SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 25
1
COLEGIO DE BACHILLERES
PLANTEL 1 “EL ROSARIO”
NOMBRE DEL ALUMNO:
TÉLLEZ ARAUJO ANA MARGARITA
RAMIREZ GARCIA MA. GUADALUPE
TITULO DEL TRABAJO
“DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DE LOS ADOLESCENTES”
MATERIA:
TEC. DE LA INF. Y COMUNICACIÓN II
EQUIPO:
05
2
¿Qué son los derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes?........
¿Cuál es el alcance de los derechos sexuales?..................................................
¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?............................................
Los derechos sexuales se apoyan básicamente…………………………………..
Los derechos sexuales implican……………………………………………………..
Los derechos reproductivos se apoyan en dos principios fundamentales…..
Los derechos reproductivos implican específicamente………………………….
Educación………………………………………………………………………………....
El Derecho de las y los Adolescentes a no Sufrir Violencia…………………….
Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos…………………………………..
Personas jóvenes del mundo sexualmente activas……………………………….
Dentro del matrimonio………………………………………………………………….
Los Derechos de las y los Adolescentes Relacionados con el Matrimonio….
Vinculando el Derecho a Consentir al Matrimonio y a la Igualdad dentro del Matrimonio
Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos…………..
la libertad sexual y reproductiva
componentes de la sexualidad
funciones de la sexualidad
capacidad de los menores de capacidad de los menores de tomar decisiones sobre su salu
y reproductiva
leyes sobre salud sexual y reproductiva
El secreto profesional en el tratamiento médico a adolescentes sexual y reproductivo
El entorno de las decisiones tomadas por personas adolescentes: el caso de la salud s
reproductiva
EL ENTORNO DE LAS DECISIONES TOMADAS POR PERSONAS ADOLESCENTES: E
3
DE LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
LAS DECISIONES DE ADOLESCENTES EN LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
MITOS EN LA VIVENCIA DE LA SEXUALIDAD
CAMPAÑAS AL APOYO DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
REFERENCIAS
4
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LOS
ADOLESCENTES
¿QUE SON LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LOS
ADOLESCENTES?
Los derechos sexuales y derechos
reproductivos son de conceptualización
reciente y son los mismos derechos
humanos interpretados desde la sexualidad
y desde la reproducción.
Se ha dicho que los derechos sexuales y
derechos reproductivos son los más
humanos de todos los derechos y
representan el pilar fundamental para el
ejercicio de la ciudadanía, entendida más
allá de la simple posibilidad de tomar
decisiones en el ámbito público (elegir y ser
elegido); ya que implica la posibilidad de
mujeres y hombres de tomar decisiones
autónomas sobre su propio cuerpo y vida en los campos de la sexualidad y la
reproducción.
¿Cuál es el alcance de los derechos sexuales?
Puede decirse que son aquellos que permiten regular y tener control autónomo y
responsable sobre todas las cuestiones relativas a la sexualidad, sin ningún tipo de
coacción, violencia, discriminación, enfermedad o dolencia.
Para las mujeres los derechos sexuales tienen un especial significado, pues
involucran el derecho a ser tratadas como personas integrales y no como seres
exclusivamente reproductivos y a ejercer la sexualidad de manera placentera sin que
ésta conlleve necesariamente un embarazo.
¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?
Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la
posibilidad de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información
y medios para ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud
reproductiva que garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no
deseados y la prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el
cáncer de útero, mamas y próstata.
5
Los derechos sexuales se apoyan básicamente en:
 La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales
satisfactorias.
 La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.
 El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las
infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la
sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.
 La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción.
Los derechos sexuales implican:
 El derecho a reconocerse como seres sexuados.
 El derecho a fortalecer la autoestima y autonomía para adoptar decisiones
sobre la sexualidad.
 El derecho a explorar y a disfrutar de una vida sexual placentera, sin
vergüenza, miedos, temores, prejuicios, inhibiciones, culpas, creencias
infundadas y otros factores que impidan la libre expresión de los derechos
sexuales y la plenitud del placer sexual.
 El derecho a vivir la sexualidad sin violencia, coacción, abuso, explotación o
acoso.
 El derecho a escoger las y los compañeros sexuales.
 El derecho al pleno respeto por la integridad física del cuerpo y sus
expresiones sexuales.
 El derecho a decidir si se quiere iniciar la vida sexual o no, o si se quiere ser
sexualmente activa/o no.
 El derecho a tener relaciones sexuales consensuadas.
 El derecho a decidir libremente si se contrae matrimonio, se convive con la
pareja o si permanece sola/o.
 El derecho a expresar libre y autónomamente la orientación sexual.
 El derecho a protegerse del embarazo y de las infecciones y enfermedades de
transmisión sexual.
 El derecho a tener acceso a servicios de salud sexual de calidad.
 El derecho a tener información sobre todos los aspectos relacionados con la
sexualidad, conocer cómo funciona el aparato reproductor femenino y
masculino y cuáles son las infecciones y enfermedades que se pueden adquirir
a través de las relaciones sexuales.
6
Los derechos reproductivos se apoyan en dos principios fundamentales:
 Autodeterminación reproductiva, entendida como el derecho básico de todas
las personas de decidir sobre su posibilidad de procrear o no, y en ese sentido
planear su propia familia.
 Atención de la salud
reproductiva, que incluye
medidas para promover una
maternidad sin riesgos,
tratamientos de infertilidad,
acceso a toda la gama de
métodos anticonceptivos
(incluyendo la anticoncepción de
emergencia) y programas de
atención de cáncer uterino, de
mamas y próstata.
Los derechos reproductivos implican específicamente:
 El derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos y el intervalo
entre ellos, y a disponer de la información, educación y medios para lograrlo.
 El derecho de hombres y mujeres de decidir de manera libre y responsable la
posibilidad de ser padres o madres.
 El derecho a decidir libremente el tipo de familia que se quiere formar.
 El derecho a acceder a métodos anticonceptivos seguros, aceptables y
eficaces (incluyendo la anticoncepción de emergencia).
 El derecho de las mujeres a no sufrir discriminaciones o tratos desiguales por
razón del embarazo o maternidad, en el estudio, trabajo y dentro de la familia.
 El derecho a tener acceso a servicios de salud y atención médica que
garanticen una maternidad segura, libre de riesgos en los periodos de
gestación, parto y lactancia y se brinde las máximas posibilidades de tener
hijos sanos.
 El derecho a contar con servicios educativos e información para garantizar la
autonomía reproductiva.
7
EDUCACION
Las actividades educativas con adolescentes son una oportunidad para que ellos y
ellas reciban información confiable y veraz, y al tiempo que les permitan aclarar sus
dudas sobre los temas relativos a la salud sexual, como:
 Los cambios puberales
 El ciclo menstrual
 Las relaciones sexuales
 Las infecciones de transmisión sexual (ITS)
 El embarazo en la
adolescencia
 Los métodos anticonceptivos
Las actividades educativas se refieren
a: plática, curso-taller y foros.
A continuación se describen las
principales características de estas
modalidades:
- Plática o Charla: Se trata de un
diálogo sencillo entre el educador y
los adolescentes para brindar
conocimientos sobre algún tema. Se
recomienda detectar las necesidades
de información para identificar si el
grupo requiere una sola plática o
varias. El tiempo promedio de una
charla comprende de 40 a 60
minutos. Es probable que al concluir la plática las o los adolescentes se acerquen con
el médico, la enfermera o la trabajadora social para solicitar alguna orientación
individual. En estos casos deberán ser canalizados a una sesión de consejería.
- Curso-taller: La característica más importante de esta actividad es que combina
tres elementos: la adquisición de conocimientos sobre un tema, el desarrollo de
habilidades y prácticas, así como la revisión de actitudes. El tamaño ideal de un grupo
es de 15 a 30 personas y de acuerdo con los objetivos del curso-taller se determina
su duración. Un parámetro útil es de 24 a 40 horas.
- Foros: El foro es una reunión cuyo propósito es el de compartir información,
experiencias o resultados sobre algún tema o evento. Un foro puede reunir una mayor
cantidad de participantes, que una plática o curso-taller; generalmente reúne a grupos
de 100 a 300 personas. El tiempo promedio de duración puede ser de uno a tres días.
8
El Derecho de las y los Adolescentes a no Sufrir Violencia
La violencia tiene implicaciones especiales para los derechos humanos de las y los
adolescentes, al igual que para las mujeres. Sin embargo, los y las adolescentes son
aún más vulnerables a la violencia especialmente por parte de miembros de la familia,
profesores y padres.
Debido a su edad o su relación con los agresores, suelen tener menos capacidad
para buscar protección a través de sistemas judiciales. La violencia también afecta la
capacidad de las y los adolescentes para disfrutar sus derechos sexuales y derechos
reproductivos.
Lamentablemente, las relaciones sexuales para muchos adolescentes no son
consensuadas y con frecuencia carecen de destrezas para la vida y la fuerza
necesaria para rechazar relaciones sexuales no deseadas, especialmente si el
agresor es un miembro de la familia u otra persona mayor. Entre 1/3 y 2/3 de las
víctimas de violación en el mundo tienen 15 años o menos 47.
Reconociendo la vulnerabilidad adicional de los y las adolescentes a la violencia, la
Convención de los Derechos del Niño provee fuerte protección para el derecho del
niño a no sufrir violencia y establece las obligaciones de los gobiernos para prevenirla.
Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos
En nuestro país existe la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las y los
jóvenes, es producto de un esfuerzo conjunto de
diversas organizaciones de la sociedad civil y de la
Comisión Nacional de Derechos Humanos y
basada en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como
diversos instrumentos internacionales y enmarca
los siguientes derechos:
 Derecho a decidir de forma libre sobre mi
cuerpo y mi sexualidad.
 Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual.
 Derecho a manifestar públicamente mis afectos.
 Derecho a decidir con quién compartir mi vida sexual y mi sexualidad.
 Derecho al respeto de mi intimidad y mi vida privada.
 Derechos a vivir libre de violencia sexual.
 Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.
 Derecho a la libertad reproductiva.
 Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.
 Derecho a vivir libre de toda discriminación.
 Derecho a la educación sexual.
 Derecho a los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.
9
 Derecho a la participación en las políticas sobre sexualidad.
Ejercer la sexualidad en forma impulsiva y sin información puede desencadenar un
embarazo no deseado en la adolescencia, o el contagio de infecciones de transmisión
sexual o consecuencias de tipo social o escolar.
Debido a que los derechos sexuales y derechos reproductivos son derechos
humanos, los cuales se aplican a todas las personas, también se aplican a la gente
joven. Sin embargo, el derecho internacional reconoce limitaciones para los derechos
de las y los menores de 18 años, así como también reconoce el derecho de los
padres a tomar decisiones que conciernen al bienestar de los menores a su cargo.
Debido a esto, definir los derechos de las y los adolescentes puede ser complicado,
especialmente en el área de los derechos sexuales y derechos reproductivos, los
cuales son aún muy controversiales. La Convención sobre los Derechos del Niño, que
entró en vigencia en 1990 y se aplica a todas aquellas personas menores de 18 años,
indica que a pesar de que los padres tienen el derecho a tomar decisiones sobre el
bienestar de sus hijos e hijas, estos derechos están balanceados por la evolución de
las capacidades de sus hijos e hijas en la toma de estas decisiones; y los derechos de
los padres no son absolutos. La Convención establece que el interés superior del
niño debe prevalecer. El Comité de Derechos del Niño se encarga de monitorear la
implementación de la Convención, así como de interpretarla para los gobiernos, para
lo cual ha delimitado un enfoque basado en derechos, para equilibrar los derechos de
las y los adolescentes con los de sus padres en relación a la salud sexual y
reproductiva. De acuerdo con la Recomendación General sobre La Salud y Desarrollo
de las y los Adolescentes, el Comité establece que el rol de los padres es el de:
7.- cumplir cuidadosamente con sus derechos y obligaciones de proporcionar dirección
y orientación al niño en el ejercicio por estos últimos de sus derechos. Tienen la
obligación de tener en cuenta las opiniones de los adolescentes, de acuerdo con su
edad y madurez y proporcionarles un entorno seguro y propicio en el que el
adolescente pueda desarrollarse. Los adolescentes necesitan que los miembros de su
entorno familiar les reconozcan como titulares activos de derecho que tienen capacidad
para convertirse en ciudadanos responsables y de pleno derecho cuando se les facilita
la orientación y dirección adecuadas.
8.- También es fundamental en la realización de los derechos del niño a la salud y el
desarrollo, el derecho a expresar su opinión libremente y a que se tengan
debidamente en cuenta sus opiniones (art. 12). Los Estados Partes necesitan tener la
seguridad de que se da a los adolescentes una posibilidad genuina de expresar sus
opiniones libremente en todos los asuntos que le afectan, especialmente en el seno
de la familia, en la escuela y en sus respectivas comunidades. Para que los
adolescentes puedan ejercer debidamente y con seguridad este derecho las
autoridades públicas, los padres y cualesquiera otros adultos que trabajen con los
niños o en favor de éstos necesitan crear un entorno basado en la confianza, el
compartir la información, la capacidad de escuchar toda opinión razonable que lleve a
10
participar a los adolescentes en condiciones de igualdad, inclusive la adopción de
decisiones. Esta posición también está reflejada en el Programa de Acción de la CIPD
que indica que, si bien los padres tienen la responsabilidad de guiar las decisiones de
las/los adolescentes, no tienen el derecho absoluto a tomar decisiones sobre sus
vidas o su salud. Se enfatiza que los derechos de los padres deben equilibrarse con
los derechos de los y las adolescentes al más alto nivel posible de salud, privacidad,
confidencialidad, educación y consentimiento informado. También insta a que se
eliminen los obstáculos sociales y legales al acceso de las y los adolescentes a los
servicios de salud reproductiva
Personas jóvenes del mundo sexualmente activas
La mayoría de las personas jóvenes del mundo son sexualmente activas cuando
alcanzan los 18 años, incluso antes. Sin embargo, en la mayoría de los países la
sexualidad de la gente joven es un tema tabú, creando un ambiente donde se ve
nuestra sexualidad como algo negativo que debe reprimirse. Como resultado, la gente
joven enfrenta grandes barreras para acceder a información, educación y servicios de
salud sexual y reproductiva que sean oportunos, integrales y libres de prejuicios. Al
mismo tiempo, los embarazos en adolescentes, las infecciones de transmisión sexual
(ITS) incluyendo el VIH/SIDA, y otros problemas de salud sexual y reproductiva, son
una importante amenaza para el desarrollo personal, la salud y la vida. La realidad es
que la sexualidad juega un papel importante en la vida de las personas jóvenes. Para
asegurarnos de que también sea una parte saludable de la vida, es vital que
tengamos la información, educación y servicios que necesitamos para tomar
decisiones informadas sobre sexualidad y reproducción. De hecho, es nuestro
derecho como seres humanos. Como personas jóvenes, creemos que conocer
