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LEGISLACIÓN EDUCATIVA

                  SINÓPSIS DE CONTENIDO.

   TEMA 1: Nociones básicas de Derecho: La Naturaleza del
    Derecho. Las Normas jurídicas. El Ordenamiento
    Jurídico. Las fuentes del Derecho. El Derecho Público y
    Privado.
   TEMA 2: Nociones del Derecho Administrativo: La Ley
    Orgánica de Administración Financiera del Sector
    Público. Ley Orgánica de Administración Pública.
   TEMA 3: Nociones del Derecho Educativo: Concepto. El
    Derecho Educativo y el Derecho Administrativo. El
    Derecho Educativo en Venezuela.
LEGISLACIÓN EDUCATIVA

                 SINÓPSIS DE CONTENIDO.

   TEMA 4: El régimen jurídico de la Educación en
    Venezuela, y su relación con los aspectos teleológicos de
    la Educación.
   TEMA 5: Marco Jurídico de la estructura del Sistema
    Educativo: Estructura Administrativa. Estructura
    Curricular. La Enseñanza Privada.
   TEMA 6: La legislación gremial y económica del sector
    educación: Organizaciones gremiales: legislación
    socioeconómica.
INTRODUCCIÓN A LEGISLACIÓN
       EDUCATIVA:


           TEMA 1:

 NOCIONES BÁSICAS DE DERECHO:
BREVES NOCIONES DE DERECHO


   ¿Cómo fue la existencia del hombre sin leyes?



   ¿ Cuando el hombre sintió la necesidad de
    regirse por leyes?
EL HOMBRE EN SOCIEDAD


                  Aforismo romano:

   “Ubi homo ibis societas”, que dice: Donde existe
    el hombre hay sociedad.
LA SOCIEDAD Y EL DERECHO

                 Aforismo romano:

   “Ubi societas ibis ius”, que dice: Donde
    hay sociedad hay derecho”.
CONCEPTO DE DERECHO


   “Es el conjunto de normas que van a regir
    obligatoriamente la actividad de los hombres en
    sociedad; Normas (Reglas de Conducta) que a
    diferencia de las leyes de la naturaleza,
    expresan la manera como “Debe ser” el
    comportamiento de los individuos, y no como
    ellos efectivamente se comportan” .
LA NATURALEZA DEL DERECHO.


   Entre las diversas teorías que han tratado de
    explicar la naturaleza del Derecho, se
    encuentran las teorías del Iusnaturalismo
    (Derecho Natural) y Positivismo (Derecho
    Escrito).
   Igualmente La Teoría de la Naturaleza y la
     teoría de la cultura.
    (Ampliar).
LAS NORMAS JURÍDICAS.


   Son reglas imperativas de conducta, cuya
    violación acarrea la posibilidad de imposición de
    una sanción por parte del órgano competente
    del Estado.
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.


   Es el conjunto de normas jurídicas integradoras
    de las relaciones entre el Estado y las personas
    que conviven dentro de un territorio.
LAS FUENTES DEL DERECHO.


   Nos sitúa frente al problema de la manera como
    se produce ese conjunto de normas que
    integran el ordenamiento jurídico. Ahora se
    presenta la cuestión de saber cómo se
    manifiestan las reglas del Derecho positivo,
    dónde y cómo los justiciables y los jueces
    pueden tomar conocimiento; en una palabra,
    cuáles son las fuentes del Derecho.
LAS FUENTES DEL DERECHO.

   Este término fuente crea una metáfora bastante
    feliz, pues remontar la fuente de un río es
    buscar el lugar en que sus aguas brotan de la
    tierra; del mismo modo, inquirir la fuente de una
    regla jurídica, es buscar el punto por el cual ha
    salido de las profundidades de la vida social para
    aparecer en la superficie del Derecho. El estudio
    de las fuentes del Derecho lleva la preocupación
    del jurista al análisis de la forma como se
    producen y manifiestan las normas que integran
LAS FUENTES DEL DERECHO.

   el ordenamiento jurídico. Por regla general se
    plantea el problema de las fuentes del Derecho
    en dos sentidos: a) Como factores que provocan
    necesariamente la aparición de las normas
    jurídicas determinando su contenido (Fuentes
    materiales) , y b) como proceso de creación de
    las normas jurídicas (fuentes formales).
   Las fuentes del Derecho          son: La ley, la
    Jurisprudencia, la Doctrina y la Costumbre.
EL DERECHO PÚBLICO.


   Es el conjunto de normas reguladoras del orden
    jurídico relativo al Estado en sí, en sus relaciones
    con los particulares y con otros Estados.
    (Ampliar).
EL DERECHO PRIVADO.


   Es el que rige los actos de los particulares
    cumplidos en su propio nombre. Predomina el
    interés individual, frente al general del Derecho
    Público. (Ampliar).
LOS FINES DEL DERECHO



   La Justicia.

   El bien común.

    La Seguridad Jurídica.
    (Ampliar).
LA JERARQUIA DE LAS LEYES

     La Pirámide de Kelsen
                    C.R.B.V.



                    LEYES ORGÁNICAS

                    LEYES ESPECIALES

                    REGLAMENTOS

                   LEYES INDIVIDUALES
LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL
               DERECHO
   Es aspiración, que todos y cada uno de los
    conflictos encuentren una regulación por parte
    del ordenamiento jurídico.
   Impedir la aplicación del célebre principio de la
    Ley del Talión: “Ojo por ojo y diente por diente”.
   Evita que escape algún problema de la
    regulación por parte del Derecho.
   (Ampliar).
NOCION DEL TERMINO “ESTADO”

   ¿ Cómo se creó ésta figura jurídica?

   ¿ Qué significado tiene para nosotros?

    ¿Cuál es su origen?
   (Desarrollar).
ELEMENTOS ESENCIALES PARA LA
        EXISTENCIA DE UN ESTADO

   Población.

    Territorio.

