividades
Clave: 010941141
Universidad Abierta y a Distancia de México
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura en Seguridad Pública.
Índice
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en
el sistema acusatorio
Presentación...................................................................................................................... 3
Competencia específica..................................................................................................... 6
Actividad 1. La investigación científica y su relación con la teoría del caso........................
7
Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación
científica .......................................................................................................................... 10
27	
  
	
  
Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito.......................... 12
Autoevaluación ................................................................................................................ 13
Evidencia de aprendizaje. El actuar de los cuerpos de seguridad en un Estado
democrático de Derecho.................................................................................................. 14
Autorreflexión .................................................................................. 16
Cierre de actividades ....................................................................................................... 16
¡Bienvenido(a) a las actividades de aprendizaje!
Presentación
Derivado de la reforma al sistema de justicia penal mexicano, el peso del trabajo de investigación, desde el punto de vista
formal, recae sobre el agente del Ministerio Público, y desde el punto de vista material, a los policías.
El policía debe realizar una serie de diligencias para averiguar o aclarar un hecho o un conjunto de hechos delictivos,
basándose en el método científico, siguiendo rigurosamente los pasos establecidos por este método, formulando
hipótesis sobre el fenómeno a investigar, estableciendo teorías y conclusiones respecto a un evento criminal específico.
Este trabajo de investigación debe basarse en la valoración de los testigos, estudiando la lógica de los hechos y
haciendo uso de los avances tecnológicos correspondientes, así como de las ciencias auxiliares del derecho penal como
es el caso de la psicología criminal, la criminalística, criminología, entre otras.
Todas estas actividades tienen una serie de objetivos determinados:
• Investigar los hechos manifestados en una denuncia o querella.
• Recolectar y conservar las pruebas intangibles.
• Determinar si hay una conducta sancionable de acuerdo a la norma penal.
• Identificar al responsable de la conducta criminal y auxiliar al fiscal de tal manera de que se le aporten las pruebas
adecuadas para procesar a un sujeto.
El trabajo de investigación se inicia desde el momento en que el policía se hace conocedor de la noticia criminal; a partir
de este momento, el policía en su caso debe recabar información, a petición del Ministerio Público, para que este último
esté en facultad de poder imputar a una persona en un evento delictivo.
Tratándose de delitos en flagrancia, el policía por propia voluntad (motu propio), está obligado a realizar una serie de
actos de gran trascendencia entre los que se tienen que llevar a cabo:
28	
  
	
  
• La detención.
• Realizar la entrevista en el lugar de los hechos, recabando información que con posterioridad le deberá entregar al
Ministerio Público.
• Realizar el resguardo o acordonamiento del lugar de los hechos, preservando así todos los elementos que lo
componen.
• Llenar los formatos de la cadena de custodia dándole certeza, a los diversos sujetos intervinientes en un proceso,
sobre la autenticidad e identidad de las pruebas recabadas en el lugar de los hechos.
Toda esta información va a ayudar al agente del ministerio público a conformar la teoría del caso, que servirá de base al
proceso penal, el establecimiento de la estrategia de acusación, así como el sustento en su momento de la sentencia a
imponer.
Aunado a lo anterior, en caso de enfrentamiento con los diversos grupos delictivos, el policía debe seguir una serie de
lineamientos a fin de no hacer uso desmedido de la fuerza, violentando los derechos humanos de los imputados, ya que
puede perjudicar a la teoría del caso del Ministerio Público.
Estos propósitos muchas veces no se cumplen porque los cuerpos de seguridad en México no tienen bien delimitadas las
facultades y atribuciones que rigen su actuación, o en su caso por el desconocimiento de dichas facultades desde el
punto de vista jurídico o pragmático.
Por lo tanto, en esta unidad de aprendizaje encontrarás actividades, que te permitirán desarrollar las competencias de
esta unidad, adicional, el docente en línea te recomendará otras actividades que complementarán tu proceso de
aprendizaje.
Asimismo, se retomará el problema prototípico que se planteó desde la presentación de la asignatura, en esta unidad
contarás con los contenidos nucleares indispensables para que puedas entender y dar una posible solución al problema
prototípico.
Atribuciones y facultades que rigen los cuerpos de seguridad.
En esta unidad desarrollarás tres actividades y una evidencia de aprendizaje, mismas que te permitirán analizar y
resolver paulatinamente el problema prototípico y alcanzar la competencia específica de la unidad, así como cubrir cada
29	
  
	
  
uno de los logros planteados.
Primera actividad
La primera actividad te permitirá analizar la importancia de la investigación policial en la conformación de la teoría del
caso, partiendo de la división de funciones instaurados por el sistema acusatorio.
Además conocerás los parámetros y lineamientos que debe cubrir una investigación policial, verificando la importancia de
la infraestructura y recursos humanos, así como las consecuencias ulteriores para efectos procesales penales.
Segunda actividad
En la segunda actividad distinguirás los componentes de la cadena de custodia y su importancia en la investigación
científica del delito.
Comprenderás las diferentes técnicas de investigación para que puedas usarlas en el desarrollo profesional, cómo se
lleva a cabo el registro de la investigación; el actuar del policía en el lugar del hecho o hallazgo, la preservación del
mismo, así como la cadena de custodia.
Tercera actividad
En la tercera actividad relacionarás la investigación policial con el uso racional de la fuerza.
Para ello, se analizarán los límites establecidos a las facultades policiacas, los derechos humanos del gobernado en
términos de igualdad a los derechos del policía. Asimismo, se determinará el impacto de la actuación policial para efectos
procesales, tanto a nivel de investigación como del proceso, y las consecuencias jurídicas derivadas del uso excesivo o
irracional uso de la fuerza policiaca.
Para continuar con el estudio de esta tercera unidad se te recomienda que visites el Foro. Planeación didáctica u3, ya
que tu docente en línea se encargará de asesorarte en algún asunto administrativo, así como aclarar dudas, comentarios
y sugerencias para enriquecer más tu proceso de enseñanza-aprendizaje.
Analiza los retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad ante el surgimiento de los fenómenos emergentes de la
30	
  
	
  
criminalidad organizada, la necesidad de la investigación científica y el uso racional de la fuerza que requiere el proceso
penal actual mediante la reflexión de casos reales específicos y propuestas de solución orientados al cumplimiento de los
fines de las instituciones públicas.
· Analiza la importancia de la investigación policial en la generación de la teoría del caso.
· Distingue los componentes de la cadena de custodia y su importancia en la investigación científica del delito.
· Relaciona la investigación policial con el uso racional de la fuerza.
Actividad 1. La investigación científica y su relación con la teoría del caso
En esta primera actividad analizarás la importancia de la investigación policial científica y su objeto, basado en aspectos
teóricos y operativos del rol del policía en la investigación.
Para el desarrollo de tu actividad revisa en tu contenido nuclear la investigación científica y policial como base para
constituir la teoría del caso.
Instrucciones:
Para el desarrollo de tu actividad necesitarás una vídeo cámara digital o bien tú celular con cámara, ya que consta de
una entrevista a dos funcionaros públicos (policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un
Juzgado Penal).
Para ello:
1. Elabora un guion de entrevista que contenga mínimo diez preguntas, para obtener información sobre los siguientes
puntos:
ü Recursos humanos
ü Infraestructura tecnológica
ü Función del policía
ü Juicios orales
Propósito:
ü Nuevo modelo policial
ü Nuevo sistema penal acusatorio
ü Cadena de custodia
ü Investigación científica del delito
Descarga el documento Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público que se
encuentra dentro de la pestaña de la unidad, en donde encontrarás algunas recomendaciones para
elaborar tu guion y aplicar tu entrevista, a fin de generar una idea más amplia de lo que se pretende
realizar.
31	
  
	
  
Una vez que tengas el guion, aplica las entrevistas. Considera un recurso (fotografía, audio y/o vídeo) que evidencie la
aplicación de las entrevistas, ya que forman parte de los entregables de tu actividad.
Posteriormente, integra en un procesador de textos el guion de la entrevista con las respuestas de los entrevistados,
adjuntando nombre y adscripción de cada una de las personas, así como el recurso que hayas elegido para tu
actividad.
Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A1_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de
tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno.
Comprime y envía tu documento con el recurso de evidencia, a través de la base de datos, elabora un análisis de la
entrevista y responde las siguientes preguntas:
· ¿Cómo te sentiste al realizar la entrevista?
· ¿Cómo fue la actitud de los entrevistados?
· ¿Qué experiencia te dejó esta actividad?
Lee las aportaciones de tus compañeros(as) y, para enriquecerlas,
retroalimenta al menos tres trabajos realizados. 7. Espera la retroalimentación de tu docente en línea.
Criterios de evaluación:
· Guion de entrevista considerando los elementos solicitados de la importancia de la investigación policial
científica.
· Aplicación de la entrevista a dos funcionarios públicos.
· Recurso de evidencia de la aplicación de la entrevista.
8. · En sus aportaciones de la base de datos demuestra comprensión ante la información vertida por el
entrevistado.
9. · Participación a tres compañeros(as) donde integre la experiencia de la entrevista. Competencias
transversales:
11. · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso,
nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración.
12. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas.
Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público
(policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un Juzgado Penal). Recuperado el 26 de julio del
2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9798
Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público (policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o
personal adscrito a un
Juzgado Penal)
32	
  
	
  
El propósito de este documento es facilitarte algunas recomendaciones para el seguimiento y aplicación de tu entrevista
que realizarás en la actividad 1 de esta unidad.
Diseño del guion de entrevista
Para elaborar tu guion debes tomar en cuenta los siguientes criterios:
Ø Texto de presentación
Ø Preguntas de identificación
Ø Preguntas para esta actividad
Ø Texto de cierre
Tu guion puede tener la siguiente estructura:
Presentación Saludo y presentaciones, nombre del (de la) estudiante, programa educativo y propósito de
la entrevista. Aclaración respecto a la entrevista.
Desarrollo 1. Preguntar datos del entrevistado: nombre, adscripción y puesto al que pertenece. 2.
Criterios definidos para la entrevista.
Cierre
Aclaración de dudas y de la información proporcionada, despedida y agradecimiento.
Para definir las preguntas del rol del policía en la investigación se te sugiere lo siguiente:
Criterios que se
desean conocer
Propuesta de pregunta
Recursos humanos
¿Considera que actualmente los miembros de los cuerpos de seguridad en México cubren con
un perfil profesional específico para desempeñar su labor?
Infraestructura
tecnológica
¿Considera que las corporaciones de seguridad cuentan con los elementos y la infraestructura
suficientes para la investigación científica del delito? Sí, no y ¿por qué?
Función del policía
¿Considera importante la función del policía para el nuevo sistema penal acusatorio? Sí, no
¿por qué?
Juicios orales
¿Considera que es importante la comparecencia de algún miembro policiaco dentro de una
audiencia de juicio oral?
Nuevo modelo
policial
¿Qué acciones propondría para mejorar la calidad de los cuerpos policiacos conforme al
nuevo modelo policial?
Investigación
científica del delito
¿Cuáles son las perspectivas de los cuerpos de seguridad para el combate de los delitos
cometido por parte de las organizaciones del crimen organizado?
Nuevo sistema penal ¿A qué retos se enfrentan los cuerpos policiacos al implementarse el sistema penal acusatorio
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acusatorio en México?
Cadena de custodia
¿Considera que la policía se encuentra debidamente preparada para realizar de manera
adecuada sus atribuciones de acuerdo al sistema penal acusatorio? ¿Cómo contribuye la
función del policía en la conformación de la teoría del caso?
Investigación
científica del delito
¿Considera que la policía está capacitada para realizar una investigación científica conforme al
nuevo modelo policial? Sí, no y ¿por qué?
Contextualización de la entrevista
Al pretender entrevistar a servidores públicos se debe considerar que el entrevistador (estudiante-UnADM) demuestre la
seriedad y formalidad que se requiere, para ello debes tener en cuenta que antes de iniciar la entrevista deberás
explicarles e informarles en qué consiste, de tal forma que puedan sentirse en confianza.
En caso de que no puedas aplicar tu entrevista, por restricciones de los servidores públicos, contacta a tu docente en
línea para solicitar su apoyo e intervención para establecer algún vínculo con las personas a entrevistar o te recomiende
alternativas que faciliten tu actividad.
Consideraciones para aplicar la entrevista
• Al aplicar la entrevista prevé un dispositivo para grabar el audio de la entrevista, esto te facilitará la concentración de la
información para no escribir las respuestas en ese momento.
• En caso de que tomes una fotografía, audio y/o vídeo, deberás pedir autorización a la persona que entrevistarás, de
preferencia ocultando el rostro, en caso de que la persona entrevistada no acepte, sólo deberás grabar la voz si es
vídeo y/o audio.
• Preséntate a la entrevista con confianza y seguridad, debes estar atento(a) durante la entrevista, puesto que te
proporcionarán información valiosa para el desarrollo de tu actividad.
• Adopta una actitud positiva y coherente de respeto a las preguntas de entrevista, cuida la comunicación verbal (hace
referencia a aquello que se dice) y la no verbal (se refiere a cómo se dice y cómo se actúa). Tan importante es lo que
se dice como lo que no se dice, pero se deja ver. La comunicación no verbal proporciona al entrevistador/a tanta
información o más que la que la persona candidata manifiesta, algunas ideas sobre esto pueden ser:
ü Forma de vestir e higiene: Procura usar ropa formal (de vestir), ya que la presentación te ayudará a darle
seriedad a tu trabajo.
ü Dar la mano: Predispone la actitud de la persona entrevistadora; evita dar la mano de forma floja, puesto que
denota que careces de energía y falta de decisión.
34	
  
	
  
