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jueves, 1 de agosto de 2013
00:53: Buenas noches Ricardo, Apreciaría nos hicieses el favor de notificarnos cuando hayas
abierto el foro de la actividad 2 de la Unidad 2 para poder subir nuestras participaciones. Muchas
gracias. Que descanses.
viernes, 2 de agosto de 2013
00:59: Mañana mismo tienes el foro abierto.
Saludos.
miércoles, 14 de agosto de 2013
16:17: Hola Ricardo, Una duda...¿porqué no aparece ninguna calificación a mis tareas en mi hoja
de evaluación? Te encargo por ahí las preguntas de autorreflexión e la unidad 2 para terminar esa
unidad...es lo único que me falta. Mil gracias. Que descanses.....Saludos,
lunes, 19 de agosto de 2013
22:39: Hola Eli:
Mañana tratare de sacar las tuyas , mándame un mensajito x la tarde noche si las ves sale?
martes, 20 de agosto de 2013
05:02: Apenas hoy llegó tu mensaje...¿tu crees? gracias Ricardo....que tengas bonito día...
05:38: Gracias por la actividad 1 de la 3.....no se te vayan a olvidar las autorreflexiones de la dos
y la tres....cuídate....
viernes, 30 de agosto de 2013
00:06: PREGUNTAS DE AUTORREFLEXION UNIDAD 2 Hola a todos : Por este conducto les notifico que
estan a su disposicion las preguntas base para su autoreflexion de la Unidad 2 , recuerden que se trata
de un conjunto total de tres autorrefllexiones (Una por cada unidad) para estar en aptitud de calificar al
final como "entregada". Quedo a sus apreciables ordenes.
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 2. Justicia y legalidad
2
Autoevaluación U2
Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
21/06/2013
Márgenes: Las márgenes deben ser de 2.54 cms en toda la hoja.
Sangría: Cinco espacios en la primera línea de cada párrafo.
Espaciado: Texto a doble espacio y alineado a la izquierda, exceptuando figuras y
tablas. Dos espacios después del punto final de una oración.
Tipo de letra: Times New Roman a un tamaño de 12.
Papel: Papel tamaño Carta.
1-Crea el título de tu página. Centra el título en la página utilizando letras
mayúsculas y minúsculas. Agrega tu nombre en la siguiente línea, seguido del
nombre de tu universidad.
2
Agrega un encabezado a tu documento. Justifica a la izquierda las palabras
"Encabezado" seguidas de dos puntos y el título de tu ensayo en letras mayúsculas.
Después, justifica a la derecha el número de la página. Aplica este encabezado en
todas las páginas de tu documento.
3
Incluye un extracto. Este párrafo ofrece una reseña de tu ensayo. Resume tu
investigación en 150 o 200 palabras, de acuerdo con el Laboratorio de Escritura en
Línea de la Universidad de Purdue.
4
Desarrolla niveles de encabezados. El estilo APA permite cinco niveles en los
encabezados. Centrados, en negritas y en mayúsculas son los encabezados de
primer nivel. Los de segundo nivel son también aquellos en mayúsculas pero
justificados a la izquierda. Los encabezados con sangría y minúsculas, son
encabezados de tercer nivel, siempre y cuando terminen con un punto. Los
encabezados de cuarto nivel siguen el mismo formato que el nivel anterior, pero en
itálicas. El último nivel mantiene la letra itálica, pero no incluye texto en negritas.
5
Incluye citas de referencia. Escribe el autor y año de publicación en paréntesis
después del texto citado, por ejemplo (Coleman, 1997). Si incluyes el nombre del
autor en la línea, agrega el año de publicación en paréntesis, por ejemplo, "Como
Coleman (1997) argumentó...". Continúa con las citas con la puntuación adecuada,
normalmente es el punto.
6
Crea una lista de referencias. Las últimas páginas de tu documento deben incluir
una lista detallada de las referencias utilizadas al momento de escribir el ensayo.
Coloca una sangría de 1/2 pulgada en la segunda y todas las demás líneas de cada
inicio y justifica la primera línea a la izquierda. Ordena la lista alfabéticamente
comenzando con el apellido del autor y después su nombre de pila.
Las citas son una referencia a una idea o afirmación en donde se establece la
3
fuente o origen del mismo. Para citar usando las normas APA se utilizan paréntesis
dentro del texto en vez de usar notas en el pie de página. La cita debe incluir
información sobre el autor y año de publicación. Las citas pueden ser literales o
parafraseadas.
Cita literal: Sucede cuando se extraen fragmentos o ideas textuales. Las palabras
omitadas se reemplazan por puntos suspensivos (…). En este caso es necesario
incluir el apellido del autor, el año de publicación y la página del texto extraído.
Cuando la cita tiene menos de 40 palabras se escribe inmersa en el texto y entre
comillas, en cambio las de mayor de 40 palabras se escriben aparte del texto con
sangría y un punto menor en el tamaño de la letra sin usar comillas.
Cita de parafraseo: Se utiliza para citar las ideas de un autor pero no de forma
textual. Este tipo de citas requieren el apellido del autor y el año de publicación.
Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31 de
Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171
Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de
México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186
La formación integral
y sus dimensiones
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=192
Dignidad humana:
Dimensiones y fuentes en
la persona humana
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=193
Sobre ética y moral http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=194
La ética, los derechos
y la justicia
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=195
Doctrinas éticas
fundamentales
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=196
Capítulo 1 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=197
Capítulo 2 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=198
Capítulo 3 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=199
Filosofía del Derecho http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=200
Ética profesional http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=201
Antropología filosófica http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=202
Valores morales y
comportamiento social
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=203
4
Introducción al
pensamiento de Max
Scheler
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=204
La crisis del hombre y
de los valores en la
filosofía actual
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=205
La superación de la
crisis de valores y
violencia en la sociedad
contempoánea
http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=206
Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 21 de
Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171
Licenciatura en Seguridad Pública
8° cuatrimestre
Cultura de la legalidad
Unidad 2. Justicia y legalidad
Clave: 01093083
Universidad Abierta y a Distancia de México
Índice
Unidad 2. Justicia y legalidad ............................................................................................. 3
Presentación de la unidad ................................................................................................. 3
Propósitos .......................................................................................................................... 4
Competencia especifica ..................................................................................................... 4
2.1. Justicia ........................................................................................................................ 5
2.1.1. La justicia según Aristóteles ..................................................................................... 7
2.1.2. La justicia de acuerdo a Santo Tomás ................................................................... 11
2.1.3. La justicia de acuerdo a la Escuela Clásica ........................................................... 13
Actividad 1. La justicia mediante ejemplos ....................................................................... 16
2.2. La legalidad en una sociedad globalizada ................................................................. 16
2.2.1. Jerarquía de leyes en México ................................................................................ 17
2.2.2. Tratados internacionales ........................................................................................ 21
Actividad 2. La legalidad Internacional ............................................................................. 23
2.3. La justicia en la sociedad actual ................................................................................ 23
2.3.1. La justicia y la moral............................................................................................... 25
2.3.2. Justicia, ética y moral ............................................................................................. 26
Actividad 3. Lo justo y lo ilegal ......................................................................................... 29
Autoevaluación ................................................................................................................ 29
Evidencia de aprendizaje. La imagen de una sociedad sin justicia y legalidad................. 30
Actividades de Autorreflexión ........................................................................................... 31
Cierre de la unidad .......................................................................................................... 31
Para saber más ............................................................................................................... 32
Fuentes de consulta ........................................................................................................ 32
5
Fuentes cirbergráficas ..................................................................................................... 33
Unidad 2. Justicia y legalidad
Presentación de la unidad
En la unidad uno analizaste el origen de la legalidad, que la misma se compone de las
leyes, principios e instituciones pero, que para la construcción de las mismas las
concepciones del Derecho fueron de suma importancia. Primero surge la idea de un
Derecho Natural, con teorías como: iusnaturalismo e iusnaturalismo
deontológico, después del Derecho Natural surge el Derecho Positivo y
posteriormente el Derecho Vigente.
En esta segunda unidad se hará una comparativa entre el concepto y alcance de la
justicia en el Derecho, cómo se debe incluir en sus ordenamientos, y que tan
importante es que se incluya. Una de las razones por las cuales fue creado el
Derecho fue precisamente la idea de mantener un ambiente de paz y tranquilidad
que otorgara a cada quien lo que le pertenece. Asimismo se analizará el papel de la
justicia en la legalidad internacional que depende de los Tratados Internacionales.
Se considera que el derecho no necesariamente debe ser justo para ser Derecho, pero
que es preferible que lo sea, ya que le daría la validez y la obligatoriedad por parte de
la sociedad. El problema de la justicia en un Estado de Derecho es que el derecho se
ve así mismo justo, y por consecuencia obligatorio, con ello se ha colocado al derecho
como un sinónimo de fuerza ya que en sus ordenamientos contienen sanciones a
quienes incumplan con los mismos.
“El Derecho, no debe ser justo para ser Derecho, pero sí debe o debería serlo para
gozar de plena validez moral o fuerza obligatoria” (Álvarez, M. 2001 p.310)
Lo que es justo para algunos puede parecer injusto para otros, es por ello que el
derecho es el que debe de contener la justicia en sus normas, pero en ocasiones
las personas que se ven afectadas por la aplicación de la ley suelen clamar que se ha
cometido una injusticia. En cada controversia que se dé entre las personas o entre la
persona y el Estado, siempre habrá alguien que considere que el derecho no se ha
encargado de hacer justicia, porque en cada controversia hay intereses que se
contraponen.
En este primer tema de la segunda unidad, analizarás las definiciones que los filósofos
como Aristóteles, Santo Tomas de Aquino, y los filósofos de la Escuela Clásica, hacen
sobre la justicia y su relación con el Derecho, identificarás que la justicia tiene
diferentes formas de ser concebida y que ésta depende de la cultura de cada sociedad
en una época determinada.
La justicia ha servido para valorar al Derecho, en el sentido de los valores que
contienen sus normas, más aún en este siglo XXI no sólo es importante conocer cómo
percibe la sociedad mexicana a la justicia en nuestro sistema jurídico, sino también
6
cómo se percibe la justicia en otros países debido el intercambio cultural, lo que hace
necesario homogeneizar conceptos.
Uno de los temas de la unidad es la ética y la moral, ya que de estos conceptos es que
algunas de las definiciones de justicia surgen a través de la historia con teóricos y
filósofos desde Sócrates hasta pensadores del siglo XIX, también la ética y la moral se
aplican en el entendimiento de los contenidos en tratados internacionales, en lo
importantes que son para poder mantener la legalidad en México.
Al finalizar esta unidad podrás analizar la relación entre la legalidad (instituciones,
leyes, tratados y principios), la justicia y la importancia de ambas para mantener la paz
y procurar el bien común y principalmente el Estado de Derecho.
Propósitos
En esta unidad:
. Comprenderás los conceptos de justicia.
. Analizarás diversas teorías de justica.
. Analizarás la legalidad en una sociedad globalizada.
. Analizarás en qué consisten los Tratados Internacionales.
. Identificarás la diferencia entre ética, moral y justica.
. Identificarás la importancia de la justicia y la legalidad en una sociedad globalizada.
Competencia especifica
. Analizar los conceptos de justicia y legalidad para determinar la importancia de ambas
en una cultura de legalidad mediante la reflexión de diversas teorías y casos
específicos.
2.1. Justicia
La conceptualización de justicia no se puede hacer sin antes retomar las teorías de
filósofos como Sócrates, Platón y Aristóteles ya que es un concepto filosófico del
Derecho.
“El pensamiento de los clásicos griegos y romanos ha tenido una influencia
incomparable en nuestras culturas.” (Ledesma, 2001:333).
“La cuna del conocimiento y de la cultura occidental se sitúa en el mundo griego”
(Terán, J. 2007:237).
Como lo refiere los autores, la formación del Estado Mexicano está influenciado por los
griegos, por ello se retoma el concepto de justicia desde los presocráticos cuya época
abarca desde el nacimiento de la cultura griega con Tales de Mileto (Siglo VII a.C.)
hasta las últimas manifestaciones del pensamiento griego sin la influencia del
7
pensamiento de Sócrates (Siglo IV a.C.). Veamos a continuación de qué manera.
El pensamiento de los presocráticos va encaminado a resolver el enigma del
movimiento, el cambio de todo lo que lo rodea, como respuesta buscaron un elemento
primordial. A esa sustancia primaria se le llamó physis (naturaleza), es aquí donde
aparece por primera vez el concepto de Derecho Natural. El concepto de naturaleza y
justicia natural, es básicamente cósmico, ya que proviene de las divinidades creadoras
del mundo, que eran las mismas que regían el orden moral y la religión. “Hay una
justicia natural en sentido cósmico, en sentido naturalista, pero a la vez, los dioses en
el politeísmo son fuerzas naturales, justas.”(Terán, J. 2007:238).
Es decir para los griegos el derecho no es asunto de la voluntad de los hombres, sino
de una ordenación natural, y el orden humano social es la justicia de acuerdo a los
presocráticos.
La cultura tiene mucho que ver en la conceptualización de justicia o de lo que los
griegos llamaban orden social, el pensamiento griego acerca de la justicia deviene de
cómo estaban organizados, de los intereses políticos y sociales de la época. En la
época abarcada del 427 al 347 a.C. la sociedad era dividida básicamente en tres
grupos sociales:
1 Los sabios; que eran los que gobernaban.
2 Los guerreros que mantenían el orden.
3 Los artesanos y comerciantes.
Debido a esta organización sólo existían conflictos con otras ciudades por el comercio
entre ellos, por la defensa de su territorio para no tener que cambiar su asentamiento a
otro lugar, pero no por las razones por las que en estos tiempos hay conflictos entre
países, en la actualidad la principal batalla es por los recursos naturales porque los
mismos escasean, y por el poder en sí de dominar a otros países.
El cambio cultural no solo se debió a la forma de organización sino al desarrollo del
pensamiento. Un punto clave para la concepción de la justicia en los presocráticos fue
el cambio del politeísmo al monoteísmo introducido por Sócrates.
“Sócrates divulga la existencia de una sola divinidad coexistente con el politeísmo
dominante y la existencia de una conciencia unitaria ética, llamada la voz de la
conciencia” (Terán, J. 2007:239).
Aristóteles es quién asienta la concepción de un solo Dios. Sin embargo Sócrates
es quién introduce la idea de una conciencia unitaria, la ética de donde se deriva
la teoría del alma y el cuerpo como dos cosas distintas: mientras el cuerpo
representa los malos instintos, los malos impulsos; el alma contiene las cosas
valiosas, la que nos da la conciencia de lo que está bien o mal.
Con base a las ideas de Sócrates acerca de la comprensión del hombre como un
8
compuesto de alma y de cuerpo, Platón las retoma para la construcción de la idea
de un hombre justo y que a partir del hombre justo, la sociedad es justa.
“la teoría del alma y del cuerpo socrático-platónica, todo los valores éticos y religiosos
habrán de hallarse en el alma” (Terán, J. 2007:240).
En la obra de Platón, “La República”, se habla de las características de un hombre
justo; el alma del hombre justo deberá tener tres facultades esenciales: la razón,
la voluntad y la sensibilidad.
Las facultades también irán acompañadas de tres virtudes:
1 La sabiduría o prudencia ejercitada a través de la razón.
2 La valentía que se deriva de la voluntad.
3 La Templanza que deviene de la sensibilidad.
Este triángulo de facultades y virtudes son las que van a formar un hombre justo. De tal
suerte que si cada hombre es educado en estas tres virtudes y facultades se va a
crear una sociedad justa que podrá coordinarse entre sí, y para Platón en esto
consiste la justicia.
“Hay un paralelismo entre los grupos sociales, sabios, guerreros y artesanos, y los
estratos o facultades del alma: razón, voluntad y sensibilidad. La justicia consiste en la
coordinación entre estos grupos sociales” (Terán, J. 2007:241)
La justicia ha cambiado con el tiempo y depende de la sociedad y el sistema jurídico
que se adopte, es la cultura de cada sociedad la que determina la justicia y el
valor que ésta tiene.
2.1.1. La justicia según Aristóteles
Aristóteles es el primer filósofo que presenta una teoría realista, ya que las ideas
vienen de lo que se ve de la realidad, es decir la realidad no es consecuencia de las
ideas, sino que las ideas son creadas por la realidad, es él quien introduce el
sentido común a la historia del pensamiento.
La doctrina aristotélica no se llama idealismo, sino realismo, porque sostiene que la
La razón La voluntad La sensibilidad
La sabiduría o
prudencia
ejercitada a través
de la razón
La valentía que se
deriva de la
voluntad
La Templanza que
deviene de la
sensibilidad
9
realidad no es un reflejo de las ideas arquetípicas, sino que las ideas, por ser
formaciones de la mente, son reflejo de la realidad. (Terán, J. 2007:248)
Partiendo de este sentido común, para Aristóteles la justicia se trata de una
proporcionalidad variable, no hay una definición única de justicia esta dependerá de
dónde se opere y los elementos reales de la justicia de tal suerte que la justicia
puede ser: Distributiva, Correctiva y Conmutativa
La Justicia distributiva: consiste básicamente en dar a cada quién lo que
corresponde, el reparto de bienes y honores en función de su mérito.
“La justicia distributiva consiste en que a cada uno se le confieran los cargos y honores
en tanta medida como lo ameriten o merezcan sus capacidades” (Terán, J. 2007:248)
Por ejemplo:
En una empresa hay dos empleados de la misma edad, con las mismas funciones por
consiguiente y de acuerdo a Aristóteles habrán de recibir el mismo salario, sin embargo
si uno de ellos tiene un nivel de educativo mayor al otro consecuentemente el salario
de este deberá ser mayor o tendrá un cargo superior en la empresa.
Esto es lo que Aristóteles considera justicia distributiva, y que corresponde con una
igualdad de circunstancias de acuerdo a las capacidades y méritos, si se dieran
cosas iguales a personas desiguales se violaría ésta justicia.
De acuerdo a la concepción de justicia de Aristóteles, la justicia distributiva es el
equivalente al Derecho Público en el que encontramos al Derecho Constitucional,
Administrativo, Fiscal, del Trabajo. Todos estos derechos, conjunto de normas e
instituciones buscan la aplicación de la justicia distributiva en las relaciones entre el
Estado como órgano que ostenta el poder público y las personas y entidades privadas
cuando el estado actúa en ejercicio de sus facultades.
Tomando como ejemplo el Derecho Fiscal analiza el siguiente caso:
Un comerciante debidamente establecido y dentro del marco legal, obtiene como
ganancia mensual por la venta de sus productos, la cantidad de 13,000.00 (Trece mil
Distributiva
CorrectivaConmutativa
10
pesos m/n), al finalizar el año y de acuerdo a la ley, realiza una declaración de
impuestos a la institución correspondiente, la autoridad determina que deberá pagar 10,
000 (diez mil pesos) de impuestos por mes, haciendo un total de 120,000.00 (ciento
veinte mil pesos) por el año.
Por otro lado una pequeña empresa que obtiene de ganancias al mes por más de 300,
000.00 (trescientos mil pesos) al mes, al declarar sus impuestos la autoridad determina
que deberá pagar 10,000.00 (diez mil pesos) de impuestos por mes, haciendo un total
de 120,000.00 (ciento veinte mil pesos) por el año.
En este ejemplo puedes observar como no se aplicó la justicia distributiva la que se
refiere Aristóteles, en la actualidad en el Artículo 31 fracción IV de la Constitución
Política de México que a la letra dice: “Contribuir para los gastos públicos, así de la
Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la
manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. (Cámara de Diputados H.
Congreso de la Unión, p. 29).
En este citado artículo se contiene un principio de equidad tributaria que deben
aplicar las instituciones encargadas de cobrar los impuestos, este principio consiste en
que la autoridad no pude solicitar a las personas que ganan menos pagar más de
impuestos que las que ganan más.
La justicia conmutativa: esta justicia se refiere a los hombres que comercian entre sí
a través de contratos verbales o escritos, mediante estos intercambios se adquieren
obligaciones y derechos. Así lo justo, es que quien oferta un servicio o un producto
pedirá un precio que sea equivalente a lo que ofrece, esa sería primera obligación y
su derecho es el de obtener el dinero pactado. El comprador al aceptar el trato tendrá
el derecho de recibir el producto o servicio una vez que realice el pago y la obligación
de pagar en el tiempo y la cantidad que hayan acordado comprador-vendedor.
“La justicia conmutativa atiende a que los hombres comercian a través de sus
convenciones” (Terán, J. 2007:248).
La justicia conmutativa Aristóteles plantea como equivalente al Derecho Civil,
cuando hay alguna controversia en lo que se refiere a contratos entre particulares, o
entre éstos y el Estado en este caso no actúa como órgano que ostenta del poder sino
como particular.