nuestros derechos sexuales y derechos reproductivos e incidir ante los gobiernos para
que cumplan su obligación de promoverlos y protegerlos es un paso importante para
asegurarnos de que, en todas partes, la gente joven tenga acceso a información,
educación y servicios de salud sexual y reproductiva amigables con la juventud. Esta
guía tiene el propósito de:
 Hacer una revisión de los derechos sexuales y derechos reproductivos que
están protegidos por los tratados internacionales y regionales de derechos
humanos, así como por otros acuerdos
 Mostrar cómo estos derechos se aplican a las y los adolescentes y jóvenes; y
Discutir formas en las que la gente joven puede abogar por sus derechos
sexuales y derechos reproductivos dentro de sus países, regiones, y a nivel
global.
11
Dentro del matrimonio
El derecho a aceptar casarse y a la igualdad dentro del matrimonio es uno de los
principios humanos más antiguos. Se basa en el reconocimiento de que ningún
individuo debería ser forzado a casarse en contra de su voluntad y que debe
respetarse su auto-determinación y libertad.
También tiene una especial importancia histórica: fue específicamente incluido en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 para contrarrestar las
prácticas perjudiciales del matrimonio precoz y forzado.
Hoy en día, sin embargo, los matrimonios precoces y forzados siguen practicándose
en muchos países, se siguen violando los derechos de las mujeres y haciéndolas
vulnerables a numerosos riesgos de salud reproductiva. La desigualdad de género
dentro del matrimonio sigue siendo un problema.
En algunos casos las relaciones de poder tradicionales de género dentro del
matrimonio todavía restringen la libertad de las mujeres y su poder de tomar
decisiones; en otros casos, la desigualdad de género es respaldada por leyes que
niegan a las mujeres el derecho a divorciarse, el derecho a viajar o a buscar servicios
de salud sin el consentimiento de su esposo, o el derecho a que sus hijos tengan su
misma nacionalidad si su esposo es de una nacionalidad diferente.
El derecho a consentir el matrimonio y a la igualdad dentro del matrimonio es
protegido por la mayor parte de tratados de derechos humanos. Sin embargo la mayor
medida de protección
para estos derechos
viene del artículo 16
de la Convención
CEDAW, la cual va
más allá que otros
tratados de derechos
humanos al
especificar que los
derechos, roles y
responsabilidades de
ambas partes son
iguales en un
matrimonio.
12
Los Derechos de las y los Adolescentes Relacionados con el Matrimonio
Este derecho es especialmente importante para las adolescentes, porque están
sujetas con mayor frecuencia a matrimonios precoces y forzados. De hecho, el Fondo
de las Naciones Unidas para la Población (UNFPA por sus siglas en Ingles), estima
que 82 millones de niñas en los países en desarrollo, quienes actualmente se
encuentran entre las edades de 10 y 17 años, estarán casadas al cumplir los 18 años,
frecuentemente en contra de su voluntad.
Las adolescentes casadas constituyen la mayor parte de chicas adolescentes
sexualmente activas en los países en desarrollo y tienen menos probabilidades de
continuar su educación y tener un medio de subsistencia sostenible; tienen mayores
probabilidades de tener hijos tempranamente y sin espaciamiento, lo que lleva a tasas
más altas de complicaciones en el parto y nacimiento; también es menos probable
que tengan el poder necesario para negociar prácticas sexuales seguras con sus
esposos, lo cual las hace vulnerables a las infecciones de transmisión sexual,
incluyendo el VIH/ SIDA.
Consecuentemente, el matrimonio precoz no solamente viola sus derechos a
consentir casarse y a la igualdad dentro del matrimonio, también viola muchos de sus
derechos económicos, sociales, civiles y políticos, incluyendo sus derechos a la
educación, trabajo, participación en la toma de decisiones, a la salud en general y a la
salud reproductiva.
La Convención de los Derechos del Niño no discute específicamente los derechos de
los adolescentes dentro del matrimonio. Sin embargo, en el Comentario General 4
sobre Salud Adolescente, el Comité de los Derechos del Niño “recomienda
fuertemente que los Estados Parte revisen y, donde fuera necesario, reformen su
legislación y prácticas para incrementar la edad mínima de matrimonio con y sin el
consentimiento de los padres, a los 18 años de edad, tanto para niñas como para
niños.” Al hacer esta recomendación, el Comité relaciona el matrimonio precoz con
violaciones de sus derechos sexuales y derechos reproductivos.
La Carta Africana sobre los Derechos de los Niños también establece que la edad
mínima legal para contraer matrimonio debería ser 18 años, y solicita a los países que
prohíban el matrimonio precoz y los esponsales de niños. La Convención CEDAW
específica que “el matrimonio de un niño no deberá tener efectos legales,” y que los
gobiernos deberían establecer legalmente una edad mínima para contraer matrimonio
al igual que exigir que todos los matrimonios sean registrados. En la Recomendación
General 21 sobre Igualdad en el Matrimonio y Relaciones Familiares, el Comité
CEDAW establece que la edad mínima debería ser de 18 años, tanto para hombres
como para mujeres. Adicionalmente, el Comité de Derechos Humanos ha declarado
13
que la edad mínima para el matrimonio debería ser definida por el Estado en base a
criterios equitativos para hombres y mujeres, y que estos criterios deberían asegurar
la capacidad de las mujeres para tomar una decisión informada y no coaccionada.
Vinculando el Derecho a Consentir al Matrimonio y a la Igualdad dentro del
Matrimonio con los Derechos Sexuales y
Derechos Reproductivos
“Preocupa al Comité que los matrimonios y
embarazos precoces constituyan un importante
factor en los problemas sanitarios relacionados con
la salud sexual y reproductiva, con inclusión del
VIH/SIDA. En varios Estados Partes siguen siendo
todavía muy bajas tanto la edad mínima legal para
el matrimonio como la edad efectiva de celebración
del matrimonio, especialmente en el caso de las
niñas. Estas preocupaciones no siempre están
relacionadas con la salud, ya que los niños que
contraen matrimonio, especialmente las niñas se
ven frecuentemente obligadas a abandonar la enseñanza y quedan al margen de las
actividades sociales. Además, en algunos Estados Partes los niños casados se
consideran legalmente adultos aunque tengan menos de 18 años, privándoles de
todas las medidas
especiales de
protección a que tienen
derecho en virtud de la
Convención. El Comité
recomienda
firmemente que los
Estados Partes
examinen y, cuando
sea necesario,
reformen sus leyes y
prácticas para
aumentar la edad
mínima para el
matrimonio, con o sin
acuerdo de los padres,
a los 18 años tanto
para las chicas como
para los chicos”
14
LA LIBERTAD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
En México, uno de los derechos básicos es la libertad. ¿La libertad de hacer
qué? Todo, salvo que exista una razón válida –constitucionalmente justificada para
limitarla. Ésta es la estructura de todos los derechos humanos: le permiten a las
personas actuar, con límites. Ningún derecho es absoluto. Lo radical del régimen de
los derechos humanos es que obliga a quien pretende restringir un derecho a justificar
esa restricción. No es válido limitar el ejercicio de un derecho simplemente porque
se cree que es necesario; porque se asume que, de lo contrario, se produciría un
daño; se tiene que comprobar que la restricción es necesaria para salvaguardar algún
otro derecho humano o valor constitucional. Se tiene que comprobar que, de todas las
medidas analizadas, la restricción propuesta es la
mejor vía para lograr el cometido, garantizando
resultados y minimizando los daños. Esto
es clave para entender por qué mucho del
pánico suscitado por los derechos sexuales y
reproductivos de los niños y niñas no tiene
sustento: tener un derecho no significa que su
ejercicio no puede ser limitado; sólo significa
que se tiene que justificar extremadamente
bien esa restricción. Que los niños y niñas tengan
libertad sexual no significa que no existan
razones para limitar con quién puede tener sexo; específicamente, reconocer la
libertad sexual de los niños y niñas no significa que no se pueden prohibir las
relaciones sexuales entre niños y adultos. Lo importante es recalcar que esta
prohibición que actualmente se encuentra en todos los códigos penales de los
estados y de la federación y que NADIE está proponiendo erradicar (no, la ley que se
discute no busca legalizar el sexo entre niños y adultos) se sostiene porque existen
razones de peso que la sustentan.
¿Qué cubre esta libertad? “el derecho al libre desarrollo de la personalidad,
comprende, entre otras, la libertad de contraer matrimonio o no hacerlo; de procrear
hijos y cuántos, así como en qué momento de su vida, o bien, decidir no tenerlos; de
escoger su apariencia personal; su profesión o actividad laboral; y, por supuesto, la
libre opción sexual, pues todos estos aspectos, evidentemente, son parte de la
manera en que el individuo desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo él
puede decidir en forma autónoma”.
15
COMPONENTES DE LA SEXUALIDAD
La identidad sexual se caracteriza por el sentimiento de pertenencia hacia el sexo
biológico, es dada por la convicción personal de sentirse hombre o mujer,
propiamente dicho. Al existir una coherencia entre la identidad sexual y el sexo, se
presenta la identidad de género que no es otra cosa que identificarse con los
elementos propios del sexo designado. Considerándose a esta como la expresión
privada del género. Estos dos elementos son de carácter cognitivo, centrados
directamente en el pensamiento del individuo.
En función de la correlación que exista entre las cogniciones del individuo se
desarrolló una atracción constante hacia otra persona en el plano emotivo romántico,
sexual o afectivo, que se denomina orientación sexual, por medio de la cual el sujeto
tiende a adaptarse a un conjunto de fenómenos sexuales o actividades vinculadas a
la satisfacción sexual.
El Factor social guarda estrecha relación con el desarrollo de la sexualidad ya que
está vinculada con los componentes sociales que delinean y estructuran los patrones
de comportamiento en el individuo, en este caso el comportamiento sexual.
El medio social influye principalmente en la formación de dos estructuras íntimamente
vinculadas con el factor biológico y el psicológico de la sexualidad, estas estructuras
son el género y el rol de género.
El género es un elemento fundamental de las relaciones sociales; siendo una
construcción social que supone un conjunto de acuerdos tácticos o explícitos
elaborados por una comunidad determinada en un momento histórico que incluye
fenómenos de enseñanza y aprendizaje.
16
FUNCIONES DE LA SEXUALIDAD
Como la sexualidad hace parte de todos los seres humanos, debemos saber que
esta, cumple tres funciones que no se pueden separar y se deben considerar de
forma integral:
La sexualidad es placentera
Las relaciones sexuales son una de las diversas formas en que los seres humanos
experimentamos el placer, así como realizar un deporte, comer algo sabroso, admirar
un paisaje, bailar, conversar con alguien, jugar, estudiar, explorar la naturaleza, entre
otros. Ninguna manera de obtener placer es más importante que otra y todas son
vitales para desarrollarnos como personas.
Tener relaciones sexuales no se limita a tener una relación coital, es decir, una
relación en la que únicamente haya penetración, por el contrario hay muchas formas
de disfrutar una relación sexual no penetrativa; los besos, las caricias, los abrazos, la
exploración de los cuerpos son algunas de las manifestaciones que pueden
enriquecerlas.
Cada persona es responsable y dueña de su propio placer, pero no puede obligar a
otra a realizar algo que no quiere.
La sexualidad como función reproductiva
A través del contacto genital es posible que hombres y mujeres se reproduzcan. Por
eso, cuando una pareja heterosexual tiene una relación sexual coital, la pareja debe
ser consciente de la posibilidad de un embarazo y en consecuencia, puede decidir si
desea o no tener hijos/as en ese momento de su vida o si desea planificar y usar
métodos anticonceptivos que les permitan regular su fecundidad.
En efecto, todas las parejas tienen la opción de decidir si quieren ser padres o madres
y en qué momento. Tanto hombres como mujeres, de todas las edades, tienen
derecho a usar métodos de planificación familiar, con el fin de decidir sobre su
paternidad o maternidad.
La sexualidad como comunicación
Gracias a la función comunicativa de la sexualidad, es posible que como personas
expresemos nuestros sentimientos, deseos, valores y lo que pensamos de
nosotros/as mismos/as. En lo que tiene que ver con la genitalidad, la comunicación es
muy importante, puesto que a través de ella podemos expresar lo que estamos
sintiendo y lo que siente la otra(s) persona(s).
Cuando se tiene una adecuada comunicación, respetamos la decisión de la otra
persona y por lo tanto se establecen relaciones libres de opresión, coerción y
violencia
17
CAPACIDAD DE LOS MENORES DE CAPACIDAD DE LOS MENORES DE
TOMAR DECISIONES SOBRE SU SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Con frecuencia, los menores se enfrentan a múltiples barreras cuando quieren decidir
sobre su salud sexual y reproductiva y necesitan acceder a los servicios de salud. En
primer lugar, deben enfrentar las mismas barreras que los adultos, las cuales en su
caso se acentúan debido a que, por ser menores, están en una situación de mayor
desprotección frente al sistema de salud, y porque no siempre gozan de una
titularidad para acceder a los servicios.
Si bien hay varias perspectivas desde las que se puede abordar o definir la minoría de
edad (sicológica, antropológica, sociológica, legal), y varias definiciones de la misma,
la relevante para efectos de estudiar el consentimiento informado es la definición de
minoría de edad que impone límites desde lo legal a la capacidad plena de decidir, es
decir, la edad de minoría de edad establecida por norma.
Estas barreras, comunes a las de la población adulta, pueden ser de diferentes tipos:
• De acceso (concentración de la oferta en las zonas urbanas, ausencia de servicios
integrales, horarios de atención reducidos).
• Cualitativas y relacionadas con el ejercicio de los derechos (falta de privacidad en
los servicios, ausencia de garantía de la confidencialidad, solicitud de consentimiento
de terceros, oferta de información deficiente, falta de calidez en la atención).
• Financieras (falta de recursos para acceder a los servicios)
• Administrativas (requisitos adicionales a los contenidos en las normas que retrasan
el acceso a procedimientos, falta de certidumbre sobre las condiciones para acceder a
servicios).
La garantía del consentimiento informado de las/los
menores es un mecanismo que contribuye a la
protección de los derechos sexuales y reproductivos,
pues por su estructura conceptual implica tanto el
acceso a información completa, veraz y oportuna, como
la adopción de decisiones autónomas y su seguimiento
por parte de los prestadores de servicios. En este
sentido, deber ser un mecanismo para enfrentar las
barreras en los servicios de salud sexual y reproductiva
lo mismo que para acercar a las/los menores al acceso
efectivo a los servicios que requieren o solicitan.
18
LEYES SOBRE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Es posible afirmar que en los países en estudio existe un manejo regulatorio similar
en cuanto al consentimiento sexual de los y las adolescentes y la protección penal en
el tratamiento de delitos sexuales. Sin embargo, sí se advierten claras diferencias es
la relación entre las normas penales y las normas administrativas, legales, o guías
técnicas que se refieren a la capacidad de los adolescentes para consentir en las
acciones y servicios de salud. Estas no siempre son claras y pueden acarrear
problemas de interpretación e y de asimilación de un corpus normativo heterogéneo y
fragmentado, lo cual es muy patente en las acciones de salud que requieren
intervenciones más invasivas o quirúrgicas, como podría ser considerado un
procedimiento de aborto en los países donde existen situaciones legales de abortos
no punibles.
Cuando se refieren a las intervenciones quirúrgicas, estas mismas leyes expresan
que respecto de los y las adolescentes, se debe contar con el consentimiento de los
padres, o en su defecto la autorización judicial. La regla de estas normas es que el