ü Expresión facial: La expresión de la cara indica nuestro estado de ánimo o sentimientos, por lo tanto, hace falta
que nuestra expresión concuerde con el mensaje que se está dando, una sonrisa a veces puede comunicar una imagen
de persona agradable y dar apertura a los canales de comunicación.
ü Contacto visual: Mirar a la cara de la persona con la cual se está hablando es el mejor procedimiento para
mostrar sinceridad.
ü Postura corporal: Es necesario sentarse de manera correcta, ni apoyado/a atrás (puede demostrar desinterés)
ni muy incorporado/a hacia delante (puede demostrar nerviosismo e intranquilidad).
ü Gesticulación de las manos: Durante la conversación es correcto que las explicaciones se acompañen con los
gestos de las manos, pero nunca, esta gesticulación debe ser excesiva.
ü Manías o tics: Es necesario evitar movimientos que acostumbramos hacer cuando estamos nerviosos, rascarse
la nariz, tocarse el pelo, repicar con los dedos sobre la mesa, entre otros. Estos movimientos denotan nerviosismo e
inseguridad, falta de control.
ü Puntualidad: Siempre es necesario llegar con antelación suficiente para tranquilizarnos antes de iniciarla.
Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica
Propósito:
Esta actividad te permitirá analizar los componentes de la cadena de custodia.
Para el desarrollo de tu actividad revisa en tu contenido nuclear el lugar de
investigación, la cadena de custodia
Instrucciones:
. Investiga en la web o en una fuente de información confiable sobre un estudio de caso relacionado con la cadena de
custodia en la investigación en un hecho delictivo.
. Ingresa al foro, agrega una breve descripción de la cadena de custodia del hecho delictivo del caso investigado y
responde las siguientes preguntas:
· ¿Qué relevancia tiene la cadena de custodia en la investigación de un hecho delictivo?
· ¿Consideras que la actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos?, ¿por qué?
· ¿Qué principios de la cadena de custodia fueron transgredidos en dicha actuación?
· ¿Qué consecuencias jurídicas conduce este tipo de actuaciones en lo que respecta al imputado o
sujeto a imputar de acuerdo al sistema penal acusatorio?
· ¿Consideras que derivado de la forma en que actuaron los policías, se les pueda fincar algún tipo de
responsabilidad?, ¿por qué?
35	
  
	
  
· ¿Cuáles serían las recomendaciones o propuestas que se le pudieran realizar a los policías que intervinieron en este
procedimiento?
Lee las aportaciones de tus compañeros(as), compara y comenta por lo menos a dos de ellos(as) sobre la importancia
de la cadena de custodia en la investigación científica del delito expuesto.
Criterios de evaluación:
· Menciona los componentes de la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo.
· La participación en el foro es clara acerca de la situación analizada y de todos los aspectos involucrados.
· Anexa la fuente de consulta de su investigación.
· Responde a los cuestionamientos de manera clara y concisa.
· Aporta a los comentarios, dudas o sugerencias de sus compañeros(as), respecto a la importancia de la cadena
de custodia.
Competencias transversales:
· El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la
actividad, matrícula y fecha de elaboración.
· Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas.
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
11º Cuatrimestre
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y
uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio
Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica
Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad
010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001
Facilitador: Adriana Galindo Razo
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
26/07/2014
Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica
36	
  
	
  
Propósito:
Esta actividad te permitirá analizar los componentes de la cadena de custodia. Para el
desarrollo de tu actividad revisa en tu contenido nuclear el lugar de investigación, la cadena
de custodia
Instrucciones:
. Investiga en la web o en una fuente de información confiable sobre un estudio de caso relacionado con la cadena de custodia
en la investigación en un hecho delictivo.
. Ingresa al foro, agrega una breve descripción de la cadena de custodia del hecho delictivo del caso investigado y responde las
siguientes preguntas:
· ¿Qué relevancia tiene la cadena de custodia en la investigación de un hecho delictivo?
· ¿Consideras que la actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos?, ¿por qué?
· ¿Qué principios de la cadena de custodia fueron transgredidos en dicha actuación?
· ¿Qué consecuencias jurídicas conduce este tipo de actuaciones en lo que respecta al imputado o
sujeto a imputar de acuerdo al sistema penal acusatorio?
· ¿Consideras que derivado de la forma en que actuaron los policías, se les pueda fincar algún tipo de
responsabilidad?, ¿por qué?
· ¿Cuáles serían las recomendaciones o propuestas que se le pudieran realizar a los policías que intervinieron en este
procedimiento?
Lee las aportaciones de tus compañeros(as), compara y comenta por lo menos a dos de ellos(as) sobre la importancia de la
cadena de custodia en la investigación científica del delito expuesto.
Criterios de evaluación:
· Menciona los componentes de la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo.
· La participación en el foro es clara acerca de la situación analizada y de todos los aspectos involucrados.
· Anexa la fuente de consulta de su investigación.
· Responde a los cuestionamientos de manera clara y concisa.
· Aporta a los comentarios, dudas o sugerencias de sus compañeros(as), respecto a la importancia de la cadena de
custodia.
Competencias transversales:
· El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad,
matrícula y fecha de elaboración.
· Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas.
· Recurso de evidencia de la aplicación de la entrevista.
10. · En sus aportaciones de la base de datos demuestra comprensión ante la información vertida por el
entrevistado.
11. · Participación a tres compañeros(as) donde integre la experiencia de la entrevista. Competencias
transversales:
37	
  
	
  
13. · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre
de la actividad, matrícula y fecha de elaboración.
14. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas.
Caso Práctico:
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Entendemos por indicio aquel objeto, sustancia, traza o resto material físico o psicológico, que se encuentra en la escena
de un delito, que permite relacionar a autores, víctimas o testigos implicados en el hecho, con el mismo y sus
circunstancias, propiciando o favoreciendo esclarecer la verdad de lo sucedido y hacer justicia. Para que un indicio se
convierta en prueba de cargo debe reunir pluralidad, coherencia y rigor habiéndose garantizado su adecuada protección
desde la localización en la propia escena, su posterior análisis en el laboratorio de referencia, y su ratificación en el acto
de juicio oral en lo que conforma la cadena de custodia. Para una correcta Inspección Técnico-Criminalística
(policial/ocular) (ITC) se sigue un proceso coherente, predeterminado y minucioso, especialmente en lo que se refiere al
tratamiento de los indicios en la escena del crimen, con la secuencia Protección-Fijación-Procesado (P-F-P). Los indicios
se clasificaron, en función de su naturaleza, en indicios físicos y psicológicos, y, en función de su carácter, en indicios
consistentes e indicios frágiles, asignando una escala de colores en el momento de la Fijación de Indicios con criterios lo
más objetivos y rigurosos posibles, vinculando cada color a la naturaleza del indicio y una graduación relativa a la
fragilidad/consistencia del mismo; localización y señalización con conos,
pirámides, lengüetas, balizas verticales de diferentes tamaño para indicar su
ubicación y los testigos métricos que hacen referencia respecto a su tamaño,
preceden a su “fijación” en fotografía de conjunto, semi-conjunto y detalle, video y
planimetría. El sistema de Balizamiento Cromático de Indicios (BCI) en la
segunda fase asigna colores para cada tipo de indicio y tres niveles de fragilidad
para su protección y posterior tratamiento en la cadena de custodia y la
reproducción de validez en el juicio oral.
· ¿Qué relevancia tiene la cadena de custodia en la investigación de un
hecho delictivo?
Los agentes policiales y ministeriales manejan los indicios o evidencia física para
garantizar que no haya alteraciones del caso en la transición de una instancia a
otra. La Cadena de Custodia contempla las evidencias físicas desde la escena
del crimen y hasta antes de los tribunales. Los agentes encargados deberán
reportar los indicios al agente del Ministerio Público y hacerlo constar en un
registro de Cadena de Custodia. Faltas en la cadena de custodia en la
investigación en un hecho delictivo resultan en casos llevados a tribunales y
perdidos por faltas de evidencia.
· ¿Consideras que la actuación policial fue acorde al paso del lugar de los
hechos?, ¿por qué?
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La actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos puesto que se trata de un caso práctico.
· ¿Qué principios de la cadena de custodia fueron transgredidos en dicha actuación?
Ninguno.
· ¿Qué consecuencias jurídicas conduce este tipo de actuaciones en lo que respecta al imputado o sujeto a
imputar de acuerdo al sistema penal acusatorio?
Al inicio del procesamiento de pruebas, la Cadena de Custodia contempla las evidencias físicas desde la escena del
crimen y hasta antes de los tribunales. De hecho fue necesario reformar el procedimiento en el 2012 porque muchos de
los casos que se habían llevado ante los tribunales habían sido perdidos por falta de evidencias. Miguel Carbonell,
experto en derecho constitucional, expresó que "Al no poder levantar pruebas de manera científica, llevan solo
testimonios y hacen muy endebles los casos".
Los agentes encargados deberán reportar los indicios al agente del Ministerio Público y hacerlo constar en un registro de
Cadena de Custodia, según el acuerdo 06/2012.
· ¿Consideras que derivado de la forma en que actuaron los policías, se les pueda fincar algún tipo de
responsabilidad?, ¿por qué?
En nuestro caso práctico, no, puesto que cumple con el procedimiento. Pero el acuerdo 06/2012 prevé sanciones para
los agentes que formen parte de la cadena y que alteren, destruyan o pierdan los indicios del crimen, a fin de garantizar
la cadena de custodia.
· ¿Cuáles serían las recomendaciones o propuestas que se le pudieran realizar a los policías que intervinieron en
este procedimiento?
Nuevos protocolos de actuación fueron añadidos el 23 de abril del 2013 a las leyes que rigen a las fuerzas armadas y a
los órganos de procuración de justicia mexicanos, con el objetivo de lograr un mayor apego a los derechos humanos.
Las medidas fueron suscritas en al menos nueve instrumentos legales de colaboración por los titulares de las secretarías
de Gobernación, Defensa, Marina, Seguridad Pública (SSP) y la Procuraduría General de la República (PGR). Entre
otros, regulan la forma de enfrentar a los presuntos criminales, la detención y puesta a disposición de sospechosos y la
preservación de evidencias durante un proceso legal. Desde los indicios reunidos por policías, hasta las pruebas
40	
  
	
  
presentadas por el Ministerio Público ante un tribunal, las evidencias de un caso deberán ser protegidas y debidamente
procesadas por los diferentes agentes del gobierno. Dos acuerdos suscritos por la SSP y la PGR especifican métodos de
búsqueda, recolección, embalaje, transporte y depósito de las pruebas de un caso y precisan cómo realizar la devolución
de una pieza de la evidencia y su eliminación o su subasta pública, en su caso. Sus métodos abarcan el manejo de
pruebas en escenas del crimen, laboratorios y bodegas y describen el procesamiento de materiales específicos como
balas, armas de fuego y punzocortantes, muestras biológicas y objetos personales.
Fuentes de consulta
1. Curiel, A. M. Y Cela, A.I. Caso Práctico. Balizamiento cromático de indicios. La taxonomía cromática de la
Criminología. Quadernos de Criminología. No. 18, 2012, pp. 22-26. Recuperado el 27 de julio del 2014 de
http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CBwQFjAA&url=http%
3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F4384140.pdf&ei=LxfVU-
uULobd8gGo_4H4AQ&usg=AFQjCNE0sZihOkjNz05ZaIJXMXdyZtF2XQ&sig2=0TNf0Nf-sOQVdw9-YmOhlg
2. INACIPE. (2012). 50 Preguntas sobre la cadena de custodia federal. Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://www.inacipe.gob.mx/publicaciones/descargas_gratuitas/50_preguntas.php
3. INACIPE. (2012). Manual de buenas prácticas en la escena del crimen. Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://www.inacipe.gob.mx/publicaciones/descargas_gratuitas/manual_de_buenas_practicas_escena_crimen.php
4. INACIPE. (2013). Protocolos de Cadena de Custodia. Dos grandes etapas: preservación y procesamiento.
Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://www.inacipe.gob.mx/publicaciones/descargas_gratuitas/cadena_de_custodia.php
5. Nuevas Normas de Seguridad y Procuración de Justicia. CNN México. 24 abril 2012. Recuperado el 27 de julio del
2014 de http://mexico.cnn.com/nacional/2012/04/24/cadena-de-custodia
6. SEGOB. (2012). Mecanismo de Protección y Preservación de Evidencia: Cadena de Custodia. Recuperado el 27
de julio del 2014 de http://setec.gob.mx/work/models/SETEC/PDF/CadenaCustodia1.pdf
7. Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función
de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio. Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9802
41	
  
	
  
Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Propósito:
Esta actividad te permitirá analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las
consecuencias jurídicas de dicha actuación
Para el desarrollo de tu actividad, revisa en tu contenido nuclear el uso racional de la fuerza.
Instrucciones:
Asiste a (o revisa en Youtube) una audiencia de control de la detención en la que se haya dado algún caso del uso
racional de la fuerza que te parezca relevante.
Del caso analiza el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez.
Elabora una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideras adecuada la actuación del policía, conforme a lo que
establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos:
· Investigación
· Detención
· Protección a la ciudadanía
42	
  
	
  