Por ejemplo:
El gobierno de la ciudad de México realiza un evento en el centro de la ciudad, para lo
cual contrata los servicios de un grupo muy conocido, en el contrato se establece que
el gobierno pagará la cantidad de 100,000 (cien mil pesos) por cuatro horas de
espectáculo, de esta cantidad se pagará 50,000 (cincuenta mil pesos) antes del
concierto y la otra mitad al finalizar, sin embargo, el día del evento el gobierno no
realiza el pago, el abogado del grupo demanda el pago a través del órgano
11
jurisdiccional competente, en este caso un juez de lo civil quién determinará quién tiene
el derecho de recibir y quién la obligación de otorgar.
En este ejemplo puedes observar como el Estado puede también actuar como
particular y tendrá que sujetarse a la normas no importa que sea el que ostenta del
poder público, y con ello adquirir obligaciones y derechos civiles. De acuerdo con la
justicia conmutativa en el caso del ejemplo, lo justo sería que el gobierno del Estado
cumpliera con el contrato y pagará el resto del dinero que se pactó en el contrato.
La justicia correctiva. Y esta justicia dice Aristóteles será aplicada cuando se cometa
un delito para lo cual la pena que se impugna será proporcional al delito, así por
ejemplo no sería justo que por un robo de 100 pesos se imponga una pena equivalente
a 10 años de prisión.
“Los hombres incurren a faltas punibles; adviene entonces la justicia correctiva
aristotélica” (Terán, J. 2007:249).
Para Aristóteles, la justicia correctiva es el equivalente al Derecho Penal, cuando
se lleva a cabo una conducta considerada como delito es necesario imponer una pena,
pero la misma deberá ser proporcional a la conducta que se castiga, el principio de
proporcionalidad de la pena es el que se considera en el Derecho Penal.
Como puedes darte cuenta las diferentes teorías de justicia a las que se refiere
Aristóteles están plasmadas en los diferentes ordenamientos jurídicos, en las
instituciones y en los principios del derecho, finalmente la justicia va de la mano
con el Derecho, desde Aristóteles se planteaba diferentes concepciones de la justicia,
no como un todo si no que la justicia dependerá de la realidad a la que se quiera
aplicar.
2.1.2. La justicia de acuerdo a Santo Tomás
Desde San Agustín a Santo Tomás florece la filosofía cristiana, sin embargo es con la
filosofía de Santo Tomás, en el siglo XIII, que se produce una diferencia. Mientras San
Agustín presenta una teoría pesimista del hombre en el aspecto terrenal, en tanto
que Santo Tomás produce una idea optimista del concepto del hombre y del
Derecho Natural.
Este filósofo teológico, también llamado Doctor Angelicus, basa su doctrina en las
ideas de Platón y Aristóteles, y para Platón las virtudes se basan en la justicia y
esta es sustentada en la idea del bien, lo que culmina en la armonía de todos.
Santo Tomás además retoma la teoría de San Agustín pero introduce la idea de la
justicia relacionada con el bien común lo que finalmente da paso a la Escuela
Clásica.
“Donde la ley, dirá Santo Tomás, no es otra cosa que una prescripción de la razón, en
vista del bien común, promulgada por aquel que tiene a su cargo la comunidad.”
12
(Álvarez, M. 2001:343).
En la obra de Santo Tomás Summa Theologie define a la justicia como un hábito
por el que cada hombre le da a cada uno lo que es suyo mediante una voluntad
constante y coloca a la justicia dentro de las cuatro virtudes principales es decir:
La templanza, La prudencia, La fortaleza, La justicia.
Considera que cada acción dirigida al bien común es producto de la justicia y esta
es la que habrá de dirigir todas las virtudes al bien común.
Pero ¿qué papel tiene la ley en la concepción de la justicia de Santo Tomás?
“Santo Tomás dirá que la ley eterna, fuente de todas las demás leyes, es la razón
eterna de Dios” (Álvarez, M. 2001:344).
Para Santo Tomás, la ley regula las acciones del hombre para que éstas sean
encaminadas a ese bien común; pero la ley es producto de la razón y por lo tanto
de los seres humanos. Sin embargo para Santo Tomás hay una ley eterna de la
cual emanan las leyes humanas, ésta ley es la razón eterna de Dios y es
expresada a través de la ley natural que tiene como principio rector: hacer el bien
y evitar el mal.
Finalmente la ley humana sólo sirve para definir y precisar la ley natural y para aplicar
ésta última a los casos particulares.
La concepción del Derecho Natural de Santo Tomás consiste en que el destino del
hombre en la tierra es luchar por el bien divino que debe iniciar en la tierra, para éste
filósofo lo injusto es un pecado que va en contra de Dios, el pecado es un atributo que
deviene de la naturaleza humana pero que es necesario combatir.
Las consecuencias de tales enmiendas de la doctrina tomista implican, no un derecho
natural puro y absoluto, sino dos derechos naturales… Una cosa son las
determinaciones de la justicia divina en el grado de perfección ideal, y otra las
determinaciones de la voluntad de Dios, las normas emanadas de El para la condición
natural de la especie humana. (Terán, J. 2007:269).
Es así que Santo Tomás refiere que hay dos justicias la justicia divina que será
impartida por Dios mismo y la justicia natural que es emanada por Dios para los
humanos pero a través del derecho natural y que deberá ser aplicada en la tierra.
Finalmente la teoría tomista de justicia dice que si las leyes emanadas del Estado no
están basadas en la ley eterna no serán justas, pero también refiere que la ley es justa
cuando obedece al bien común.
La templanza La prudencia La fortaleza La justicia
13
La distinción que hace Santo Tomás entre la ley natural y la ley humana, permite
comprender finalmente que si una ley positiva o humana llegara a contraponerse a la
ley natural o eterna, debe de seguir siendo obedecida ya sea por conveniencia, para
conservar el orden o por obedecer a la autoridad legítima
Santo Tomás concluye que las leyes son justas cuando toman de la ley eterna, de
la cual derivan, el poder de obligarnos en nuestro fuero interno. Más existe otra
clase de justica en las leyes para el Doctor Angélico, cuando ésta se da en razón de su
fin, por lo tanto una ley es también justa cuando está ordenada en vista del bien común.
(Álvarez, M. 2001:344).
“El estudio del Derecho en su tercera dimensión es el de la justicia como el valor o
exigencia ético-jurídica por excelencia” (Álvarez, M. 2001:311)
Las diferentes concepciones de justicia van ligadas al derecho, y principalmente al
derecho natural o positivo.
Las principales características de la definición de justicia de acuerdo a Santo Tomás
son:
. Lo justo lo determina Dios, su voluntad se expresa a través del Derecho Natural
o ley eterna.
. La ley eterna tiene como principio rector: hacerse el bien y evitar el mal.
. Las leyes humanas deben derivar del Derecho Natural para que sean justas.
. Si las leyes humanas no derivan del Derecho Natural pero se crean para que el
bien común prevalezca, también la considerada justa.
. Si una ley humana se contrapone a la ley natural o eterna, debe ser obedecida
por así convenir a preservar el orden social y respetar a la autoridad legítima.
2.1.3. La justicia de acuerdo a la Escuela Clásica
La Escuela Clásica es llamada así debido al movimiento filosófico protagonizado
por autores como Grocio (1583-1645), Hobbes (1588-1679), Spinoza (1632-1677),
Locke (1632-1704), Puffendorf(1632-1694) y Tomasio (1655-1728), estos autores
aportaron grandes teorías, con las que creyeron resolver el problema de la
justicia a través de la naturaleza humana.
“En la escuela clásica… va a crear una idea de los derechos naturales del hombre
distinta a la idea teológica. Establecerá que los derechos naturales del hombre se
fundan en principios axiomáticos racionales de modo matemático” (Terán, J. 2007:280).
Para comprender en qué consiste este movimiento de la escuela clásica se presentan
las principales aportaciones de cada autor:
Hugo Grocio. “Lo justo es aquello que se demuestra conforme a la naturaleza social
14
del hombre” (Álvarez, M. 2001:345).
Este pensador considera que la razón se expresa en el Derecho Natural y la razón
es la que nos dice lo que es bueno o malo, lo es justo o injusto. Así lo justo dependerá
de la naturaleza del hombre y de su razonamiento.
Tomás Hobbes. “Según Hobbes es hasta que surge el Estado que puede hablarse de
justicia, porque donde no hay ley no hay injusticias y no hay ley donde no exista una
voluntad superior que la imponga.” (Álvarez, M. 2001:345).
Sostiene que el hombre por naturaleza es vanidoso, temeroso y codicioso, por
esta razón siempre hay peleas entre los hombres, pero el estado natural del
hombre debe cambiar, por ello se constituye el Estado el hombre renuncia a luchar
contra otros para sobrevivir y es a partir del surgimiento del Estado que se puede
establecer la justicia. El Estado expresa su poder determinando a través de las
leyes lo que es justo o injusto, sin embargo el Estado tiene un límite, el de no romper
el pacto por el cual es creado.
Benito Spinoza. “Porque es sólo al auspicio de ese poder superior que puede
concebirse la justicia” (Álvarez, M. 2001:346).
Considera que la razón humana es tocada por la divinidad y por ello pone límites
al poder, gracias a eso es posible instaurar un poder superior que gobierne a
todos, sólo con la ayuda de ese poder superior es posible que se pueda entender
la justicia, sin embargo los hombres no pueden renunciar a ciertos derechos como: la
libertad de pensamiento y creencia.
John Locke. Considera que el Estado es un colaborador para proporcionar el bien
común, los hombres tienen derechos que se expresan en las constituciones civiles, en
donde además se establece el contrato donde los hombres renuncian a sus
derechos naturales a cambio de protección, pero el pueblo no cedió todos sus
derechos, de las consideraciones de Locke surgen las ideas de los Derechos
Humanos, ya que considera que los derechos subjetivos como la libertad,
propiedad, la vida son inalienables y el Estado deberá proteger estos derechos.
Samuel Puffendorf. Refiere que el Estado es una persona moral independiente de los
que lo conformaron y que tiene como único fin el de procurar la seguridad y la paz
de todos, considera que el Derecho Natural es anterior al Estado y por ello el
derecho positivo emanado de él debe sujetarse al Derecho Natural. Este autor
reconoce que hay derechos individuales pero también hay derechos como miembros
de un grupo social.
Cristian Tomasio. Lo más importante de las teorías de este autor es que considera
que hay tres principios supremos del hacer:
. La honestidad, considera que este principio es la base de la ética o moral y que
15
proporciona una paz interna a cada individuo.
. Lo decoroso, que consiste en el respeto a nuestros semejantes, no hacer lo que
no queremos que nos hagan.
. Lo justo, el principio central del Derecho que se encarga de las acciones
humanas, cuando éstas acciones perturban la paz de los demás y deben ser
sancionadas.
La valoración del derecho y el estado que va a ser establecida a través del derecho y
del estado que va a ser establecida a través de la Escuela clásica del derecho natural
es mucho más familiar para la actualidad. Se establecen las instituciones jurídicas a
partir de la libertad y de los derechos individuales del hombre, que son el eje valorativo
de las instituciones sociales. (Terán, J. 2007:282)
Con el análisis de las principales ideas de cada filósofo, te darás cuenta que ellos
coinciden en varios puntos:
. Consideran que la justicia se debe entender a través de la naturaleza humana, de la
cual se derivan un conjunto de normas universalmente válidas.
. Sostienen que el contrato social dio origen al Estado, y que antes de su creación el
hombre vivía en un estado de naturaleza salvaje.
. Analizan la realidad, lo que permite a estos autores sentar las bases de los derechos
humanos.
. En lo corresponde a la justicia y el derecho, coinciden en que es el Estado quien debe
impartir dicha justicia, a través de un conjunto de normas que habrán de imponerse
atendiendo a la naturaleza del hombre y de sus derechos inalienables.
Si bien las teorías que analizaste acerca de la justicia se basan en el Derecho Natural o
Derecho Positivo las tres coinciden en que dependerá de la realidad social que se viva
para determinar lo que es justo y que la impartición de la justicia quedará a cargo del
Estado que deberá atender el bien común y mantener la paz entre sus gobernados.
La naturaleza humana paso por tres etapas de desarrollo:
1. De carácter religioso, en donde la explicación a la realidad era a través de la
concepción mágico-religiosa del mundo y se ve reflejado en las teorías del Derecho
Natural expresadas por los filósofos que ya analizaste con Santo Tomás de Aquino.
2. La introducción de elementos racionales en la captación de las cosas y la realidad,
esta etapa es representada en la Escuela Clásica, en donde se analiza las
construcciones sociales racionalmente pero aún con un trasfondo metafísico.
3. La etapa científica se guía por una concepción racional experimental de las cosas, el
conocimiento de los hechos, de ahí surgen los postulados del Derecho positivo, en
donde además refieren que el destino de la humanidad es el progreso científico y este
progreso consiste en llevar a los hombres a una felicidad en el disfrute material y
espiritual por las leyes.
16
El Derecho debe de encaminarse a buscar la felicidad de los hombres con un sistema
jurídico que proteja y garantice los derechos y libertades de los hombres.
Actividad 1. La justicia mediante ejemplos
Propósito: En esta actividad identificarás las teorías de Justicia, estas teorías te
ayudarán a entender la relación entre la justicia y el Derecho.
Instrucciones:
1. En un documento elabora tres historias de casos reales donde relaciones y
ejemplifiques cada una de estas teorías:
. Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles
. Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás
. Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica
2. Elabora una conclusión en la que incluyas un ejemplo de lo que tú consideras que es
la justicia. Cada historia deberá ser en 1 cuartilla sin considerar la portada y las
conclusiones. No olvides cuidar tu redacción y utiliza una correcta ortografía.
3. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U2_A1_XXYZ. Sustituye las XX por
las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la
Z por la inicial de tu apellido materno.
4. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise
y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo.
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
EXCELENTE
DATOS DE IDENTIFICACIÓN
Incluye los datos básicos de identificación del trabajo:
alumno, nombre del curso, nombre de la tarea y fecha
CONTENIDO
Las tres historias reflejan comprensión, distinción, asim
ejemplificación de cada una de las teorías de justicia d
Tomás y Escuela Clásica requeridas para su elaborac
CONCLUSIÓN
La conclusión tiene un resumen claro de lo que plante
de Aristóteles, Santo Tomás y Escuela Clásica y tiene
respaldo teórico que se refleja en su ejemplo de justic
17
ORGANIZACIÓN
La información es clara y objetiva al expresar las ideas
lógico.
ORTOGRAFÍA
El texto no tiene errores ortográficos o tipográficos. Us
signos de puntuación. Respeta las normas de acentua
18
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 2. Justicia y legalidad
Actividad 1. La justicia mediante ejemplos
Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
01/06/2013
Actividad 1. La justicia mediante ejemplos
Propósito: En esta actividad identificarás las teorías de Justicia, estas teorías te
ayudarán a entender la relación entre la justicia y el Derecho.
Instrucciones:
1. En un documento elabora tres historias de casos reales donde relaciones y
ejemplifiques cada una de estas teorías:
. Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles
. Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás
. Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica
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2. Elabora una conclusión en la que incluyas un ejemplo de lo que tú consideras que es
la justicia. Cada historia deberá ser en 1 cuartilla sin considerar la portada y las
conclusiones. No olvides cuidar tu redacción y utiliza una correcta ortografía.
3. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U2_A1_XXYZ. Sustituye las XX por
las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la
Z por la inicial de tu apellido materno.
4. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise
y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo.
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
La justicia mediante ejemplos
“El Derecho, no debe ser justo para ser Derecho, pero sí debe o
debería serlo para gozar de plena validez moral o fuerza
obligatoria” (Álvarez, M. 2001 p.310)
Resumen
Este trabajo tiene la intención de ejemplificar las teorías de Aristóteles, Santo Tomás y
la Escuela Clásica a través de tres historias de casos reales a fin de relacionar la
justicia y el Derecho.
Palabras Clave: Justicia, Derecho, Aristóteles, Santo Tomás, Escuela Clásica
Abstract
The intent of this paper is to exemplify the theories of Aristotle, Saint Thomas and
Classical Economics through three real life stories so as to relate justice and Law.
Key words: Justice, Law, Aristotle, Saint Thomas, Classical Economics
20
Índice
Introducción 5
Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles 6
Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás 7
Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica 8
Conclusión 9
Fuentes de Consulta 9
La justicia mediante ejemplos
Introducción
Con el fin de identificar las teorías de justicia para entender la relación entre ésta
y el Derecho, a continuación hemos elegido tres historias de casos reales donde
relacionamos y ejemplificamos cada una de las teorías de Aristóteles, Santo Tomás y la
Escuela Clásica.
Como antecedente, el Derecho fue creado para mantener un ambiente de paz y
tranquilidad que proveerá a cada quien lo que le pertenece. Inicialmente surge el
Derecho Natural, con teorías como: iusnaturalismo e iusnaturalismo deontológico,
después el Derecho Positivo y finalmente el Derecho Vigente. Lo justo para unos
puede ser injusto para otros, por lo que el derecho debe contener la justicia en sus
normas. La justicia tiene distintas maneras de concebirse y es la cultura de cada
sociedad la que determina su justicia y su valor.
Aristóteles es quien presenta una teoría realista, donde las ideas son creadas
por la realidad. Produciendo una idea optimista del concepto del hombre y del Derecho
21
Natural, las ideas de Santo Tomás se fundan en las de Aristóteles y Platón; retomando
la ideología de San Agustín, quien presenta una teoría pesimista del hombre en el
aspecto terrenal; y finalmente dando paso a la Escuela Clásica, perteneciente al
movimiento filosófico de Grocio, Hobbes, Spinoza, Locke, Puffendorf y Tomasio,
quienes aportaron teorías con las que creyeron resolver el problema de la justicia a
través de la naturaleza humana.
Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles
Aristóteles introduce el sentido común a la filosofía, lo que lo lleva a concluir que
la justicia depende del lugar y de su realidad, haciéndola distributiva, equivalente al
Derecho Público donde cada quien recibe lo que le corresponde según sus méritos y
capacidades; conmutativa, equivalente al Derecho Civil, donde el Estado se convierte
en particular cuando existe un intercambio de obligaciones y derechos en contratos
verbales o escritos; y correctiva, equivalente al Derecho Penal, donde se aplica el
principio de proporcionalidad de la pena: la pena debe ser equivalente al delito.
En su obra “Casos Prácticos en la Aplicación del Principio de Proporcionalidad
de los Impuestos”, J. M. Terán ejemplifica la capacidad contributiva de Aristóteles con
el caso de un terreno que fue comprado en $100 por su cliente hace 20 años y que hoy
tiene un valor de $20,000. El Sr. Terán justificó el aumento del valor diciendo que se
debió a dos causas: fenómeno de inflación durante 20 años y porque al lado del terreno
pasó la construcción de una nueva carretera, lo que ocasión el aumento en el haber
patrimonial del cliente en $19,900, incrementando la capacidad económica de éste en
esa misma cantidad. Para efectos de un impuesto sobre la renta ese aumento podría
apreciarse como generador de capacidad contributiva, a menos que no se considerase
22
el aumento de valor de los bienes como un ingreso acumulable; y en el momento en su
cliente eligiese vender la propiedad, éste cumpliría su obligación de pagar los
impuestos correspondientes.
Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás
Las ideas de Santo Tomás se fundamentan en las de Aristóteles y Platón, quien
sostenía que las virtudes se basan en la justicia y ésta es sustentada en la idea del
bien, lo que culmina en la armonía de todos. También retoma la ideología de San
Agustín introduciendo la idea de la justicia relacionada con el bien común. En su obra
“Summa Theologie” define a la justicia como un hábito por el que cada hombre le da a
cada uno lo que es suyo a través de una voluntad constante, colocándola dentro de las
cuatro virtudes principales: la templanza, la prudencia, la fortaleza, y la justicia.
Sostenía que la ley regula estas acciones y es producto de la razón, por ende, de los
seres humanos, pero hay una ley eterna de la cual emanan las leyes humanas y se
expresa mediante la ley natural cuyo principio rector es hacer el bien y evitar el mal. La
concepción del Derecho Natural de Santo Tomás consiste en que cada acción dirigida
al bien común es resultado de la justicia y ésta es la que dirigirá todas las virtudes
hacia el bien común.
El mejor ejemplo de las teorías de Santo Tomás son el respeto y protección de
los derechos fundamentales de todos las personas, como la libertad y vida, como
producto del derecho natural por ser otorgadas por un ‘ser supremo’, que se garantizan
en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya legislación fue
creada por seres humanos para el bien común como resultado de sus virtudes,
cubriendo los parámetros establecidos por Santo Tomás para hacerla justa.