aborto es asimilable a una intervención quirúrgica, por lo cual se requerirá la
intervención de los padres y responsables legales. Es posible pensar que este
tratamiento se produce porque tradicionalmente el aborto ha sido realizado con
maniobras invasivas, y las mujeres deben estar consciente de los riesgos médicos
asociados, como en cualquier procedimiento. Una segunda posible especulación, es
que estas normas intenten entregar un marco más estricto considerando que la
decisión de interrumpir un embarazo sea considerada de relevancia para la afectada.
Es posible afirmar que en la legislación y las políticas de estos países no existe una
mirada integral a la infancia y adolescencia, lo cual es grave ya que nos encontramos
ante un grupo altamente vulnerable ante el contagio de enfermedades de transmisión
sexual, VIH, embarazos no deseados, abortos ilegales, sin olvidar que en
Latinoamérica el aborto es por lo general ilegal. Esa situación dispara los riesgos de la
población infanto-juvenil, sobre todo en los segmentos con más carencias, una
realidad avasalladora al considerar que dicha población etaria representa más de un
tercio del total latinoamericano.
19
EL SECRETO PROFESIONAL EN EL TRATAMIENTO MÉDICO A
ADOLESCENTES SEXUAL Y REPRODUCTIVO
La confidencialidad se justifica por el interés en proteger la intimidad, el desarrollo de
la personalidad, la libertad, la vida y la salud de las personas, de conformidad con los
tratados de derechos humanos suscritos por los pases latinoamericanos y caribeños.
Se basa en que probablemente el paciente no quiere que se difunda información que
considera íntima, por lo que la decisión de hacerlo debe ser consiente, es decir libre,
informada y responsable. El fundamento del “consentimiento informado” de los
pacientes se basa en efecto en que “obligar a revelar información íntima es una
violación de la libertad de las personas”. La confidencialidad promueve la confianza
en los médicos al favorecer la sinceridad de los y las pacientes, quienes al carecer de
ella pueden mentir y dificultar las tareas médicas, acarreando deficiencias en sus
servicios. La falta de confidencialidad es una barrera al acceso a la salud, pues ante
el temor de que se revele información sensible, los pacientes pueden asimismo no
concurrir a los centros asistenciales y favorecer tratamientos riesgosos. En un sentido
más amplio, la ausencia de confidencialidad viola el derecho a la salud y pone en
peligro la vida de las personas. En salud sexual y reproductiva, ante el temor de que
el médico revele información sensible, las pacientes pueden o no ser completamente
honestas ante el temor de que la información se haga pública (lo que puede tener
graves implicaciones penales), o auto medicarse sin asesoría profesional. Los
Códigos de Ética médicos establecen explícitamente el deber de no difundir
información que haya llegado a conocimiento del profesional con motivo de la
realización de un acto médico, lo cual se extiende al resto del equipo de salud. Del
mismo modo, los funcionarios de la institución de asistencia que no integren el equipo
de atención a los pacientes, deben actuar con discreción y los pacientes y sus
acompañantes deben poder identificar su función. En particular, la historia clínica y
demás registros deben manejarse con discrecionalidad, lo cual implica no dejarlos al
alcance de terceros ni visibles para otros pacientes o acompañantes, sino guardados
bajo llave o contraseña, según el tipo de almacenamiento, y transportados en
unidades sin los nombres de los pacientes .Es por ende crucial que todos los
estudiantes de medicina se familiaricen con la importancia de la confidencialidad y
que la practiquen, lo mismo que los profesionales, en particular aquellos nuevos en un
establecimiento sanitario, o novatos en el manejo de herramientas tecnológicas. De
hecho, la importancia del secreto profesional se refleja en varias legislaciones que
establecen que incurre en un delito aquel médico que en el ejercicio de su profesión
revele información sobre un paciente sin su consentimiento: ni un juez penal o civil
puede relegar al médico de dicha obligación, sino únicamente el paciente mismo. El
deber de mantener el secreto profesional es crucial a tal punto que debe mantenerse
incluso en caso de deceso del paciente.
20
EL ENTORNO DE LAS DECISIONES TOMADAS POR PERSONAS
ADOLESCENTES: EL CASO DE LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
En la toma de decisiones sobre salud sexual y reproductiva (SSR) por parte de
adolescentes hay dos dimensiones cruciales: la condición misma de ser adolescente y
la diversidad de ámbitos de decisión. Este texto busca brindar elementos para la
reflexión acerca de sus derechos y responsabilidades, así como en su interacción con
los adultos. Se suele considerar al adolescente como un ‘menor de edad’ cualificado,
quien aún carece de elementos definitivos para acceder a ciertos derechos y
capacidades, y en un sentido general a la plena legitimidad. Sin embargo, esa
concepción es falaz por asumir que los adultos son el prototipo del ciudadano por
definición titular de derechos, sin necesidad de demostrarlo o confirmarlo. La madurez
necesaria para tomar decisiones responsables se basa pues en la edad acumulada, y
no en la constatación de una habilidad adquirida o entrenada. Desde lo legal, la
población mayor de edad tiene legitimidad formal para tomar decisiones, un derecho
que implica un mayor o menor grado de responsabilidad y la obligación de dar cuenta
de las eventuales consecuencias negativas. Aunque un adolescente con claridad e
información significativa puede asumir responsabilidades, debido a su edad ésta no le
será reconocida. Puede suceder incluso que quien lo representa formal y legalmente
(sus padres o tutores) decidan contra lo que él ha decidido a partir de su conocimiento
de la situación y desde su toma de posición al respecto. También es posible que
personas sin necesidad de intermediarios (es decir mayores de edad) carezcan de
dichas habilidades para decidir, e incluso de la capacidad de asumir
responsabilidades básicas. Surgen al respecto cuestiones sobre cómo proceder
cuando los tutores toman decisiones “inmaduras” que afectan a adolescentes y
pueden no considerar la complejidad de su contexto. En todo caso, no hay que perder
de vista la preponderancia de la opinión del adolescente concernido
Decisiones desde la experiencia de ser adolescente
El estudio de la legitimidad legal del adolescente como titular de derechos y garantías
sociales debe identificar los límites de su rango de decisión, tanto por su desarrollo
fisiológico p.e. en función del desarrollo de su corteza cerebral o de su identidad en el
manejo de sus emociones) como por su relativa inexperiencia y por las lagunas
informativas resultantes. Para abordar la cuestión es relevante preguntarse si haber
cumplido una edad específica es un factor definitivo al tomar decisiones, lo mismo que
por la calidad de la información recibida, de la libertad a disposición o de la calidad del
acompañamiento percibido. De hecho, un mal acompañamiento puede ser paralizante
y tener el efecto adverso de favorecer la delegación de las responsabilidades por
parte el adolescente. En efecto, los temas de SSR requieren un acompañamiento que
suministre información significativa, pero que asimismo inspire confianza, lo cual se
logra cuando los acompañantes buscan comprender el contexto de los adolescentes y
empatizar con sus preocupaciones, siendo percibidos como personas de confianza
por parte de los adolescentes. Se trata de un requisito para el diálogo crítico y
respetuoso, en el que se puede lograr una eficiente comunicación, siempre y cuando
los adultos aceptan a su vez la posibilidad de un intercambio constructivo en el que al
aportar su experiencia, pero se muestran dispuestos a reconocer los límites de sus
conclusiones y juicios.
21
LAS DECISIONES DE ADOLESCENTES EN LA SALUD SEXUAL Y
REPRODUCTIVA
La salud, la sexualidad y la reproducción (SSR) han sido reconocidas y calificadas
como objeto de derechos fundamentales de los seres humanos, es decir condiciones
indispensables de los individuos para desarrollarse como personas. De ahí la
importancia de evitar toda discriminación en su ejercicio y alertar sobre las
consecuencias dañinas, un tema que involucra en particular la interacción con
adolescentes. En lo comentado hasta este momento respecto a la función de la
información en la capacidad de tomar decisiones (el conocimiento de causa) y sobre
hacer historia como protagonista y no sólo como observador, se han delineado dos
cuestiones capitales: “qué significa contar con información sobre las posibles
consecuencias de una decisión” y “cuándo se puede saber que dicha decisión se
toma libremente”. Ahora bien, antes que nada es necesario relativizar esos elementos
para no paralizar la deliberación, pues un cuestionamiento extremo obstaculizaría el
ejercicio de lo que podría denominarse el ‘derecho a ejercer como persona’ (Correa y
Petchesky, 1994). En ese sentido es muy recomendable diseñar estrategias abiertas,
sujetas a una revisión constante, dirigidas a evaluar qué tan significativo es el
conocimiento (usando categorías analíticas de la pedagogía) y a identificar las
coacciones externas e internas (Sánchez Vázquez 1996) que obstaculizan o dificultan
tomar decisiones. Las coacciones externas tienen que ver con obstáculos sociales e
institucionales, y las internas se dan en el contexto de su desarrollo individual y de su
personalidad. En esos términos la libertad del proceso depende de la disminución de
las coacciones externas e internas identificadas en cada contexto, y se vuelve más
significativo un conocimiento en su comprensión de la cosmovisión y de las
representaciones sociales de la población con la que se interactúa.
22
MITOS EN LA VIVENCIA DE LA SEXUALIDAD
Los mitos, tabúes y costumbres son creencias que a nivel cultural se van
posicionando como algo “natural” o “normal” en un contexto determinado, y pasan de
una generación a otra por medio de dichos populares que recogen imaginarios
colectivos. Muchos de estos mitos acerca de la sexualidad limitan la expresión de
sentimientos, emociones y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
 “Los hombres en la cocina huelen a… de gallina”. Se considera que las
mujeres son quienes tienen la obligación de saber cocinar, cuidar a los(las)
hijos(as) y hacer las demás labores domésticas, a diferencia de los hombres
quienes son responsables de proveer económicamente el sustento del hogar y
dar las órdenes en la familia.
 “Una mujer es para la cama y otra es para la casa”. Además“ una mujer
decente no usa condón”. Se considera que el goce de la sexualidad no está
ligado a la afectividad; tradicionalmente los hombres tenían encuentros
sexuales en busca de placer en mujeres diferentes a la que consideraban
debían ser la madre de sus hijos.
 “Los hombres son violentos por naturaleza” y “los hombres son más violentos
que las mujeres”. A los hombres se les atribuye el manejo de la fuerza como
algo natural y se les impide ser tiernos, llorar y expresar sus sentimientos.
 “Los padres son los mejores amigos de los hijos”, por lo cual se espera que los
hijos e hijas les cuenten todo a sus padres y madres. Si bien es cierto que
entre padres e hijos deben existir buenos canales de comunicación, las normas
y las responsabilidades de los padres son distintas a las de los amigos. Padres
y madres tienen un papel fundamental como orientadores en la crianza y en el
establecimiento de límites de niños, niñas y adolescentes.
 “Durante la menstruación las mujeres no deben bañarse, ni practicar deportes
y si tienen relaciones no quedan embarazadas”. La menstruación no es una
enfermedad, por lo tanto no impide la realización de actividades cotidianas; por
otra parte, todos los ciclos menstruales no son iguales en todas las mujeres por
lo cual si se tienen relaciones sexuales persiste el riesgo de quedar
embarazada.
 “Las mujeres son responsables del sexo del hijo”. Los cromosomas de los
hombres son los que determinan la diferenciación.
 “Los hijos de mis hijas mis nietos serán; los hijos de mis hijos en duda estarán”
y “La maternidad es la realización de la mujer”. Culturalmente a los hombres se
les exime de la responsabilidad frente a la paternidad y las relaciones sexuales,
mientras que a la mujer se le exige ser madre y prevenir un embarazo.
 “Los hombres no pueden contener los impulsos sexuales” y “la mujer infiel es
una p…” Esta idea justifica las relaciones sexuales indiscriminadas,
23
desprotegidas e irresponsables de los hombres, y la utilización de las mujeres
como objetos de satisfacción sexual.
 “A los niños y niñas se les prohíbe explorar su cuerpo”. Se relaciona la
exploración y el autoconocimiento como una acción sucia; además, se piensa
que en esta edad la sexualidad no existe. Seguramente algunos de estos mitos
ya no existen, mientras que otros se mantienen y aparecen unos nuevos. La
vivencia de la sexualidad se sigue viendo como algo peligroso, nocivo,
indecente, perverso e inequitativo para hombres y mujeres, ideas todas ellas
que desvirtúan la sexualidad como parte integral y positiva del ser humano.
Estos imaginarios hacen que mujeres y hombres vivan una sexualidad de
forma oculta, morbosa, errada y con altos factores de riesgo. Es importante que
padres y madres, agentes socializadores, hombres y mujeres en general,
reconozcan la influencia de estos mitos en la vivencia de su sexualidad y en su
quehacer cotidiano. De ahí la necesidad de que todo agente socializador se
reconozca como un ser sexuado, que recuerde sus vivencias y cómo le
hubiese gustado que sus padres y madres les hablaran de sexualidad para no
repetir, en algunos casos, las mismas historias. Es vital conocer estos mitos
con el fin de construir nuevas visiones que den opciones y posibilidades de
disfrutar la sexualidad en todas sus dimensiones, funciones y componentes.
24
CAMPAÑAS AL APOYO DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Cuando se trata de nuestro cuerpo y nuestras relaciones, las conversaciones que
mantenemos con más libertad tienen lugar dentro de nuestra cabeza. A menudo
mantenemos estos pensamientos en secreto. ¿Por qué?
Esta es la pregunta que se hizo Amnistía Internacional antes de presentar su
campaña global sobre derechos sexuales y reproductivos, que tendrá lugar del 6 al 8
de marzo. Creemos que es una pregunta que vale la pena hacerse, porque la
respuesta podría ser sorprendente para muchas de nosotras.
Piensen en ello. ¿Por qué guardamos silencio sobre este tipo de pensamientos?
Quizá sea porque creemos que lo que podemos decir abiertamente está definido por
la sociedad en la que vivimos.
Estas normas sociales están controladas por nuestros gobiernos, nuestras
comunidades, incluso nuestras familias. Cuando cuestionamos estas normas nos
sentimos culpables, incluso incómodas. Tememos que nos estigmaticen, incluso que
nos encarcelen. Y por eso guardamos silencio.
Con la campaña Mi cuerpo, mis derechos queremos contribuir a romper este silencio.
Porque en este mismo momento, muchas personas ni siquiera saben que tienen
derechos, y mucho menos cómo reivindicarlos.
Decisiones que son nuestro derecho —como si queremos tener hijos y cuándo
tenerlos— se han convertido en un asunto que controlan los gobiernos. Algunos
gobiernos también permiten que otras personas de nuestro entorno —como médicos,
guías religiosos o nuestros padres— tomen decisiones por nosotras. Y algunos
incumplen su obligación de dar una información y unos servicios a los que tienen
derecho las personas.
En los centros de salud de Burkina Faso pueden negar un método anticonceptivo a
una mujer si no va acompañada de su marido. En Marruecos se puede obligar a una
niña a casarse con su violador para preservar el honor familiar y “proteger” al agresor
del enjuiciamiento. Entre 1980 y 2012, más de 150.000 mujeres viajaron desde
Irlanda hasta el Reino Unido para someterse a un aborto porque en su país es ilegal
salvo que la vida de la mujer corra un riesgo grave. Y en muchos países, amar a una
persona del mismo género, o simplemente vestirse fuera de la norma social, basta
para ser encarcelado
25
REFERENCIAS
1. https://www.ippfwhr.org/sites/default/files/libro_espanol.pdf
2. http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/documentos/DOCSAL7199.pdf
3. http://www.espolea.org/uploads/8/7/2/7/8727772/guia_activista_dsdr__withcove
r.pdf
4. http://www.profamilia.org.co/avise/derechos2.php

