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Año IV · Número 15 · Trimestral · Octubre/diciembre 2011 · 8 €
           Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
Sí, quiero suscribirme a la revista científica “Quadernos de Criminología” (4 ejemplares/año).
                                                                                                     Quiero asociarme a la SECCIF (Infórmese y consulte condiciones y ventajas en seccif.wordpress.com

                                                                                                                                  Tarifas
                                                                                                                                                                                                        Números atrasados
                                                                                                España                                                              30 euros
                                                                                                Resto de Europa                                                                                   En función de su disponibilidad y
                                                                                                y América                                                           55 euros                          previa consulta telefónica:
                                                                                                Resto del mundo                         A consultar, según destino                                          (00 34) 983 181 527
TÍTULO SUPERIOR EN CRIMINOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES                                                 Incluye impuestos indirectos –en su caso– y transporte y manipulación.




                                                                                               Nombre y apellidos: _____________________________________________________________________________

                                                                                               Profesión: ______________________________________________________________________________________

                                                                                               Dirección:_ _____________________________________________________________________________________

                                                                                               C.P. y población:_ ________________________________________________________________________________

                                                                                               Provincia:_ _____________________________________________________________________________________

                                                                                               País: _ _________________________________________________________________________________________

                                                                                               Teléfono de contacto: ____________________________________________________________________________

                                                                                               Correo electrónico: _ _____________________________________________________________________________


                                                                                                      Domiciliación Bancaria:
El TÍTULO SUPERIOR EN CRIMINOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES, ofrece una
                                                                                                       BANCO                               AGENCIA                                DC                  C/C
especialización integral en las diferentes áreas del conocimiento criminológico a través del
estudio de sus fundamentos teóricos y el desarrollo de programas prácticos con los más
                                                                                                      Mediante tarjeta: _____________________, n.º:___________________________, caducidad: ______ /______
modernos sistemas de investigación criminal
                                                                                               Ruego a Uds. que –en lo sucesivo y hasta nueva orden de contrario– acepten con cargo a mi cuenta corriente los recibos presentados por la Sociedad Española de
+ información: www.villanueva.edu                                                              Criminología y Ciencias Forenses (SECCIF), relacionados con mi suscripción a la revista “Quadernos de Criminología”.


                                                                                               Fecha y firma,




                                                                                               Recorte o fotocopie este boletín y envíelo a:
                                                                                               Revista “Quadernos de Criminología”, Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses (SECCIF)
                                                                                               C/ Angustias, 34, 2.º dcha. - 47003 Valladolid
                               Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
bibliografía

                                                                                              3




                                                               EDITORIAL



T    erminamos este año con la grata satisfacción de que el II Seminario Internacional
     de Investigación Criminal que celebramos en el Auditorio del Museo de la Ciencia
     de Valladolid, el 10 y 11 de noviembre de 2011, fue todo un éxito; una buena noti-
cia que, sin duda, nos animará a seguir organizando nuevas acciones formativas y pro-
yectos de cara al 2012. En el interior de este número encontrarás una crónica de cómo
transcurrió el congreso y un amplio álbum fotográfico del evento.
   Para concluir 2011, Quadernos de Criminología n.º 15 te propone muchos otros te-
mas de interés: la prevención victimal de los siniestros de tráfico, el ciber-acoso con in-
tención sexual o el caso de Enriqueta Martí (el monstruo de Barcelona) son los artículos
que han escrito Juan Antonio Carreras, Víctor Panizo y Salvador García Jiménez, respecti-
vamente; pero la revista también te muestra cómo es el Museo Criminológico de Roma,
de la mano de Carlos L. Gobernado; e incluye dos dossieres: el primero, de Francisco
Pérez Abellán, analiza el Índice de Seguridad Ciudadana realizado por la Universidad
Camilo José Cela, de Madrid; y en el segundo, José Carlos Vilorio reflexiona sobre la Ley
Integral de Violencia de Género.
   Este número se completa con nuestras habituales secciones: en Mala-mente, Alberto
Albacete escribe sobre el payaso asesino; Roberto Carro Fernández nos muestra cómo
debe realizarse la diligencia de la cadena de custodia y, en mi sección de In albis, sabre-
mos si se puede considerar a la cadena perpetua como un trato inhumano o degradante.
   Dadas las fechas, sólo me resta desearte –en nombre de toda la Junta Directiva de la
SECCIF– que afrontes con ilusión y optimismo el Año Nuevo para que todos disfrutemos
del mejor 2012 que sea posible.




    Carlos Pérez Vaquero.
    Director de “Quadernos de Criminología”




          Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
PANTONES: 281 - 123 • FUENTE: Bembo
                                                                                                     Quadernos de
                                                                                                     Criminología
                             N.º 15 · Octubre/diciembre 2011
                                                                                                REVISTA DE CRIMINOLOGÍA
                                                                                                  Y CIENCIAS FORENSES

                                                                                                           EDITA
                                                                                                   Sociedad Española de
                                                                                                       Criminología y
                                                                                                     Ciencias Forenses
                                                 bibliografía                                     C/ Angustias, 34, 2.º dcha.
                                                   página 15                                          47003 Valladolid
                                                                                            Tel.: 983 181 527 · seccif@seccif.org
                                                                                                     COLABORA
                                                                                             Universidad Camilo José Cela
                                                                                                       Madrid
                                            inciso y contante                                            DIRECTOR
                                             la hoja de ruta de
                                                                                                   Carlos Pérez Vaquero
                                                      la prueba
                                                                                                     cpvaquero@gmail.com
                                               j. ingnacio carro
                                                   roberto antón
                                                                                                  CONSEJO EDITORIAL
                                                   página 16          el ciber-acoso         Aitor M. Curiel López de Arcaute
                                                                       con intención                Ángel Ponce de León
                                                                          sexual y el         Angélica Gurtiérrez Gutiérrez
                                                                     child-grooming              Alberto Albacete Carreño
                     victimología vial:
                                                                                                      Alberto Angoso
                            prevención      lugares insólitos:
                                                                      victoriano panizo        Antonio Ignacio Cela Ranilla
                       victimal en los                  museo               página 22           Carlos J. López Gobernado
                          siniestros de        criminológico
                                                                                                 César Alonso Zamorano
  mala-mente                    tráfico               de roma
                                                                                                  Fernando Pérez Álvarez
                                                                                                Francisco J. Oterino Durán
alberto albacete    juan antonio carreras        carlos j. lópez         carlos j. lópez
                                                                            in english            Francisco Pérez Abellán
                                                                                                Jaime Gutiérrez Rodríguez
     página 5                 página 6             página 18                       32
                                                                            página 16              Javier Peña Echeverría
                                                                                                      Jesús García Aller
    página 34                                      página 42                página 46                José Delfín Villalaín
                                                    dossier 2                                     Juan José Arechederra
     dossier 1                                                           quid pro quo
                                            reflexiones sobre la             crónica del     Marta Domínguez-Gil González
    primer índice
                                                    ley integral             ii seminario       Roberto Carro Fernández
    de seguridad
                                                    de violencia          internacional                  Tony Roig
   ciudadana de
  la universidad                                      de género         de investigación         Vicente Herrero Hidalgo
     camilo josé                             josé carlos vilorio
                                                                    criminal de la seccif                 MÉXICO:
   cela (madrid)                                                   juan carlos delgado                   Wael Hikal
                                                                                                    somecrimnl@hotmail.com
 francisco pérez
                                                                                                     DISEÑO Y ARTE
                            página 36                                                             Ana Jarabo Benavides
                                                                                                    juancarlana@gmail.com
                      enriqueta martí                                                         K-idea. Servicios integrales de
                         el monstruo                                                                Imagen y Gestión
                        de barcelona                                                                    info@k-idea.es
                                (1912)
                                                                                            FOTOMECÁNICA E IMPRESIÓN
                         salvador garcía                                                         Gráficas Germinal
                                                                           página 54                FOTOGRAFÍAS
                                                                                                  www.morguefile.com
                                                                                in albis           www.wikipedia.es
                                                                   ¿la cadena perpetua es
                                                                     un trato inhumano?        Depósito legal: VA-843-2007
                                                                           carlos pérez            issn: 1888-0665
                                       Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
QUID PRO QUO

                                                                                               5




                                                        MALA-MENTE
                                                                   alberto albacete carreño
                                                             alberto.albacete@telefonica.net




El payaso asesino
John Wayne Gacy
(17/03/1942 –10/05/1994)
·	Único varón de tres hermanos, Gacy             interior e infligirles duras torturas. En
   nació en una familia de clase media,           la confesión policial declaró que se ex-
   con un padre alcohólico, homófobo              citaba cuando veía brotar la sangre de
   y maltratador que lo insultó, maltrató         sus víctimas.
   y golpeó con un cinturón, aunque él
   trató de esforzarse por lograr el afec-      ·	Una inspección policial en casa de
   to paterno. Marcado por su constante            John consiguió descubrir la mayoría
   fracaso escolar, no consiguió graduar-          de los cuerpos enterrados en su jardín;
   se en ninguno de los colegios a los que         hubo hasta 33 víctimas, todos jóvenes
   asistió.                                        guapos.
·	 los 20 años se fue de casa para tra-
   A
                                                ·	Durante el juicio, declaró que existían
   bajar y logró una exitosa vida laboral,
                                                   cuatro John: el empresario, el payaso,
   promocionándose en los distintos
   puestos que ocupó (incluso llegó a ser          el vecino y el asesino (éste era quien le
   gerente de un Kentucky Fried Chicken).          ordenaba cometer las atrocidades).

·	 separó al poco tiempo de contraer
   Se                                           ·	 prisión, Gacy se dedicó a pintar pa-
                                                   En
   su primer matrimonio al ser conde-              yasos y dibujos del cuento de Blanca-
   nado a 10 años de prisión por abuso             nieves, obras que luego posteriormen-
   sexual de menores; cumplió única-               te fueron subastadas.
   mente 18 meses por buen compor-
   tamiento; regresó a Ilinóis e intentó        ·	Fue condenado a muerte, adminis-
   ocultar sus antecedentes penales,               trándole una inyección letal. Duran-
   casándose por segunda vez y convir-             te la ejecución –al parecer, debido al
   tiéndose en un vecino ejemplar que              error de uno de los médicos que inter-
   participaba en actos sociales y en un           vinieron– se solidificaron los líquidos
   partido político. En las fiestas vecina-        y tardaron 18 minutos en retomar el
   les era habitual que apareciera vestido         procedimiento; en el pasillo, antes de
   de payaso, se hacía llamar Pogo.
                                                   entrar para ser ejecutado, dijo sus úl-
·	Pero retomó su actividad criminal, fue          timas palabras: Besadme el culo. Nunca
   descubierto tras la declaraciones de            encontraréis a los demás.
   un joven que consiguió escapar de
   Wayne relatando el procedimiento             ·	Stephen King se inspiró en su vida
   que seguía, yendo a zonas frecuenta-            para escribir It; asimismo, ha inspirado
   das por homosexuales a quienes con-             a distintos grupos musicales y algunos
   vencía para llevar a su casa, atarlos,          capítulos de Prison Break se rodaron en
   intentar asfixiarlos con su propia ropa         su celda.


          Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
6
     VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
     EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO




    VICTIMOLOGÍA VIAL:
    LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN
    LOS SINIESTROS DE TRÁFICO

                                                                                      PALABRAS CLAVE / KEYWORDS
                                                                                      Victimología vial | Accidentes de tráfico |
                                                                                      Prevención victimal

                                                                                      Road Victimology | Traffic Accidents | Victimal
                                                                                      Prevention



                                                                                      RESUMEN / ABSTRACT
                                                                                      La victimología vial es una disciplina que
                                                                                      estudia, dentro de la criminología vial, los
                                                                                      factores que rodean los siniestros viales. La
                                                                                      clasificación tipológica de las víctimas, el estudio
     ROAD VICTIMOLOGY:                                                                del delincuente del tráfico y de los factores que
                                                                                      inciden en las medidas de acción preventiva de
     THE VICTIMAL PREVENTION                                                          tipo mecánico, legislativo, de infraestructuras e
                                                                                      informativo, podrán repercutir en la reducción
     ON TRAFFIC ACCIDENTS                                                             de los siniestros viales.
                                                                                      The Road Victimology is a discipline that studies,
     JUAN ANTONIO CARRERAS ESPALLARDO                                                 into Road Criminology, the factors around road
                                                                                      accidents. The typological classification of the
                                                                                      victims, the study of traffic offenders and the factors
                                                                                      that influence preventive measures of mechanical
                                                                                      action, legislative, and informational infrastructure
                                                                                      may impact on reducing road accidents.



                                                                                      AUTORÍA DEL ARTÍCULO
                                                                                      Juan Antonio Carreras Espallardo
                                                                                      Asociación de Criminólogos de Murcia
                                                                                      (ACM-FACE)
                                                                                      carris@carris.es | www.carris.es


                                                 Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
                                                                                         EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO
                                                                                                                        7




                   L
“La victimología        a criminología, como ciencia empírica          Uno de los objetos de estudio de la
vial es una             (de la práctica) y multidisciplinar, que    criminología es la víctima, la gran olvi-
disciplina que,         tiene por objeto el estudio del crimen,     dada históricamente, y a la que no se le
dentro de la       del autor, de la víctima y del control social    ha prestado atención hasta el año 1973,
criminología       del comportamiento desviado del indivi-          en el Simposium de Jerusalén, donde
vial, estudia      duo, nace con la finalidad de conocer, dar       Benjamín Mendelsohn estableció sus
los factores       información real de esos objetos de es-          postulados. No olvidemos el papel del cri-
que rodean los     tudio, intenta averiguar cuál es el origen,      minólogo alemán Hans Von Hentig en la
accidentes de      la etiología, el desarrollo y las variables      defensa de las víctimas. Estos dos autores
tráfico.”          que intervienen en el fenómeno criminal.         son considerados los padres del estudio
                   Aporta conocimientos, si son verificados,        de la victimología.
                   sistemáticos y ciertos, porque en el méto-
                                                                        El estudio de las víctimas se realiza
                   do de estudio predomina más lo práctico
                                                                    desde una perspectiva multidisciplinar,
                   que lo normativo. En el estudio de la si-
                   niestralidad vial, la criminología, basada       desde diversos campos de estudio. Así,
                   en una nueva disciplina de criminología          no solamente se estudian los siniestros
                   vial, trata de ofrecer soluciones prácticas,     viales en los que interviene un victimario
                   en base a experimentos reales y a la ob-         por delito, sino también aquellos acci-
                   servación, desarrolladas en la carretera,        dentes de tráfico que dejan víctimas sin
                   tanto urbana como interurbana, para tra-         mediar delito penal. Hay un interés con-
                   tar de reducir el número de accidentes y         creto en el papel que desarrolla la víctima
                   por ende, de víctimas.                           en el iter criminis ya que su intervención
                                                                    puede modificar el comportamiento del
                       Por lo tanto, son funciones de la crimi-     victimario o simplemente del suceso cri-
                   nología explicar el crimen, prevenir la de-      minal. Desde hace algunos años, en Espa-
                   lincuencia e intervenir en la persona del        ña, se ha adoptado una política criminal
                   delincuente. Pero actualmente –sin dejar         –referida a la seguridad vial– de endureci-
                   al margen al victimario– las medidas se          miento de penas y represión del compor-
                   enfocan a paliar la situación de la víctima      tamiento de los conductores infractores;
                   y ofrecer información al conductor para          sin embargo, desciende el número de
                   evitar que pueda convertirse en víctima,         accidentes de tráfico, con su consiguiente
                   o lo que mejor puede controlar, que es           reducción de víctimas mortales, pero los
                   victimizar a otros.                              juicios por delitos contra la seguridad vial
                       La victimología vial es una discipli-        abarcan la mitad de las causas judiciales.
                   na que estudia, dentro de la criminología        Las frecuentes campañas de diversas en-
                   vial, los factores que rodean los sinies-        tidades –como Stop Accidentes, DIA, PAT-
                   tros viales. La clasificación tipológica de      APAT, AESLEME, la Plataforma Ponle Freno
                   las víctimas, el estudio del delincuente         o la propia Dirección General de Tráfico
                   del tráfico y de los factores que inciden en     (DGT)– y la modificación de las leyes
                   las medidas de acción preventiva de tipo         viales tienen sus efectos positivos en la
                   mecánico, legislativo, de infraestructuras       reducción de los siniestros viales. Las es-
                   e informativo, podrán repercutir en la re-       tadísticas están ahí, cada año se reducen
                   ducción de los siniestros viales.                los fallecidos en las carreteras españolas.