23
Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica
La Escuela Clásica resolvió el problema de la justicia a través de la naturaleza
humana con las ideas de Hugo Grocio, quien sostiene la razón se expresa en el
Derecho Natural y que lo justo dependerá de la naturaleza del hombre y de su
razonamiento; Tomás Hobbes, quien considera que el Estado, creado para establecer
la justicia, expresa su poder determinando a través de las leyes lo que es justo o
injusto, limitado por el motivo de su creación, a fin de cambiar el estado natural belicoso
del hombre, producto de su vanidad, temor y codicia; Benito Spinoza, quien establecía
que aunque los hombres no pueden renunciar a la libertad de pensamiento y creencia,
la justicia sólo puede entenderse con la ayuda de un poder superior que gobierne a
todos y cuyos límites surgen de la divinidad que toca la razón humana, John Locke,
quien refiere que los derechos subjetivos como la libertad, propiedad, la vida son
inalienables y el Estado deberá proteger estos derechos, como colaborador hacia el
bien común, en función del contrato social donde el pueblo renuncia a sus derechos
naturales a cambio de esa protección; Samuel Puffendorf, que piensa que el único fin
del Estado es procurar la seguridad y la paz de todos; que el Derecho Natural es
anterior al Estado; y el Derecho positivo se sujeta al Natural; y Cristian Tomasio, quien
considera que hay tres principios supremos del hacer: la honestidad como base de la
ética o moral; lo decoroso o el respeto a los semejantes; y lo justo con respecto a las
acciones humanas que por perturbar la paz deben ser sancionadas. De estas teorías
surge el Derecho positivo encaminado hacia la búsqueda de la felicidad al hombre, a
través de un sistema jurídico que proteja y garantice sus derechos y libertades.
24
Conclusión
Para cerrar, me gustaría presentar la vida de Abraham Lincoln como el ejemplo
perfecto del vínculo entre la justicia y el Derecho. Abraham Lincoln dedicó su vida a
defenderla. Hijo de un carpintero, huérfano de madre desde chico, estudió derecho por
su cuenta, porque consideraba que la ley era la clave del bien común. Como diputado
en su país, criticó la esclavitud practicada en los estados sureños con las personas de
raza negra. En 1860 cuando fue electo presidente esos estados se separaron de la
unión americana. Se inició una guerra civil entre el sur y el norte, que apoyaba a
Lincoln. El presidente declaró la libertad de todos los esclavos en 1863, creando la
enmienda a la constitución que abolía la esclavitud. Al término de la guerra, en 1865,
los ciudadanos reconocieron que era el principio de una nación más justa, una opinión
que comparto.
Fuentes de Consulta
1. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el
31 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171
2. Terán, J.M. (2007). Filosofía del Derecho. México, Porrúa.
3. Calvo Nicolau, E. Casos Prácticos en la Aplicación del Principio de
Proporcionalidad de los Impuestos. Universidad Nacional Autónoma de México.
Recuperado el 30 de julio del 2013 de
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/20/pr/pr32.pdf.
2.2. La legalidad en una sociedad globalizada
En este apartado se analizará la influencia de los demás países en la forma de legislar
en México, como sabes las reformas a las leyes muchas veces obedecen más a una
25
política internacional, que a las necesidades mismas de cada Nación, pero ¿qué tantos
beneficios o perjuicios han ocasionado estas leyes?, eso depende del criterio personal
y por ende de la cultura de cada país
“Los hombres ya no quieren confiar en otra justicia que no sea la equitativa distribución
de los bienes” (Terán, J. 2007:316).
La legalidad incluye la conceptualización de justicia en la actualidad, que es
entendida de manera generalizada como el de dar a cada quien lo que
corresponda y en que los derechos sean respetados. El mundo al intercambiar
conocimientos debido a la globalización también ha homogeneizado en gran parte las
normas jurídicas que les rigen y por ello también la idea de justicia y su percepción a
nivel mundial es la equidad en bienes.
Se puede apreciar esta globalización de leyes a través de los tratados internacionales,
aunque no todos los países del mundo han firmado estos la gran mayoría lo ha hecho,
Para entender como se ha dado esta globalización de la legalidad primero debes
conocer la jerarquía de las leyes en nuestro país, comprender los ordenamientos
que están encima del otro como la pirámide de Kelsen, pero también debes saber
cómo futuro servidor público en donde está sustentada esta jerarquía.
Posteriormente conocerás el origen y el alcance de los Tratados Internacionales. Así
como en México contamos con tribunales que protegen nuestros derechos y castigan a
quienes los han violentado, a nivel internacional hay organismos que se encargan
de vigilar que los Tratados Internacionales que hayan firmado los diferentes
países sean respetados para que el mundo tenga paz.
Mantener la paz mundial no es tarea fácil, menos aun cuando un país no puede
mantener esta paz en su propio territorio, por consiguiente ¿cómo se pretende
mantener un orden social global? Como versa un dicho “el buen juez, por su propia
casa empieza”, primero debemos educar a las personas en una cultura de legalidad, en
el respeto a las leyes a las instituciones que conforman nuestro sistema jurídico para
que de esta manera se extienda a todo el mundo. El delito siempre va a existir, pero
¿podemos disminuirlo?, esta respuesta la responderás tú mismo al finalizar la
asignatura.
2.2.1. Jerarquía de leyes en México
Primero la jerarquía es un criterio que establece una superioridad o subordinación de
personas, instituciones o conceptos. Hay una jerarquía social, en donde algunas
personas o grupos sociales son superiores a otros por razones políticas, económicas o
educativas.
También hay una jerarquía de leyes, en México ésta jerarquía la establece la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 133
26
constitucional, que a la letra dice:
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen
de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y
que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado,
serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán
a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario
que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
Así es como finalmente la Ley Suprema la constituyen la Constitución, las leyes del
Congreso de la Unión y los Tratados Internacionales, anteriormente los Tratados
Internacionales estaban por debajo de la Constitución en esta jerarquía de leyes, sin
embargo debido a la globalización y a que se han estrechado los lazos con los
diferentes países ha sido necesario reformar el artículo 133 constitucional, pero se
ha buscado mantener el principio de supremacía constitucional que es la base de
todo sistema jurídico.
La soberanía de la Nación depende del principio de supremacía constitucional, la
reforma a la constitución pone a la par de la constitución los tratados internacionales, lo
que presupone un conflicto por ejemplo, un artículo constitucional es contrario a un
tratado internacional, ¿Qué artículo debe ser reformado el del tratado internacional o la
constitución?
En este supuesto si el artículo constitucional se reforma atendiendo al Tratado
Internacional como resultado, la soberanía de nuestra Nación queda en entre dicho,
pero si no se reforma aunque se contraponga al Tratado Internacional se estaría
contradiciendo a la misma Constitución.
Para la resolución de este conflicto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es
una institución fundamental del sistema jurídico mexicano, ésta establece en la
siguiente tesis jurisprudencial:
Registro núm. 172650
Localización: Novena época, instancia: pleno, fuente: Semanario Judicial de la
Federación, XXV, abril de 2007, p.6, tesis: P. IX-2007, tesis aislada, materia(s):
constitucional.
Tratados internacionales. Son parte integrante de la Ley Suprema de la Unión y
se ubican jerárquicamente por encima de las leyes generales, federales y locales.
Interpretación del artículo 133 constitucional
La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos permite identificar la existencia de un orden jurídico superior, de
carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados internacionales y
las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los
principios de derecho internacional dispersos en el texto constitucional, así como con
las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho, se concluye que los
27
tratados internacionales se ubican jerárquicamente abajo de la Constitución federal y
por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado
mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena
sobre el Derecho de los Tratados entre los Estados y Organizaciones Internacionales o
entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental
de derecho internacional consuetudinario (usos o costumbres) pacta suntservanda o
«lo pactado obliga», contrae libremente obligaciones frente a la comunidad
internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y
cuyo incumplimiento supone, por lo demás, una responsabilidad de carácter
internacional.
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Sin embargo posterior a la anterior tesis jurisprudencial, la Suprema Corte de Justicia
emite otra tesis jurisprudencial:
TRATADOS INTERNACIONALES. CUANDO LOS CONFLICTOS SE SUSCITEN EN
RELACIÓN CON DERECHOS HUMANOS, DEBEN UBICARSE A NIVEL DE LA
CONSTITUCIÓN.
Los tratados o convenciones suscritos por el Estado mexicano relativos a derechos
humanos, deben ubicarse a nivel de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, porque dichos instrumentos internacionales se conciben como una
extensión de lo previsto en esa Ley Fundamental respecto a los derechos humanos, en
tanto que constituyen la razón y el objeto de las instituciones. Por lo que los principios
que conforman el derecho subjetivo público, deben adecuarse a las diversas
finalidades de los medios de defensa que prevé la propia Constitución y de acuerdo
con su artículo133 las autoridades mexicanas deben respetarlos, por lo que bajo
ninguna circunstancia pueden ser ignorados por ellos al actuar de acuerdo a su ámbito
competencial.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; P. 2079
Con esta tesis la Suprema Corte nos ha dado la respuesta, cuando se trate de
Tratados Internacionales que contengan derechos humanos, estarán por encima de la
Constitución y por ende el poder legislativo deberá hacer las reformas necesarias para
que el artículo que contravenga las disposiciones de dichos tratados, se adecue a las
disposiciones que en materia de derechos humanos contengan los Tratados
Internacionales.
Observa la pirámide de Kelsen ajustada a nuestra jerarquía de leyes.
 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEYES
 FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES.
 LEYES ORGÁNICAS Y ESPECIALES
 LEYES ORDINARIAS Y DECRETOS LEY
 REGLAMENTOS
 ORDENANZAS
28
 SENTENCIAS
Jerarquía de leyes
2.2.2. Tratados internacionales
Los Tratados Internacionales surgen con la convención de Viena de 1969, pero antes
de entrar en el análisis de la convención de Viena, primero hay que definir qué es un
tratado por este se entiende que es un acuerdo internacional que se hace por escrito
entre Estados, ya sea de manera bilateral en la que intervengan dos partes o
multilaterales de tres o más, estos Tratados están regidos por el Derecho Internacional.
El Tratado es un acto jurídico que tiene repercusiones a nivel Internacional, ya que hay
organismos internacionales que se encargan de vigilar su cumplimiento. Pero ¿quién
puede firmar estos Tratados? Serán firmados por los sujetos que tengan el carácter de
personas jurídicas colectivas, pero actúan a través de una persona física que los
representa, estas personas jurídicas colectivas, son principalmente los Estados pero
también hay organizaciones internacionales.
Los tratados pueden ser firmados con la finalidad de regular las cuestiones
intergubernamentales, como préstamos económicos, intercambio de estudiantes,
profesionales, asesoría científica o técnica, pero también hay tratados que modifican la
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, LEYES
FEDERALES Y TRATADOS
INTERNACIONALES
LEYES ORGÁNICAS Y ESPECIALES
LEYES ORDINARIAS Y DECRETOS LEY
REGLAMENTOS
ORDENANZAS
SENTENCIAS
29
esfera jurídica de los Estados contratantes y que afectan a los gobernados. Para que
un Tratado Internacional sea válido es necesario que el representante del Estado firme
dicho Tratado, pero además deberá ser ratificado por el gobierno respectivo.
En el caso de los Tratados que modifican la esfera jurídica de los gobiernos que los
firman y ratifican, estos estados se comprometen a incorporar las normas en su
sistema jurídico y adquieren la jerarquía que le otorgue su ordenamiento jurídico.
La legislación internacional se lleva a cabo mediante el acuerdo de voluntades de los
sujetos a quien se le otorga el iustractio derecho a producir tratados o normas de
Derecho Internacional. Los Tratados Internacionales como fuente formal del Derecho
implican dos procesos jurídicos:
El primero El segundo proceso
Implica las fases y requisitos formales
que se requieren para la elaboración y
la firma del Tratado Internacional, este
proceso se rige por la costumbre
internacional y el Derecho
Internacional.
Consiste en la incorporación del tratado al
sistema jurídico de los Estados
contratantes, para lo cual se revisarán las
disposiciones establecidas en la
Constitución, Ley sobre la celebración de
Tratados y en las demás que contemplen
los requisitos y formalidades para dicha
incorporación.
Los Tratados Internacionales surgen con la Convención de Viena sobre el Derecho de
los Tratados, dónde México se suscribió sin reservas, objeciones o declaraciones
interpretativas el día 23 de Mayo de 1969, dicho Tratado fue aprobado por el Senado
de la República el día 29 de Diciembre de 1972 y la ratificación se realizó el 25 de
Septiembre de 1975, es por ello que México se encuentra sujeto a las disposiciones del
Tratado de Viena.
La Convención de Viena de 1969 regula los Tratados Internacionales que se celebran
entre Estados, también organizaciones internacionales pueden firmar Tratados
Internacionales, para la regulación de estos se realizó una segunda Convención de
Viena sobre Tratados Internacionales celebrados entre Estados y Organizaciones
Internacionales en el año 1986.
De los Tratados Internacionales más conocidos que ha firmado y ratificado México se
encuentran:
. Tratados de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) firmado por México,
Estado Unidos y Canadá.
. Convención sobre los Derechos del niño
. Convención sobre los Derechos Políticos de la mujer
. Convención Interamericana contra la corrupción
. Convención para la Prevención y la sanción del Delito de Genocidio
30
. Convención para el fomento de las relaciones culturales interamericanas
La firma de Tratados Internacionales supone una serie de obligaciones por parte de los
Estados firmantes, como en nuestro sistema jurídico que contamos con instituciones
que se encargan de hacer cumplir las normas establecidas en nuestro Derecho, así
también hay organismos que se encargan de velar por el cumplimiento de los Tratados
Internacionales como:
. Corte Interamericana de Derechos Humanos
. Corte Internacional de Justicia de la Haya
. Corte Penal Internacional
Existen otros organismos que nacieron con la firma de Tratados Internaciones como:
. Organización de las Naciones Unidas
. Organización Mundial de la Salud
. Organismo Internacional de energía atómica
. Academia Internacional contra la corrupción
. Organización Mundial del Turismo
. Organización Mundial de la propiedad intelectual
. Organismo para la proscripción de armas nucleares en la América Latina
Estos son sólo algunos ejemplos de Tratados Internacionales y de los Organismos
Internacionales que nacen de los mismos. La firma de un tratado internacional no sólo
modifica nuestra esfera jurídica sino que además conlleva la creación de organismos
internacionales.
La legalidad de nuestro país contempla tanto los tratados internacionales como sus
organismos que pueden interferir con las decisiones jurídicas que se tomen así como
en la legislación de nuestras normas y en la construcción de nuestras instituciones.
Actividad 2. La legalidad Internacional
Propósito: En esta actividad analizarás la legalidad en una sociedad globalizada, este
análisis te ayudará a entender la jerarquía de leyes y en qué consiste la legalidad
internacional.
Instrucciones:
1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes:
. ¿Consideras que la actual jerarquía de leyes en México vulnera la soberanía de
nuestro país? Si, No ¿Por qué?
. ¿Consideras que es necesario crear una ley global que rija a todo el mundo? Si, No
¿Por qué?
31
2. Compara y comenta las aportaciones de al menos dos compañeros(as), en ellas
verás las coincidencias en relación a tu aportación y podrás discutir las diferencias.
*Consulta la rúbrica de foro que se encuentra en la pestaña material de apoyo para
conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo.
Anteriormente, los Tratados Internacionales se encontraban jerárquicamente por debajo de la
Carta Magna, sin embargo, fue necesario realizar dicha reforma al artículo 133, toda vez que en
el caso de los Tratados Internacionales relativos a Derechos Humanos, debían de encontrarse a la
par con nuestra Constitución, ya que esta sólo establecía Garantías Individuales para sus
ciudadanos, reformando de igual forma el artículo 1° constitucional.
De igual forma, la adhesión a Tratados Internacionales no queda sujeta al arbitrio del Presidente
de la República, sino que este, de acuerdo al artículo 76 fracción I, párrafo segundo, establece
como facultades del Senado:
Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo
Federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar,
retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos;
No es necesario crear una ley global que rija a todo el mundo, ya que dejaríamos a un lado la
Soberanía de cada Estado – Nación.
La globalización actualmente, es generadora de acciones violentas que causan inestabilidad
sistémica y actualiza la necesidad de reclamar por una recuperación del Estado – Nación que
poco a poco se va perdiendo.
En este contexto, se procura detectar y remarcar los aspectos negativos de dicho proceso
mundial, como por ejemplo los intentos de homogeneizar la cultura, lo que ha producido una
exacerbación de las reacciones heterogéneas basadas en los nacionalismos, las identidades
étnicas, raciales y culturales que grandes problemas ha generado a finales del siglo XX y
principios del siglo XXI.
Con ella, el Estado - Nación se ha deteriorado significativamente, “despertando el debate sobre
cómo será el orden internacional futuro, si el Estado desaparecerá o si se reformulará, todo ello a
la luz de los resultados obtenidos por el achicamiento del mismo a lo largo de los 90” (Busso,
2002, P. 129), toda vez que la globalización económica afecta procesos de tal manera que
condiciona su desarrollo político y económico.
De acuerdo a la teoría realista de las Relaciones Internacionales, teoría tomada del libro de
Pearson y Rochester “Relaciones Internacionales. Situación Global en el siglo XX”, (Pearson,
Rochester, 2000. P. 276) se establece que el sistema internacional contemporáneo es anárquico
por naturaleza, no existiendo algún tipo de autoridad superior a los Estados – Nación (Principio
de la Igualdad Soberana en el cual la Organización de las Naciones Unidas es la piedra angular
de la armonía imperante entre los Estados Miembros, que servirá como cauce para lograr los
fines y propósitos comunes) que sea capaz de lograr una regulación clara y pacífica de las
32
relaciones internacionales entre los distintos actores que conforman la esfera global, como
pudieran ser los mismos Estados – Nación, las Organizaciones Internacionales, las
Organizaciones no Gubernamentales, entre otros, no olvidando el proceso de globalización el
cual ha tomado gran importancia en las dos últimas décadas siendo un factor de inestabilidad en
la esfera mundial.
Al ser cada Estado – Nación, un actor racional, éste siempre buscará su maximización dentro de
la esfera internacional, políticamente hablando; nunca se podrá lograr una equidad internacional,
toda vez que la acumulación de recursos militares y económicos, factores geopolíticos y
geoestratégicos serán el cause para todos los Estados – Nación, que a su vez, darán un balance de
poder entre los actores internacionales.
Esta teoría realista, conocida en la actualidad como neorrealista, es la encargada de establecer
que es difícil llevar a cabo la cooperación internacional, dependiendo del Estado – Nación, ya
que él mismo, para contrarrestar la anarquía que se pueda generar en el exterior, no creerá en las
instituciones internacionales y tratará de maximizar ideologías internas mediante la búsqueda de
la grandeza nacional, el cumplimiento de objetivos ideológicos, el mesianismo político o el
engrandecimiento económico entre otros, no logrando así una comunión con sus homólogos en
las Organizaciones Internacionales.
Bibliografía.
Gamboa, D. El fracaso actual de la Organización de las Naciones Unidas en la prevención y
solución de conflictos a partir de la caída del Muro de Berlín. Localizable en:
dspace.unia.es/bitstream/10334/1464/1/0220_Gamboa.pdf
33
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 2. Justicia y legalidad
Actividad 2. La Legalidad Internacional
Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
21/06/2013
Actividad 2. La legalidad Internacional
Propósito: En esta actividad analizarás la legalidad en una sociedad globalizada, este
análisis te ayudará a entender la jerarquía de leyes y en qué consiste la legalidad
internacional.
Instrucciones:
1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes:
. ¿Consideras que la actual jerarquía de leyes en México vulnera la soberanía de
nuestro país? Si, No ¿Por qué?
El artículo 133 coloca a los tratados internacionales por encima de las leyes generales
y constituciones estatales en la jerarquía de leyes, lo que, a mi entender, es violatorio a
la soberanía de los estados.
Por otro lado, la Suprema Corte indica que cuando se trate de Tratados Internacionales
que contengan derechos humanos, éstos estarán por encima de la Constitución y por
ende el poder legislativo deberá hacer las reformas necesarias para que el artículo que
contravenga las disposiciones de dichos tratados, se adecue a las disposiciones que en
materia de derechos humanos contengan los Tratados Internacionales. Un ejemplo
futuro, sería la necesidad de reformar el artículo 16 que permite a la autoridad judicial
decretar el arraigo, que es una violación a los derechos humanos.
Pienso que en lugar de sentar un precedente de esta naturaleza, hubiese sido mejor
abordar este tema caso por caso. No por ser tratado internacional, necesariamente
sea a lo que México le daría prioridad en función de sus necesidades locales.
. ¿Consideras que es necesario crear una ley global que rija a todo el mundo? Si,
No ¿Por qué?
34
Guardando la proporción debida ante mi ignorancia del Derecho, en mi opinión, por
sentido común, una ley global resultaría inadecuada para los países involucrados, ya
que las leyes son creadas por los pueblos y en función de las creencias y la cultura de
los pueblos que serán regidos por ellas, lo que haría anticonstitucional aceptar la
creación de leyes desarrolladas por fuentes externas al país, Según el contrato social,
los mexicanos hemos elegido asumir obligaciones a fin obtener el derecho de ser
protegidos por un gobierno de nuestra elección. Sin embargo, sí pienso que es viable
integrar a nuestra legislación nacional, el formato, el orden y el contenido de aquellas
legislaciones globales que se identifiquen con nuestra cultura, como es el caso de la
Declaración Universal de Derechos Humanos y nuestra Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, Título Primero, Capítulo Uno, De los Derechos Humanos y
sus Garantías, o de la Ley General de Víctimas con la Declaración sobre los principios
fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder a través de
tratados internacionales.