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosDerechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosptinocoj06
 
Presentacion De Derechos Sexuales Y Reproductivos
Presentacion De Derechos Sexuales Y ReproductivosPresentacion De Derechos Sexuales Y Reproductivos
Presentacion De Derechos Sexuales Y ReproductivosPROSALUD VENEZUELA
 
Los deberes de la niñez y la adolescencia
Los deberes de la niñez y la adolescenciaLos deberes de la niñez y la adolescencia
Los deberes de la niñez y la adolescenciaMariaAlejandra2127
 
Child marriage presentation 1
Child marriage presentation 1Child marriage presentation 1
Child marriage presentation 1Nishat Zareen
 
Laws on child marriage
Laws on child marriage Laws on child marriage
Laws on child marriage shrangika Jaju
 
Género y Despatriarcalización + Franz G. Laime Pérez
Género y Despatriarcalización + Franz G. Laime PérezGénero y Despatriarcalización + Franz G. Laime Pérez
Género y Despatriarcalización + Franz G. Laime PérezFranz G. Laime Pérez
 
Child Marriage Act 2006
Child Marriage Act 2006Child Marriage Act 2006
Child Marriage Act 2006doulanna doulu
 
Derechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosDerechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosgerahazard
 
Sistema de responsabilidad penal del adolescente
Sistema de responsabilidad penal del adolescenteSistema de responsabilidad penal del adolescente
Sistema de responsabilidad penal del adolescentemveronicalugo
 
Espacios amigables
Espacios amigablesEspacios amigables
Espacios amigablesAdalberto
 
Sexualidad y metodos anticonceptivos
Sexualidad y metodos anticonceptivos Sexualidad y metodos anticonceptivos
Sexualidad y metodos anticonceptivos Viriidy
 
Movimiento indigenista
Movimiento indigenistaMovimiento indigenista
Movimiento indigenistaAndrés Rojas
 
Crea e imagina kelly
Crea e imagina kellyCrea e imagina kelly
Crea e imagina kelly12930492
 
Los derechos de las personas con discapacidad
Los derechos de las personas con discapacidadLos derechos de las personas con discapacidad
Los derechos de las personas con discapacidadLucia Vasquez Alvarez
 
Taller 2 derechos sexuales y reproductivos
Taller 2 derechos sexuales y reproductivosTaller 2 derechos sexuales y reproductivos
Taller 2 derechos sexuales y reproductivosLuz Suarez
 
01 Salud sexual y reproductiva.pdf
01 Salud sexual y reproductiva.pdf01 Salud sexual y reproductiva.pdf
01 Salud sexual y reproductiva.pdfssuser4f93a3
 
La lopnna deberes y derechos
La lopnna deberes y derechosLa lopnna deberes y derechos
La lopnna deberes y derechosMonica Alahe
 

La actualidad más candente (20)

Derechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosDerechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivos
 
Presentacion De Derechos Sexuales Y Reproductivos
Presentacion De Derechos Sexuales Y ReproductivosPresentacion De Derechos Sexuales Y Reproductivos
Presentacion De Derechos Sexuales Y Reproductivos
 
Los deberes de la niñez y la adolescencia
Los deberes de la niñez y la adolescenciaLos deberes de la niñez y la adolescencia
Los deberes de la niñez y la adolescencia
 
Child marriage presentation 1
Child marriage presentation 1Child marriage presentation 1
Child marriage presentation 1
 
Laws on child marriage
Laws on child marriage Laws on child marriage
Laws on child marriage
 
Género y Despatriarcalización + Franz G. Laime Pérez
Género y Despatriarcalización + Franz G. Laime PérezGénero y Despatriarcalización + Franz G. Laime Pérez
Género y Despatriarcalización + Franz G. Laime Pérez
 
Child Marriage Act 2006
Child Marriage Act 2006Child Marriage Act 2006
Child Marriage Act 2006
 
Derechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosDerechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivos
 
Sistema de responsabilidad penal del adolescente
Sistema de responsabilidad penal del adolescenteSistema de responsabilidad penal del adolescente
Sistema de responsabilidad penal del adolescente
 