    Poder (Seguridad Jurídica).
   (Ampliar).
LOS FINES DEL ESTADO

   La defensa y el desarrollo de la persona y el
    respeto a su dignidad, el ejercicio democrático
    de la voluntad popular, la construcción de una
    sociedad justa y amante de la paz, la promoción
    y bienestar del pueblo y la garantía del
    cumplimiento de los principios, derechos y
    deberes reconocidos y consagrados en la
    constitución. La educación y el trabajo son los
    procesos fundamentales para alcanzar dichos
    fines.
ORIGEN DE LA PALABRA “PERSONA”


   Designaba, en el sentido propio, la máscara de
    la cual se servían los actores romanos dando
    amplitud a su voz (personare).
   De aquí se empleó en el sentido figurado para
    expresar el papel que un individuo pueda
    representar en la sociedad.
LA PALABRA PERSONA EN EL CÓDIGO
            CIVIL VENEZOLANO

   Las personas son naturales o jurídicas.
   Todos los individuos de la especie humana son
    personas naturales.
   Artículos 15, 16,19 C.C.V.
   Son personas jurídicas y por lo tanto, capaces de
    obligaciones y derechos: 1º, 2º, 3º. (leer).
   Ver Artículo 2 C.C.V.
LOS DERECHOS HUMANOS


   ¿Qué se entiende por derechos humanos?
   ¿Cómo los distinguimos?
   ¿Quién los otorga?
   ¿Porqué están establecidos?
   ¿Dónde los encontramos definidos?
   ¿Para qué se tienen como principios?
   (Investigar).
DEFINICION DE DERECHOS HUMANOS


   Son derechos inalienables y pertenecientes a
    todos los seres humanos. Estos derechos son
    necesarios para asegurar la libertad y el
    mantenimiento de una calidad de vida digna, y
    están garantizados a todas las personas en todo
    momento y en todo lugar”.
Otra definición sobre derechos humanos:

   Son los derechos que se confieren a un individuo
    y las libertades fundamentales de que goza: el
    derecho a la vida, a la vida privada, a pensar y a
    practicar una religión, libertad de expresión,
    libertad de reunión y protección en contra de
    todas las formas de discriminación basada en,
    por ejemplo, el sexo, la raza o la religión.
    Incluyen también el derecho a participar en la
    vida pública, económica, social y cultural”.
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS
            DERECHOS HUMANOS


   ¿Qué significado tiene para la humanidad tal
    declaración?
   Quien las elaboró?
   ¿Qué es la O.N.U.?
   ¿Cuándo se fundó ?
   (Investigar).
LOS DERECHOS HUMANOS EN LA
        CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
          BOLIVARIANA DE VENEZUELA


   Una faceta muy interesante de la C.R.B.V. es el
    capítulo dedicado a los derechos humanos.

   Leer y analizar los artículos 2, 19, 23, 27, 29, 31
    de nuestra carta magna.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
      BOLIVARIANA DE VENEZUELA



   Realizar el estudio y análisis de los
    artículos referentes a los fines del estado,
    derechos humanos, derechos laborales y
    derecho a la educación, establecidos en la
    constitución de la República Bolivariana de
    Venezuela.
ARTICULO 3 C.R.B.V.
                Fines del Estado
   “El Estado tiene como fines esenciales la defensa
    y el desarrollo de la persona y el respeto a su
    dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad
    popular, la construcción de una sociedad justa y
    amante de la paz, la promoción de la
    prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía
    del cumplimiento de los principios, derechos y
    deberes reconocidos y consagrados en esta
    constitución.
   La educación y el trabajo son los procesos
    fundamentales para alcanzar dichos fines”.
ARTICULO 7 C.R.B.V.
           Primacía de la Constitución


   La Constitución es la norma suprema y el
    fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las
    personas y los órganos que ejercen el poder
    público están sujetos a esta Constitución”.
ARTÍCULO 19 C.R.B.V.
        Protección de derechos humanos
   El Estado garantizará a toda persona, conforme
    al principio de progresividad y sin discriminación
    alguna, el goce y el ejercicio irrenunciable,
    indivisible e interdependiente de los derechos
    humanos. Su respeto y garantía son obligatorios
    para los órganos del Poder Público, de
    conformidad con ésta Constitución, con los
    tratados sobre derechos humanos suscritos y
    ratificados por la República y con las leyes que
    los desarrollen”.
ARTICULO 23 C.R.B.V.
      Convenciones de derechos humanos

   “Los tratados, pactos y convenciones relativos a
    derechos humanos, suscritos y ratificados por
    Venezuela, tienen jerarquía constitucional y
    prevalecen en el orden interno, en la medida en
    que contengan normas sobre su goce y ejercicio
    más favorables a las establecidas en ésta
    constitución y en las leyes de la República, y son
    de aplicación inmediata       y directa por los
    tribunales y demás órganos del Poder Público”.
ARTICULO 49 C.R.B.V.
         Garantías Judiciales y Administrativas

   “ El debido proceso se aplicará a todas las
    actuaciones judiciales y adminisrativas; en
    consecuencia:
   1.
   2.
   3.
   4.
   5.        Leer y analizar.
   6.
   7.
   8.
ARTICULO 87 C.R.B.V.
          Derecho y deber de trabajar

Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de
trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas
necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener
ocupación productiva, que le proporcione una existencia
digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este
derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley
adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los
derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no
dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a
otras restricciones que las que la ley establezca. Todo
patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o
trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente
de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará
instituciones que permitan el control y la promoción de esas
condiciones”.
DERECHOS LABORALES ESTABLECIDOS EN
          LA CARTA MAGNA (C.R.B.V).


   VER ARTÍCULOS 88 AL 97 C.R.B.V.


