1. CONTRATO DE ASOCIACION
ASPIRANTE A PRODUCTOR
De la Primera Parte: ______________________., corporación con fines de lucro debidamente
organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, seguro social patronal
_____________ representado en este acto por su presidente, ________________, mayor de edad,
soltero, empresario y promotor de espectáculos públicos, vecino de__________________, Puerto Rico,
en adelante conocido como la Primera Parte.
De la Segunda Parte:
__________________________, con licencia de conducir número __________________, mayor de
edad, casado y vecino de _____________________, Puerto Rico, en adelante conocido como la
Segunda Parte.
CLAUSULAS Y CONDICIONES
Primera: La Primera Parte es Productor de profesión con licencia expedida por el Departamento de
Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para producir espectáculos públicos
(número________________).
Segunda: La Primera Parte es miembro activo del Colegio de Productores de Espectáculos Públicos
de Puerto Rico (número de colegiado______).
Tercera: La Primera Parte y Segunda Parte acuerdan asociarse por un período de dos (2) años.
Cuarta: El propósito de la acordada asociación es que la Segunda Parte pueda obtener su licencia
para producir eventos públicos sujeto a las disposiciones de la Ley del Colegio de Productores de
Espectáculos Públicos de Puerto Rico.
Quinta: La Primera Parte se compromete a ofrecer asesoría en producción para los eventos que
este realice por el período de vigencia de este contrato.
Sexta: La Segunda Parte se compromete a enviar los boletos de cada evento a las oficinas
de___________________., para que los mismos puedan ser refrendados a través de la Primera Parte a
tenor con DA-06-07, Refrendo de Boletos, del 11 de septiembre de 2006.
2. Séptima: La Segunda Parte se compromete a obtener la póliza de responsabilidad pública, póliza
de eventos especiales y demás seguros. Igualmente se compromete a endosar al
señor_________________________, con el propósito de liberarles de toda responsabilidad en caso de
accidentes y/o de reclamaciones que ocurran por la culpa o negligencia de la Segunda Parte, sus
suplidores, empleados en nómina o por servicios profesionales tanto de la Segunda Parte como de sus
suplidores.
Octava: La Segunda Parte se obliga a pagar la retención, liquidación, facturación o documento
referente al IVU, pago de suplidores y pago de honorarios a la Primera Parte siempre que realice un
evento cobrando derecho de admisión.
Novena: La Segunda Parte no está autorizada a utilizar el nombre del señor
___________________________ y/o sus afiliadas, para la subcontratación de suplidores, medios,
artistas, tarimas, salas, coliseos, centro de convenciones o cualquier otra estructura donde se puedan
realizar eventos públicos y demás personas vinculadas a la industria del entretenimiento sin obtener
previamente el consentimiento escrito de la Primera Parte.
Decima: Tanto la Primera como la Segunda Parte se comprometen a cumplir con todas las leyes y
reglamentos aplicables del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo pero no limitándose a la
Ley del Colegio de Productores de Espectáculos Públicos de Puerto Rico, supra.
Decimo Primera: Este contrato puede ser cancelado por cualquiera de las partes mediante una
notificación de treinta (30) días.
Y PARA QUE ASI CONSTE SUSCRIBIMOS EL PRESENTE EN SAN JUAN, PUERTO RICO, HOY
___________________________________.
_________________________________ ___________________________________
Primera Parte Segunda Parte