· Preservación del lugar de los hechos
· Respeto a los derechos humanos
· La puesta a disposición y lo sucedido en la audiencia
4. En un procesador de textos integra el desarrollo de tu actividad.
5. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de
tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno.
Criterios de evaluación:
· Explica el actuar del policía de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez.
· Describe la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica.
· Explica la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso.
Competencias transversales:
· El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la
actividad, matrícula y fecha de elaboración.
· Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas.
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
11º Cuatrimestre
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la
fuerza en el sistema acusatorio
Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad
010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001
Facilitador: Adriana Galindo Razo
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
26/07/2014
Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Propósito:
Esta actividad te permitirá analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las
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consecuencias jurídicas de dicha actuación
Para el desarrollo de tu actividad, revisa en tu contenido nuclear el uso racional de la fuerza.
Instrucciones:
Asiste a (o revisa en Youtube) una audiencia de control de la detención en la que se haya dado algún caso del uso
racional de la fuerza que te parezca relevante.
Del caso analiza el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez.
Elabora una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideras adecuada la actuación del policía, conforme a lo que
establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos:
· Investigación
· Detención
· Protección a la ciudadanía
· Preservación del lugar de los hechos
· Respeto a los derechos humanos
· La puesta a disposición y lo sucedido en la audiencia
4. En un procesador de textos integra el desarrollo de tu actividad.
5. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de
tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno.
Criterios de evaluación:
· Explica el actuar del policía de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez.
· Describe la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica.
· Explica la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso.
Competencias transversales:
· El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la
actividad, matrícula y fecha de elaboración.
· Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas.
El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Introducción
El propósito de este ejercicio es analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como
las consecuencias jurídicas de dicha actuación, a través de la revisión de una audiencia de control de la detención en la
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que se haya dado el uso racional de la fuerza.
Desarrollo
En el caso presentado analizamos el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la
defensa y el juez. Elaboramos una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideramos adecuada o no la actuación del
policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos, explicando la relación de la
investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso:
Se lee el objeto, los participantes y las condiciones de la audiencia. Se presenta la juez. La juez toma los generales del
defensor y del imputado, explicándole sus derechos. El Ministerio Público declara que se trata de una audiencia de
control de detención de Fernando Martínez Olivas por intento de robo de un automóvil, habiéndolo violentado para tal
efecto, durante el cual fue sorprendido infraganti por empleados y propietario del restaurante donde estaba estacionado
el vehículo, ante lo que el imputado huye a pié del lugar, y los testigos lo persiguen hasta que una patrulla municipal lo
detiene. La defensa cuestiona la ubicación de la detención, declara que los agentes no detuvieron al imputado sino que
lo hicieron los testigos. El MP establece que su declaración depende del contenido del acta de denuncia de los agentes
de policía municipal, y concede que efectivamente los testigos detuvieron al imputado en el momento en el que intervino
la policía municipal. La juez acepta la detención como legal por tratarse de detención en flagrancia que puede efectuarse
por ciudadanos y haberlo puesto a disposición de la autoridad inmediatamente después. Con respecto a la preservación
del lugar de los hechos, no hubo comentarios al respecto. El MP declara que desea formular imputación, antes de lo cual
la juez alerta al imputado de los pasos que seguirán, indicándole el MP que se llevará a cabo una investigación del caso
de robo agravado en grado de tentativa como autor material y haciendo de su conocimiento las personas que declararán
como testigos. La defensa cuestiona los horarios de la entrevista de los testigos. La juez lo interrumpe puesto que su
objeción no procede en ese momento, pero que podrá hacerlo en un momento más adelante. La juez le pregunta al
imputado si entendió la imputación del MP. Le hace saber que puede guardar silencio o declarar con asistencia del
defensor. Le sugiere que no es el momento de declarar. Solo desea que responda si entiende de lo que se le acusa. El
imputado responde titubeante que sí le entiende. De nuevo, el MP declara que desea formular imputación, La juez le
dice al imputado que ahora sí puede responder al cargo y que le pida consejo a su defensor. Eso hace el imputado en
privado y el imputado dice que quiere declarar. Ella le dice que puede hacerlo en respuesta a preguntas específicas de
su abogado o en forma libre y que consulte con su abogado cual es preferible antes de responder. Lo consulta en
privado y en voz alta dice que de manera libre. La juez le indica que lo llevará a un lugar específico donde declarará
adonde se traslada el imputado y donde la juez lo exhorta a la verdad y reitera su derecho a no responder al MP. Le
pregunta si así lo desea, y el imputado responde afirmativamente. Inicia su declaración libre, explicando que había salido
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con esposa a comer y habían tenido un altercado, donde ella se fue con su vehículo, por lo que él estaba esperando
tomar el transporte cuando lo detuvieron a la fuerza abriéndole la cabeza y lo subieron a la patrulla momento en el que
no supo que sucedió. La juez pregunta qué transporte esperaba y el responde. Declara de nuevo que unos señores lo
asaltaron y otra persona estaba tomando fotos pero no sabía porque sucedía eso. La defensa pregunta si otra persona
presenció la detención. El imputado declara que las personas que estaban comiendo los burritos aunque desconoce los
nombres. El MP contrainterroga cortésmente pero le habla de tu. Le pregunta los datos del vehículo que se llevó su
esposa, y cómo iba ella vestida, y la hora a la que se dieron los hechos. El imputado responde a todo. La juez le indica
al imputado que regrese al lugar junto a su defensor. El MP solicita la vinculación a proceso del imputado. La juez le
explica al imputado que tiene 72 o 144 horas para esa vinculación o si desea renunciar a esta opción. No queda muy
claro lo que le dice. Le sugiere la juez que consulte con su abogado. El imputado elige las 144 horas. La juez fija fecha
y hora para la audiencia de vinculación de proceso, habiendo sido notificadas las partes en ese acto. Le avisa al
imputado y a su defensa que tiene 48 horas antes de la audiencia para pedir auxilio para citar testigos o llegar a
provanza. El MP solicita medidas cautelares de prisión preventiva para el imputado, tutelaje por la necesidad por delito
de robo para garantizar su presencia en la audiencia. El imputado tiene dos ingresos a la Dirección de Seguridad Pública
en enero y junio del año pasado por robo y tentativa de robo de vehículo. La juez da la apalabra a la defensa. La defensa
no está de acuerdo puesto que el imputado no se sustraería de la acción de la justicia ya que está en la audiencia hoy y
que su pasado no consta en copia certificada para confirmar su veracidad, y porque el criterio utilizado por analogía no
procede ya que el artículo es para robo no para tentativa de robo y pide otro tipo de medida cautelar. La juez declara
tener suficientes elementos para resolver y funda y motiva su decisión a favor de la defensa. No obstante, tomando en
cuenta los antecedentes del imputado aunque no esté en copia certificada, de buena fe se acepta su existencia. En base
a la pena y el valor del vehículo se tiene que puede ser motivo para sustraerse a la acción de la justicia e impone la
medida cautelar de prisión preventiva por un año. El MP solicita copia del video y el defensor hace lo mismo. La juez
declara cerrada la audiencia.
Conclusión
Analizando el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez, el
MP contrainterroga cortésmente pero le habla de tu al imputado, que me parece una falta de respeto, sin llegar a ser una
violación de sus derechos humanos. Al pedir la medida cautelar se refiere al valor del vehículo para la aplicación de la
posible pena, el que solo fue identificado como un Chevrolet Avalanche 4 puertas, sin determinar valor, y la defensa ni la
juez lo cuestiona, y la juez lo utiliza como argumento para su decisión. Asimismo, la juez no aplica la presunción de
inocencia al no tomar en cuenta la declaración del imputado de haber sido recogido sin motivo de la parada del
transporte, a pesar de lo cual le aplica la media cautelar. Respecto al control de la detención en la que se haya dado
46	
  
	
  
algún caso del uso racional de la fuerza, la patrulla parece haber recogido al imputado después de la detención de los
ciudadanos, por lo que no sabe a ciencia cierta si es culpable del delito que se le atribuye. Tampoco me parece
vinculante la declaración sin prueba del MP de los antecedentes del imputado, ya que lo menos que podría esperarse en
estos casos es una copia certificada del mismo. Respecto a la protección de la ciudadanía, no encontré alusión a ello.
Fuentes de consulta
1. Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función
de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio. Recuperado el 26 de julio del 2014 de
http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9802
2. YouTube. (2008) Audiencia de Control de Detención. Recuperado el 27 de julio del 2014 de
https://www.youtube.com/watch?v=84zDcZ_faYk
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Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
11º Cuatrimestre
Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la
fuerza en el sistema acusatorio
Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad
010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001
Facilitador: Adriana Galindo Razo
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
26/07/2014
Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Propósito:
Esta actividad te permitirá analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las
consecuencias jurídicas de dicha actuación
Para el desarrollo de tu actividad, revisa en tu contenido nuclear el uso racional de la fuerza.
Instrucciones:
Asiste a (o revisa en Youtube) una audiencia de control de la detención en la que se haya dado algún caso del uso
racional de la fuerza que te parezca relevante.
Del caso analiza el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez.
Elabora una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideras adecuada la actuación del policía, conforme a lo que
establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos:
· Investigación
· Detención
· Protección a la ciudadanía
· Preservación del lugar de los hechos
· Respeto a los derechos humanos
· La puesta a disposición y lo sucedido en la audiencia
4. En un procesador de textos integra el desarrollo de tu actividad.
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5. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de
tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno.
Criterios de evaluación:
· Explica el actuar del policía de acuerdo a los argumentos vertidos por el
Ministerio Público, la defensa y el juez.
· Describe la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma
jurídica.
· Explica la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza
del caso.
Competencias transversales:
· El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada,
nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración.
· Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o
electrónicas.
El sistema acusatorio y la investigación científica del delito
Introducción
El propósito de este ejercicio es analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como
las consecuencias jurídicas de dicha actuación, a través de la revisión de una audiencia de control de la detención en la
que se haya dado el uso racional de la fuerza.
Desarrollo
En el caso presentado analizamos el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la
defensa y el juez. Elaboramos una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideramos adecuada o no la actuación del
policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos, explicando la relación de la
investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso:
Se lee el objeto, los participantes y las condiciones de la audiencia. Se presenta la juez. La juez toma los generales del
defensor y del imputado, explicándole sus derechos. El Ministerio Público declara que se trata de una audiencia de
control de detención de Fernando Martínez Olivas por intento de robo de un automóvil, habiéndolo violentado para tal
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
Investigación policial y uso racional de la fuerza
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Investigación policial y uso racional de la fuerza

