La Constitución española de 1978 es la ley fundamental de España. Establece un Estado social y democrático de derecho, con un sistema de monarquía parlamentaria. Protege una serie de derechos y libertades de los ciudadanos y define los poderes del Estado, incluyendo al Rey como jefe de Estado y al Gobierno como ejecutivo responsable ante el Congreso de los Diputados. Fue aprobada por referéndum en 1978 y puso fin al régimen franquista, estableciendo la democracia en España.
2. 1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?
Es la ley fundamental
organización en un Estado
de
la
A ella deben someterse los actos
del propio Estado y tendrán que
subeditarse
todas las demás
normas jurídicas positivas.
3. 1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?
Características:
Limita el poder absoluto de los
gobernantes
Legitima el poder de los gobernantes.
Asigna a los ciudadanos una cuota
legítima de participación en el proceso
del poder público
4. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Es la séptima que tiene España en 166 años.
Es la única que se ha hecho con el consentimiento y
colaboración de tod@s.
Ha sido posible gracias a las profundas convicciones
democráticas del pueblo español y de su actual Monarquía, y el
afán de olvidar los enfrentamientos pasados que nos dividieron
en 2 bandos.
La Constitución, por lo tanto, ha
nacido para unirnos a tod@s y
no para dividir a España en
buenos y malos.
5. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Los españoles aprobaron su Constitución en en el
referéndum del 6 de diciembre de 1978, tres años
después de la muerte de Franco.
Oli 9/12/1978
6. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
1.
2.
1
3
2
3.
6
4
7
4.
5
5.
6.
7.
Los “padres” de la Constitución
Gabriel
Cisneros
(UCD)
José Pedro
Pérez Llorca
(UCD)
Miguel
Herrero de
Miñón (UCD)
Miguel Roca
(Minoría
catalana y
PNV)
Manuel
Fraga (AP)
Gregorio
Peces Barba
(PSOE)
Jordi Solé
Turá (PCE)
7. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
La Constitución Española consta de 169
artículos, organizados en las secciones que se
indican a continuación:
Preámbulo:
Exposición
de
motivos
y
objetivos
del
texto
constitucional
8. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Por eso, l@s español@s, al desear la justicia,
la libertad, la seguridad y el bien para tod@s,
hemos proclamado nuestra voluntad de:
1. Vivir
democráticamente
según la
Constitución y las
leyes en una
sociedad justa.
4. Promover la
cultura y la
economía para
vivir mejor.
2. Proteger
a todos los
pueblos de
España.
3. Reforzar un
Estado cuyas
normas sean el
deseo de
tod@s l@s
español@s.
5. Establecer una
democracia que colabora
para la PAZ de tod@s
l@s hombres y mujeres
de la tierra.
9. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título
Preliminar
Enunciado
de
los
rasgos
esenciales, de la forma de
Estado
que
se
pretende
establecer (Arts. 1-9).
10. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Estado social y
democrático de Derecho que, ante
Art. 1.1.: ESPAÑA es un
todo, busca como principios superiores:
La Libertad, la
Justicia y el
pluralismo
político
11. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 1.2.: La soberanía nacional reside
en el pueblo español, del que emanan
todos los poderes del Estado.
12. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art 1.3.: La forma
política del Estado
español es la
MONARQUÍA
PARLAMENTARIA
13. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Artículo 2º: La Constitución se
fundamenta en la indisoluble unidad de
la Nación Española, patria común e
indisoluble de todos los españoles, y que
reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y
regiones que la integran y la solidaridad
entre todas ellas.
14. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 3: El CASTELLANO es la lengua de
nuestro país y tod@s debemos conocerla.
Las otras lenguas tienen su misma categoría
en la región en la que se hablen, y el Estado
tiene la obligación de protegerlas,
potenciarlas y respetarlas por lo que
suponen de riqueza cultural y de
personalidad de los ciudadanos que las
utilizan.
15. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 4º: La bandera de España está formada por tres
colores:
Rojo
Amarillo
Rojo
Escudo de España
17. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 6: Los partidos políticos
Expresan el pluralismo político, concurren a la
formación y representación de la voluntad popular y
son instrumento de participación política.
Su creación y el ejercicio de
su actividad son libres dentro
del respeto a la ley y a la
Contitución.
En España hay muchos partidos políticos, cada uno con
unas ideas propias. Los principales partidos políticos
son el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), el
Partido Popular (PP) e Izquierda Unida (IU).
18. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 7: Los sindicatos y las organizaciones
empresariales.
Contribuyen a la defensa de los intereses económicos y sociales que les son
propios. Su estructura y funcionamiento interno debe ser democráticos.
19. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 8: LAS
FUERZAS ARMADAS
Las Fuerzas Armadas, tanto
de Tierra, Mar o de Aire,
tienen como misión guardar el
orden Constitucional, siéndole
fiel, y garantizar que ninguna
otra nación pueda invadirnos.
20. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 9: Los ciudadanos y los poderes públicos
están sometidos a la Constitución y al resto
del ordenamiento jurídico.
Corresponde a los Poderes Públicos promover
las condiciones para que la libertad y la
igualdad de los individuos y de los grupos en
que se integra sea real y efectiva.
La Constitución garantiza el principio de
legalidad,
la
jerarquía
normativa,
la
irretroactividad de las disposiciones, la
seguridad jurídica y la responsabilidad y la
interdicción y arbitrariedad de los poderes
públicos.
21. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título I
Principios fundamentales de la
organización política y económica
de la sociedad; derechos,
deberes y libertades. Tiene 5
capítulos:
Capítulo primero
De los españoles y extranjeros
Capítulo segundo
Derechos y libertades
22. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Capítulo tercero
De los principios rectores de la
política social y económica
Capítulo cuarto
De las garantías de las
libertades
y
derechos
fundamentales
Capítulo quinto
De la suspensión de
derechos y libertades
los
23. Estos son nuestros derechos y deberes más
importantes como españoles:
Tod@s tenemos edad
La mayoría de derecho
Tod@s tenemos derecho
Tod@s tenemosderecho aaa
Tod@s somos iguales A
Cualquiera nuestra
Tod@s tenemos derecho
Nadie los 18
quevidarespetequeabrir yante a
empiezaaala queramos como
se y puede nazca
vivir donde integridad a
lapensarno se nos años. a a
lanuestrasla dederecho y
ley y de cartas puede
español,como edad se
L@s ytiene nuestra
intimidadfísica. queramos que
partir poresa Es decir,
viajar extranjer@sescuchar
España ni quede
moral y la religión que nos
discriminarconversaciones por
serlo Nadie lo toda entraraen
tenerentrepor razones
vivan
nuestras nosotr@s vida,
familia. durante lalos derechos
alcanzan todosmismo quey
puede su tienen
libremente,raza,tortura
está prohibida 16). a ello.
nacimiento, sin nuestro
ateléfono mismos país
apetezca (Art. 18). como
no y entrar del derechos
nuestros
nuestra casa(Art. y sexo,(Art.
demalos que renuncie no se
salir ser opinión nique de
los l@s ciudadan@s
religión, tratos nada
Derecho la policía lo
(Art. poder Nacionalidad
permiso.13)a la independizarse
votar,condenar a muerte a
Si
19). (Art. 14).
puede 11)
nada padres, comprar o
(Art.
intentara, tendría que hacerlo
de los
nadie (Art. 15)
por ordencosas, etc. (Art. 12)
vender del juez (Art. 17).
24. Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a
reunirnos dónde y cuándo
queramos, siempre que la cosa sea
pacífica (Art. 21).
Tod@s tenemos derecho a
participar en la vida pública, ya
sea presentándonos a las
elecciones como candidat@s, o
votando cuando las haya (Art.
23).
Tod@s tenemos derecho a
asociarnos libremente, siempre
que no sea para cometer delitos
(Art. 22).
25. Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a un
juicio justo si se nos acusa de algo,
y a que nos asista un abogado, y por
supuesto, a reconocernos inocentes
hasta que no se pruebe lo contrario
(art. 24).
En caso de ingresar en prisión por
haber cometido un delito probado,
tenemos derecho a que se nos trate
con dignidad y a que se nos pague el
trabajo que hagamos dentro de ella
(Art. 25).
26. Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a la
EDUCACIÓN (Art. 27):
•La enseñanza será obligatoria
y gratuita en los niveles
básicos.
•El Estado creará los colegios y
los planes de estudios.
•Se podrán
privados.
abrir
colegios
•El que quiera, podrá recibir
enseñanza religiosa, pero nunca
podrá ser obligatoria.
9
+ 7
27. Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a la huelga (Art. 28).
Tod@s tenemos derecho y el deber
de defender a España
Tod@s tenemos derecho a casarnos, y si
la cosa va mal, también a divorciarnos
(Art. 30).
(Art. 32).
Tod@s tenemos derecho a tener bienes propios
y a recibir herencias (Art. 33).
Tod@s tenemos el deber de mantener al Estado con una
cantidad de dinero que será proporcional a lo que ganemos. El
Estado a su vez tiene el deber de emplear con justicia y sentido
común lo que nosotros le pagamos (Art. 31).
28. Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos el derecho
y el deber de trabajar (Art.
35).
Nuestro
trabajo como
niñ@s, es
estudiar
29. Más derechos y deberes:
Tod@s l@s hij@s son iguales ante la ley,
ya sea de madres solteras o casadas (Art.
39).
L@s hij@s tienen el derecho a ser
protegid@s por sus padres (Art. 39).
La familia tiene el derecho a ser
protegida por el Estado, y en
especial l@s niñ@s (Art. 39).
31. LA CORONA
Como España es una Monarquía Parlamentaria, el Jefe
del Estado ha de ser el REY, máximo símbolo de la
unidad y permanencia del país (Art. 56).
32. LA CORONA
La Corona es hereditaria en los sucesores de
Juan Carlos I de Borbón.
El grado sucesorio va, en
parentesco, del más cercano al
Rey
al
más
lejano,
con
preferencia del varón frente a
la mujer (aunque esto cambiará
próximamente), y en edad, de
más a menos.
En el caso de España, al tener
hij@s Don Juan Carlos, ést@s
serán sus legítimos herederos. Y
de ell@s, por preferencia de
sexo y al ser dos hijas y un hijo,
será éste el heredero a la
Corona, aunque no sea el mayor
de l@s tres.
De esta forma, el Príncipe Felipe será el
próximo Rey de España.
34. LA CORONA
El Rey no es responsable políticamente y sus actos han de estar
refrendados o apoyados por:
El REY
REINA,
PERO NO
GOBIERNA
35. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título III: LAS CORTES GENERALES
Las Cortes Generales
representan al pueblo español.
Las Cortes
Generales dictan
las leyes,
aprueban los
Presupuestos del
Estado y
controlan la
acción del
Gobierno.
Las Cortes Generales están
formadas por el Congreso y
el Senado.
36. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
LAS CORTES
GENERALES
(elegidos por cuatro años)
Ley electoral: Ley D’Hont (Sistema
proporcional matizado)
CONGRESO
SENADO
DE LOS DIPUTADOS
Es
la
Cámara
de
representación territorial; en
cada provincia se eligen cuatro
Senadores
por
sufragio
universal, libre, igual, directo y
secreto. Las CC.AA. eligen
también un nº de senadores
proporcional a su población.
(Cámara Alta)
350 diputados, elegidos por
sufragio universal, libre,
igual, directo y secreto
37. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
El artículo 54 introduce la institución del
Defensor del Pueblo, alto comisionado de las
Cortes Generales, designado por éstas para la
defensa de los derechos comprendidos en este
Título a cuyo efecto podrá supervisar la actividad
de la Administración, dando cuenta a las Cortes
Generales.
38. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título IV: EL GOBIERNO
El Gobierno se compone del Presidente, nombrado,
previo acuerdo del Congreso, por el Rey, de los
Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de
los demás miembros que establezca la ley. Dirige:
la política interior y exterior,
la Administración civil y militar y la defensa
del Estado.
El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el
Congreso de los Diputados (Art. 108)
El gobierno puede ser destituido de dos formas:
- Por un voto de censura presentado por la Oposición
- Al perder una moción de confianza el Gobierno
39. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VI: EL PODER JUDICIAL
La justicia emana del pueblo y se administra en
nombre del Rey por:
JUECES
y
MAGISTRADOS
que son:
independientes
inamovibles
responsables
sometidos únicamente al imperio de la ley
40. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VI: EL PODER JUDICIAL
El ejercicio de
corresponde a los:
JUZGADOS
la
y
potestad
jurisdiccional
TRIBUNALES
determinados por las leyes.
Se prohiben los Tribunales de excepción (Art. 117)
41. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VI: EL PODER JUDICIAL
El artículo 123 se refiere al Tribunal Supremo que
es el órgano jurisdiccional superior en todos los
órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías
constitucionales, con jurisdicción en toda Epaña.
El Presidente del Tribunal Supremo será
nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo
General del Poder Judicial, en la forma que
determine la ley (Art. 123)
42. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VII: DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Según este título, el Gobierno tiene que elaborar
los Presupuestos Generales del Estado. Su
examen, enmienda y aprobación corresponde a las
Cortes Generales.
Los Presupuestos Generales del Estado tendrán
carácter anual, incluirán la totalidad de los
gastos e ingresos del sector público estatal y en
ellos se consignará el importe de los beneficios
fiscales que afecten a los tributos del Estado
(Art. 134)
43. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: De la Organización Territorial
del Estado
Capítulo primero
Principios generales
Capítulo segundo
De la Administración Local
Capítulo tercero
De las Comunidades Autónomas
44. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
El Estado se organiza territorialmente en:
MUNICIPIOS
PROVINCIAS
COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
45. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
EL MUNICIPIO:
tiene autonomía garantizada por la Constitución
goza de personalidad jurídica plena
su gobierno y administración corresponde a su
respectivos Ayuntamientos, integrado por el
Alcalde y los Concejales
46. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
LA PROVINCIA:
es una entidad local con personalidad jurídica propia
su gobierno y administración autónoma están
encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones
de carácter representativo
En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración
propia en forma de Cabildos o Consejos (Art. 141)
47. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
COMUNIDAD AUTÓNOMA:
En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en
el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes
con características históricas, culturales y económicas
comunes, los territorios insulares y las provincias con
entidad regional histórica podrán acceder a su
autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas
con arreglo a lo previsto en este Título y en los
respectivos Estatutos (Art. 143)
48. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Nacionalidades históricas
Regiones
Comunidades Forales
49. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título IX: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional es el garante del
cumplimiento de la Constitución. Aborda los recursos
de inconstitucionalidad interpuestos por particulares o
las CC.AA. a las leyes aprobadas por el Gobierno
central o los gobiernos autonómicos. Se compone de 12
miembros nombrados por el Rey:
cuatro a propuesta del Congreso
cuatro a propuesta del Senado
dos a propuesta del Gobierno
dos a propuesta del Consejo General del Poder
Judicial
50. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título X: DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
•
Procedimiento ordinario: Reforma de todos los títulos de la
Constitución, excepto Título preliminar y Títulos I y II
Aprobación por mayoría de 3/5 de ambas Cámaras.
•
Procedimiento agravado: Reforma de Título preliminar y
Títulos I y II de la Constitución Mayoría de 2/3 de
cada Cámara Disolución de las Cortes Elecciones
Mayoría de 2/3 de cada Cámara.
Disposiciones transitorias
Disposiciones adicionales
Disposiciones derogatorias
Disposición final