Fuentes de Consulta
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada
DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
2. Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de
delitos y del abuso de poder. Recuperado el 31 de julio del 2013 de
http://www2.ohchr.org/spanish/law/delitos.htm
3. Declaración Universal de Derechos Humanos. Recuperado el 31 de julio del 2013
de http://www.un.org/es/documents/udhr/
4. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31
de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171
5. Ley General de Víctimas. Recuperado el 31 de julio del 2013 de
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5297901&fecha=03/05/2013
2. Compara y comenta las aportaciones de al menos dos compañeros(as), en ellas
verás las coincidencias en relación a tu aportación y podrás discutir las diferencias.
*Consulta la rúbrica de foro que se encuentra en la pestaña material de apoyo para
conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo.
2.3. La justicia en la sociedad actual
En la actualidad el ideal de justicia es una representación del derecho, un derecho
que garantice la equitativa distribución de los bienes y del respeto a lo que
mundialmente ha sido aceptado como los derechos humanos y que tienen su
base en el Derecho Natural.
De tal suerte que en la actualidad la justicia es también un concepto global, todos los
hombres necesitan la protección del Estado, para que sus derechos fundamentales
sean respetados y que cuando se vulneren los mismos sea el Estado el que se
encargue de impartir justicia, de dar a cada quien lo que corresponda ya sea
35
castigando o subsanando.
La globalización y los Tratados Internacionales han producido organismos
internacionales que se encargan de impartir justicia entre los Estados que los
firmaron, es por eso que la justicia como concepto se ha homogeneizado. Para lograr
la cultura de legalidad en nuestro país es imperativo que se conozcan todos los
conceptos que hasta el momento has revisado pero también retomar otros conceptos
ya analizados pero esta vez enfocándolos a un entendimiento internacional.
Por ello retomaras los conceptos de justicia, ética y moral pero ahora con una visión
internacional de los mismos, es difícil que todos los países entiendan lo mismo por
moral, debido a que ésta es tan subjetiva y depende de factores culturales, sociales,
religiosos e incluso políticos, sin embargo la ética como recordarás contiene valores
universalmente válidos.
La ética ha servido para fundamentar los derechos lo que ha permitido la firma de
Tratados Internacionales y aunque los filósofos no lleguen nunca a ponerse de
acuerdo sobre la naturaleza de los derechos humanos, sí están de acuerdo en su
importancia y en que ningún ordenamiento jurídico en el mundo podrá gozar de un
calificativo como el de justo a menos que reconozca, promueva y proteja los derechos
fundamentales de los hombres.
México ha elevado los Derechos Humanos a un rango Constitucional, más aún
recordarás la jurisprudencia en la que los Tratados Internacionales que haya
firmado México en materia de Derechos Humanos estará por encima de cualquier
otra ley.
Pero en la sociedad mexicana se puede percibir que la opinión en general es que en
México no hay justicia, o que ésta está reservada sólo para ciertos grupos, lo cierto es
que la falta de una cultura de legalidad es una de las razones por las cuales la justicia
se percibe de esta manera.
Pero tampoco la legalidad asegura la justicia, el sistema jurídico que agota sus
propios valores como el orden social, la seguridad e igualdad no va a funcionar
ya que con ello viola los principios por los cuales fue creado y tendrá la validez
formal que otorga el Derecho pero no podrá decirse que es justo, si bien en
México se incluyen los Derechos humanos de nada sirve cuando la seguridad del
país es vulnerada a diario por grupos delictivos que el mismo Estado no puede
controlar.
El panorama en cuanto la igualdad no más optimista que el de la seguridad, en la
actualidad se puede observar en el entorno que muchos tienen poco o nada y unos
cuantos lo poseen todo.
“El problema de la felicidad de los hombres es de buena legislación; con un sistema
estatal y jurídico que proteja y garantice los derechos y libertades de los hombres, los
36
pueblos caminarán hacia la felicidad” (Terán, J. 2007:304).
Como lo refiere Terán para que una sociedad ya sea a nivel estatal, federal incluso
internacional es necesario que la legislación sea buena, que contenga los valores
que son aceptados por la mayoría y que finalmente son los que debe proteger el
derecho.
El sistema jurídico que pierde los valores que lo sustentan no van ejercer una
obligatoriedad ética sino jurídica y por lo tanto coercitiva.
2.3.1. La justicia y la moral
“Para Platón la justicia es una virtud que puede referirse tanto al individuo como al
Estado… la justicia viene a ser la relación armónica entre sus diferentes virtudes”
(Álvarez, M. 2001:338,339).
“Suárez ve en la justicia la constante afirmación de la superioridad del mundo del
espíritu sobre el de la materia y la compenetración de la justicia con la claridad”
(Álvarez, M. 2001:348).
La justicia para algunos filósofos va de la mano con los valores morales que se
tengan, sin embargo en la sociedad globalizada en la que estamos inmersos, la
moralidad de un país depende de muchos factores, la moral global no existe como tal,
cada país tiene una sociedad y en ella hay culturas y subculturas, la moralidad de
cada persona que conforma dicha sociedad dependerá de la subcultura a la que
pertenezca, la educación que haya recibido en su familia, en la escuela, las
influencias sociales, culturales, etc.
La moral es una forma de controlar la voluntad, el término no se refiere exclusivamente
al sentido bueno de la conducta, también hay actos moralmente malos, es decir
depende de la intención, para ser buenos no sólo se necesita tener buenas intenciones
sino que también se exige la manifestación de la conducta.
En la moral puede haber simulación, se puede aparentar tener valores morales pero en
el interior se sabe cuándo se hace algo por cubrir las apariencias o porque de verdad
creemos que así se deban de hacer las cosas, las acciones morales carecen de una
coacción externa, se dice que es una forma de vida social.
La subjetividad de la moral impide que la misma sea considerada para definir la justicia
en un ámbito Internacional por ejemplo:
Un país como Irak que tiene la costumbre de arreglar los matrimonios por así convenir
a sus familias, considera que estas acciones son moralmente buenas y por tanto justas,
sin embargo en países como Holanda lo consideraría moralmente malo e injusto.
Tomando estos ejemplos cómo podrían estos dos países celebrar Tratados
37
Internacionales en materia de Derechos Humanos si no coinciden en su
conceptualización de lo que es justo o injusto.
Hace siglos la moral era la base de la construcción de un sistema jurídico, en la etapa
en la que el hombre se encontraba bajo creencia de una divinidad, esa divinidad que
muchos filósofos tomaron como base para la creación del Derecho Natural, sin
embargo en la actualidad nos encontramos no sólo en la etapa científica, sino además
en un momento de la historia en la que las culturas de diversos países se están
uniendo y esto se debe, a la facilidad del medio de comunicación que tenemos al que
llamamos internet.
La justicia no debe ser entendida a través de la moral, necesita fundamentarse en
conceptos más objetivos, para que así la justicia sea igualmente objetiva, no sólo
en el ámbito internacional sino también en el nacional, ya que se presentan los mismos
problemas con la moral a nivel internacional, ésta es subjetiva y depende de cada
persona.
2.3.2. Justicia, ética y moral
La legalidad es el conjunto de normas jurídicas, tratados internacionales,
principios, e instituciones, y ésta es valorada por los gobernados quienes son los
que deben sujetarse a sus disposiciones, la valoración la realizan a partir del
concepto de justicia o injusticia, que se tenga en la sociedad en el momento y
lugar en que se esté aplicando el sistema jurídico.
Cuando una norma es considerada como injusta, la sociedad a la que va dirigida puede
decidir ignorarla, es ahí cuando la normatividad pierde fuerza obligatoria. Las normas
fueron creadas para mantener un ámbito social de paz, libertad e igualdad, con la
finalidad de que los hombres pudieran convivir en una sociedad civilizada, los
valores que pretende proteger el Derecho son valores que se consideran
superiores y que guían al Derecho.
Empero el derecho también es valorado por los gobernados por los principios o
valores que guían al legislador para la construcción de la legalidad y sólo cuando
el Derecho satisface éste doble estándar de valores es cuando se califica por la
sociedad como justo.
El análisis de la justicia o injusticia del Derecho llega a hacerse desde dos puntos de
vista morales:
 El primero como integrantes del sistema jurídico que consideran la justicia o
injusticia del mismo por los valores que protege y promueve, este análisis se hace
de manera interna.
 El segundo como espectadores de otro sistema jurídico, juzgándolo con base en
nuestra moral, en lo que consideramos que es bueno o malo.
38
Ahora bien, si para que la legalidad sea considerada por la sociedad a la que rige
como justa, debe proteger y promover valores superiores, ¿de dónde se van a
obtener estos valores para que no sean subjetivos? La respuesta es de la ética, esta
es una ciencia filosófica encargada de estudiar el comportamiento moral del hombre en
sociedad, la moral es su objeto de estudio.
La ética se encarga de determinar cuáles opiniones o creencias morales son
válidas, y son válidas cuando cumplen la función de garantizar la felicidad
individual, la paz social y cuando se evita el sufrimiento individual o colectivo. Al
respecto Escobar Valenzuela dice:
Su tarea fundamental consiste en guiar la conducta para decidir cuál es la mejor
decisión entre las posible de realizar en una situación concreta… para ello se estudian
los valores y las mejores formas de solucionar los problemas morales de la convivencia
humana. (Escobar, G. 2002:26).
La principal tarea de la ética es guiar la conducta del hombre para que lo lleve a tomar
las mejores decisiones en situaciones concretas, estudia los valores, explica y
fundamenta la resolución a problemas morales para ello se apoya de otras ciencias
como:
1
El primero como integrantes del
sistema jurídico que consideran la
justicia o injusticia del mismo por
los valores que protege y
promueve, este análisis se hace
de manera interna.
2
El segundo como espectadores de
otro sistema jurídico, juzgándolo
con base en nuestra moral, en lo
que consideramos que es bueno o
malo.
Ética
Psicoanálisis
Sociología
Antropologí
a
HistoriaDerecho
Economía
Psicología
39
Finalmente para que la legalidad forme parte de la cultura mexicana, primero es
necesario que los valores morales que la ética ha establecido como válidos sean
enseñados en todos los niveles educativos pero también será necesario ponerlos
en práctica, ya que un valor moral es una acción que se ejercita a diario, si no se
cuenta con estos valores éticos todo lo que sea contrario a los intereses particulares
obedeciendo al egoísmo se valorará como injusto.
“La moral es el objeto de estudio de la ética” (Escobar, G. 2002:24).
Así que la moral es el objeto de estudio de la ética y la ética de una sociedad le dará al
Derecho el valor de justo o injusto, este valor no va a demeritar el carácter coercitivo
del Derecho pero sí se verá reflejado en la obediencia al sistema jurídico, a la legalidad
en términos generales.
Actividad 3. Lo justo y lo ilegal
Propósito: En esta actividad analizarás la importancia de la justicia y legalidad en una
sociedad, para aplicar los conocimientos previos en el análisis de casos reales.
Instrucciones:
1. Investiga en los diferentes medios de comunicación dos noticias que te parezcan
importantes y que se relacionen con la justicia y la legalidad.
2. Una vez que hayas realizado la investigación, responde las siguientes preguntas:
. ¿Qué actividades son justas pero ilegales?
. ¿Qué actividades son legales pero injustas?
. ¿Por qué lo consideras así?
3. En un documento integra las dos noticias con sus respectivas preguntas e incluye
tus conclusiones presentando tus propias ideas sobre el tema.
. Incluye las referencias con base en los lineamientos establecidos por la APA. . Cuida
tu redacción y utiliza una correcta ortografía
4. Guarda tu trabajo con la siguiente nomenclatura SCUL_U2_A3_XXYZ. Sustituye las
XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido
paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno.
5. Envía tu trabajo mediante la sección Portafolio y espera la retroalimentación de tu
Facilitador(a).
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
40
Universidad Abierta y a Distancia de México
Ciencias Sociales y Administrativas
Licenciatura en Seguridad Pública
8º Cuatrimestre
Materia: Cultura de la Legalidad
Unidad 2. Justicia y legalidad
Actividad 3 . Lo justo y lo legal
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Clave: LIC 01093083
Facilitador: Ricardo Chávez Díaz
Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor
Matrícula: AL10502742
21/06/2013
Actividad 3. Lo justo y lo ilegal
Propósito: En esta actividad analizarás la importancia de la justicia y legalidad en una
sociedad, para aplicar los conocimientos previos en el análisis de casos reales.
Instrucciones:
1. Investiga en los diferentes medios de comunicación dos noticias que te parezcan
importantes y que se relacionen con la justicia y la legalidad.
2. Una vez que hayas realizado la investigación, responde las siguientes preguntas:
. ¿Qué actividades son justas pero ilegales?
. ¿Qué actividades son legales pero injustas?
. ¿Por qué lo consideras así?
3. En un documento integra las dos noticias con sus respectivas preguntas e incluye
tus conclusiones presentando tus propias ideas sobre el tema.
. Incluye las referencias con base en los lineamientos establecidos por la APA. . Cuida
tu redacción y utiliza una correcta ortografía
4. Guarda tu trabajo con la siguiente nomenclatura SCUL_U2_A3_XXYZ. Sustituye las
XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido
paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno.
5. Envía tu trabajo mediante la sección Portafolio y espera la retroalimentación de tu
Facilitador(a).
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
Lo justo y lo ilegal
Investigué en los diferentes medios de comunicación dos noticias que me parecieron
importantes por su cotidianeidad en el campo laboral y que se relacionan con la justicia
y la legalidad, integrando las dos noticias y respondiendo a calce a las preguntas ¿Qué
actividades son legales pero injustas? ¿Qué actividades son justas pero ilegales? y
¿Por qué? cerrando con mis conclusiones e ideas sobre el tema.
42
Introducción
La justicia depende de los valores morales que se tengan y la moralidad de cada
miembro de una sociedad dependerá de la subcultura a la que pertenezca, su
educación familiar, escolar, social, cultural, etc. La legalidad es el conjunto de normas
jurídicas, tratados internacionales, principios, e instituciones, valorada por los
gobernados que deben sujetarse a sus disposiciones de justicia o injusticia, que se
tenga en la sociedad en el momento y lugar en el que se aplique el sistema jurídico..
Los gobernados también valoran el derecho por los principios o valores que guían al
legislador para la edificación de la legalidad y la sociedad lo certifica como justo cuando
el Derecho integra éste doble estándar de valores.
En México, en materia de laboral, tema de las noticias objeto de este ensayo, el
Artículo 5º Constitucional de los Derechos Humanos y sus Garantías establecen que “a
ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o
trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse
por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución
gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los
derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por
resolución judicial.”
Asimismo, El Artículo 123 Constitucional del Trabajo y de la Previsión Social establece
que “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se
promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la
ley. […] El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir
leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: […] Fracción XXII. El patrono que despida a
un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o
por haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del trabajador,
a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario. La Ley
determinará los casos en que el patrono podrá ser eximido de la obligación de cumplir
el contrato, mediante el pago de una indemnización. Igualmente tendrá la obligación de
indemnizar al trabajador con el importe de tres meses de salario, cuando se retire del
servicio por falta de probidad del patrono o por recibir de él malos tratamientos, ya sea
en su persona o en la de su cónyuge, padres, hijos o hermanos. El patrono no podrá
eximirse de esta responsabilidad, cuando los malos tratamientos provengan de
dependientes o familiares que obren con el consentimiento (consentimiento, sic DOF
21-11-1962) o tolerancia de él. […] XI (IX, sic 05-12-1960). Los trabajadores sólo
podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley.
[…] En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en
su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los
casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les
otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley; […] XIII. Los
militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos
y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes. Los
agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales
de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, podrán ser
43
separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el
momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por
incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones. Si la autoridad
jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma
de terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la
indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso
proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o
medio de defensa que se hubiere promovido.”
¿Qué actividades son legales pero injustas y cuáles son justas pero ilegales?
En Costa Rica, “cuando una empresa despide al trabajador, le notifica su despido, sin
indicar las razones para tomar tal decisión, el despido se convierte en injusto pero no
ilegal. Por supuesto, que cuando una empresa despide a un trabajador, lo correcto es
indicarlas las causas o razones que la llevaron a tomar esa decisión, pero si omitiere
hacerlo, el despido se considerará injusto, aun cuando posteriormente se comprobare
una justa causa, como lo ha dicho la Corte suprema de justicia en varias
oportunidades. En algunas ocasiones, el empleador despide a un trabajador sin que
este hay cometido falta alguna, es decir, sin justa causa; lo hace simplemente por una
razón subjetiva que le lleva a considerar que no quiere más a esa persona en su
empresa, y en consecuencia, lo despide sin indicar la razón, y en tal caso, es injusto el
despido y habrá que pagar la indemnización”.
En México, es injusta e ilegal, puesto que “el patrono que despida a un obrero sin
causa justificada […] estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o
a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario”, y “en caso de separación
injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la
indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de
supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue
otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley.
Si se tratase de servidores públicos, el despido sería injusto, más no ilegal, ya que si la
“terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la
indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso
proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o
medio de defensa que se hubiere promovido."
Esta precisión es importante en la medida en que las consecuencias de considerar un
despido injusto o ilegal judicialmente son distintas. En el despido injusto procede una
indemnización, y en el despido ilegal se busca el reintegro del trabajador, ya que el
despido se considera ineficaz, regresando la situación jurídica a como estaba antes del
despido.
Por otro lado una empresa que ya no puede mantener a un excelente empleado en su
nómina por circunstancias económicas de la compañía, viéndose obligado a darlo de
baja, actuaría en forma justa, puesto que lo indemnizaría conforme a la ley, pero sería
44
un acto ilegal, conforme al artículo 123 que indica que “Los trabajadores sólo podrán
ser suspendidos o cesados por causa justificada” y bajo ningún concepto estaría el
patrón en posibilidades de reintegrarlo a su puesto.
El análisis de la justicia o injusticia del Derecho se percibe desde dos ángulos morales
 Como integrantes del sistema jurídico donde su justicia o injusticia se evalúan por
los valores que protege y promueve, y
 Como espectadores de otro sistema jurídico, juzgándolo en base a lo que es bueno
o malo según nuestra moral..
Conclusiones
Se concluye que las consecuencias del despido injusto son diferentes a las
consecuencias del despido ilegal, donde las primeras contemplan el pago de una
indemnización y las últimas, la reinstalación del trabajador, rigiéndose o no bajo el
principio de nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, según las costumbres que
dictan la legislación del país donde se presenten los hechos.
La legalidad no asegura la justicia. El sistema jurídico que acaba con sus propios
valores como el orden social, la seguridad e igualdad no funciona porque viola los
principios por los que fue creado y tendrá la validez formal que otorga el Derecho pero
carecerá de justicia. Aunque México incluye los Derechos humanos carece de utilidad
cuando la seguridad es vulnerada continuamente por grupos delictivos fuera del control
del Estado.
En la actualidad resulta indispensable que una buena legislación contenga los valores
que debe proteger el derecho para ser aceptada por la mayoría. Las normas fueron
creadas para mantener un ámbito social de paz, libertad e igualdad, permitiendo la
convivencia de los hombres en una sociedad civilizada. El sistema jurídico que no tiene
los valores que las sustentan no ejercerá una obligatoriedad ética sino jurídica y, por
ende, coercitiva.
Sin embargo, existe una posible alternativa donde la justicia deje de ser entendida a
través de la moral, fundamentándose en conceptos más objetivos y produciendo una
justicia igualmente objetiva, no sólo en el ámbito internacional sino también en el
nacional, ya que a nivel global se presentan los mismos problemas con la moral, siendo
subjetiva y dependiente de cada persona.
Fuentes de Consulta
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada
DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
2. Cuadro comparativo que identifica las modificaciones realizadas a la Ley Federal
45
del Trabajo Recuperado el 10 de agosto del 2013 de
http://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/reforma_laboral/archivos/Cuadro%20compara
tivo%20LFT%20vs%20Reforma.pdf
3. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31
de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171
4. Las consecuencias del despido injustificado son diferentes a las consecuencias del
despido ilegal, por cuanto las primeras suponen el pago de una indemnización y las
segundas el reintegro del trabajador. Gerencie.com. Recuperado el 10 de agosto
del 2013 de http://www.gerencie.com/las-consecuencias-del-despido-injusto-son-
diferentes-a-las-consecuencias-del-despido-ilegal.html
5. Nueva Ley Federal del Trabajo Recuperado el 10 de agosto del 2013 de
http://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/reforma_laboral/archivos/Noviembre.%20Ley
%20Federal%20del%20Trabajo%20Actualizada.pdf
6. Si la empresa no notifica la causa del despido al trabajador, el despido se torna
injusto más no ilegal Gerencie.com. Recuperado el 10 de agosto del 2013 de
http://www.gerencie.com/si-la-empresa-no-notifica-la-causa-del-despido-al-
trabajador-el-despido-se-torna-injusto-mas-no-ilegal.html
Autoevaluación Con la finalidad de realizar un ejercicio de repaso acerca de los
conceptos más importantes estudiados en la unidad.