  • 1.     Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 11º Cuatrimestre Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad 010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001 Facilitador: Adriana Galindo Razo Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 26/07/2014 Fuentes de consulta Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9802 Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público (policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un Juzgado Penal). Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9798 Secretaría de Gobernación. Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos. (2012). Acuerdo a/080/12 de la procuradora general de la república, por el que se establecen las directrices que deberán observar los agentes de la policía federal ministerial para el uso legítimo de la fuerza. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9806 Secretaría de Gobernación. Secretaría Técnica. Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos. (2012). Acuerdo 04/2012 del secretario de seguridad pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la secretaría de seguridad pública. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9807 · DOF. (2014) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de
  • 2. 2     http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf · DOF. (2013). Ley general del sistema nacional de seguridad pública. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf · DOF. (2012). Ley general para la prevención social de la violencia y la delincuencia. Recuperado de http://www.shcp.gob.mx/LASHCP/MarcoJuridico/MarcoJuridicoGlobal/Leyes/370_l gpsvd.pdf · INACIPE. (2011). El uso de la fuerza púbica en un Estado democrático de Derecho. Memoria del Congreso Internacional. México: INACIPE. ISBN 978-607- 7882-34-3 · Káram, A. (2012). La unificación de mandos de las policías federales en México como estrategia de seguridad pública. Hacia un nuevo modelo de policía federal en México. México: Miguel Ángel Porrúa. ISBN 978-607-401-574-4 · Maldonado, I. (2011). La policía en el sistema penal acusatorio. México: UBIJUS. ISBN 978-607-8127-13-9 · Orellana, O. (2010). Seguridad Pública. Profesionalización de los policías. México: Porrúa. ISBN 978-607-09-0582-7 · Peñaloza, P. (2012). Prevención social del delito. Asignatura pendiente. México. Porrúa ISBN 978-607-09-1183-5 · Varela, S. (2009). Entrenamiento Policial contra delincuentes comunes. México: Trillas. ISBN 978-968-24-7791-1 · Varela, S. (2012). Entrenamiento Policial para comandantes operativos de mandos medios. México: Trillas: ISBN 978- 607-17-1100-7 Licenciatura en Seguridad Pública 11vo. cuatrimestre Actuación de los cuerpos de seguridad Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Contenido nuclear Clave: 010941141 Universidad Abierta y a Distancia de México División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura en Seguridad Pública. Índice Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Presentación de la Unidad ................................................................................................. 3 Contenido nuclear.............................................................................................................. 4 Desarrollo del contenido nuclear........................................................................................ 6 La investigación policial como elemento generador de la teoría del caso .......................... 6 La Investigación científica................................................................................................ 11 La carpeta de investigación ............................................................................................. 19
  • 3. 3     La actuación del policía en el proceso ............................................................................. 23 El uso racional de la fuerza....................................................................................... 25 Cierre de la Unidad.......................................................................................................... 27 Para saber más ............................................................................................................... 28 Fuentes de consulta ........................................................................................................ 29 Presentación de la Unidad Bienvenido(a) a esta tercera unidad Derivado de la reforma del sistema de justicia penal mexicano, el peso del trabajo de investigación, desde el punto de vista formal, recae sobre el agente del Ministerio Público, y desde el punto de vista material, a los policías y peritos. Al realizar el trabajo de investigación, el actuar del policía está limitado por diversos requisitos, en un primer término por el respeto de los derechos humanos, así como el respeto al principio de legalidad, situación que es visible, por ejemplo, en lo concerniente a que el policía no puede recabar declaración alguna de la persona a imputar, estos requisitos deben cumplirse para que todas aquellas pruebas recabadas por el mismo no adolezcan de vicios que traigan como consecuencia la nulidad de la actuación policiaca, o en su caso que puedan afectar la actuación del Ministerio Público en el proceso. En tal tesitura, en el primer apartado de la unidad se explicará la importancia que tiene la función policial en el establecimiento de la teoría del caso que hará valer el agente del Ministerio Público en todo el proceso penal, asimismo se hará referencia a la entrevista como medio para obtener información, así como la restricción policial que tiene los cuerpos de seguridad pública en cuanto a la toma de la declaración del imputado. Por otra parte, la escena del crimen requiere un tratamiento técnico-científico adecuado, pues aquella persona que funge como investigador requiere obtener la mayor cantidad posible de información del mismo, por lo que se debe realizar una serie de actividades para evitar la contaminación de dicha escena del crimen; se establece, de acuerdo al sistema penal acusatorio, que en caso de que exista el riesgo de que la evidencia se pierda, le corresponde al primer interviniente (policía) la obligación de recabar los indicios, lo que implica que los cuerpos de seguridad pública deben realizar una minuciosa inspección del lugar del hallazgo o lugar de los hechos, fijación, levantamiento, embalaje, así como rendir el informe policial homologado y el llenado de los formatos de la cadena de custodia, lo que le garantizará a las diversas partes que actúen en el proceso penal que la evidencia, huella o vestigio recabado en el lugar de los hechos es aquella que se presentará ante el tribunal, por lo que en el segundo apartado se estudiará esta obligación policiaca.
  • 4. 4     No es de menor importancia el hecho de que en el actuar de la policía, ésta tiene la facultad de hacer uso de la fuerza de manera legítima, pero esta facultad tampoco debe entenderse de manera desmedida puesto que debe atenderse a una serie de lineamientos para que la misma pueda ser justificada, por lo que se abordarán dichos lineamientos denominados como uso racional de la fuerza. Estos tópicos serán revisados desde la perspectiva jurídica, dando seguimiento y tomando cuenta el problema prototípico que se presentó al inicio de la materia a estudiar. Contenido nuclear Entrando en materia, a continuación se presenta el contenido nuclear de forma esquemática, lo cual te ayudarán a resolver el problema prototípico en esta tercera unidad; recuerda que el contenido nuclear son los conocimientos necesarios que debes dominar para desarrollar las habilidades necesarias. En esta unidad tú eres más responsable, ahora movilizas tus recursos, es decir, indagas, investigas, buscas y acudes a tu docente de manera constante para aclarar dudas. Ahora estás comprometido a investigar qué existe y qué autores abordan cada uno de los siguientes contenidos. A continuación se te presenta el siguiente esquema con el contenido a estudiar.
  • 5. 5     Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza del sistema acusatorio La investigación policial como elemento generador de la teoría del caso El objeto de la investigación policial
  • 6. 6     Rol de la policía en el lugar de investigación Implicaciones de la investigación en la teoría del caso La Investigación cientifica El lugar de investigación y la cadena de custodia La carpeta de investigación La actuación del policía en el proceso Desarrollo del contenido nuclear La investigación policial como elemento generador de la teoría del caso El objeto de la investigación policial La investigación de delitos “es el proceso por el cual se descubre al autor de un delito, cometido o planeado, mediante la reunión de hechos (o pruebas)” DELITO (UNODOC, 2010). La investigación puede ser de dos tipos: Reactiva • Tiene como finalidad investigar delitos que ya se hayan cometido Proactiva • Cuya finalidad es evitar que se cometan delitos La investigación, de acuerdo al artículo 21 constitucional, le corresponde realizarla al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función; entendiéndose por policías de conformidad al artículo 3o del Código Nacional de procedimientos Penales (Código Único), los cuerpos de Policía especializados en la investigación de delitos del fuero federal o del fuero común (policías ministeriales), así como los cuerpos de seguridad pública de los fueros federales o común. Esta función de investigación se realizará tanto por los integrantes de las instituciones de seguridad pública como de la policía ministerial, de acuerdo a lo establecido en los artículos 40, 41, 76 y 77 de la Ley general del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como los artículos 3, 127, 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, preceptos los cuales de manera general señalan que los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública deberán actualizarse en
  • 7. 7     el empleo de métodos de investigación que garanticen la recopilación técnica y científica de evidencias; utilizar los protocolos de investigación y de cadena de custodia adoptados por las Instituciones de Seguridad Pública; preservar, conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables hechos delictivos o de faltas administrativas de forma que no pierdan su calidad probatoria y se facilite la correcta tramitación del procedimiento correspondiente; deberán practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los delitos y la identidad de los probables responsables, en cumplimiento de los mandatos del Ministerio Público; participarán en la investigación de los delitos, en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que el Ministerio Público considere se encuentren relacionados con los hechos delictivos, observando las disposiciones constitucionales y legales aplicables; entre otras. Atendiendo a la escisión de funciones establecido en el sistema penal acusatorio, la investigación es realizada, desde el punto de vista formal, por el Ministerio Público y, desde el punto de vista material, por las policías. Al realizar la investigación, el policía actuará con apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos. El objeto de la investigación es reunir indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño (art 213 del CNPP), en consecuencia los objetivos de la investigación son: 1. Investigar los hechos consignados en la denuncia, querella o acusación privada. 2. Determinar si se ha cometido una conducta punible, tipificada en las normas penales vigente. 3. Recolectar y conservar las pruebas intangibles. 4. Identificar a los responsables de la conducta criminal. 5. Asesorar al Ministerio Público para que aporten las pruebas necesarias. La Policía, al investigar, tiene la obligación de realizar un registro de las actuaciones, siendo cada acto de investigación por separado, indicando por lo menos la fecha, hora y lugar en que se haya realizado, la identificación de los servidores públicos que hayan intervenido, una breve descripción de la actuación y, en su caso, de sus resultados; al realizar este registro, el policía debe cuidar que la información recabada sea completa, íntegra y exacta, debiéndose firmar o estampar huella por todas las personas que intervengan, y en caso de negativa se hará constar el motivo de dicha negativa. Rol de la policía en el lugar de investigación La policía, por denuncia, querella o por orden de autoridad competente, procederá a investigar los delitos, impedir que los
  • 8. 8     hechos se lleven a consecuencias ulteriores, identificar y aprehender a los probables responsables, reunir los datos y medios de prueba necesarios para que el ministerio público pueda fundar la acusación, el no ejercicio de la acción penal o el sobreseimiento. Cuando la denuncia o querella sea presentada por un ciudadano a los cuerpos de seguridad pública, y exista flagrancia, éstos tienen una serie de obligaciones procesales, las cuales son: · Realizar la detención del sujeto (se registrará la hora de la detención). · Realizar la lectura de derechos. · Poner a disposición del agente del Ministerio Público de inmediato al probable responsable. · Practicar inspecciones y actos de investigación que no requieran autorización judicial. · Solicitar la autorización judicial a través del Ministerio Público cuando los actos de investigación así lo requieran. · Preservar el lugar de los hechos, y en casos excepcionales, recolectar y resguardar los mismos. · Entrevistar a testigos. · Reunir la información que le sea útil al Agente del Ministerio Público para acreditar el hecho que la ley considera como delictuoso y la probable participación del imputado. · Prohibición consistente en dar información a los medios de comunicación sobre el evento delictivo. A manera de síntesis el policía informará al ministerio público su primera intervención en el lugar de los hechos y practicarán las diligencias preliminares para reunir o asegurar, con urgencia, los elementos de convicción y evitar la sustracción u ocultamiento de los posibles sospechosos. El policía, de acuerdo al sistema penal acusatorio, está obligado a realizar diligencias que no requieran autorización judicial. La policía, como ya se especificó, deberá en consecuencia realizar diversos actos en el lugar de los hechos, siendo primordiales la preservación del lugar de los hechos, así como la recopilación de información sobre el hecho delictivo. En lo que respecta a la obtención de información, el policía está posibilitado para realizar entrevistas a testigos. De acuerdo a Aragón, citado por Morga Rodríguez, la entrevista es “una forma de encuentro, comunicación e interacción humana de carácter interpersonal e intergrupal (esto es, dos o más de dos personas), que se establece con la finalidad, muchas veces implícita, de intercambiar experiencias e información mediante el diálogo, la expresión de puntos de vista basados en la experiencia y el razonamiento, y el planteamiento de preguntas”. (Morga, 2012). La entrevista se considera, jurídicamente, como un medio para obtener información por lo cual no tiene valor probatorio, y tiene como objetivos:
  • 9. 9     A) identificación de personas B) sustentar pedidos de imposición, sustitución o revocación de medidas cautelares C) para obtener información relacionada con el hecho delictivo D) para recabar información sobre circunstancias que rodearon el hecho se encontraba al momento de que el delito fue realizado. A) identificación de personas El policía, al realizar la entrevista, debe tener cuidado en tomar en cuenta tanto el lenguaje verbal como el lenguaje no verbal, esto se debe a que aun cuando la persona que esté rindiendo la entrevista pretenda mentir, el lenguaje corporal (no verbal) lo delatará debido a que nuestro cuerpo está “programado” para decir verdades, debiendo en consecuencia el policía mantener en todo momento el contacto visual, cuidando la expresión facial y el movimiento del cuerpo, a fin de detectar la mentira en el sujeto entrevistado. Existen diversas técnicas de entrevistas, como la entrevista estándar y la cognitiva, en la primera se solicita información general, como es el caso de qué fue lo que percibió el sujeto, por ejemplo números telefónicos, direcciones, tipo de vestimenta, entre otros datos; pero no toda las personas tienen una memoria privilegiada, por lo que ante los problemas de memoria se han diseñado las técnicas de entrevista cognitiva, las cuales facilitan al sujeto que recuerde el evento delictivo, dentro de esta técnica se tiene el cambio de perspectiva, la complexión y que el sujeto recuerde el estado anímico en que Existe una serie de limitaciones a la facultad policiaca de obtener información a través de la entrevista en cuanto al imputado. Como ya se mencionó anteriormente, el policía que llega a detener al probable responsable tiene la obligación de hacerle de su conocimiento los derechos que la Constitución establece a su favor (lectura de derechos). Asimismo, el imputado tiene el derecho a la no autoincriminación, lo que implica que el sujeto no está obligado a echarse la culpa de la comisión de un delito, el sujeto está posibilitado a guardar silencio o incluso a mentir para salvarse de la persecución penal, sin que esto implique ningún tipo de responsabilidad por la falsedad en que incurra. Por otra parte, si el probable responsable tiene el deseo de declarar sobre el hecho delictivo, el policía no está facultado para recabar la declaración, por lo que el policía estaría obligado a informarle al agente del Ministerio Público para que éste sea el que recabe la entrevista o en su caso ponga al sujeto a disposición del juez de control para el mismo efecto, esto de acuerdo a lo establecido en el artículo 114 segundo párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