                              Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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            VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
            EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO




        La victimología vial actual se acerca a                  viario”. El conductor es percibido como
    la esfera de la persona no culpable en el                    una “fuente de peligro” y la conducción
    desenlace traumático que deja un sinies-                     como una conducta peligrosa y arriesga-         “El estudio de
    tro vial. En los últimos años la estrategia                  da. Lo que históricamente se ha conside-        las víctimas se
    en materia de normativa viaria ha ido                        rado como una utilidad –la conducción–          realiza desde
    criminalizando las conductas de los con-                     hoy pasa a ser una conducta delictiva si        una perspectiva
    ductores, como peligro potencial de la                       no se ponen los medios necesarios; y el         multidisciplinar,
    circulación. Desde los colectivos victima-                   vehículo, como el arma del delito, es una       desde diversos
    les se defiende que debemos basarnos                         herramienta de hierro, poderosa y capaz         campos de
    en un concepto real denominado “si-                          de producir daños irreversibles. Y recor-       estudio.”
    niestros”, dejando el obsoleto concep-                       dando su comiso en los delitos contra
    to de “accidente”, por no ser exacto, ya                     la seguridad vial, como ocurre con otras
    que si realmente fuese un accidente no                       armas (cuchillos, pistolas, etc.) en el resto
    habría culpa de las partes, que sí existe                    de delitos del Código Penal.
    en los siniestros, generalmente por fallo
    en el factor humano. Es la nueva violen-                        Los riesgos del tráfico rodado no son
    cia vial, donde hay personas que provo-                      nuevos, siempre han estado ahí, pero
    can el accidente de tráfico y otras –las                     asistimos actualmente a una nueva aten-
    víctimas– que se ven envueltas en él sin                     ción a las víctimas de los accidentes. El
    buscarlo, por el simple hecho de circular                    foco se sitúa en el conductor como un
    libremente. El infractor se convierte así                    peligro y en la víctima como la prota-
    en un enemigo para la sociedad, en un                        gonista inocente. Pero no olvidemos
    violento, casi definido como “terrorista                     que ambos roles están presentes en la




                                                        Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
                                                                      EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO
                                                                                                     9




misma persona. Solo una acción desafor-
tunada puede convertir a esa persona en
victimario o víctima.
    Los medios de comunicación contribu-
yen a ofrecer la realidad, sobre el número
de accidentes, de heridos y de fallecidos.
La colaboración ciudadana hace posible
conocer el mal estado de las infraestruc-
turas viarias, la defectuosa señalización, la
persistencia de “puntos negros”, etc. Pero
recordemos que el más importante, y so-
bre en el que más debemos incidir es en
el “factor humano”, el verdadero causante
de todos los accidentes.

EL DELINCUENTE DEL TRÁFICO
La clasificación tipológica de Seeling ha-
bla de infractores de las normas de circu-
lación, dentro de los denominados “delin-        incluir una serie de medidas sociales para
cuentes por falta de disciplina social”. A       incidir en la persona del victimario y evi-
ellos se refiere cuando dice que son indi-       tar que cometa delitos viales. En delitos
viduos que no presentan ninguna tenden-          relacionados con el tráfico no se sigue un
cia criminal, pero que sin embargo no son        patrón común, como ocurre con el resto
capaces de mantenerse dentro de los lími-        de delitos. El victimario en estos casos lo
tes establecidos por las leyes. No presentan     suele ser por azar, no común, y posible-
ninguna característica física, psicológica o     mente una vez en su vida, salvo casos
de carácter típica que los diferencie del res-   de reincidencia, fortalecidos por la falta
to de las personas normales; no obstante,        de efectividad del sistema penal. El arma
esta clasificación tiene demasiados de-          empleada es el vehículo, un instrumento
tractores, hoy en día, para seguir vigente.      legal, al alcance de todos, a diferencia de
   El estudio del delincuente o victima-         los instrumentos de otros delitos (armas
rio relacionado con delitos contra la se-        de fuego por ejemplo). ¿Qué cara tiene
guridad vial es digno de un estudio más          un delincuente vial? Al ser un delincuen-
amplio y que desde el punto de vista             te al azar no suele guardar un perfil con-
                                                 creto, como decimos, cualquier persona
criminológico es interesante porque son
                                                 puede victimizar vialmente a otra.
muchos los factores sociales, relacio-
nados con el entorno –algunos con la                En el ámbito judicial, en delitos rela-
cultura o el estatus social– que llevan a        cionados con la seguridad vial, desde un
una persona a menospreciar las normas            punto de vista criminológico, toda per-
sociales y pasar el límite legal a la hora       sona que participe en el tráfico rodado
de conducir. En dicho estudio hay que            es un criminal en potencia, y durante su


           Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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             VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
             EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO




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                                                                                                                colectivos
                                                                                                                victimales
                                                                                                                se defiende
                                                                                                                que debemos
                                                                                                                basarnos en un
                                                                                                                concepto real
                                                                                                                denominado
                                                                                                                “siniestro”,
                                                                                                                dejando de lado
                                                                                                                el obsoleto de
                                                                                                                ‘accidente’.”




     participación se halla casi continuamente                    Son muchos los autores que han formu-
     en una situación potencialmente delictiva.                   lado sus planteamientos, algunos de ellos
     Continuamente nos exponemos a conver-                        están relacionados en cuanto a definicio-
     tirnos en víctimas y victimarios por el mero                 nes. Mendelsohn se basa en el grado de
     hecho de utilizar las vías públicas, algo tan                culpabilidad que tiene la víctima en rela-
     necesario en estos tiempos. El hecho de                      ción con el infractor: a mayor culpabilidad
     convertirse en un delincuente para un ciu-                   de la víctima, menor culpabilidad del vic-
     dadano medio, sin intención de delinquir,                    timario (y a la inversa).
     y con un comportamiento general irrepro-                         En victimología vial interesa conocer
     chable, se convierte en un hecho puntual,                    la víctima completamente inocente o
     pero real, y esa persona, convertida en                      “ideal”; por ejemplo, los niños que viajan
     victimario, se encuentra con antecedentes                    en el vehículo y que no participan de for-
     penales. Por eso, tradicionalmente, se ha                    ma activa. También la víctima tan culpa-
     llamado a los delitos contra la seguridad                    ble como el infractor o víctima voluntaria,
     vial (antiguos delitos contra la seguridad                   en aquellos casos relacionados con las
     del tráfico) como delitos light, con un trato                carreras ilegales o el desafío tipo duelo
     menos victimizante en la persona del in-                     donde dos vehículos circulan en sentido
     fractor que el resto de delitos.                             contrario hasta que uno de ellos se apar-
                                                                  te. También tenemos la víctima más cul-
     CLASIFICACIÓN DE LAS VÍCTIMAS
                                                                  pable que el infractor, que es aquella víc-
     Son diversas las clasificaciones o tipolo-                   tima provocadora (con su conducta incita
     gías formuladas acerca de las víctimas.                      a cometer la infracción mediante insultos,


                                                         Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
                                                                      EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO
                                                                                                     11




por ejemplo una discusión entre dos con-         lucro aceptan participar en un accidente
ductores o una mala maniobra de uno to-          con la promesa de recibir una indemni-
mada a mal por el otro, que desemboca            zación. En cuanto a la propensión a ser
en una disputa arriesgada en la carrete-         víctima o víctima propensa, nos interesa
ra) y la víctima por imprudencia (aquélla        la víctima falsa, que se autovictimiza para
que provoca un accidente por su falta de         obtener un beneficio (por ejemplo: busca
control, de diligencia); y, por último, la       un accidente para cobrar un seguro).
víctima simuladora (como la que acusa
falsamente a otro de haberle provocado              Son muchos los autores –Jiménez de
un accidente), y la víctima imaginaria, con      Asúa, Seelig, Fattah, Wolfgang, Aniyar,
problemas mentales (delirios de persecu-         Neuman, Gerardo Landrove Díaz, etc.
ción, paranoias,…) que cree haber sufrido        Éste último clasifica las víctimas recopi-
un accidente o haberlo sufrido a conse-          lando los postulados de estos autores y
cuencia de una imaginada persecución.            con muy buena aceptación; pero en vic-
                                                 timología vial nos interesan las tipologías
   Von Hentig establece cinco categorías
                                                 victimales que estén relacionadas con los
de clases generales y luego seis tipos psico-
                                                 accidentes de tráfico.
lógicos, pero destacamos aquellas relacio-
nadas con los impulsos y la eliminación de          Generalmente van a ser víctimas fun-
inhibiciones de la víctima (víctima con áni-     gibles, pero cuando sean infugibles (in-
mo de lucro que por codicia es fácilmente        sustituibles) tendremos grandes posibili-
victimizable, por estafadores por ejemplo).      dades de prevenir el delito; por lo tanto,
Nos referimos a aquellas que con ánimo de        tenemos que incidir de forma genérica


           Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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             VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
             EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO




     con medidas de prevención dirigidas a
                                                                  VÍCTIMA FALSA
     toda la sociedad. Si cabe, hay determina-
     das víctimas (por ejemplo, las personas                      Hay autores que niegan su consideración
     mayores y los niños) que son propensas a                     por cuanto no se trata de víctima en sen-
     convertirse en víctimas de atropellos, por                   tido estricto; sin embargo, a efectos opera-     “Hay
     ello debemos incidir también en educa-                       tivos nos interesan porque también su falsa      determinadas
     ción vial destinada a esos colectivos.                       consideración de victima puede llevar con-       víctimas que
                                                                  sigo alguna responsabilidad a posteriori:        son propensas
     CLASES DE VICTIMIZACIÓN                                                                                       a convertirse
                                                                  ·	Víctima imaginaria: comprendería              en víctimas de
     ·	Según la naturaleza de la infracción po-                     aquella persona que debido a deter-           atropellos, por
        demos hablar de victimización antiso-                        minados factores bio-psicosociales va         ello debemos
        cial (no constitutiva de delito) y victimi-                  a creerse victima de un delito. Suelen        incidir también
        zación criminal (constitutiva de delito).                    ser personas que sufren enfermedades,         en educación vial
     ·	Según las personas, tenemos la prima-                        paranoicos, individuos con personali-         destinada a esos
        ria, secundaria y terciaria.                                 dad histriónica, aquellos que mienten         colectivos.”
                                                                     hasta creerse sus propias ideas, algunas
     ·	Según la extensión del hecho habla-
                                                                     psicosis, delirium, esquizofrenia, etc.
        mos de directa [proyectada sobre la
                                                                     También son habituales los menores
        victima en sí (atropello)] e indirecta,
                                                                     de edad y los ancianos.
        que es consecuencia de la directa y
        recae sobre personas que tienen una                       ·	Víctima simulada: aquellos individuos
        relación estrecha con el agredido (las                       que, mediando algún tipo de interés
        consecuencias que tiene para la familia                      propio o ajeno, actúan como si verda-
        ese atropello).                                              deramente fueran victimas, sabiendo in-
                                                                     teriormente que no lo son; por ejemplo,
     ·	Tengamos en cuenta los factores vic-
                                                                     una simulación de accidente para cobrar
        timógenos, que predisponen a una
                                                                     el seguro. Puede tener responsabilidad
        persona o grupo a ser victimas y su
                                                                     penal. La victima imaginaria cree real-
        importancia para determinar lo que
                                                                     mente que es victima, y la simulada sabe
        llamamos “victimas vulnerables”. Estos
                                                                     que no lo es, pero actúa como si lo fuera.
        factores son endógenos o exógenos
        (edad, sexo, domicilio, etc.).                            VÍCTIMA REAL
     TIPOLOGÍAS PARA VÍCTIMAS DE ACCI-                            Comprende el caso más habitual de vícti-
     DENTES DE TRÁFICO                                            ma, incluye aquellas hipótesis en las que
                                                                  hay una víctima real, que ha sufrido las con-
     La diferencia entre víctima falsa o real
                                                                  secuencias lesivas por parte del victimario:
     viene puesta de manifiesto por la pro-
     pia consideración de víctima; es decir, la                   ·	Víctima inocente: es la víctima inocen-
     víctima real es un sujeto que ha sido vic-                      te accidental, el caso más común en los
     timizado, mientras que la víctima falsa es                      siniestros del tráfico, aquella cuya victi-
     la que creemos en principio que ha sido                         mización se produce por causa ajena a
     victimizada, pero que a posteriori se de-                       la persona, el caso fortuito producido
     muestra su falsa victimización.                                 por otra persona, en accidente de trá-


                                                         Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
                                                                      EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO
                                                                                                     13




  fico en el que el conductor ha llevado
  todas las precauciones necesarias y sin
  embargo se convierte en víctima. Pue-
  de ser directa (cuando de algún modo
  ha podido evitar el accidente, aunque
  no se le reprocha que no lo haya logra-
  do) o indirecta (cuando no tiene ningu-
  na posibilidad de controlar el suceso,
  por ejemplo los pasajeros del vehículo).
·	Víctima por imprudencia: la que eje-
   cuta una acción imprudente que la
   convierte en víctima; si, por ejemplo,
   rebasa una señal de stop y, para evitar
   colisionar con otro vehículo, choca con-
   tra una vivienda o vehículo.
·	Víctima voluntaria: es la persona que
   se ofrece como sujeto pasivo en la co-
   misión de un delito. Se caracteriza por el
   carácter voluntario y libre que manifies-       sabilidad penal al hipotético victimario
   ta en su actuación. Tiene que haber un
                                                   (por ejemplo, arrojarse delante de un
   pacto o acuerdo entre el sujeto pasivo
                                                   coche para que lo atropelle).
   y el activo. El grado de responsabilidad
   victima-victimario es del 50% cada uno        MEDIDAS DE PREVENCIÓN VICTIMAL
   (simulación de accidente de tráfico).
                                                 Son infinitas las medidas que se pueden
·	Víctima provocadora: engloba los              llevar a cabo, que no forman un catálo-
   supuestos en los que la victima incita        go cerrado, sino que son ampliables y
   al sujeto activo a cometer la conducta        modificables, adaptándolas a la realidad
   delictiva, muy próxima a la voluntaria.       del entorno, y que pueden favorecer la
   La víctima provoca hasta que el sujeto        reducción de víctimas en el ámbito de la
   activo desarrolla la acción victimizan-       circulación rodada. Estas medidas pue-
   te. Porcentaje victima 75%, victimario        den ser de tipo mecánico, incidiendo en
   25%. La diferencia de la voluntaria en        los sistemas de los vehículos; legislativo,
   que hay provocación, mientras que en          con nuevas políticas criminales que re-
   la voluntaria hay un acuerdo.                 gulen nuevas realidades; e informativo
·	Víctima culpable: en este supuesto,           en la infraestructura viaria, encaminadas
   la víctima presenta un 100% respecto          a señalizar mejor las vías públicas, con in-
   al hecho victimizante y el victimario         formación más directa a los conductores:
   no tiene responsabilidad. Hay un in-
   tercambio de roles, el hipotético victi-
                                                 Mecánicas
   mario pasa a ser victima y viceversa, lo      ·	Limitación mecánica del límite de velo-
   habitual es que se absuelva de respon-           cidad de los vehículos a 120 kilómetros


           Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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             VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL
             EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO




       por hora, que es el máximo permitido                          todo del proceso y derechos que le
       en España, a través de un limitador                           asisten. Además de involucrarse en la
       obligatorio por ley.                                          detección de falsas víctimas.

