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La Constitución
española de
1978
1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?
 Es la ley fundamental
organización en un Estado

de

la

 A ella deben someterse los actos
del propio Estado y tendrán que
subeditarse
todas las demás
normas jurídicas positivas.
1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?
Características:
 Limita el poder absoluto de los
gobernantes
 Legitima el poder de los gobernantes.
 Asigna a los ciudadanos una cuota
legítima de participación en el proceso
del poder público
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
 Es la séptima que tiene España en 166 años.
 Es la única que se ha hecho con el consentimiento y
colaboración de tod@s.
 Ha sido posible gracias a las profundas convicciones
democráticas del pueblo español y de su actual Monarquía, y el
afán de olvidar los enfrentamientos pasados que nos dividieron
en 2 bandos.

La Constitución, por lo tanto, ha
nacido para unirnos a tod@s y
no para dividir a España en
buenos y malos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Los españoles aprobaron su Constitución en en el
referéndum del 6 de diciembre de 1978, tres años
después de la muerte de Franco.

Oli 9/12/1978
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
1.
2.

1

3

2

3.

6
4

7

4.

5
5.
6.
7.

Los “padres” de la Constitución

Gabriel
Cisneros
(UCD)
José Pedro
Pérez Llorca
(UCD)
Miguel
Herrero de
Miñón (UCD)
Miguel Roca
(Minoría
catalana y
PNV)
Manuel
Fraga (AP)
Gregorio
Peces Barba
(PSOE)
Jordi Solé
Turá (PCE)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
La Constitución Española consta de 169
artículos, organizados en las secciones que se
indican a continuación:
Preámbulo:

Exposición
de
motivos
y
objetivos
del
texto
constitucional
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Por eso, l@s español@s, al desear la justicia,
la libertad, la seguridad y el bien para tod@s,
hemos proclamado nuestra voluntad de:
1. Vivir
democráticamente
según la
Constitución y las
leyes en una
sociedad justa.

4. Promover la
cultura y la
economía para
vivir mejor.

2. Proteger
a todos los
pueblos de
España.

3. Reforzar un
Estado cuyas
normas sean el
deseo de
tod@s l@s
español@s.

5. Establecer una
democracia que colabora
para la PAZ de tod@s
l@s hombres y mujeres
de la tierra.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título
Preliminar

Enunciado
de
los
rasgos
esenciales, de la forma de
Estado
que
se
pretende
establecer (Arts. 1-9).
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Estado social y
democrático de Derecho que, ante
Art. 1.1.: ESPAÑA es un

todo, busca como principios superiores:

La Libertad, la
Justicia y el
pluralismo
político
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 1.2.: La soberanía nacional reside
en el pueblo español, del que emanan
todos los poderes del Estado.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art 1.3.: La forma
política del Estado
español es la
MONARQUÍA
PARLAMENTARIA
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Artículo 2º: La Constitución se
fundamenta en la indisoluble unidad de
la Nación Española, patria común e
indisoluble de todos los españoles, y que
reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y
regiones que la integran y la solidaridad
entre todas ellas.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 3: El CASTELLANO es la lengua de

nuestro país y tod@s debemos conocerla.
Las otras lenguas tienen su misma categoría
en la región en la que se hablen, y el Estado
tiene la obligación de protegerlas,
potenciarlas y respetarlas por lo que
suponen de riqueza cultural y de
personalidad de los ciudadanos que las
utilizan.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 4º: La bandera de España está formada por tres
colores:

Rojo
Amarillo
Rojo
Escudo de España
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 5º: LA CAPITAL DE ESPAÑA es:
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 6: Los partidos políticos
Expresan el pluralismo político, concurren a la
formación y representación de la voluntad popular y
son instrumento de participación política.
Su creación y el ejercicio de
su actividad son libres dentro
del respeto a la ley y a la
Contitución.

En España hay muchos partidos políticos, cada uno con
unas ideas propias. Los principales partidos políticos
son el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), el
Partido Popular (PP) e Izquierda Unida (IU).
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 7: Los sindicatos y las organizaciones
empresariales.