  • 10. 10     Implicaciones de la investigación en la teoría del caso El agente del Ministerio Público debe planificar estratégicamente el juicio y su preparación, esto lo va a lograr a través de la teoría del caso. La teoría del caso es “el planteamiento que la acusación o la defensa hace sobre los hechos penalmente relevantes, las pruebas que los sustentan y los fundamentos jurídicos que lo apoyan” (Baytelman, 2004). La teoría del caso es un relato coherente, claro, completo y creíble acerca de los hechos, está compuesto de tres elementos: fáctico, probatorio y normativo. La proposición fáctica es una afirmación de hecho sobre un caso concreto, sobre este hecho o conjunto de hechos va a recaer la prueba a desahogar dentro del juicio oral. El elemento jurídico. Consiste en el encuadramiento jurídico de los hechos dentro de las disposiciones legales tanto sustantivas como procedimentales. Es la subsunción de la historia en la norma penal aplicable, dicho de otra manera, es señalar específicamente los preceptos legales aplicables a la situación concreta. El elemento probatorio. Permite establecer cuáles son las pruebas pertinentes para establecer la certeza de la ocurrencia de la conducta punible y de la responsabilidad del acusado como supuestos de una sentencia condenatoria para la Fiscalía, o la ausencia o deficiencia de estos requisitos en el caso de la defensa, fallas procedimentales esenciales o la ruptura de la cadena de custodia que hace perder la autenticidad de la prueba. La teoría del caso se empieza a construir desde el primer momento en que se tiene conocimiento de los hechos probablemente delictivos. Se plantea inicialmente como hipótesis de lo que pudo haber ocurrido. Estas hipótesis deben ser sujetas a verificación o comprobación mediante las diligencias que se practican durante la investigación. Las hipótesis de investigación se convierten en teoría al finalizar la misma. La investigación científica La investigación criminal se entiende de acuerdo a Pedro López Calvo como “las actividades, tanto de carácter operativo como de inteligencia, que estando amparadas por la ley se desarrollan a partir del conocimiento de que se ha producido
  • 11. 11     una conducta punible y que tiene por objeto practicar las diligencias pertinentes y útiles para determinar las causas, motivos y móviles, que originaron el crimen o delito, y el grabado de responsabilidad de sus autores”. (López, 2008) El agente del Ministerio Público al efecto debe tratar de arribar a la verdad histórica, acreditar el hecho delictivo y la intervención del sujeto, para ello puede recabar cualquier medio probatorio, incluso aunque no esté regulado en el Código, siempre y cuando el mismo sea pertinente y se haya recabado respetando los derechos humanos. Es tan importante el trabajo de investigación encomendado tanto al Ministerio Público como a los policías que, incluso, deben recabar toda información relacionada al hecho independientemente que perjudique o beneficie al fiscal o a la defensa, cumpliendo con ello, con el principio de objetividad. Para que comprendas más el tema revisa el artículo 129. Deber de objetividad y debida diligencia. DOF (2014). Código Nacional de Procedimientos Penales, mismo que se encuentra en la sección Para saber más, ya que te dará un panorama más amplio del tema a estudiar. La investigación criminal está compuesta de diversas fases o momentos, las cuales son: ü Conocimiento inicial del hecho ü Comprobación del hecho denunciado o informado ü Diligencias preliminares posteriores al hecho (equipo interdisciplinario) ü Planteamiento del problema ü Formulación de hipótesis ü Planeación de la investigación ü Obtención y recopilación de la información ü Esquematización de relaciones ü Consolidación de la prueba ü Informe y expediente En la fase de conocimiento inicial del hecho, el agente del Ministerio Público o la policía se hacen sabedoras de la noticia criminis de la denuncia o querella. Con posterioridad, realiza la comprobación del hecho denunciado o informado. La comprobación del hecho denunciado o informado consiste la verificación de la información en el lugar en donde ocurrió el hecho para conocer si tal situación realmente existió.
  • 12. 12     Las diligencias preliminares posteriores al hecho son realizadas por el policía o investigador y/o el equipo multidisciplinario, con el objeto de buscar información del hecho delictivo, empleando diversas metodologías de carácter técnico y científico para la recopilación de la información. Una vez que se han realizado estas diligencias, se realiza el planteamiento del problema, acotando las características del delito para poder individualízalo o vincularlo con delitos de la misma índole. El investigador debe formular hipótesis a fin de dar una explicación posible al evento delictivo, esta hipótesis tiene que ser coherente con la información recabada. Una vez que se ha establecido las hipótesis a demostrar, se realiza la planeación de la investigación, a fin de establecer responsables de cada una de las actividades a realizar, qué actividades y con qué recursos se van a realizar, asimismo se establecen las preguntas que deberán ser contestadas para continuar con la investigación. Una vez que se establece quiénes son responsables y de qué, estos sujetos proceden a la obtención y recopilación de la información, debiendo recabar información de personas, sucesos, lugares, objetos, etcétera. La recopilación de información no implica que se dé por concluida la labor, puesto que se vuelve necesario evaluar la misma, estableciendo mecanismos para esquematizar e interrelacionar la información, así como evaluar la información recabada, con posterioridad se le da el tratamiento a la información, entendiendo por tal la introducción de dicha información a sistemas de tratamiento administrativo o sistemas computacionales para su adecuado manejo. Una vez que la información ha sido tratada se pueden establecer relaciones con delitos de la misma índole, grupos delictivos entre otros. Una vez que se recaban las pruebas, se busca la consolidación de la misma, para ello se considerara consolidada cuando la prueba es la adecuada, suficiente y pertinente para poder llevar a una persona a juicio, argumentando válidamente la teoría del caso del fiscal o en su caso para refutar la teoría del caso planteada por la contraparte. Una vez que se ha consolidado la prueba, se le informa al fiscal para que pueda realizar las peticiones al tribunal como es el caso de las solicitudes de órdenes de aprehensión, órdenes de comparecencia para poder procesar a la persona a imputar, debiendo solicitar la conformación del expediente respectiva al tribunal. Dentro de todo este proceso la policía tiene un papel trascendental, puesto que a través de la investigacion científica del delito, como ya fue señalado, se recaba mucha información, ya sea por parte de la policía ministerial, los cuerpos de seguridad pública o la policía científica (peritos). El lugar de investigación y la cadena de custodia
  • 13. 13     Los cuerpos de seguridad pública son, por regla general, los primeros en llegar al lugar de los hechos, como primer interviniente en la escena del delito recae una obligación trascendental la cual es en primer término la preservación del lugar de los hechos. Toda investigación criminal tiene casi siempre su partida en el lugar de los hechos, siendo de vital importancia la misma, por lo que es esencial su protección para evitar la contaminación o indebido manejo de las evidencias, huellas o vestigios que puedan afectar con posterioridad el trabajo de investigación. De acuerdo a Montiel Sosa, existe una serie de principios fundamentales para el buen desarrollo de la investigación, los cuales son: 1.Llegar al lugar lo más rápido posible, porque la pérdida de tiempo implica la pérdida de evidencia. 2.Proteger el lugar de los hechos en tanto llega el personal especializado para la recabación de los indicios, huellas o vestigios. 3.Si la víctima o el probable resultan lesionados, marcar su silueta previo a su movilización 4.Trabajo en equipo, puesto que las ciencias criminalísticas son complementarias. 5.En primer término los que deberán de accesar es el perito criminalista acompañado del fotógrafo. 6.La intervención de otros peritos se debe realizar en orden y con cooperación mutua. 7.Se debe evitar en la medida de lo posible la presencia de curiosos y personas ajenas a la investigación. 8.El personal encargado del piso en el lugar de los hechos debe cumplir cabalmente la inspección del lugar de los hechos. Dentro de las funciones asignadas a los cuerpos de seguridad, como ya se señaló, se encuentra lo concerniente a la protección, preservación y aseguramiento del lugar de los hechos, para que éste no sea alterado, y esto se realiza con dos fines: 1. El primero es conservar la evidencia en cada uno de los sitios originales. 2. El segundo consiste en estar en posibilidad de reconstruir el hecho y determinar la verdad más apegada a la realidad. El servidor público que reciba el lugar de los hechos debe verificar que la información presentada en el formato de la cadena de custodia sea tal como se manifieste, o en su caso realice las observaciones correspondientes.
  • 14. 14     Cadena de custodia La cadena de custodia está prevista como una técnica de investigación de conformidad al artículo 227 del código nacional de procedimientos penales, el cual a la letra dice: La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. Con el fin de corroborar los elementos materiales probatorios y la evidencia física, la cadena de custodia se aplicará teniendo en cuenta los siguientes factores: ü Identidad ü Estado original ü Condiciones de recolección ü Preservación ü Empaque y traslado ü Lugares, fechas de permanencia y los cambios que en cada custodia se hayan realizado ü Registro del nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos. El policía como primer interviniente debe llenar diversos registros sobre la cadena de custodia, en los cuales de manera general se debe recabar la siguiente información: 1. Descripción detallada de la ubicación del lugar de los hechos y/o del hallazgo, así como la representación gráfica a través de croquis. 2. Se debe delimitar la zona de investigación y evitar que personas ajenas al personal ministerial y pericial o a las unidades de policía facultadas puedan acceder a ella, indicando si el lugar fue acordonado y, en su caso por qué no se hizo. 3. Toma de fotografía o videograbación para registrar y preservar las características del lugar de los hechos, especificando si el lugar ha sido alterado o modificado. 4. En caso de haber detenidos, trascribir sus generales: nombre, domicilio, sexo, edad y, en su caso, documento con el que se identifican.
  • 15. 15     6. Anotar el nombre de la víctima y sus generales, así como especificar el estado físico en que se encuentra. 7. Describir las características de los vehículos involucrados (tipo, marca, serie, color, placa, estado) y relacionar los documentos de identificación de los mismos. 8. Localizar y entrevistar a posibles testigos de los hechos, recabar sus generales y documento con el que se identifican. 9. Observaciones generales acerca del caso. 10. Deben llenarse los datos de los servidores públicos intervinientes. Los cuerpos policiacos, en caso de urgencia, debido a la posibilidad de que se pierdan las evidencias, está obligado a realizar la fijación, el levantamiento, embalado y rotulado, debiendo para ello, cuidar las diversas técnicas y metodologías establecidas por la criminalística y sus ciencias auxiliares. Para comprender más del tema, a continuación se presenta el flujo de la cadena de custodia, de conformidad al acuerdo A/002/2010 de la PGR.
  • 17. 17     Por lo tanto, los errores más frecuentes que se cometen y en consecuencia deben ser evitados por los cuerpos de seguridad pública son los siguientes: • Protección y preservación inadecuada. • Permitir el ingreso de extraños a la escena del delito. • Falta de aplicación de protocolos estandarizados en el procesamiento de la escena del delito. • No correlacionar las diferentes escenas involucradas en el hecho y los elementos materiales probatorios hallados • Deficiente pesquisa, ubicación y fijación de los elementos materiales probatorios y evidencia física. • Planos o bosquejos deficientes e inconsistentes. • Toma de fotografías deficientes e insuficientes. • Dar información apresurada a los medios de comunicación. • Deficiente manipulación y recolección de los indicios, huellas o vestigios. • Realización de procedimientos técnicos deficientes, por personal poco preparado y muchas veces sin la función. • Contradicciones entre lo que dice la documentación descriptiva con las fotogramas y la planimetrías. • Utilización equivocada de los elementos para la recolección y embalaje de los indicios y evidencia física, generándose su contaminación. • Ausencia de aplicación de las técnicas de entrevistas que impiden la recolección de información útil, pertinente y eficaz a la investigación. • Mal llenado de los formatos de rótulo, registro de cadena de custodia e informe policial homologado. Toma en consideración que la defensa del imputado siempre investigará que el primer interviniente (policía) haya iniciado la cadena de custodia desde el momento mismo en que intervino, realizó la protección y preservación del lugar de los hechos; de no haberlo realizado así y de manera adecuada, la defensa tendrá la gran oportunidad de controvertir y pretenderá desvirtuar toda la actuación posterior a esa diligencia. Registro de la investigación El policía en su corresponsabilidad de investigar los delitos con el Ministerio Público ante el conocimiento de un probable hecho delictivo, tiene la obligación, una vez que sepa del mismo, de avocarse a la investigación del mismo, debiendo verificar si efectivamente se cometió el evento delictivo. Una vez recabada la información debe realizar un registro de la información en el informe policial homologado, el cual en caso de que se haya cometido una conducta delictiva deberá dar lugar a que se inicie una carpeta de investigación.
  • 18. 18     La carpeta de investigación Cuando el agente del Ministerio Público tenga conocimiento de un hecho delictivo, integrará una carpeta de investigación con o sin detenido. Los elementos que debe contener la carpeta de investigación sin detenido son: 1.Noticia criminal. 2.Acuerdo de inicio. 3.Integración de la trilogía investigadora. 4.Constitución al lugar de los hechos por policías y peritos. 5.Establecimiento de la primera teoría del caso. 6.Búsqueda de elementos de convicción que ayuden al M.P. para el perfeccionamiento de su primera teoría del caso, la cual será su pretensión en formulación de la imputación. 7.Acuerdo de determinación. Los elementos que debe contener la carpeta de investigación con detenido son: 1.Noticia criminal estando presente el indiciado. 2.Acuerdo de inicio. 3.Lectura de derechos. 4.Calificación preliminar de la detención. 5.Integración de la trilogía investigadora. 6.Constitución al lugar de los hechos. 7.Establecimiento de la primera teoría del caso. 8.Búsqueda de elementos de convicción para el perfeccionamiento de la teoría del caso. 9.Mecanismos alternos en carpeta de investigación. 10. Acuerdo de determinación. Cuando los policías tengan conocimiento de un hecho delictivo están obligados por disposición legal a denunciarlo, o en caso de que realicen una detención de un sujeto que esté cometiendo el delito en flagrancia, deberá poner al sujeto a disposición el agente del ministerio público, y éste en consecuencia integrará una carpeta de investigación.
  • 19. 19     La carpeta de investigación está conformada por todos los registros de los antecedentes de investigación que se incorporen a la misma, como es el caso de documentos (escrituras, atestados públicos, informes policiales homologados), fotografías, vídeos, informes técnicos o periciales, entre otros. Estos datos de prueba solo sirven para ponderar si existe información suficiente, idónea y pertinente para estimar que existió un hecho delictivo, así como la participación del sujeto, pero carecen de todo valor probatorio para fundamentar una sentencia, así que no se consideran como prueba hasta que no sean desahogadas en juicio, salvo excepciones como es el caso de la prueba anticipada. La carpeta de investigación es menos formal que la averiguación previa, en consecuencia es más simple y más funcional, lo que afecta el valor probatorio de los antecedentes de investigación que realiza el agente del ministerio público o la policía. De acuerdo al artículo 217 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la policía debe dejar registro de todas las actuaciones que se realicen durante la investigación de los delitos, utilizando al efecto cualquier medio que permita garantizar que la información recabada sea completa, íntegra y exacta, pudiendo ser en documento, a través de grabación o videograbación. De acuerdo a lo anteriormente vertido se puede señalar que las actas de policía para recabar información pueden quedar en los siguientes términos NOMBRE DEL TESTIGO LUGAR Calle (s) Número Colonia Municipio/Estado FECHA AGENTE Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) HORA ENTREVISTA A TESTIGO Con fundamento en el artículo 361 del Código Nacional de Procedimientos Penales que dice que salvo que fueren denunciantes, podrán abstenerse de declarar el cónyuge, concubina o concubinario o la persona que hubiere vivido permanentemente con el imputado durante, por lo menos, dos años anteriores al hecho, el tutor, el curador y el pupilo del imputado y sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad o civil en tercer grado de afinidad. Deberán informarse a las personas mencionadas de la facultad de abstenerse de declarar, pero si pese a ello aceptan rendir testimonio, no podrán negarse a contestar las preguntas formuladas. Artículo 362 del Código Nacional de Procedimientos Penales que señala que es inadmisible el testimonio de personas que respecto del objeto de su declaración, tengan el deber de guardar secreto con motivo del conocimiento que tengan de los hechos en razón del oficio o profesión, tales como ministros religiosos, abogados, visitadores de derechos humanos, médicos, psicólogos, farmacéuticos y enfermeros, así
