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1. Trámites administrativos para la constitución de una empresa:



1.1. Trámites para la adopción de la personalidad jurídica:



   a) Certificación negativa del nombre:

       •   Es un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo nombre.

       •   Se solicita en el Registro Mercantil Central (en el caso de las sociedades
           mercantiles) o en la Dirección General del Instituto de fomento de la Economía
           Social (para las sociedades cooperativas), aunque también se puede solicitar por
           Internet (http://www.rmc.es).

       •   Este requisito es imprescindible para poder conseguir la Escritura Pública.

   b) Calificación de sociedades laborales:

       •   Es un trámite obligatorio para las sociedades de economía social.

       •   Consiste en certificar que el proyecto de estatutos se ajusta a la ley.

       •   Se gestiona en la oficina provincial de la delegación provincial de la administración
           autonómica del departamento de trabajo.

   c) Escritura Pública:

       •   Es un acto realizado ante notario en el que los socios proceden a la firma de la
           Escritura de Constitución de la sociedad.

       •   Deben aportar la certificación negativa del nombre y la acreditación del desembolso
           del capital social.

   d) Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos
      documentados:

       •   Es un impuesto que grava las operaciones societarias (constitución, aumento o
           disminución del capital social o fusión, escisión y disolución de sociedades) y los
           actos jurídicos documentados (cualquier documento notarial).

   e) Solicitud del NIF (número de identificación fiscal):

       •   Este número sirve para identificar a la sociedad a efectos fiscales. Se solicita en la
           Administración de la Agencia Tributaria en los 30 días naturales siguientes a la
           constitución de la sociedad.

   f) Declaración censal de comienzo de actividad:

       •   Han de presentarla a efectos fiscales los empresarios individuales, profesionales y
           sociedades. Se presenta en la Administración de la Agencia Tributaria.
g) Inscripción en el Registro Mercantil:

       •   Con esta inscripción la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.



1.2. Tramites de puesta en marcha de la empresa:



   a) Alta en el impuesto sobre actividades económicas (IAE):

       •   Es un tributo por ejercer actividades empresariales, profesionales y artísticas al que
           están sujetas las empresas con una cifra de negocios superior al millón de euros.
           Las empresas de nueva creación están exentas los dos primeros años.

       •   La solicitud de Alta se solicita en la Administración de la Agencia Tributaria pero
           la liquidación se lleva a cabo en el ayuntamiento.

   b) Licencia municipal de obras:

       •   Es un permiso para la realización de obras dentro de un municipio y debe solicitarse
           en el ayuntamiento correspondiente.

   c) Licencia municipal de apertura:

       •   Es la orden de comprobación de que la solicitud de la empresa se ajusta a las
           normas de uso de los planes de urbanismo.

       •   Se solicita en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.

       •   Es conveniente solicitar una consulta previa sobre la posibilidad de obtener esta
           licencia antes de empezar a invertir en el negocio.

   d) Inscripción en el registro de la propiedad inmobiliaria:

       •   Es la inscripción de los contratos sobre bienes inmuebles.

   e) Inscripción en el registro industrial y autorización de la puesta en marcha de la
      actividad industrial:

       •   Hay que inscribir la apertura, cierre, traslado o modificación de cualquier industria,
           así como los cambios de actividad o titularidad.

       •   Se necesita una certificación emitida por un técnico que asegure que la instalación
           se ajusta al proyecto.

   f) Calificación y autorización previa administrativa de la sociedad:

       Según el tipo de sociedad, varía el órgano ante al que hay que solicitarla y la
       documentación a aportar.

   g) Inscripción en registros especiales:
•   Hay que registrar la sociedad en el registro especial que le corresponda:

            −   Sociedades cooperativas: En el Registro General de Cooperativas o en el
                Registro de Cooperativas de la comunidad autónoma.

            −   Sociedades Laborales: En el Registro General de Sociedades Laborales o en el
                Registro de Sociedades Laborales de la comunidad autónoma.

            −   Sociedades de Capital-Riesgo: En los Registros Especiales de la Comisión
                Nacional del Mercado de Valores.

            −   Sociedades de Garantía Reciproca: En el Registro Especial del Banco de
                España.

   h) Inscripción de la empresa en la Seguridad Social:

        •   La Tesorería General de la Seguridad Social inscribe a un empresario en el Sistema
            de la Seguridad Social y le otorga un Código de Cuenta de Cotización para su
            identificación numérica.

        •   El empresario debe indicar si opta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social
            (INSS) o por una mutua patronal.

        •   La inscripción se realiza en las Tesorerías               Territoriales,   Agencias   o
            Administraciones de la Seguridad Social.

        •   Para afiliarse es requisito indispensable dar de alta, al menos, a un trabajador.

   i)   Comunicación de apertura del centro de trabajo:

        •   Se efectúa en la consejería de trabajo de la comunidad autónoma.