Contribuyen a la defensa de los intereses económicos y sociales que les son
propios. Su estructura y funcionamiento interno debe ser democráticos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 8: LAS
FUERZAS ARMADAS

Las Fuerzas Armadas, tanto
de Tierra, Mar o de Aire,
tienen como misión guardar el
orden Constitucional, siéndole
fiel, y garantizar que ninguna
otra nación pueda invadirnos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Art. 9: Los ciudadanos y los poderes públicos
están sometidos a la Constitución y al resto
del ordenamiento jurídico.
Corresponde a los Poderes Públicos promover
las condiciones para que la libertad y la
igualdad de los individuos y de los grupos en
que se integra sea real y efectiva.
La Constitución garantiza el principio de
legalidad,
la
jerarquía
normativa,
la
irretroactividad de las disposiciones, la
seguridad jurídica y la responsabilidad y la
interdicción y arbitrariedad de los poderes
públicos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título I

Principios fundamentales de la
organización política y económica
de la sociedad; derechos,
deberes y libertades. Tiene 5
capítulos:

Capítulo primero

De los españoles y extranjeros

Capítulo segundo

Derechos y libertades
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Capítulo tercero

De los principios rectores de la
política social y económica

Capítulo cuarto

De las garantías de las
libertades
y
derechos
fundamentales

Capítulo quinto

De la suspensión de
derechos y libertades

los
Estos son nuestros derechos y deberes más
importantes como españoles:
Tod@s tenemos edad
La mayoría de derecho
Tod@s tenemos derecho
Tod@s tenemosderecho aaa
Tod@s somos iguales A
Cualquiera nuestra
Tod@s tenemos derecho
Nadie los 18
quevidarespetequeabrir yante a
empiezaaala queramos como
se y puede nazca
vivir donde integridad a
lapensarno se nos años. a a
lanuestrasla dederecho y
ley y de cartas puede
español,como edad se
L@s ytiene nuestra
intimidadfísica. queramos que
partir poresa Es decir,
viajar extranjer@sescuchar
España ni quede
moral y la religión que nos
discriminarconversaciones por
serlo Nadie lo toda entraraen
tenerentrepor razones
vivan
nuestras nosotr@s vida,
familia. durante lalos derechos
alcanzan todosmismo quey
puede su tienen
libremente,raza,tortura
está prohibida 16). a ello.
nacimiento, sin nuestro
ateléfono mismos país
apetezca (Art. 18). como
no y entrar del derechos
nuestros
nuestra casa(Art. y sexo,(Art.
demalos que renuncie no se
salir ser opinión nique de
los l@s ciudadan@s
religión, tratos nada
Derecho la policía lo
(Art. poder Nacionalidad
permiso.13)a la independizarse
votar,condenar a muerte a
Si
19). (Art. 14).
puede 11)
nada padres, comprar o
(Art.
intentara, tendría que hacerlo
de los
nadie (Art. 15)
por ordencosas, etc. (Art. 12)
vender del juez (Art. 17).
Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a
reunirnos dónde y cuándo
queramos, siempre que la cosa sea
pacífica (Art. 21).

Tod@s tenemos derecho a
participar en la vida pública, ya
sea presentándonos a las
elecciones como candidat@s, o
votando cuando las haya (Art.
23).

Tod@s tenemos derecho a
asociarnos libremente, siempre
que no sea para cometer delitos
(Art. 22).
Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a un
juicio justo si se nos acusa de algo,
y a que nos asista un abogado, y por
supuesto, a reconocernos inocentes
hasta que no se pruebe lo contrario
(art. 24).
En caso de ingresar en prisión por
haber cometido un delito probado,
tenemos derecho a que se nos trate
con dignidad y a que se nos pague el
trabajo que hagamos dentro de ella
(Art. 25).
Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a la
EDUCACIÓN (Art. 27):
•La enseñanza será obligatoria
y gratuita en los niveles
básicos.
•El Estado creará los colegios y
los planes de estudios.
•Se podrán
privados.

abrir

colegios

•El que quiera, podrá recibir
enseñanza religiosa, pero nunca
podrá ser obligatoria.