Instrucciones: Esta actividad te permitirá medir el grado de conocimiento obtenido durante la
unidad selecciona la respuesta correcta.
46
PREGUNTA Respuest
a correcta
OPCIÓN A OPCIÓN B OPCIÓN C OPCIÓN D
1.La justicia
distributiva de
la que habla
Aristóteles es
comparada con
el Derecho:
C Penal. Civil. Público. Privado.
2. Las cuatro
virtudes con las
que debe
contar el
hombre son
cuatro:
templanza,
prudencia,
fortaleza y
justicia, esto de
acuerdo a la
filosofía de:
B Aristóteles.
Santo Tomás
de Aquino.
Cristian
Tomasio.
Platón.
3. Realiza un
análisis de la
justicia y sienta
las base de los
Derechos
Humanos:
A
Escuela
Clásica.
Aristóteles.
Santo
Tomás.
Platón.
4. Artículo
Constitucional
que establece
la jerarquía de
leyes en
México:
A Art. 133. Art. 117. Art.39. Art. 1.
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Unidad 2. justicia y legalidad

  • 1. 1 jueves, 1 de agosto de 2013 00:53: Buenas noches Ricardo, Apreciaría nos hicieses el favor de notificarnos cuando hayas abierto el foro de la actividad 2 de la Unidad 2 para poder subir nuestras participaciones. Muchas gracias. Que descanses. viernes, 2 de agosto de 2013 00:59: Mañana mismo tienes el foro abierto. Saludos. miércoles, 14 de agosto de 2013 16:17: Hola Ricardo, Una duda...¿porqué no aparece ninguna calificación a mis tareas en mi hoja de evaluación? Te encargo por ahí las preguntas de autorreflexión e la unidad 2 para terminar esa unidad...es lo único que me falta. Mil gracias. Que descanses.....Saludos, lunes, 19 de agosto de 2013 22:39: Hola Eli: Mañana tratare de sacar las tuyas , mándame un mensajito x la tarde noche si las ves sale? martes, 20 de agosto de 2013 05:02: Apenas hoy llegó tu mensaje...¿tu crees? gracias Ricardo....que tengas bonito día... 05:38: Gracias por la actividad 1 de la 3.....no se te vayan a olvidar las autorreflexiones de la dos y la tres....cuídate.... viernes, 30 de agosto de 2013 00:06: PREGUNTAS DE AUTORREFLEXION UNIDAD 2 Hola a todos : Por este conducto les notifico que estan a su disposicion las preguntas base para su autoreflexion de la Unidad 2 , recuerden que se trata de un conjunto total de tres autorrefllexiones (Una por cada unidad) para estar en aptitud de calificar al final como "entregada". Quedo a sus apreciables ordenes. Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 2. Justicia y legalidad
  • 2. 2 Autoevaluación U2 Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 21/06/2013 Márgenes: Las márgenes deben ser de 2.54 cms en toda la hoja. Sangría: Cinco espacios en la primera línea de cada párrafo. Espaciado: Texto a doble espacio y alineado a la izquierda, exceptuando figuras y tablas. Dos espacios después del punto final de una oración. Tipo de letra: Times New Roman a un tamaño de 12. Papel: Papel tamaño Carta. 1-Crea el título de tu página. Centra el título en la página utilizando letras mayúsculas y minúsculas. Agrega tu nombre en la siguiente línea, seguido del nombre de tu universidad. 2 Agrega un encabezado a tu documento. Justifica a la izquierda las palabras "Encabezado" seguidas de dos puntos y el título de tu ensayo en letras mayúsculas. Después, justifica a la derecha el número de la página. Aplica este encabezado en todas las páginas de tu documento. 3 Incluye un extracto. Este párrafo ofrece una reseña de tu ensayo. Resume tu investigación en 150 o 200 palabras, de acuerdo con el Laboratorio de Escritura en Línea de la Universidad de Purdue. 4 Desarrolla niveles de encabezados. El estilo APA permite cinco niveles en los encabezados. Centrados, en negritas y en mayúsculas son los encabezados de primer nivel. Los de segundo nivel son también aquellos en mayúsculas pero justificados a la izquierda. Los encabezados con sangría y minúsculas, son encabezados de tercer nivel, siempre y cuando terminen con un punto. Los encabezados de cuarto nivel siguen el mismo formato que el nivel anterior, pero en itálicas. El último nivel mantiene la letra itálica, pero no incluye texto en negritas. 5 Incluye citas de referencia. Escribe el autor y año de publicación en paréntesis después del texto citado, por ejemplo (Coleman, 1997). Si incluyes el nombre del autor en la línea, agrega el año de publicación en paréntesis, por ejemplo, "Como Coleman (1997) argumentó...". Continúa con las citas con la puntuación adecuada, normalmente es el punto. 6 Crea una lista de referencias. Las últimas páginas de tu documento deben incluir una lista detallada de las referencias utilizadas al momento de escribir el ensayo. Coloca una sangría de 1/2 pulgada en la segunda y todas las demás líneas de cada inicio y justifica la primera línea a la izquierda. Ordena la lista alfabéticamente comenzando con el apellido del autor y después su nombre de pila. Las citas son una referencia a una idea o afirmación en donde se establece la
  • 3. 3 fuente o origen del mismo. Para citar usando las normas APA se utilizan paréntesis dentro del texto en vez de usar notas en el pie de página. La cita debe incluir información sobre el autor y año de publicación. Las citas pueden ser literales o parafraseadas. Cita literal: Sucede cuando se extraen fragmentos o ideas textuales. Las palabras omitadas se reemplazan por puntos suspensivos (…). En este caso es necesario incluir el apellido del autor, el año de publicación y la página del texto extraído. Cuando la cita tiene menos de 40 palabras se escribe inmersa en el texto y entre comillas, en cambio las de mayor de 40 palabras se escriben aparte del texto con sangría y un punto menor en el tamaño de la letra sin usar comillas. Cita de parafraseo: Se utiliza para citar las ideas de un autor pero no de forma textual. Este tipo de citas requieren el apellido del autor y el año de publicación. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171 Referentes teóricos de la ética y los valores. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=186 La formación integral y sus dimensiones http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=192 Dignidad humana: Dimensiones y fuentes en la persona humana http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=193 Sobre ética y moral http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=194 La ética, los derechos y la justicia http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=195 Doctrinas éticas fundamentales http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=196 Capítulo 1 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=197 Capítulo 2 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=198 Capítulo 3 http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=199 Filosofía del Derecho http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=200 Ética profesional http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=201 Antropología filosófica http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=202 Valores morales y comportamiento social http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=203
  • 4. 4 Introducción al pensamiento de Max Scheler http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=204 La crisis del hombre y de los valores en la filosofía actual http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=205 La superación de la crisis de valores y violencia en la sociedad contempoánea http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=206 Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 21 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171 Licenciatura en Seguridad Pública 8° cuatrimestre Cultura de la legalidad Unidad 2. Justicia y legalidad Clave: 01093083 Universidad Abierta y a Distancia de México Índice Unidad 2. Justicia y legalidad ............................................................................................. 3 Presentación de la unidad ................................................................................................. 3 Propósitos .......................................................................................................................... 4 Competencia especifica ..................................................................................................... 4 2.1. Justicia ........................................................................................................................ 5 2.1.1. La justicia según Aristóteles ..................................................................................... 7 2.1.2. La justicia de acuerdo a Santo Tomás ................................................................... 11 2.1.3. La justicia de acuerdo a la Escuela Clásica ........................................................... 13 Actividad 1. La justicia mediante ejemplos ....................................................................... 16 2.2. La legalidad en una sociedad globalizada ................................................................. 16 2.2.1. Jerarquía de leyes en México ................................................................................ 17 2.2.2. Tratados internacionales ........................................................................................ 21 Actividad 2. La legalidad Internacional ............................................................................. 23 2.3. La justicia en la sociedad actual ................................................................................ 23 2.3.1. La justicia y la moral............................................................................................... 25 2.3.2. Justicia, ética y moral ............................................................................................. 26 Actividad 3. Lo justo y lo ilegal ......................................................................................... 29 Autoevaluación ................................................................................................................ 29 Evidencia de aprendizaje. La imagen de una sociedad sin justicia y legalidad................. 30 Actividades de Autorreflexión ........................................................................................... 31 Cierre de la unidad .......................................................................................................... 31 Para saber más ............................................................................................................... 32 Fuentes de consulta ........................................................................................................ 32
  • 5. 5 Fuentes cirbergráficas ..................................................................................................... 33 Unidad 2. Justicia y legalidad Presentación de la unidad En la unidad uno analizaste el origen de la legalidad, que la misma se compone de las leyes, principios e instituciones pero, que para la construcción de las mismas las concepciones del Derecho fueron de suma importancia. Primero surge la idea de un Derecho Natural, con teorías como: iusnaturalismo e iusnaturalismo deontológico, después del Derecho Natural surge el Derecho Positivo y posteriormente el Derecho Vigente. En esta segunda unidad se hará una comparativa entre el concepto y alcance de la justicia en el Derecho, cómo se debe incluir en sus ordenamientos, y que tan importante es que se incluya. Una de las razones por las cuales fue creado el Derecho fue precisamente la idea de mantener un ambiente de paz y tranquilidad que otorgara a cada quien lo que le pertenece. Asimismo se analizará el papel de la justicia en la legalidad internacional que depende de los Tratados Internacionales. Se considera que el derecho no necesariamente debe ser justo para ser Derecho, pero que es preferible que lo sea, ya que le daría la validez y la obligatoriedad por parte de la sociedad. El problema de la justicia en un Estado de Derecho es que el derecho se ve así mismo justo, y por consecuencia obligatorio, con ello se ha colocado al derecho como un sinónimo de fuerza ya que en sus ordenamientos contienen sanciones a quienes incumplan con los mismos. “El Derecho, no debe ser justo para ser Derecho, pero sí debe o debería serlo para gozar de plena validez moral o fuerza obligatoria” (Álvarez, M. 2001 p.310) Lo que es justo para algunos puede parecer injusto para otros, es por ello que el derecho es el que debe de contener la justicia en sus normas, pero en ocasiones las personas que se ven afectadas por la aplicación de la ley suelen clamar que se ha cometido una injusticia. En cada controversia que se dé entre las personas o entre la persona y el Estado, siempre habrá alguien que considere que el derecho no se ha encargado de hacer justicia, porque en cada controversia hay intereses que se contraponen. En este primer tema de la segunda unidad, analizarás las definiciones que los filósofos como Aristóteles, Santo Tomas de Aquino, y los filósofos de la Escuela Clásica, hacen sobre la justicia y su relación con el Derecho, identificarás que la justicia tiene diferentes formas de ser concebida y que ésta depende de la cultura de cada sociedad en una época determinada. La justicia ha servido para valorar al Derecho, en el sentido de los valores que contienen sus normas, más aún en este siglo XXI no sólo es importante conocer cómo percibe la sociedad mexicana a la justicia en nuestro sistema jurídico, sino también
  • 6. 6 cómo se percibe la justicia en otros países debido el intercambio cultural, lo que hace necesario homogeneizar conceptos. Uno de los temas de la unidad es la ética y la moral, ya que de estos conceptos es que algunas de las definiciones de justicia surgen a través de la historia con teóricos y filósofos desde Sócrates hasta pensadores del siglo XIX, también la ética y la moral se aplican en el entendimiento de los contenidos en tratados internacionales, en lo importantes que son para poder mantener la legalidad en México. Al finalizar esta unidad podrás analizar la relación entre la legalidad (instituciones, leyes, tratados y principios), la justicia y la importancia de ambas para mantener la paz y procurar el bien común y principalmente el Estado de Derecho. Propósitos En esta unidad: . Comprenderás los conceptos de justicia. . Analizarás diversas teorías de justica. . Analizarás la legalidad en una sociedad globalizada. . Analizarás en qué consisten los Tratados Internacionales. . Identificarás la diferencia entre ética, moral y justica. . Identificarás la importancia de la justicia y la legalidad en una sociedad globalizada. Competencia especifica . Analizar los conceptos de justicia y legalidad para determinar la importancia de ambas en una cultura de legalidad mediante la reflexión de diversas teorías y casos específicos. 2.1. Justicia La conceptualización de justicia no se puede hacer sin antes retomar las teorías de filósofos como Sócrates, Platón y Aristóteles ya que es un concepto filosófico del Derecho. “El pensamiento de los clásicos griegos y romanos ha tenido una influencia incomparable en nuestras culturas.” (Ledesma, 2001:333). “La cuna del conocimiento y de la cultura occidental se sitúa en el mundo griego” (Terán, J. 2007:237). Como lo refiere los autores, la formación del Estado Mexicano está influenciado por los griegos, por ello se retoma el concepto de justicia desde los presocráticos cuya época abarca desde el nacimiento de la cultura griega con Tales de Mileto (Siglo VII a.C.) hasta las últimas manifestaciones del pensamiento griego sin la influencia del
  • 7. 7 pensamiento de Sócrates (Siglo IV a.C.). Veamos a continuación de qué manera. El pensamiento de los presocráticos va encaminado a resolver el enigma del movimiento, el cambio de todo lo que lo rodea, como respuesta buscaron un elemento primordial. A esa sustancia primaria se le llamó physis (naturaleza), es aquí donde aparece por primera vez el concepto de Derecho Natural. El concepto de naturaleza y justicia natural, es básicamente cósmico, ya que proviene de las divinidades creadoras del mundo, que eran las mismas que regían el orden moral y la religión. “Hay una justicia natural en sentido cósmico, en sentido naturalista, pero a la vez, los dioses en el politeísmo son fuerzas naturales, justas.”(Terán, J. 2007:238). Es decir para los griegos el derecho no es asunto de la voluntad de los hombres, sino de una ordenación natural, y el orden humano social es la justicia de acuerdo a los presocráticos. La cultura tiene mucho que ver en la conceptualización de justicia o de lo que los griegos llamaban orden social, el pensamiento griego acerca de la justicia deviene de cómo estaban organizados, de los intereses políticos y sociales de la época. En la época abarcada del 427 al 347 a.C. la sociedad era dividida básicamente en tres grupos sociales: 1 Los sabios; que eran los que gobernaban. 2 Los guerreros que mantenían el orden. 3 Los artesanos y comerciantes. Debido a esta organización sólo existían conflictos con otras ciudades por el comercio entre ellos, por la defensa de su territorio para no tener que cambiar su asentamiento a otro lugar, pero no por las razones por las que en estos tiempos hay conflictos entre países, en la actualidad la principal batalla es por los recursos naturales porque los mismos escasean, y por el poder en sí de dominar a otros países. El cambio cultural no solo se debió a la forma de organización sino al desarrollo del pensamiento. Un punto clave para la concepción de la justicia en los presocráticos fue el cambio del politeísmo al monoteísmo introducido por Sócrates. “Sócrates divulga la existencia de una sola divinidad coexistente con el politeísmo dominante y la existencia de una conciencia unitaria ética, llamada la voz de la conciencia” (Terán, J. 2007:239). Aristóteles es quién asienta la concepción de un solo Dios. Sin embargo Sócrates es quién introduce la idea de una conciencia unitaria, la ética de donde se deriva la teoría del alma y el cuerpo como dos cosas distintas: mientras el cuerpo representa los malos instintos, los malos impulsos; el alma contiene las cosas valiosas, la que nos da la conciencia de lo que está bien o mal. Con base a las ideas de Sócrates acerca de la comprensión del hombre como un
  • 8. 8 compuesto de alma y de cuerpo, Platón las retoma para la construcción de la idea de un hombre justo y que a partir del hombre justo, la sociedad es justa. “la teoría del alma y del cuerpo socrático-platónica, todo los valores éticos y religiosos habrán de hallarse en el alma” (Terán, J. 2007:240). En la obra de Platón, “La República”, se habla de las características de un hombre justo; el alma del hombre justo deberá tener tres facultades esenciales: la razón, la voluntad y la sensibilidad. Las facultades también irán acompañadas de tres virtudes: 1 La sabiduría o prudencia ejercitada a través de la razón. 2 La valentía que se deriva de la voluntad. 3 La Templanza que deviene de la sensibilidad. Este triángulo de facultades y virtudes son las que van a formar un hombre justo. De tal suerte que si cada hombre es educado en estas tres virtudes y facultades se va a crear una sociedad justa que podrá coordinarse entre sí, y para Platón en esto consiste la justicia. “Hay un paralelismo entre los grupos sociales, sabios, guerreros y artesanos, y los estratos o facultades del alma: razón, voluntad y sensibilidad. La justicia consiste en la coordinación entre estos grupos sociales” (Terán, J. 2007:241) La justicia ha cambiado con el tiempo y depende de la sociedad y el sistema jurídico que se adopte, es la cultura de cada sociedad la que determina la justicia y el valor que ésta tiene. 2.1.1. La justicia según Aristóteles Aristóteles es el primer filósofo que presenta una teoría realista, ya que las ideas vienen de lo que se ve de la realidad, es decir la realidad no es consecuencia de las ideas, sino que las ideas son creadas por la realidad, es él quien introduce el sentido común a la historia del pensamiento. La doctrina aristotélica no se llama idealismo, sino realismo, porque sostiene que la La razón La voluntad La sensibilidad La sabiduría o prudencia ejercitada a través de la razón La valentía que se deriva de la voluntad La Templanza que deviene de la sensibilidad
  • 9. 9 realidad no es un reflejo de las ideas arquetípicas, sino que las ideas, por ser formaciones de la mente, son reflejo de la realidad. (Terán, J. 2007:248) Partiendo de este sentido común, para Aristóteles la justicia se trata de una proporcionalidad variable, no hay una definición única de justicia esta dependerá de dónde se opere y los elementos reales de la justicia de tal suerte que la justicia puede ser: Distributiva, Correctiva y Conmutativa La Justicia distributiva: consiste básicamente en dar a cada quién lo que corresponde, el reparto de bienes y honores en función de su mérito. “La justicia distributiva consiste en que a cada uno se le confieran los cargos y honores en tanta medida como lo ameriten o merezcan sus capacidades” (Terán, J. 2007:248) Por ejemplo: En una empresa hay dos empleados de la misma edad, con las mismas funciones por consiguiente y de acuerdo a Aristóteles habrán de recibir el mismo salario, sin embargo si uno de ellos tiene un nivel de educativo mayor al otro consecuentemente el salario de este deberá ser mayor o tendrá un cargo superior en la empresa. Esto es lo que Aristóteles considera justicia distributiva, y que corresponde con una igualdad de circunstancias de acuerdo a las capacidades y méritos, si se dieran cosas iguales a personas desiguales se violaría ésta justicia. De acuerdo a la concepción de justicia de Aristóteles, la justicia distributiva es el equivalente al Derecho Público en el que encontramos al Derecho Constitucional, Administrativo, Fiscal, del Trabajo. Todos estos derechos, conjunto de normas e instituciones buscan la aplicación de la justicia distributiva en las relaciones entre el Estado como órgano que ostenta el poder público y las personas y entidades privadas cuando el estado actúa en ejercicio de sus facultades. Tomando como ejemplo el Derecho Fiscal analiza el siguiente caso: Un comerciante debidamente establecido y dentro del marco legal, obtiene como ganancia mensual por la venta de sus productos, la cantidad de 13,000.00 (Trece mil Distributiva CorrectivaConmutativa
  • 10. 10 pesos m/n), al finalizar el año y de acuerdo a la ley, realiza una declaración de impuestos a la institución correspondiente, la autoridad determina que deberá pagar 10, 000 (diez mil pesos) de impuestos por mes, haciendo un total de 120,000.00 (ciento veinte mil pesos) por el año. Por otro lado una pequeña empresa que obtiene de ganancias al mes por más de 300, 000.00 (trescientos mil pesos) al mes, al declarar sus impuestos la autoridad determina que deberá pagar 10,000.00 (diez mil pesos) de impuestos por mes, haciendo un total de 120,000.00 (ciento veinte mil pesos) por el año. En este ejemplo puedes observar como no se aplicó la justicia distributiva la que se refiere Aristóteles, en la actualidad en el Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de México que a la letra dice: “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. (Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión, p. 29). En este citado artículo se contiene un principio de equidad tributaria que deben aplicar las instituciones encargadas de cobrar los impuestos, este principio consiste en que la autoridad no pude solicitar a las personas que ganan menos pagar más de impuestos que las que ganan más. La justicia conmutativa: esta justicia se refiere a los hombres que comercian entre sí a través de contratos verbales o escritos, mediante estos intercambios se adquieren obligaciones y derechos. Así lo justo, es que quien oferta un servicio o un producto pedirá un precio que sea equivalente a lo que ofrece, esa sería primera obligación y su derecho es el de obtener el dinero pactado. El comprador al aceptar el trato tendrá el derecho de recibir el producto o servicio una vez que realice el pago y la obligación de pagar en el tiempo y la cantidad que hayan acordado comprador-vendedor. “La justicia conmutativa atiende a que los hombres comercian a través de sus convenciones” (Terán, J. 2007:248). La justicia conmutativa Aristóteles plantea como equivalente al Derecho Civil, cuando hay alguna controversia en lo que se refiere a contratos entre particulares, o entre éstos y el Estado en este caso no actúa como órgano que ostenta del poder sino como particular. Por ejemplo: El gobierno de la ciudad de México realiza un evento en el centro de la ciudad, para lo cual contrata los servicios de un grupo muy conocido, en el contrato se establece que el gobierno pagará la cantidad de 100,000 (cien mil pesos) por cuatro horas de espectáculo, de esta cantidad se pagará 50,000 (cincuenta mil pesos) antes del concierto y la otra mitad al finalizar, sin embargo, el día del evento el gobierno no realiza el pago, el abogado del grupo demanda el pago a través del órgano
  • 11. 11 jurisdiccional competente, en este caso un juez de lo civil quién determinará quién tiene el derecho de recibir y quién la obligación de otorgar. En este ejemplo puedes observar como el Estado puede también actuar como particular y tendrá que sujetarse a la normas no importa que sea el que ostenta del poder público, y con ello adquirir obligaciones y derechos civiles. De acuerdo con la justicia conmutativa en el caso del ejemplo, lo justo sería que el gobierno del Estado cumpliera con el contrato y pagará el resto del dinero que se pactó en el contrato. La justicia correctiva. Y esta justicia dice Aristóteles será aplicada cuando se cometa un delito para lo cual la pena que se impugna será proporcional al delito, así por ejemplo no sería justo que por un robo de 100 pesos se imponga una pena equivalente a 10 años de prisión. “Los hombres incurren a faltas punibles; adviene entonces la justicia correctiva aristotélica” (Terán, J. 2007:249). Para Aristóteles, la justicia correctiva es el equivalente al Derecho Penal, cuando se lleva a cabo una conducta considerada como delito es necesario imponer una pena, pero la misma deberá ser proporcional a la conducta que se castiga, el principio de proporcionalidad de la pena es el que se considera en el Derecho Penal. Como puedes darte cuenta las diferentes teorías de justicia a las que se refiere Aristóteles están plasmadas en los diferentes ordenamientos jurídicos, en las instituciones y en los principios del derecho, finalmente la justicia va de la mano con el Derecho, desde Aristóteles se planteaba diferentes concepciones de la justicia, no como un todo si no que la justicia dependerá de la realidad a la que se quiera aplicar. 2.1.2. La justicia de acuerdo a Santo Tomás Desde San Agustín a Santo Tomás florece la filosofía cristiana, sin embargo es con la filosofía de Santo Tomás, en el siglo XIII, que se produce una diferencia. Mientras San Agustín presenta una teoría pesimista del hombre en el aspecto terrenal, en tanto que Santo Tomás produce una idea optimista del concepto del hombre y del Derecho Natural. Este filósofo teológico, también llamado Doctor Angelicus, basa su doctrina en las ideas de Platón y Aristóteles, y para Platón las virtudes se basan en la justicia y esta es sustentada en la idea del bien, lo que culmina en la armonía de todos. Santo Tomás además retoma la teoría de San Agustín pero introduce la idea de la justicia relacionada con el bien común lo que finalmente da paso a la Escuela Clásica. “Donde la ley, dirá Santo Tomás, no es otra cosa que una prescripción de la razón, en vista del bien común, promulgada por aquel que tiene a su cargo la comunidad.”