     ·	Instalación del dispositivo de control de                 Informativas y de                                “Es necesario
        alcoholemia en los vehículos, para impe-                  infraestructura viaria                           abordar los
        dir que sea conducido por una persona                                                                      siniestros de
        que arroje una tasa positiva de alcohol.                  ·	Mayores inversiones en seguridad vial.        tráfico, no como
                                                                  ·	 información, donde juegan un papel
                                                                     La                                            accidentes, sino
     ·	Control en los tiempos de conducción.
                                                                     fundamental los medios de comunica-           como siniestros
     Legislativas                                                    ción y la formación, basada en la edu-        violentos.”
     ·	 implantación del carné por puntos
        La                                                           cación vial como base en nuestra en-
        supuso un paso adelante, en la preven-                       señanza, desde educación infantil y sin
        ción de violencia viaria y en la reducción                   olvidarla en la tercera edad. Reforzada
        del número de víctimas mortales. Se                          con cursos para profesionales y colecti-
        han realizado reformas en materia san-                       vos determinados.
        cionadora administrativa y penal, pero                    ·	Más información sobre los derechos de
        es necesario abordar los siniestros de                       las víctimas en los siniestros de tráfico y
        tráfico, no como accidentes, sino como                       consecuencias para los victimarios.
        siniestros violentos. El delincuente viario
                                                                  ·	Mayor inversión en infraestructura
        es tratado de forma distinta al resto, tan-
                                                                     viaria, eliminando puntos negros y do-
        to a nivel policial como judicial. No exis-
                                                                     tando a las carreteras de elementos de
        te esa consideración de haber cometido
                                                                     seguridad (guardarraíles, asfalto anti-
        un delito en la persona del victimario.
                                                                     deslizante, eliminación de curvas, etc.).
     ·	Elaboración de unos modelos comu-
                                                                  ·	Intensificar la vigilancia policial en los
        nes, unificados para todas las Fuerzas
                                                                     intervalos horarios cuando se produ-
        y Cuerpos de Seguridad encargados
                                                                     cen más accidentes.
        de la instrucción de atestados por acci-
        dentes de circulación y delitos contra la                     Estas son algunas de las medidas que
        seguridad vial, con una exhaustiva re-                    se deberían llevar a cabo para reducir el
        cogida de datos, ampliando diligencias                    número de víctimas por siniestros via-
        de atención a las víctimas y de preven-                   les en nuestras carreteras. Sabemos que
        ción social hacia los victimarios.                        todo lo que se haga es poco, y que hay
                                                                  que seguir trabajando mientras haya
     ·	Creación de la Ley contra la victimolo-
                                                                  una persona que pierda la vida en la ca-
        gía vial, que incluya los delitos contra la
                                                                  rretera. El trabajo unificado de todos los
        seguridad vial y un protocolo asistencia
                                                                  colectivos y la concienciación de los par-
        a víctimas de estos delitos.
                                                                  ticipantes en el tráfico rodado hará de
     ·	 funcionarios de policía deberían es-
        Los                                                       esta utopía una realidad. La victimología
        tar formados para tratar a las víctimas                   vial seguirá estudiando de cerca la figura
        de modo comprensible, constructivo                        del victimario y de la víctima para buscar
        y tranquilizador, informándole sobre                      puntos clave donde incidir.


                                                         Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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                                                                              BIBLIOGRAFÍA
     Novela    SANGRE EN LA                         GUIA PRACTICA                    EL HIPNOTISTA
Criminología   CALLE DEL TURCO                      PROFESIONAL DE                   Lars Kepler
                                                                                     [Planeta]
    Derecho
               José Calvo Poyato                    INVESTIGACION POLICIAL...        21,50 €
               [Plaza y Janés]                      Vicente Magro Servet
   Medicina    22,90 €                              [La Ley]
                                                                                     El matrimonio sueco for-
      Legal    Un joven periodista en-              97 €                             mado por Alexander Ahn-
               cuentra una pista tenebro-                                            doril y Alexandra Coelho
                                                    …Y MEDIOS DE PRUEBA EN
     Ensayo    sa que le involucrará en la                                           firma bajo este pseudó-
                                                    EL PROCESO PENAL es una
               trama que se teje alrede-                                             nimo una estremecedora
                                                    guía de criterio que ayuda-
               dor del general Prim, en                                              novela negra en la que un
                                                    rá a los agentes policiales y
               el atentado que le costó                                              niño de 15 años debe re-
                                                    actualizará el trabajo de los
               la vida al presidente en la                                           cordar quién mató a san-
                                                    letrados que intervienen
               madrileña calle del Turco.                                            gre fría a su familia.
                                                    en el orden penal.


               TRATADO DE LA INJUSTICIA             INVESTIGACIÓN CRIMINAL           VAMPIRISMO IBÉRICO
               Reyes Mate                           Jesús Fernández Sánchez          Salvador García
               [Anthropos]                          [Bosch]                          [Melusina]
               20 €                                 56,16 €                          19,10 €
               El autor –Premio Nacional            Con el subtítulo “Una vi-        Cartografía del reguero
               de Ensayo– considera que             sión innovadora y multi-         de sangre infantil que de-
               la memoria es justicia y             disciplinar del delito”, este    jaron, tras sus horribles
               que el terror produce un             práctico y reflexivo libro,      crímenes, nuestros desco-
               daño social porque divide            analiza la criminalidad          nocidos vampiros. Algu-
               a la sociedad entre los que          desde la aportación co-          nos acabaron juzgados y
               lloran los crímenes y quie-          mún de las distintas disci-      ejecutados, pero de otros,
               nes los celebran.                    plinas que intervienen en        nada se sabe.
                                                    la investigación.



               ESTIMACIÓN DE LA                     PRISIONES DE EMPRESA...          ESTUDIO MÉDICO LEGAL DE
               EDAD DENTAL                          Jacobo Dopico                    LAS ASFIXIAS MECÁNICAS
                                                    [Tirant]
               Gretel G. Colmenares                                                  AA.VV.
                                                    19 €
               [EAE]                                                                 [Comares]
               69 €                                 ….REFORMATORIOS PRI-             16 €
               El uso de múltiples indica-          VADOS. ¿El carácter estric-      Los doctores Fernando Ver-
               dores de edad, ofrece re-            tamente estatal de las ins-      dú, Hugo Rodríguez, Fran-
               sultados superiores, pero            tituciones penitenciarias es     sesc Francès y Ana Castelló
               cuando estos métodos son             irreversible? El autor anali-    realizan un completo es-
               evaluados de forma indivi-           za los pros y contras del sis-   tudio sobre la ahorcadura,
               dual, los que se basan en la         tema de prisiones privadas.      estrangulación, sofocación
               estructura dental ofrecen                                             y sumersión.
               una mayor precisión.


                               Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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             INCISO Y
             CONTANTE



     INCISO Y
     CONTANTE
     roberto carro fernández
                                                         La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en
     rocafe59@hotmail.com
                                                     su primigenia redacción del Art. 326 de-
                                                     cía así: Cuando el delito que se persiga haya
                                                     dejado vestigios o pruebas materiales de su
                                                     perpetración, el Juez Instructor o el que haga
     La hoja de ruta de la prueba                    sus veces, ordenará que se recojan y conser-
     En artículos anteriores hablamos de la pro-     ven para el juicio oral si fuere posible, proce-
     tección y recogida de indicios y de cómo        diendo al efecto a la inspección ocular y a la
     la falta de pericia en su manejo podía con-     descripción de todo aquello que pueda tener
     taminar la naturaleza de aquéllos, lo que       relación con la existencia y naturaleza del
     traía parejo, inevitablemente, la desvirtua-    hecho. Pero para nada aparecía el término
     ción del proceso en lo referido a la llamada    cadena de custodia y las consecuencias de-
     cadena de custodia. Hoy vamos a hablar          rivadas de su buena o mala práctica. Aun-
     más en profundidad de esta diligencia que       que, evidentemente, se puede intuir. Hay
     podríamos definir como: aquel procedi-          preceptos legales como el contenido en el
     miento, oportunamente documentado, que          Art. 24.2 de nuestra Carta Magna (derecho
     permite constatar la identidad, integridad y    a la presunción de inocencia) que estimu-
     autenticidad de los vestigios o indicios de-    la en la elaboración de un protocolo que
     lictivos, desde que son encontrados hasta       refuerce el derecho a no ser condenado si
     que se aportan al proceso como pruebas.         no es en virtud de pruebas de cargo váli-
     Definición ésta que, no estando presente        das, lo que implica que haya una actividad
     en ninguna norma, se trata más bien de un       probatoria mínima y suficiente, referida a
     concepto surgido de la propia realidad, a la    todos los elementos esenciales del delito;
     que se ha teñido de valor jurídico (1).         de modo que la imputación de un hecho
                                                     revista todas las garantías constitucionales
         Quiere esto decir que, por ejemplo, la
                                                     y procesales que la legitimen.
     Ley de Enjuiciamiento Criminal, no reco-
     ge en su articulado un proceso de trabajo           En el mismo sentido abunda el Tribu-
     protocolizado que fundamente –en lo re-         nal Constitucional cuando dice (2): sólo ca-
     ferido a indicios– la condena del culpable      brá constatar la vulneración del derecho a
     o la absolución del inocente. Lo que im-        la presunción de inocencia cuando no haya
     plicaría mayor garantía de aplicación para      pruebas de cargo válidas, es decir, cuando
     aquel principio enunciado por el jurista        los órganos judiciales hayan valorado una
     Alonso Martínez, cuando decía: el ciu-          activad probatoria lesiva de otros derechos
     dadano de un pueblo libre no debe expiar        fundamentales o carentes de garantías, o
     faltas que no son suyas, ni ser víctima de      cuando no se motive el resultado de dicha
     la impotencia y del egoísmo del Estado. En      valoración, o, finalmente, cuando por ilógi-
     definitiva, hay –vamos a decirlo así– una       co o insuficiente no sea razonable el íter que
     especie de vacío legal derivado de una          conduce de la prueba al hecho probado.
     falta de adaptación al nuevo panorama           Aún así, seguimos sin una regulación es-
     procesal propiciado, quizás, por el verti-      pecífica. Entonces, ¿qué es lo que garan-
     ginoso avance científico y tecnológico. Y       tiza que la cadena de custodia se ajuste
     veamos de dónde viene este desfase.             escrupulosamente a un precepto escrito?


                                            Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
INCISO Y
                                                                                                          CONTANTE
                                                                                                                                 17




“Como la LECr          Básicamente, con el fin de asegurar           se hace cuando dice: (…) disponemos de una
 no recoge          que lo que se presenta ante los tribuna-          policía científica cada vez más especializada y
 un proceso         les, es lo mismo que lo hallado en el lugar       mejor preparada, con amplios conocimientos
 de trabajo         del crimen, se han ido elaborando unos            científicos (4).
 protocolizado      protocolos de actuación internos, con
                                                                          Para concluir, diremos que, pese a la
 que fundamente     el fin de documentar todas y cada una
                                                                      inexistencia de una regulación expresa
 –en lo referido    de las fases que recorre todo el elemento
                                                                      que aborde la cadena de custodia, se ha
 a indicios– la     probatorio, dejando constancia de cada
                                                                      construido un corpus iuris compuesto
 condena del        uno de sus pasos, cuyo objetivo último
                                                                      por: la Orden del Ministerio de Justicia
 culpable o la      es fortalecer lo que de ellos dictamine el
                                                                      1291/2010 (se aprueban normas para pre-
 absolución del     experto en su informe pericial. Ahora sí, a
                                                                      paración y remisión de muestras objeto de
 inocente; con el   este proceder es a lo que se le ha termina-
                                                                      análisis por el Instituto Nacional de Toxico-
 fin de asegurar    do por dar valor jurídico, y al que se ha
                                                                      logía y Ciencias Forenses); los Protocolos
 que lo que se      venido en llamar: cadena de custodia.
                                                                      internos de actuación en Policía Científi-
 presenta ante          Con lo cual, estos avances de “última ge-     ca; las últimas reformas de la LECr; la ju-
 los tribunales     neración”, han propiciado cierta evolución        risprudencia y algunas recomendaciones
 es lo mismo        normativa, incorporando reformas impor-           del Consejo de Europa. Y, referente a los
 que lo hallado     tantes en la L.E.Cr que adapten parte de          protocolos de actuación que nos son apli-
 en el lugar del    su articulado a la nueva realidad. Así, tras      cables, diremos que la Entidad Nacional
 crimen, se han     la reforma del procedimiento abreviado, el        de Acreditación (ENAC), conforme a unos
 ido elaborando     juez instructor y el fiscal, aparecen como        estándares internacionales (normas ISO),
 unos protocolos    supervisores de la actuación policial, a la       acredita que esas normas de actuación
 de actuación       que se encomienda la función de recabar y         son correctas y se aplican adecuadamen-
 internos.“         custodiar las pruebas del delito (Arts. 770.3     te, llevándose a cabo con independencia
                    y 778.3); competencia que ha sido asignada        de quién o dónde se realicen, cuando dan
                    directamente cuando se trata del enjuicia-        inicio a la cadena de custodia en la Inspec-
                    miento de determinados delitos; y también,        ción Ocular Técnico Policial (IOTP), y en las
                    desde la reforma del 2003, la recogida y cus-     subsiguientes tres fases en las que se pue-
                    todia de los vestigios y pruebas materiales       de dividir su reproducción en la vista oral,
                    del delito (regulación que en el precitado        esto es: de forma documental, de forma
                    Art. 326, se encomendaba la juez instruc-         gráfica y de forma testifical.
                    tor), se delega en la policía judicial, pero      (1)
                                                                         Sentencia 320/2005, de 17 de marzo, de la Au-
                    especialmente aquellas huellas y vestigios           diencia Provincial de Gerona.
                    de naturaleza biológica. En definitiva, se ha     (2)
                                                                         SSTC 189/1998, de 28 de septiembre; 120/1999, de 28
                    reforzado la confianza de los jueces en la ac-
                                                                         de junio; 249/2000, de 30 de octubre, 155/2002, de 22
                    tuación policial y, prueba de ello es cuando,        de julio; 209/2002, de 11 de noviembre; 163/2004, de
                    en alguna sentencia, han referido: las cau-          4 de octubre; 145/2005, de 6 de junio; 245/2007 de 10
                    telas protocolariamente establecidas por la          de septiembre; 26/2010, de 27 de abril.
                    policía, señalan que la prueba pericial practi-   (3)
                                                                         Sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Na-
                    cada adquiere así una relevante significación,       cional de 12 de noviembre de 2009.
                    declarándola plenamente válida y resultando       (4)
                                                                         SSTS 179/2006, de 14 de febrero; 355/2006, de 20 de
                    de la misma un valor de prueba de cargo evi-          marzo; 949/2006, de 4 de octubre; 968/2006, de 11
                    dente y suficiente (3). El mismo reconocimiento       de octubre; y 1062/2007, de 27 de noviembre.