9
+ 7
Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos derecho a la huelga (Art. 28).
Tod@s tenemos derecho y el deber
de defender a España
Tod@s tenemos derecho a casarnos, y si
la cosa va mal, también a divorciarnos

(Art. 30).

(Art. 32).
Tod@s tenemos derecho a tener bienes propios
y a recibir herencias (Art. 33).
Tod@s tenemos el deber de mantener al Estado con una
cantidad de dinero que será proporcional a lo que ganemos. El
Estado a su vez tiene el deber de emplear con justicia y sentido
común lo que nosotros le pagamos (Art. 31).
Más derechos y deberes:
Tod@s tenemos el derecho
y el deber de trabajar (Art.
35).

Nuestro
trabajo como
niñ@s, es
estudiar
Más derechos y deberes:
Tod@s l@s hij@s son iguales ante la ley,
ya sea de madres solteras o casadas (Art.
39).
L@s hij@s tienen el derecho a ser
protegid@s por sus padres (Art. 39).
La familia tiene el derecho a ser
protegida por el Estado, y en
especial l@s niñ@s (Art. 39).
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978

Título II: De la Corona
LA CORONA
Como España es una Monarquía Parlamentaria, el Jefe
del Estado ha de ser el REY, máximo símbolo de la
unidad y permanencia del país (Art. 56).
LA CORONA
La Corona es hereditaria en los sucesores de
Juan Carlos I de Borbón.
El grado sucesorio va, en
parentesco, del más cercano al
Rey
al
más
lejano,
con
preferencia del varón frente a
la mujer (aunque esto cambiará
próximamente), y en edad, de
más a menos.

En el caso de España, al tener
hij@s Don Juan Carlos, ést@s
serán sus legítimos herederos. Y
de ell@s, por preferencia de
sexo y al ser dos hijas y un hijo,
será éste el heredero a la
Corona, aunque no sea el mayor
de l@s tres.

De esta forma, el Príncipe Felipe será el
próximo Rey de España.
LA CORONA

Sucesores de

Sucesor a
la Corona

Juan Carlos I de Borbón

Sucesora a
la Corona
LA CORONA
El Rey no es responsable políticamente y sus actos han de estar
refrendados o apoyados por:

El REY
REINA,
PERO NO
GOBIERNA
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título III: LAS CORTES GENERALES
Las Cortes Generales
representan al pueblo español.

Las Cortes
Generales dictan
las leyes,
aprueban los
Presupuestos del
Estado y
controlan la
acción del
Gobierno.

Las Cortes Generales están
formadas por el Congreso y
el Senado.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
LAS CORTES
GENERALES

(elegidos por cuatro años)
Ley electoral: Ley D’Hont (Sistema
proporcional matizado)

CONGRESO

SENADO

DE LOS DIPUTADOS

Es
la
Cámara
de
representación territorial; en
cada provincia se eligen cuatro
Senadores
por
sufragio
universal, libre, igual, directo y
secreto. Las CC.AA. eligen
también un nº de senadores
proporcional a su población.

(Cámara Alta)

350 diputados, elegidos por
sufragio universal, libre,
igual, directo y secreto
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
El artículo 54 introduce la institución del
Defensor del Pueblo, alto comisionado de las
Cortes Generales, designado por éstas para la
defensa de los derechos comprendidos en este
Título a cuyo efecto podrá supervisar la actividad
de la Administración, dando cuenta a las Cortes
Generales.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título IV: EL GOBIERNO
El Gobierno se compone del Presidente, nombrado,
previo acuerdo del Congreso, por el Rey, de los
Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de
los demás miembros que establezca la ley. Dirige:


la política interior y exterior,

 la Administración civil y militar y la defensa
del Estado.
El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el
Congreso de los Diputados (Art. 108)
El gobierno puede ser destituido de dos formas:
- Por un voto de censura presentado por la Oposición
- Al perder una moción de confianza el Gobierno
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VI: EL PODER JUDICIAL
La justicia emana del pueblo y se administra en
nombre del Rey por:
JUECES

y

MAGISTRADOS

que son:





independientes
inamovibles
responsables
sometidos únicamente al imperio de la ley
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VI: EL PODER JUDICIAL
El ejercicio de
corresponde a los:
JUZGADOS

la
y

potestad

jurisdiccional

TRIBUNALES

determinados por las leyes.