  • 12. 12 (Álvarez, M. 2001:343). En la obra de Santo Tomás Summa Theologie define a la justicia como un hábito por el que cada hombre le da a cada uno lo que es suyo mediante una voluntad constante y coloca a la justicia dentro de las cuatro virtudes principales es decir: La templanza, La prudencia, La fortaleza, La justicia. Considera que cada acción dirigida al bien común es producto de la justicia y esta es la que habrá de dirigir todas las virtudes al bien común. Pero ¿qué papel tiene la ley en la concepción de la justicia de Santo Tomás? “Santo Tomás dirá que la ley eterna, fuente de todas las demás leyes, es la razón eterna de Dios” (Álvarez, M. 2001:344). Para Santo Tomás, la ley regula las acciones del hombre para que éstas sean encaminadas a ese bien común; pero la ley es producto de la razón y por lo tanto de los seres humanos. Sin embargo para Santo Tomás hay una ley eterna de la cual emanan las leyes humanas, ésta ley es la razón eterna de Dios y es expresada a través de la ley natural que tiene como principio rector: hacer el bien y evitar el mal. Finalmente la ley humana sólo sirve para definir y precisar la ley natural y para aplicar ésta última a los casos particulares. La concepción del Derecho Natural de Santo Tomás consiste en que el destino del hombre en la tierra es luchar por el bien divino que debe iniciar en la tierra, para éste filósofo lo injusto es un pecado que va en contra de Dios, el pecado es un atributo que deviene de la naturaleza humana pero que es necesario combatir. Las consecuencias de tales enmiendas de la doctrina tomista implican, no un derecho natural puro y absoluto, sino dos derechos naturales… Una cosa son las determinaciones de la justicia divina en el grado de perfección ideal, y otra las determinaciones de la voluntad de Dios, las normas emanadas de El para la condición natural de la especie humana. (Terán, J. 2007:269). Es así que Santo Tomás refiere que hay dos justicias la justicia divina que será impartida por Dios mismo y la justicia natural que es emanada por Dios para los humanos pero a través del derecho natural y que deberá ser aplicada en la tierra. Finalmente la teoría tomista de justicia dice que si las leyes emanadas del Estado no están basadas en la ley eterna no serán justas, pero también refiere que la ley es justa cuando obedece al bien común. La templanza La prudencia La fortaleza La justicia
  • 13. 13 La distinción que hace Santo Tomás entre la ley natural y la ley humana, permite comprender finalmente que si una ley positiva o humana llegara a contraponerse a la ley natural o eterna, debe de seguir siendo obedecida ya sea por conveniencia, para conservar el orden o por obedecer a la autoridad legítima Santo Tomás concluye que las leyes son justas cuando toman de la ley eterna, de la cual derivan, el poder de obligarnos en nuestro fuero interno. Más existe otra clase de justica en las leyes para el Doctor Angélico, cuando ésta se da en razón de su fin, por lo tanto una ley es también justa cuando está ordenada en vista del bien común. (Álvarez, M. 2001:344). “El estudio del Derecho en su tercera dimensión es el de la justicia como el valor o exigencia ético-jurídica por excelencia” (Álvarez, M. 2001:311) Las diferentes concepciones de justicia van ligadas al derecho, y principalmente al derecho natural o positivo. Las principales características de la definición de justicia de acuerdo a Santo Tomás son: . Lo justo lo determina Dios, su voluntad se expresa a través del Derecho Natural o ley eterna. . La ley eterna tiene como principio rector: hacerse el bien y evitar el mal. . Las leyes humanas deben derivar del Derecho Natural para que sean justas. . Si las leyes humanas no derivan del Derecho Natural pero se crean para que el bien común prevalezca, también la considerada justa. . Si una ley humana se contrapone a la ley natural o eterna, debe ser obedecida por así convenir a preservar el orden social y respetar a la autoridad legítima. 2.1.3. La justicia de acuerdo a la Escuela Clásica La Escuela Clásica es llamada así debido al movimiento filosófico protagonizado por autores como Grocio (1583-1645), Hobbes (1588-1679), Spinoza (1632-1677), Locke (1632-1704), Puffendorf(1632-1694) y Tomasio (1655-1728), estos autores aportaron grandes teorías, con las que creyeron resolver el problema de la justicia a través de la naturaleza humana. “En la escuela clásica… va a crear una idea de los derechos naturales del hombre distinta a la idea teológica. Establecerá que los derechos naturales del hombre se fundan en principios axiomáticos racionales de modo matemático” (Terán, J. 2007:280). Para comprender en qué consiste este movimiento de la escuela clásica se presentan las principales aportaciones de cada autor: Hugo Grocio. “Lo justo es aquello que se demuestra conforme a la naturaleza social
  • 14. 14 del hombre” (Álvarez, M. 2001:345). Este pensador considera que la razón se expresa en el Derecho Natural y la razón es la que nos dice lo que es bueno o malo, lo es justo o injusto. Así lo justo dependerá de la naturaleza del hombre y de su razonamiento. Tomás Hobbes. “Según Hobbes es hasta que surge el Estado que puede hablarse de justicia, porque donde no hay ley no hay injusticias y no hay ley donde no exista una voluntad superior que la imponga.” (Álvarez, M. 2001:345). Sostiene que el hombre por naturaleza es vanidoso, temeroso y codicioso, por esta razón siempre hay peleas entre los hombres, pero el estado natural del hombre debe cambiar, por ello se constituye el Estado el hombre renuncia a luchar contra otros para sobrevivir y es a partir del surgimiento del Estado que se puede establecer la justicia. El Estado expresa su poder determinando a través de las leyes lo que es justo o injusto, sin embargo el Estado tiene un límite, el de no romper el pacto por el cual es creado. Benito Spinoza. “Porque es sólo al auspicio de ese poder superior que puede concebirse la justicia” (Álvarez, M. 2001:346). Considera que la razón humana es tocada por la divinidad y por ello pone límites al poder, gracias a eso es posible instaurar un poder superior que gobierne a todos, sólo con la ayuda de ese poder superior es posible que se pueda entender la justicia, sin embargo los hombres no pueden renunciar a ciertos derechos como: la libertad de pensamiento y creencia. John Locke. Considera que el Estado es un colaborador para proporcionar el bien común, los hombres tienen derechos que se expresan en las constituciones civiles, en donde además se establece el contrato donde los hombres renuncian a sus derechos naturales a cambio de protección, pero el pueblo no cedió todos sus derechos, de las consideraciones de Locke surgen las ideas de los Derechos Humanos, ya que considera que los derechos subjetivos como la libertad, propiedad, la vida son inalienables y el Estado deberá proteger estos derechos. Samuel Puffendorf. Refiere que el Estado es una persona moral independiente de los que lo conformaron y que tiene como único fin el de procurar la seguridad y la paz de todos, considera que el Derecho Natural es anterior al Estado y por ello el derecho positivo emanado de él debe sujetarse al Derecho Natural. Este autor reconoce que hay derechos individuales pero también hay derechos como miembros de un grupo social. Cristian Tomasio. Lo más importante de las teorías de este autor es que considera que hay tres principios supremos del hacer: . La honestidad, considera que este principio es la base de la ética o moral y que
  • 15. 15 proporciona una paz interna a cada individuo. . Lo decoroso, que consiste en el respeto a nuestros semejantes, no hacer lo que no queremos que nos hagan. . Lo justo, el principio central del Derecho que se encarga de las acciones humanas, cuando éstas acciones perturban la paz de los demás y deben ser sancionadas. La valoración del derecho y el estado que va a ser establecida a través del derecho y del estado que va a ser establecida a través de la Escuela clásica del derecho natural es mucho más familiar para la actualidad. Se establecen las instituciones jurídicas a partir de la libertad y de los derechos individuales del hombre, que son el eje valorativo de las instituciones sociales. (Terán, J. 2007:282) Con el análisis de las principales ideas de cada filósofo, te darás cuenta que ellos coinciden en varios puntos: . Consideran que la justicia se debe entender a través de la naturaleza humana, de la cual se derivan un conjunto de normas universalmente válidas. . Sostienen que el contrato social dio origen al Estado, y que antes de su creación el hombre vivía en un estado de naturaleza salvaje. . Analizan la realidad, lo que permite a estos autores sentar las bases de los derechos humanos. . En lo corresponde a la justicia y el derecho, coinciden en que es el Estado quien debe impartir dicha justicia, a través de un conjunto de normas que habrán de imponerse atendiendo a la naturaleza del hombre y de sus derechos inalienables. Si bien las teorías que analizaste acerca de la justicia se basan en el Derecho Natural o Derecho Positivo las tres coinciden en que dependerá de la realidad social que se viva para determinar lo que es justo y que la impartición de la justicia quedará a cargo del Estado que deberá atender el bien común y mantener la paz entre sus gobernados. La naturaleza humana paso por tres etapas de desarrollo: 1. De carácter religioso, en donde la explicación a la realidad era a través de la concepción mágico-religiosa del mundo y se ve reflejado en las teorías del Derecho Natural expresadas por los filósofos que ya analizaste con Santo Tomás de Aquino. 2. La introducción de elementos racionales en la captación de las cosas y la realidad, esta etapa es representada en la Escuela Clásica, en donde se analiza las construcciones sociales racionalmente pero aún con un trasfondo metafísico. 3. La etapa científica se guía por una concepción racional experimental de las cosas, el conocimiento de los hechos, de ahí surgen los postulados del Derecho positivo, en donde además refieren que el destino de la humanidad es el progreso científico y este progreso consiste en llevar a los hombres a una felicidad en el disfrute material y espiritual por las leyes.
  • 16. 16 El Derecho debe de encaminarse a buscar la felicidad de los hombres con un sistema jurídico que proteja y garantice los derechos y libertades de los hombres. Actividad 1. La justicia mediante ejemplos Propósito: En esta actividad identificarás las teorías de Justicia, estas teorías te ayudarán a entender la relación entre la justicia y el Derecho. Instrucciones: 1. En un documento elabora tres historias de casos reales donde relaciones y ejemplifiques cada una de estas teorías: . Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles . Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás . Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica 2. Elabora una conclusión en la que incluyas un ejemplo de lo que tú consideras que es la justicia. Cada historia deberá ser en 1 cuartilla sin considerar la portada y las conclusiones. No olvides cuidar tu redacción y utiliza una correcta ortografía. 3. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U2_A1_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 4. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo. *Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. EXCELENTE DATOS DE IDENTIFICACIÓN Incluye los datos básicos de identificación del trabajo: alumno, nombre del curso, nombre de la tarea y fecha CONTENIDO Las tres historias reflejan comprensión, distinción, asim ejemplificación de cada una de las teorías de justicia d Tomás y Escuela Clásica requeridas para su elaborac CONCLUSIÓN La conclusión tiene un resumen claro de lo que plante de Aristóteles, Santo Tomás y Escuela Clásica y tiene respaldo teórico que se refleja en su ejemplo de justic
  • 17. 17 ORGANIZACIÓN La información es clara y objetiva al expresar las ideas lógico. ORTOGRAFÍA El texto no tiene errores ortográficos o tipográficos. Us signos de puntuación. Respeta las normas de acentua
  • 18. 18 Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 2. Justicia y legalidad Actividad 1. La justicia mediante ejemplos Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 01/06/2013 Actividad 1. La justicia mediante ejemplos Propósito: En esta actividad identificarás las teorías de Justicia, estas teorías te ayudarán a entender la relación entre la justicia y el Derecho. Instrucciones: 1. En un documento elabora tres historias de casos reales donde relaciones y ejemplifiques cada una de estas teorías: . Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles . Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás . Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica
  • 19. 19 2. Elabora una conclusión en la que incluyas un ejemplo de lo que tú consideras que es la justicia. Cada historia deberá ser en 1 cuartilla sin considerar la portada y las conclusiones. No olvides cuidar tu redacción y utiliza una correcta ortografía. 3. Guarda tu trabajo con la nomenclatura SCUL_U2_A1_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 4. Envía tu archivo a tu Facilitador(a) mediante la sección de Tareas para que lo revise y te retroalimente, tendrás la oportunidad de enviar una segunda versión de tu trabajo. *Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. La justicia mediante ejemplos “El Derecho, no debe ser justo para ser Derecho, pero sí debe o debería serlo para gozar de plena validez moral o fuerza obligatoria” (Álvarez, M. 2001 p.310) Resumen Este trabajo tiene la intención de ejemplificar las teorías de Aristóteles, Santo Tomás y la Escuela Clásica a través de tres historias de casos reales a fin de relacionar la justicia y el Derecho. Palabras Clave: Justicia, Derecho, Aristóteles, Santo Tomás, Escuela Clásica Abstract The intent of this paper is to exemplify the theories of Aristotle, Saint Thomas and Classical Economics through three real life stories so as to relate justice and Law. Key words: Justice, Law, Aristotle, Saint Thomas, Classical Economics
  • 20. 20 Índice Introducción 5 Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles 6 Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás 7 Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica 8 Conclusión 9 Fuentes de Consulta 9 La justicia mediante ejemplos Introducción Con el fin de identificar las teorías de justicia para entender la relación entre ésta y el Derecho, a continuación hemos elegido tres historias de casos reales donde relacionamos y ejemplificamos cada una de las teorías de Aristóteles, Santo Tomás y la Escuela Clásica. Como antecedente, el Derecho fue creado para mantener un ambiente de paz y tranquilidad que proveerá a cada quien lo que le pertenece. Inicialmente surge el Derecho Natural, con teorías como: iusnaturalismo e iusnaturalismo deontológico, después el Derecho Positivo y finalmente el Derecho Vigente. Lo justo para unos puede ser injusto para otros, por lo que el derecho debe contener la justicia en sus normas. La justicia tiene distintas maneras de concebirse y es la cultura de cada sociedad la que determina su justicia y su valor. Aristóteles es quien presenta una teoría realista, donde las ideas son creadas por la realidad. Produciendo una idea optimista del concepto del hombre y del Derecho
  • 21. 21 Natural, las ideas de Santo Tomás se fundan en las de Aristóteles y Platón; retomando la ideología de San Agustín, quien presenta una teoría pesimista del hombre en el aspecto terrenal; y finalmente dando paso a la Escuela Clásica, perteneciente al movimiento filosófico de Grocio, Hobbes, Spinoza, Locke, Puffendorf y Tomasio, quienes aportaron teorías con las que creyeron resolver el problema de la justicia a través de la naturaleza humana. Teoría de justicia de acuerdo a Aristóteles Aristóteles introduce el sentido común a la filosofía, lo que lo lleva a concluir que la justicia depende del lugar y de su realidad, haciéndola distributiva, equivalente al Derecho Público donde cada quien recibe lo que le corresponde según sus méritos y capacidades; conmutativa, equivalente al Derecho Civil, donde el Estado se convierte en particular cuando existe un intercambio de obligaciones y derechos en contratos verbales o escritos; y correctiva, equivalente al Derecho Penal, donde se aplica el principio de proporcionalidad de la pena: la pena debe ser equivalente al delito. En su obra “Casos Prácticos en la Aplicación del Principio de Proporcionalidad de los Impuestos”, J. M. Terán ejemplifica la capacidad contributiva de Aristóteles con el caso de un terreno que fue comprado en $100 por su cliente hace 20 años y que hoy tiene un valor de $20,000. El Sr. Terán justificó el aumento del valor diciendo que se debió a dos causas: fenómeno de inflación durante 20 años y porque al lado del terreno pasó la construcción de una nueva carretera, lo que ocasión el aumento en el haber patrimonial del cliente en $19,900, incrementando la capacidad económica de éste en esa misma cantidad. Para efectos de un impuesto sobre la renta ese aumento podría apreciarse como generador de capacidad contributiva, a menos que no se considerase
  • 22. 22 el aumento de valor de los bienes como un ingreso acumulable; y en el momento en su cliente eligiese vender la propiedad, éste cumpliría su obligación de pagar los impuestos correspondientes. Teoría de justicia de acuerdo a Santo Tomás Las ideas de Santo Tomás se fundamentan en las de Aristóteles y Platón, quien sostenía que las virtudes se basan en la justicia y ésta es sustentada en la idea del bien, lo que culmina en la armonía de todos. También retoma la ideología de San Agustín introduciendo la idea de la justicia relacionada con el bien común. En su obra “Summa Theologie” define a la justicia como un hábito por el que cada hombre le da a cada uno lo que es suyo a través de una voluntad constante, colocándola dentro de las cuatro virtudes principales: la templanza, la prudencia, la fortaleza, y la justicia. Sostenía que la ley regula estas acciones y es producto de la razón, por ende, de los seres humanos, pero hay una ley eterna de la cual emanan las leyes humanas y se expresa mediante la ley natural cuyo principio rector es hacer el bien y evitar el mal. La concepción del Derecho Natural de Santo Tomás consiste en que cada acción dirigida al bien común es resultado de la justicia y ésta es la que dirigirá todas las virtudes hacia el bien común. El mejor ejemplo de las teorías de Santo Tomás son el respeto y protección de los derechos fundamentales de todos las personas, como la libertad y vida, como producto del derecho natural por ser otorgadas por un ‘ser supremo’, que se garantizan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya legislación fue creada por seres humanos para el bien común como resultado de sus virtudes, cubriendo los parámetros establecidos por Santo Tomás para hacerla justa.