  • 20. 20     como los funcionarios públicos sobre información que no es susceptible de divulgación según las leyes de la materia. No obstante, estas personas no podrán negar su testimonio cuando sean liberadas por el interesado del deber de guardar secreto. SE PROCEDE A ENTREVISTAR A: NOMBRE Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) SOBRE NOMBRE NingunoALIAS DIRECCIÓN Calle (s) Número Colonia POBLACIÓN MUNICIPIO NACIONALIDAD ESTADO EDAD SEXO M[ ] F[ ] ESTADO CIVIL ¿TIENE ALGÚN INTERÉS QUE BENEFICIE AL IMPUTADO? ¿CUÁL? ¿TIENE ALGÚN PARENTESCO? ¿CUÁL? SÍ ( ) NO( ) SÍ ( ) NO ( ) ¿TIENE ALGÚN INTERÉS QUE BENEFICIE A LA VÍCTIMA? ¿CUÁL? Ver por los intereses personales ¿TIENE ALGÚN PARENTESCO? ¿CUÁL? SÍ ( ) NO( ) SÍ ( ) NO ( ) TELÉFONOS: CASA: CELULAR: OTROS: CORREO ELECTRÓNICO: RELATO DE LA ENTREVISTA Detallar fielmente la narración del entrevistado Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) NOMBRE DEL POLICÍA CARGO PLACA o NO. EMPLEADO UNIDAD F I R M
  • 21. 21     A FIRMA DEL ENTREVISTADO/ HUELLA DIGITAL En caso de que el declarante se negara a firmar asentar la circunstancia: La actuación del policía en el proceso Independientemente de que el policía durante la etapa preliminar entregue sus informes (informe policial homologado, cadena de custodia, entrevista de testigos), está obligado a comparecer a la fase de juicio oral como cualquier otro testigo, debiendo contestar al interrogatorio que se le formule por las partes, esta declaración que realice el policía debe realizarse de manera oral, por lo que a diferencia del sistema mixto no se le podrá leer sus informes realizados de manera previa. Los informes realizados por el policía en la etapa de investigación solo servirán en caso de que al ser interrogado no recuerde algo de la información que vertió en dichos informes, o en caso de que esté variando su testimonio de lo plasmado en los informes para evidenciar las contradicciones en que está incurriendo. Al materializar su testimonio el policía tendrá que realizar explicaciones de los procedimientos que realizó al participar en la investigación, detención, entre otros. Para ello se recomienda que previo a la audiencia se presente ante al Agente del Ministerio Público, para que se prepare la audiencia, puesto que el Ministerio Público deberá especificarle los procedimientos bajo los cuales se desarrolla la audiencia. El tribunal de enjuiciamiento ordenará la comparecencia de los miembros de los cuerpos de seguridad, a través de sus superiores jerárquicos, y en caso de que no se presenten por causas imputables a los testigos, el juez ordenará que se le imponga la vía de apremio establecida por el mismo, como por ejemplo la multa que ordenó al girar el citatorio correspondiente. El día señalado de la audiencia, una vez que se establezca el orden en el cual deberán de comparecer los testigos, el Tribunal de enjuiciamiento lo mandará llamar al estrado para que en primer término rinda la protesta de ley y se le
  • 22. 22     aperciba con las sanciones que pueden incurrir los falsos declarantes. Una vez rendida la protesta y en caso que no exista un impedimento para declarar, se le permitirá, en primer término, al oferente de la prueba que formule las preguntas que considere pertinentes, si el policía no escucha la palabra objeción, deberá contestar al cuestionamiento realizado. En caso de que al formular la pregunta la contraparte formule objeción, deberá esperar a que el tribunal califique la objeción, si el tribunal ordena que conteste, el policía deberá de contestar el cuestionamiento. Una vez terminado el interrogatorio, las partes consideran que ya no es necesaria la presencia del testigo. El tribunal ordenará que se retire, debiendo dejar de manera previa copia de su identificación oficial. Continuando con la actuación del policía en el proceso, se te presentan dos vídeos que debes revisar y que te ayudarán a construir tus actividades y reforzar tus conocimientos adquiridos hasta este momento. En el primer vídeo se realiza la presentación de la etapa del juicio oral por parte del auxiliar de sala, asimismo se realiza el interrogatorio de diversos testigos; en cuanto al segundo video, podrás observar qué tipo de preguntas se formula al elemento policiaco, tanto por el agente del ministerio público, como por el abogado defensor a partir del minuto 36. Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=hNOYjr5vx-Y Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=-h_n8gfJs8A El uso racional de la fuerza Para hablar del uso racional de la fuerza debe partirse necesariamente que al ser construido el Estado, se pretende impedir que la resolución de las controversias individuales se realice a través del uso de la fuerza, poseyendo el Estado en consecuencia el monopolio del uso legítimo de la fuerza. El uso de la fuerza solo estará justificado cuando se pretenda cumplir con los siguientes objetivos:
  • 23. 23     I.Hacer cumplir la Ley; II. Evitar la violación de derechos humanos de las personas y restablecer la paz y el orden público; III. Mantener la vigencia del Estado de Derecho; IV. Salvaguardar el orden y la paz públicos; V. Evitar la toma, destrozo o incendio de la propiedad pública o privada y de instalaciones o infraestructura destinados a los servicios públicos; VI. Garantizar el funcionamiento de servicios públicos y el libre tránsito de personas y bienes, y VII. Disuadir mediante el racional despliegue de la fuerza a personas que participan de manera violenta en conflictos que comprometen el mantenimiento de la paz y el orden público. En el desempeño de sus funciones, los integrantes de las Instituciones Policiales podrán hacer uso legítimo de la fuerza en los niveles de: a) Presencia disuasiva b) Persuasión verbal c) Control físico de movimientos d) Utilización de fuerza no letal e) Utilización de fuerza letal Solo está permitido el uso letal de la fuerza cuando en su caso no se pueda cumplir con los objetivos a través de otros medios, resultaren ineficaces o no se garantice el resultado previsto, debiéndose ejercer con moderación y de manera proporcional a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga, reduciendo al mínimo los daños y lesiones; asimismo respetarán y protegerán la vida humana, y en caso de que alguna persona resulte lesionada, deben realizar la solicitud de auxilio, para que los servicios médicos se presten de manera inmediata con las personas heridas. Asimismo, se buscará equilibrar los derechos de la ciudadanía a proteger así como los derechos de los policías, los cuales son: a) Protección de su vida e integridad física; b) Respeto a su dignidad como ser humano y autoridad, por parte de sus superiores y de la sociedad; c) Capacitación en derechos humanos; d) Conocimientos técnicos, tácticos y teóricos en la materia; e) Equipo autoprotector; f) Medios de transporte pertinentes; g) Armas incapacitantes no letales y letales, y h) Atención médica, psicológica y jurídica.
  • 24. 24     Cierre de la Unidad Los contenidos nucleares que has estudiado en esta unidad y la resolución de las actividades de aprendizaje te han hecho analizar la importancia y la función que tiene el policía como primer interviniente en el lugar de los hechos, ya que es a través de él que se obtiene la información preliminar sobre el evento delictivo. Constataste que esta información recabada sirve para que el policía auxilie al agente del ministerio público a conformar su teoría del caso. El trabajo de investigación que realice debe estar apegado al método científico, respetando los procedimientos y técnicas establecidas en la criminalística para preservar el lugar de los hechos, debiendo, asimismo, ser diligente en el llenado de los formatos de la cadena de custodia. El realizar la investigación cumpliendo todos los requisitos legales va a permitir que la carpeta de investigación que se integre no tenga defectos o vicios que puedan ser anulados con posterioridad por los jueces de control, o que puedan conllevar a que se pierda un juicio por actos negligentes. Por otra parte, como se señaló, no basta con que el policía entregue buenos informes, sino que debe necesariamente sustentar su proceder en la audiencia de juicio oral, para ello toda la información presentada en la etapa preliminar, así como las manifestaciones que viertan los miembros de los cuerpos de seguridad pública en juicio, deben ser coherentes. Aunado a lo anterior, los policías, al desempeñar sus funciones, deben cumplir con los parámetros del uso racional de la fuerza, evitando que se materialice un desvío de poder derivado de un abuso de autoridad, o que involucre un exceso en el desempeño de su labor, que implique algún tipo de responsabilidad para el servidor público. Para saber más En esta sección encontrarás material de apoyo que te servirá para comprender los temas estudio. ü Revisa el artículo 129. Deber de objetividad y debida inteligencia, mismo que menciona que la investigación debe ser objetiva y referirse tanto a los elementos de cargo como de descargo y conducida con la debida diligencia, a efecto de garantizar el respeto de los derechos de las partes y el debido proceso. DOF (2014). Código Nacional de Procedimientos Penales. Recuperado de
  • 25. 25     http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf ü En el presente acuerdo, se establecen los lineamientos que debe observar los miembros de la PGR al materializar el uso de la fuerza, y los parámetros del mismo, sirviendo como marco de comparación con las directrices del mismo tenor de otras instituciones. DOF (2012) PGR. Acuerdo 80/12. Acuerdo de la procuradora general de la Republica, por donde se establecen las directrices que deberán observar los agentes de la policía federal ministerial para el uso legítimo de la fuerza. Recuperado de http://www.pgr.gob.mx/Normatec/Documentos/a-80-12.pdf Fuentes de consulta · Baytelman, A. (2004). Litigación Penal, Juicio Oral y Prueba. Chile: Universidad Diego Portales. ISBN No 956- 7397-63-5 · Colombia, U. (s.f.). Técnicas del juicio oral en el sistema penal colombiano. Técnicas de investigacion de la defensa. Colombia. · Comité Internacional de la Cruz Roja. (2012). Guía para la conducta y el comportamiento de la policía. Suiza. · DGAT México. Protocolo de investigación del delito de robo. México: INACIPE. · DGAT México. Protocolo de investigación del delito de robo de vehículo. México: INACIPE. · DGAT México. Protocolo de investigación del delito de homicidio en relación de la delincuencia organizada. México: INACIPE. · DOF. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/cn16.pdf · DOF. (2012). Acuerdo 80/12. Acuerdo de la procuradora general de la Republica, por donde se establecen las directrices que deberán observar los agentes de la policía federal ministerial para el uso legítimo de la fuerza. Recuperado de http://www.pgr.gob.mx/Normatec/Documentos/a-80-12.pdf · DOF. (2013). Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf · DOF. (2014). Código Nacional de Procedimientos Penales. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf · González, P. (2013). La policía de investigaciones en el sistema acusatorio mexicano. México: UNAM-IFP. · Horvitz, M. (2004). Derecho Procesal Chileno Tomo II. Chile: Editorial Jurídica de Chile. ISBN 956-10-1584-6 · Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=hNOYjr5vx- Y · Licona, R. (2013). Audiencia completa de debate de Juicio Oral Rubí Chihuahua. [Archivo de video]. Recuperado
  • 26. 26     de https://www.youtube.com/watch?v=- h_n8gfJs8A · López, P. (2008). Investigación criminal y criminalística. Editorial Temis. ISBN 13 / Cód Barra: 9789583506482 · Montiel, J. (s.f.). Manual de Criminalistica 1. México: Ciencia y técnica. · Morga, L. E. (2012). Teoría y técnica de la entrevista. Mexico: Red Tercer Milenio. ISBN 978-607-733-171-1. · Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito. U. (2010). Manual de Instrucciones para la evaluacion de la justicia penal: policia-investigacion de delitos. New York: Naciones Unidas. · Ortega, R. (2013). Deberes específicos de prevención, investigación y sanción. México: SCJN. ISBN: 978-607- 468-545-9. · PGR. (2013). Protocolos de cadena de custodia. Dos grandes etapas: preservación y procesamiento. (2a edición). México: INACIPE. ISBN 978-607- 7882-53-4 · Romero, A. (2010). 50 preguntas sobre la cadena de custodia federal. México: INACIPE. ISBN 978-607-7882- 53-4 · Soria, M. (2005). Psicología criminal. Madrid: Person. ISBN 13: 978-84-8322-306-2 · UNODC. (2010). Investigación de delitos. New York: Naciones Unidas. · USAID Colombia. Técnicas del juicio oral en el sistema penal colombiano. Técnicas de investigacion de la defensa. Colombia. ISBN. 958-33-5034-6 ¡Felicidades concluiste satisfactoriamente el estudio de esta asignatura! Licenciatura en Seguridad Pública 11vo. cuatrimestre Actuación de los cuerpos de seguridad Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Actividades Clave: 010941141 Universidad Abierta y a Distancia de México División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura en Seguridad Pública. Índice Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Presentación...................................................................................................................... 3 Competencia específica..................................................................................................... 6 Actividad 1. La investigación científica y su relación con la teoría del caso........................ 7 Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica .......................................................................................................................... 10
  • 27. 27     Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito.......................... 12 Autoevaluación ................................................................................................................ 13 Evidencia de aprendizaje. El actuar de los cuerpos de seguridad en un Estado democrático de Derecho.................................................................................................. 14 Autorreflexión .................................................................................. 16 Cierre de actividades ....................................................................................................... 16 ¡Bienvenido(a) a las actividades de aprendizaje! Presentación Derivado de la reforma al sistema de justicia penal mexicano, el peso del trabajo de investigación, desde el punto de vista formal, recae sobre el agente del Ministerio Público, y desde el punto de vista material, a los policías. El policía debe realizar una serie de diligencias para averiguar o aclarar un hecho o un conjunto de hechos delictivos, basándose en el método científico, siguiendo rigurosamente los pasos establecidos por este método, formulando hipótesis sobre el fenómeno a investigar, estableciendo teorías y conclusiones respecto a un evento criminal específico. Este trabajo de investigación debe basarse en la valoración de los testigos, estudiando la lógica de los hechos y haciendo uso de los avances tecnológicos correspondientes, así como de las ciencias auxiliares del derecho penal como es el caso de la psicología criminal, la criminalística, criminología, entre otras. Todas estas actividades tienen una serie de objetivos determinados: • Investigar los hechos manifestados en una denuncia o querella. • Recolectar y conservar las pruebas intangibles. • Determinar si hay una conducta sancionable de acuerdo a la norma penal. • Identificar al responsable de la conducta criminal y auxiliar al fiscal de tal manera de que se le aporten las pruebas adecuadas para procesar a un sujeto. El trabajo de investigación se inicia desde el momento en que el policía se hace conocedor de la noticia criminal; a partir de este momento, el policía en su caso debe recabar información, a petición del Ministerio Público, para que este último esté en facultad de poder imputar a una persona en un evento delictivo. Tratándose de delitos en flagrancia, el policía por propia voluntad (motu propio), está obligado a realizar una serie de actos de gran trascendencia entre los que se tienen que llevar a cabo:
  • 28. 28     • La detención. • Realizar la entrevista en el lugar de los hechos, recabando información que con posterioridad le deberá entregar al Ministerio Público. • Realizar el resguardo o acordonamiento del lugar de los hechos, preservando así todos los elementos que lo componen. • Llenar los formatos de la cadena de custodia dándole certeza, a los diversos sujetos intervinientes en un proceso, sobre la autenticidad e identidad de las pruebas recabadas en el lugar de los hechos. Toda esta información va a ayudar al agente del ministerio público a conformar la teoría del caso, que servirá de base al proceso penal, el establecimiento de la estrategia de acusación, así como el sustento en su momento de la sentencia a imponer. Aunado a lo anterior, en caso de enfrentamiento con los diversos grupos delictivos, el policía debe seguir una serie de lineamientos a fin de no hacer uso desmedido de la fuerza, violentando los derechos humanos de los imputados, ya que puede perjudicar a la teoría del caso del Ministerio Público. Estos propósitos muchas veces no se cumplen porque los cuerpos de seguridad en México no tienen bien delimitadas las facultades y atribuciones que rigen su actuación, o en su caso por el desconocimiento de dichas facultades desde el punto de vista jurídico o pragmático. Por lo tanto, en esta unidad de aprendizaje encontrarás actividades, que te permitirán desarrollar las competencias de esta unidad, adicional, el docente en línea te recomendará otras actividades que complementarán tu proceso de aprendizaje. Asimismo, se retomará el problema prototípico que se planteó desde la presentación de la asignatura, en esta unidad contarás con los contenidos nucleares indispensables para que puedas entender y dar una posible solución al problema prototípico. Atribuciones y facultades que rigen los cuerpos de seguridad. En esta unidad desarrollarás tres actividades y una evidencia de aprendizaje, mismas que te permitirán analizar y resolver paulatinamente el problema prototípico y alcanzar la competencia específica de la unidad, así como cubrir cada