    Todos relacionados con el derecho   y
    deber al trabajo en Venezuela.
ARTICULO 102 C.R.B.V.
                   La Educación
   La educación es un derecho humano y un deber social
    fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El
    Estado la asumirá como función indeclinable y de
    máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y
    como      instrumento     del   conocimiento      científico,
    humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La
    educación es un servicio público y está fundamentada en
    el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la
    finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser
    humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una
    sociedad democrática basada en la valoración ética del
    trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria
    en     los     procesos    de     transformación     social,
    consustanciados con los valores de la identidad nacional
    y una visión latinoamericana y universal. El estado, con
    la participación de las familias y la sociedad, promoverá
    el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los
    principios contenidos en esta Constitución y en la ley”.
VER ARTÍCULOS 103 AL 111 C.R.B.V.


   Todo lo relacionado con el sistema educativo
    venezolano,     basado         como principios
    constitucionales en nuestra carta magna, será
    debatido en forma           amplia entre los
    participantes en Foros – Chat.
ARTÍCULO 131 C.R.B.V.
    Deberes con la Constitución y las Leyes.


   Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar
    esta Constitución, las leyes y los demás actos
    que en ejercicio de sus funciones dicten los
    órganos del Poder Público”.
   Ver Artículos 130, 132 al 135 C.R.B.V.
ARTICULO 136 C.R.B.V.
     Del Poder Público: División de Poderes

    El Poder Público se distribuye entre el Poder
     Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional.
     El Poder Público Nacional se divide en
     Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y
     Electoral.
      Cada una de las ramas del Poder Público tiene
     sus funciones propias, pero los órganos a los
     que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí
     en la realización de los fines del Estado.
    Ver Artículos 137 al 140 C.R.B.V.
ARTÍCULO 141 C.R.B.V.
         Principios de la Administración



   Ver Artículos 141 al 143.
   Analizarlos en Foro – Chat.
ARTÍCULO 202 C.R.B.V.
         De la formación de las Leyes.

   La Ley es el acto sancionado por la Asamblea
    Nacional como cuerpo legislador. Las Leyes que
    reúnan sistemáticamente las normas relativas a
    determinada materia se podrán denominar
    códigos”.
   Ver Artículos 203 al 218. ejusdem.
ARTÍCULO 49 C.R.B.V.
     Garantías Judiciales y Administrativas.



   El debido proceso se aplicará a todas las
    actuaciones judiciales y administrativas; en
    consecuencia: Ver numerales 1,2,3,4,5,6,7,8”
    del artículo 49 de la C.R.B.V.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO


   Artículo 1º: “Esta ley regirá las situaciones y
    relaciones jurídicas derivadas del trabajo como
    hecho social”.
   Se recomienda realizar un análisis de los
    artículos más importantes de la ley, en cuanto el
    tiempo lo permita, dejando expresa constancia
    de que todo el articulado de la ley son vitales.
REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA
            DEL TRABAJO

   Articulo 1º: “ El presente Reglamento regirá las
    situaciones y relaciones jurídicas derivadas del
    trabajo como hecho social, en los términos
    consagrados en la Ley Orgánica del Trabajo”.
   Ver demás artículos que contiene dicho
    reglamento.
LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN
      G.O. EXT. Nº 5.929, DEL 15/08/2009
   Artículo   1:Objeto de la ley.
   Artículo   2: Ámbito de aplicación.
   Artículo    5: El Estado docente.
   Artículo    6: Competencias del Estado Docente.
   Artículo   14: La educación.
   Artículo   15: Fines de la educación.
   Artículo   24: Sistema educativo.
   Artículo   25: Organización del Sistema Educativo.
   Artículo   26: Modalidades del Sistema educativo.
REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE
          EDUCACIÓN

   Artículo 2: “ El presente reglamento regirá para
    los niveles y modalidades del sistema educativo,
    excepto para el nivel de educación superior, en
    el cual se aplicarán las regulaciones pertinentes
    de la ley Orgánica de Educación y las de la Ley
    especial correspondiente y su reglamentación”.
REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA
         PROFESIÓN DOCENTE.
   Artículo 1: “El presente reglamento establece las
    normas y procedimientos que regulan el ejercicio
    de la Profesión Docente, relativos a ingreso,
    reingreso, retiro, traslados, promociones,
    ubicación, ascensos, estabilidad, remuneración,
    perfeccionamiento, profesionalización, licencias,
    jubilaciones y pensiones, vacaciones, previsión
    social, régimen disciplinario y demás aspectos
    relacionados con la prestación de servicios
    profesionales docentes”.
Artículo 2 del R.E.P.D.


   Se entiende por personal docente, quienes
    ejerzan cualesquiera de las funciones señaladas
    en el artículo 77 de la Ley          Orgánica de
    Educación, bien sea en la condición de personal
    ordinario o de personal interino. Asimismo, se
    entiende por profesionales de la docencia a los
    que se refiere el aparte de ese artículo….” leer
Artículo 3 del R.E.P.D.


   Este Reglamento se aplicará a quienes ejerzan la
    profesión docente en funciones de enseñanza,
    orientación,     planificación,    investigación,
    experimentación,       evaluación,     dirección,
    supervisión y administración, en el campo
    educativo, con excepción del nivel de educación
    superior”.
LEY ORGANICA DE PROCEDIMIENTOS
        ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A.).
   Artículo 1: “ La administración pública nacional y
    la administración pública descentralizada,
    integradas en la forma prevista en sus
    respectivas leyes orgánicas, ajustarán su
    actividad a las prescripciones de la presente ley.
     Las administraciones estadales y municipales, la
    Contraloría General de la República y la Fiscalía
    General de la República, ajustarán igualmente
    sus actividades a la presente ley, en cuanto les
    sea aplicable”.
LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS


   Artículo 7 L.O.P.A: “ Se entiende por acto
    administrativo, a los fines de esta ley, toda
    declaración de carácter general o particular
    emitida de acuerdo con las formalidades y
    requisitos establecidos en la ley, por los órganos
    de la administración pública”:
TEMA 2
    NOCIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO

                       CONCEPTO:

   Es la rama del derecho público interno que
    comprende las normas del ordenamiento jurídico
    positivo y los principios de la jurisprudencia y la
    doctrina    aplicables    a    la    estructura   y
    funcionamiento de la administración. (Ampliar).
LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN
       FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO.