  • 23. 23 Teoría de justicia de acuerdo a la Escuela Clásica La Escuela Clásica resolvió el problema de la justicia a través de la naturaleza humana con las ideas de Hugo Grocio, quien sostiene la razón se expresa en el Derecho Natural y que lo justo dependerá de la naturaleza del hombre y de su razonamiento; Tomás Hobbes, quien considera que el Estado, creado para establecer la justicia, expresa su poder determinando a través de las leyes lo que es justo o injusto, limitado por el motivo de su creación, a fin de cambiar el estado natural belicoso del hombre, producto de su vanidad, temor y codicia; Benito Spinoza, quien establecía que aunque los hombres no pueden renunciar a la libertad de pensamiento y creencia, la justicia sólo puede entenderse con la ayuda de un poder superior que gobierne a todos y cuyos límites surgen de la divinidad que toca la razón humana, John Locke, quien refiere que los derechos subjetivos como la libertad, propiedad, la vida son inalienables y el Estado deberá proteger estos derechos, como colaborador hacia el bien común, en función del contrato social donde el pueblo renuncia a sus derechos naturales a cambio de esa protección; Samuel Puffendorf, que piensa que el único fin del Estado es procurar la seguridad y la paz de todos; que el Derecho Natural es anterior al Estado; y el Derecho positivo se sujeta al Natural; y Cristian Tomasio, quien considera que hay tres principios supremos del hacer: la honestidad como base de la ética o moral; lo decoroso o el respeto a los semejantes; y lo justo con respecto a las acciones humanas que por perturbar la paz deben ser sancionadas. De estas teorías surge el Derecho positivo encaminado hacia la búsqueda de la felicidad al hombre, a través de un sistema jurídico que proteja y garantice sus derechos y libertades.
  • 24. 24 Conclusión Para cerrar, me gustaría presentar la vida de Abraham Lincoln como el ejemplo perfecto del vínculo entre la justicia y el Derecho. Abraham Lincoln dedicó su vida a defenderla. Hijo de un carpintero, huérfano de madre desde chico, estudió derecho por su cuenta, porque consideraba que la ley era la clave del bien común. Como diputado en su país, criticó la esclavitud practicada en los estados sureños con las personas de raza negra. En 1860 cuando fue electo presidente esos estados se separaron de la unión americana. Se inició una guerra civil entre el sur y el norte, que apoyaba a Lincoln. El presidente declaró la libertad de todos los esclavos en 1863, creando la enmienda a la constitución que abolía la esclavitud. Al término de la guerra, en 1865, los ciudadanos reconocieron que era el principio de una nación más justa, una opinión que comparto. Fuentes de Consulta 1. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171 2. Terán, J.M. (2007). Filosofía del Derecho. México, Porrúa. 3. Calvo Nicolau, E. Casos Prácticos en la Aplicación del Principio de Proporcionalidad de los Impuestos. Universidad Nacional Autónoma de México. Recuperado el 30 de julio del 2013 de http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/20/pr/pr32.pdf. 2.2. La legalidad en una sociedad globalizada En este apartado se analizará la influencia de los demás países en la forma de legislar en México, como sabes las reformas a las leyes muchas veces obedecen más a una
  • 25. 25 política internacional, que a las necesidades mismas de cada Nación, pero ¿qué tantos beneficios o perjuicios han ocasionado estas leyes?, eso depende del criterio personal y por ende de la cultura de cada país “Los hombres ya no quieren confiar en otra justicia que no sea la equitativa distribución de los bienes” (Terán, J. 2007:316). La legalidad incluye la conceptualización de justicia en la actualidad, que es entendida de manera generalizada como el de dar a cada quien lo que corresponda y en que los derechos sean respetados. El mundo al intercambiar conocimientos debido a la globalización también ha homogeneizado en gran parte las normas jurídicas que les rigen y por ello también la idea de justicia y su percepción a nivel mundial es la equidad en bienes. Se puede apreciar esta globalización de leyes a través de los tratados internacionales, aunque no todos los países del mundo han firmado estos la gran mayoría lo ha hecho, Para entender como se ha dado esta globalización de la legalidad primero debes conocer la jerarquía de las leyes en nuestro país, comprender los ordenamientos que están encima del otro como la pirámide de Kelsen, pero también debes saber cómo futuro servidor público en donde está sustentada esta jerarquía. Posteriormente conocerás el origen y el alcance de los Tratados Internacionales. Así como en México contamos con tribunales que protegen nuestros derechos y castigan a quienes los han violentado, a nivel internacional hay organismos que se encargan de vigilar que los Tratados Internacionales que hayan firmado los diferentes países sean respetados para que el mundo tenga paz. Mantener la paz mundial no es tarea fácil, menos aun cuando un país no puede mantener esta paz en su propio territorio, por consiguiente ¿cómo se pretende mantener un orden social global? Como versa un dicho “el buen juez, por su propia casa empieza”, primero debemos educar a las personas en una cultura de legalidad, en el respeto a las leyes a las instituciones que conforman nuestro sistema jurídico para que de esta manera se extienda a todo el mundo. El delito siempre va a existir, pero ¿podemos disminuirlo?, esta respuesta la responderás tú mismo al finalizar la asignatura. 2.2.1. Jerarquía de leyes en México Primero la jerarquía es un criterio que establece una superioridad o subordinación de personas, instituciones o conceptos. Hay una jerarquía social, en donde algunas personas o grupos sociales son superiores a otros por razones políticas, económicas o educativas. También hay una jerarquía de leyes, en México ésta jerarquía la establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 133
  • 26. 26 constitucional, que a la letra dice: Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados. Así es como finalmente la Ley Suprema la constituyen la Constitución, las leyes del Congreso de la Unión y los Tratados Internacionales, anteriormente los Tratados Internacionales estaban por debajo de la Constitución en esta jerarquía de leyes, sin embargo debido a la globalización y a que se han estrechado los lazos con los diferentes países ha sido necesario reformar el artículo 133 constitucional, pero se ha buscado mantener el principio de supremacía constitucional que es la base de todo sistema jurídico. La soberanía de la Nación depende del principio de supremacía constitucional, la reforma a la constitución pone a la par de la constitución los tratados internacionales, lo que presupone un conflicto por ejemplo, un artículo constitucional es contrario a un tratado internacional, ¿Qué artículo debe ser reformado el del tratado internacional o la constitución? En este supuesto si el artículo constitucional se reforma atendiendo al Tratado Internacional como resultado, la soberanía de nuestra Nación queda en entre dicho, pero si no se reforma aunque se contraponga al Tratado Internacional se estaría contradiciendo a la misma Constitución. Para la resolución de este conflicto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es una institución fundamental del sistema jurídico mexicano, ésta establece en la siguiente tesis jurisprudencial: Registro núm. 172650 Localización: Novena época, instancia: pleno, fuente: Semanario Judicial de la Federación, XXV, abril de 2007, p.6, tesis: P. IX-2007, tesis aislada, materia(s): constitucional. Tratados internacionales. Son parte integrante de la Ley Suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de las leyes generales, federales y locales. Interpretación del artículo 133 constitucional La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos permite identificar la existencia de un orden jurídico superior, de carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados internacionales y las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los principios de derecho internacional dispersos en el texto constitucional, así como con las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho, se concluye que los
  • 27. 27 tratados internacionales se ubican jerárquicamente abajo de la Constitución federal y por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre los Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario (usos o costumbres) pacta suntservanda o «lo pactado obliga», contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo demás, una responsabilidad de carácter internacional. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo posterior a la anterior tesis jurisprudencial, la Suprema Corte de Justicia emite otra tesis jurisprudencial: TRATADOS INTERNACIONALES. CUANDO LOS CONFLICTOS SE SUSCITEN EN RELACIÓN CON DERECHOS HUMANOS, DEBEN UBICARSE A NIVEL DE LA CONSTITUCIÓN. Los tratados o convenciones suscritos por el Estado mexicano relativos a derechos humanos, deben ubicarse a nivel de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque dichos instrumentos internacionales se conciben como una extensión de lo previsto en esa Ley Fundamental respecto a los derechos humanos, en tanto que constituyen la razón y el objeto de las instituciones. Por lo que los principios que conforman el derecho subjetivo público, deben adecuarse a las diversas finalidades de los medios de defensa que prevé la propia Constitución y de acuerdo con su artículo133 las autoridades mexicanas deben respetarlos, por lo que bajo ninguna circunstancia pueden ser ignorados por ellos al actuar de acuerdo a su ámbito competencial. [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; P. 2079 Con esta tesis la Suprema Corte nos ha dado la respuesta, cuando se trate de Tratados Internacionales que contengan derechos humanos, estarán por encima de la Constitución y por ende el poder legislativo deberá hacer las reformas necesarias para que el artículo que contravenga las disposiciones de dichos tratados, se adecue a las disposiciones que en materia de derechos humanos contengan los Tratados Internacionales. Observa la pirámide de Kelsen ajustada a nuestra jerarquía de leyes.  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEYES  FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES.  LEYES ORGÁNICAS Y ESPECIALES  LEYES ORDINARIAS Y DECRETOS LEY  REGLAMENTOS  ORDENANZAS
  • 28. 28  SENTENCIAS Jerarquía de leyes 2.2.2. Tratados internacionales Los Tratados Internacionales surgen con la convención de Viena de 1969, pero antes de entrar en el análisis de la convención de Viena, primero hay que definir qué es un tratado por este se entiende que es un acuerdo internacional que se hace por escrito entre Estados, ya sea de manera bilateral en la que intervengan dos partes o multilaterales de tres o más, estos Tratados están regidos por el Derecho Internacional. El Tratado es un acto jurídico que tiene repercusiones a nivel Internacional, ya que hay organismos internacionales que se encargan de vigilar su cumplimiento. Pero ¿quién puede firmar estos Tratados? Serán firmados por los sujetos que tengan el carácter de personas jurídicas colectivas, pero actúan a través de una persona física que los representa, estas personas jurídicas colectivas, son principalmente los Estados pero también hay organizaciones internacionales. Los tratados pueden ser firmados con la finalidad de regular las cuestiones intergubernamentales, como préstamos económicos, intercambio de estudiantes, profesionales, asesoría científica o técnica, pero también hay tratados que modifican la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES LEYES ORGÁNICAS Y ESPECIALES LEYES ORDINARIAS Y DECRETOS LEY REGLAMENTOS ORDENANZAS SENTENCIAS
  • 29. 29 esfera jurídica de los Estados contratantes y que afectan a los gobernados. Para que un Tratado Internacional sea válido es necesario que el representante del Estado firme dicho Tratado, pero además deberá ser ratificado por el gobierno respectivo. En el caso de los Tratados que modifican la esfera jurídica de los gobiernos que los firman y ratifican, estos estados se comprometen a incorporar las normas en su sistema jurídico y adquieren la jerarquía que le otorgue su ordenamiento jurídico. La legislación internacional se lleva a cabo mediante el acuerdo de voluntades de los sujetos a quien se le otorga el iustractio derecho a producir tratados o normas de Derecho Internacional. Los Tratados Internacionales como fuente formal del Derecho implican dos procesos jurídicos: El primero El segundo proceso Implica las fases y requisitos formales que se requieren para la elaboración y la firma del Tratado Internacional, este proceso se rige por la costumbre internacional y el Derecho Internacional. Consiste en la incorporación del tratado al sistema jurídico de los Estados contratantes, para lo cual se revisarán las disposiciones establecidas en la Constitución, Ley sobre la celebración de Tratados y en las demás que contemplen los requisitos y formalidades para dicha incorporación. Los Tratados Internacionales surgen con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, dónde México se suscribió sin reservas, objeciones o declaraciones interpretativas el día 23 de Mayo de 1969, dicho Tratado fue aprobado por el Senado de la República el día 29 de Diciembre de 1972 y la ratificación se realizó el 25 de Septiembre de 1975, es por ello que México se encuentra sujeto a las disposiciones del Tratado de Viena. La Convención de Viena de 1969 regula los Tratados Internacionales que se celebran entre Estados, también organizaciones internacionales pueden firmar Tratados Internacionales, para la regulación de estos se realizó una segunda Convención de Viena sobre Tratados Internacionales celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales en el año 1986. De los Tratados Internacionales más conocidos que ha firmado y ratificado México se encuentran: . Tratados de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) firmado por México, Estado Unidos y Canadá. . Convención sobre los Derechos del niño . Convención sobre los Derechos Políticos de la mujer . Convención Interamericana contra la corrupción . Convención para la Prevención y la sanción del Delito de Genocidio
  • 30. 30 . Convención para el fomento de las relaciones culturales interamericanas La firma de Tratados Internacionales supone una serie de obligaciones por parte de los Estados firmantes, como en nuestro sistema jurídico que contamos con instituciones que se encargan de hacer cumplir las normas establecidas en nuestro Derecho, así también hay organismos que se encargan de velar por el cumplimiento de los Tratados Internacionales como: . Corte Interamericana de Derechos Humanos . Corte Internacional de Justicia de la Haya . Corte Penal Internacional Existen otros organismos que nacieron con la firma de Tratados Internaciones como: . Organización de las Naciones Unidas . Organización Mundial de la Salud . Organismo Internacional de energía atómica . Academia Internacional contra la corrupción . Organización Mundial del Turismo . Organización Mundial de la propiedad intelectual . Organismo para la proscripción de armas nucleares en la América Latina Estos son sólo algunos ejemplos de Tratados Internacionales y de los Organismos Internacionales que nacen de los mismos. La firma de un tratado internacional no sólo modifica nuestra esfera jurídica sino que además conlleva la creación de organismos internacionales. La legalidad de nuestro país contempla tanto los tratados internacionales como sus organismos que pueden interferir con las decisiones jurídicas que se tomen así como en la legislación de nuestras normas y en la construcción de nuestras instituciones. Actividad 2. La legalidad Internacional Propósito: En esta actividad analizarás la legalidad en una sociedad globalizada, este análisis te ayudará a entender la jerarquía de leyes y en qué consiste la legalidad internacional. Instrucciones: 1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes: . ¿Consideras que la actual jerarquía de leyes en México vulnera la soberanía de nuestro país? Si, No ¿Por qué? . ¿Consideras que es necesario crear una ley global que rija a todo el mundo? Si, No ¿Por qué?
  • 31. 31 2. Compara y comenta las aportaciones de al menos dos compañeros(as), en ellas verás las coincidencias en relación a tu aportación y podrás discutir las diferencias. *Consulta la rúbrica de foro que se encuentra en la pestaña material de apoyo para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. Anteriormente, los Tratados Internacionales se encontraban jerárquicamente por debajo de la Carta Magna, sin embargo, fue necesario realizar dicha reforma al artículo 133, toda vez que en el caso de los Tratados Internacionales relativos a Derechos Humanos, debían de encontrarse a la par con nuestra Constitución, ya que esta sólo establecía Garantías Individuales para sus ciudadanos, reformando de igual forma el artículo 1° constitucional. De igual forma, la adhesión a Tratados Internacionales no queda sujeta al arbitrio del Presidente de la República, sino que este, de acuerdo al artículo 76 fracción I, párrafo segundo, establece como facultades del Senado: Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo Federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos; No es necesario crear una ley global que rija a todo el mundo, ya que dejaríamos a un lado la Soberanía de cada Estado – Nación. La globalización actualmente, es generadora de acciones violentas que causan inestabilidad sistémica y actualiza la necesidad de reclamar por una recuperación del Estado – Nación que poco a poco se va perdiendo. En este contexto, se procura detectar y remarcar los aspectos negativos de dicho proceso mundial, como por ejemplo los intentos de homogeneizar la cultura, lo que ha producido una exacerbación de las reacciones heterogéneas basadas en los nacionalismos, las identidades étnicas, raciales y culturales que grandes problemas ha generado a finales del siglo XX y principios del siglo XXI. Con ella, el Estado - Nación se ha deteriorado significativamente, “despertando el debate sobre cómo será el orden internacional futuro, si el Estado desaparecerá o si se reformulará, todo ello a la luz de los resultados obtenidos por el achicamiento del mismo a lo largo de los 90” (Busso, 2002, P. 129), toda vez que la globalización económica afecta procesos de tal manera que condiciona su desarrollo político y económico. De acuerdo a la teoría realista de las Relaciones Internacionales, teoría tomada del libro de Pearson y Rochester “Relaciones Internacionales. Situación Global en el siglo XX”, (Pearson, Rochester, 2000. P. 276) se establece que el sistema internacional contemporáneo es anárquico por naturaleza, no existiendo algún tipo de autoridad superior a los Estados – Nación (Principio de la Igualdad Soberana en el cual la Organización de las Naciones Unidas es la piedra angular de la armonía imperante entre los Estados Miembros, que servirá como cauce para lograr los fines y propósitos comunes) que sea capaz de lograr una regulación clara y pacífica de las
  • 32. 32 relaciones internacionales entre los distintos actores que conforman la esfera global, como pudieran ser los mismos Estados – Nación, las Organizaciones Internacionales, las Organizaciones no Gubernamentales, entre otros, no olvidando el proceso de globalización el cual ha tomado gran importancia en las dos últimas décadas siendo un factor de inestabilidad en la esfera mundial. Al ser cada Estado – Nación, un actor racional, éste siempre buscará su maximización dentro de la esfera internacional, políticamente hablando; nunca se podrá lograr una equidad internacional, toda vez que la acumulación de recursos militares y económicos, factores geopolíticos y geoestratégicos serán el cause para todos los Estados – Nación, que a su vez, darán un balance de poder entre los actores internacionales. Esta teoría realista, conocida en la actualidad como neorrealista, es la encargada de establecer que es difícil llevar a cabo la cooperación internacional, dependiendo del Estado – Nación, ya que él mismo, para contrarrestar la anarquía que se pueda generar en el exterior, no creerá en las instituciones internacionales y tratará de maximizar ideologías internas mediante la búsqueda de la grandeza nacional, el cumplimiento de objetivos ideológicos, el mesianismo político o el engrandecimiento económico entre otros, no logrando así una comunión con sus homólogos en las Organizaciones Internacionales. Bibliografía. Gamboa, D. El fracaso actual de la Organización de las Naciones Unidas en la prevención y solución de conflictos a partir de la caída del Muro de Berlín. Localizable en: dspace.unia.es/bitstream/10334/1464/1/0220_Gamboa.pdf
  • 33. 33 Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 2. Justicia y legalidad Actividad 2. La Legalidad Internacional Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 21/06/2013 Actividad 2. La legalidad Internacional Propósito: En esta actividad analizarás la legalidad en una sociedad globalizada, este análisis te ayudará a entender la jerarquía de leyes y en qué consiste la legalidad internacional. Instrucciones: 1. Ingresa al foro y debate con tus compañeros las siguientes interrogantes: . ¿Consideras que la actual jerarquía de leyes en México vulnera la soberanía de nuestro país? Si, No ¿Por qué? El artículo 133 coloca a los tratados internacionales por encima de las leyes generales y constituciones estatales en la jerarquía de leyes, lo que, a mi entender, es violatorio a la soberanía de los estados. Por otro lado, la Suprema Corte indica que cuando se trate de Tratados Internacionales que contengan derechos humanos, éstos estarán por encima de la Constitución y por ende el poder legislativo deberá hacer las reformas necesarias para que el artículo que contravenga las disposiciones de dichos tratados, se adecue a las disposiciones que en materia de derechos humanos contengan los Tratados Internacionales. Un ejemplo futuro, sería la necesidad de reformar el artículo 16 que permite a la autoridad judicial decretar el arraigo, que es una violación a los derechos humanos. Pienso que en lugar de sentar un precedente de esta naturaleza, hubiese sido mejor abordar este tema caso por caso. No por ser tratado internacional, necesariamente sea a lo que México le daría prioridad en función de sus necesidades locales. . ¿Consideras que es necesario crear una ley global que rija a todo el mundo? Si, No ¿Por qué?