Espacios amigables
Espacios amigablesEspacios amigables
Espacios amigables
 
Sexualidad y metodos anticonceptivos
Sexualidad y metodos anticonceptivos Sexualidad y metodos anticonceptivos
Sexualidad y metodos anticonceptivos
 
Despatriarcalización y género
Despatriarcalización y géneroDespatriarcalización y género
Despatriarcalización y género
 
Movimiento indigenista
Movimiento indigenistaMovimiento indigenista
Movimiento indigenista
 
Crea e imagina kelly
Crea e imagina kellyCrea e imagina kelly
Crea e imagina kelly
 
Los derechos de las personas con discapacidad
Los derechos de las personas con discapacidadLos derechos de las personas con discapacidad
Los derechos de las personas con discapacidad
 
Child marriage
Child marriageChild marriage
Child marriage
 
Taller 2 derechos sexuales y reproductivos
Taller 2 derechos sexuales y reproductivosTaller 2 derechos sexuales y reproductivos
Taller 2 derechos sexuales y reproductivos
 
Child Marriage
Child MarriageChild Marriage
Child Marriage
 
01 Salud sexual y reproductiva.pdf
01 Salud sexual y reproductiva.pdf01 Salud sexual y reproductiva.pdf
01 Salud sexual y reproductiva.pdf
 
La lopnna deberes y derechos
La lopnna deberes y derechosLa lopnna deberes y derechos
La lopnna deberes y derechos
 

Similar a Derechos sexuales

DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSDERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSPipe Cerda
 
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2Mary Jardon
 
Derechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blog
Derechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blogDerechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blog
Derechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blogCeciliaa Rivas ArroYo
 
Derechos reproductivos
Derechos reproductivosDerechos reproductivos
Derechos reproductivosjorhei
 
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentesDerechos sexuales y reproductivos de los adolescentes
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentesarybren
 
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSDERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSYury Devia
 
Cuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivos
Cuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivosCuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivos
Cuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivosLEODAN RUBIO VALLEJOS
 
Boletin segundo periodo
Boletin segundo periodoBoletin segundo periodo
Boletin segundo periodocolegionusefa
 
Randall mendez seccion 2
Randall mendez seccion 2Randall mendez seccion 2
Randall mendez seccion 2RandallMendez2
 
Derechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosDerechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosEmilio Soriano
 
4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx
4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx
4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptxLAURAIVONNEMALVAEZCA
 
Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Liz Oscoy Ü
 
Trabajo de nayeli (hipervinculos)
Trabajo de nayeli (hipervinculos)Trabajo de nayeli (hipervinculos)
Trabajo de nayeli (hipervinculos)Liz Oscoy Ü
 
Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Liz Oscoy Ü
 
Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Liz Oscoy Ü
 
PreNatal. Formación de Monitores AVP
PreNatal. Formación de Monitores AVPPreNatal. Formación de Monitores AVP
PreNatal. Formación de Monitores AVPSILVIACHIVI
 

Similar a Derechos sexuales (20)

DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSDERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
 
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes2
 
Derechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blog
Derechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blogDerechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blog
Derechos sexuales y reproductivos en adolescentes (2) blog
 
Derechos reproductivos
Derechos reproductivosDerechos reproductivos
Derechos reproductivos
 
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentesDerechos sexuales y reproductivos de los adolescentes
Derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes
 
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSDERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
 
Cuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivos
Cuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivosCuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivos
Cuáles son los derechos sexuales y derechos reproductivos
 
Derechos juveniles
Derechos juvenilesDerechos juveniles
Derechos juveniles
 
Boletin segundo periodo
Boletin segundo periodoBoletin segundo periodo
Boletin segundo periodo
 
Randall mendez seccion 2
Randall mendez seccion 2Randall mendez seccion 2
Randall mendez seccion 2
 
Derechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivosDerechos sexuales y reproductivos
Derechos sexuales y reproductivos
 
4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx
4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx
4 Derecho I BTT-F1 CLASES 13-JUN-2023.pptx
 
Trabajo de nayeli
Trabajo de nayeliTrabajo de nayeli
Trabajo de nayeli
 
Derechos sexuales
Derechos sexualesDerechos sexuales
Derechos sexuales
 
Derechos sexuales
Derechos sexualesDerechos sexuales
Derechos sexuales
 
Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)
 
Trabajo de nayeli (hipervinculos)
Trabajo de nayeli (hipervinculos)Trabajo de nayeli (hipervinculos)
Trabajo de nayeli (hipervinculos)
 
Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)
 
Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)Trabajo de nayeli (1)
Trabajo de nayeli (1)
 
PreNatal. Formación de Monitores AVP
PreNatal. Formación de Monitores AVPPreNatal. Formación de Monitores AVP
PreNatal. Formación de Monitores AVP
 

Último

SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.docRodneyFrankCUADROSMI
 
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfBiografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfGruberACaraballo
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioELIASAURELIOCHAVEZCA1
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptxRigoTito
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Juan Martín Martín
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfAlfaresbilingual
 
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfactiv4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfRosabel UA
 
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxPosición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxBeatrizQuijano2
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOluismii249
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxNadiaMartnez11
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfMercedes Gonzalez
 
semana 4 9NO Estudios sociales.pptxnnnn
semana 4  9NO Estudios sociales.pptxnnnnsemana 4  9NO Estudios sociales.pptxnnnn
semana 4 9NO Estudios sociales.pptxnnnnlitzyleovaldivieso
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024IES Vicent Andres Estelles
 

Último (20)

SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
 
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfBiografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literario
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdfSesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
 
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicasUsos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
 
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptxPower Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
 
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfactiv4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
 
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxPosición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
semana 4 9NO Estudios sociales.pptxnnnn
semana 4  9NO Estudios sociales.pptxnnnnsemana 4  9NO Estudios sociales.pptxnnnn
semana 4 9NO Estudios sociales.pptxnnnn
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
 