                               Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
lUGARES INSÓLITOS:
museo criminológico
de roma
                                          CARLOS J. LÓPEZ GOBERNADO
                                  fotografías: www.museocriminologico.it




     Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
Breve historia de los museos criminales
En la segunda mitad del siglo XVIII, se afrontó en
Europa el problema de la reforma carcelaria. En
el caso italiano, los estudios de Cesare Lombro-
so, el análisis de los sistemas penitenciarios y las
intervenciones para mejorar las condiciones de
las prisiones, llevaron a un intenso debate parla-
mentario que consiguió la primera reforma de las
cárceles del Reino de Italia en 1891. También en
este siglo comenzaron a aflorar los museos crimi-
nales y de policía científica.
En 1873, en la Escuela de Agenti di Custodia
(agentes de prisiones), junto a la cárcel romana
de Mantellate, se organizó una colección de ob-
jetos penitenciarios. Años más tarde, por inicia-
tiva de Martino Beltrani Scalia, que llegaría a ser
Director General de Prisiones, la colección se am-
plió con informes anatómicos, modelos de insti-
tuciones penitenciarias y medios de contención.
Doce años más tarde, en 1885, se presentó la pri-
mera exposición de objetos carcelarios durante
el Congreso Penitenciario Internacional de Roma.

El Museo de Cesare Lombroso
Cesare Lombroso comenzó su colección de crá-
neos, esqueletos, cerebros y otros objetos cuan-
do ingresó en el cuerpo médico del ejército, a la
que fue incorporando cráneos de otros países
así como de criminales y enfermos mentales. En
1878 obtuvo la plaza en la cátedra de Medicina
Legal de la Universidad de Turín, le ofrecieron dos
locales en el convento de San Francesco de Paola
que fueron la sede del laboratorio de Medicina
Legal y de Psiquiatría Experimental y, por supues-
to, de la colección Lombrosiana.
El museo Psiquiátrico y Criminológico fue inaugu-
rado oficialmente en 1892, aunque ya se realizó
una exposición pública con gran afluencia de pú-
                                                            El Museo Criminológico de Roma
blico en la Exposición Nacional de Turín de 1884.
Precisamente en el momento de la inauguración               En los primeros años del s. XX, la Administración
comienza la polémica entre la Dirección General             de las Cárceles quiso dar un enfoque divulgativo
de las Cárceles y el museo turinés para la adqui-           a los resultados obtenidos en el campo del estu-
sición del material proveniente de las cárceles y           dio del delincuente y de la nueva política peni-
oficinas judiciales. El museo de Lombroso obtiene           tenciaria, pero la exigencia de dar a conocer los
financiación pública en marzo de 1892 y se le reco-         resultados de la investigación criminológica al
noce públicamente como instrumento de investi-              gran público, así como cualquier aspecto relacio-
gación científica. Finalmente en 1898 se inauguró           nado con la realidad penitenciaria, no se podía
en museo de Lombroso ampliado con ocasión del               desarrollar, de manera satisfactoria, mediante la
I Congreso Nacional de Medicina Legal.                      publicación de boletines estadísticos.


                              Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
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             INCISO Y
             CONTANTE



     INCISO Y
     CONTANTE
     roberto carro fernández
     rocafe59@hotmail.com




           La materia prima para el estudio de la antropo-
           logía criminal y la medicina legal ya había sido
           prevista en el Código de Zanardelli, donde se
           estableció que las cátedras universitarias retira-
           ran, para fines científicos, partes anatómicas de
           detenidos fallecidos en las cárceles. El objetivo
           era finalizar estos estudios y coleccionar no sólo
           informes anatómicos, sino también documentos
           de naturaleza variada, testimonios de la vida car-
           celaria para un proyecto con finalidad científica
           y/o didáctica.
           El primer proyecto del museo en Roma lo esta-              Este museo fue ubicado en el edificio de una
           bleció el Director General Alessandro Doria, pero          prisión, la Carceri Nuove, en la via Giulia, hasta su
           no se inauguró hasta el 19 de noviembre de 1931            desmantelamiento en 1968.
           tras crearlo el ministro Guardasigilli Alfredo Roc-        En 1975, el museo cambió de nombre y pasó a
           co, con el nombre de Museo Criminal de Roma,               denominarse Museo Criminológico de Roma,
           mediante la circular nº 2253, de 26 de junio de            con sede en el Palazzo del Gonfalone, que empe-
           1930. El museo se articulaba en varias secciones:          zó a adaptarse para tal fin desde 1972. La difícil
           1.	Grandes categorías de delitos.                          situación que vivía Italia en esa época, con graves
                                                                      problemas de orden público, obligó a la Adminis-
           2.	 istemas de investigación policiales para la
              S                                                       tración Penitenciaria a limitar el acceso al museo
              búsqueda de pruebas.                                    sólo a visitantes autorizados lo cual conllevó su
           3.	Ejecución penal.                                        abandono gradual.


                                           Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
INCISO Y
                                                                                                     CONTANTE

Tras, aproximadamente, quince años de clausu-                                                                           21
ra, la Administración Penitenciaria recomenzó el
proyecto en 1991 y el actual museo se reabrió
en febrero de 1994. En su actual disposición, se                      INCISO Y
caracteriza como un museo histórico. La finali-
dad científico-didáctica, además de la tutela y
conservación, es la difusión de la evolución de
                                                                      CONTANTE
                                                                      roberto carro fernández
los antiguos sistemas punitivos, de las corrientes
                                                                      rocafe59@hotmail.com
de investigación de la ciencia penitenciaria y cri-
minológica en el s. XIX y la primera mitad del s.
XX. En el nuevo montaje se propone un recorrido
cronológico-descriptivo de las etapas fundamen-
tales de la historia de la justicia, de las cárceles
y de la criminología. El museo es además sede
del archivo fotográfico y del archivo histórico de
las cárceles italianas. Las secciones actuales son
también tres:
1.	La justicia de la Edad Media al s. xix: con ins-          3.	El s. XX. Los protagonistas del crimen: el reco-
trumentos de tortura, tanto auténticos como re-              rrido por esta sección comienza con un gabinete
producciones, entre los que se encuentran: argo-             de curiosidades del crimen, de diversas cárceles
llas de condenados, banco de fustigación, hachas             donde se muestran elementos de espionaje, cri-
para decapitar, la espada usada para decapitar a             men organizado, terrorismo, juegos de azar, hurto
Beatrice Cenci en 1599 o la reproducción de la               y falsificaciones de obras de arte... Además se ex-
Virgen de Núremberg. También se puede hallar                 pone un área dedicada a los homicidios y a la cróni-
la reproducción de una silla de tortura “húngara”,           ca de sucesos, como objetos de Antonietta Longo,
usada por los inquisidores de los s. XVI y XVII para         la decapitata di Castelgndolfo; la pistola de la con-
obtener confesiones de brujas. Otros objetos lla-            desa Bellentani que asesinó a su amante en 1948;
mativos son la capa del verdugo del Papa Giovan              las armas de la banda Casaroli o los instrumentos
Battista Bugatti o varias guillotinas entre las cua-         del asalto de via Osoppo, en Milán, en 1958.
les la usada hasta 1869 en la famosa Piazza del
Popolo romana.                                                  + info: Museo Criminológico de Roma.
                                                                Via del Gonfalone, 29 - 00186 Roma
2.	El s. XIX. La evolución del sistema peniten-                 www.museocriminologico.it
ciario: con los estudios de antropología criminal,
las técnicas de policía científica y fragmentos              El autor quiere expresar su agradecimiento al Ministerio
de la historia de las cárceles. Aquí se puede en-            de Justicia italiano y, en especial, a la Dra. Assunta
                                                             Borzacchiello, directora de la Oficina de Relaciones
contrar la copia del cráneo de Giuseppe Villella
                                                             Externas del Departamento de Administración
donde Lombroso descubrió la prueba de la de-                 Penitenciaria, por su inestimable ayuda y colaboración
lincuencia atávica en 1872. El cráneo, el cerebro            para la redacción de este artículo.
y los escritos del anarquista G. Passannante que
atentó contra Umberto I en Nápoles o la pistola
de G. Bresci con la que asesinó al citado Rey. Tam-
bién se recoge en esta sección el Bertillonaje, la
dactiloscopia, la identificación a través de la foto-
grafía o las características antropomórficas. En el
aspecto penitenciario hay una colección de uni-
formes del personal de prisiones, reliquias carce-
larias, así como suplementos y adornos. Además
se muestran ilustraciones y planimetrías de anti-
guas prisiones.


                               Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
22
         EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y
         EL CHILD-GROOMING




     EL CIBER-ACOSO CON
     INTENCIÓN SEXUAL Y
     EL CHILD-GROOMING
     CHILD-GROOMING                                                                  PALABRAS CLAVE / KEYWORDS
     VICTORIANO PANIZO GALENCE
                                                                                     Ciber-acoso sexual | Internet | TIC |
                                                                                     Agente encubierto

                                                                                     Child grooming | Internet | ITC | Undercover




                                                                                     RESUMEN / ABSTRACT
                                                                                     Desde 2010, el Código Penal español regula
                                                                                     el llamado child grooming (ciber-acoso con
                                                                                     propósito sexual) en el Art. 183 bis. Aunque la
                                                                                     prevención es muy importante, para que los
                                                                                     menores, padres y profesores sean conscientes
                                                                                     de los riesgos de internet, es necesario que
                                                                                     estas conductas tengan una regulación penal
                                                                                     y que jueces, fiscales y policías cuenten con los
                                                                                     instrumentos adecuados para investigarlas.
                                                                                     Since 2010, the Spanish Penal Code regulates
                                                                                     the child grooming in Article 183 bis. Although
                                                                                     prevention is very important for children, parents
                                                                                     and teachers are aware of the risks of Internet,
                                                                                     it is necessary that these behaviors are criminal
                                                                                     regulation and judges, attornies and policemen
                                                                                     have the appropriate means to investigate them.




                                                                                     AUTORÍA DEL ARTÍCULO
                                                                                     Victoriano Panizo Galende
                                                                                     Inspector del CNP | Jefe del Grupo de
                                                                                     Investigación Tecnológica de la Jefatura
                                                                                     Superior de Policía de Castilla y León
                                                                                     victoriano.panizo@dgp.mir.es


                                                 Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y
                                                                                                EL CHILD-GROOMING
                                                                                                                    23




“Los menores      1.INTRODUCCIÓN                                     una formación especializada y conti-
delincuentes no                                                      nua. El Cuerpo Nacional de Policía, la
son elementos     El desarrollo de las Tecnologías de la In-         Guardia Civil y las Policías Autonómicas
extraños a la     formación y de la Comunicación (TIC),              cuentas con unidades de este tipo.
humanidad ni      principalmente internet, ha supuesto una
                                                                   ·	 sido necesario especializar y for-
                                                                      Ha
están separados   auténtica revolución para la humanidad
                                                                      mar a jueces, magistrados y fiscales
de ella.”         aportándonos numerosos beneficios, co-
                                                                      en este tipo de delitos; de modo que,
                  nocidos por todos; sin embargo, también
                                                                      en cada provincia se ha formado a un
                  han supuesto importantes ventajas para
                                                                      fiscal especializado que es coordinado
                  los delincuentes, ya que internet les ha
                                                                      por el fiscal de sala del Tribunal Supre-
                  dado la posibilidad de perpetrar acciones
                                                                      mo, delegado en materia de delitos in-
                  criminales a cientos de kilómetros, pudien-
                                                                      formáticos y que depende directamen-
                  do utilizar identidades supuestas, técnicas
                                                                      te del fiscal general del Estado.
                  de navegación anónima y todo ello con el
                  fin de dificultar su identificación.             ·	También es preciso que todos los ope-
                                                                      radores que luchan en el día a día con-
                      Internet también ha traído la aparición
                                                                      tra la delincuencia (jueces, fiscales y po-
                  de nuevas conductas ilícitas que, por su
                                                                      licías) cuenten con los instrumentos
                  gravedad, merecen un reproche penal y
                                                                      necesarios para enfrentarse a este
                  que no estaban recogidas como tales en
                                                                      nuevo tipo de delitos y delincuentes.
                  nuestra legislación: intrusiones ilegales en
                                                                      Es imprescindible mejorar y hacer más
                  sistemas informáticos, daños informáticos,
                                                                      ágil la cooperación judicial y policial in-
                  ataques de denegación de servicio, estafas
                                                                      ternacional y utilizar herramientas que
                  utilizando las nuevas tecnologías (phising,
                                                                      se han demostrado eficaces en la inves-
                  pharming, clonación tarjetas bancarias...),
                                                                      tigación, como por ejemplo la utiliza-
                  distribución de pornografía infantil, cibe-
                                                                      ción de agentes encubiertos a través
                  racoso... Todo ello supone un auténtico
                                                                      de internet.
                  reto para las autoridades de los diferentes
                  países del mundo, que deben:                        De las distintas tipologías delictivas
                                                                   que se producen a través de internet, las
                  ·	Adaptar sus legislaciones para dar ca-
                                                                   que nos producen un mayor rechazo so-
                     bida a estos nuevos ilícitos penales: en
                                                                   cial son aquéllas en las que son víctimas
                     España, la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de
                                                                   menores de edad. Dentro de este tipo de
                     junio, de reforma del Código Penal tipi-
                                                                   delitos destacan la distribución de porno-
                     ficó, entre otras figuras, el llamado child
                                                                   grafía infantil, el ciber-bulling (que consis-
                     grooming (Art. 183 bis), el acceso ilegal
                                                                   te en utilizar las TIC para ejercer un acoso
                     a sistemas informáticos (Art. 197.3), las
                                                                   psicológico entre iguales; en este caso
                     estafas utilizando las nuevas tecnologías
                                                                   menores) y el ciber-acoso con intención
                     (Art. 248.2) y daños informáticos en sus
                                                                   sexual de un adulto a menores que pro-
                     distintas vertientes (Art. 264).
                                                                   duce una honda preocupación entre los
                  ·	Crear unidades policiales especiali-          padres por las consecuencias que tienen
                     zadas en la investigación de delitos          para las víctimas y que va a ser objeto de
                     tecnológicos que deben contar con             análisis en el presente artículo.