  • 29. 29     uno de los logros planteados. Primera actividad La primera actividad te permitirá analizar la importancia de la investigación policial en la conformación de la teoría del caso, partiendo de la división de funciones instaurados por el sistema acusatorio. Además conocerás los parámetros y lineamientos que debe cubrir una investigación policial, verificando la importancia de la infraestructura y recursos humanos, así como las consecuencias ulteriores para efectos procesales penales. Segunda actividad En la segunda actividad distinguirás los componentes de la cadena de custodia y su importancia en la investigación científica del delito. Comprenderás las diferentes técnicas de investigación para que puedas usarlas en el desarrollo profesional, cómo se lleva a cabo el registro de la investigación; el actuar del policía en el lugar del hecho o hallazgo, la preservación del mismo, así como la cadena de custodia. Tercera actividad En la tercera actividad relacionarás la investigación policial con el uso racional de la fuerza. Para ello, se analizarán los límites establecidos a las facultades policiacas, los derechos humanos del gobernado en términos de igualdad a los derechos del policía. Asimismo, se determinará el impacto de la actuación policial para efectos procesales, tanto a nivel de investigación como del proceso, y las consecuencias jurídicas derivadas del uso excesivo o irracional uso de la fuerza policiaca. Para continuar con el estudio de esta tercera unidad se te recomienda que visites el Foro. Planeación didáctica u3, ya que tu docente en línea se encargará de asesorarte en algún asunto administrativo, así como aclarar dudas, comentarios y sugerencias para enriquecer más tu proceso de enseñanza-aprendizaje. Analiza los retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad ante el surgimiento de los fenómenos emergentes de la
  • 30. 30     criminalidad organizada, la necesidad de la investigación científica y el uso racional de la fuerza que requiere el proceso penal actual mediante la reflexión de casos reales específicos y propuestas de solución orientados al cumplimiento de los fines de las instituciones públicas. · Analiza la importancia de la investigación policial en la generación de la teoría del caso. · Distingue los componentes de la cadena de custodia y su importancia en la investigación científica del delito. · Relaciona la investigación policial con el uso racional de la fuerza. Actividad 1. La investigación científica y su relación con la teoría del caso En esta primera actividad analizarás la importancia de la investigación policial científica y su objeto, basado en aspectos teóricos y operativos del rol del policía en la investigación. Para el desarrollo de tu actividad revisa en tu contenido nuclear la investigación científica y policial como base para constituir la teoría del caso. Instrucciones: Para el desarrollo de tu actividad necesitarás una vídeo cámara digital o bien tú celular con cámara, ya que consta de una entrevista a dos funcionaros públicos (policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un Juzgado Penal). Para ello: 1. Elabora un guion de entrevista que contenga mínimo diez preguntas, para obtener información sobre los siguientes puntos: ü Recursos humanos ü Infraestructura tecnológica ü Función del policía ü Juicios orales Propósito: ü Nuevo modelo policial ü Nuevo sistema penal acusatorio ü Cadena de custodia ü Investigación científica del delito Descarga el documento Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público que se encuentra dentro de la pestaña de la unidad, en donde encontrarás algunas recomendaciones para elaborar tu guion y aplicar tu entrevista, a fin de generar una idea más amplia de lo que se pretende realizar.
  • 31. 31     Una vez que tengas el guion, aplica las entrevistas. Considera un recurso (fotografía, audio y/o vídeo) que evidencie la aplicación de las entrevistas, ya que forman parte de los entregables de tu actividad. Posteriormente, integra en un procesador de textos el guion de la entrevista con las respuestas de los entrevistados, adjuntando nombre y adscripción de cada una de las personas, así como el recurso que hayas elegido para tu actividad. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A1_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. Comprime y envía tu documento con el recurso de evidencia, a través de la base de datos, elabora un análisis de la entrevista y responde las siguientes preguntas: · ¿Cómo te sentiste al realizar la entrevista? · ¿Cómo fue la actitud de los entrevistados? · ¿Qué experiencia te dejó esta actividad? Lee las aportaciones de tus compañeros(as) y, para enriquecerlas, retroalimenta al menos tres trabajos realizados. 7. Espera la retroalimentación de tu docente en línea. Criterios de evaluación: · Guion de entrevista considerando los elementos solicitados de la importancia de la investigación policial científica. · Aplicación de la entrevista a dos funcionarios públicos. · Recurso de evidencia de la aplicación de la entrevista. 8. · En sus aportaciones de la base de datos demuestra comprensión ante la información vertida por el entrevistado. 9. · Participación a tres compañeros(as) donde integre la experiencia de la entrevista. Competencias transversales: 11. · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. 12. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público (policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un Juzgado Penal). Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9798 Recurso para construir el guion de entrevista a un servidor público (policía, Ministerio Público, defensor, Juez Penal o personal adscrito a un Juzgado Penal)
  • 32. 32     El propósito de este documento es facilitarte algunas recomendaciones para el seguimiento y aplicación de tu entrevista que realizarás en la actividad 1 de esta unidad. Diseño del guion de entrevista Para elaborar tu guion debes tomar en cuenta los siguientes criterios: Ø Texto de presentación Ø Preguntas de identificación Ø Preguntas para esta actividad Ø Texto de cierre Tu guion puede tener la siguiente estructura: Presentación Saludo y presentaciones, nombre del (de la) estudiante, programa educativo y propósito de la entrevista. Aclaración respecto a la entrevista. Desarrollo 1. Preguntar datos del entrevistado: nombre, adscripción y puesto al que pertenece. 2. Criterios definidos para la entrevista. Cierre Aclaración de dudas y de la información proporcionada, despedida y agradecimiento. Para definir las preguntas del rol del policía en la investigación se te sugiere lo siguiente: Criterios que se desean conocer Propuesta de pregunta Recursos humanos ¿Considera que actualmente los miembros de los cuerpos de seguridad en México cubren con un perfil profesional específico para desempeñar su labor? Infraestructura tecnológica ¿Considera que las corporaciones de seguridad cuentan con los elementos y la infraestructura suficientes para la investigación científica del delito? Sí, no y ¿por qué? Función del policía ¿Considera importante la función del policía para el nuevo sistema penal acusatorio? Sí, no ¿por qué? Juicios orales ¿Considera que es importante la comparecencia de algún miembro policiaco dentro de una audiencia de juicio oral? Nuevo modelo policial ¿Qué acciones propondría para mejorar la calidad de los cuerpos policiacos conforme al nuevo modelo policial? Investigación científica del delito ¿Cuáles son las perspectivas de los cuerpos de seguridad para el combate de los delitos cometido por parte de las organizaciones del crimen organizado? Nuevo sistema penal ¿A qué retos se enfrentan los cuerpos policiacos al implementarse el sistema penal acusatorio
  • 33. 33     acusatorio en México? Cadena de custodia ¿Considera que la policía se encuentra debidamente preparada para realizar de manera adecuada sus atribuciones de acuerdo al sistema penal acusatorio? ¿Cómo contribuye la función del policía en la conformación de la teoría del caso? Investigación científica del delito ¿Considera que la policía está capacitada para realizar una investigación científica conforme al nuevo modelo policial? Sí, no y ¿por qué? Contextualización de la entrevista Al pretender entrevistar a servidores públicos se debe considerar que el entrevistador (estudiante-UnADM) demuestre la seriedad y formalidad que se requiere, para ello debes tener en cuenta que antes de iniciar la entrevista deberás explicarles e informarles en qué consiste, de tal forma que puedan sentirse en confianza. En caso de que no puedas aplicar tu entrevista, por restricciones de los servidores públicos, contacta a tu docente en línea para solicitar su apoyo e intervención para establecer algún vínculo con las personas a entrevistar o te recomiende alternativas que faciliten tu actividad. Consideraciones para aplicar la entrevista • Al aplicar la entrevista prevé un dispositivo para grabar el audio de la entrevista, esto te facilitará la concentración de la información para no escribir las respuestas en ese momento. • En caso de que tomes una fotografía, audio y/o vídeo, deberás pedir autorización a la persona que entrevistarás, de preferencia ocultando el rostro, en caso de que la persona entrevistada no acepte, sólo deberás grabar la voz si es vídeo y/o audio. • Preséntate a la entrevista con confianza y seguridad, debes estar atento(a) durante la entrevista, puesto que te proporcionarán información valiosa para el desarrollo de tu actividad. • Adopta una actitud positiva y coherente de respeto a las preguntas de entrevista, cuida la comunicación verbal (hace referencia a aquello que se dice) y la no verbal (se refiere a cómo se dice y cómo se actúa). Tan importante es lo que se dice como lo que no se dice, pero se deja ver. La comunicación no verbal proporciona al entrevistador/a tanta información o más que la que la persona candidata manifiesta, algunas ideas sobre esto pueden ser: ü Forma de vestir e higiene: Procura usar ropa formal (de vestir), ya que la presentación te ayudará a darle seriedad a tu trabajo. ü Dar la mano: Predispone la actitud de la persona entrevistadora; evita dar la mano de forma floja, puesto que denota que careces de energía y falta de decisión.
  • 34. 34     ü Expresión facial: La expresión de la cara indica nuestro estado de ánimo o sentimientos, por lo tanto, hace falta que nuestra expresión concuerde con el mensaje que se está dando, una sonrisa a veces puede comunicar una imagen de persona agradable y dar apertura a los canales de comunicación. ü Contacto visual: Mirar a la cara de la persona con la cual se está hablando es el mejor procedimiento para mostrar sinceridad. ü Postura corporal: Es necesario sentarse de manera correcta, ni apoyado/a atrás (puede demostrar desinterés) ni muy incorporado/a hacia delante (puede demostrar nerviosismo e intranquilidad). ü Gesticulación de las manos: Durante la conversación es correcto que las explicaciones se acompañen con los gestos de las manos, pero nunca, esta gesticulación debe ser excesiva. ü Manías o tics: Es necesario evitar movimientos que acostumbramos hacer cuando estamos nerviosos, rascarse la nariz, tocarse el pelo, repicar con los dedos sobre la mesa, entre otros. Estos movimientos denotan nerviosismo e inseguridad, falta de control. ü Puntualidad: Siempre es necesario llegar con antelación suficiente para tranquilizarnos antes de iniciarla. Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica Propósito: Esta actividad te permitirá analizar los componentes de la cadena de custodia. Para el desarrollo de tu actividad revisa en tu contenido nuclear el lugar de investigación, la cadena de custodia Instrucciones: . Investiga en la web o en una fuente de información confiable sobre un estudio de caso relacionado con la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo. . Ingresa al foro, agrega una breve descripción de la cadena de custodia del hecho delictivo del caso investigado y responde las siguientes preguntas: · ¿Qué relevancia tiene la cadena de custodia en la investigación de un hecho delictivo? · ¿Consideras que la actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos?, ¿por qué? · ¿Qué principios de la cadena de custodia fueron transgredidos en dicha actuación? · ¿Qué consecuencias jurídicas conduce este tipo de actuaciones en lo que respecta al imputado o sujeto a imputar de acuerdo al sistema penal acusatorio? · ¿Consideras que derivado de la forma en que actuaron los policías, se les pueda fincar algún tipo de responsabilidad?, ¿por qué?
  • 35. 35     · ¿Cuáles serían las recomendaciones o propuestas que se le pudieran realizar a los policías que intervinieron en este procedimiento? Lee las aportaciones de tus compañeros(as), compara y comenta por lo menos a dos de ellos(as) sobre la importancia de la cadena de custodia en la investigación científica del delito expuesto. Criterios de evaluación: · Menciona los componentes de la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo. · La participación en el foro es clara acerca de la situación analizada y de todos los aspectos involucrados. · Anexa la fuente de consulta de su investigación. · Responde a los cuestionamientos de manera clara y concisa. · Aporta a los comentarios, dudas o sugerencias de sus compañeros(as), respecto a la importancia de la cadena de custodia. Competencias transversales: · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 11º Cuatrimestre Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad 010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001 Facilitador: Adriana Galindo Razo Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 26/07/2014 Actividad 2. La cadena de custodia como componente esencial de la investigación científica
  • 36. 36     Propósito: Esta actividad te permitirá analizar los componentes de la cadena de custodia. Para el desarrollo de tu actividad revisa en tu contenido nuclear el lugar de investigación, la cadena de custodia Instrucciones: . Investiga en la web o en una fuente de información confiable sobre un estudio de caso relacionado con la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo. . Ingresa al foro, agrega una breve descripción de la cadena de custodia del hecho delictivo del caso investigado y responde las siguientes preguntas: · ¿Qué relevancia tiene la cadena de custodia en la investigación de un hecho delictivo? · ¿Consideras que la actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos?, ¿por qué? · ¿Qué principios de la cadena de custodia fueron transgredidos en dicha actuación? · ¿Qué consecuencias jurídicas conduce este tipo de actuaciones en lo que respecta al imputado o sujeto a imputar de acuerdo al sistema penal acusatorio? · ¿Consideras que derivado de la forma en que actuaron los policías, se les pueda fincar algún tipo de responsabilidad?, ¿por qué? · ¿Cuáles serían las recomendaciones o propuestas que se le pudieran realizar a los policías que intervinieron en este procedimiento? Lee las aportaciones de tus compañeros(as), compara y comenta por lo menos a dos de ellos(as) sobre la importancia de la cadena de custodia en la investigación científica del delito expuesto. Criterios de evaluación: · Menciona los componentes de la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo. · La participación en el foro es clara acerca de la situación analizada y de todos los aspectos involucrados. · Anexa la fuente de consulta de su investigación. · Responde a los cuestionamientos de manera clara y concisa. · Aporta a los comentarios, dudas o sugerencias de sus compañeros(as), respecto a la importancia de la cadena de custodia. Competencias transversales: · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. · Recurso de evidencia de la aplicación de la entrevista. 10. · En sus aportaciones de la base de datos demuestra comprensión ante la información vertida por el entrevistado. 11. · Participación a tres compañeros(as) donde integre la experiencia de la entrevista. Competencias transversales:
  • 37. 37     13. · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. 14. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. Caso Práctico:
  • 38. 38     Entendemos por indicio aquel objeto, sustancia, traza o resto material físico o psicológico, que se encuentra en la escena de un delito, que permite relacionar a autores, víctimas o testigos implicados en el hecho, con el mismo y sus circunstancias, propiciando o favoreciendo esclarecer la verdad de lo sucedido y hacer justicia. Para que un indicio se convierta en prueba de cargo debe reunir pluralidad, coherencia y rigor habiéndose garantizado su adecuada protección desde la localización en la propia escena, su posterior análisis en el laboratorio de referencia, y su ratificación en el acto de juicio oral en lo que conforma la cadena de custodia. Para una correcta Inspección Técnico-Criminalística (policial/ocular) (ITC) se sigue un proceso coherente, predeterminado y minucioso, especialmente en lo que se refiere al tratamiento de los indicios en la escena del crimen, con la secuencia Protección-Fijación-Procesado (P-F-P). Los indicios se clasificaron, en función de su naturaleza, en indicios físicos y psicológicos, y, en función de su carácter, en indicios consistentes e indicios frágiles, asignando una escala de colores en el momento de la Fijación de Indicios con criterios lo más objetivos y rigurosos posibles, vinculando cada color a la naturaleza del indicio y una graduación relativa a la fragilidad/consistencia del mismo; localización y señalización con conos, pirámides, lengüetas, balizas verticales de diferentes tamaño para indicar su ubicación y los testigos métricos que hacen referencia respecto a su tamaño, preceden a su “fijación” en fotografía de conjunto, semi-conjunto y detalle, video y planimetría. El sistema de Balizamiento Cromático de Indicios (BCI) en la segunda fase asigna colores para cada tipo de indicio y tres niveles de fragilidad para su protección y posterior tratamiento en la cadena de custodia y la reproducción de validez en el juicio oral. · ¿Qué relevancia tiene la cadena de custodia en la investigación de un hecho delictivo? Los agentes policiales y ministeriales manejan los indicios o evidencia física para garantizar que no haya alteraciones del caso en la transición de una instancia a otra. La Cadena de Custodia contempla las evidencias físicas desde la escena del crimen y hasta antes de los tribunales. Los agentes encargados deberán reportar los indicios al agente del Ministerio Público y hacerlo constar en un registro de Cadena de Custodia. Faltas en la cadena de custodia en la investigación en un hecho delictivo resultan en casos llevados a tribunales y perdidos por faltas de evidencia. · ¿Consideras que la actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos?, ¿por qué?