Se prohiben los Tribunales de excepción (Art. 117)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VI: EL PODER JUDICIAL
El artículo 123 se refiere al Tribunal Supremo que
es el órgano jurisdiccional superior en todos los
órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías
constitucionales, con jurisdicción en toda Epaña.

El Presidente del Tribunal Supremo será
nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo
General del Poder Judicial, en la forma que
determine la ley (Art. 123)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VII: DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Según este título, el Gobierno tiene que elaborar
los Presupuestos Generales del Estado. Su
examen, enmienda y aprobación corresponde a las
Cortes Generales.

Los Presupuestos Generales del Estado tendrán
carácter anual, incluirán la totalidad de los
gastos e ingresos del sector público estatal y en
ellos se consignará el importe de los beneficios
fiscales que afecten a los tributos del Estado
(Art. 134)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: De la Organización Territorial
del Estado
Capítulo primero

Principios generales

Capítulo segundo

De la Administración Local

Capítulo tercero

De las Comunidades Autónomas
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
El Estado se organiza territorialmente en:
MUNICIPIOS

PROVINCIAS

COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
EL MUNICIPIO:


tiene autonomía garantizada por la Constitución



goza de personalidad jurídica plena



su gobierno y administración corresponde a su
respectivos Ayuntamientos, integrado por el
Alcalde y los Concejales
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
LA PROVINCIA:
 es una entidad local con personalidad jurídica propia
 su gobierno y administración autónoma están
encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones
de carácter representativo
En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración
propia en forma de Cabildos o Consejos (Art. 141)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
COMUNIDAD AUTÓNOMA:
En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en
el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes
con características históricas, culturales y económicas
comunes, los territorios insulares y las provincias con
entidad regional histórica podrán acceder a su
autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas
con arreglo a lo previsto en este Título y en los
respectivos Estatutos (Art. 143)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978

Nacionalidades históricas
Regiones
Comunidades Forales
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título IX: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional es el garante del
cumplimiento de la Constitución. Aborda los recursos
de inconstitucionalidad interpuestos por particulares o
las CC.AA. a las leyes aprobadas por el Gobierno
central o los gobiernos autonómicos. Se compone de 12
miembros nombrados por el Rey:
cuatro a propuesta del Congreso
cuatro a propuesta del Senado
dos a propuesta del Gobierno
 dos a propuesta del Consejo General del Poder
Judicial
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978
Título X: DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
•

Procedimiento ordinario: Reforma de todos los títulos de la
Constitución, excepto Título preliminar y Títulos I y II 
Aprobación por mayoría de 3/5 de ambas Cámaras.

•

Procedimiento agravado: Reforma de Título preliminar y
Títulos I y II de la Constitución  Mayoría de 2/3 de
cada Cámara  Disolución de las Cortes  Elecciones 
Mayoría de 2/3 de cada Cámara.

Disposiciones transitorias
Disposiciones adicionales
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Constitución Española 1978

