El documento describe el proceso de descentralización de competencias en Ecuador. La nueva Constitución de 2008 estableció un modelo que asigna competencias exclusivas al gobierno central y a los gobiernos autónomos descentralizados. El Consejo Nacional de Competencias es el encargado de asignar competencias por niveles de gobierno. Se han realizado avances como una mejor delimitación de competencias, pero aún existen dificultades como la falta de una normativa que viabilice el proceso y la falta de claridad en competencias de regiones.
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
Régimen de competencias en Ecuador
1. EL RÉGIMEN DE COMPETENCIAS EN EL ECUADOR ENFOQUE ESPECIAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES
2. Índice Proceso histórico Marco constitucional y normativa actual Delimitación de competencias entre niveles Ejercicio de competencias Avances y dificultades 24.06.2010
4. Proceso histórico Modelo de descentralización anterior no permitió avanzar en un proceso descentralización integral debido a limitaciones del modelo: Según el modelo de descentralización voluntario o de uno a uno los GADs escogían las competencias que querían asumir (a excepción de: defensa, la política exterior y la política económica) y el Estado estaba en obligación de entregar estas competencias. Proceso de asignación de competencias se elaboraba en base a solicitudes de transferencia de competencias (transferencia en base a convenio). El Gobierno Central tenía la obligación de entregar recursos por transferencia de competencias, sin vincularlos a competencias. No existía distinción de tipos de competencias. Rectoría del sistema no regulada. 24.06.2010
6. Constitución 2008 establece nuevo modelo de descentralización 24.06.2010 Asignación obligatoria de competencias Definición de competencias exclusivas para el Gobierno Central (sectores privativos y estratégicos) y GADs Establece instrumentos del modelo: Sistema Nacional de Competencias y el Consejo Nacional de Competencias, como órgano regulador del sistema Consejo Nacional de Competencias asigna competencias por niveles de gobierno conforme el modelo de gestión de cada sector y las leyes sectoriales. No de manera individual. Se asignan los recursos que define una Comisión Técnica de Costeo de Competencias.
7. Proyecto COOTAD 24.06.2010 Define tipos de competencias: exclusivas, concurrentes, privativas, adicionales y residuales. Establece conceptos del Sistema Nacional de Competencias. Define descentralización como: “la transferencia obligatoria, progresiva y definitiva de competencias, con los respectivos talentos humanos y recursos financieros, materiales y tecnológicos, desde el gobierno central hacia los gobiernos autónomos descentralizados” Regula el ejercicio de las competencias.
16. Facultades: Atribuciones que otorga la ley para el ejercicio de una competencia por parte de un nivel de gobierno. Dz
17. Consejo Nacional de Competencias Organismo técnico del Sistema Nacional de Competencias (conformado por el ejecutivo y un representante de cada nivel de gobierno) Funciones principales: Organizar e implementar el proceso de descentralización Vigilar y evaluar el proceso Regular el procedimiento y el plazo máximo de transferencia de las competencias exclusivas Regular el procedimiento de transferencia de las competencias adicionales y residuales Regular la gestión de las competencias concurrentes entre los diferentes niveles de gobierno Establece comisión encargada del costeo de las competencias involucradas en proceso de transferencia 24.06.2010
20. Prestación de servicios públicos de salud y educaciónGestión concurrente entre distintos niveles de gobierno Construcción y mantenimiento de infraestructura y equipamientos físicos (planificación concurrente) Municipios
22. Disposiciones para el ejercicio de competencias Se establece procedimiento para la transferencia de competencias nuevas (adicionales a las constitucionales) a cargo del Consejo Nacional de Competencias. Se establece procedimiento de intervención en el caso de gestión deficiente de la competencia. Progresividad en transferencia. Los niveles de gobierno ejecutan sus competencias constitucionales inmediatamente (en un plazo máximo de 4 años). La transferencia de otras competencias asignadas por el Consejo Nacional de Competencias, se hace de manera progresiva (en un plazo máximo de 8 años). Fortalecimiento institucional a través de planes de fortalecimiento, asistencia técnica, capacitación y formación, en áreas como planificación, finanzas públicas, gestión de servicios públicos, tecnología, entre otras. 24.06.2010
24. Avances Se cuenta con un nuevo modelo de descentralización que apunta a fortalecer el rol del Estado, no solo del Gobierno Central sino también de los GADs para asumir nuevas competencias. Nuevo modelo clarifica competencias exclusivas y concurrencia de cada nivel de gobierno. Cuenta con una nueva institucionalidad responsable de liderar el proceso de descentralización: el Consejo Nacional de Competencias, con participación de representantes de todos los niveles de gobierno (a diferencia de CONAM). Contempla fortalecimiento institucional. Considera plazos definidos y progresividad en la transferencia de competencias. 24.06.2010
25. 24.06.2010 Dificultades No se cuenta con una normativa que permita viabilizar el proceso de descentralización de competencias. Proyecto COOTAD todavía no ha sido aprobado por la Asamblea Nacional. El proceso de aprobación del Proyecto COOTAD tomará algún tiempo, ya que se resolvió someter Proyecto a consulta previa. Falta de claridad de asignación de competencias en regiones y CTIs (en que confluyan varios GADs en territorios de CTIs). Financiamiento del nuevo modelo de descentralización (obligatoriedad de ejercer competencias a todos los niveles de gobierno e incluye juntas parroquiales y CTIs).