Derechos sexuales

  • 1. 1 COLEGIO DE BACHILLERES PLANTEL 1 “EL ROSARIO” NOMBRE DEL ALUMNO: TÉLLEZ ARAUJO ANA MARGARITA RAMIREZ GARCIA MA. GUADALUPE TITULO DEL TRABAJO “DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LOS ADOLESCENTES” MATERIA: TEC. DE LA INF. Y COMUNICACIÓN II EQUIPO: 05
  • 2. 2 ¿Qué son los derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes?........ ¿Cuál es el alcance de los derechos sexuales?.................................................. ¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?............................................ Los derechos sexuales se apoyan básicamente………………………………….. Los derechos sexuales implican…………………………………………………….. Los derechos reproductivos se apoyan en dos principios fundamentales….. Los derechos reproductivos implican específicamente…………………………. Educación……………………………………………………………………………….... El Derecho de las y los Adolescentes a no Sufrir Violencia……………………. Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos………………………………….. Personas jóvenes del mundo sexualmente activas………………………………. Dentro del matrimonio…………………………………………………………………. Los Derechos de las y los Adolescentes Relacionados con el Matrimonio…. Vinculando el Derecho a Consentir al Matrimonio y a la Igualdad dentro del Matrimonio Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos………….. la libertad sexual y reproductiva componentes de la sexualidad funciones de la sexualidad capacidad de los menores de capacidad de los menores de tomar decisiones sobre su salu y reproductiva leyes sobre salud sexual y reproductiva El secreto profesional en el tratamiento médico a adolescentes sexual y reproductivo El entorno de las decisiones tomadas por personas adolescentes: el caso de la salud s reproductiva EL ENTORNO DE LAS DECISIONES TOMADAS POR PERSONAS ADOLESCENTES: E
  • 3. 3 DE LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA LAS DECISIONES DE ADOLESCENTES EN LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA MITOS EN LA VIVENCIA DE LA SEXUALIDAD CAMPAÑAS AL APOYO DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS REFERENCIAS
  • 4. 4 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LOS ADOLESCENTES ¿QUE SON LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LOS ADOLESCENTES? Los derechos sexuales y derechos reproductivos son de conceptualización reciente y son los mismos derechos humanos interpretados desde la sexualidad y desde la reproducción. Se ha dicho que los derechos sexuales y derechos reproductivos son los más humanos de todos los derechos y representan el pilar fundamental para el ejercicio de la ciudadanía, entendida más allá de la simple posibilidad de tomar decisiones en el ámbito público (elegir y ser elegido); ya que implica la posibilidad de mujeres y hombres de tomar decisiones autónomas sobre su propio cuerpo y vida en los campos de la sexualidad y la reproducción. ¿Cuál es el alcance de los derechos sexuales? Puede decirse que son aquellos que permiten regular y tener control autónomo y responsable sobre todas las cuestiones relativas a la sexualidad, sin ningún tipo de coacción, violencia, discriminación, enfermedad o dolencia. Para las mujeres los derechos sexuales tienen un especial significado, pues involucran el derecho a ser tratadas como personas integrales y no como seres exclusivamente reproductivos y a ejercer la sexualidad de manera placentera sin que ésta conlleve necesariamente un embarazo. ¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos? Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la posibilidad de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información y medios para ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud reproductiva que garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no deseados y la prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el cáncer de útero, mamas y próstata.
  • 5. 5 Los derechos sexuales se apoyan básicamente en:  La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias.  La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.  El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.  La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción. Los derechos sexuales implican:  El derecho a reconocerse como seres sexuados.  El derecho a fortalecer la autoestima y autonomía para adoptar decisiones sobre la sexualidad.  El derecho a explorar y a disfrutar de una vida sexual placentera, sin vergüenza, miedos, temores, prejuicios, inhibiciones, culpas, creencias infundadas y otros factores que impidan la libre expresión de los derechos sexuales y la plenitud del placer sexual.  El derecho a vivir la sexualidad sin violencia, coacción, abuso, explotación o acoso.  El derecho a escoger las y los compañeros sexuales.  El derecho al pleno respeto por la integridad física del cuerpo y sus expresiones sexuales.  El derecho a decidir si se quiere iniciar la vida sexual o no, o si se quiere ser sexualmente activa/o no.  El derecho a tener relaciones sexuales consensuadas.  El derecho a decidir libremente si se contrae matrimonio, se convive con la pareja o si permanece sola/o.  El derecho a expresar libre y autónomamente la orientación sexual.  El derecho a protegerse del embarazo y de las infecciones y enfermedades de transmisión sexual.  El derecho a tener acceso a servicios de salud sexual de calidad.  El derecho a tener información sobre todos los aspectos relacionados con la sexualidad, conocer cómo funciona el aparato reproductor femenino y masculino y cuáles son las infecciones y enfermedades que se pueden adquirir a través de las relaciones sexuales.
  • 6. 6 Los derechos reproductivos se apoyan en dos principios fundamentales:  Autodeterminación reproductiva, entendida como el derecho básico de todas las personas de decidir sobre su posibilidad de procrear o no, y en ese sentido planear su propia familia.  Atención de la salud reproductiva, que incluye medidas para promover una maternidad sin riesgos, tratamientos de infertilidad, acceso a toda la gama de métodos anticonceptivos (incluyendo la anticoncepción de emergencia) y programas de atención de cáncer uterino, de mamas y próstata. Los derechos reproductivos implican específicamente:  El derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos y el intervalo entre ellos, y a disponer de la información, educación y medios para lograrlo.  El derecho de hombres y mujeres de decidir de manera libre y responsable la posibilidad de ser padres o madres.  El derecho a decidir libremente el tipo de familia que se quiere formar.  El derecho a acceder a métodos anticonceptivos seguros, aceptables y eficaces (incluyendo la anticoncepción de emergencia).  El derecho de las mujeres a no sufrir discriminaciones o tratos desiguales por razón del embarazo o maternidad, en el estudio, trabajo y dentro de la familia.  El derecho a tener acceso a servicios de salud y atención médica que garanticen una maternidad segura, libre de riesgos en los periodos de gestación, parto y lactancia y se brinde las máximas posibilidades de tener hijos sanos.  El derecho a contar con servicios educativos e información para garantizar la autonomía reproductiva.
  • 7. 7 EDUCACION Las actividades educativas con adolescentes son una oportunidad para que ellos y ellas reciban información confiable y veraz, y al tiempo que les permitan aclarar sus dudas sobre los temas relativos a la salud sexual, como:  Los cambios puberales  El ciclo menstrual  Las relaciones sexuales  Las infecciones de transmisión sexual (ITS)  El embarazo en la adolescencia  Los métodos anticonceptivos Las actividades educativas se refieren a: plática, curso-taller y foros. A continuación se describen las principales características de estas modalidades: - Plática o Charla: Se trata de un diálogo sencillo entre el educador y los adolescentes para brindar conocimientos sobre algún tema. Se recomienda detectar las necesidades de información para identificar si el grupo requiere una sola plática o varias. El tiempo promedio de una charla comprende de 40 a 60 minutos. Es probable que al concluir la plática las o los adolescentes se acerquen con el médico, la enfermera o la trabajadora social para solicitar alguna orientación individual. En estos casos deberán ser canalizados a una sesión de consejería. - Curso-taller: La característica más importante de esta actividad es que combina tres elementos: la adquisición de conocimientos sobre un tema, el desarrollo de habilidades y prácticas, así como la revisión de actitudes. El tamaño ideal de un grupo es de 15 a 30 personas y de acuerdo con los objetivos del curso-taller se determina su duración. Un parámetro útil es de 24 a 40 horas. - Foros: El foro es una reunión cuyo propósito es el de compartir información, experiencias o resultados sobre algún tema o evento. Un foro puede reunir una mayor cantidad de participantes, que una plática o curso-taller; generalmente reúne a grupos de 100 a 300 personas. El tiempo promedio de duración puede ser de uno a tres días.
  • 8. 8 El Derecho de las y los Adolescentes a no Sufrir Violencia La violencia tiene implicaciones especiales para los derechos humanos de las y los adolescentes, al igual que para las mujeres. Sin embargo, los y las adolescentes son aún más vulnerables a la violencia especialmente por parte de miembros de la familia, profesores y padres. Debido a su edad o su relación con los agresores, suelen tener menos capacidad para buscar protección a través de sistemas judiciales. La violencia también afecta la capacidad de las y los adolescentes para disfrutar sus derechos sexuales y derechos reproductivos. Lamentablemente, las relaciones sexuales para muchos adolescentes no son consensuadas y con frecuencia carecen de destrezas para la vida y la fuerza necesaria para rechazar relaciones sexuales no deseadas, especialmente si el agresor es un miembro de la familia u otra persona mayor. Entre 1/3 y 2/3 de las víctimas de violación en el mundo tienen 15 años o menos 47. Reconociendo la vulnerabilidad adicional de los y las adolescentes a la violencia, la Convención de los Derechos del Niño provee fuerte protección para el derecho del niño a no sufrir violencia y establece las obligaciones de los gobiernos para prevenirla. Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos En nuestro país existe la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las y los jóvenes, es producto de un esfuerzo conjunto de diversas organizaciones de la sociedad civil y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y basada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos instrumentos internacionales y enmarca los siguientes derechos:  Derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi sexualidad.  Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual.  Derecho a manifestar públicamente mis afectos.  Derecho a decidir con quién compartir mi vida sexual y mi sexualidad.  Derecho al respeto de mi intimidad y mi vida privada.  Derechos a vivir libre de violencia sexual.  Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.  Derecho a la libertad reproductiva.  Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.  Derecho a vivir libre de toda discriminación.  Derecho a la educación sexual.  Derecho a los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.
  • 9. 9  Derecho a la participación en las políticas sobre sexualidad. Ejercer la sexualidad en forma impulsiva y sin información puede desencadenar un embarazo no deseado en la adolescencia, o el contagio de infecciones de transmisión sexual o consecuencias de tipo social o escolar. Debido a que los derechos sexuales y derechos reproductivos son derechos humanos, los cuales se aplican a todas las personas, también se aplican a la gente joven. Sin embargo, el derecho internacional reconoce limitaciones para los derechos de las y los menores de 18 años, así como también reconoce el derecho de los padres a tomar decisiones que conciernen al bienestar de los menores a su cargo. Debido a esto, definir los derechos de las y los adolescentes puede ser complicado, especialmente en el área de los derechos sexuales y derechos reproductivos, los cuales son aún muy controversiales. La Convención sobre los Derechos del Niño, que entró en vigencia en 1990 y se aplica a todas aquellas personas menores de 18 años, indica que a pesar de que los padres tienen el derecho a tomar decisiones sobre el bienestar de sus hijos e hijas, estos derechos están balanceados por la evolución de las capacidades de sus hijos e hijas en la toma de estas decisiones; y los derechos de los padres no son absolutos. La Convención establece que el interés superior del niño debe prevalecer. El Comité de Derechos del Niño se encarga de monitorear la implementación de la Convención, así como de interpretarla para los gobiernos, para lo cual ha delimitado un enfoque basado en derechos, para equilibrar los derechos de las y los adolescentes con los de sus padres en relación a la salud sexual y reproductiva. De acuerdo con la Recomendación General sobre La Salud y Desarrollo de las y los Adolescentes, el Comité establece que el rol de los padres es el de: 7.- cumplir cuidadosamente con sus derechos y obligaciones de proporcionar dirección y orientación al niño en el ejercicio por estos últimos de sus derechos. Tienen la obligación de tener en cuenta las opiniones de los adolescentes, de acuerdo con su edad y madurez y proporcionarles un entorno seguro y propicio en el que el adolescente pueda desarrollarse. Los adolescentes necesitan que los miembros de su entorno familiar les reconozcan como titulares activos de derecho que tienen capacidad para convertirse en ciudadanos responsables y de pleno derecho cuando se les facilita la orientación y dirección adecuadas. 8.- También es fundamental en la realización de los derechos del niño a la salud y el desarrollo, el derecho a expresar su opinión libremente y a que se tengan debidamente en cuenta sus opiniones (art. 12). Los Estados Partes necesitan tener la seguridad de que se da a los adolescentes una posibilidad genuina de expresar sus opiniones libremente en todos los asuntos que le afectan, especialmente en el seno de la familia, en la escuela y en sus respectivas comunidades. Para que los adolescentes puedan ejercer debidamente y con seguridad este derecho las autoridades públicas, los padres y cualesquiera otros adultos que trabajen con los niños o en favor de éstos necesitan crear un entorno basado en la confianza, el compartir la información, la capacidad de escuchar toda opinión razonable que lleve a
  • 10. 10 participar a los adolescentes en condiciones de igualdad, inclusive la adopción de decisiones. Esta posición también está reflejada en el Programa de Acción de la CIPD que indica que, si bien los padres tienen la responsabilidad de guiar las decisiones de las/los adolescentes, no tienen el derecho absoluto a tomar decisiones sobre sus vidas o su salud. Se enfatiza que los derechos de los padres deben equilibrarse con los derechos de los y las adolescentes al más alto nivel posible de salud, privacidad, confidencialidad, educación y consentimiento informado. También insta a que se eliminen los obstáculos sociales y legales al acceso de las y los adolescentes a los servicios de salud reproductiva Personas jóvenes del mundo sexualmente activas La mayoría de las personas jóvenes del mundo son sexualmente activas cuando alcanzan los 18 años, incluso antes. Sin embargo, en la mayoría de los países la sexualidad de la gente joven es un tema tabú, creando un ambiente donde se ve nuestra sexualidad como algo negativo que debe reprimirse. Como resultado, la gente joven enfrenta grandes barreras para acceder a información, educación y servicios de salud sexual y reproductiva que sean oportunos, integrales y libres de prejuicios. Al mismo tiempo, los embarazos en adolescentes, las infecciones de transmisión sexual (ITS) incluyendo el VIH/SIDA, y otros problemas de salud sexual y reproductiva, son una importante amenaza para el desarrollo personal, la salud y la vida. La realidad es que la sexualidad juega un papel importante en la vida de las personas jóvenes. Para asegurarnos de que también sea una parte saludable de la vida, es vital que tengamos la información, educación y servicios que necesitamos para tomar decisiones informadas sobre sexualidad y reproducción. De hecho, es nuestro derecho como seres humanos. Como personas jóvenes, creemos que conocer nuestros derechos sexuales y derechos reproductivos e incidir ante los gobiernos para que cumplan su obligación de promoverlos y protegerlos es un paso importante para asegurarnos de que, en todas partes, la gente joven tenga acceso a información, educación y servicios de salud sexual y reproductiva amigables con la juventud. Esta guía tiene el propósito de:  Hacer una revisión de los derechos sexuales y derechos reproductivos que están protegidos por los tratados internacionales y regionales de derechos humanos, así como por otros acuerdos  Mostrar cómo estos derechos se aplican a las y los adolescentes y jóvenes; y Discutir formas en las que la gente joven puede abogar por sus derechos sexuales y derechos reproductivos dentro de sus países, regiones, y a nivel global.