  • 2. 1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?  Es la ley fundamental organización en un Estado de la  A ella deben someterse los actos del propio Estado y tendrán que subeditarse todas las demás normas jurídicas positivas.
  • 3. 1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN? Características:  Limita el poder absoluto de los gobernantes  Legitima el poder de los gobernantes.  Asigna a los ciudadanos una cuota legítima de participación en el proceso del poder público
  • 4. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978  Es la séptima que tiene España en 166 años.  Es la única que se ha hecho con el consentimiento y colaboración de tod@s.  Ha sido posible gracias a las profundas convicciones democráticas del pueblo español y de su actual Monarquía, y el afán de olvidar los enfrentamientos pasados que nos dividieron en 2 bandos. La Constitución, por lo tanto, ha nacido para unirnos a tod@s y no para dividir a España en buenos y malos.
  • 5. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Los españoles aprobaron su Constitución en en el referéndum del 6 de diciembre de 1978, tres años después de la muerte de Franco. Oli 9/12/1978
  • 6. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 1. 2. 1 3 2 3. 6 4 7 4. 5 5. 6. 7. Los “padres” de la Constitución Gabriel Cisneros (UCD) José Pedro Pérez Llorca (UCD) Miguel Herrero de Miñón (UCD) Miguel Roca (Minoría catalana y PNV) Manuel Fraga (AP) Gregorio Peces Barba (PSOE) Jordi Solé Turá (PCE)
  • 7. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 La Constitución Española consta de 169 artículos, organizados en las secciones que se indican a continuación: Preámbulo: Exposición de motivos y objetivos del texto constitucional
  • 8. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Por eso, l@s español@s, al desear la justicia, la libertad, la seguridad y el bien para tod@s, hemos proclamado nuestra voluntad de: 1. Vivir democráticamente según la Constitución y las leyes en una sociedad justa. 4. Promover la cultura y la economía para vivir mejor. 2. Proteger a todos los pueblos de España. 3. Reforzar un Estado cuyas normas sean el deseo de tod@s l@s español@s. 5. Establecer una democracia que colabora para la PAZ de tod@s l@s hombres y mujeres de la tierra.
  • 9. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título Preliminar Enunciado de los rasgos esenciales, de la forma de Estado que se pretende establecer (Arts. 1-9).
  • 10. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Estado social y democrático de Derecho que, ante Art. 1.1.: ESPAÑA es un todo, busca como principios superiores: La Libertad, la Justicia y el pluralismo político
  • 11. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 1.2.: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado.
  • 12. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art 1.3.: La forma política del Estado español es la MONARQUÍA PARLAMENTARIA
  • 13. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Artículo 2º: La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indisoluble de todos los españoles, y que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
  • 14. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 3: El CASTELLANO es la lengua de nuestro país y tod@s debemos conocerla. Las otras lenguas tienen su misma categoría en la región en la que se hablen, y el Estado tiene la obligación de protegerlas, potenciarlas y respetarlas por lo que suponen de riqueza cultural y de personalidad de los ciudadanos que las utilizan.
  • 15. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 4º: La bandera de España está formada por tres colores: Rojo Amarillo Rojo Escudo de España
  • 16. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 5º: LA CAPITAL DE ESPAÑA es:
  • 17. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 6: Los partidos políticos Expresan el pluralismo político, concurren a la formación y representación de la voluntad popular y son instrumento de participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la ley y a la Contitución. En España hay muchos partidos políticos, cada uno con unas ideas propias. Los principales partidos políticos son el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), el Partido Popular (PP) e Izquierda Unida (IU).
  • 18. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 7: Los sindicatos y las organizaciones empresariales. Contribuyen a la defensa de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su estructura y funcionamiento interno debe ser democráticos.
  • 19. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 8: LAS FUERZAS ARMADAS Las Fuerzas Armadas, tanto de Tierra, Mar o de Aire, tienen como misión guardar el orden Constitucional, siéndole fiel, y garantizar que ninguna otra nación pueda invadirnos.
  • 20. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 9: Los ciudadanos y los poderes públicos están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Corresponde a los Poderes Públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integra sea real y efectiva. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la irretroactividad de las disposiciones, la seguridad jurídica y la responsabilidad y la interdicción y arbitrariedad de los poderes públicos.
