Trámites administrativos para la constitución de una empresa
1. 1. Trámites administrativos para la constitución de una empresa:
1.1. Trámites para la adopción de la personalidad jurídica:
a) Certificación negativa del nombre:
• Es un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo nombre.
• Se solicita en el Registro Mercantil Central (en el caso de las sociedades
mercantiles) o en la Dirección General del Instituto de fomento de la Economía
Social (para las sociedades cooperativas), aunque también se puede solicitar por
Internet (http://www.rmc.es).
• Este requisito es imprescindible para poder conseguir la Escritura Pública.
b) Calificación de sociedades laborales:
• Es un trámite obligatorio para las sociedades de economía social.
• Consiste en certificar que el proyecto de estatutos se ajusta a la ley.
• Se gestiona en la oficina provincial de la delegación provincial de la administración
autonómica del departamento de trabajo.
c) Escritura Pública:
• Es un acto realizado ante notario en el que los socios proceden a la firma de la
Escritura de Constitución de la sociedad.
• Deben aportar la certificación negativa del nombre y la acreditación del desembolso
del capital social.
d) Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos
documentados:
• Es un impuesto que grava las operaciones societarias (constitución, aumento o
disminución del capital social o fusión, escisión y disolución de sociedades) y los
actos jurídicos documentados (cualquier documento notarial).
e) Solicitud del NIF (número de identificación fiscal):
• Este número sirve para identificar a la sociedad a efectos fiscales. Se solicita en la
Administración de la Agencia Tributaria en los 30 días naturales siguientes a la
constitución de la sociedad.
f) Declaración censal de comienzo de actividad:
• Han de presentarla a efectos fiscales los empresarios individuales, profesionales y
sociedades. Se presenta en la Administración de la Agencia Tributaria.
2. g) Inscripción en el Registro Mercantil:
• Con esta inscripción la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.
1.2. Tramites de puesta en marcha de la empresa:
a) Alta en el impuesto sobre actividades económicas (IAE):
• Es un tributo por ejercer actividades empresariales, profesionales y artísticas al que
están sujetas las empresas con una cifra de negocios superior al millón de euros.
Las empresas de nueva creación están exentas los dos primeros años.
• La solicitud de Alta se solicita en la Administración de la Agencia Tributaria pero
la liquidación se lleva a cabo en el ayuntamiento.
b) Licencia municipal de obras:
• Es un permiso para la realización de obras dentro de un municipio y debe solicitarse
en el ayuntamiento correspondiente.
c) Licencia municipal de apertura:
• Es la orden de comprobación de que la solicitud de la empresa se ajusta a las
normas de uso de los planes de urbanismo.
• Se solicita en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.
• Es conveniente solicitar una consulta previa sobre la posibilidad de obtener esta
licencia antes de empezar a invertir en el negocio.
d) Inscripción en el registro de la propiedad inmobiliaria:
• Es la inscripción de los contratos sobre bienes inmuebles.
e) Inscripción en el registro industrial y autorización de la puesta en marcha de la
actividad industrial:
• Hay que inscribir la apertura, cierre, traslado o modificación de cualquier industria,
así como los cambios de actividad o titularidad.
• Se necesita una certificación emitida por un técnico que asegure que la instalación
se ajusta al proyecto.
f) Calificación y autorización previa administrativa de la sociedad:
Según el tipo de sociedad, varía el órgano ante al que hay que solicitarla y la
documentación a aportar.
g) Inscripción en registros especiales:
3. • Hay que registrar la sociedad en el registro especial que le corresponda:
− Sociedades cooperativas: En el Registro General de Cooperativas o en el
Registro de Cooperativas de la comunidad autónoma.
− Sociedades Laborales: En el Registro General de Sociedades Laborales o en el
Registro de Sociedades Laborales de la comunidad autónoma.
− Sociedades de Capital-Riesgo: En los Registros Especiales de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores.
− Sociedades de Garantía Reciproca: En el Registro Especial del Banco de
España.
h) Inscripción de la empresa en la Seguridad Social:
• La Tesorería General de la Seguridad Social inscribe a un empresario en el Sistema
de la Seguridad Social y le otorga un Código de Cuenta de Cotización para su
identificación numérica.
• El empresario debe indicar si opta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social
(INSS) o por una mutua patronal.
• La inscripción se realiza en las Tesorerías Territoriales, Agencias o
Administraciones de la Seguridad Social.
• Para afiliarse es requisito indispensable dar de alta, al menos, a un trabajador.
i) Comunicación de apertura del centro de trabajo:
• Se efectúa en la consejería de trabajo de la comunidad autónoma.
• Hay que realizar este trámite una vez constituida la sociedad y antes de iniciar la
actividad.
j) Legalización del libro de visitas:
• El libro de visitas es obligatorio en cada centro de trabajo y está a disposición de los
funcionarios del Cuerpo Nacional de la Inspección de Trabajo.
• El jefe de la Inspección Provincial de Trabajo certificará la habilitación del libro en
la primera hoja, sellará todos sus folios y recogerá en él los datos de la empresa.
Para facilitar estos trámites a los empresarios existen una serie de organismos como:
• La ventanilla virtual: Es una ventanilla única creada para facilitar la tramitación de los
trámites que competen a Hacienda, la Tesorería de la Seguridad Social, la Comunidad
Autónoma y el Ayuntamiento.
• Página web de la Agencia Tributaria: En ella pueden descargarse todos los impresos y
formularios necesarios para las relaciones fiscales con la Agencia Tributaria.
• Servicios online en los ayuntamientos
4. • Oficina virtual de la Seguridad Social: Permite realizar consultas y gestiones a
ciudadanos y empresarios.
• Cámaras de Comercio: Su función es defender los derechos de los empresarios, por lo
que ofrecen asesoramiento técnico, formación empresarial…
• Viveros de empresa: Espacios físicos diseñados para acoger empresas de nueva
creación y ofrecer instalaciones y servicios asequibles a los nuevos emprendedores.
• Portal www.060.es de la Administración General del Estado: Facilita la relación de los
empresarios con las distintas administraciones del Estado.
1.3. Trámites específicos según el tipo de actividad:
Según la actividad que vaya a tener la empresa, puede que tengas que realizar algún
tramite adicional para su puesta en marcha. Son los siguientes:
• Hostelería: Autorización de apertura en la Dirección General de Turismo de su
comunidad autónoma.
• Agencias de viajes: Solicitud del título de licencia en la Dirección General de Turismo
de su comunidad autónoma.
• Actividades industriales, de reparación y fabricación: Registro Industrial en la
Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.
• Almacenes de sustancias tóxicas o peligrosas: Registro Industrial en la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.
• Marcas, patentes…: Registro de la propiedad industrial en la Oficina Española de
Patentes y Marcas.
• Instaladores de gas, electricidad…: Certificado de instalador en la Dirección General de
Industria, Energía y Minas de la comunidad autónoma.
• Actividades de construcción, instalación y reparaciones eléctricas, sector madera y
corcho y actividades de ingeniería y consulta: Documentación de calificación
empresarial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad
autónoma.