  • 11. 11 Dentro del matrimonio El derecho a aceptar casarse y a la igualdad dentro del matrimonio es uno de los principios humanos más antiguos. Se basa en el reconocimiento de que ningún individuo debería ser forzado a casarse en contra de su voluntad y que debe respetarse su auto-determinación y libertad. También tiene una especial importancia histórica: fue específicamente incluido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 para contrarrestar las prácticas perjudiciales del matrimonio precoz y forzado. Hoy en día, sin embargo, los matrimonios precoces y forzados siguen practicándose en muchos países, se siguen violando los derechos de las mujeres y haciéndolas vulnerables a numerosos riesgos de salud reproductiva. La desigualdad de género dentro del matrimonio sigue siendo un problema. En algunos casos las relaciones de poder tradicionales de género dentro del matrimonio todavía restringen la libertad de las mujeres y su poder de tomar decisiones; en otros casos, la desigualdad de género es respaldada por leyes que niegan a las mujeres el derecho a divorciarse, el derecho a viajar o a buscar servicios de salud sin el consentimiento de su esposo, o el derecho a que sus hijos tengan su misma nacionalidad si su esposo es de una nacionalidad diferente. El derecho a consentir el matrimonio y a la igualdad dentro del matrimonio es protegido por la mayor parte de tratados de derechos humanos. Sin embargo la mayor medida de protección para estos derechos viene del artículo 16 de la Convención CEDAW, la cual va más allá que otros tratados de derechos humanos al especificar que los derechos, roles y responsabilidades de ambas partes son iguales en un matrimonio.
  • 12. 12 Los Derechos de las y los Adolescentes Relacionados con el Matrimonio Este derecho es especialmente importante para las adolescentes, porque están sujetas con mayor frecuencia a matrimonios precoces y forzados. De hecho, el Fondo de las Naciones Unidas para la Población (UNFPA por sus siglas en Ingles), estima que 82 millones de niñas en los países en desarrollo, quienes actualmente se encuentran entre las edades de 10 y 17 años, estarán casadas al cumplir los 18 años, frecuentemente en contra de su voluntad. Las adolescentes casadas constituyen la mayor parte de chicas adolescentes sexualmente activas en los países en desarrollo y tienen menos probabilidades de continuar su educación y tener un medio de subsistencia sostenible; tienen mayores probabilidades de tener hijos tempranamente y sin espaciamiento, lo que lleva a tasas más altas de complicaciones en el parto y nacimiento; también es menos probable que tengan el poder necesario para negociar prácticas sexuales seguras con sus esposos, lo cual las hace vulnerables a las infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH/ SIDA. Consecuentemente, el matrimonio precoz no solamente viola sus derechos a consentir casarse y a la igualdad dentro del matrimonio, también viola muchos de sus derechos económicos, sociales, civiles y políticos, incluyendo sus derechos a la educación, trabajo, participación en la toma de decisiones, a la salud en general y a la salud reproductiva. La Convención de los Derechos del Niño no discute específicamente los derechos de los adolescentes dentro del matrimonio. Sin embargo, en el Comentario General 4 sobre Salud Adolescente, el Comité de los Derechos del Niño “recomienda fuertemente que los Estados Parte revisen y, donde fuera necesario, reformen su legislación y prácticas para incrementar la edad mínima de matrimonio con y sin el consentimiento de los padres, a los 18 años de edad, tanto para niñas como para niños.” Al hacer esta recomendación, el Comité relaciona el matrimonio precoz con violaciones de sus derechos sexuales y derechos reproductivos. La Carta Africana sobre los Derechos de los Niños también establece que la edad mínima legal para contraer matrimonio debería ser 18 años, y solicita a los países que prohíban el matrimonio precoz y los esponsales de niños. La Convención CEDAW específica que “el matrimonio de un niño no deberá tener efectos legales,” y que los gobiernos deberían establecer legalmente una edad mínima para contraer matrimonio al igual que exigir que todos los matrimonios sean registrados. En la Recomendación General 21 sobre Igualdad en el Matrimonio y Relaciones Familiares, el Comité CEDAW establece que la edad mínima debería ser de 18 años, tanto para hombres como para mujeres. Adicionalmente, el Comité de Derechos Humanos ha declarado
  • 13. 13 que la edad mínima para el matrimonio debería ser definida por el Estado en base a criterios equitativos para hombres y mujeres, y que estos criterios deberían asegurar la capacidad de las mujeres para tomar una decisión informada y no coaccionada. Vinculando el Derecho a Consentir al Matrimonio y a la Igualdad dentro del Matrimonio con los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos “Preocupa al Comité que los matrimonios y embarazos precoces constituyan un importante factor en los problemas sanitarios relacionados con la salud sexual y reproductiva, con inclusión del VIH/SIDA. En varios Estados Partes siguen siendo todavía muy bajas tanto la edad mínima legal para el matrimonio como la edad efectiva de celebración del matrimonio, especialmente en el caso de las niñas. Estas preocupaciones no siempre están relacionadas con la salud, ya que los niños que contraen matrimonio, especialmente las niñas se ven frecuentemente obligadas a abandonar la enseñanza y quedan al margen de las actividades sociales. Además, en algunos Estados Partes los niños casados se consideran legalmente adultos aunque tengan menos de 18 años, privándoles de todas las medidas especiales de protección a que tienen derecho en virtud de la Convención. El Comité recomienda firmemente que los Estados Partes examinen y, cuando sea necesario, reformen sus leyes y prácticas para aumentar la edad mínima para el matrimonio, con o sin acuerdo de los padres, a los 18 años tanto para las chicas como para los chicos”
  • 14. 14 LA LIBERTAD SEXUAL Y REPRODUCTIVA En México, uno de los derechos básicos es la libertad. ¿La libertad de hacer qué? Todo, salvo que exista una razón válida –constitucionalmente justificada para limitarla. Ésta es la estructura de todos los derechos humanos: le permiten a las personas actuar, con límites. Ningún derecho es absoluto. Lo radical del régimen de los derechos humanos es que obliga a quien pretende restringir un derecho a justificar esa restricción. No es válido limitar el ejercicio de un derecho simplemente porque se cree que es necesario; porque se asume que, de lo contrario, se produciría un daño; se tiene que comprobar que la restricción es necesaria para salvaguardar algún otro derecho humano o valor constitucional. Se tiene que comprobar que, de todas las medidas analizadas, la restricción propuesta es la mejor vía para lograr el cometido, garantizando resultados y minimizando los daños. Esto es clave para entender por qué mucho del pánico suscitado por los derechos sexuales y reproductivos de los niños y niñas no tiene sustento: tener un derecho no significa que su ejercicio no puede ser limitado; sólo significa que se tiene que justificar extremadamente bien esa restricción. Que los niños y niñas tengan libertad sexual no significa que no existan razones para limitar con quién puede tener sexo; específicamente, reconocer la libertad sexual de los niños y niñas no significa que no se pueden prohibir las relaciones sexuales entre niños y adultos. Lo importante es recalcar que esta prohibición que actualmente se encuentra en todos los códigos penales de los estados y de la federación y que NADIE está proponiendo erradicar (no, la ley que se discute no busca legalizar el sexo entre niños y adultos) se sostiene porque existen razones de peso que la sustentan. ¿Qué cubre esta libertad? “el derecho al libre desarrollo de la personalidad, comprende, entre otras, la libertad de contraer matrimonio o no hacerlo; de procrear hijos y cuántos, así como en qué momento de su vida, o bien, decidir no tenerlos; de escoger su apariencia personal; su profesión o actividad laboral; y, por supuesto, la libre opción sexual, pues todos estos aspectos, evidentemente, son parte de la manera en que el individuo desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo él puede decidir en forma autónoma”.
  • 15. 15 COMPONENTES DE LA SEXUALIDAD La identidad sexual se caracteriza por el sentimiento de pertenencia hacia el sexo biológico, es dada por la convicción personal de sentirse hombre o mujer, propiamente dicho. Al existir una coherencia entre la identidad sexual y el sexo, se presenta la identidad de género que no es otra cosa que identificarse con los elementos propios del sexo designado. Considerándose a esta como la expresión privada del género. Estos dos elementos son de carácter cognitivo, centrados directamente en el pensamiento del individuo. En función de la correlación que exista entre las cogniciones del individuo se desarrolló una atracción constante hacia otra persona en el plano emotivo romántico, sexual o afectivo, que se denomina orientación sexual, por medio de la cual el sujeto tiende a adaptarse a un conjunto de fenómenos sexuales o actividades vinculadas a la satisfacción sexual. El Factor social guarda estrecha relación con el desarrollo de la sexualidad ya que está vinculada con los componentes sociales que delinean y estructuran los patrones de comportamiento en el individuo, en este caso el comportamiento sexual. El medio social influye principalmente en la formación de dos estructuras íntimamente vinculadas con el factor biológico y el psicológico de la sexualidad, estas estructuras son el género y el rol de género. El género es un elemento fundamental de las relaciones sociales; siendo una construcción social que supone un conjunto de acuerdos tácticos o explícitos elaborados por una comunidad determinada en un momento histórico que incluye fenómenos de enseñanza y aprendizaje.
  • 16. 16 FUNCIONES DE LA SEXUALIDAD Como la sexualidad hace parte de todos los seres humanos, debemos saber que esta, cumple tres funciones que no se pueden separar y se deben considerar de forma integral: La sexualidad es placentera Las relaciones sexuales son una de las diversas formas en que los seres humanos experimentamos el placer, así como realizar un deporte, comer algo sabroso, admirar un paisaje, bailar, conversar con alguien, jugar, estudiar, explorar la naturaleza, entre otros. Ninguna manera de obtener placer es más importante que otra y todas son vitales para desarrollarnos como personas. Tener relaciones sexuales no se limita a tener una relación coital, es decir, una relación en la que únicamente haya penetración, por el contrario hay muchas formas de disfrutar una relación sexual no penetrativa; los besos, las caricias, los abrazos, la exploración de los cuerpos son algunas de las manifestaciones que pueden enriquecerlas. Cada persona es responsable y dueña de su propio placer, pero no puede obligar a otra a realizar algo que no quiere. La sexualidad como función reproductiva A través del contacto genital es posible que hombres y mujeres se reproduzcan. Por eso, cuando una pareja heterosexual tiene una relación sexual coital, la pareja debe ser consciente de la posibilidad de un embarazo y en consecuencia, puede decidir si desea o no tener hijos/as en ese momento de su vida o si desea planificar y usar métodos anticonceptivos que les permitan regular su fecundidad. En efecto, todas las parejas tienen la opción de decidir si quieren ser padres o madres y en qué momento. Tanto hombres como mujeres, de todas las edades, tienen derecho a usar métodos de planificación familiar, con el fin de decidir sobre su paternidad o maternidad. La sexualidad como comunicación Gracias a la función comunicativa de la sexualidad, es posible que como personas expresemos nuestros sentimientos, deseos, valores y lo que pensamos de nosotros/as mismos/as. En lo que tiene que ver con la genitalidad, la comunicación es muy importante, puesto que a través de ella podemos expresar lo que estamos sintiendo y lo que siente la otra(s) persona(s). Cuando se tiene una adecuada comunicación, respetamos la decisión de la otra persona y por lo tanto se establecen relaciones libres de opresión, coerción y violencia
  • 17. 17 CAPACIDAD DE LOS MENORES DE CAPACIDAD DE LOS MENORES DE TOMAR DECISIONES SOBRE SU SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Con frecuencia, los menores se enfrentan a múltiples barreras cuando quieren decidir sobre su salud sexual y reproductiva y necesitan acceder a los servicios de salud. En primer lugar, deben enfrentar las mismas barreras que los adultos, las cuales en su caso se acentúan debido a que, por ser menores, están en una situación de mayor desprotección frente al sistema de salud, y porque no siempre gozan de una titularidad para acceder a los servicios. Si bien hay varias perspectivas desde las que se puede abordar o definir la minoría de edad (sicológica, antropológica, sociológica, legal), y varias definiciones de la misma, la relevante para efectos de estudiar el consentimiento informado es la definición de minoría de edad que impone límites desde lo legal a la capacidad plena de decidir, es decir, la edad de minoría de edad establecida por norma. Estas barreras, comunes a las de la población adulta, pueden ser de diferentes tipos: • De acceso (concentración de la oferta en las zonas urbanas, ausencia de servicios integrales, horarios de atención reducidos). • Cualitativas y relacionadas con el ejercicio de los derechos (falta de privacidad en los servicios, ausencia de garantía de la confidencialidad, solicitud de consentimiento de terceros, oferta de información deficiente, falta de calidez en la atención). • Financieras (falta de recursos para acceder a los servicios) • Administrativas (requisitos adicionales a los contenidos en las normas que retrasan el acceso a procedimientos, falta de certidumbre sobre las condiciones para acceder a servicios). La garantía del consentimiento informado de las/los menores es un mecanismo que contribuye a la protección de los derechos sexuales y reproductivos, pues por su estructura conceptual implica tanto el acceso a información completa, veraz y oportuna, como la adopción de decisiones autónomas y su seguimiento por parte de los prestadores de servicios. En este sentido, deber ser un mecanismo para enfrentar las barreras en los servicios de salud sexual y reproductiva lo mismo que para acercar a las/los menores al acceso efectivo a los servicios que requieren o solicitan.
  • 18. 18 LEYES SOBRE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Es posible afirmar que en los países en estudio existe un manejo regulatorio similar en cuanto al consentimiento sexual de los y las adolescentes y la protección penal en el tratamiento de delitos sexuales. Sin embargo, sí se advierten claras diferencias es la relación entre las normas penales y las normas administrativas, legales, o guías técnicas que se refieren a la capacidad de los adolescentes para consentir en las acciones y servicios de salud. Estas no siempre son claras y pueden acarrear problemas de interpretación e y de asimilación de un corpus normativo heterogéneo y fragmentado, lo cual es muy patente en las acciones de salud que requieren intervenciones más invasivas o quirúrgicas, como podría ser considerado un procedimiento de aborto en los países donde existen situaciones legales de abortos no punibles. Cuando se refieren a las intervenciones quirúrgicas, estas mismas leyes expresan que respecto de los y las adolescentes, se debe contar con el consentimiento de los padres, o en su defecto la autorización judicial. La regla de estas normas es que el aborto es asimilable a una intervención quirúrgica, por lo cual se requerirá la intervención de los padres y responsables legales. Es posible pensar que este tratamiento se produce porque tradicionalmente el aborto ha sido realizado con maniobras invasivas, y las mujeres deben estar consciente de los riesgos médicos asociados, como en cualquier procedimiento. Una segunda posible especulación, es que estas normas intenten entregar un marco más estricto considerando que la decisión de interrumpir un embarazo sea considerada de relevancia para la afectada. Es posible afirmar que en la legislación y las políticas de estos países no existe una mirada integral a la infancia y adolescencia, lo cual es grave ya que nos encontramos ante un grupo altamente vulnerable ante el contagio de enfermedades de transmisión sexual, VIH, embarazos no deseados, abortos ilegales, sin olvidar que en Latinoamérica el aborto es por lo general ilegal. Esa situación dispara los riesgos de la población infanto-juvenil, sobre todo en los segmentos con más carencias, una realidad avasalladora al considerar que dicha población etaria representa más de un tercio del total latinoamericano.
