15. LA INFIDELIDAD COMO UN DERECHO La infidelidad es, en no pocas ocasiones, la causa de que muchas parejas atraviesen una situación difícil. Fatalmente vinculada a la desconfianza, la aventura extramatrimonial -una vez confesada o descubierta- suele dinamitar los cimientos en que se fundan las relaciones, llevándolas en muchos casos hasta la separación o el divorcio. Pero, aunque en el aspecto personal sea motivo de rencores y reproches, las pensiones compensatorias se deciden de acuerdo con otros factores entre los que no se incluye la infidelidad.
16. LA INFIDELIDAD Y LOS BIENES Atención Mujeres: el hecho que sus maridos les hayan sido infieles no les hace perder ningún derecho sobre los bienes de la sociedad conyugal. Siguen teniendo el mismo derecho que tenían sobre el 50 % de los bienes gananciales. ¿Queda claro?... Muchas congéneres están convencidas que si su marido las engañó con otra, ellas tienen derecho a quedarse con todo el patrimonio. Esto NO ES ASÍ. Si en esos casos muchos hombres son más "generosos" a la hora de liquidar la sociedad conyugal es sólo por el sentimiento de culpa que tienen, pero no porque la ley se los exija.
17. No hay una relación directa entre la culpabilidad o inocencia en el divorcio y el derecho a liquidar la sociedad conyugal por mitades. La ley no prohíbe que se pueda pactar otra cosa: pero eso depende ya de la voluntad de cada uno de los ex cónyuges. Tener un marido infiel es causal de divorcio y de probarse puede considerárselo cónyuge culpable, pero no por eso pierde los bienes que integraban la sociedad conyugal.