                             Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
24
             EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y
             EL CHILD-GROOMING




     2. CONCEPTO Y FASES DEL CIBER-ACOSO                         enviándole incluso imágenes de un           “En España, no se
                                                                 menor que haya conseguido en la Red         está regulando
     CON INTENCIÓN SEXUAL                                        que responda a dichas características;      el ciber-acoso
     2.1. CONCEPTO                                               es decir, lleva a cabo una estrategia       con propósito
                                                                 preconcebida con el fin de ganarse su       sexual en toda su
     Podemos definir el ciber-acoso con in-                                                                  extensión, sino
                                                                 confianza poco a poco.
     tención sexual como aquellas acciones                                                                   que el legislador
     preconcebidas que lleva a cabo un adulto a               ·	Sexo virtual: consigue, en el transcur-
                                                                                                             ha optado por
     través de Internet para ganarse la confianza                so de dicha relación, que el menor le
                                                                                                             criminalizar
     de un menor de edad y obtener su propia                     envíe alguna fotografía comprometida,       únicamente
     satisfacción sexual mediante imágenes eró-                  logrando que encienda la web-cam,           los actos
     ticas o pornográficas que consigue del me-                  pose denudo...                              preparatorios; es
     nor, pudiendo llegar incluso a concertar un                                                             decir las primeras
                                                              ·	Ciberacoso: si el menor no accede a
     encuentro físico y abusar sexualmente de él.                                                            fases y siempre
                                                                 sus pretensiones sexuales, el ciber-
     2.2. FASES                                                  acosador le amenaza con difundir la         que la víctima
                                                                 imagen que le haya capturado con            sea menor de
     ·	  ontacto y acercamiento: el ciberaco-
        C                                                                                                    13 años.”
                                                                 mayor carga sexual a través de internet
        sador contacta con un menor a través
                                                                 (YouTube...) y/o enviarla a los contactos
        de internet (Messenger, chat o redes
                                                                 personales del menor.
        sociales frecuentadas por menores).
        Finge ser alguien atractivo para el me-               ·	Abuso-agresiones sexuales: ante las
        nor (otro menor de edad similar, buen                    amenazas del ciberacosador, el menor
        parecido físico, gustos similares...),                   accede a todos sus caprichos sexuales,




                                                     Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y
                                                                              EL CHILD-GROOMING
                                                                                                  25




  llegando incluso, en algún caso, a con-         actos materiales encaminados al acerca-
  tactar físicamente con el menor y abu-          miento, será castigado con la pena de uno a
  sar sexualmente de él.                          tres años de prisión o multa de doce a vein-
                                                  ticuatro meses, sin perjuicio de las penas
3.REGULACION EN EL                                correspondientes a los delitos en su caso
CÓDIGO PENAL ESPAÑOL                              cometidos. Las penas se impondrán en su
La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio,           mitad superior cuando el acercamiento se
que modificó el Código Penal, introdujo           obtenga mediante coacción, intimidación
el Art. 183 bis que tipifica el llamado inter-    o engaño.
nacionalmente child grooming, atendien-              Su contenido, en relación con el Dere-
do a lo recomendado por el Convenio del           cho Comparado (ya que algunos países
Consejo de Europa sobre la protección             de nuestro entorno han dado cabida en
de niños contra la explotación sexual y el        su legislación penal a este tipo de con-
abuso sexual de 25 de octubre del 2007,           ductas) es el siguiente:
que en su Art. 23 establecía la necesidad
                                                  ·	  ujeto Activo: puede ser cualquier
                                                     S
de tipificar como delito las proposiciones
                                                     persona responsable penalmente al
a niños con contenido sexual a través de
                                                     introducirse en el precepto el que...,
las tecnologías de la información y comu-
                                                     pudiendo ser sujeto activo no sólo un
nicación.
                                                     adulto sino incluso un menor con edad
    En la exposición de motivos de dicha             comprendida entre los 14 y 18 años.
Ley Orgánica, el legislador español justifi-         Aunque, lógicamente, al tratarse de un
ca la introducción del Art. 183 bis en que           menor de edad no respondería con las
la extensión de la utilización de Internet y de      penas previstas en el Art. 183.bis sino
las Tecnologías de la Información con fines          que le sería de aplicación alguna de las
sexuales contra menores ha evidenciado la            medidas previstas en la Ley Orgánica
necesidad de castigar penalmente las con-            5/2000, norma aplicable para exigir la
ductas que una persona adulta desarrolla             responsabilidad de las personas mayo-
a través de tales medios para ganarse la             res de 14 años y menores de 18 por la
confianza de menores, con el fin de concer-          comisión de hechos tipificados como
tar encuentros para obtener concesiones de           delitos o faltas en el Código Penal o
índole sexual.                                       en las Leyes penales especiales. Choca
                                                     está posibilidad con la argumentación
    Este nuevo Art. 183.bis del Código
                                                     utilizada por el legislador en la expo-
Penal ha quedado configurado de la si-
                                                     sición de motivos de la Ley Orgánica
guiente forma: El que a través de Internet,
                                                     5/2010, pero si hubiera querido crimi-
del teléfono o de cualquier otra tecnología
                                                     nalizar únicamente la conducta de un
de la información y la comunicación con-
                                                     adulto tendría que haberlo contempla-
tacte con un menor de trece años y propon-
                                                     do de forma específica, tal y como ha
ga concertar un encuentro con el mismo
                                                     sucedido en otros países (1).
a fin de cometer cualquiera de los delitos
descritos en los artículos 178 a 183 y 189,       ·	  ujeto Pasivo: el menor de 13 años
                                                     S
siempre que tal propuesta se acompañe de             que ve afectada su indemnidad


           Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
Criminologia Qdc15
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  • 1. QC d Año IV · Número 15 · Trimestral · Octubre/diciembre 2011 · 8 € Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
  • 2. Sí, quiero suscribirme a la revista científica “Quadernos de Criminología” (4 ejemplares/año). Quiero asociarme a la SECCIF (Infórmese y consulte condiciones y ventajas en seccif.wordpress.com Tarifas Números atrasados España 30 euros Resto de Europa En función de su disponibilidad y y América 55 euros previa consulta telefónica: Resto del mundo A consultar, según destino (00 34) 983 181 527 TÍTULO SUPERIOR EN CRIMINOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES Incluye impuestos indirectos –en su caso– y transporte y manipulación. Nombre y apellidos: _____________________________________________________________________________ Profesión: ______________________________________________________________________________________ Dirección:_ _____________________________________________________________________________________ C.P. y población:_ ________________________________________________________________________________ Provincia:_ _____________________________________________________________________________________ País: _ _________________________________________________________________________________________ Teléfono de contacto: ____________________________________________________________________________ Correo electrónico: _ _____________________________________________________________________________ Domiciliación Bancaria: El TÍTULO SUPERIOR EN CRIMINOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES, ofrece una BANCO AGENCIA DC C/C especialización integral en las diferentes áreas del conocimiento criminológico a través del estudio de sus fundamentos teóricos y el desarrollo de programas prácticos con los más Mediante tarjeta: _____________________, n.º:___________________________, caducidad: ______ /______ modernos sistemas de investigación criminal Ruego a Uds. que –en lo sucesivo y hasta nueva orden de contrario– acepten con cargo a mi cuenta corriente los recibos presentados por la Sociedad Española de + información: www.villanueva.edu Criminología y Ciencias Forenses (SECCIF), relacionados con mi suscripción a la revista “Quadernos de Criminología”. Fecha y firma, Recorte o fotocopie este boletín y envíelo a: Revista “Quadernos de Criminología”, Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses (SECCIF) C/ Angustias, 34, 2.º dcha. - 47003 Valladolid Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
  • 3. bibliografía 3 EDITORIAL T erminamos este año con la grata satisfacción de que el II Seminario Internacional de Investigación Criminal que celebramos en el Auditorio del Museo de la Ciencia de Valladolid, el 10 y 11 de noviembre de 2011, fue todo un éxito; una buena noti- cia que, sin duda, nos animará a seguir organizando nuevas acciones formativas y pro- yectos de cara al 2012. En el interior de este número encontrarás una crónica de cómo transcurrió el congreso y un amplio álbum fotográfico del evento. Para concluir 2011, Quadernos de Criminología n.º 15 te propone muchos otros te- mas de interés: la prevención victimal de los siniestros de tráfico, el ciber-acoso con in- tención sexual o el caso de Enriqueta Martí (el monstruo de Barcelona) son los artículos que han escrito Juan Antonio Carreras, Víctor Panizo y Salvador García Jiménez, respecti- vamente; pero la revista también te muestra cómo es el Museo Criminológico de Roma, de la mano de Carlos L. Gobernado; e incluye dos dossieres: el primero, de Francisco Pérez Abellán, analiza el Índice de Seguridad Ciudadana realizado por la Universidad Camilo José Cela, de Madrid; y en el segundo, José Carlos Vilorio reflexiona sobre la Ley Integral de Violencia de Género. Este número se completa con nuestras habituales secciones: en Mala-mente, Alberto Albacete escribe sobre el payaso asesino; Roberto Carro Fernández nos muestra cómo debe realizarse la diligencia de la cadena de custodia y, en mi sección de In albis, sabre- mos si se puede considerar a la cadena perpetua como un trato inhumano o degradante. Dadas las fechas, sólo me resta desearte –en nombre de toda la Junta Directiva de la SECCIF– que afrontes con ilusión y optimismo el Año Nuevo para que todos disfrutemos del mejor 2012 que sea posible. Carlos Pérez Vaquero. Director de “Quadernos de Criminología” Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
  • 4. PANTONES: 281 - 123 • FUENTE: Bembo Quadernos de Criminología N.º 15 · Octubre/diciembre 2011 REVISTA DE CRIMINOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES EDITA Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses bibliografía C/ Angustias, 34, 2.º dcha. página 15 47003 Valladolid Tel.: 983 181 527 · seccif@seccif.org COLABORA Universidad Camilo José Cela Madrid inciso y contante DIRECTOR la hoja de ruta de Carlos Pérez Vaquero la prueba cpvaquero@gmail.com j. ingnacio carro roberto antón CONSEJO EDITORIAL página 16 el ciber-acoso Aitor M. Curiel López de Arcaute con intención Ángel Ponce de León sexual y el Angélica Gurtiérrez Gutiérrez child-grooming Alberto Albacete Carreño victimología vial: Alberto Angoso prevención lugares insólitos: victoriano panizo Antonio Ignacio Cela Ranilla victimal en los museo página 22 Carlos J. López Gobernado siniestros de criminológico César Alonso Zamorano mala-mente tráfico de roma Fernando Pérez Álvarez Francisco J. Oterino Durán alberto albacete juan antonio carreras carlos j. lópez carlos j. lópez in english Francisco Pérez Abellán Jaime Gutiérrez Rodríguez página 5 página 6 página 18 32 página 16 Javier Peña Echeverría Jesús García Aller página 34 página 42 página 46 José Delfín Villalaín dossier 2 Juan José Arechederra dossier 1 quid pro quo reflexiones sobre la crónica del Marta Domínguez-Gil González primer índice ley integral ii seminario Roberto Carro Fernández de seguridad de violencia internacional Tony Roig ciudadana de la universidad de género de investigación Vicente Herrero Hidalgo camilo josé josé carlos vilorio criminal de la seccif MÉXICO: cela (madrid) juan carlos delgado Wael Hikal somecrimnl@hotmail.com francisco pérez DISEÑO Y ARTE página 36 Ana Jarabo Benavides juancarlana@gmail.com enriqueta martí K-idea. Servicios integrales de el monstruo Imagen y Gestión de barcelona info@k-idea.es (1912) FOTOMECÁNICA E IMPRESIÓN salvador garcía Gráficas Germinal página 54 FOTOGRAFÍAS www.morguefile.com in albis www.wikipedia.es ¿la cadena perpetua es un trato inhumano? Depósito legal: VA-843-2007 carlos pérez issn: 1888-0665 Por cortesía de "QdC" para EL INVESTIGADOR.
  • 5. QUID PRO QUO 5 MALA-MENTE alberto albacete carreño alberto.albacete@telefonica.net El payaso asesino John Wayne Gacy (17/03/1942 –10/05/1994) · Único varón de tres hermanos, Gacy interior e infligirles duras torturas. En nació en una familia de clase media, la confesión policial declaró que se ex- con un padre alcohólico, homófobo citaba cuando veía brotar la sangre de y maltratador que lo insultó, maltrató sus víctimas. y golpeó con un cinturón, aunque él trató de esforzarse por lograr el afec- · Una inspección policial en casa de to paterno. Marcado por su constante John consiguió descubrir la mayoría fracaso escolar, no consiguió graduar- de los cuerpos enterrados en su jardín; se en ninguno de los colegios a los que hubo hasta 33 víctimas, todos jóvenes asistió. guapos. · los 20 años se fue de casa para tra- A · Durante el juicio, declaró que existían bajar y logró una exitosa vida laboral, cuatro John: el empresario, el payaso, promocionándose en los distintos puestos que ocupó (incluso llegó a ser el vecino y el asesino (éste era quien le gerente de un Kentucky Fried Chicken). ordenaba cometer las atrocidades). · separó al poco tiempo de contraer Se · prisión, Gacy se dedicó a pintar pa- En su primer matrimonio al ser conde- yasos y dibujos del cuento de Blanca- nado a 10 años de prisión por abuso nieves, obras que luego posteriormen- sexual de menores; cumplió única- te fueron subastadas. mente 18 meses por buen compor- tamiento; regresó a Ilinóis e intentó · Fue condenado a muerte, adminis- ocultar sus antecedentes penales, trándole una inyección letal. Duran- casándose por segunda vez y convir- te la ejecución –al parecer, debido al tiéndose en un vecino ejemplar que error de uno de los médicos que inter- participaba en actos sociales y en un vinieron– se solidificaron los líquidos partido político. En las fiestas vecina- y tardaron 18 minutos en retomar el les era habitual que apareciera vestido procedimiento; en el pasillo, antes de de payaso, se hacía llamar Pogo. entrar para ser ejecutado, dijo sus úl- · Pero retomó su actividad criminal, fue timas palabras: Besadme el culo. Nunca descubierto tras la declaraciones de encontraréis a los demás. un joven que consiguió escapar de Wayne relatando el procedimiento · Stephen King se inspiró en su vida que seguía, yendo a zonas frecuenta- para escribir It; asimismo, ha inspirado das por homosexuales a quienes con- a distintos grupos musicales y algunos vencía para llevar a su casa, atarlos, capítulos de Prison Break se rodaron en intentar asfixiarlos con su propia ropa su celda. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 6. 6 VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO PALABRAS CLAVE / KEYWORDS Victimología vial | Accidentes de tráfico | Prevención victimal Road Victimology | Traffic Accidents | Victimal Prevention RESUMEN / ABSTRACT La victimología vial es una disciplina que estudia, dentro de la criminología vial, los factores que rodean los siniestros viales. La clasificación tipológica de las víctimas, el estudio ROAD VICTIMOLOGY: del delincuente del tráfico y de los factores que inciden en las medidas de acción preventiva de THE VICTIMAL PREVENTION tipo mecánico, legislativo, de infraestructuras e informativo, podrán repercutir en la reducción ON TRAFFIC ACCIDENTS de los siniestros viales. The Road Victimology is a discipline that studies, JUAN ANTONIO CARRERAS ESPALLARDO into Road Criminology, the factors around road accidents. The typological classification of the victims, the study of traffic offenders and the factors that influence preventive measures of mechanical action, legislative, and informational infrastructure may impact on reducing road accidents. AUTORÍA DEL ARTÍCULO Juan Antonio Carreras Espallardo Asociación de Criminólogos de Murcia (ACM-FACE) carris@carris.es | www.carris.es Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 7. VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO 7 L “La victimología a criminología, como ciencia empírica Uno de los objetos de estudio de la vial es una (de la práctica) y multidisciplinar, que criminología es la víctima, la gran olvi- disciplina que, tiene por objeto el estudio del crimen, dada históricamente, y a la que no se le dentro de la del autor, de la víctima y del control social ha prestado atención hasta el año 1973, criminología del comportamiento desviado del indivi- en el Simposium de Jerusalén, donde vial, estudia duo, nace con la finalidad de conocer, dar Benjamín Mendelsohn estableció sus los factores información real de esos objetos de es- postulados. No olvidemos el papel del cri- que rodean los tudio, intenta averiguar cuál es el origen, minólogo alemán Hans Von Hentig en la accidentes de la etiología, el desarrollo y las variables defensa de las víctimas. Estos dos autores tráfico.” que intervienen en el fenómeno criminal. son considerados los padres del estudio Aporta conocimientos, si son verificados, de la victimología. sistemáticos y ciertos, porque en el méto- El estudio de las víctimas se realiza do de estudio predomina más lo práctico desde una perspectiva multidisciplinar, que lo normativo. En el estudio de la si- niestralidad vial, la criminología, basada desde diversos campos de estudio. Así, en una nueva disciplina de criminología no solamente se estudian los siniestros vial, trata de ofrecer soluciones prácticas, viales en los que interviene un victimario en base a experimentos reales y a la ob- por delito, sino también aquellos acci- servación, desarrolladas en la carretera, dentes de tráfico que dejan víctimas sin tanto urbana como interurbana, para tra- mediar delito penal. Hay un interés con- tar de reducir el número de accidentes y creto en el papel que desarrolla la víctima por ende, de víctimas. en el iter criminis ya que su intervención puede modificar el comportamiento del Por lo tanto, son funciones de la crimi- victimario o simplemente del suceso cri- nología explicar el crimen, prevenir la de- minal. Desde hace algunos años, en Espa- lincuencia e intervenir en la persona del ña, se ha adoptado una política criminal delincuente. Pero actualmente –sin dejar –referida a la seguridad vial– de endureci- al margen al victimario– las medidas se miento de penas y represión del compor- enfocan a paliar la situación de la víctima tamiento de los conductores infractores; y ofrecer información al conductor para sin embargo, desciende el número de evitar que pueda convertirse en víctima, accidentes de tráfico, con su consiguiente o lo que mejor puede controlar, que es reducción de víctimas mortales, pero los victimizar a otros. juicios por delitos contra la seguridad vial La victimología vial es una discipli- abarcan la mitad de las causas judiciales. na que estudia, dentro de la criminología Las frecuentes campañas de diversas en- vial, los factores que rodean los sinies- tidades –como Stop Accidentes, DIA, PAT- tros viales. La clasificación tipológica de APAT, AESLEME, la Plataforma Ponle Freno las víctimas, el estudio del delincuente o la propia Dirección General de Tráfico del tráfico y de los factores que inciden en (DGT)– y la modificación de las leyes las medidas de acción preventiva de tipo viales tienen sus efectos positivos en la mecánico, legislativo, de infraestructuras reducción de los siniestros viales. Las es- e informativo, podrán repercutir en la re- tadísticas están ahí, cada año se reducen ducción de los siniestros viales. los fallecidos en las carreteras españolas. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 8. 8 VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO La victimología vial actual se acerca a viario”. El conductor es percibido como la esfera de la persona no culpable en el una “fuente de peligro” y la conducción desenlace traumático que deja un sinies- como una conducta peligrosa y arriesga- “El estudio de tro vial. En los últimos años la estrategia da. Lo que históricamente se ha conside- las víctimas se en materia de normativa viaria ha ido rado como una utilidad –la conducción– realiza desde criminalizando las conductas de los con- hoy pasa a ser una conducta delictiva si una perspectiva ductores, como peligro potencial de la no se ponen los medios necesarios; y el multidisciplinar, circulación. Desde los colectivos victima- vehículo, como el arma del delito, es una desde diversos les se defiende que debemos basarnos herramienta de hierro, poderosa y capaz campos de en un concepto real denominado “si- de producir daños irreversibles. Y recor- estudio.” niestros”, dejando el obsoleto concep- dando su comiso en los delitos contra to de “accidente”, por no ser exacto, ya la seguridad vial, como ocurre con otras que si realmente fuese un accidente no armas (cuchillos, pistolas, etc.) en el resto habría culpa de las partes, que sí existe de delitos del Código Penal. en los siniestros, generalmente por fallo en el factor humano. Es la nueva violen- Los riesgos del tráfico rodado no son cia vial, donde hay personas que provo- nuevos, siempre han estado ahí, pero can el accidente de tráfico y otras –las asistimos actualmente a una nueva aten- víctimas– que se ven envueltas en él sin ción a las víctimas de los accidentes. El buscarlo, por el simple hecho de circular foco se sitúa en el conductor como un libremente. El infractor se convierte así peligro y en la víctima como la prota- en un enemigo para la sociedad, en un gonista inocente. Pero no olvidemos violento, casi definido como “terrorista que ambos roles están presentes en la Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 9. VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO 9 misma persona. Solo una acción desafor- tunada puede convertir a esa persona en victimario o víctima. Los medios de comunicación contribu- yen a ofrecer la realidad, sobre el número de accidentes, de heridos y de fallecidos. La colaboración ciudadana hace posible conocer el mal estado de las infraestruc- turas viarias, la defectuosa señalización, la persistencia de “puntos negros”, etc. Pero recordemos que el más importante, y so- bre en el que más debemos incidir es en el “factor humano”, el verdadero causante de todos los accidentes. EL DELINCUENTE DEL TRÁFICO La clasificación tipológica de Seeling ha- bla de infractores de las normas de circu- lación, dentro de los denominados “delin- incluir una serie de medidas sociales para cuentes por falta de disciplina social”. A incidir en la persona del victimario y evi- ellos se refiere cuando dice que son indi- tar que cometa delitos viales. En delitos viduos que no presentan ninguna tenden- relacionados con el tráfico no se sigue un cia criminal, pero que sin embargo no son patrón común, como ocurre con el resto capaces de mantenerse dentro de los lími- de delitos. El victimario en estos casos lo tes establecidos por las leyes. No presentan suele ser por azar, no común, y posible- ninguna característica física, psicológica o mente una vez en su vida, salvo casos de carácter típica que los diferencie del res- de reincidencia, fortalecidos por la falta to de las personas normales; no obstante, de efectividad del sistema penal. El arma esta clasificación tiene demasiados de- empleada es el vehículo, un instrumento tractores, hoy en día, para seguir vigente. legal, al alcance de todos, a diferencia de El estudio del delincuente o victima- los instrumentos de otros delitos (armas rio relacionado con delitos contra la se- de fuego por ejemplo). ¿Qué cara tiene guridad vial es digno de un estudio más un delincuente vial? Al ser un delincuen- amplio y que desde el punto de vista te al azar no suele guardar un perfil con- creto, como decimos, cualquier persona criminológico es interesante porque son puede victimizar vialmente a otra. muchos los factores sociales, relacio- nados con el entorno –algunos con la En el ámbito judicial, en delitos rela- cultura o el estatus social– que llevan a cionados con la seguridad vial, desde un una persona a menospreciar las normas punto de vista criminológico, toda per- sociales y pasar el límite legal a la hora sona que participe en el tráfico rodado de conducir. En dicho estudio hay que es un criminal en potencia, y durante su Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 10. 