  • 34. 34 Guardando la proporción debida ante mi ignorancia del Derecho, en mi opinión, por sentido común, una ley global resultaría inadecuada para los países involucrados, ya que las leyes son creadas por los pueblos y en función de las creencias y la cultura de los pueblos que serán regidos por ellas, lo que haría anticonstitucional aceptar la creación de leyes desarrolladas por fuentes externas al país, Según el contrato social, los mexicanos hemos elegido asumir obligaciones a fin obtener el derecho de ser protegidos por un gobierno de nuestra elección. Sin embargo, sí pienso que es viable integrar a nuestra legislación nacional, el formato, el orden y el contenido de aquellas legislaciones globales que se identifiquen con nuestra cultura, como es el caso de la Declaración Universal de Derechos Humanos y nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título Primero, Capítulo Uno, De los Derechos Humanos y sus Garantías, o de la Ley General de Víctimas con la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder a través de tratados internacionales. Fuentes de Consulta 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf 2. Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. Recuperado el 31 de julio del 2013 de http://www2.ohchr.org/spanish/law/delitos.htm 3. Declaración Universal de Derechos Humanos. Recuperado el 31 de julio del 2013 de http://www.un.org/es/documents/udhr/ 4. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171 5. Ley General de Víctimas. Recuperado el 31 de julio del 2013 de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5297901&fecha=03/05/2013 2. Compara y comenta las aportaciones de al menos dos compañeros(as), en ellas verás las coincidencias en relación a tu aportación y podrás discutir las diferencias. *Consulta la rúbrica de foro que se encuentra en la pestaña material de apoyo para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. 2.3. La justicia en la sociedad actual En la actualidad el ideal de justicia es una representación del derecho, un derecho que garantice la equitativa distribución de los bienes y del respeto a lo que mundialmente ha sido aceptado como los derechos humanos y que tienen su base en el Derecho Natural. De tal suerte que en la actualidad la justicia es también un concepto global, todos los hombres necesitan la protección del Estado, para que sus derechos fundamentales sean respetados y que cuando se vulneren los mismos sea el Estado el que se encargue de impartir justicia, de dar a cada quien lo que corresponda ya sea
  • 35. 35 castigando o subsanando. La globalización y los Tratados Internacionales han producido organismos internacionales que se encargan de impartir justicia entre los Estados que los firmaron, es por eso que la justicia como concepto se ha homogeneizado. Para lograr la cultura de legalidad en nuestro país es imperativo que se conozcan todos los conceptos que hasta el momento has revisado pero también retomar otros conceptos ya analizados pero esta vez enfocándolos a un entendimiento internacional. Por ello retomaras los conceptos de justicia, ética y moral pero ahora con una visión internacional de los mismos, es difícil que todos los países entiendan lo mismo por moral, debido a que ésta es tan subjetiva y depende de factores culturales, sociales, religiosos e incluso políticos, sin embargo la ética como recordarás contiene valores universalmente válidos. La ética ha servido para fundamentar los derechos lo que ha permitido la firma de Tratados Internacionales y aunque los filósofos no lleguen nunca a ponerse de acuerdo sobre la naturaleza de los derechos humanos, sí están de acuerdo en su importancia y en que ningún ordenamiento jurídico en el mundo podrá gozar de un calificativo como el de justo a menos que reconozca, promueva y proteja los derechos fundamentales de los hombres. México ha elevado los Derechos Humanos a un rango Constitucional, más aún recordarás la jurisprudencia en la que los Tratados Internacionales que haya firmado México en materia de Derechos Humanos estará por encima de cualquier otra ley. Pero en la sociedad mexicana se puede percibir que la opinión en general es que en México no hay justicia, o que ésta está reservada sólo para ciertos grupos, lo cierto es que la falta de una cultura de legalidad es una de las razones por las cuales la justicia se percibe de esta manera. Pero tampoco la legalidad asegura la justicia, el sistema jurídico que agota sus propios valores como el orden social, la seguridad e igualdad no va a funcionar ya que con ello viola los principios por los cuales fue creado y tendrá la validez formal que otorga el Derecho pero no podrá decirse que es justo, si bien en México se incluyen los Derechos humanos de nada sirve cuando la seguridad del país es vulnerada a diario por grupos delictivos que el mismo Estado no puede controlar. El panorama en cuanto la igualdad no más optimista que el de la seguridad, en la actualidad se puede observar en el entorno que muchos tienen poco o nada y unos cuantos lo poseen todo. “El problema de la felicidad de los hombres es de buena legislación; con un sistema estatal y jurídico que proteja y garantice los derechos y libertades de los hombres, los
  • 36. 36 pueblos caminarán hacia la felicidad” (Terán, J. 2007:304). Como lo refiere Terán para que una sociedad ya sea a nivel estatal, federal incluso internacional es necesario que la legislación sea buena, que contenga los valores que son aceptados por la mayoría y que finalmente son los que debe proteger el derecho. El sistema jurídico que pierde los valores que lo sustentan no van ejercer una obligatoriedad ética sino jurídica y por lo tanto coercitiva. 2.3.1. La justicia y la moral “Para Platón la justicia es una virtud que puede referirse tanto al individuo como al Estado… la justicia viene a ser la relación armónica entre sus diferentes virtudes” (Álvarez, M. 2001:338,339). “Suárez ve en la justicia la constante afirmación de la superioridad del mundo del espíritu sobre el de la materia y la compenetración de la justicia con la claridad” (Álvarez, M. 2001:348). La justicia para algunos filósofos va de la mano con los valores morales que se tengan, sin embargo en la sociedad globalizada en la que estamos inmersos, la moralidad de un país depende de muchos factores, la moral global no existe como tal, cada país tiene una sociedad y en ella hay culturas y subculturas, la moralidad de cada persona que conforma dicha sociedad dependerá de la subcultura a la que pertenezca, la educación que haya recibido en su familia, en la escuela, las influencias sociales, culturales, etc. La moral es una forma de controlar la voluntad, el término no se refiere exclusivamente al sentido bueno de la conducta, también hay actos moralmente malos, es decir depende de la intención, para ser buenos no sólo se necesita tener buenas intenciones sino que también se exige la manifestación de la conducta. En la moral puede haber simulación, se puede aparentar tener valores morales pero en el interior se sabe cuándo se hace algo por cubrir las apariencias o porque de verdad creemos que así se deban de hacer las cosas, las acciones morales carecen de una coacción externa, se dice que es una forma de vida social. La subjetividad de la moral impide que la misma sea considerada para definir la justicia en un ámbito Internacional por ejemplo: Un país como Irak que tiene la costumbre de arreglar los matrimonios por así convenir a sus familias, considera que estas acciones son moralmente buenas y por tanto justas, sin embargo en países como Holanda lo consideraría moralmente malo e injusto. Tomando estos ejemplos cómo podrían estos dos países celebrar Tratados
  • 37. 37 Internacionales en materia de Derechos Humanos si no coinciden en su conceptualización de lo que es justo o injusto. Hace siglos la moral era la base de la construcción de un sistema jurídico, en la etapa en la que el hombre se encontraba bajo creencia de una divinidad, esa divinidad que muchos filósofos tomaron como base para la creación del Derecho Natural, sin embargo en la actualidad nos encontramos no sólo en la etapa científica, sino además en un momento de la historia en la que las culturas de diversos países se están uniendo y esto se debe, a la facilidad del medio de comunicación que tenemos al que llamamos internet. La justicia no debe ser entendida a través de la moral, necesita fundamentarse en conceptos más objetivos, para que así la justicia sea igualmente objetiva, no sólo en el ámbito internacional sino también en el nacional, ya que se presentan los mismos problemas con la moral a nivel internacional, ésta es subjetiva y depende de cada persona. 2.3.2. Justicia, ética y moral La legalidad es el conjunto de normas jurídicas, tratados internacionales, principios, e instituciones, y ésta es valorada por los gobernados quienes son los que deben sujetarse a sus disposiciones, la valoración la realizan a partir del concepto de justicia o injusticia, que se tenga en la sociedad en el momento y lugar en que se esté aplicando el sistema jurídico. Cuando una norma es considerada como injusta, la sociedad a la que va dirigida puede decidir ignorarla, es ahí cuando la normatividad pierde fuerza obligatoria. Las normas fueron creadas para mantener un ámbito social de paz, libertad e igualdad, con la finalidad de que los hombres pudieran convivir en una sociedad civilizada, los valores que pretende proteger el Derecho son valores que se consideran superiores y que guían al Derecho. Empero el derecho también es valorado por los gobernados por los principios o valores que guían al legislador para la construcción de la legalidad y sólo cuando el Derecho satisface éste doble estándar de valores es cuando se califica por la sociedad como justo. El análisis de la justicia o injusticia del Derecho llega a hacerse desde dos puntos de vista morales:  El primero como integrantes del sistema jurídico que consideran la justicia o injusticia del mismo por los valores que protege y promueve, este análisis se hace de manera interna.  El segundo como espectadores de otro sistema jurídico, juzgándolo con base en nuestra moral, en lo que consideramos que es bueno o malo.
  • 38. 38 Ahora bien, si para que la legalidad sea considerada por la sociedad a la que rige como justa, debe proteger y promover valores superiores, ¿de dónde se van a obtener estos valores para que no sean subjetivos? La respuesta es de la ética, esta es una ciencia filosófica encargada de estudiar el comportamiento moral del hombre en sociedad, la moral es su objeto de estudio. La ética se encarga de determinar cuáles opiniones o creencias morales son válidas, y son válidas cuando cumplen la función de garantizar la felicidad individual, la paz social y cuando se evita el sufrimiento individual o colectivo. Al respecto Escobar Valenzuela dice: Su tarea fundamental consiste en guiar la conducta para decidir cuál es la mejor decisión entre las posible de realizar en una situación concreta… para ello se estudian los valores y las mejores formas de solucionar los problemas morales de la convivencia humana. (Escobar, G. 2002:26). La principal tarea de la ética es guiar la conducta del hombre para que lo lleve a tomar las mejores decisiones en situaciones concretas, estudia los valores, explica y fundamenta la resolución a problemas morales para ello se apoya de otras ciencias como: 1 El primero como integrantes del sistema jurídico que consideran la justicia o injusticia del mismo por los valores que protege y promueve, este análisis se hace de manera interna. 2 El segundo como espectadores de otro sistema jurídico, juzgándolo con base en nuestra moral, en lo que consideramos que es bueno o malo. Ética Psicoanálisis Sociología Antropologí a HistoriaDerecho Economía Psicología
  • 39. 39 Finalmente para que la legalidad forme parte de la cultura mexicana, primero es necesario que los valores morales que la ética ha establecido como válidos sean enseñados en todos los niveles educativos pero también será necesario ponerlos en práctica, ya que un valor moral es una acción que se ejercita a diario, si no se cuenta con estos valores éticos todo lo que sea contrario a los intereses particulares obedeciendo al egoísmo se valorará como injusto. “La moral es el objeto de estudio de la ética” (Escobar, G. 2002:24). Así que la moral es el objeto de estudio de la ética y la ética de una sociedad le dará al Derecho el valor de justo o injusto, este valor no va a demeritar el carácter coercitivo del Derecho pero sí se verá reflejado en la obediencia al sistema jurídico, a la legalidad en términos generales. Actividad 3. Lo justo y lo ilegal Propósito: En esta actividad analizarás la importancia de la justicia y legalidad en una sociedad, para aplicar los conocimientos previos en el análisis de casos reales. Instrucciones: 1. Investiga en los diferentes medios de comunicación dos noticias que te parezcan importantes y que se relacionen con la justicia y la legalidad. 2. Una vez que hayas realizado la investigación, responde las siguientes preguntas: . ¿Qué actividades son justas pero ilegales? . ¿Qué actividades son legales pero injustas? . ¿Por qué lo consideras así? 3. En un documento integra las dos noticias con sus respectivas preguntas e incluye tus conclusiones presentando tus propias ideas sobre el tema. . Incluye las referencias con base en los lineamientos establecidos por la APA. . Cuida tu redacción y utiliza una correcta ortografía 4. Guarda tu trabajo con la siguiente nomenclatura SCUL_U2_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 5. Envía tu trabajo mediante la sección Portafolio y espera la retroalimentación de tu Facilitador(a). *Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo.
  • 40. 40 Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas Licenciatura en Seguridad Pública 8º Cuatrimestre Materia: Cultura de la Legalidad Unidad 2. Justicia y legalidad Actividad 3 . Lo justo y lo legal
  • 41. 41 Clave: LIC 01093083 Facilitador: Ricardo Chávez Díaz Nombre: Elizabeth De la Barrera Blanor Matrícula: AL10502742 21/06/2013 Actividad 3. Lo justo y lo ilegal Propósito: En esta actividad analizarás la importancia de la justicia y legalidad en una sociedad, para aplicar los conocimientos previos en el análisis de casos reales. Instrucciones: 1. Investiga en los diferentes medios de comunicación dos noticias que te parezcan importantes y que se relacionen con la justicia y la legalidad. 2. Una vez que hayas realizado la investigación, responde las siguientes preguntas: . ¿Qué actividades son justas pero ilegales? . ¿Qué actividades son legales pero injustas? . ¿Por qué lo consideras así? 3. En un documento integra las dos noticias con sus respectivas preguntas e incluye tus conclusiones presentando tus propias ideas sobre el tema. . Incluye las referencias con base en los lineamientos establecidos por la APA. . Cuida tu redacción y utiliza una correcta ortografía 4. Guarda tu trabajo con la siguiente nomenclatura SCUL_U2_A3_XXYZ. Sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 5. Envía tu trabajo mediante la sección Portafolio y espera la retroalimentación de tu Facilitador(a). *Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en cuenta al momento de calificar tu trabajo. Lo justo y lo ilegal Investigué en los diferentes medios de comunicación dos noticias que me parecieron importantes por su cotidianeidad en el campo laboral y que se relacionan con la justicia y la legalidad, integrando las dos noticias y respondiendo a calce a las preguntas ¿Qué actividades son legales pero injustas? ¿Qué actividades son justas pero ilegales? y ¿Por qué? cerrando con mis conclusiones e ideas sobre el tema.
  • 42. 42 Introducción La justicia depende de los valores morales que se tengan y la moralidad de cada miembro de una sociedad dependerá de la subcultura a la que pertenezca, su educación familiar, escolar, social, cultural, etc. La legalidad es el conjunto de normas jurídicas, tratados internacionales, principios, e instituciones, valorada por los gobernados que deben sujetarse a sus disposiciones de justicia o injusticia, que se tenga en la sociedad en el momento y lugar en el que se aplique el sistema jurídico.. Los gobernados también valoran el derecho por los principios o valores que guían al legislador para la edificación de la legalidad y la sociedad lo certifica como justo cuando el Derecho integra éste doble estándar de valores. En México, en materia de laboral, tema de las noticias objeto de este ensayo, el Artículo 5º Constitucional de los Derechos Humanos y sus Garantías establecen que “a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.” Asimismo, El Artículo 123 Constitucional del Trabajo y de la Previsión Social establece que “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. […] El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: […] Fracción XXII. El patrono que despida a un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario. La Ley determinará los casos en que el patrono podrá ser eximido de la obligación de cumplir el contrato, mediante el pago de una indemnización. Igualmente tendrá la obligación de indemnizar al trabajador con el importe de tres meses de salario, cuando se retire del servicio por falta de probidad del patrono o por recibir de él malos tratamientos, ya sea en su persona o en la de su cónyuge, padres, hijos o hermanos. El patrono no podrá eximirse de esta responsabilidad, cuando los malos tratamientos provengan de dependientes o familiares que obren con el consentimiento (consentimiento, sic DOF 21-11-1962) o tolerancia de él. […] XI (IX, sic 05-12-1960). Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. […] En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley; […] XIII. Los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes. Los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, podrán ser
  • 43. 43 separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones. Si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido.” ¿Qué actividades son legales pero injustas y cuáles son justas pero ilegales? En Costa Rica, “cuando una empresa despide al trabajador, le notifica su despido, sin indicar las razones para tomar tal decisión, el despido se convierte en injusto pero no ilegal. Por supuesto, que cuando una empresa despide a un trabajador, lo correcto es indicarlas las causas o razones que la llevaron a tomar esa decisión, pero si omitiere hacerlo, el despido se considerará injusto, aun cuando posteriormente se comprobare una justa causa, como lo ha dicho la Corte suprema de justicia en varias oportunidades. En algunas ocasiones, el empleador despide a un trabajador sin que este hay cometido falta alguna, es decir, sin justa causa; lo hace simplemente por una razón subjetiva que le lleva a considerar que no quiere más a esa persona en su empresa, y en consecuencia, lo despide sin indicar la razón, y en tal caso, es injusto el despido y habrá que pagar la indemnización”. En México, es injusta e ilegal, puesto que “el patrono que despida a un obrero sin causa justificada […] estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario”, y “en caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley. Si se tratase de servidores públicos, el despido sería injusto, más no ilegal, ya que si la “terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido." Esta precisión es importante en la medida en que las consecuencias de considerar un despido injusto o ilegal judicialmente son distintas. En el despido injusto procede una indemnización, y en el despido ilegal se busca el reintegro del trabajador, ya que el despido se considera ineficaz, regresando la situación jurídica a como estaba antes del despido. Por otro lado una empresa que ya no puede mantener a un excelente empleado en su nómina por circunstancias económicas de la compañía, viéndose obligado a darlo de baja, actuaría en forma justa, puesto que lo indemnizaría conforme a la ley, pero sería
  • 44. 44 un acto ilegal, conforme al artículo 123 que indica que “Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada” y bajo ningún concepto estaría el patrón en posibilidades de reintegrarlo a su puesto. El análisis de la justicia o injusticia del Derecho se percibe desde dos ángulos morales  Como integrantes del sistema jurídico donde su justicia o injusticia se evalúan por los valores que protege y promueve, y  Como espectadores de otro sistema jurídico, juzgándolo en base a lo que es bueno o malo según nuestra moral.. Conclusiones Se concluye que las consecuencias del despido injusto son diferentes a las consecuencias del despido ilegal, donde las primeras contemplan el pago de una indemnización y las últimas, la reinstalación del trabajador, rigiéndose o no bajo el principio de nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, según las costumbres que dictan la legislación del país donde se presenten los hechos. La legalidad no asegura la justicia. El sistema jurídico que acaba con sus propios valores como el orden social, la seguridad e igualdad no funciona porque viola los principios por los que fue creado y tendrá la validez formal que otorga el Derecho pero carecerá de justicia. Aunque México incluye los Derechos humanos carece de utilidad cuando la seguridad es vulnerada continuamente por grupos delictivos fuera del control del Estado. En la actualidad resulta indispensable que una buena legislación contenga los valores que debe proteger el derecho para ser aceptada por la mayoría. Las normas fueron creadas para mantener un ámbito social de paz, libertad e igualdad, permitiendo la convivencia de los hombres en una sociedad civilizada. El sistema jurídico que no tiene los valores que las sustentan no ejercerá una obligatoriedad ética sino jurídica y, por ende, coercitiva. Sin embargo, existe una posible alternativa donde la justicia deje de ser entendida a través de la moral, fundamentándose en conceptos más objetivos y produciendo una justicia igualmente objetiva, no sólo en el ámbito internacional sino también en el nacional, ya que a nivel global se presentan los mismos problemas con la moral, siendo subjetiva y dependiente de cada persona. Fuentes de Consulta 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 11-06-2013 Recuperado el 25 de junio del 2013 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf 2. Cuadro comparativo que identifica las modificaciones realizadas a la Ley Federal
  • 45. 45 del Trabajo Recuperado el 10 de agosto del 2013 de http://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/reforma_laboral/archivos/Cuadro%20compara tivo%20LFT%20vs%20Reforma.pdf 3. Justicia y legalidad. Universidad Abierta y a Distancia de México. Recuperado el 31 de Julio del 2013 de http://207.249.20.78/moodle/mod/resource/view.php?id=171 4. Las consecuencias del despido injustificado son diferentes a las consecuencias del despido ilegal, por cuanto las primeras suponen el pago de una indemnización y las segundas el reintegro del trabajador. Gerencie.com. Recuperado el 10 de agosto del 2013 de http://www.gerencie.com/las-consecuencias-del-despido-injusto-son- diferentes-a-las-consecuencias-del-despido-ilegal.html 5. Nueva Ley Federal del Trabajo Recuperado el 10 de agosto del 2013 de http://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/reforma_laboral/archivos/Noviembre.%20Ley %20Federal%20del%20Trabajo%20Actualizada.pdf 6. Si la empresa no notifica la causa del despido al trabajador, el despido se torna injusto más no ilegal Gerencie.com. Recuperado el 10 de agosto del 2013 de http://www.gerencie.com/si-la-empresa-no-notifica-la-causa-del-despido-al- trabajador-el-despido-se-torna-injusto-mas-no-ilegal.html Autoevaluación Con la finalidad de realizar un ejercicio de repaso acerca de los conceptos más importantes estudiados en la unidad. Instrucciones: Esta actividad te permitirá medir el grado de conocimiento obtenido durante la unidad selecciona la respuesta correcta.
  • 46. 46 PREGUNTA Respuest a correcta OPCIÓN A OPCIÓN B OPCIÓN C OPCIÓN D 1.La justicia distributiva de la que habla Aristóteles es comparada con el Derecho: C Penal. Civil. Público. Privado. 2. Las cuatro virtudes con las que debe contar el hombre son cuatro: templanza, prudencia, fortaleza y justicia, esto de acuerdo a la filosofía de: B Aristóteles. Santo Tomás de Aquino. Cristian Tomasio. Platón. 3. Realiza un análisis de la justicia y sienta las base de los Derechos Humanos: A Escuela Clásica. Aristóteles. Santo Tomás. Platón. 4. Artículo Constitucional que establece la jerarquía de leyes en México: A Art. 133. Art. 117. Art.39. Art. 1.