   Esta ley tiene por objeto regular la
    administración financiera, el sistema de control
    interno del Sector público, y los aspectos
    referidos a la coordinación macroeconómica, al
    fondo de Estabilización Macroeconómica y al
    fondo de Ahorro Intergubernamental.
   Dicha ley se analizará en su contenido.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
                 PÚBLICA


   Esta ley tiene por objeto establecer los
    principios, bases y lineamientos que rigen la
    organización y el funcionamiento de la
    Administración Pública; así como regular los
    compromisos de gestión; crear mecanismos para
    promover la participación popular y el control,
    seguimiento y evaluación de las políticas, planes
    y proyectos públicos; y establecer las normas
    básicas sobre los archivos y registros de la
    Administración pública.
TEMA 3:
     NOCIONES DEL DERECHO EDUCATIVO.

                      CONCEPTO:

   Estudia esencialmente la norma educacional, su
    integración en el sistema y su incumbencia
    desde el punto de vista propio del derecho, los
    principios que contiene y la doctrina que le dio
    origen. (Ampliar).
EL DERECHO EDUCATIVO Y EL DERECHO
             ADMINISTRATIVO.


   El ámbito Docente y el Mundo Jurídico
    conforman el Derecho Educativo, con un
    enfoque         transversal,    integrador   e
    interdisciplinario.    El Derecho Educativo no
    pretende desplazar al Derecho Administrativo,
    sino que se convierte en un derecho especial e
    innovador de este último. (Ampliar).
EL DERECHO EDUCATIVO EN VENEZUELA.

   El proyecto político contenido en la C.R.B.V,
    define a la política educativa como un derecho
    humano y como un servicio público, de acuerdo
    a lo establecido en los artículos 139, 141, 168 y
    62. Así mismo la política educativa también se
    halla sustentada en los artículos 102, 103, 104
    ejusdem, confiriéndole un carácter de:
    Democrática, Integral, Gratuita (hasta el
    pregrado         universitario),      permanente,
    Obligatoria, Plural, contextualizada, Intercultural
EL DERECHO EDUCATIVO EN VENEZUELA.

  …           y bilingüe ( para los pueblos
   indígenas). Donde el uso de la lengua
   indígena resulta obligatoria hasta el
   segundo grado de edad básica (artículo 112
   C.R.B.V.), enseñanza obligatoria de la
   educación física y el deporte, con las
   excepciones según la ley (artículo 111
   C.R.B.V.),     Y    Educación     ambiental
   obligatoria en educación formal y no formal
   (artículo 197 C.R.B.V.).
TEMA 4
  EL REGIMEN JURÍDICO DE LA EDUCACIÓN EN
VENEZUELA Y SU RELACIÓN CON LOS ASPECTOS
      TELEOLÓGICOS DE LA EDUCACIÓN.
La Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela preceptúa entre sus artículos 102 al
111 (Ambos inclusive), todo el régimen jurídico
de la educación en Venezuela.
La Ley Orgánica de Educación, desarrolla dichos
principios constitucionales en forma amplia.
Dicha Ley tiene su reglamento.
El Reglamento del Ejercicio de la Profesión
Docente, es otro de los instrumentos jurídicos
que rige el sistema educativo.
TEMA 4
      EL REGIMEN JURÍDICO DE LA EDUCACIÓN EN
    VENEZUELA Y SU RELACIÓN CON LOS ASPECTOS
          TELEOLÓGICOS DE LA EDUCACIÓN.
   La Ley de Universidades y su reglamento.
   VI Convención Colectiva de Trabajo de los
    Trabajadores de la Educación.
   Actas convenios de homologación de las
    universidades y demás leyes inherentes al
    sistema educativo venezolano.
   Nota: Dicho régimen jurídico debe ser
    relacionado con los aspectos teleológicos de la
    educación, como tema de investigación y
    análisis, por parte de los participantes de la
    maestría.
TEMA 5:
 MARCO JURÍDICO DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA
                       EDUCATIVO.
 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
 Ley Orgánica de Educación y su Reglamento.
 Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente.
 Gaceta Oficial.
 Ley de Universidades y su Reglamento Parcial.
 Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del
  Adolescente.
 Ley del Estatuto de la Función Pública)
 Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento.
 Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
 VI Convención Colectiva de Trabajo de los Trabajadores
  de la Educación (2011-2013).
 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y
  del Sistema Nacional de control Fiscal.
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA SISTEMA
         EDUCATIVO EN VENEZUELA

   Gobierno Nacional, por órgano del Ministerio del
    Poder Popular para la Educación.
   Zonas Educativas.
   Distritos Escolares.
   Dirección de Planteles.
   Misiones.
   Ministerio del Poder Popular para la Educación
    Superior.
   Consejo Nacional de Universidades.
   (Ampliar).
ESTRUCTURA CURRICULAR.

   El modelo curricular que se presenta, procura
    transformar la sociedad actual y a la nueva
    República. Su función es socializadora y
    liberadora, se estructura en tres partes:
   1). Orientaciones Teóricas: legales, filosóficas,
    epistemológicas, sociológicas y educativas.
   2). Elementos organizacionales: Principios,
    características, objetivos, ejes, perfil del
    estudiante y del docente.
   3). Áreas de Aprendizajes: Componentes, mallas
    curriculares, organización de las experiencias de
    aprendizaje. (Ampliar).
LA ENSEÑANZA PRIVADA.