10 VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO “Desde los colectivos victimales se defiende que debemos basarnos en un concepto real denominado “siniestro”, dejando de lado el obsoleto de ‘accidente’.” participación se halla casi continuamente Son muchos los autores que han formu- en una situación potencialmente delictiva. lado sus planteamientos, algunos de ellos Continuamente nos exponemos a conver- están relacionados en cuanto a definicio- tirnos en víctimas y victimarios por el mero nes. Mendelsohn se basa en el grado de hecho de utilizar las vías públicas, algo tan culpabilidad que tiene la víctima en rela- necesario en estos tiempos. El hecho de ción con el infractor: a mayor culpabilidad convertirse en un delincuente para un ciu- de la víctima, menor culpabilidad del vic- dadano medio, sin intención de delinquir, timario (y a la inversa). y con un comportamiento general irrepro- En victimología vial interesa conocer chable, se convierte en un hecho puntual, la víctima completamente inocente o pero real, y esa persona, convertida en “ideal”; por ejemplo, los niños que viajan victimario, se encuentra con antecedentes en el vehículo y que no participan de for- penales. Por eso, tradicionalmente, se ha ma activa. También la víctima tan culpa- llamado a los delitos contra la seguridad ble como el infractor o víctima voluntaria, vial (antiguos delitos contra la seguridad en aquellos casos relacionados con las del tráfico) como delitos light, con un trato carreras ilegales o el desafío tipo duelo menos victimizante en la persona del in- donde dos vehículos circulan en sentido fractor que el resto de delitos. contrario hasta que uno de ellos se apar- te. También tenemos la víctima más cul- CLASIFICACIÓN DE LAS VÍCTIMAS pable que el infractor, que es aquella víc- Son diversas las clasificaciones o tipolo- tima provocadora (con su conducta incita gías formuladas acerca de las víctimas. a cometer la infracción mediante insultos, Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 11. VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO 11 por ejemplo una discusión entre dos con- lucro aceptan participar en un accidente ductores o una mala maniobra de uno to- con la promesa de recibir una indemni- mada a mal por el otro, que desemboca zación. En cuanto a la propensión a ser en una disputa arriesgada en la carrete- víctima o víctima propensa, nos interesa ra) y la víctima por imprudencia (aquélla la víctima falsa, que se autovictimiza para que provoca un accidente por su falta de obtener un beneficio (por ejemplo: busca control, de diligencia); y, por último, la un accidente para cobrar un seguro). víctima simuladora (como la que acusa falsamente a otro de haberle provocado Son muchos los autores –Jiménez de un accidente), y la víctima imaginaria, con Asúa, Seelig, Fattah, Wolfgang, Aniyar, problemas mentales (delirios de persecu- Neuman, Gerardo Landrove Díaz, etc. ción, paranoias,…) que cree haber sufrido Éste último clasifica las víctimas recopi- un accidente o haberlo sufrido a conse- lando los postulados de estos autores y cuencia de una imaginada persecución. con muy buena aceptación; pero en vic- timología vial nos interesan las tipologías Von Hentig establece cinco categorías victimales que estén relacionadas con los de clases generales y luego seis tipos psico- accidentes de tráfico. lógicos, pero destacamos aquellas relacio- nadas con los impulsos y la eliminación de Generalmente van a ser víctimas fun- inhibiciones de la víctima (víctima con áni- gibles, pero cuando sean infugibles (in- mo de lucro que por codicia es fácilmente sustituibles) tendremos grandes posibili- victimizable, por estafadores por ejemplo). dades de prevenir el delito; por lo tanto, Nos referimos a aquellas que con ánimo de tenemos que incidir de forma genérica Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 12. 12 VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO con medidas de prevención dirigidas a VÍCTIMA FALSA toda la sociedad. Si cabe, hay determina- das víctimas (por ejemplo, las personas Hay autores que niegan su consideración mayores y los niños) que son propensas a por cuanto no se trata de víctima en sen- convertirse en víctimas de atropellos, por tido estricto; sin embargo, a efectos opera- “Hay ello debemos incidir también en educa- tivos nos interesan porque también su falsa determinadas ción vial destinada a esos colectivos. consideración de victima puede llevar con- víctimas que sigo alguna responsabilidad a posteriori: son propensas CLASES DE VICTIMIZACIÓN a convertirse · Víctima imaginaria: comprendería en víctimas de · Según la naturaleza de la infracción po- aquella persona que debido a deter- atropellos, por demos hablar de victimización antiso- minados factores bio-psicosociales va ello debemos cial (no constitutiva de delito) y victimi- a creerse victima de un delito. Suelen incidir también zación criminal (constitutiva de delito). ser personas que sufren enfermedades, en educación vial · Según las personas, tenemos la prima- paranoicos, individuos con personali- destinada a esos ria, secundaria y terciaria. dad histriónica, aquellos que mienten colectivos.” hasta creerse sus propias ideas, algunas · Según la extensión del hecho habla- psicosis, delirium, esquizofrenia, etc. mos de directa [proyectada sobre la También son habituales los menores victima en sí (atropello)] e indirecta, de edad y los ancianos. que es consecuencia de la directa y recae sobre personas que tienen una · Víctima simulada: aquellos individuos relación estrecha con el agredido (las que, mediando algún tipo de interés consecuencias que tiene para la familia propio o ajeno, actúan como si verda- ese atropello). deramente fueran victimas, sabiendo in- teriormente que no lo son; por ejemplo, · Tengamos en cuenta los factores vic- una simulación de accidente para cobrar timógenos, que predisponen a una el seguro. Puede tener responsabilidad persona o grupo a ser victimas y su penal. La victima imaginaria cree real- importancia para determinar lo que mente que es victima, y la simulada sabe llamamos “victimas vulnerables”. Estos que no lo es, pero actúa como si lo fuera. factores son endógenos o exógenos (edad, sexo, domicilio, etc.). VÍCTIMA REAL TIPOLOGÍAS PARA VÍCTIMAS DE ACCI- Comprende el caso más habitual de vícti- DENTES DE TRÁFICO ma, incluye aquellas hipótesis en las que hay una víctima real, que ha sufrido las con- La diferencia entre víctima falsa o real secuencias lesivas por parte del victimario: viene puesta de manifiesto por la pro- pia consideración de víctima; es decir, la · Víctima inocente: es la víctima inocen- víctima real es un sujeto que ha sido vic- te accidental, el caso más común en los timizado, mientras que la víctima falsa es siniestros del tráfico, aquella cuya victi- la que creemos en principio que ha sido mización se produce por causa ajena a victimizada, pero que a posteriori se de- la persona, el caso fortuito producido muestra su falsa victimización. por otra persona, en accidente de trá- Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 13. VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO 13 fico en el que el conductor ha llevado todas las precauciones necesarias y sin embargo se convierte en víctima. Pue- de ser directa (cuando de algún modo ha podido evitar el accidente, aunque no se le reprocha que no lo haya logra- do) o indirecta (cuando no tiene ningu- na posibilidad de controlar el suceso, por ejemplo los pasajeros del vehículo). · Víctima por imprudencia: la que eje- cuta una acción imprudente que la convierte en víctima; si, por ejemplo, rebasa una señal de stop y, para evitar colisionar con otro vehículo, choca con- tra una vivienda o vehículo. · Víctima voluntaria: es la persona que se ofrece como sujeto pasivo en la co- misión de un delito. Se caracteriza por el carácter voluntario y libre que manifies- sabilidad penal al hipotético victimario ta en su actuación. Tiene que haber un (por ejemplo, arrojarse delante de un pacto o acuerdo entre el sujeto pasivo coche para que lo atropelle). y el activo. El grado de responsabilidad victima-victimario es del 50% cada uno MEDIDAS DE PREVENCIÓN VICTIMAL (simulación de accidente de tráfico). Son infinitas las medidas que se pueden · Víctima provocadora: engloba los llevar a cabo, que no forman un catálo- supuestos en los que la victima incita go cerrado, sino que son ampliables y al sujeto activo a cometer la conducta modificables, adaptándolas a la realidad delictiva, muy próxima a la voluntaria. del entorno, y que pueden favorecer la La víctima provoca hasta que el sujeto reducción de víctimas en el ámbito de la activo desarrolla la acción victimizan- circulación rodada. Estas medidas pue- te. Porcentaje victima 75%, victimario den ser de tipo mecánico, incidiendo en 25%. La diferencia de la voluntaria en los sistemas de los vehículos; legislativo, que hay provocación, mientras que en con nuevas políticas criminales que re- la voluntaria hay un acuerdo. gulen nuevas realidades; e informativo · Víctima culpable: en este supuesto, en la infraestructura viaria, encaminadas la víctima presenta un 100% respecto a señalizar mejor las vías públicas, con in- al hecho victimizante y el victimario formación más directa a los conductores: no tiene responsabilidad. Hay un in- tercambio de roles, el hipotético victi- Mecánicas mario pasa a ser victima y viceversa, lo · Limitación mecánica del límite de velo- habitual es que se absuelva de respon- cidad de los vehículos a 120 kilómetros Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 14. 14 VICTIMOLOGÍA VIAL: LA PREVENCIÓN VICTIMAL EN LOS SINIESTROS DE TRÁFICO por hora, que es el máximo permitido todo del proceso y derechos que le en España, a través de un limitador asisten. Además de involucrarse en la obligatorio por ley. detección de falsas víctimas. · Instalación del dispositivo de control de Informativas y de “Es necesario alcoholemia en los vehículos, para impe- infraestructura viaria abordar los dir que sea conducido por una persona siniestros de que arroje una tasa positiva de alcohol. · Mayores inversiones en seguridad vial. tráfico, no como · información, donde juegan un papel La accidentes, sino · Control en los tiempos de conducción. fundamental los medios de comunica- como siniestros Legislativas ción y la formación, basada en la edu- violentos.” · implantación del carné por puntos La cación vial como base en nuestra en- supuso un paso adelante, en la preven- señanza, desde educación infantil y sin ción de violencia viaria y en la reducción olvidarla en la tercera edad. Reforzada del número de víctimas mortales. Se con cursos para profesionales y colecti- han realizado reformas en materia san- vos determinados. cionadora administrativa y penal, pero · Más información sobre los derechos de es necesario abordar los siniestros de las víctimas en los siniestros de tráfico y tráfico, no como accidentes, sino como consecuencias para los victimarios. siniestros violentos. El delincuente viario · Mayor inversión en infraestructura es tratado de forma distinta al resto, tan- viaria, eliminando puntos negros y do- to a nivel policial como judicial. No exis- tando a las carreteras de elementos de te esa consideración de haber cometido seguridad (guardarraíles, asfalto anti- un delito en la persona del victimario. deslizante, eliminación de curvas, etc.). · Elaboración de unos modelos comu- · Intensificar la vigilancia policial en los nes, unificados para todas las Fuerzas intervalos horarios cuando se produ- y Cuerpos de Seguridad encargados cen más accidentes. de la instrucción de atestados por acci- dentes de circulación y delitos contra la Estas son algunas de las medidas que seguridad vial, con una exhaustiva re- se deberían llevar a cabo para reducir el cogida de datos, ampliando diligencias número de víctimas por siniestros via- de atención a las víctimas y de preven- les en nuestras carreteras. Sabemos que ción social hacia los victimarios. todo lo que se haga es poco, y que hay que seguir trabajando mientras haya · Creación de la Ley contra la victimolo- una persona que pierda la vida en la ca- gía vial, que incluya los delitos contra la rretera. El trabajo unificado de todos los seguridad vial y un protocolo asistencia colectivos y la concienciación de los par- a víctimas de estos delitos. ticipantes en el tráfico rodado hará de · funcionarios de policía deberían es- Los esta utopía una realidad. La victimología tar formados para tratar a las víctimas vial seguirá estudiando de cerca la figura de modo comprensible, constructivo del victimario y de la víctima para buscar y tranquilizador, informándole sobre puntos clave donde incidir. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 15. 15 BIBLIOGRAFÍA Novela SANGRE EN LA GUIA PRACTICA EL HIPNOTISTA Criminología CALLE DEL TURCO PROFESIONAL DE Lars Kepler [Planeta] Derecho José Calvo Poyato INVESTIGACION POLICIAL... 21,50 € [Plaza y Janés] Vicente Magro Servet Medicina 22,90 € [La Ley] El matrimonio sueco for- Legal Un joven periodista en- 97 € mado por Alexander Ahn- cuentra una pista tenebro- doril y Alexandra Coelho …Y MEDIOS DE PRUEBA EN Ensayo sa que le involucrará en la firma bajo este pseudó- EL PROCESO PENAL es una trama que se teje alrede- nimo una estremecedora guía de criterio que ayuda- dor del general Prim, en novela negra en la que un rá a los agentes policiales y el atentado que le costó niño de 15 años debe re- actualizará el trabajo de los la vida al presidente en la cordar quién mató a san- letrados que intervienen madrileña calle del Turco. gre fría a su familia. en el orden penal. TRATADO DE LA INJUSTICIA INVESTIGACIÓN CRIMINAL VAMPIRISMO IBÉRICO Reyes Mate Jesús Fernández Sánchez Salvador García [Anthropos] [Bosch] [Melusina] 20 € 56,16 € 19,10 € El autor –Premio Nacional Con el subtítulo “Una vi- Cartografía del reguero de Ensayo– considera que sión innovadora y multi- de sangre infantil que de- la memoria es justicia y disciplinar del delito”, este jaron, tras sus horribles que el terror produce un práctico y reflexivo libro, crímenes, nuestros desco- daño social porque divide analiza la criminalidad nocidos vampiros. Algu- a la sociedad entre los que desde la aportación co- nos acabaron juzgados y lloran los crímenes y quie- mún de las distintas disci- ejecutados, pero de otros, nes los celebran. plinas que intervienen en nada se sabe. la investigación. ESTIMACIÓN DE LA PRISIONES DE EMPRESA... ESTUDIO MÉDICO LEGAL DE EDAD DENTAL Jacobo Dopico LAS ASFIXIAS MECÁNICAS [Tirant] Gretel G. Colmenares AA.VV. 19 € [EAE] [Comares] 69 € ….REFORMATORIOS PRI- 16 € El uso de múltiples indica- VADOS. ¿El carácter estric- Los doctores Fernando Ver- dores de edad, ofrece re- tamente estatal de las ins- dú, Hugo Rodríguez, Fran- sultados superiores, pero tituciones penitenciarias es sesc Francès y Ana Castelló cuando estos métodos son irreversible? El autor anali- realizan un completo es- evaluados de forma indivi- za los pros y contras del sis- tudio sobre la ahorcadura, dual, los que se basan en la tema de prisiones privadas. estrangulación, sofocación estructura dental ofrecen y sumersión. una mayor precisión. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 16. 16 INCISO Y CONTANTE INCISO Y CONTANTE roberto carro fernández La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en rocafe59@hotmail.com su primigenia redacción del Art. 326 de- cía así: Cuando el delito que se persiga haya dejado vestigios o pruebas materiales de su perpetración, el Juez Instructor o el que haga La hoja de ruta de la prueba sus veces, ordenará que se recojan y conser- En artículos anteriores hablamos de la pro- ven para el juicio oral si fuere posible, proce- tección y recogida de indicios y de cómo diendo al efecto a la inspección ocular y a la la falta de pericia en su manejo podía con- descripción de todo aquello que pueda tener taminar la naturaleza de aquéllos, lo que relación con la existencia y naturaleza del traía parejo, inevitablemente, la desvirtua- hecho. Pero para nada aparecía el término ción del proceso en lo referido a la llamada cadena de custodia y las consecuencias de- cadena de custodia. Hoy vamos a hablar rivadas de su buena o mala práctica. Aun- más en profundidad de esta diligencia que que, evidentemente, se puede intuir. Hay podríamos definir como: aquel procedi- preceptos legales como el contenido en el miento, oportunamente documentado, que Art. 24.2 de nuestra Carta Magna (derecho permite constatar la identidad, integridad y a la presunción de inocencia) que estimu- autenticidad de los vestigios o indicios de- la en la elaboración de un protocolo que lictivos, desde que son encontrados hasta refuerce el derecho a no ser condenado si que se aportan al proceso como pruebas. no es en virtud de pruebas de cargo váli- Definición ésta que, no estando presente das, lo que implica que haya una actividad en ninguna norma, se trata más bien de un probatoria mínima y suficiente, referida a concepto surgido de la propia realidad, a la todos los elementos esenciales del delito; que se ha teñido de valor jurídico (1). de modo que la imputación de un hecho revista todas las garantías constitucionales Quiere esto decir que, por ejemplo, la y procesales que la legitimen. Ley de Enjuiciamiento Criminal, no reco- ge en su articulado un proceso de trabajo En el mismo sentido abunda el Tribu- protocolizado que fundamente –en lo re- nal Constitucional cuando dice (2): sólo ca- ferido a indicios– la condena del culpable brá constatar la vulneración del derecho a o la absolución del inocente. Lo que im- la presunción de inocencia cuando no haya plicaría mayor garantía de aplicación para pruebas de cargo válidas, es decir, cuando aquel principio enunciado por el jurista los órganos judiciales hayan valorado una Alonso Martínez, cuando decía: el ciu- activad probatoria lesiva de otros derechos dadano de un pueblo libre no debe expiar fundamentales o carentes de garantías, o faltas que no son suyas, ni ser víctima de cuando no se motive el resultado de dicha la impotencia y del egoísmo del Estado. En valoración, o, finalmente, cuando por ilógi- definitiva, hay –vamos a decirlo así– una co o insuficiente no sea razonable el íter que especie de vacío legal derivado de una conduce de la prueba al hecho probado. falta de adaptación al nuevo panorama Aún así, seguimos sin una regulación es- procesal propiciado, quizás, por el verti- pecífica. Entonces, ¿qué es lo que garan- ginoso avance científico y tecnológico. Y tiza que la cadena de custodia se ajuste veamos de dónde viene este desfase. escrupulosamente a un precepto escrito? Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 17. INCISO Y CONTANTE 17 “Como la LECr Básicamente, con el fin de asegurar se hace cuando dice: (…) disponemos de una no recoge que lo que se presenta ante los tribuna- policía científica cada vez más especializada y un proceso les, es lo mismo que lo hallado en el lugar mejor preparada, con amplios conocimientos de trabajo del crimen, se han ido elaborando unos científicos (4). protocolizado protocolos de actuación internos, con Para concluir, diremos que, pese a la que fundamente el fin de documentar todas y cada una inexistencia de una regulación expresa –en lo referido de las fases que recorre todo el elemento que aborde la cadena de custodia, se ha a indicios– la probatorio, dejando constancia de cada construido un corpus iuris compuesto condena del uno de sus pasos, cuyo objetivo último por: la Orden del Ministerio de Justicia culpable o la es fortalecer lo que de ellos dictamine el 1291/2010 (se aprueban normas para pre- absolución del experto en su informe pericial. Ahora sí, a paración y remisión de muestras objeto de inocente; con el este proceder es a lo que se le ha termina- análisis por el Instituto Nacional de Toxico- fin de asegurar do por dar valor jurídico, y al que se ha logía y Ciencias Forenses); los Protocolos que lo que se venido en llamar: cadena de custodia. internos de actuación en Policía Científi- presenta ante Con lo cual, estos avances de “última ge- ca; las últimas reformas de la LECr; la ju- los tribunales neración”, han propiciado cierta evolución risprudencia y algunas recomendaciones es lo mismo normativa, incorporando reformas impor- del Consejo de Europa. Y, referente a los que lo hallado tantes en la L.E.Cr que adapten parte de protocolos de actuación que nos son apli- en el lugar del su articulado a la nueva realidad. Así, tras cables, diremos que la Entidad Nacional crimen, se han la reforma del procedimiento abreviado, el de Acreditación (ENAC), conforme a unos ido elaborando juez instructor y el fiscal, aparecen como estándares internacionales (normas ISO), unos protocolos supervisores de la actuación policial, a la acredita que esas normas de actuación de actuación que se encomienda la función de recabar y son correctas y se aplican adecuadamen- internos.