  • 19. 19 EL SECRETO PROFESIONAL EN EL TRATAMIENTO MÉDICO A ADOLESCENTES SEXUAL Y REPRODUCTIVO La confidencialidad se justifica por el interés en proteger la intimidad, el desarrollo de la personalidad, la libertad, la vida y la salud de las personas, de conformidad con los tratados de derechos humanos suscritos por los pases latinoamericanos y caribeños. Se basa en que probablemente el paciente no quiere que se difunda información que considera íntima, por lo que la decisión de hacerlo debe ser consiente, es decir libre, informada y responsable. El fundamento del “consentimiento informado” de los pacientes se basa en efecto en que “obligar a revelar información íntima es una violación de la libertad de las personas”. La confidencialidad promueve la confianza en los médicos al favorecer la sinceridad de los y las pacientes, quienes al carecer de ella pueden mentir y dificultar las tareas médicas, acarreando deficiencias en sus servicios. La falta de confidencialidad es una barrera al acceso a la salud, pues ante el temor de que se revele información sensible, los pacientes pueden asimismo no concurrir a los centros asistenciales y favorecer tratamientos riesgosos. En un sentido más amplio, la ausencia de confidencialidad viola el derecho a la salud y pone en peligro la vida de las personas. En salud sexual y reproductiva, ante el temor de que el médico revele información sensible, las pacientes pueden o no ser completamente honestas ante el temor de que la información se haga pública (lo que puede tener graves implicaciones penales), o auto medicarse sin asesoría profesional. Los Códigos de Ética médicos establecen explícitamente el deber de no difundir información que haya llegado a conocimiento del profesional con motivo de la realización de un acto médico, lo cual se extiende al resto del equipo de salud. Del mismo modo, los funcionarios de la institución de asistencia que no integren el equipo de atención a los pacientes, deben actuar con discreción y los pacientes y sus acompañantes deben poder identificar su función. En particular, la historia clínica y demás registros deben manejarse con discrecionalidad, lo cual implica no dejarlos al alcance de terceros ni visibles para otros pacientes o acompañantes, sino guardados bajo llave o contraseña, según el tipo de almacenamiento, y transportados en unidades sin los nombres de los pacientes .Es por ende crucial que todos los estudiantes de medicina se familiaricen con la importancia de la confidencialidad y que la practiquen, lo mismo que los profesionales, en particular aquellos nuevos en un establecimiento sanitario, o novatos en el manejo de herramientas tecnológicas. De hecho, la importancia del secreto profesional se refleja en varias legislaciones que establecen que incurre en un delito aquel médico que en el ejercicio de su profesión revele información sobre un paciente sin su consentimiento: ni un juez penal o civil puede relegar al médico de dicha obligación, sino únicamente el paciente mismo. El deber de mantener el secreto profesional es crucial a tal punto que debe mantenerse incluso en caso de deceso del paciente.
  • 20. 20 EL ENTORNO DE LAS DECISIONES TOMADAS POR PERSONAS ADOLESCENTES: EL CASO DE LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA En la toma de decisiones sobre salud sexual y reproductiva (SSR) por parte de adolescentes hay dos dimensiones cruciales: la condición misma de ser adolescente y la diversidad de ámbitos de decisión. Este texto busca brindar elementos para la reflexión acerca de sus derechos y responsabilidades, así como en su interacción con los adultos. Se suele considerar al adolescente como un ‘menor de edad’ cualificado, quien aún carece de elementos definitivos para acceder a ciertos derechos y capacidades, y en un sentido general a la plena legitimidad. Sin embargo, esa concepción es falaz por asumir que los adultos son el prototipo del ciudadano por definición titular de derechos, sin necesidad de demostrarlo o confirmarlo. La madurez necesaria para tomar decisiones responsables se basa pues en la edad acumulada, y no en la constatación de una habilidad adquirida o entrenada. Desde lo legal, la población mayor de edad tiene legitimidad formal para tomar decisiones, un derecho que implica un mayor o menor grado de responsabilidad y la obligación de dar cuenta de las eventuales consecuencias negativas. Aunque un adolescente con claridad e información significativa puede asumir responsabilidades, debido a su edad ésta no le será reconocida. Puede suceder incluso que quien lo representa formal y legalmente (sus padres o tutores) decidan contra lo que él ha decidido a partir de su conocimiento de la situación y desde su toma de posición al respecto. También es posible que personas sin necesidad de intermediarios (es decir mayores de edad) carezcan de dichas habilidades para decidir, e incluso de la capacidad de asumir responsabilidades básicas. Surgen al respecto cuestiones sobre cómo proceder cuando los tutores toman decisiones “inmaduras” que afectan a adolescentes y pueden no considerar la complejidad de su contexto. En todo caso, no hay que perder de vista la preponderancia de la opinión del adolescente concernido Decisiones desde la experiencia de ser adolescente El estudio de la legitimidad legal del adolescente como titular de derechos y garantías sociales debe identificar los límites de su rango de decisión, tanto por su desarrollo fisiológico p.e. en función del desarrollo de su corteza cerebral o de su identidad en el manejo de sus emociones) como por su relativa inexperiencia y por las lagunas informativas resultantes. Para abordar la cuestión es relevante preguntarse si haber cumplido una edad específica es un factor definitivo al tomar decisiones, lo mismo que por la calidad de la información recibida, de la libertad a disposición o de la calidad del acompañamiento percibido. De hecho, un mal acompañamiento puede ser paralizante y tener el efecto adverso de favorecer la delegación de las responsabilidades por parte el adolescente. En efecto, los temas de SSR requieren un acompañamiento que suministre información significativa, pero que asimismo inspire confianza, lo cual se logra cuando los acompañantes buscan comprender el contexto de los adolescentes y empatizar con sus preocupaciones, siendo percibidos como personas de confianza por parte de los adolescentes. Se trata de un requisito para el diálogo crítico y respetuoso, en el que se puede lograr una eficiente comunicación, siempre y cuando los adultos aceptan a su vez la posibilidad de un intercambio constructivo en el que al aportar su experiencia, pero se muestran dispuestos a reconocer los límites de sus conclusiones y juicios.
  • 21. 21 LAS DECISIONES DE ADOLESCENTES EN LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA La salud, la sexualidad y la reproducción (SSR) han sido reconocidas y calificadas como objeto de derechos fundamentales de los seres humanos, es decir condiciones indispensables de los individuos para desarrollarse como personas. De ahí la importancia de evitar toda discriminación en su ejercicio y alertar sobre las consecuencias dañinas, un tema que involucra en particular la interacción con adolescentes. En lo comentado hasta este momento respecto a la función de la información en la capacidad de tomar decisiones (el conocimiento de causa) y sobre hacer historia como protagonista y no sólo como observador, se han delineado dos cuestiones capitales: “qué significa contar con información sobre las posibles consecuencias de una decisión” y “cuándo se puede saber que dicha decisión se toma libremente”. Ahora bien, antes que nada es necesario relativizar esos elementos para no paralizar la deliberación, pues un cuestionamiento extremo obstaculizaría el ejercicio de lo que podría denominarse el ‘derecho a ejercer como persona’ (Correa y Petchesky, 1994). En ese sentido es muy recomendable diseñar estrategias abiertas, sujetas a una revisión constante, dirigidas a evaluar qué tan significativo es el conocimiento (usando categorías analíticas de la pedagogía) y a identificar las coacciones externas e internas (Sánchez Vázquez 1996) que obstaculizan o dificultan tomar decisiones. Las coacciones externas tienen que ver con obstáculos sociales e institucionales, y las internas se dan en el contexto de su desarrollo individual y de su personalidad. En esos términos la libertad del proceso depende de la disminución de las coacciones externas e internas identificadas en cada contexto, y se vuelve más significativo un conocimiento en su comprensión de la cosmovisión y de las representaciones sociales de la población con la que se interactúa.
  • 22. 22 MITOS EN LA VIVENCIA DE LA SEXUALIDAD Los mitos, tabúes y costumbres son creencias que a nivel cultural se van posicionando como algo “natural” o “normal” en un contexto determinado, y pasan de una generación a otra por medio de dichos populares que recogen imaginarios colectivos. Muchos de estos mitos acerca de la sexualidad limitan la expresión de sentimientos, emociones y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.  “Los hombres en la cocina huelen a… de gallina”. Se considera que las mujeres son quienes tienen la obligación de saber cocinar, cuidar a los(las) hijos(as) y hacer las demás labores domésticas, a diferencia de los hombres quienes son responsables de proveer económicamente el sustento del hogar y dar las órdenes en la familia.  “Una mujer es para la cama y otra es para la casa”. Además“ una mujer decente no usa condón”. Se considera que el goce de la sexualidad no está ligado a la afectividad; tradicionalmente los hombres tenían encuentros sexuales en busca de placer en mujeres diferentes a la que consideraban debían ser la madre de sus hijos.  “Los hombres son violentos por naturaleza” y “los hombres son más violentos que las mujeres”. A los hombres se les atribuye el manejo de la fuerza como algo natural y se les impide ser tiernos, llorar y expresar sus sentimientos.  “Los padres son los mejores amigos de los hijos”, por lo cual se espera que los hijos e hijas les cuenten todo a sus padres y madres. Si bien es cierto que entre padres e hijos deben existir buenos canales de comunicación, las normas y las responsabilidades de los padres son distintas a las de los amigos. Padres y madres tienen un papel fundamental como orientadores en la crianza y en el establecimiento de límites de niños, niñas y adolescentes.  “Durante la menstruación las mujeres no deben bañarse, ni practicar deportes y si tienen relaciones no quedan embarazadas”. La menstruación no es una enfermedad, por lo tanto no impide la realización de actividades cotidianas; por otra parte, todos los ciclos menstruales no son iguales en todas las mujeres por lo cual si se tienen relaciones sexuales persiste el riesgo de quedar embarazada.  “Las mujeres son responsables del sexo del hijo”. Los cromosomas de los hombres son los que determinan la diferenciación.  “Los hijos de mis hijas mis nietos serán; los hijos de mis hijos en duda estarán” y “La maternidad es la realización de la mujer”. Culturalmente a los hombres se les exime de la responsabilidad frente a la paternidad y las relaciones sexuales, mientras que a la mujer se le exige ser madre y prevenir un embarazo.  “Los hombres no pueden contener los impulsos sexuales” y “la mujer infiel es una p…” Esta idea justifica las relaciones sexuales indiscriminadas,
  • 23. 23 desprotegidas e irresponsables de los hombres, y la utilización de las mujeres como objetos de satisfacción sexual.  “A los niños y niñas se les prohíbe explorar su cuerpo”. Se relaciona la exploración y el autoconocimiento como una acción sucia; además, se piensa que en esta edad la sexualidad no existe. Seguramente algunos de estos mitos ya no existen, mientras que otros se mantienen y aparecen unos nuevos. La vivencia de la sexualidad se sigue viendo como algo peligroso, nocivo, indecente, perverso e inequitativo para hombres y mujeres, ideas todas ellas que desvirtúan la sexualidad como parte integral y positiva del ser humano. Estos imaginarios hacen que mujeres y hombres vivan una sexualidad de forma oculta, morbosa, errada y con altos factores de riesgo. Es importante que padres y madres, agentes socializadores, hombres y mujeres en general, reconozcan la influencia de estos mitos en la vivencia de su sexualidad y en su quehacer cotidiano. De ahí la necesidad de que todo agente socializador se reconozca como un ser sexuado, que recuerde sus vivencias y cómo le hubiese gustado que sus padres y madres les hablaran de sexualidad para no repetir, en algunos casos, las mismas historias. Es vital conocer estos mitos con el fin de construir nuevas visiones que den opciones y posibilidades de disfrutar la sexualidad en todas sus dimensiones, funciones y componentes.
  • 24. 24 CAMPAÑAS AL APOYO DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Cuando se trata de nuestro cuerpo y nuestras relaciones, las conversaciones que mantenemos con más libertad tienen lugar dentro de nuestra cabeza. A menudo mantenemos estos pensamientos en secreto. ¿Por qué? Esta es la pregunta que se hizo Amnistía Internacional antes de presentar su campaña global sobre derechos sexuales y reproductivos, que tendrá lugar del 6 al 8 de marzo. Creemos que es una pregunta que vale la pena hacerse, porque la respuesta podría ser sorprendente para muchas de nosotras. Piensen en ello. ¿Por qué guardamos silencio sobre este tipo de pensamientos? Quizá sea porque creemos que lo que podemos decir abiertamente está definido por la sociedad en la que vivimos. Estas normas sociales están controladas por nuestros gobiernos, nuestras comunidades, incluso nuestras familias. Cuando cuestionamos estas normas nos sentimos culpables, incluso incómodas. Tememos que nos estigmaticen, incluso que nos encarcelen. Y por eso guardamos silencio. Con la campaña Mi cuerpo, mis derechos queremos contribuir a romper este silencio. Porque en este mismo momento, muchas personas ni siquiera saben que tienen derechos, y mucho menos cómo reivindicarlos. Decisiones que son nuestro derecho —como si queremos tener hijos y cuándo tenerlos— se han convertido en un asunto que controlan los gobiernos. Algunos gobiernos también permiten que otras personas de nuestro entorno —como médicos, guías religiosos o nuestros padres— tomen decisiones por nosotras. Y algunos incumplen su obligación de dar una información y unos servicios a los que tienen derecho las personas. En los centros de salud de Burkina Faso pueden negar un método anticonceptivo a una mujer si no va acompañada de su marido. En Marruecos se puede obligar a una niña a casarse con su violador para preservar el honor familiar y “proteger” al agresor del enjuiciamiento. Entre 1980 y 2012, más de 150.000 mujeres viajaron desde Irlanda hasta el Reino Unido para someterse a un aborto porque en su país es ilegal salvo que la vida de la mujer corra un riesgo grave. Y en muchos países, amar a una persona del mismo género, o simplemente vestirse fuera de la norma social, basta para ser encarcelado
  • 25. 25 REFERENCIAS 1. https://www.ippfwhr.org/sites/default/files/libro_espanol.pdf 2. http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/documentos/DOCSAL7199.pdf 3. http://www.espolea.org/uploads/8/7/2/7/8727772/guia_activista_dsdr__withcove r.pdf 4. http://www.profamilia.org.co/avise/derechos2.php