   C.R.B.V (Artículo 106).
   Ley Orgánica de Educación (Artículo 4)
   Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente
    (Artículos 13).
   (Ampliar).
   Discutir en Foro- Chat.
TEMA 6.
LA LEGISLACIÓN GREMIAL Y ECONÓMICA DEL
          SECTOR EDUCACIÓN:

             ORGANIZACIONES GREMIALES:

   Ver C.R.B.V. (Artículos 95,96,97)
   Ley Orgánica del Trabajo. (Artículos 396 al 559)
    y su reglamento (Artículos 112 al 224).
   Ley Orgánica de Educación. (Artículo 41).
   Investigar y ampliar.
   Discutir en Foro-Chat.
LEGISLACIÓN SOCIOECONÓMICA.



   C.R.B.V. (Artículos 299).
   Ley Orgánica de Educación. (Artículo 41).
   VI Convención Colectiva de Trabajo de los
    Trabajadores de la Educación (2.011-2.013).
   Actas – Convenios de las Universidades.
   (Ampliar).
   Discutir en Foro- Chat.
RECOMENDACIÓN DE OTRAS LEYES A
             CONSULTAR.
   Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías
    Constitucionales.
   Ley Orgánica de la Seguridad Social (con sus distintos
    sistemas y regímenes).
   Ley Sobre Simplificación de Trámites Administrativos.
   Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
    Ambiente en el Trabajo (L.O.P.C.Y.M.A.T.)          y su
    reglamento.
   Carta de las Naciones Unidas.
   Declaración Universal de los Derechos Humanos
    (O.N.U.).
   Convención Americana de los Derechos Humanos.
   Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
   Ley de Alimentación Para los Trabajadores y su
    reglamento.
FACILITADOR
   Abogado Emilio José Donaire Ramos. (U.S.M. 1.991).
   I.P.S.A. Nº 45.933.
   Especialista en Gerencia Municipal. (U.S.M. 1.995).
   Especialista en Derecho Administrativo. (UNERG. 2.005).
   Especialista en Derecho Laboral. (UNERG. 2.008).
   Docente ordinario Asistente del Área de Ciencias Políticas y Jurídicas
    de la UNERG. Derecho Laboral y Obligaciones I y II.
   Actualmente realiza Doctorado en Ciencias de la Educación (UNERG
    2.011 – 2.014).
   Ex - Asesor Jurídico de las Alcaldías de Mellado, (Edo. Guárico) y
    Urdaneta, (Edo. Aragua).
   Abogado I, Asesor Contraloría Municipal del Municipio San Sebastián
    del Estado Aragua (Potestad Investigativa y Determinación de
    Responsabilidad Administrativa ).
   Abogado en Ejercicio.
AGRADECIMIENTOS


   A la Universidad Nacional Abierta, por la
    oportunidad brindada para participar en esta
    maestría como facilitador.
   A ustedes, los participantes por su atención e
    interés.

                  Muchas gracias.

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Unidad Curricular Legislacion Educativa