“ custodiar las pruebas del delito (Arts. 770.3 te, llevándose a cabo con independencia y 778.3); competencia que ha sido asignada de quién o dónde se realicen, cuando dan directamente cuando se trata del enjuicia- inicio a la cadena de custodia en la Inspec- miento de determinados delitos; y también, ción Ocular Técnico Policial (IOTP), y en las desde la reforma del 2003, la recogida y cus- subsiguientes tres fases en las que se pue- todia de los vestigios y pruebas materiales de dividir su reproducción en la vista oral, del delito (regulación que en el precitado esto es: de forma documental, de forma Art. 326, se encomendaba la juez instruc- gráfica y de forma testifical. tor), se delega en la policía judicial, pero (1) Sentencia 320/2005, de 17 de marzo, de la Au- especialmente aquellas huellas y vestigios diencia Provincial de Gerona. de naturaleza biológica. En definitiva, se ha (2) SSTC 189/1998, de 28 de septiembre; 120/1999, de 28 reforzado la confianza de los jueces en la ac- de junio; 249/2000, de 30 de octubre, 155/2002, de 22 tuación policial y, prueba de ello es cuando, de julio; 209/2002, de 11 de noviembre; 163/2004, de en alguna sentencia, han referido: las cau- 4 de octubre; 145/2005, de 6 de junio; 245/2007 de 10 telas protocolariamente establecidas por la de septiembre; 26/2010, de 27 de abril. policía, señalan que la prueba pericial practi- (3) Sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Na- cada adquiere así una relevante significación, cional de 12 de noviembre de 2009. declarándola plenamente válida y resultando (4) SSTS 179/2006, de 14 de febrero; 355/2006, de 20 de de la misma un valor de prueba de cargo evi- marzo; 949/2006, de 4 de octubre; 968/2006, de 11 dente y suficiente (3). El mismo reconocimiento de octubre; y 1062/2007, de 27 de noviembre. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 18. lUGARES INSÓLITOS: museo criminológico de roma CARLOS J. LÓPEZ GOBERNADO fotografías: www.museocriminologico.it Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 19. Breve historia de los museos criminales En la segunda mitad del siglo XVIII, se afrontó en Europa el problema de la reforma carcelaria. En el caso italiano, los estudios de Cesare Lombro- so, el análisis de los sistemas penitenciarios y las intervenciones para mejorar las condiciones de las prisiones, llevaron a un intenso debate parla- mentario que consiguió la primera reforma de las cárceles del Reino de Italia en 1891. También en este siglo comenzaron a aflorar los museos crimi- nales y de policía científica. En 1873, en la Escuela de Agenti di Custodia (agentes de prisiones), junto a la cárcel romana de Mantellate, se organizó una colección de ob- jetos penitenciarios. Años más tarde, por inicia- tiva de Martino Beltrani Scalia, que llegaría a ser Director General de Prisiones, la colección se am- plió con informes anatómicos, modelos de insti- tuciones penitenciarias y medios de contención. Doce años más tarde, en 1885, se presentó la pri- mera exposición de objetos carcelarios durante el Congreso Penitenciario Internacional de Roma. El Museo de Cesare Lombroso Cesare Lombroso comenzó su colección de crá- neos, esqueletos, cerebros y otros objetos cuan- do ingresó en el cuerpo médico del ejército, a la que fue incorporando cráneos de otros países así como de criminales y enfermos mentales. En 1878 obtuvo la plaza en la cátedra de Medicina Legal de la Universidad de Turín, le ofrecieron dos locales en el convento de San Francesco de Paola que fueron la sede del laboratorio de Medicina Legal y de Psiquiatría Experimental y, por supues- to, de la colección Lombrosiana. El museo Psiquiátrico y Criminológico fue inaugu- rado oficialmente en 1892, aunque ya se realizó una exposición pública con gran afluencia de pú- El Museo Criminológico de Roma blico en la Exposición Nacional de Turín de 1884. Precisamente en el momento de la inauguración En los primeros años del s. XX, la Administración comienza la polémica entre la Dirección General de las Cárceles quiso dar un enfoque divulgativo de las Cárceles y el museo turinés para la adqui- a los resultados obtenidos en el campo del estu- sición del material proveniente de las cárceles y dio del delincuente y de la nueva política peni- oficinas judiciales. El museo de Lombroso obtiene tenciaria, pero la exigencia de dar a conocer los financiación pública en marzo de 1892 y se le reco- resultados de la investigación criminológica al noce públicamente como instrumento de investi- gran público, así como cualquier aspecto relacio- gación científica. Finalmente en 1898 se inauguró nado con la realidad penitenciaria, no se podía en museo de Lombroso ampliado con ocasión del desarrollar, de manera satisfactoria, mediante la I Congreso Nacional de Medicina Legal. publicación de boletines estadísticos. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 20. 20 INCISO Y CONTANTE INCISO Y CONTANTE roberto carro fernández rocafe59@hotmail.com La materia prima para el estudio de la antropo- logía criminal y la medicina legal ya había sido prevista en el Código de Zanardelli, donde se estableció que las cátedras universitarias retira- ran, para fines científicos, partes anatómicas de detenidos fallecidos en las cárceles. El objetivo era finalizar estos estudios y coleccionar no sólo informes anatómicos, sino también documentos de naturaleza variada, testimonios de la vida car- celaria para un proyecto con finalidad científica y/o didáctica. El primer proyecto del museo en Roma lo esta- Este museo fue ubicado en el edificio de una bleció el Director General Alessandro Doria, pero prisión, la Carceri Nuove, en la via Giulia, hasta su no se inauguró hasta el 19 de noviembre de 1931 desmantelamiento en 1968. tras crearlo el ministro Guardasigilli Alfredo Roc- En 1975, el museo cambió de nombre y pasó a co, con el nombre de Museo Criminal de Roma, denominarse Museo Criminológico de Roma, mediante la circular nº 2253, de 26 de junio de con sede en el Palazzo del Gonfalone, que empe- 1930. El museo se articulaba en varias secciones: zó a adaptarse para tal fin desde 1972. La difícil 1. Grandes categorías de delitos. situación que vivía Italia en esa época, con graves problemas de orden público, obligó a la Adminis- 2. istemas de investigación policiales para la S tración Penitenciaria a limitar el acceso al museo búsqueda de pruebas. sólo a visitantes autorizados lo cual conllevó su 3. Ejecución penal. abandono gradual. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 21. INCISO Y CONTANTE Tras, aproximadamente, quince años de clausu- 21 ra, la Administración Penitenciaria recomenzó el proyecto en 1991 y el actual museo se reabrió en febrero de 1994. En su actual disposición, se INCISO Y caracteriza como un museo histórico. La finali- dad científico-didáctica, además de la tutela y conservación, es la difusión de la evolución de CONTANTE roberto carro fernández los antiguos sistemas punitivos, de las corrientes rocafe59@hotmail.com de investigación de la ciencia penitenciaria y cri- minológica en el s. XIX y la primera mitad del s. XX. En el nuevo montaje se propone un recorrido cronológico-descriptivo de las etapas fundamen- tales de la historia de la justicia, de las cárceles y de la criminología. El museo es además sede del archivo fotográfico y del archivo histórico de las cárceles italianas. Las secciones actuales son también tres: 1. La justicia de la Edad Media al s. xix: con ins- 3. El s. XX. Los protagonistas del crimen: el reco- trumentos de tortura, tanto auténticos como re- rrido por esta sección comienza con un gabinete producciones, entre los que se encuentran: argo- de curiosidades del crimen, de diversas cárceles llas de condenados, banco de fustigación, hachas donde se muestran elementos de espionaje, cri- para decapitar, la espada usada para decapitar a men organizado, terrorismo, juegos de azar, hurto Beatrice Cenci en 1599 o la reproducción de la y falsificaciones de obras de arte... Además se ex- Virgen de Núremberg. También se puede hallar pone un área dedicada a los homicidios y a la cróni- la reproducción de una silla de tortura “húngara”, ca de sucesos, como objetos de Antonietta Longo, usada por los inquisidores de los s. XVI y XVII para la decapitata di Castelgndolfo; la pistola de la con- obtener confesiones de brujas. Otros objetos lla- desa Bellentani que asesinó a su amante en 1948; mativos son la capa del verdugo del Papa Giovan las armas de la banda Casaroli o los instrumentos Battista Bugatti o varias guillotinas entre las cua- del asalto de via Osoppo, en Milán, en 1958. les la usada hasta 1869 en la famosa Piazza del Popolo romana. + info: Museo Criminológico de Roma. Via del Gonfalone, 29 - 00186 Roma 2. El s. XIX. La evolución del sistema peniten- www.museocriminologico.it ciario: con los estudios de antropología criminal, las técnicas de policía científica y fragmentos El autor quiere expresar su agradecimiento al Ministerio de la historia de las cárceles. Aquí se puede en- de Justicia italiano y, en especial, a la Dra. Assunta Borzacchiello, directora de la Oficina de Relaciones contrar la copia del cráneo de Giuseppe Villella Externas del Departamento de Administración donde Lombroso descubrió la prueba de la de- Penitenciaria, por su inestimable ayuda y colaboración lincuencia atávica en 1872. El cráneo, el cerebro para la redacción de este artículo. y los escritos del anarquista G. Passannante que atentó contra Umberto I en Nápoles o la pistola de G. Bresci con la que asesinó al citado Rey. Tam- bién se recoge en esta sección el Bertillonaje, la dactiloscopia, la identificación a través de la foto- grafía o las características antropomórficas. En el aspecto penitenciario hay una colección de uni- formes del personal de prisiones, reliquias carce- larias, así como suplementos y adornos. Además se muestran ilustraciones y planimetrías de anti- guas prisiones. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 22. 22 EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y EL CHILD-GROOMING EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SEXUAL Y EL CHILD-GROOMING CHILD-GROOMING PALABRAS CLAVE / KEYWORDS VICTORIANO PANIZO GALENCE Ciber-acoso sexual | Internet | TIC | Agente encubierto Child grooming | Internet | ITC | Undercover RESUMEN / ABSTRACT Desde 2010, el Código Penal español regula el llamado child grooming (ciber-acoso con propósito sexual) en el Art. 183 bis. Aunque la prevención es muy importante, para que los menores, padres y profesores sean conscientes de los riesgos de internet, es necesario que estas conductas tengan una regulación penal y que jueces, fiscales y policías cuenten con los instrumentos adecuados para investigarlas. Since 2010, the Spanish Penal Code regulates the child grooming in Article 183 bis. Although prevention is very important for children, parents and teachers are aware of the risks of Internet, it is necessary that these behaviors are criminal regulation and judges, attornies and policemen have the appropriate means to investigate them. AUTORÍA DEL ARTÍCULO Victoriano Panizo Galende Inspector del CNP | Jefe del Grupo de Investigación Tecnológica de la Jefatura Superior de Policía de Castilla y León victoriano.panizo@dgp.mir.es Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 23. EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y EL CHILD-GROOMING 23 “Los menores 1.INTRODUCCIÓN una formación especializada y conti- delincuentes no nua. El Cuerpo Nacional de Policía, la son elementos El desarrollo de las Tecnologías de la In- Guardia Civil y las Policías Autonómicas extraños a la formación y de la Comunicación (TIC), cuentas con unidades de este tipo. humanidad ni principalmente internet, ha supuesto una · sido necesario especializar y for- Ha están separados auténtica revolución para la humanidad mar a jueces, magistrados y fiscales de ella.” aportándonos numerosos beneficios, co- en este tipo de delitos; de modo que, nocidos por todos; sin embargo, también en cada provincia se ha formado a un han supuesto importantes ventajas para fiscal especializado que es coordinado los delincuentes, ya que internet les ha por el fiscal de sala del Tribunal Supre- dado la posibilidad de perpetrar acciones mo, delegado en materia de delitos in- criminales a cientos de kilómetros, pudien- formáticos y que depende directamen- do utilizar identidades supuestas, técnicas te del fiscal general del Estado. de navegación anónima y todo ello con el fin de dificultar su identificación. · También es preciso que todos los ope- radores que luchan en el día a día con- Internet también ha traído la aparición tra la delincuencia (jueces, fiscales y po- de nuevas conductas ilícitas que, por su licías) cuenten con los instrumentos gravedad, merecen un reproche penal y necesarios para enfrentarse a este que no estaban recogidas como tales en nuevo tipo de delitos y delincuentes. nuestra legislación: intrusiones ilegales en Es imprescindible mejorar y hacer más sistemas informáticos, daños informáticos, ágil la cooperación judicial y policial in- ataques de denegación de servicio, estafas ternacional y utilizar herramientas que utilizando las nuevas tecnologías (phising, se han demostrado eficaces en la inves- pharming, clonación tarjetas bancarias...), tigación, como por ejemplo la utiliza- distribución de pornografía infantil, cibe- ción de agentes encubiertos a través racoso... Todo ello supone un auténtico de internet. reto para las autoridades de los diferentes países del mundo, que deben: De las distintas tipologías delictivas que se producen a través de internet, las · Adaptar sus legislaciones para dar ca- que nos producen un mayor rechazo so- bida a estos nuevos ilícitos penales: en cial son aquéllas en las que son víctimas España, la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de menores de edad. Dentro de este tipo de junio, de reforma del Código Penal tipi- delitos destacan la distribución de porno- ficó, entre otras figuras, el llamado child grafía infantil, el ciber-bulling (que consis- grooming (Art. 183 bis), el acceso ilegal te en utilizar las TIC para ejercer un acoso a sistemas informáticos (Art. 197.3), las psicológico entre iguales; en este caso estafas utilizando las nuevas tecnologías menores) y el ciber-acoso con intención (Art. 248.2) y daños informáticos en sus sexual de un adulto a menores que pro- distintas vertientes (Art. 264). duce una honda preocupación entre los · Crear unidades policiales especiali- padres por las consecuencias que tienen zadas en la investigación de delitos para las víctimas y que va a ser objeto de tecnológicos que deben contar con análisis en el presente artículo. Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 24. 24 EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y EL CHILD-GROOMING 2. CONCEPTO Y FASES DEL CIBER-ACOSO enviándole incluso imágenes de un “En España, no se menor que haya conseguido en la Red está regulando CON INTENCIÓN SEXUAL que responda a dichas características; el ciber-acoso 2.1. CONCEPTO es decir, lleva a cabo una estrategia con propósito preconcebida con el fin de ganarse su sexual en toda su Podemos definir el ciber-acoso con in- extensión, sino confianza poco a poco. tención sexual como aquellas acciones que el legislador preconcebidas que lleva a cabo un adulto a · Sexo virtual: consigue, en el transcur- ha optado por través de Internet para ganarse la confianza so de dicha relación, que el menor le criminalizar de un menor de edad y obtener su propia envíe alguna fotografía comprometida, únicamente satisfacción sexual mediante imágenes eró- logrando que encienda la web-cam, los actos ticas o pornográficas que consigue del me- pose denudo... preparatorios; es nor, pudiendo llegar incluso a concertar un decir las primeras · Ciberacoso: si el menor no accede a encuentro físico y abusar sexualmente de él. fases y siempre sus pretensiones sexuales, el ciber- 2.2. FASES acosador le amenaza con difundir la que la víctima imagen que le haya capturado con sea menor de · ontacto y acercamiento: el ciberaco- C 13 años.” mayor carga sexual a través de internet sador contacta con un menor a través (YouTube...) y/o enviarla a los contactos de internet (Messenger, chat o redes personales del menor. sociales frecuentadas por menores). Finge ser alguien atractivo para el me- · Abuso-agresiones sexuales: ante las nor (otro menor de edad similar, buen amenazas del ciberacosador, el menor parecido físico, gustos similares...), accede a todos sus caprichos sexuales, Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.
  • 25. EL CIBER-ACOSO CON INTENCIÓN SExUAL Y EL CHILD-GROOMING 25 llegando incluso, en algún caso, a con- actos materiales encaminados al acerca- tactar físicamente con el menor y abu- miento, será castigado con la pena de uno a sar sexualmente de él. tres años de prisión o multa de doce a vein- ticuatro meses, sin perjuicio de las penas 3.REGULACION EN EL correspondientes a los delitos en su caso CÓDIGO PENAL ESPAÑOL cometidos. Las penas se impondrán en su La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, mitad superior cuando el acercamiento se que modificó el Código Penal, introdujo obtenga mediante coacción, intimidación el Art. 183 bis que tipifica el llamado inter- o engaño. nacionalmente child grooming, atendien- Su contenido, en relación con el Dere- do a lo recomendado por el Convenio del cho Comparado (ya que algunos países Consejo de Europa sobre la protección de nuestro entorno han dado cabida en de niños contra la explotación sexual y el su legislación penal a este tipo de con- abuso sexual de 25 de octubre del 2007, ductas) es el siguiente: que en su Art. 23 establecía la necesidad · ujeto Activo: puede ser cualquier S de tipificar como delito las proposiciones persona responsable penalmente al a niños con contenido sexual a través de introducirse en el precepto el que..., las tecnologías de la información y comu- pudiendo ser sujeto activo no sólo un nicación. adulto sino incluso un menor con edad En la exposición de motivos de dicha comprendida entre los 14 y 18 años. Ley Orgánica, el legislador español justifi- Aunque, lógicamente, al tratarse de un ca la introducción del Art. 183 bis en que menor de edad no respondería con las la extensión de la utilización de Internet y de penas previstas en el Art. 183.bis sino las Tecnologías de la Información con fines que le sería de aplicación alguna de las sexuales contra menores ha evidenciado la medidas previstas en la Ley Orgánica necesidad de castigar penalmente las con- 5/2000, norma aplicable para exigir la ductas que una persona adulta desarrolla responsabilidad de las personas mayo- a través de tales medios para ganarse la res de 14 años y menores de 18 por la confianza de menores, con el fin de concer- comisión de hechos tipificados como tar encuentros para obtener concesiones de delitos o faltas en el Código Penal o índole sexual. en las Leyes penales especiales. Choca está posibilidad con la argumentación Este nuevo Art. 183.bis del Código utilizada por el legislador en la expo- Penal ha quedado configurado de la si- sición de motivos de la Ley Orgánica guiente forma: El que a través de Internet, 5/2010, pero si hubiera querido crimi- del teléfono o de cualquier otra tecnología nalizar únicamente la conducta de un de la información y la comunicación con- adulto tendría que haberlo contempla- tacte con un menor de trece años y propon- do de forma específica, tal y como ha ga concertar un encuentro con el mismo sucedido en otros países (1). a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 a 183 y 189, · ujeto Pasivo: el menor de 13 años S siempre que tal propuesta se acompañe de que ve afectada su indemnidad Por cortesía de QdC para EL INVESTIGADOR.