Este documento analiza las falacias contenidas en la Iniciativa de Ley 40-84 del Desarrollo Rural Integral de Guatemala. Identifica argumentos que contienen "generalizaciones apresuradas" y que defienden proposiciones mediante la fuerza o amenaza. También señala como falacias formales la promesa de terminar con la exclusión y discriminación a través de la ley, y la garantía de seguridad nutricional que no puede medirse. Concluye que el estado debe garantizar el acceso a recursos para mejorar las condiciones de vida
El compromiso político y la gobernanza para la lucha contra el hambre desde u...
Presentacion de falacias final
1. FALACIAS DE LA INICIATIVA DE LEY
NACIONAL DE DESARROLLO
RURAL INTEGRAL
No 40 84
2.
3. Iniciativa de ley
Desarrollo Rural integral
No 40-84
Pensamiento
Falacias
critico
Argumentos Conclusiones
Mejoras
4. En esta oportunidad pretendemos encontrar las falacias que
existen en la Iniciativa de ley 40 84 del Desarrollo Rural
Integral ,utilizando el pensamiento critico y resaltando las
necesidades inminentes en la población campesina
Guatemalteca , tomando en cuenta la economía, la
alfabetizacion,la seguridad, la cultura, la etnia, etc., del
respectivo sector, es por ello que pretendemos hacer énfasis
en las falsas expectativas contenidas en la iniciativa de ley a
través de la critica constructiva.
5. Definición:
Son aquellas cuyos errores se encuentra en la forma o estructura de los
argumentos.
6. •La misma definición del concepto lo indica
“Generalización Apresurada”
Nos indica en el Capítulo III Articulo 9, que se creará
el Plan Nacional de Desarrollo Integral y lo presentará
al Gabinete para su aprobación e
implementación, cuando Se estima que la Política de
Participación Social y Desarrollo Político establecida
en la iniciativa, ya está asignada e institucionalizada en
el Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y
Rural, por lo que generaría duplicidad de instituciones
y funciones.
7. Definición:
Argumento que defiende una proposición basándose en la fuerza o
en la amenaza.
8. •Como podemos ver nos indica en el
Capitulo III en el Articulo 27
La creación de este nuevo ministerio será el
responsable de la ejecución de la Política el
cual indica claramente que
“Ejercerá su autoridad y competencia en todo
el territorio nacional”. Luego indica en el
Articulo 28, que coordinará para la ejecución
de la misma con la estructura vista en la
grafica, que contará con las personas que
considere necesarios.
9. Soberanía Alimentaria.
El estado de Guatemala define soberanamente la
modalidad, época, tipo y calidad de la producción
alimentaria en forma sostenida y con el menor costo y
riesgo socio ambiental y garantiza la seguridad
alimentaria y nutricional de la población facilitando el
acceso de indígenas y campesinos a medios de
producción protegiéndola de importaciones subsidiadas
y toda forma de competencia desleal.
10. Se generan condiciones para la
permanente disminución de la pobreza
, la desigualdad social y para la
eliminación de toda forma de
exclusión, discriminación de la
población rural, garantizando sus
derechos incluyendo el acceso a los
medios de producción.
11. • A mi parecer es una falacia formal puesto que
se esta prometiendo terminar con la exclusión
y la discriminación a través de dicha ley , sin
tener en cuenta que eso depende
principalmente de los valores y principios de
cada persona.
12. • En esta parte según la iniciativa de ley 4084
garantizan la seguridad nutricional de la
población, y a mi parecer es algo que no se
puede comprobar ni medir por lo tanto
considero que es una falacia formal
13. Falacia formal
Articulo 6 Inciso I Soberanía alimentaria
• El estado de Guatemala define soberanamente
la modalidad ,época ,tipo y calidad de la
producción alimentaria en forma sostenida y
con menor costo socio ambiental, y garantiza
la seguridad alimentaria y nutricional de la
población.
14. • Es deber del estado el garantizar y
proporcionar el acceso a los recursos a las y
los pequeños productores para mejorar sus
condiciones de vida y con ello contribuir a
disminuir la pobreza y la desnutrición.