  • 1. LEGISLACIÓN EDUCATIVA  SINÓPSIS DE CONTENIDO.  TEMA 1: Nociones básicas de Derecho: La Naturaleza del Derecho. Las Normas jurídicas. El Ordenamiento Jurídico. Las fuentes del Derecho. El Derecho Público y Privado.  TEMA 2: Nociones del Derecho Administrativo: La Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público. Ley Orgánica de Administración Pública.  TEMA 3: Nociones del Derecho Educativo: Concepto. El Derecho Educativo y el Derecho Administrativo. El Derecho Educativo en Venezuela.
  • 2. LEGISLACIÓN EDUCATIVA  SINÓPSIS DE CONTENIDO.  TEMA 4: El régimen jurídico de la Educación en Venezuela, y su relación con los aspectos teleológicos de la Educación.  TEMA 5: Marco Jurídico de la estructura del Sistema Educativo: Estructura Administrativa. Estructura Curricular. La Enseñanza Privada.  TEMA 6: La legislación gremial y económica del sector educación: Organizaciones gremiales: legislación socioeconómica.
  • 3. INTRODUCCIÓN A LEGISLACIÓN EDUCATIVA: TEMA 1: NOCIONES BÁSICAS DE DERECHO:
  • 4. BREVES NOCIONES DE DERECHO  ¿Cómo fue la existencia del hombre sin leyes?  ¿ Cuando el hombre sintió la necesidad de regirse por leyes?
  • 5. EL HOMBRE EN SOCIEDAD  Aforismo romano:  “Ubi homo ibis societas”, que dice: Donde existe el hombre hay sociedad.
  • 6. LA SOCIEDAD Y EL DERECHO  Aforismo romano:  “Ubi societas ibis ius”, que dice: Donde hay sociedad hay derecho”.
  • 7. CONCEPTO DE DERECHO  “Es el conjunto de normas que van a regir obligatoriamente la actividad de los hombres en sociedad; Normas (Reglas de Conducta) que a diferencia de las leyes de la naturaleza, expresan la manera como “Debe ser” el comportamiento de los individuos, y no como ellos efectivamente se comportan” .
  • 8. LA NATURALEZA DEL DERECHO.  Entre las diversas teorías que han tratado de explicar la naturaleza del Derecho, se encuentran las teorías del Iusnaturalismo (Derecho Natural) y Positivismo (Derecho Escrito).  Igualmente La Teoría de la Naturaleza y la teoría de la cultura. (Ampliar).
  • 9. LAS NORMAS JURÍDICAS.  Son reglas imperativas de conducta, cuya violación acarrea la posibilidad de imposición de una sanción por parte del órgano competente del Estado.
  • 10. EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.  Es el conjunto de normas jurídicas integradoras de las relaciones entre el Estado y las personas que conviven dentro de un territorio.
  • 11. LAS FUENTES DEL DERECHO.  Nos sitúa frente al problema de la manera como se produce ese conjunto de normas que integran el ordenamiento jurídico. Ahora se presenta la cuestión de saber cómo se manifiestan las reglas del Derecho positivo, dónde y cómo los justiciables y los jueces pueden tomar conocimiento; en una palabra, cuáles son las fuentes del Derecho.
  • 12. LAS FUENTES DEL DERECHO.  Este término fuente crea una metáfora bastante feliz, pues remontar la fuente de un río es buscar el lugar en que sus aguas brotan de la tierra; del mismo modo, inquirir la fuente de una regla jurídica, es buscar el punto por el cual ha salido de las profundidades de la vida social para aparecer en la superficie del Derecho. El estudio de las fuentes del Derecho lleva la preocupación del jurista al análisis de la forma como se producen y manifiestan las normas que integran
  • 13. LAS FUENTES DEL DERECHO.  el ordenamiento jurídico. Por regla general se plantea el problema de las fuentes del Derecho en dos sentidos: a) Como factores que provocan necesariamente la aparición de las normas jurídicas determinando su contenido (Fuentes materiales) , y b) como proceso de creación de las normas jurídicas (fuentes formales).  Las fuentes del Derecho son: La ley, la Jurisprudencia, la Doctrina y la Costumbre.
  • 14. EL DERECHO PÚBLICO.  Es el conjunto de normas reguladoras del orden jurídico relativo al Estado en sí, en sus relaciones con los particulares y con otros Estados. (Ampliar).
  • 15. EL DERECHO PRIVADO.  Es el que rige los actos de los particulares cumplidos en su propio nombre. Predomina el interés individual, frente al general del Derecho Público. (Ampliar).
  • 16. LOS FINES DEL DERECHO  La Justicia.  El bien común.  La Seguridad Jurídica. (Ampliar).
  • 17. LA JERARQUIA DE LAS LEYES  La Pirámide de Kelsen C.R.B.V. LEYES ORGÁNICAS LEYES ESPECIALES REGLAMENTOS LEYES INDIVIDUALES
  • 18. LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO  Es aspiración, que todos y cada uno de los conflictos encuentren una regulación por parte del ordenamiento jurídico.  Impedir la aplicación del célebre principio de la Ley del Talión: “Ojo por ojo y diente por diente”.  Evita que escape algún problema de la regulación por parte del Derecho.  (Ampliar).
  • 19. NOCION DEL TERMINO “ESTADO”  ¿ Cómo se creó ésta figura jurídica?  ¿ Qué significado tiene para nosotros?  ¿Cuál es su origen?  (Desarrollar).
  • 20. ELEMENTOS ESENCIALES PARA LA EXISTENCIA DE UN ESTADO  Población.  Territorio.  Poder (Seguridad Jurídica).  (Ampliar).
  • 21. LOS FINES DEL ESTADO  La defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
  • 22. ORIGEN DE LA PALABRA “PERSONA”  Designaba, en el sentido propio, la máscara de la cual se servían los actores romanos dando amplitud a su voz (personare).  De aquí se empleó en el sentido figurado para expresar el papel que un individuo pueda representar en la sociedad.
  • 23. LA PALABRA PERSONA EN EL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO  Las personas son naturales o jurídicas.  Todos los individuos de la especie humana son personas naturales.  Artículos 15, 16,19 C.C.V.  Son personas jurídicas y por lo tanto, capaces de obligaciones y derechos: 1º, 2º, 3º. (leer).  Ver Artículo 2 C.C.V.
  • 24. LOS DERECHOS HUMANOS  ¿Qué se entiende por derechos humanos?  ¿Cómo los distinguimos?  ¿Quién los otorga?  ¿Porqué están establecidos?  ¿Dónde los encontramos definidos?  ¿Para qué se tienen como principios?  (Investigar).
  • 25. DEFINICION DE DERECHOS HUMANOS  Son derechos inalienables y pertenecientes a todos los seres humanos. Estos derechos son necesarios para asegurar la libertad y el mantenimiento de una calidad de vida digna, y están garantizados a todas las personas en todo momento y en todo lugar”.
  • 26. Otra definición sobre derechos humanos:  Son los derechos que se confieren a un individuo y las libertades fundamentales de que goza: el derecho a la vida, a la vida privada, a pensar y a practicar una religión, libertad de expresión, libertad de reunión y protección en contra de todas las formas de discriminación basada en, por ejemplo, el sexo, la raza o la religión. Incluyen también el derecho a participar en la vida pública, económica, social y cultural”.
  • 27. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS  ¿Qué significado tiene para la humanidad tal declaración?  Quien las elaboró?  ¿Qué es la O.N.U.?  ¿Cuándo se fundó ?  (Investigar).
  • 28. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA  Una faceta muy interesante de la C.R.B.V. es el capítulo dedicado a los derechos humanos.  Leer y analizar los artículos 2, 19, 23, 27, 29, 31 de nuestra carta magna.
