La teoría del delito ha evolucionado partiendo desde una concepción Causalista, Neoclásica, Finalista, hasta las posturas de la Teoría Funcionalista, tema que es fundamental al estudiar el delito.
5. SISTEMA CAUSALISTA
Sistema
Causalista (Von
Liszt (1881)
Beling (1906)
(1881-1915)
Concepto
tripartito de
delito y método
positivista.
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von-kaulbach.jpg
6. El delito es un comportamiento humano
voluntario
Concepción
Causalista del delito
ERNST VON
BELING(1906).
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AAM/JjkbTyryZK4/s400/Ernst+von+Beling.jpg
7. Causalismo y c0mportamiento voluntario
La teoría causalista
explica que el delito es un
comportamiento humano voluntario
regido por la voluntad que produce una
mutación en el exterior, en el momento de
actuar.
8. SISTEMA NEOCLÁSICO
Sistema neoclásico o Teleológico (Causalismo
valorativo) o Sistema Neokantino 1907-1940 (Mezger,
Mayer, Frank). Sigue el método axiológico.
http://thm-
a01.yimg.com/nimage/c738f44f4c04fa8e
9. SISTEMA NEOCLÁSICO O TELEOLÓGICO
La ideología neokantiana abandona el
postivismo, el delito se orienta hacia valores
o ideales.
El método empleado es el valorativo.
Se sigue la teoría de la acción social.
La culpabilidad se orienta hacia la teoría
normativa(Frank)
10. Sistema Finalista (Welzel)
1930
El finalismo manifiesta que la acción es final
http://1.bp.blogspot.com/_nm9zi
hQKEeg/Srbv-f-
LVbI/AAAAAAAAAAs/6EN64wE-
bpo/s400/Hans+Welzel.jpg
11. EL FINALISMO
El finalismo sigue un método
ontológico.
Establece un concepto tripartito de
delito y una versión distinta de los
elementos del delito.
La acción, el dolo y la culpa se ubican
en el tipo.
12. Sistema Funcionalista(1970) o
el Teleologismo
La tesis funcionalista integrada por diversas
tendencias se orienta el Derecho Penal,
hacia criterios político criminales y hacia los
fines de la pena, y si bien no se encuentra
totalmente aceptada en la actualidad, se han
incorporado de manera novedosa algunos de
sus planteamientos, como por ejemplo, la
teoría de la imputación objetiva.
13. JAKOBS Y EL FUNCIONALISMO
Hay dos corrientes o sistemas que se proponen:
Funcionalismo mesurado o sistema postfinalista
político criminal de Claus Roxin y el Funcionalismo
sistémico o sociológico, o también conocido como
radical o extremo
de Gunther Jakobs.
http://observatoriodpi.org/_data/boletin/noticia/200
80421135047_JAKOBS.jpg
14. ROXIN Y EL FUNCIONALISMO
http://honoriscausa.unab.cl/wp-
content/uploads/2009/09/roxin-300x217.jpg
Claus Roxin,
construye la teoría del delito con los mismos elementos,
pero desde con una finalidad política criminal,
estudiando la teoría de la imputación objetiva, la
ampliación de la culpabilidad como responsabilidad, el
concepto personal de acción
15. FUNCIONALISMO DE JAKOBS
El funcionalismo sociológico de Jakobs, se sustenta
en las posturas de Talcott Parsons, Niklas
Luhman y
desde esta óptica se construye el Derecho Penal, en
base a la misión del mismo, pero desde una
perspectiva sociológica funcionalista.
16. JAKOBS Y EL FUNCIONALISMO
http://observatoriodpi.org/_data/boletin/noticia/20080421135047_JAKOBS.jpg
Esta orientación funcionalista determina que el
Derecho Penal no tiene como misión la protección de
bienes jurídicos sino el mantenimiento de la vigencia
de la norma
17. CONCLUSIÓN
El delito en su
concepción dogmática
es una acción , típica,
antijurídica y culpable.
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18. EN EL CÓDIGO PENAL DEL 2007
En Panamá, el Código Penal
señala que el delito es un hecho
típico, antijurídico y culpable
(art.13)
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19. NOTAS
-Cfr: Arango Durling, Virginia. Cuestiones sobre la teoría del delito.
W.w.w.wpenjurpanamá.
-----Las imágenes utilizadas en este proyecto académico provienen de los distintos
portales relacionados con el tema de w.w.w. google. Com.
- El cuadro sobre los elementos del delito ha sido elaborado por V.Arango
Durling.