        •   Hay que realizar este trámite una vez constituida la sociedad y antes de iniciar la
            actividad.

   j)   Legalización del libro de visitas:

        •   El libro de visitas es obligatorio en cada centro de trabajo y está a disposición de los
            funcionarios del Cuerpo Nacional de la Inspección de Trabajo.

        •   El jefe de la Inspección Provincial de Trabajo certificará la habilitación del libro en
            la primera hoja, sellará todos sus folios y recogerá en él los datos de la empresa.

Para facilitar estos trámites a los empresarios existen una serie de organismos como:
   •    La ventanilla virtual: Es una ventanilla única creada para facilitar la tramitación de los
        trámites que competen a Hacienda, la Tesorería de la Seguridad Social, la Comunidad
        Autónoma y el Ayuntamiento.

   •    Página web de la Agencia Tributaria: En ella pueden descargarse todos los impresos y
        formularios necesarios para las relaciones fiscales con la Agencia Tributaria.

   •    Servicios online en los ayuntamientos
•   Oficina virtual de la Seguridad Social: Permite realizar consultas y gestiones a
        ciudadanos y empresarios.

    •   Cámaras de Comercio: Su función es defender los derechos de los empresarios, por lo
        que ofrecen asesoramiento técnico, formación empresarial…

    •   Viveros de empresa: Espacios físicos diseñados para acoger empresas de nueva
        creación y ofrecer instalaciones y servicios asequibles a los nuevos emprendedores.

    •   Portal www.060.es de la Administración General del Estado: Facilita la relación de los
        empresarios con las distintas administraciones del Estado.


1.3. Trámites específicos según el tipo de actividad:
Según la actividad que vaya a tener la empresa, puede que tengas que realizar algún
tramite adicional para su puesta en marcha. Son los siguientes:
    •   Hostelería: Autorización de apertura en la Dirección General de Turismo de su
        comunidad autónoma.
    •   Agencias de viajes: Solicitud del título de licencia en la Dirección General de Turismo
        de su comunidad autónoma.
    •   Actividades industriales, de reparación y fabricación: Registro Industrial en la
        Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.
    •   Almacenes de sustancias tóxicas o peligrosas: Registro Industrial en la Dirección
        General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.
    •   Marcas, patentes…: Registro de la propiedad industrial en la Oficina Española de
        Patentes y Marcas.
    •   Instaladores de gas, electricidad…: Certificado de instalador en la Dirección General de
        Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.
    •   Actividades de construcción, instalación y reparaciones eléctricas, sector madera y
        corcho y actividades de ingeniería y consulta: Documentación de calificación
        empresarial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad
        autónoma.

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Trámites administrativos para la constitución de una empresa