  • 29. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA  Realizar el estudio y análisis de los artículos referentes a los fines del estado, derechos humanos, derechos laborales y derecho a la educación, establecidos en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • 30. ARTICULO 3 C.R.B.V. Fines del Estado  “El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta constitución.  La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines”.
  • 31. ARTICULO 7 C.R.B.V. Primacía de la Constitución  La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el poder público están sujetos a esta Constitución”.
  • 32. ARTÍCULO 19 C.R.B.V. Protección de derechos humanos  El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con ésta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”.
  • 33. ARTICULO 23 C.R.B.V. Convenciones de derechos humanos  “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en ésta constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”.
  • 34. ARTICULO 49 C.R.B.V. Garantías Judiciales y Administrativas  “ El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y adminisrativas; en consecuencia:  1.  2.  3.  4.  5. Leer y analizar.  6.  7.  8.
  • 35. ARTICULO 87 C.R.B.V. Derecho y deber de trabajar Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a otras restricciones que las que la ley establezca. Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de esas condiciones”.
  • 36. DERECHOS LABORALES ESTABLECIDOS EN LA CARTA MAGNA (C.R.B.V).  VER ARTÍCULOS 88 AL 97 C.R.B.V. Todos relacionados con el derecho y deber al trabajo en Venezuela.
  • 37. ARTICULO 102 C.R.B.V. La Educación  La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y una visión latinoamericana y universal. El estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley”.
  • 38. VER ARTÍCULOS 103 AL 111 C.R.B.V.  Todo lo relacionado con el sistema educativo venezolano, basado como principios constitucionales en nuestra carta magna, será debatido en forma amplia entre los participantes en Foros – Chat.
  • 39. ARTÍCULO 131 C.R.B.V. Deberes con la Constitución y las Leyes.  Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público”.  Ver Artículos 130, 132 al 135 C.R.B.V.
  • 40. ARTICULO 136 C.R.B.V. Del Poder Público: División de Poderes  El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. Ver Artículos 137 al 140 C.R.B.V.
  • 41. ARTÍCULO 141 C.R.B.V. Principios de la Administración  Ver Artículos 141 al 143.  Analizarlos en Foro – Chat.
  • 42. ARTÍCULO 202 C.R.B.V. De la formación de las Leyes.  La Ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador. Las Leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos”.  Ver Artículos 203 al 218. ejusdem.
  • 43. ARTÍCULO 49 C.R.B.V. Garantías Judiciales y Administrativas.  El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia: Ver numerales 1,2,3,4,5,6,7,8” del artículo 49 de la C.R.B.V.
  • 44. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO  Artículo 1º: “Esta ley regirá las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social”.  Se recomienda realizar un análisis de los artículos más importantes de la ley, en cuanto el tiempo lo permita, dejando expresa constancia de que todo el articulado de la ley son vitales.
  • 45. REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO  Articulo 1º: “ El presente Reglamento regirá las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social, en los términos consagrados en la Ley Orgánica del Trabajo”.  Ver demás artículos que contiene dicho reglamento.
  • 46. LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN G.O. EXT. Nº 5.929, DEL 15/08/2009  Artículo 1:Objeto de la ley.  Artículo 2: Ámbito de aplicación.  Artículo 5: El Estado docente.  Artículo 6: Competencias del Estado Docente.  Artículo 14: La educación.  Artículo 15: Fines de la educación.  Artículo 24: Sistema educativo.  Artículo 25: Organización del Sistema Educativo.  Artículo 26: Modalidades del Sistema educativo.
  • 47. REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN  Artículo 2: “ El presente reglamento regirá para los niveles y modalidades del sistema educativo, excepto para el nivel de educación superior, en el cual se aplicarán las regulaciones pertinentes de la ley Orgánica de Educación y las de la Ley especial correspondiente y su reglamentación”.
  • 48. REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.  Artículo 1: “El presente reglamento establece las normas y procedimientos que regulan el ejercicio de la Profesión Docente, relativos a ingreso, reingreso, retiro, traslados, promociones, ubicación, ascensos, estabilidad, remuneración, perfeccionamiento, profesionalización, licencias, jubilaciones y pensiones, vacaciones, previsión social, régimen disciplinario y demás aspectos relacionados con la prestación de servicios profesionales docentes”.
  • 49. Artículo 2 del R.E.P.D.  Se entiende por personal docente, quienes ejerzan cualesquiera de las funciones señaladas en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Educación, bien sea en la condición de personal ordinario o de personal interino. Asimismo, se entiende por profesionales de la docencia a los que se refiere el aparte de ese artículo….” leer
  • 50. Artículo 3 del R.E.P.D.  Este Reglamento se aplicará a quienes ejerzan la profesión docente en funciones de enseñanza, orientación, planificación, investigación, experimentación, evaluación, dirección, supervisión y administración, en el campo educativo, con excepción del nivel de educación superior”.
  • 51. LEY ORGANICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A.).  Artículo 1: “ La administración pública nacional y la administración pública descentralizada, integradas en la forma prevista en sus respectivas leyes orgánicas, ajustarán su actividad a las prescripciones de la presente ley. Las administraciones estadales y municipales, la Contraloría General de la República y la Fiscalía General de la República, ajustarán igualmente sus actividades a la presente ley, en cuanto les sea aplicable”.
  • 52. LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS  Artículo 7 L.O.P.A: “ Se entiende por acto administrativo, a los fines de esta ley, toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública”:
  • 53. TEMA 2 NOCIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO  CONCEPTO:  Es la rama del derecho público interno que comprende las normas del ordenamiento jurídico positivo y los principios de la jurisprudencia y la doctrina aplicables a la estructura y funcionamiento de la administración. (Ampliar).
  • 54. LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO.  Esta ley tiene por objeto regular la administración financiera, el sistema de control interno del Sector público, y los aspectos referidos a la coordinación macroeconómica, al fondo de Estabilización Macroeconómica y al fondo de Ahorro Intergubernamental.  Dicha ley se analizará en su contenido.
