1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS.
ESCUELA DE DERECHO.
CÁTEDRA: INFORMATICA III
ELABORACIÓN DE UNA
SENTENCIA
ING.: ROBERTO GOMEZ
SECCIÓN 731
AUTOR (A):
JACQUELINE P. SOTO L.
C.I V- 23.790.113
JULIO 9, 2014.
2. SANCIÓN POR ADMISIÓN DE HECHOS (ART. 376
COPP)
ES UNA SENTENCIA (LA ÚNICA SENTENCIA
DEFINITIVA QUE PUEDE DICTAR UN JUEZ EN EL
PROCESO PENAL)
DECISIONES QUE CONTIENEN UNA CONDENA Y SE
TRATA DE UNA SENTENCIA DEFINITIVA (ART. 173
COPP)
AGOTANDO LA PRIMERA INSTANCIA DEL PROCESO.
4. LA PARTE NARRATIVA
La sentencia por admisión de los hechos debe tener un
encabezamiento en el que se recoja la identificación del tribunal
que la dicta, la fecha y lugar del pronunciamiento, la
nomenclatura del proceso en que recae y la identificación de las
partes( fiscal y acusador privado, imputado y sus defensores) y a
continuación debe aparecer la parte narrativa de la decisión, que
debe constar fundamentalmente de dos elementos; los hechos
de la acusación y el desarrollo de la audiencia preliminar.
5. LA PARTE MOTIVA
La parte motiva es una sentencia definitiva por admisión de los
hechos supone algunas consideraciones verdaderamente
jurisdiccionales por parte del juez de control. Los puntos más
importantes sobre los que debe pronunciarse el juez de control,
a la hora de resolver un procedimiento por admisión de los
hechos, son sus consideraciones acerca de cuan voluntaria y
espontanea ha sido la admisión de los hechos por parte del
imputado y si debe realmente sentenciarlo conforme a su
pedido.
6. LA PARTE DISPOSITIVA
La parte dispositiva de la sentencia debe contener
exclusivamente los pronunciamientos que son
consecuencia del acto de calificación o acción de subsumir
los hechos concretos admitidos en los hechos abstractos de
las normas jurídico-sustantivas escogidas.
8. ART. 364 # 1 COPP
ART. 364 # 2 COPP
ART. 364 # 3 COPP
ART. 364 # 4 COPP
La sentencia debe tener como
encabezamiento la mención del tribunal,
identificación de los que intervienen en
el proceso, la fecha y el delito que se
juzga.
Se debe expresar en párrafos
diferenciados, la narración de los hechos
que fundaron la causa de acuerdo al MP
o a los acusadores particulares con la
calificación jurídica.
Es necesario que el tribunal exprese
las delimitaciones, los hechos
considerados efectivamente probados
según las reglas que reza el articulo 22
del COPP.
El juez de juicio debe expresar las
circunstancias eximentes, atenuantes o
agravantes que haya apreciad, la
calificación jurídica que confiera
responsabilidad penal con su respectivo
razonamiento sobre su encuadre.
9. LA PARTE NARRATIVA
La parte narrativa de la sentencia emanada de un juicio oral debe
recoger las circunstancias que dio lugar a la celebración de este,
es decir, cual es el objeto del proceso que se debatió en la
audiencia de juzgamiento, la relación de las pruebas practicadas
en el debate, los incidentes que se presentaron durante el
debate, tales como ampliación de la acusación, advertencia de
nueva calificación, reacusaciones sobrevenidas, solicitudes de
pruebas nuevas, renuncia a medios probatorios, revelaciones
inesperadas, entre otros, y las conclusiones de las partes
acusadoras y de la defensa. La parte narrativa es la relación de
lo que da lugar al juicio y de lo que ha sucedido en el.
10. LA PARTE MOTIVA
La parte motiva de la sentencia debe ser el producto de los
razonamientos del juez sobre si los hechos objeto del proceso y
su calificación jurídica han quedado acreditados o no con la
prueba practicada y si valoración de dicha prueba, de los
incidentes acaecidos durante el debate y de las conclusiones de
las partes
11. BIBLIOGRAFÍA
Manual de Derecho Procesal Penal. Dr.
Franklin Yanes.
Wikipedia (Sentencia).
Buenas tareas (Elaboración de sentencia).