  • 39. 39     La actuación policial fue acorde al paso del lugar de los hechos puesto que se trata de un caso práctico. · ¿Qué principios de la cadena de custodia fueron transgredidos en dicha actuación? Ninguno. · ¿Qué consecuencias jurídicas conduce este tipo de actuaciones en lo que respecta al imputado o sujeto a imputar de acuerdo al sistema penal acusatorio? Al inicio del procesamiento de pruebas, la Cadena de Custodia contempla las evidencias físicas desde la escena del crimen y hasta antes de los tribunales. De hecho fue necesario reformar el procedimiento en el 2012 porque muchos de los casos que se habían llevado ante los tribunales habían sido perdidos por falta de evidencias. Miguel Carbonell, experto en derecho constitucional, expresó que "Al no poder levantar pruebas de manera científica, llevan solo testimonios y hacen muy endebles los casos". Los agentes encargados deberán reportar los indicios al agente del Ministerio Público y hacerlo constar en un registro de Cadena de Custodia, según el acuerdo 06/2012. · ¿Consideras que derivado de la forma en que actuaron los policías, se les pueda fincar algún tipo de responsabilidad?, ¿por qué? En nuestro caso práctico, no, puesto que cumple con el procedimiento. Pero el acuerdo 06/2012 prevé sanciones para los agentes que formen parte de la cadena y que alteren, destruyan o pierdan los indicios del crimen, a fin de garantizar la cadena de custodia. · ¿Cuáles serían las recomendaciones o propuestas que se le pudieran realizar a los policías que intervinieron en este procedimiento? Nuevos protocolos de actuación fueron añadidos el 23 de abril del 2013 a las leyes que rigen a las fuerzas armadas y a los órganos de procuración de justicia mexicanos, con el objetivo de lograr un mayor apego a los derechos humanos. Las medidas fueron suscritas en al menos nueve instrumentos legales de colaboración por los titulares de las secretarías de Gobernación, Defensa, Marina, Seguridad Pública (SSP) y la Procuraduría General de la República (PGR). Entre otros, regulan la forma de enfrentar a los presuntos criminales, la detención y puesta a disposición de sospechosos y la preservación de evidencias durante un proceso legal. Desde los indicios reunidos por policías, hasta las pruebas
  • 40. 40     presentadas por el Ministerio Público ante un tribunal, las evidencias de un caso deberán ser protegidas y debidamente procesadas por los diferentes agentes del gobierno. Dos acuerdos suscritos por la SSP y la PGR especifican métodos de búsqueda, recolección, embalaje, transporte y depósito de las pruebas de un caso y precisan cómo realizar la devolución de una pieza de la evidencia y su eliminación o su subasta pública, en su caso. Sus métodos abarcan el manejo de pruebas en escenas del crimen, laboratorios y bodegas y describen el procesamiento de materiales específicos como balas, armas de fuego y punzocortantes, muestras biológicas y objetos personales. Fuentes de consulta 1. Curiel, A. M. Y Cela, A.I. Caso Práctico. Balizamiento cromático de indicios. La taxonomía cromática de la Criminología. Quadernos de Criminología. No. 18, 2012, pp. 22-26. Recuperado el 27 de julio del 2014 de http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CBwQFjAA&url=http% 3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F4384140.pdf&ei=LxfVU- uULobd8gGo_4H4AQ&usg=AFQjCNE0sZihOkjNz05ZaIJXMXdyZtF2XQ&sig2=0TNf0Nf-sOQVdw9-YmOhlg 2. INACIPE. (2012). 50 Preguntas sobre la cadena de custodia federal. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://www.inacipe.gob.mx/publicaciones/descargas_gratuitas/50_preguntas.php 3. INACIPE. (2012). Manual de buenas prácticas en la escena del crimen. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://www.inacipe.gob.mx/publicaciones/descargas_gratuitas/manual_de_buenas_practicas_escena_crimen.php 4. INACIPE. (2013). Protocolos de Cadena de Custodia. Dos grandes etapas: preservación y procesamiento. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://www.inacipe.gob.mx/publicaciones/descargas_gratuitas/cadena_de_custodia.php 5. Nuevas Normas de Seguridad y Procuración de Justicia. CNN México. 24 abril 2012. Recuperado el 27 de julio del 2014 de http://mexico.cnn.com/nacional/2012/04/24/cadena-de-custodia 6. SEGOB. (2012). Mecanismo de Protección y Preservación de Evidencia: Cadena de Custodia. Recuperado el 27 de julio del 2014 de http://setec.gob.mx/work/models/SETEC/PDF/CadenaCustodia1.pdf 7. Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9802
  • 41. 41     Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Propósito: Esta actividad te permitirá analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las consecuencias jurídicas de dicha actuación Para el desarrollo de tu actividad, revisa en tu contenido nuclear el uso racional de la fuerza. Instrucciones: Asiste a (o revisa en Youtube) una audiencia de control de la detención en la que se haya dado algún caso del uso racional de la fuerza que te parezca relevante. Del caso analiza el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. Elabora una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideras adecuada la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos: · Investigación · Detención · Protección a la ciudadanía
  • 42. 42     · Preservación del lugar de los hechos · Respeto a los derechos humanos · La puesta a disposición y lo sucedido en la audiencia 4. En un procesador de textos integra el desarrollo de tu actividad. 5. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. Criterios de evaluación: · Explica el actuar del policía de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. · Describe la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica. · Explica la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso. Competencias transversales: · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 11º Cuatrimestre Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad 010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001 Facilitador: Adriana Galindo Razo Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 26/07/2014 Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Propósito: Esta actividad te permitirá analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las
  • 43. 43     consecuencias jurídicas de dicha actuación Para el desarrollo de tu actividad, revisa en tu contenido nuclear el uso racional de la fuerza. Instrucciones: Asiste a (o revisa en Youtube) una audiencia de control de la detención en la que se haya dado algún caso del uso racional de la fuerza que te parezca relevante. Del caso analiza el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. Elabora una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideras adecuada la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos: · Investigación · Detención · Protección a la ciudadanía · Preservación del lugar de los hechos · Respeto a los derechos humanos · La puesta a disposición y lo sucedido en la audiencia 4. En un procesador de textos integra el desarrollo de tu actividad. 5. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. Criterios de evaluación: · Explica el actuar del policía de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. · Describe la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica. · Explica la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso. Competencias transversales: · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Introducción El propósito de este ejercicio es analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las consecuencias jurídicas de dicha actuación, a través de la revisión de una audiencia de control de la detención en la
  • 44. 44     que se haya dado el uso racional de la fuerza. Desarrollo En el caso presentado analizamos el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. Elaboramos una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideramos adecuada o no la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos, explicando la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso: Se lee el objeto, los participantes y las condiciones de la audiencia. Se presenta la juez. La juez toma los generales del defensor y del imputado, explicándole sus derechos. El Ministerio Público declara que se trata de una audiencia de control de detención de Fernando Martínez Olivas por intento de robo de un automóvil, habiéndolo violentado para tal efecto, durante el cual fue sorprendido infraganti por empleados y propietario del restaurante donde estaba estacionado el vehículo, ante lo que el imputado huye a pié del lugar, y los testigos lo persiguen hasta que una patrulla municipal lo detiene. La defensa cuestiona la ubicación de la detención, declara que los agentes no detuvieron al imputado sino que lo hicieron los testigos. El MP establece que su declaración depende del contenido del acta de denuncia de los agentes de policía municipal, y concede que efectivamente los testigos detuvieron al imputado en el momento en el que intervino la policía municipal. La juez acepta la detención como legal por tratarse de detención en flagrancia que puede efectuarse por ciudadanos y haberlo puesto a disposición de la autoridad inmediatamente después. Con respecto a la preservación del lugar de los hechos, no hubo comentarios al respecto. El MP declara que desea formular imputación, antes de lo cual la juez alerta al imputado de los pasos que seguirán, indicándole el MP que se llevará a cabo una investigación del caso de robo agravado en grado de tentativa como autor material y haciendo de su conocimiento las personas que declararán como testigos. La defensa cuestiona los horarios de la entrevista de los testigos. La juez lo interrumpe puesto que su objeción no procede en ese momento, pero que podrá hacerlo en un momento más adelante. La juez le pregunta al imputado si entendió la imputación del MP. Le hace saber que puede guardar silencio o declarar con asistencia del defensor. Le sugiere que no es el momento de declarar. Solo desea que responda si entiende de lo que se le acusa. El imputado responde titubeante que sí le entiende. De nuevo, el MP declara que desea formular imputación, La juez le dice al imputado que ahora sí puede responder al cargo y que le pida consejo a su defensor. Eso hace el imputado en privado y el imputado dice que quiere declarar. Ella le dice que puede hacerlo en respuesta a preguntas específicas de su abogado o en forma libre y que consulte con su abogado cual es preferible antes de responder. Lo consulta en privado y en voz alta dice que de manera libre. La juez le indica que lo llevará a un lugar específico donde declarará adonde se traslada el imputado y donde la juez lo exhorta a la verdad y reitera su derecho a no responder al MP. Le pregunta si así lo desea, y el imputado responde afirmativamente. Inicia su declaración libre, explicando que había salido
  • 45. 45     con esposa a comer y habían tenido un altercado, donde ella se fue con su vehículo, por lo que él estaba esperando tomar el transporte cuando lo detuvieron a la fuerza abriéndole la cabeza y lo subieron a la patrulla momento en el que no supo que sucedió. La juez pregunta qué transporte esperaba y el responde. Declara de nuevo que unos señores lo asaltaron y otra persona estaba tomando fotos pero no sabía porque sucedía eso. La defensa pregunta si otra persona presenció la detención. El imputado declara que las personas que estaban comiendo los burritos aunque desconoce los nombres. El MP contrainterroga cortésmente pero le habla de tu. Le pregunta los datos del vehículo que se llevó su esposa, y cómo iba ella vestida, y la hora a la que se dieron los hechos. El imputado responde a todo. La juez le indica al imputado que regrese al lugar junto a su defensor. El MP solicita la vinculación a proceso del imputado. La juez le explica al imputado que tiene 72 o 144 horas para esa vinculación o si desea renunciar a esta opción. No queda muy claro lo que le dice. Le sugiere la juez que consulte con su abogado. El imputado elige las 144 horas. La juez fija fecha y hora para la audiencia de vinculación de proceso, habiendo sido notificadas las partes en ese acto. Le avisa al imputado y a su defensa que tiene 48 horas antes de la audiencia para pedir auxilio para citar testigos o llegar a provanza. El MP solicita medidas cautelares de prisión preventiva para el imputado, tutelaje por la necesidad por delito de robo para garantizar su presencia en la audiencia. El imputado tiene dos ingresos a la Dirección de Seguridad Pública en enero y junio del año pasado por robo y tentativa de robo de vehículo. La juez da la apalabra a la defensa. La defensa no está de acuerdo puesto que el imputado no se sustraería de la acción de la justicia ya que está en la audiencia hoy y que su pasado no consta en copia certificada para confirmar su veracidad, y porque el criterio utilizado por analogía no procede ya que el artículo es para robo no para tentativa de robo y pide otro tipo de medida cautelar. La juez declara tener suficientes elementos para resolver y funda y motiva su decisión a favor de la defensa. No obstante, tomando en cuenta los antecedentes del imputado aunque no esté en copia certificada, de buena fe se acepta su existencia. En base a la pena y el valor del vehículo se tiene que puede ser motivo para sustraerse a la acción de la justicia e impone la medida cautelar de prisión preventiva por un año. El MP solicita copia del video y el defensor hace lo mismo. La juez declara cerrada la audiencia. Conclusión Analizando el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez, el MP contrainterroga cortésmente pero le habla de tu al imputado, que me parece una falta de respeto, sin llegar a ser una violación de sus derechos humanos. Al pedir la medida cautelar se refiere al valor del vehículo para la aplicación de la posible pena, el que solo fue identificado como un Chevrolet Avalanche 4 puertas, sin determinar valor, y la defensa ni la juez lo cuestiona, y la juez lo utiliza como argumento para su decisión. Asimismo, la juez no aplica la presunción de inocencia al no tomar en cuenta la declaración del imputado de haber sido recogido sin motivo de la parada del transporte, a pesar de lo cual le aplica la media cautelar. Respecto al control de la detención en la que se haya dado
  • 46. 46     algún caso del uso racional de la fuerza, la patrulla parece haber recogido al imputado después de la detención de los ciudadanos, por lo que no sabe a ciencia cierta si es culpable del delito que se le atribuye. Tampoco me parece vinculante la declaración sin prueba del MP de los antecedentes del imputado, ya que lo menos que podría esperarse en estos casos es una copia certificada del mismo. Respecto a la protección de la ciudadanía, no encontré alusión a ello. Fuentes de consulta 1. Universidad Abierta y a Distancia de México. (s/f). Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio. Recuperado el 26 de julio del 2014 de http://207.249.20.78/av20142C/mod/resource/view.php?id=9802 2. YouTube. (2008) Audiencia de Control de Detención. Recuperado el 27 de julio del 2014 de https://www.youtube.com/watch?v=84zDcZ_faYk
  • 47. 47     Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 11º Cuatrimestre Unidad 3. Retos y perspectivas de los cuerpos de seguridad en su función de investigación y uso racional de la fuerza en el sistema acusatorio Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Materia: Actuación de los cuerpos de seguridad 010941141 Clave: LIC SP-SACS-1402C-001 Facilitador: Adriana Galindo Razo Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 26/07/2014 Actividad 3. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Propósito: Esta actividad te permitirá analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las consecuencias jurídicas de dicha actuación Para el desarrollo de tu actividad, revisa en tu contenido nuclear el uso racional de la fuerza. Instrucciones: Asiste a (o revisa en Youtube) una audiencia de control de la detención en la que se haya dado algún caso del uso racional de la fuerza que te parezca relevante. Del caso analiza el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. Elabora una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideras adecuada la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos: · Investigación · Detención · Protección a la ciudadanía · Preservación del lugar de los hechos · Respeto a los derechos humanos · La puesta a disposición y lo sucedido en la audiencia 4. En un procesador de textos integra el desarrollo de tu actividad.
  • 48. 48     5. Guarda tu archivo con la siguiente nomenclatura SACS_U3_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. Criterios de evaluación: · Explica el actuar del policía de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. · Describe la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica. · Explica la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso. Competencias transversales: · El documento deberá contar con los datos básicos de identificación: portada, nombre del curso, nombre de la actividad, matrícula y fecha de elaboración. · Se presenta con buena ortografía, gramática y referencias bibliográficas y/o electrónicas. El sistema acusatorio y la investigación científica del delito Introducción El propósito de este ejercicio es analizar el impacto que tiene la actuación policial en el ámbito procesal penal, así como las consecuencias jurídicas de dicha actuación, a través de la revisión de una audiencia de control de la detención en la que se haya dado el uso racional de la fuerza. Desarrollo En el caso presentado analizamos el actuar del policía, de acuerdo a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, la defensa y el juez. Elaboramos una sinopsis de la audiencia, resaltando si consideramos adecuada o no la actuación del policía, conforme a lo que establece la norma jurídica, de acuerdo a los siguientes puntos, explicando la relación de la investigación policial con el uso racional de la fuerza del caso: Se lee el objeto, los participantes y las condiciones de la audiencia. Se presenta la juez. La juez toma los generales del defensor y del imputado, explicándole sus derechos. El Ministerio Público declara que se trata de una audiencia de control de detención de Fernando Martínez Olivas por intento de robo de un automóvil, habiéndolo violentado para tal