  • 1. 1. Trámites administrativos para la constitución de una empresa: 1.1. Trámites para la adopción de la personalidad jurídica: a) Certificación negativa del nombre: • Es un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo nombre. • Se solicita en el Registro Mercantil Central (en el caso de las sociedades mercantiles) o en la Dirección General del Instituto de fomento de la Economía Social (para las sociedades cooperativas), aunque también se puede solicitar por Internet (http://www.rmc.es). • Este requisito es imprescindible para poder conseguir la Escritura Pública. b) Calificación de sociedades laborales: • Es un trámite obligatorio para las sociedades de economía social. • Consiste en certificar que el proyecto de estatutos se ajusta a la ley. • Se gestiona en la oficina provincial de la delegación provincial de la administración autonómica del departamento de trabajo. c) Escritura Pública: • Es un acto realizado ante notario en el que los socios proceden a la firma de la Escritura de Constitución de la sociedad. • Deben aportar la certificación negativa del nombre y la acreditación del desembolso del capital social. d) Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados: • Es un impuesto que grava las operaciones societarias (constitución, aumento o disminución del capital social o fusión, escisión y disolución de sociedades) y los actos jurídicos documentados (cualquier documento notarial). e) Solicitud del NIF (número de identificación fiscal): • Este número sirve para identificar a la sociedad a efectos fiscales. Se solicita en la Administración de la Agencia Tributaria en los 30 días naturales siguientes a la constitución de la sociedad. f) Declaración censal de comienzo de actividad: • Han de presentarla a efectos fiscales los empresarios individuales, profesionales y sociedades. Se presenta en la Administración de la Agencia Tributaria.
  • 2. g) Inscripción en el Registro Mercantil: • Con esta inscripción la sociedad adquiere plena capacidad jurídica. 1.2. Tramites de puesta en marcha de la empresa: a) Alta en el impuesto sobre actividades económicas (IAE): • Es un tributo por ejercer actividades empresariales, profesionales y artísticas al que están sujetas las empresas con una cifra de negocios superior al millón de euros. Las empresas de nueva creación están exentas los dos primeros años. • La solicitud de Alta se solicita en la Administración de la Agencia Tributaria pero la liquidación se lleva a cabo en el ayuntamiento. b) Licencia municipal de obras: • Es un permiso para la realización de obras dentro de un municipio y debe solicitarse en el ayuntamiento correspondiente. c) Licencia municipal de apertura: • Es la orden de comprobación de que la solicitud de la empresa se ajusta a las normas de uso de los planes de urbanismo. • Se solicita en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento. • Es conveniente solicitar una consulta previa sobre la posibilidad de obtener esta licencia antes de empezar a invertir en el negocio. d) Inscripción en el registro de la propiedad inmobiliaria: • Es la inscripción de los contratos sobre bienes inmuebles. e) Inscripción en el registro industrial y autorización de la puesta en marcha de la actividad industrial: • Hay que inscribir la apertura, cierre, traslado o modificación de cualquier industria, así como los cambios de actividad o titularidad. • Se necesita una certificación emitida por un técnico que asegure que la instalación se ajusta al proyecto. f) Calificación y autorización previa administrativa de la sociedad: Según el tipo de sociedad, varía el órgano ante al que hay que solicitarla y la documentación a aportar. g) Inscripción en registros especiales:
  • 3. Hay que registrar la sociedad en el registro especial que le corresponda: − Sociedades cooperativas: En el Registro General de Cooperativas o en el Registro de Cooperativas de la comunidad autónoma. − Sociedades Laborales: En el Registro General de Sociedades Laborales o en el Registro de Sociedades Laborales de la comunidad autónoma. − Sociedades de Capital-Riesgo: En los Registros Especiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. − Sociedades de Garantía Reciproca: En el Registro Especial del Banco de España. h) Inscripción de la empresa en la Seguridad Social: • La Tesorería General de la Seguridad Social inscribe a un empresario en el Sistema de la Seguridad Social y le otorga un Código de Cuenta de Cotización para su identificación numérica. • El empresario debe indicar si opta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por una mutua patronal. • La inscripción se realiza en las Tesorerías Territoriales, Agencias o Administraciones de la Seguridad Social. • Para afiliarse es requisito indispensable dar de alta, al menos, a un trabajador. i) Comunicación de apertura del centro de trabajo: • Se efectúa en la consejería de trabajo de la comunidad autónoma. • Hay que realizar este trámite una vez constituida la sociedad y antes de iniciar la actividad. j) Legalización del libro de visitas: • El libro de visitas es obligatorio en cada centro de trabajo y está a disposición de los funcionarios del Cuerpo Nacional de la Inspección de Trabajo. • El jefe de la Inspección Provincial de Trabajo certificará la habilitación del libro en la primera hoja, sellará todos sus folios y recogerá en él los datos de la empresa. Para facilitar estos trámites a los empresarios existen una serie de organismos como: • La ventanilla virtual: Es una ventanilla única creada para facilitar la tramitación de los trámites que competen a Hacienda, la Tesorería de la Seguridad Social, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento. • Página web de la Agencia Tributaria: En ella pueden descargarse todos los impresos y formularios necesarios para las relaciones fiscales con la Agencia Tributaria. • Servicios online en los ayuntamientos
  • 4. Oficina virtual de la Seguridad Social: Permite realizar consultas y gestiones a ciudadanos y empresarios. • Cámaras de Comercio: Su función es defender los derechos de los empresarios, por lo que ofrecen asesoramiento técnico, formación empresarial… • Viveros de empresa: Espacios físicos diseñados para acoger empresas de nueva creación y ofrecer instalaciones y servicios asequibles a los nuevos emprendedores. • Portal www.060.es de la Administración General del Estado: Facilita la relación de los empresarios con las distintas administraciones del Estado. 1.3. Trámites específicos según el tipo de actividad: Según la actividad que vaya a tener la empresa, puede que tengas que realizar algún tramite adicional para su puesta en marcha. Son los siguientes: • Hostelería: Autorización de apertura en la Dirección General de Turismo de su comunidad autónoma. • Agencias de viajes: Solicitud del título de licencia en la Dirección General de Turismo de su comunidad autónoma. • Actividades industriales, de reparación y fabricación: Registro Industrial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma. • Almacenes de sustancias tóxicas o peligrosas: Registro Industrial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma. • Marcas, patentes…: Registro de la propiedad industrial en la Oficina Española de Patentes y Marcas. • Instaladores de gas, electricidad…: Certificado de instalador en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma. • Actividades de construcción, instalación y reparaciones eléctricas, sector madera y corcho y actividades de ingeniería y consulta: Documentación de calificación empresarial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.