  • 21. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título I Principios fundamentales de la organización política y económica de la sociedad; derechos, deberes y libertades. Tiene 5 capítulos: Capítulo primero De los españoles y extranjeros Capítulo segundo Derechos y libertades
  • 22. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Capítulo tercero De los principios rectores de la política social y económica Capítulo cuarto De las garantías de las libertades y derechos fundamentales Capítulo quinto De la suspensión de derechos y libertades los
  • 23. Estos son nuestros derechos y deberes más importantes como españoles: Tod@s tenemos edad La mayoría de derecho Tod@s tenemos derecho Tod@s tenemosderecho aaa Tod@s somos iguales A Cualquiera nuestra Tod@s tenemos derecho Nadie los 18 quevidarespetequeabrir yante a empiezaaala queramos como se y puede nazca vivir donde integridad a lapensarno se nos años. a a lanuestrasla dederecho y ley y de cartas puede español,como edad se L@s ytiene nuestra intimidadfísica. queramos que partir poresa Es decir, viajar extranjer@sescuchar España ni quede moral y la religión que nos discriminarconversaciones por serlo Nadie lo toda entraraen tenerentrepor razones vivan nuestras nosotr@s vida, familia. durante lalos derechos alcanzan todosmismo quey puede su tienen libremente,raza,tortura está prohibida 16). a ello. nacimiento, sin nuestro ateléfono mismos país apetezca (Art. 18). como no y entrar del derechos nuestros nuestra casa(Art. y sexo,(Art. demalos que renuncie no se salir ser opinión nique de los l@s ciudadan@s religión, tratos nada Derecho la policía lo (Art. poder Nacionalidad permiso.13)a la independizarse votar,condenar a muerte a Si 19). (Art. 14). puede 11) nada padres, comprar o (Art. intentara, tendría que hacerlo de los nadie (Art. 15) por ordencosas, etc. (Art. 12) vender del juez (Art. 17).
  • 24. Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a reunirnos dónde y cuándo queramos, siempre que la cosa sea pacífica (Art. 21). Tod@s tenemos derecho a participar en la vida pública, ya sea presentándonos a las elecciones como candidat@s, o votando cuando las haya (Art. 23). Tod@s tenemos derecho a asociarnos libremente, siempre que no sea para cometer delitos (Art. 22).
  • 25. Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a un juicio justo si se nos acusa de algo, y a que nos asista un abogado, y por supuesto, a reconocernos inocentes hasta que no se pruebe lo contrario (art. 24). En caso de ingresar en prisión por haber cometido un delito probado, tenemos derecho a que se nos trate con dignidad y a que se nos pague el trabajo que hagamos dentro de ella (Art. 25).
  • 26. Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a la EDUCACIÓN (Art. 27): •La enseñanza será obligatoria y gratuita en los niveles básicos. •El Estado creará los colegios y los planes de estudios. •Se podrán privados. abrir colegios •El que quiera, podrá recibir enseñanza religiosa, pero nunca podrá ser obligatoria. 9 + 7
  • 27. Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a la huelga (Art. 28). Tod@s tenemos derecho y el deber de defender a España Tod@s tenemos derecho a casarnos, y si la cosa va mal, también a divorciarnos (Art. 30). (Art. 32). Tod@s tenemos derecho a tener bienes propios y a recibir herencias (Art. 33). Tod@s tenemos el deber de mantener al Estado con una cantidad de dinero que será proporcional a lo que ganemos. El Estado a su vez tiene el deber de emplear con justicia y sentido común lo que nosotros le pagamos (Art. 31).
  • 28. Más derechos y deberes: Tod@s tenemos el derecho y el deber de trabajar (Art. 35). Nuestro trabajo como niñ@s, es estudiar
  • 29. Más derechos y deberes: Tod@s l@s hij@s son iguales ante la ley, ya sea de madres solteras o casadas (Art. 39). L@s hij@s tienen el derecho a ser protegid@s por sus padres (Art. 39). La familia tiene el derecho a ser protegida por el Estado, y en especial l@s niñ@s (Art. 39).
  • 30. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título II: De la Corona
  • 31. LA CORONA Como España es una Monarquía Parlamentaria, el Jefe del Estado ha de ser el REY, máximo símbolo de la unidad y permanencia del país (Art. 56).
  • 32. LA CORONA La Corona es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I de Borbón. El grado sucesorio va, en parentesco, del más cercano al Rey al más lejano, con preferencia del varón frente a la mujer (aunque esto cambiará próximamente), y en edad, de más a menos. En el caso de España, al tener hij@s Don Juan Carlos, ést@s serán sus legítimos herederos. Y de ell@s, por preferencia de sexo y al ser dos hijas y un hijo, será éste el heredero a la Corona, aunque no sea el mayor de l@s tres. De esta forma, el Príncipe Felipe será el próximo Rey de España.
  • 33. LA CORONA Sucesores de Sucesor a la Corona Juan Carlos I de Borbón Sucesora a la Corona