  • 55. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA  Esta ley tiene por objeto establecer los principios, bases y lineamientos que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública; así como regular los compromisos de gestión; crear mecanismos para promover la participación popular y el control, seguimiento y evaluación de las políticas, planes y proyectos públicos; y establecer las normas básicas sobre los archivos y registros de la Administración pública.
  • 56. TEMA 3: NOCIONES DEL DERECHO EDUCATIVO.  CONCEPTO:  Estudia esencialmente la norma educacional, su integración en el sistema y su incumbencia desde el punto de vista propio del derecho, los principios que contiene y la doctrina que le dio origen. (Ampliar).
  • 57. EL DERECHO EDUCATIVO Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO.  El ámbito Docente y el Mundo Jurídico conforman el Derecho Educativo, con un enfoque transversal, integrador e interdisciplinario. El Derecho Educativo no pretende desplazar al Derecho Administrativo, sino que se convierte en un derecho especial e innovador de este último. (Ampliar).
  • 58. EL DERECHO EDUCATIVO EN VENEZUELA.  El proyecto político contenido en la C.R.B.V, define a la política educativa como un derecho humano y como un servicio público, de acuerdo a lo establecido en los artículos 139, 141, 168 y 62. Así mismo la política educativa también se halla sustentada en los artículos 102, 103, 104 ejusdem, confiriéndole un carácter de: Democrática, Integral, Gratuita (hasta el pregrado universitario), permanente, Obligatoria, Plural, contextualizada, Intercultural
  • 59. EL DERECHO EDUCATIVO EN VENEZUELA. … y bilingüe ( para los pueblos indígenas). Donde el uso de la lengua indígena resulta obligatoria hasta el segundo grado de edad básica (artículo 112 C.R.B.V.), enseñanza obligatoria de la educación física y el deporte, con las excepciones según la ley (artículo 111 C.R.B.V.), Y Educación ambiental obligatoria en educación formal y no formal (artículo 197 C.R.B.V.).
  • 60. TEMA 4 EL REGIMEN JURÍDICO DE LA EDUCACIÓN EN VENEZUELA Y SU RELACIÓN CON LOS ASPECTOS TELEOLÓGICOS DE LA EDUCACIÓN. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela preceptúa entre sus artículos 102 al 111 (Ambos inclusive), todo el régimen jurídico de la educación en Venezuela. La Ley Orgánica de Educación, desarrolla dichos principios constitucionales en forma amplia. Dicha Ley tiene su reglamento. El Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, es otro de los instrumentos jurídicos que rige el sistema educativo.
  • 61. TEMA 4 EL REGIMEN JURÍDICO DE LA EDUCACIÓN EN VENEZUELA Y SU RELACIÓN CON LOS ASPECTOS TELEOLÓGICOS DE LA EDUCACIÓN.  La Ley de Universidades y su reglamento.  VI Convención Colectiva de Trabajo de los Trabajadores de la Educación.  Actas convenios de homologación de las universidades y demás leyes inherentes al sistema educativo venezolano.  Nota: Dicho régimen jurídico debe ser relacionado con los aspectos teleológicos de la educación, como tema de investigación y análisis, por parte de los participantes de la maestría.
  • 62. TEMA 5: MARCO JURÍDICO DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO.  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.  Ley Orgánica de Educación y su Reglamento.  Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente.  Gaceta Oficial.  Ley de Universidades y su Reglamento Parcial.  Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.  Ley del Estatuto de la Función Pública)  Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento.  Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.  VI Convención Colectiva de Trabajo de los Trabajadores de la Educación (2011-2013).  Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de control Fiscal.
  • 63. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA SISTEMA EDUCATIVO EN VENEZUELA  Gobierno Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación.  Zonas Educativas.  Distritos Escolares.  Dirección de Planteles.  Misiones.  Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.  Consejo Nacional de Universidades.  (Ampliar).
  • 64. ESTRUCTURA CURRICULAR.  El modelo curricular que se presenta, procura transformar la sociedad actual y a la nueva República. Su función es socializadora y liberadora, se estructura en tres partes:  1). Orientaciones Teóricas: legales, filosóficas, epistemológicas, sociológicas y educativas.  2). Elementos organizacionales: Principios, características, objetivos, ejes, perfil del estudiante y del docente.  3). Áreas de Aprendizajes: Componentes, mallas curriculares, organización de las experiencias de aprendizaje. (Ampliar).
  • 65. LA ENSEÑANZA PRIVADA.  C.R.B.V (Artículo 106).  Ley Orgánica de Educación (Artículo 4)  Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (Artículos 13).  (Ampliar).  Discutir en Foro- Chat.
  • 66. TEMA 6. LA LEGISLACIÓN GREMIAL Y ECONÓMICA DEL SECTOR EDUCACIÓN:  ORGANIZACIONES GREMIALES:  Ver C.R.B.V. (Artículos 95,96,97)  Ley Orgánica del Trabajo. (Artículos 396 al 559) y su reglamento (Artículos 112 al 224).  Ley Orgánica de Educación. (Artículo 41).  Investigar y ampliar.  Discutir en Foro-Chat.
  • 67. LEGISLACIÓN SOCIOECONÓMICA.  C.R.B.V. (Artículos 299).  Ley Orgánica de Educación. (Artículo 41).  VI Convención Colectiva de Trabajo de los Trabajadores de la Educación (2.011-2.013).  Actas – Convenios de las Universidades.  (Ampliar).  Discutir en Foro- Chat.
  • 68. RECOMENDACIÓN DE OTRAS LEYES A CONSULTAR.  Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.  Ley Orgánica de la Seguridad Social (con sus distintos sistemas y regímenes).  Ley Sobre Simplificación de Trámites Administrativos.  Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente en el Trabajo (L.O.P.C.Y.M.A.T.) y su reglamento.  Carta de las Naciones Unidas.  Declaración Universal de los Derechos Humanos (O.N.U.).  Convención Americana de los Derechos Humanos.  Ley Orgánica Procesal del Trabajo.  Ley de Alimentación Para los Trabajadores y su reglamento.
  • 69. FACILITADOR  Abogado Emilio José Donaire Ramos. (U.S.M. 1.991).  I.P.S.A. Nº 45.933.  Especialista en Gerencia Municipal. (U.S.M. 1.995).  Especialista en Derecho Administrativo. (UNERG. 2.005).  Especialista en Derecho Laboral. (UNERG. 2.008).  Docente ordinario Asistente del Área de Ciencias Políticas y Jurídicas de la UNERG. Derecho Laboral y Obligaciones I y II.  Actualmente realiza Doctorado en Ciencias de la Educación (UNERG 2.011 – 2.014).  Ex - Asesor Jurídico de las Alcaldías de Mellado, (Edo. Guárico) y Urdaneta, (Edo. Aragua).  Abogado I, Asesor Contraloría Municipal del Municipio San Sebastián del Estado Aragua (Potestad Investigativa y Determinación de Responsabilidad Administrativa ).  Abogado en Ejercicio.
  • 70. AGRADECIMIENTOS  A la Universidad Nacional Abierta, por la oportunidad brindada para participar en esta maestría como facilitador.  A ustedes, los participantes por su atención e interés. Muchas gracias.