  • 34. LA CORONA El Rey no es responsable políticamente y sus actos han de estar refrendados o apoyados por: El REY REINA, PERO NO GOBIERNA
  • 35. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título III: LAS CORTES GENERALES Las Cortes Generales representan al pueblo español. Las Cortes Generales dictan las leyes, aprueban los Presupuestos del Estado y controlan la acción del Gobierno. Las Cortes Generales están formadas por el Congreso y el Senado.
  • 36. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 LAS CORTES GENERALES (elegidos por cuatro años) Ley electoral: Ley D’Hont (Sistema proporcional matizado) CONGRESO SENADO DE LOS DIPUTADOS Es la Cámara de representación territorial; en cada provincia se eligen cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Las CC.AA. eligen también un nº de senadores proporcional a su población. (Cámara Alta) 350 diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto
  • 37. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 El artículo 54 introduce la institución del Defensor del Pueblo, alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.
  • 38. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título IV: EL GOBIERNO El Gobierno se compone del Presidente, nombrado, previo acuerdo del Congreso, por el Rey, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley. Dirige:  la política interior y exterior,  la Administración civil y militar y la defensa del Estado. El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados (Art. 108) El gobierno puede ser destituido de dos formas: - Por un voto de censura presentado por la Oposición - Al perder una moción de confianza el Gobierno
  • 39. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VI: EL PODER JUDICIAL La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por: JUECES y MAGISTRADOS que son:     independientes inamovibles responsables sometidos únicamente al imperio de la ley
  • 40. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VI: EL PODER JUDICIAL El ejercicio de corresponde a los: JUZGADOS la y potestad jurisdiccional TRIBUNALES determinados por las leyes. Se prohiben los Tribunales de excepción (Art. 117)
  • 41. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VI: EL PODER JUDICIAL El artículo 123 se refiere al Tribunal Supremo que es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales, con jurisdicción en toda Epaña. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley (Art. 123)
  • 42. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VII: DE ECONOMÍA Y HACIENDA Según este título, el Gobierno tiene que elaborar los Presupuestos Generales del Estado. Su examen, enmienda y aprobación corresponde a las Cortes Generales. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado (Art. 134)
  • 43. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII: De la Organización Territorial del Estado Capítulo primero Principios generales Capítulo segundo De la Administración Local Capítulo tercero De las Comunidades Autónomas
  • 44. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL El Estado se organiza territorialmente en: MUNICIPIOS PROVINCIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
  • 45. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL EL MUNICIPIO:  tiene autonomía garantizada por la Constitución  goza de personalidad jurídica plena  su gobierno y administración corresponde a su respectivos Ayuntamientos, integrado por el Alcalde y los Concejales
  • 46. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL LA PROVINCIA:  es una entidad local con personalidad jurídica propia  su gobierno y administración autónoma están encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos (Art. 141)
  • 47. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL COMUNIDAD AUTÓNOMA: En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos (Art. 143)
  • 48. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Nacionalidades históricas Regiones Comunidades Forales
  • 49. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título IX: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL El Tribunal Constitucional es el garante del cumplimiento de la Constitución. Aborda los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por particulares o las CC.AA. a las leyes aprobadas por el Gobierno central o los gobiernos autonómicos. Se compone de 12 miembros nombrados por el Rey: cuatro a propuesta del Congreso cuatro a propuesta del Senado dos a propuesta del Gobierno  dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial
  • 50. 2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título X: DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL • Procedimiento ordinario: Reforma de todos los títulos de la Constitución, excepto Título preliminar y Títulos I y II  Aprobación por mayoría de 3/5 de ambas Cámaras. • Procedimiento agravado: Reforma de Título preliminar y Títulos I y II de la Constitución  Mayoría de 2/3 de cada Cámara  Disolución de las Cortes  Elecciones  Mayoría de 2/3 de cada Cámara. Disposiciones transitorias Disposiciones adicionales Disposiciones derogatorias Disposición final